Este documento describe los diferentes tipos de actos procesales en el derecho venezolano. Define los actos procesales como aquellos emanados de las partes, jueces u otros terceros involucrados en un proceso legal. Explora los requisitos, tipos y características de los actos de las partes, tribunales y terceros. También cubre conceptos como el impulso procesal y las nulidades procesales.
DR. EN DERECHO DR. ENRIQUE JORDÁN LAOS JARAMILLO,MG. DERECHO CIVIL COMERCIAL,ABOGADO LITIGANTE A NIVEL NACIONAL,DOCENTE UNIVERSITARIO DE LAS UNIVERSIDADES CESAR VALLEJO Y UNIVERSIDAD LAS AMÉRICAS. RPC: 997201314.
Si bien es cierto, el Proceso civil se divide en cinco etapas, la primera es la postulatoria, probatoria, decisoria, apelatoria y ejecotoria, dicho así, la etapa donde se establecera los puntos controvertidos sera en esta segunda etapa, en la que no solo sera necesario elementos de convinccion sino tambien la sana critica del juzgador, en amparo a las la Constitución y normas aplicadas al proceso.
Capítulo I: persona jurídica
1. Antecedentes
El hombre, por estar inmerso en una sociedad, debe alcanzar fines no precisamente individuales y para ello es necesaria la actividad asociada de otros hombres y que se desarrolle por cierto tiempo o que perdure en la historia. En el derecho romano primitivo el concepto jurídico de persona estaba reservado a los individuos.
El Estado, actuaba como poder público, las ciudades se encontraron sometidas al ‘’jus singolorum’’. La condición de sujeto de derecho o de relaciones jurídicas está no sólo atribuida a la persona humana (persona física o persona natural), sino también a las organizaciones o agrupaciones de personas físicas a las que la ley reconoce personalidad independiente de los sujetos que las integran.
Son las denominadas personas jurídicas, personas morales o personas ficticias. Estas han de estar dotadas de una organización más o menos estable y duradera porque personifican el designio de alcanzar un fin común a todas las personas que la integran o porque personifican una determinada masa patrimonial adscrita a una finalidad prevista. Las personas jurídicas tienen, como las personas físicas, su origen y extinción, su nacionalidad y vecindad, su capacidad y responsabilidad, y su propio patrimonio. La organización y funcionamiento depende de la legislación aplicable a la gran variedad de personas jurídicas que admite el derecho.
La primera de dichas instituciones, la más antigua y la más natural, es la asociación de varias personas que tienda a un fin y que sea reconocida como sujeto de derecho y de obligaciones en su totalidad, independientemente de las personas que las componen y de su renovación. Tal sujeto, cuya designación ordinaria en nuestro lenguaje es corporación, puede decirse que tal vez tenga una existencia real y verdadera, dada por el conjunto de los miembros asociados; los romanos la asimilan al hombre, atribuyéndole el título de), aun cuando la capacidad jurídica, haya sido reconocida sólo gradualmente.
Este debate, que apuntaba a las llamadas personas jurídicas públicas ‘’El Estado’’, ‘’La Iglesia’’- con el advenimiento del capitalismo se trasladó a los sujetos privados. No tardó en advertirse que algunas de estas entidades, particularmente las Sociedades Anónimas, podrían convertirse en eficacísimos instrumentos para el desarrollo de la industria y el comercio.
2. Definición
Las personas jurídicas son sujetos de derecho conformado por una o varias personas naturales o jurídicas que en el caso de las personas jurídicas de derecho privado la inscripción en el registro les otorga la calidad de personas jurídicas y en el caso de las personas jurídicas de derecho público interno la calidad de persona jurídica les otorga la ley de creación, conforme al artículo 78 del Código Civil Peruano de 1984.
