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Subdirección Comercial
Jefatura de Servicios de Comercialización
Subdirección Comercial
Jefatura de Servicios de Comercialización
Antecedentes de la Seguridad Social:
1943
Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos
Art. 123 Apartado A
Trabajadores IMSS
Art. 123 Apartado B
Trabajadores ISSSTE
1960 1972 1992 1997 2002 2007
Creación del
IMSS
Ley del
Seguro Social
Sistema de
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Surge el
ISSSTE
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establecen 5 seguros
Se crea el SAR 92 IMSS-
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FOVISSSTE
Todo trabajador
en México puede
tener una cuenta
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Reforma a la Ley
del ISSSTE
Aportación
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vivienda
Se crea el
PENSIONISSSTE
LSS aún
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Sistema de
Reparto y
Capitalización
Individual
Se ahorra a través de aportaciones obligatorias en una
cuenta, durante su vida laboral , para usarse al
momento de su retiro
Sistema de Capitalización
Individual o de Contribución
Definida
El trabajador sabe
cuanto va a recibir al
momento de su retiro
Se le conoce como
sistema de beneficio
definido
Modificaciones a la Ley del ISSSTE:
Dirección de Comunicación Social
Jefatura de Servicios de Programas de Comunicación
21 Trabajadores activos por jubilado
1980 3 Trabajadores activos por jubilado
2011
Reforma a la Ley del ISSSTE:
Dirección de Comunicación Social
Jefatura de Servicios de Programas de Comunicación
• Fortaleció la seguridad social.
• Reforzó financieramente las prestaciones, los seguros y servicios.
• Incorporó el sistema de capitalización individual, para dar
viabilidad a los seguros de RCV, con
• Cuota social
• Pensión mínima garantizada de 2 SMDF
• Pilar de ahorro solidario
•Con la Nueva Ley del ISSSTE se crea el Fondo Nacional de
Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado,
denominado PENSIONISSSTE (Art. 103).
•Es un órgano público desconcentrado del ISSSTE dotado de
facultades ejecutivas y sin fines de lucro.
•Su principal función es la administración de las Cuentas
Individuales para los trabajadores e invertir los recursos que las
integran.
Antecedentes del PENSIONISSSTE:
Misión
Promover el
ahorro a largo
plazo
Procurar una alta
rentabilidad y seguridad
de los recursos
Mejores condiciones
económicas al momento
del retiro
Visión
Ser una institución
solida y confiable
Altamente
competitiva con el
compromiso de
ofrecer los mejores
servicios a los
trabajadores
Distinguiéndose
como su asesor en
materia de retiro e
impulsor del Sistema
Nacional de
Pensiones.
Objetivos
–Administrar con Eficiencia, Honestidad y Transparencia los recursos que los
trabajadores le confíen, buscando distinguirse por La Calidad del Servicio
prestado a los trabajadores.
–Obtener una mezcla de Altos Rendimientos y Bajos Costos que le permita al
trabajador contar con una mejor pensión al momento de su retiro.
–Las inversiones de PENSIONISSSTE tenderán a incrementar el Ahorro Interno
y promover el Desarrollo de la Actividad Productiva Nacional.
Órgano de Gobierno:
La dirección y administración del PENSIONISSSTE está a cargo de una
Comisión Ejecutiva integrada por dieciocho miembros como a
continuación se indica:
• El Director General del ISSSTE.
• El Vocal Ejecutivo del PENSIONISSSTE.
• Tres Vocales nombrados por la SHCP.
• Dos Vocales nombrados por BANXICO.
• Un Vocal de la SFP.
• Un Vocal nombrado por la STPS.
• Nueve Vocales nombrados por las organizaciones de los
trabajadores.
Lo anterior es adicional a la junta directiva del ISSSTE.
Trabajador ISSSTE
En qué régimen pensionario me encuentro
a) 10° Transitorio.
- Elección libre en el 2008.
- Abstención de elegir régimen pensionario.
b) Cuenta Individual.
- Elección libre en el 2008.
- No haber elegido régimen pensionario por no estar activo y
reingresar a laborar posterior al primero de abril del 2007.
- Entrar a laborar por primera vez al gobierno posterior a abril del
2007.
*En ambos casos se respeta el régimen elegido por el Trabajador.
Trabajador 10° Transitorio
- El PENSIONISSSTE ó la Afore solo lleva la administración.
- Los recursos están invertidos en Banco de México.
- Generan un rendimiento anualizado del 2.5% real.
- El rendimiento es por arriba de la inflación.
