Este documento describe los sistemas procesales civiles y mercantiles, comparando el sistema escrito, el sistema oral y el sistema mixto. Explica las características de cada sistema y cómo el sistema mixto incorpora elementos de ambos sistemas mediante la preparación escrita y la documentación de las audiencias orales. También describe los principios del proceso por audiencia como la publicidad, inmediación, concentración y dispositivo.
Derecho Procesal Civil - Principios Formativos del ProcedimientoCamilo Bernheim
Derecho Procesal Civil - Principios Formativos del Procediiento. Utilizado para estudio de Examen de Grado de Derecho de Universidad de los Andes. Basado en apuntes del profesor Alejandro Romero Segel, Universidad de los Andes.
De los diversos cambios constitucionales aprobados al sistema de justicia penal mexicano, uno de los que destaca en el subsistema de impartición de justicia, es el relativo a la introducción de los juicios orales. La introducción de los juicios orales implica una modificación de los diferentes componentes que integran el sistema de justicia penal, en virtud de la sustitución del modelo penal mixto por uno predominantemente acusatorio y oral, regido por los principios procesales de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación, principalmente implica una tarea de planeación estratégica de políticas públicas.
Esta investigación, no pretende ser un estudio jurídico profundo sobre los problemas del Derecho del Trabajo, mas bien un estudio simple y en lenguaje llano de lo que conlleva un juicio laboral ordinario, esto con el propósito de ser comprendido por toda la comunidad.
Nuevo código procesal penal. análisis del Nuevo código procesal penal. implementación del Nuevo código procesal penal, las parts en el Nuevo código procesal penal, fases del proceso en el Nuevo código procesal penal. generalidades sobre el Nuevo código procesal penal. Nuevo código procesal penal en el Perú
Son 26 veces lapalabra Electronicos
internet 1
Magn 2
No solo la oralida arranco, sino tan¿mbien el MATRIMONIO con entre el derecho y la Informatica.
ate,
Sirley Garcia
Derecho Procesal Civil - Principios Formativos del ProcedimientoCamilo Bernheim
Derecho Procesal Civil - Principios Formativos del Procediiento. Utilizado para estudio de Examen de Grado de Derecho de Universidad de los Andes. Basado en apuntes del profesor Alejandro Romero Segel, Universidad de los Andes.
De los diversos cambios constitucionales aprobados al sistema de justicia penal mexicano, uno de los que destaca en el subsistema de impartición de justicia, es el relativo a la introducción de los juicios orales. La introducción de los juicios orales implica una modificación de los diferentes componentes que integran el sistema de justicia penal, en virtud de la sustitución del modelo penal mixto por uno predominantemente acusatorio y oral, regido por los principios procesales de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación, principalmente implica una tarea de planeación estratégica de políticas públicas.
Esta investigación, no pretende ser un estudio jurídico profundo sobre los problemas del Derecho del Trabajo, mas bien un estudio simple y en lenguaje llano de lo que conlleva un juicio laboral ordinario, esto con el propósito de ser comprendido por toda la comunidad.
Nuevo código procesal penal. análisis del Nuevo código procesal penal. implementación del Nuevo código procesal penal, las parts en el Nuevo código procesal penal, fases del proceso en el Nuevo código procesal penal. generalidades sobre el Nuevo código procesal penal. Nuevo código procesal penal en el Perú
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No solo la oralida arranco, sino tan¿mbien el MATRIMONIO con entre el derecho y la Informatica.
ate,
Sirley Garcia
Conocer, evaluar y comprender los principios, ... que se conciben como criterios para regulan las diferentes actuaciones que integran la comunidad procesal.
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLAJAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA, crea y desarrolla ACERTIJO: «CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS». Esta actividad de aprendizaje lúdico que implica de cálculo aritmético y motricidad fina, promueve los pensamientos lógico y creativo; ya que contempla procesos mentales de: PERCEPCIÓN, ATENCIÓN, MEMORIA, IMAGINACIÓN, PERSPICACIA, LÓGICA LINGUISTICA, VISO-ESPACIAL, INFERENCIA, ETCÉTERA. Didácticamente, es una actividad de aprendizaje transversal que integra áreas de: Matemáticas, Neurociencias, Arte, Lenguaje y comunicación, etcétera.