Es decir, esta definición de la persona jurídica sólo es de aplicación al derecho peruano
El proceso es caminar hacia adelante o pararse, se empieza con la Demanda, luego sigue la Contestación de Demanda, luego el Auto de Saneamiento, después la Audiencia de Fijación de Puntos Controvertidos y Saneamiento Probatorio, luego la Audiencia de Pruebas y por último la Sentencia. Este es el iter procesal civil normal para lograr una sentencia de mérito que resuelva el conflicto de intereses, sin embargo, la sentencia no es la única manera de poner fin a un proceso ya que existen formas reguladas por el Código Procesal Civil de terminación de un proceso, el cual puede concluir sin declaración sobre el fondo o con declaración sobre el fondo.
CONTRATO POR PERSONA A NOMBRAR, DERECHO CIVIL. AUTOR JUAN EDUARDO IDROGO VILLALOBOS JUNIO 2015. ESCUELA DE DERECHO VIII CICLO- ULADECH. JUNIO 2015. CHICLAYO - PERU.
DR. EN DERECHO DR. ENRIQUE JORDÁN LAOS JARAMILLO,MG. DERECHO CIVIL COMERCIAL,ABOGADO LITIGANTE A NIVEL NACIONAL,DOCENTE UNIVERSITARIO DE LAS UNIVERSIDADES CESAR VALLEJO Y UNIVERSIDAD LAS AMÉRICAS. RPC: 997201314.
Si bien es cierto, el Proceso civil se divide en cinco etapas, la primera es la postulatoria, probatoria, decisoria, apelatoria y ejecotoria, dicho así, la etapa donde se establecera los puntos controvertidos sera en esta segunda etapa, en la que no solo sera necesario elementos de convinccion sino tambien la sana critica del juzgador, en amparo a las la Constitución y normas aplicadas al proceso.
Capítulo I: persona jurídica
1. Antecedentes
El hombre, por estar inmerso en una sociedad, debe alcanzar fines no precisamente individuales y para ello es necesaria la actividad asociada de otros hombres y que se desarrolle por cierto tiempo o que perdure en la historia. En el derecho romano primitivo el concepto jurídico de persona estaba reservado a los individuos.
El Estado, actuaba como poder público, las ciudades se encontraron sometidas al ‘’jus singolorum’’. La condición de sujeto de derecho o de relaciones jurídicas está no sólo atribuida a la persona humana (persona física o persona natural), sino también a las organizaciones o agrupaciones de personas físicas a las que la ley reconoce personalidad independiente de los sujetos que las integran.
Son las denominadas personas jurídicas, personas morales o personas ficticias. Estas han de estar dotadas de una organización más o menos estable y duradera porque personifican el designio de alcanzar un fin común a todas las personas que la integran o porque personifican una determinada masa patrimonial adscrita a una finalidad prevista. Las personas jurídicas tienen, como las personas físicas, su origen y extinción, su nacionalidad y vecindad, su capacidad y responsabilidad, y su propio patrimonio. La organización y funcionamiento depende de la legislación aplicable a la gran variedad de personas jurídicas que admite el derecho.
La primera de dichas instituciones, la más antigua y la más natural, es la asociación de varias personas que tienda a un fin y que sea reconocida como sujeto de derecho y de obligaciones en su totalidad, independientemente de las personas que las componen y de su renovación. Tal sujeto, cuya designación ordinaria en nuestro lenguaje es corporación, puede decirse que tal vez tenga una existencia real y verdadera, dada por el conjunto de los miembros asociados; los romanos la asimilan al hombre, atribuyéndole el título de), aun cuando la capacidad jurídica, haya sido reconocida sólo gradualmente.
Este debate, que apuntaba a las llamadas personas jurídicas públicas ‘’El Estado’’, ‘’La Iglesia’’- con el advenimiento del capitalismo se trasladó a los sujetos privados. No tardó en advertirse que algunas de estas entidades, particularmente las Sociedades Anónimas, podrían convertirse en eficacísimos instrumentos para el desarrollo de la industria y el comercio.