- Se le cobra una comisión del 0.5% sobre el saldo
- PENSIONISSSTE ó la Afore enviará 3 estados de cuenta al domicilio que
tenga registrado del Trabajador.
- Puede solicitar el traspaso de sus recursos.
- El Retiro de sus recursos se hace en el ISSSTE, PENSIONISSSTE, Bansefi ó la
Afore que administra sus recursos.
Modalidades de Pensión Trabajador 10° Transitorio
Jubilación
Retiro por Edad y Tiempo de Servicios
Cesantía en Edad Avanzada
Invalidez
Jubilación
• Trabajadores que hayan cotizado 30 años o más y trabajadoras
que hayan cotizado 28 años o más.
Años
Edad mínima de
JUBILACIÓN
Edad mínima de
JUBILACIÓN
Trabajadores Trabajadoras
2010 y 2011 51 49
2012 y 2013 52 50
2014 y 2015 53 51
2016 y 2017 54 52
2018 y 2019 55 53
2020 y 2021 56 54
2022 y 2023 57 55
2024 y 2025 58 56
2026 y 2027 59 57
2028 en adelante 60 58
Retiro por Edad y Tiempo de Servicios
• Para los Trabajadores que cumplan 55 años de edad o más y 15 de
cotización o más al Instituto.
15 años de servicio 50%
16 años de servicio 52.5%
17 años de servicio 55%
18 años de servicio 57.5%
19 años de servicio 60%
20 años de servicio 62.5%
21 años de servicio 65%
22 años de servicio 67.5%
23 años de servicio 70%
24 años de servicio 72.5%
25 años de servicio 75%
26 años de servicio 80%
27 años de servicio 85%
28 años de servicio 90%
29 años de servicio 95%
Año calendario
Edad para pensión por
edad y
tiempo de servicios
2010 y 2011 56
2012 y 2013 57
2014 y 2015 58
2016 y 2017 59
2018 en adelante 60
Cesantía en Edad Avanzada
Edad
Porcentaje
de pensión
60 40 %
61 42%
62 44%
63 46%
64 48%
65 ó más 50%
•Trabajador que haya cotizado 10 años de servicio y tenga:
Año calendario
Edad para pensión por
cesantía
en edad avanzada
2010 y 2011 61
2012 y 2013 62
2014 y 2015 63
2016 y 2017 64
2018 en adelante 65
Invalidez
15 años de servicio 50%
16 años de servicio 52.5%
17 años de servicio 55%
18 años de servicio 57.5%
19 años de servicio 60%
20 años de servicio 62.5%
21 años de servicio 65%
22 años de servicio 67.5%
23 años de servicio 70%
24 años de servicio 72.5%
25 años de servicio 75%
26 años de servicio 80%
27 años de servicio 85%
28 años de servicio 90%
29 años de servicio 95%
•40 días de aguinaldo
•Servicio médico
•Préstamos personales
•Incremento de monto de pensión por
actualización anual
Muerte trabajador:
•Reposición de gastos por funeral
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Cuenta Individual
Atributos de la Cuenta Individual:
Dirección de Comunicación Social
Jefatura de Servicios de Programas de Comunicación
• La cuenta individual es propiedad del trabajador, por lo que lo
acompañará durante toda su vida laboral. Esta cuenta puede mantenerse
o transferirse cuando el trabajador cambie de trabajo, inclusive cuando
cambie de régimen al cual cotiza (por ejemplo, del ISSSTE al IMSS). Este
beneficio se conoce como “portabilidad”.
• Si cotiza al ISSSTE con más de un empleo, o de manera simultánea al
IMSS, su cuenta individual recibirá las cuotas y aportaciones
correspondientes a dichos ambos empleos.
Estructura de la Cuenta Individual
Subcuentas
Ahorro a Largo Plazo
Aportaciones Voluntarias
Aportaciones Complementarias de
Retiro
Ahorro Solidario
Retiro, cesantía en edad avanzada y
vejez
Fondo de la Vivienda
En la cuenta individual se acreditará el monto del Bono de Pensión.
Modalidades de Pensión Trabajador Cuenta Individual
Cesantía y Vejez
Retiro anticipado
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Modalidades de Pensión en Cuenta Individual: Cesantía y Vejez
(Se contrata un renta vitalicia)
65
60
64
Cesantía
Vejez
Requisitos 60 a 64 años de edad y 25 años de
servicio.
Requisitos 65 años de edad y 25 años de
servicio.
1.- ¿Qué pasa si tengo la edad, pero no los años de servicios?