Las capacidades sociomotrices son las que hacen posible que el individuo se pueda desenvolver socialmente de acuerdo a la actuación motriz propias de cada edad evolutiva del individuo; Martha Castañer las clasifica en: Interacción y comunicación, introyección, emoción y expresión, creatividad e imaginación.
Today is Pentecost. Who is it that is here in front of you? (Wang Omma.) Jesus Christ and the substantial Holy Spirit, the only Begotten Daughter, Wang Omma, are both here. I am here because of Jesus's hope. Having no recourse but to go to the cross, he promised to return. Christianity began with the apostles, with their resurrection through the Holy Spirit at Pentecost.
Hoy es Pentecostés. ¿Quién es el que está aquí frente a vosotros? (Wang Omma.) Jesucristo y el Espíritu Santo sustancial, la única Hija Unigénita, Wang Omma, están ambos aquí. Estoy aquí por la esperanza de Jesús. No teniendo más remedio que ir a la cruz, prometió regresar. El cristianismo comenzó con los apóstoles, con su resurrección por medio del Espíritu Santo en Pentecostés.
3. EL SISTEMA ESCRITO
Caracteres
Lento
Burocrático
Desconcentrado
Juez: mero espectador
No rige la inmediación
Valoración de la prueba: tasa legal
4. EL SISTEMA ORAL
Caracteres:
AGIL
ABREVIADO
CONCENTRADO
INMEDIACIÓN
MAYOR EFICACIA
ECONOMÍA DE TIEMPOS Y ESFUERZOS
MORALIZACIÓN DEL PROCESO
VALORACIÓN DE LA PRUEBA: SANA CRÍTICA
5. La oralidad como instrumento de eficacia
ORALIDAD Y PROCESO POR AUDIENCIA
La oralidad como consecuencia del instituto de la audiencia.
La oralidad como instrumento, no como fin.
El proceso por audiencia como un modelo mixto.
La preparación escrita del debate
La documentación de la audiencia
La forma escrita de la sentencia y de los recursos
Los procesos monitorios y la ejecución forzada.
6. Oralidad y audiencia
LA AUDIENCIA: CONCEPTO Y CARACTERES
El proceso como acto de tres sujetos
La reunión de los sujetos procesales
La inmediación: contacto personal y directo del
tribunal con las partes y la prueba Art. 10
La concentración de actividades en audiencia
Art.11
Los poderes de dirección y ordenación de la
audiencia Art.14
7. Sistemas de la oralidad
MODALIDADES DE PROCESO ORAL
La oralidad absoluta: caracteres
La oralidad en todos los actos procesales
Instancia única
La oralidad atenuada: caracteres
Actos de proposición: escritos
Documentación escrita de las actuaciones orales
Doble instancia
8. ESTRUCTURA DE LOS PROCESOS
Procesos declarativos
Proceso común
Proceso abreviado
Procesos especiales
Ejecutivo
Monitorio
Posesorio
Inquilinato
9. Interpretación constitucional
Arts. 1 y 2: vinculación a la Constitución, leyes y
demás normas
Interpretación constitucional de las leyes
Inaplicación de normas inconstitucionales por
parte del Juez
Derecho a la protección jurisdiccional Art.1
10. Principio de aportación
Art. 7 cpcm : Hechos y prueba (partes)
Iniciativa probatoria del Juez
Diligencias para mejor proveer
Declaración de parte: aclaraciones o interrogatorio
aclaratorio (350)
Testigos: aclaraciones (369)
Peritos: aclaraciones (387)
Reconocimientos: 390 (amplio)
11. Los principios del proceso por audiencia:
publicidad
El principio de publicidad en el CPCYM
Publicidad interna y externa
Publicidad externa y control general de la actividad
jurisdiccional
La publicidad es de esencia de un sistema democrático, en tanto los
jueces actúan de cara a los ciudadanos, como garantía para los
litigantes y para el
derecho de todas las personas, y para la información y formación de
la opinión pública, soporte de toda institucionalidad
12. Los principios del proceso por audiencia:
inmediación
El principio de inmediación en el centro del sistema
Concepto, caracteres
Contacto directo del juez con las partes y con el material probatorio.