2. Definición
Las personas jurídicas son sujetos de derecho conformado por una o varias personas naturales o jurídicas que en el caso de las personas jurídicas de derecho privado la inscripción en el registro les otorga la calidad de personas jurídicas y en el caso de las personas jurídicas de derecho público interno la calidad de persona jurídica les otorga la ley de creación, conforme al artículo 78 del Código Civil Peruano de 1984.
Es decir, esta definición de la persona jurídica sólo es de aplicación al derecho peruano
El proceso es caminar hacia adelante o pararse, se empieza con la Demanda, luego sigue la Contestación de Demanda, luego el Auto de Saneamiento, después la Audiencia de Fijación de Puntos Controvertidos y Saneamiento Probatorio, luego la Audiencia de Pruebas y por último la Sentencia. Este es el iter procesal civil normal para lograr una sentencia de mérito que resuelva el conflicto de intereses, sin embargo, la sentencia no es la única manera de poner fin a un proceso ya que existen formas reguladas por el Código Procesal Civil de terminación de un proceso, el cual puede concluir sin declaración sobre el fondo o con declaración sobre el fondo.
CONTRATO POR PERSONA A NOMBRAR, DERECHO CIVIL. AUTOR JUAN EDUARDO IDROGO VILLALOBOS JUNIO 2015. ESCUELA DE DERECHO VIII CICLO- ULADECH. JUNIO 2015. CHICLAYO - PERU.
Dentro del proceso civil, el justiciable pretende atraves de una sentencia definitiva ponerle fin a un proceso.
Con las formas de rechazo, de la demanda, no se accesa a la jurisdicción.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
El juicio ejecutivo mercantil es un procedimiento sumario de excepción, porque únicamente tiene acceso a él, aquel cuyo crédito consta en un título de tal fuerza que constituye vehemente presunción de que el derecho del actor es legítimo y está suficientemente probado, para que sea desde luego atendido por las autoridades competentes.
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
3. Puntos a Desarrollar
Actos Procesales:
Definición
Hechos y Actos
Procesales.
Requisitos
Tipos de Actos
Procesales.
Actos de los Tribunales
Actos de las Partes.
Actos de los Terceros.
El impulso
Nulidad
4. Actos Procesales
¿ Que es un Acto Procesal?
Es todo acto jurídico emanado
de las partes, de los agentes de
la jurisdicción (Juez) o aun de
los terceros ligados al proceso,
susceptible de crear, modificar o
extinguir efectos procesales.
Hechos y
Actos
Procesales
Hechos
Sucesos de la
vida que
proyectan sus
efectos sobre el
proceso.
(Pérdida de la
capacidad de
una de las
partes)
Actos
Voluntad jurídica
idónea para
crear, modificar o
extinguir
derechos
procesales.
(Declaración de
un testigo)
5. Requisitos de los Actos
ProcesalesRequisitos de fondo :
1.- La capacidad jurídica de la persona y su
debida representación en caso de que no obre
en forma personal.
2.- La legitimación para la ejecución del acto
procesal:
«Validez e Idoneidad del Acto».Los requisitos de forma :
(Se integra con el llamado Debido Proceso)
1.- Las disposiciones de las funciones de los
funcionarios
2.- El lugar, modo y tiempo en donde se desarrollara
los procedimientos.
3.-El idioma obligatorio.
4.- Las firmas.
Requisitos subjetivos: Se refieren al sujeto que ejecuta el
acto.
Requisito objetivos: Se refieren al acto mismo.
7. Actos de los Tribunales o de la
Jurisdicción
Son aquellos actos
emanados de los
funcionarios de la
jurisdicción, abarcando
no solo a los jueces,
sino también a sus
coagentes y por ene
constituyen,
normalmente, una
manifestación de la
función pública.
1.- Actos de decisión: Se refiere a las
providencias judiciales. ( Sentencias,
Decretos)
• Sentencia interlocutoras:
Resuelven una incidencia en el
proceso.