2. ¿Qué pasa si mis recursos de la CI no me alcanzan para contratar una Renta Vitalicia, con una
compañía aseguradora, pero si cumplí con los requisitos de edad y tiempo de servicio?
Retiro Anticipado Art. 80°
Con esta modalidad, la Ley permite al trabajador retirarse de
manera anticipada, si el saldo de la cuenta individual es
suficiente para contratar, con la aseguradora de su elección, una
renta vitalicia por un monto que sea superior en más del 30% a
la pensión garantizada establecida en la Ley, una vez cubierta la
prima del Seguro de Sobrevivencia para sus familiares
derechohabientes. En caso de que exista un excedente de
recursos generado por la diferencia entre el saldo de la cuenta
individual y el costo de la renta vitalicia contratada más el seguro
de sobrevivencia, el pensionado podrá retirarlo.
Retiro Programado
Con esta modalidad, el PENSIONISSSTE entrega al trabajador una pensión
mensual, cuyo monto se recalcula cada año considerando el saldo de la
cuenta individual y la expectativa de vida del pensionado. El monto de la
pensión tiende a ir disminuyendo año con año. Para proteger a los familiares
derechohabientes, el pensionado deberá adquirir también un seguro de
sobrevivencia con la aseguradora de su elección.
El pensionado por retiros programados en cualquier momento podrá
contratar una renta vitalicia, con la condición de que el saldo en la cuenta
individual sea suficiente para que dicha renta no sea inferior a la Pensión
Garantizada. Con anticipación el PENSIONISSSTE dará aviso al pensionado en
cuanto el saldo sea aun suficiente para cambiar de modalidad de pensión.
PENSION POR CAUSA DE MUERTE DEL
TRABAJADOR
REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE PENSIONES DEL RÉGIMEN DE CUENTAS
INDIVIDUALES DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS
TRABAJADORES DEL ESTADO.
Capitulo VII
De la Pensión por causa de muerte del trabajador:
Articulo 22- La Muerte del trabajador por causas ajenas al servicio, cualquiera que sea
su edad y siempre que hubiera cotizado al Instituto al menos por tres años, dará
origen a las pensiones de viudez, concubinato, orfandad o ascendencia, o en su
caso según lo previsto por la ley.
Articulo 23.- En la resolución de Pensión por muerte del trabajador el instituto otorgara
la Pensión a los familiares Derechohabientes, y hará de su conocimiento que
pueden optar por retirar en una sola exhibición el saldo de la cuenta individual del
trabajador fallecido, o bien contratar con dicho saldo una Renta por una cuantía
mayor.
Articulo 24.- Una vez emitida la Resolución de Pensión a que se refiere este capitulo, el
Instituto cubrirá a la Aseguradora que elijan los Familiares Derechohabiente el
Monto Constitutivo con cargo al cual se pagará la Pensión y las demás prestaciones
de carácter económico.
BENEFICIARIOS
El cónyuge y/o los hijos menores de 18 años (o mayores de 18 si se encuentran
incapacitados para trabajar, y hasta los 25 años si estudian el nivel medio superior
o superior en planteles oficiales, continúan solteros y no trabajan).
A falta de los anteriores: la concubina o el concubinario con quien el trabajador
tuvo hijos, o que vivió con el trabajador durante los cinco años que precedieron
inmediatamente a su muerte, y que ambos hubieran permanecido libres de
matrimonio durante el concubinato.
A falta de cónyuge, hijos, concubina o concubinario, los beneficiarios legales
serían, en su caso, la madre o el padre del trabajador, y a falta de estos los demás
ascendientes (si dependían económicamente del trabajador).
Es importante mencionar que, la viuda(o), concubina o concubinario, perderán
los derechos que tuvieran sobre la pensión si contraen nupcias o viven en
concubinato
1) LOS LEGALES:
BENEFICIARIOS
Si no eres un beneficiario legal y tampoco fuiste designado como
beneficiario sustituto, pero tienes elementos para solicitarle a un juez que
te designe como beneficiario de la Cuenta Individual, deberás acudir con la
representación de un abogado al TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y
ARBITRAJE que emitirá el laudo correspondiente.
Es importante subrayar que en caso de existir algún beneficiario legal, no
aplican los beneficiarios sustitutos.
La aplicabilidad de las pensiones a beneficiarios y de los recursos a
retirarse de la AFORE por los mismos, depende enteramente de lo que
resuelva el ISSSTE o, en su caso, las instancias judiciales correspondientes.
2) LOS SUSTITUTOS:
Son designados por el trabajador y APLICAN UNICAMENTE A
FALTA DE LOS LEGALES.