Notas conceptuales: contacto directo, comunicación personal, falta de
intermediarios
Inmediación y audiencia
Concepto de audiencia
Inmediación fuera de la sede del tribunal
Proyección interpretativa: posibilidad de trasladarse fuera de su
circunscripción, etc.
13. Principio de legalidad
La Constitución como pilar Art.2, 8 y 86
Las lagunas legales:
Integración Art.19: normas en situaciones
análogas, normativa constitucional, principios del
código, doctrina legal, doctrina de los expositores
del derecho y consideraciones de buen sentido y
razón natural
Obligación de resolver: Art.15
14. Principio de legalidad
Art. 3º
Las leyes fijan el orden y las formalidades del
proceso
Legalidad y criterio de interpretación (18)
15. Los principios del proceso por audiencia:
inmediación
Inmediación, prueba y sentencia
La inmediación y la prueba: contacto directo y personal del
juez con los medios probatorios (testigos, peritos, etc.)
Nulidad en caso de inobservancia
El respeto por los hechos: ventajas de la inmediación
Mejor adecuación del fallo a los hechos
Aproximación gradual a la prueba (a medida que se
diligencia, y no únicamente cuando se dicta sentencia).
16. Impulso oficioso
Por otro lado, hay que señalar que la plena
vigencia del principio de aportación de parte y la
búsqueda, en principio, de una verdad formal,
no convierte al juzgador en un mero espectador
que asiste al duelo entre las partes, sino que el
Código, además de incorporar el impulso de
oficio de la fase probatoria, reconoce de un
modo bastante más amplio que la anterior Se
reconocen las facultades directivas del Juez en la
práctica de la prueba
17. Los principios del proceso por audiencia:
concentración
El principio de concentración en el CPCYM
La concentración en los actos introductorios.
Demanda: art. 85 (pretensión), art. 282 y 283 (prueba)
Contestación: excepciones y defensas (art. 284), reconvención
(285), prueba (art. 288 y 289)
La concentración en la audiencia preparatoria (art. 11,
292 y ss.), conciliación, saneamiento, fijar la
pretensión.
La concentración en materia incidental (art. 266) Todas
las cuestiones incidentales que puedan paralizar el
proceso deben de tramitarse en un solo escrito
18. Principio dispositivo
• Art. 6º
• Manifestaciones
– Objeto del proceso y de la prueba (partes)
• Omisión de algún punto en audiencia
– Congruencia (218)
• Iura novit curia: alcance
– Transacción, conciliación
– Desistimiento, allanamiento
– Suspensión de plazos (199): plazo máximo de 45 días
19. Principio dispositivo
En consecuencia y en virtud de tal principio
dispositivo, corresponde a las partes la facultad de
iniciar el proceso, de determinar su objeto y de
realizar con eficacia actos de disposición.
20. Principio dispositivo
Queda restringida la libertad investigadora y
resolutiva del juzgador si no media la intervención
del quejoso Art. 321,317,312, Excepción: prueba
para mejor proveer Art. 7 inc. final
Función de director del proceso del Juez para
aspectos procesales, iura novit curia
Es diferente a la ordenación del proceso que si le
corresponde al Juez
21. Otra expresión: principio de preclusión
Van quedando firmes las etapas del proceso sin
posibilidad de hacerlo retroceder
injustificadamente.
Tres situaciones:
A. Por no haberse observado la oportunidad dada
por la ley para la realización de determinado acto
B.Por haberse cumplido una actividad
incompatible con el ejercicio de otra
C. Por haberse ejercido válidamente esa facultad
22. Expresiones del principio de concentración.
1.La reducción de plazos y términos
2.Mayor inmediación en los actos de comunicación
3. Prohibición de incidentes suspensivos
4.Tratamiento preliminar de los presupuestos
procesales
5. Instauración de la Oralidad
23. Manifestaciones de la inmediación
Art. 10, 200 (nulidad insubsanable)
Identidad física del Juez (213, 211, 207)
Audiencia preparatoria: 200 (Juez), 291, 67, 69
(partes)
Audiencia probatoria: 406
Audiencia del proceso abreviado: 425
Audiencia de conciliación: 251
Segunda instancia audiencia n: 518
Proceso ejecutivo: 467