• Sentencia Definitiva: Pone en fin al
juicio.
b) Actos de comunicación: Son
notificaciones dirigidas a las partes o
a otras autoridades, sobre los actos de
decisión.
c) Actos de documentación: Son
documentos escritos, en los cuales se
vislumbra los actos procesales de las
partes, del tribunal o de los terceros.
8. Actos de las Partes
Se refiere a aquellos actos emanados del actor
(demandante) y del demandado, en el cual empieza
por la llamada acción por parte del actor.
1.-Actos de obtención
Abarca a los llamados:
2.- Actos dispositivos
Obtienen delTribunal la
satisfacción de la pretensión
expuesta.
Se Distinguen en:
A) Actos de Petición: Determina el contenido de
una pretensión o un detalle del procedimiento
B) Actos de Afirmación: Aceptación de las
proporciones realizadas en el proceso.
C)Actos de Prueba: Incorporación de documentos
o declaraciones al proceso.
Se refiere al derecho material en el
proceso (Crea, modifica o extingue
situaciones procesales )
A través
A) Allanamiento: El
demandado se somete a la
pretensión del actor.
B) Desistimiento: Renuncia
del Actor a su pretensión.
C) Transacción: Vencimiento
reciproco.
9. Actos De Los
Terceros
Son aquellos actos emanados por otras
personas que no son parte del proceso
como es el demandante o demandado.
Articulo 370 C.P.C. (Intervención de los
Terceros).
«Los terceros podrán intervenir, o ser
llamados a la causa pendiente entre otras
personas,…»
10. Imperativos
JurídicosSe refiere a los deberes, obligaciones y cargas
que impone la ley y que deben cumplirse en el
proceso.
1.- Deberes Procesales: Se refiere al
adecuado desarrollo del proceso, en el cual
alude a las personas que actúan en el mismo
lo realicen bajo el deber ser. El mismo abarca
al Tribunal y sus Funcionarios (sin que exista
el dolo procesal).
2.- Obligaciones Procesales: Consiste en
las cargas impuestas a las partes con
ocasión del proceso, abarcando a la mas
relevante que es, la condena en costas.3.- Cargas Procesales: Es una
conducta propia de las partes mas
no del Tribunal, es decir, si la parte
no cumple con la conducta que le
impone la ley solo a él lo perjudica.
(Ejemplo: No dan contestación de la
demanda).
11. El Impulso
Procesal
Los actos de impulso procesal son los que se ejecutan
con el propósito de ir avanzando en el proceso hasta
llegar a la sentencia.
Era una figura exclusiva de las partes en virtud del
principio dispositivo, pero el artículo 14 del Código de
Procedimiento Civil vigente le da facultades al juez,
derivada del principio inquisitivo,
NULIDADES
PROCESALES
Alude que a la falta de un
requisito indispensable por falta
o error del Tribunal (acto irrito)
le ocasiona un agravio a las
partes y deja sin efecto el acto
12. La escuela italiana creó
el principio finalista de la
nulidad.
Nulidad Textual: Es aquella donde se
encuentra consagrada o estipulada en
la ley
Nulidad Virtual: Se refiere a que una de
la causas de la nulidad no se encuentra
establecida en la ley, pero el Juez lo
determina a su correcto arbitrio.
13. Principio
Finalista
El último precepto del artículo 206 del C.P.C, según el cual
en ningún caso se declarará la nulidad si el acto ha
alcanzado el fin para el cual estaba destinado, proviene del
artículo 156 del CPC italiano
Pisanelli : «La esencia de los actos de procedimiento se determina por
la naturaleza y finalidad».
El juez debe valorar la esencialidad de la forma cuya omisión se
denuncia, y debe determinar si el acto, aunque privado de la
formalidad indicada en la ley o considerada esencial, ha al cansado su
finalidad práctica.
Principios:
• Principio Finalista: (Versa, en la obtención eficaz
del fin perseguido)
• Principio de trascendencia: (El juez debe
determinar si ha habido indefensión, entre otras.)
• Convalidación: (Son sanables ciertas
actuaciones)