• ¿Cuál es la comisión que cobra PENSIONISSSTE en las SIEFORES?
• Por Ley, PENSIONISSSTE debe cobrar una comisión menor al promedio de
las Afores. (art. 105 ley ISSSTE).
• Desde su inicio de operaciones, PENSIONISSSTE ha cobrado la comisión
más baja del mercado (0.99% anual sobre Saldo).
Bajas
Comisiones
Altos
Rendimientos
Más Pensión
Comisiones
AFORE 2008 2009 2010 2011 2012 2013
Afirme Bajío 1.7 1.7 1.51 1.51 1.5 1.4
Azteca 1.96 1.955 1.96 1.77 1.52 1.45
Banamex 1.84 1.7725 1.58 1.45 1.28 1.16
Bancomer 1.47 1.47 1.45 1.4 1.28 1.1
Banorte Generali 1.71 1.71 1.58 1.48
Coppel 3.3 2.51 1.81 1.7 1.59 1.49
Inbursa 1.18 1.18 1.18 1.17 1.17 1.17
Invercap 2.48 1.98 1.73 1.72 1.59 1.47
Metlife 2.26 1.92 1.74 1.69 1.54 1.39
PensionISSSTE 1 1 1 1 0.99 0.99
Principal 2.10 1.95 1.79 1.54 1.48 1.36
Profuturo GNP 1.96 1.92 1.7 1.53 1.39 1.27
SURA 1.74 1.74 1.61 1.48 1.31 1.21
XXI Banorte 1.45 1.45 1.42 1.4 1.33 1.14
N / A.- No aplica debido a que la Afore no operaba en ese periodo, sea por fusión con otra administradora o por tratarse de
una Afore de reciente creación.
Comisión sobre saldo anual (%)
N/A
SIEFORES
• Los recursos de los trabajadores bajo el régimen de cuenta individual se
invierten el Siefores dependiendo de la edad del trabajador.
lejano cercano
Cifras al cierre de Diciembre de 2014
Cifras al cierre de Diciembre de 2014
Atributos de la Cuenta Individual en PENSIONISSSTE
• Conforme al art. 105 de la Ley del ISSSTE, la junta directiva del
ISSSTE podrá ordenar que se reinviertan el remanente de
operación (utilidades), de las cuentas individuales de los
trabajadores, favoreciendo a los de menor ingreso..
• En el 2013 se repartieron $217 millones de pesos y lo que va
de los 4 años se han repartido $ 777 millones de pesos.
• Este beneficio es únicamente para los trabajadores que están
inscritos en PENSIONISSSTE y se perderá, si el trabajador se
cambia a una Afore.
Ahorro Voluntario
Ahorro Voluntario
Cuenta
Individual
Aportaciones
Voluntarias a
Largo Plazo
Aportaciones
Voluntarias
Beneficio
Fiscal
Si bien no aplica ningún
beneficio fiscal ya que los
recursos se pueden retirar a los
2 ó 6 meses (dependiendo de
la AFORE)
Art. 176 Retiro hasta 65 años,
10% de los ingresos
acumulables del contribuyente
en el ejercicio
Art. 218 Retiro cada cinco años
con 20% ISR
Dirección de Comunicación Social
Jefatura de Servicios de Programas de Comunicación
Servicios que se pueden tramitar en PENSIONISSSTE y BANSEFI:
1. Emisión de estado de cuenta resumen de saldo.
2. Designación de beneficiarios y designación de beneficiarios sustitutos.
3. Retiro parcial por desempleo.
4. Retiro total por obtener una concesión de pensión.
5. Retiro por tener cuando menos 65 años de edad.
6. Retiro por incapacidad temporal.
7. Retiro por beneficiarios.
8. Unificación de cuentas.
Nota: El retiro de SAR para los trabajadores 10° transitorio lo podrán
realizar en la ventanilla de pensiones..
Medios de Atención
• Oficina Matriz
• 32 Representaciones en los Estados.
• 3 Representaciones en el DF (Buenavista, Parque Lira y Eugenia)
• 496 Centros de Atención en Ventanillas de Bansefi
• Centro de Atención Telefónica: 50620555 DISTRITO FEDERAL
• Interior de la República 01 800 400 1000 y 01 800 400 2000. Horario de
Atención: 9:00 a 18:00 HRS.
• Portal de Internet con correo electrónico. www.pensionissste.gob.mx
• Correo electrónico de atención: atencioncomercial@pensionissste.gob.mx
OFICINA GUADALAJARA (Av. Alcalde #500, Palacio Federal 5to piso, Frente al Santuario)
Lidia Beltrán Martínez
Asesor Previsional
lbeltran.asesorcosint@gmail.com
Zoila Ochoa Perez
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  • 1. Subdirección Comercial Jefatura de Servicios de Comercialización
  • 2. Subdirección Comercial Jefatura de Servicios de Comercialización Antecedentes de la Seguridad Social: 1943 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Art. 123 Apartado A Trabajadores IMSS Art. 123 Apartado B Trabajadores ISSSTE 1960 1972 1992 1997 2002 2007 Creación del IMSS Ley del Seguro Social Sistema de Retiro Surge el ISSSTE Se reforma la LSS y se establecen 5 seguros Se crea el SAR 92 IMSS- INFONAVIT Y el SAR ISSSTE- FOVISSSTE Todo trabajador en México puede tener una cuenta individual Reforma a la Ley del ISSSTE Aportación patronal para vivienda Se crea el PENSIONISSSTE LSS aún vigente Surgen las AFORE y SIEFORES Sistema de Reparto y Capitalización Individual Se ahorra a través de aportaciones obligatorias en una cuenta, durante su vida laboral , para usarse al momento de su retiro Sistema de Capitalización Individual o de Contribución Definida El trabajador sabe cuanto va a recibir al momento de su retiro Se le conoce como sistema de beneficio definido
  • 3. Modificaciones a la Ley del ISSSTE: Dirección de Comunicación Social Jefatura de Servicios de Programas de Comunicación 21 Trabajadores activos por jubilado 1980 3 Trabajadores activos por jubilado 2011
  • 4. Reforma a la Ley del ISSSTE: Dirección de Comunicación Social Jefatura de Servicios de Programas de Comunicación • Fortaleció la seguridad social. • Reforzó financieramente las prestaciones, los seguros y servicios. • Incorporó el sistema de capitalización individual, para dar viabilidad a los seguros de RCV, con • Cuota social • Pensión mínima garantizada de 2 SMDF • Pilar de ahorro solidario
  • 5. •Con la Nueva Ley del ISSSTE se crea el Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado, denominado PENSIONISSSTE (Art. 103). •Es un órgano público desconcentrado del ISSSTE dotado de facultades ejecutivas y sin fines de lucro. •Su principal función es la administración de las Cuentas Individuales para los trabajadores e invertir los recursos que las integran. Antecedentes del PENSIONISSSTE:
  • 6. Misión Promover el ahorro a largo plazo Procurar una alta rentabilidad y seguridad de los recursos Mejores condiciones económicas al momento del retiro Visión Ser una institución solida y confiable Altamente competitiva con el compromiso de ofrecer los mejores servicios a los trabajadores Distinguiéndose como su asesor en materia de retiro e impulsor del Sistema Nacional de Pensiones.
  • 7. Objetivos –Administrar con Eficiencia, Honestidad y Transparencia los recursos que los trabajadores le confíen, buscando distinguirse por La Calidad del Servicio prestado a los trabajadores. –Obtener una mezcla de Altos Rendimientos y Bajos Costos que le permita al trabajador contar con una mejor pensión al momento de su retiro. –Las inversiones de PENSIONISSSTE tenderán a incrementar el Ahorro Interno y promover el Desarrollo de la Actividad Productiva Nacional.
  • 8. Órgano de Gobierno: La dirección y administración del PENSIONISSSTE está a cargo de una Comisión Ejecutiva integrada por dieciocho miembros como a continuación se indica: • El Director General del ISSSTE. • El Vocal Ejecutivo del PENSIONISSSTE. • Tres Vocales nombrados por la SHCP. • Dos Vocales nombrados por BANXICO. • Un Vocal de la SFP. • Un Vocal nombrado por la STPS. • Nueve Vocales nombrados por las organizaciones de los trabajadores. Lo anterior es adicional a la junta directiva del ISSSTE.
  • 10. En qué régimen pensionario me encuentro a) 10° Transitorio. - Elección libre en el 2008. - Abstención de elegir régimen pensionario. b) Cuenta Individual. - Elección libre en el 2008. - No haber elegido régimen pensionario por no estar activo y reingresar a laborar posterior al primero de abril del 2007. - Entrar a laborar por primera vez al gobierno posterior a abril del 2007. *En ambos casos se respeta el régimen elegido por el Trabajador.
  • 11. Trabajador 10° Transitorio - El PENSIONISSSTE ó la Afore solo lleva la administración. - Los recursos están invertidos en Banco de México. - Generan un rendimiento anualizado del 2.5% real. - El rendimiento es por arriba de la inflación. - Se le cobra una comisión del 0.5% sobre el saldo - PENSIONISSSTE ó la Afore enviará 3 estados de cuenta al domicilio que tenga registrado del Trabajador. - Puede solicitar el traspaso de sus recursos. - El Retiro de sus recursos se hace en el ISSSTE, PENSIONISSSTE, Bansefi ó la Afore que administra sus recursos.
  • 12. Modalidades de Pensión Trabajador 10° Transitorio Jubilación Retiro por Edad y Tiempo de Servicios Cesantía en Edad Avanzada Invalidez
  • 13. Jubilación • Trabajadores que hayan cotizado 30 años o más y trabajadoras que hayan cotizado 28 años o más. Años Edad mínima de JUBILACIÓN Edad mínima de JUBILACIÓN Trabajadores Trabajadoras 2010 y 2011 51 49 2012 y 2013 52 50 2014 y 2015 53 51 2016 y 2017 54 52 2018 y 2019 55 53 2020 y 2021 56 54 2022 y 2023 57 55 2024 y 2025 58 56 2026 y 2027 59 57 2028 en adelante 60 58
  • 14. Retiro por Edad y Tiempo de Servicios • Para los Trabajadores que cumplan 55 años de edad o más y 15 de cotización o más al Instituto. 15 años de servicio 50% 16 años de servicio 52.5% 17 años de servicio 55% 18 años de servicio 57.5% 19 años de servicio 60% 20 años de servicio 62.5% 21 años de servicio 65% 22 años de servicio 67.5% 23 años de servicio 70% 24 años de servicio 72.5% 25 años de servicio 75% 26 años de servicio 80% 27 años de servicio 85% 28 años de servicio 90% 29 años de servicio 95% Año calendario Edad para pensión por edad y tiempo de servicios 2010 y 2011 56 2012 y 2013 57 2014 y 2015 58 2016 y 2017 59 2018 en adelante 60
  • 15. Cesantía en Edad Avanzada Edad Porcentaje de pensión 60 40 % 61 42% 62 44% 63 46% 64 48% 65 ó más 50% •Trabajador que haya cotizado 10 años de servicio y tenga: Año calendario Edad para pensión por cesantía en edad avanzada 2010 y 2011 61 2012 y 2013 62 2014 y 2015 63 2016 y 2017 64 2018 en adelante 65
  • 16. Invalidez 15 años de servicio 50% 16 años de servicio 52.5% 17 años de servicio 55% 18 años de servicio 57.5% 19 años de servicio 60% 20 años de servicio 62.5% 21 años de servicio 65% 22 años de servicio 67.5% 23 años de servicio 70% 24 años de servicio 72.5% 25 años de servicio 75% 26 años de servicio 80% 27 años de servicio 85% 28 años de servicio 90% 29 años de servicio 95% •40 días de aguinaldo •Servicio médico •Préstamos personales •Incremento de monto de pensión por actualización anual Muerte trabajador: •Reposición de gastos por funeral •120 días de salario a familiares
  • 18. Atributos de la Cuenta Individual: Dirección de Comunicación Social Jefatura de Servicios de Programas de Comunicación • La cuenta individual es propiedad del trabajador, por lo que lo acompañará durante toda su vida laboral. Esta cuenta puede mantenerse o transferirse cuando el trabajador cambie de trabajo, inclusive cuando cambie de régimen al cual cotiza (por ejemplo, del ISSSTE al IMSS). Este beneficio se conoce como “portabilidad”. • Si cotiza al ISSSTE con más de un empleo, o de manera simultánea al IMSS, su cuenta individual recibirá las cuotas y aportaciones correspondientes a dichos ambos empleos.
  • 19. Estructura de la Cuenta Individual Subcuentas Ahorro a Largo Plazo Aportaciones Voluntarias Aportaciones Complementarias de Retiro Ahorro Solidario Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez Fondo de la Vivienda En la cuenta individual se acreditará el monto del Bono de Pensión.
  • 20. Modalidades de Pensión Trabajador Cuenta Individual Cesantía y Vejez Retiro anticipado Retiro programado
  • 21. Modalidades de Pensión en Cuenta Individual: Cesantía y Vejez (Se contrata un renta vitalicia) 65 60 64 Cesantía Vejez Requisitos 60 a 64 años de edad y 25 años de servicio. Requisitos 65 años de edad y 25 años de servicio. 1.- ¿Qué pasa si tengo la edad, pero no los años de servicios? 2. ¿Qué pasa si mis recursos de la CI no me alcanzan para contratar una Renta Vitalicia, con una compañía aseguradora, pero si cumplí con los requisitos de edad y tiempo de servicio?
  • 22. Retiro Anticipado Art. 80° Con esta modalidad, la Ley permite al trabajador retirarse de manera anticipada, si el saldo de la cuenta individual es suficiente para contratar, con la aseguradora de su elección, una renta vitalicia por un monto que sea superior en más del 30% a la pensión garantizada establecida en la Ley, una vez cubierta la prima del Seguro de Sobrevivencia para sus familiares derechohabientes. En caso de que exista un excedente de recursos generado por la diferencia entre el saldo de la cuenta individual y el costo de la renta vitalicia contratada más el seguro de sobrevivencia, el pensionado podrá retirarlo.
  • 23. Retiro Programado Con esta modalidad, el PENSIONISSSTE entrega al trabajador una pensión mensual, cuyo monto se recalcula cada año considerando el saldo de la cuenta individual y la expectativa de vida del pensionado. El monto de la pensión tiende a ir disminuyendo año con año. Para proteger a los familiares derechohabientes, el pensionado deberá adquirir también un seguro de sobrevivencia con la aseguradora de su elección. El pensionado por retiros programados en cualquier momento podrá contratar una renta vitalicia, con la condición de que el saldo en la cuenta individual sea suficiente para que dicha renta no sea inferior a la Pensión Garantizada. Con anticipación el PENSIONISSSTE dará aviso al pensionado en cuanto el saldo sea aun suficiente para cambiar de modalidad de pensión.
  • 24. PENSION POR CAUSA DE MUERTE DEL TRABAJADOR REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE PENSIONES DEL RÉGIMEN DE CUENTAS INDIVIDUALES DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. Capitulo VII De la Pensión por causa de muerte del trabajador: Articulo 22- La Muerte del trabajador por causas ajenas al servicio, cualquiera que sea su edad y siempre que hubiera cotizado al Instituto al menos por tres años, dará origen a las pensiones de viudez, concubinato, orfandad o ascendencia, o en su caso según lo previsto por la ley. Articulo 23.- En la resolución de Pensión por muerte del trabajador el instituto otorgara la Pensión a los familiares Derechohabientes, y hará de su conocimiento que pueden optar por retirar en una sola exhibición el saldo de la cuenta individual del trabajador fallecido, o bien contratar con dicho saldo una Renta por una cuantía mayor. Articulo 24.- Una vez emitida la Resolución de Pensión a que se refiere este capitulo, el Instituto cubrirá a la Aseguradora que elijan los Familiares Derechohabiente el Monto Constitutivo con cargo al cual se pagará la Pensión y las demás prestaciones de carácter económico.
  • 25. BENEFICIARIOS El cónyuge y/o los hijos menores de 18 años (o mayores de 18 si se encuentran incapacitados para trabajar, y hasta los 25 años si estudian el nivel medio superior o superior en planteles oficiales, continúan solteros y no trabajan). A falta de los anteriores: la concubina o el concubinario con quien el trabajador tuvo hijos, o que vivió con el trabajador durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte, y que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato. A falta de cónyuge, hijos, concubina o concubinario, los beneficiarios legales serían, en su caso, la madre o el padre del trabajador, y a falta de estos los demás ascendientes (si dependían económicamente del trabajador). Es importante mencionar que, la viuda(o), concubina o concubinario, perderán los derechos que tuvieran sobre la pensión si contraen nupcias o viven en concubinato 1) LOS LEGALES:
  • 26. BENEFICIARIOS Si no eres un beneficiario legal y tampoco fuiste designado como beneficiario sustituto, pero tienes elementos para solicitarle a un juez que te designe como beneficiario de la Cuenta Individual, deberás acudir con la representación de un abogado al TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE que emitirá el laudo correspondiente. Es importante subrayar que en caso de existir algún beneficiario legal, no aplican los beneficiarios sustitutos. La aplicabilidad de las pensiones a beneficiarios y de los recursos a retirarse de la AFORE por los mismos, depende enteramente de lo que resuelva el ISSSTE o, en su caso, las instancias judiciales correspondientes. 2) LOS SUSTITUTOS: Son designados por el trabajador y APLICAN UNICAMENTE A FALTA DE LOS LEGALES.
  • 27. • ¿Cuál es la comisión que cobra PENSIONISSSTE en las SIEFORES? • Por Ley, PENSIONISSSTE debe cobrar una comisión menor al promedio de las Afores. (art. 105 ley ISSSTE). • Desde su inicio de operaciones, PENSIONISSSTE ha cobrado la comisión más baja del mercado (0.99% anual sobre Saldo). Bajas Comisiones Altos Rendimientos Más Pensión
  • 28. Comisiones AFORE 2008 2009 2010 2011 2012 2013 Afirme Bajío 1.7 1.7 1.51 1.51 1.5 1.4 Azteca 1.96 1.955 1.96 1.77 1.52 1.45 Banamex 1.84 1.7725 1.58 1.45 1.28 1.16 Bancomer 1.47 1.47 1.45 1.4 1.28 1.1 Banorte Generali 1.71 1.71 1.58 1.48 Coppel 3.3 2.51 1.81 1.7 1.59 1.49 Inbursa 1.18 1.18 1.18 1.17 1.17 1.17 Invercap 2.48 1.98 1.73 1.72 1.59 1.47 Metlife 2.26 1.92 1.74 1.69 1.54 1.39 PensionISSSTE 1 1 1 1 0.99 0.99 Principal 2.10 1.95 1.79 1.54 1.48 1.36 Profuturo GNP 1.96 1.92 1.7 1.53 1.39 1.27 SURA 1.74 1.74 1.61 1.48 1.31 1.21 XXI Banorte 1.45 1.45 1.42 1.4 1.33 1.14 N / A.- No aplica debido a que la Afore no operaba en ese periodo, sea por fusión con otra administradora o por tratarse de una Afore de reciente creación. Comisión sobre saldo anual (%) N/A
  • 29. SIEFORES • Los recursos de los trabajadores bajo el régimen de cuenta individual se invierten el Siefores dependiendo de la edad del trabajador. lejano cercano
  • 30. Cifras al cierre de Diciembre de 2014
  • 31. Cifras al cierre de Diciembre de 2014
  • 32. Atributos de la Cuenta Individual en PENSIONISSSTE • Conforme al art. 105 de la Ley del ISSSTE, la junta directiva del ISSSTE podrá ordenar que se reinviertan el remanente de operación (utilidades), de las cuentas individuales de los trabajadores, favoreciendo a los de menor ingreso.. • En el 2013 se repartieron $217 millones de pesos y lo que va de los 4 años se han repartido $ 777 millones de pesos. • Este beneficio es únicamente para los trabajadores que están inscritos en PENSIONISSSTE y se perderá, si el trabajador se cambia a una Afore.
  • 34. Ahorro Voluntario Cuenta Individual Aportaciones Voluntarias a Largo Plazo Aportaciones Voluntarias Beneficio Fiscal Si bien no aplica ningún beneficio fiscal ya que los recursos se pueden retirar a los 2 ó 6 meses (dependiendo de la AFORE) Art. 176 Retiro hasta 65 años, 10% de los ingresos acumulables del contribuyente en el ejercicio Art. 218 Retiro cada cinco años con 20% ISR
  • 35. Dirección de Comunicación Social Jefatura de Servicios de Programas de Comunicación Servicios que se pueden tramitar en PENSIONISSSTE y BANSEFI: 1. Emisión de estado de cuenta resumen de saldo. 2. Designación de beneficiarios y designación de beneficiarios sustitutos. 3. Retiro parcial por desempleo. 4. Retiro total por obtener una concesión de pensión. 5. Retiro por tener cuando menos 65 años de edad. 6. Retiro por incapacidad temporal. 7. Retiro por beneficiarios. 8. Unificación de cuentas. Nota: El retiro de SAR para los trabajadores 10° transitorio lo podrán realizar en la ventanilla de pensiones..
  • 36. Medios de Atención • Oficina Matriz • 32 Representaciones en los Estados. • 3 Representaciones en el DF (Buenavista, Parque Lira y Eugenia) • 496 Centros de Atención en Ventanillas de Bansefi • Centro de Atención Telefónica: 50620555 DISTRITO FEDERAL • Interior de la República 01 800 400 1000 y 01 800 400 2000. Horario de Atención: 9:00 a 18:00 HRS. • Portal de Internet con correo electrónico. www.pensionissste.gob.mx • Correo electrónico de atención: atencioncomercial@pensionissste.gob.mx
  • 37. OFICINA GUADALAJARA (Av. Alcalde #500, Palacio Federal 5to piso, Frente al Santuario) Lidia Beltrán Martínez Asesor Previsional lbeltran.asesorcosint@gmail.com Zoila Ochoa Perez Asesor Previsional zochoa.asesorcosint@gmail.com Héctor Tonatiuh González Marín Jefe de Departamento Regional hgonzalez.asesorpeis@gmail.com Fondo Nacional de Pensiones de los trabajadores al Servicio del Estado