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TAREA ACADÉMICA 3
PROPUESTA DE SOLUCIÓN A UN CASO EMPRESARIAL
DETERMINANDO LOS DERECHOS Y BENEFICIOS LABORALES DE LOS
EMPLEADOS APLICANDO LOS CRITERIOS LEGALES
INTEGRANTES
DOCENTE
DR. EDUARDO O. PINO ANCHANTE
AREQUIPA, 2023
SUNAFIL
Sunafil es la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, es un organismo técnico que es responsable de promover, vigilar, supervisar,
fiscalizar y orientar con imparcialidad e independencia, el cumplimiento las normas socio-laborales, generando conciencia sobre la importancia de
la Seguridad y Salud de los trabajadores y sus derechos fundamentales, este ente se encarga de desarrollar y ejecutar funciones de inspección
laboral a todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas a nivel nacional que ejercen actividades de producción o servicios en los
diferentes sectores económicos. Principales funciones:
 Supervisar el cumplimiento de la normativa socio laboral.
 Fiscalizar las normas referidas al Sistema Nacional de Pensiones (SNP), Sistema Privado de Pensiones (SPP) y Régimen de Prestaciones de
Salud.
 Aprobar políticas institucionales en materia de inspección del trabajo.
 Vigilar y exigir el cumplimiento de las normas legales, reglamentarias, convencionales y las condiciones contractuales en el orden socio laboral.
 Fomentar y brindar apoyo para la realización de actividades de promoción de las normas socio laborales.
 Imponer sanciones.
 Efectuar procedimientos de ejecución coactiva.
Caso Empresarial SIGRAL S.S
Vulneración de Derechos Laborales y de Seguridad y Salud en el trabajo, así como la de sus compañeros de oficina. Aquellas personas que se encuentran laborando
para la empresa SIGRAL S.S denuncian las siguientes vulneraciones:
oTrabajan más de 8 horas diarias
oNo se encuentran en planilla
oNo reciben boletas de pago
oNo les han realizado la entrega de Equipos de Protección Personal completos a todas las personas.
Antecedentes:
Mediante Orden de Inspección N° 0102-2020-SUNAFIL/IRE-HCA, se iniciaron las actuaciones inspectivas de investigación respecto de la impugnante con el objeto de
verificar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral.
De conformidad con el numeral 53.2 del artículo 53o del RLGIT, la autoridad instructora emitió el Informe mediante Imputación de cargos N° 013-2021-SUNAFIL/IRE-
H/SIAI de fecha 11 de febrero de 2021, notificada el 15 de febrero de 2021, se inició la etapa instructiva, otorgándose un plazo de cinco (05) días hábiles para la
presentación de los descargos, de conformidad con lo señalado en el literal a) del inciso 2 del artículo 52
De conformidad con el numeral 53.2 del artículo 53° del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo – Decreto Supremo N° 019-2006-TR (en adelante, el
RLGIT), la autoridad instructora emitió el Informe Final de Instrucción N° 022-2021- SUNAFIL/IRE-SIAI-HVCA (en adelante, el Informe Final), a través del cual llega a la
conclusión que se ha determinado la existencia de la conducta infractora imputada a la impugnante
Análisis del caso empresarial Análisis:
DERECHOS LABORALES VULNERADOS
Decreto legislativo número 1405: Los servidores tienen derecho a gozar de un descanso vacacional remunerado de 30 días calendario.
Ley número 26644: Cabe precisar que es derecho de los trabajadores estantes gozar de 45 días de descanso prenatal y 45 días de descanso
postnatal.
Ley de compensación por tiempo de servicios-artículo 2: La compensación por tiempo de servicios sedes venga desde el primer mes iniciando el
vínculo laboral cumplir este requisito toda infracción se computa por treintavos la compensación por tiempo de servicios se deposita
semestralmente en una institución elegida por el trabajador.
Ley que regula el otorgamiento de las gratificaciones por los trabajadores del régimen de la actividad privada por fiestas patrias y Navidad: La
presente ley establece el derecho de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada y a recibir todos gratificaciones en un año una
con motivo de fiestas patrias y la otra como ocasión de navidad.
Decreto legislativo número 854: Cuando el sobre tiempo se realiza en forma previa o posterior de la jornada prestación en horario nocturno el valor
de las horas extras trabajadas se calcula sobre la base del valor de la remuneración establecida.
Decreto supremo que incrementa la remuneración mínima vital: También oración mínimo vital pasará de 850 a 930.
Política del Perú artículo 29 participación de los trabajadores en las utilidades: El estado reconoce el derecho de los trabajadores a participar en las
utilidades de la empresa y promueve otras formas de participación.
BENEFICIOS LABORALES VULNERADOS
Decreto legislativo número 728: Los trabajadores contratados conforme al presente título tienen derecho a percibir los mismos beneficios que por la ley
pacto costumbre tuvieron los trabajadores vinculados a un contrato de duración indeterminada.
Decreto legislativo número 854: La jornada ordinaria de trabajo para varones y mujeres mayores de edad es de 8 horas diarias o 48 horas semanales como
máximo.
Ley de modernización de la seguridad social en salud: Se basa en el artículo número 6 llamado aportes incluyendo tanto los que laboran bajo la relación de
independencia como los socios cooperativos equivale al 9% de la remuneración.
Ley número 25129 artículo número 1: A partir de la vigencia de la presente ley los trabajadores de la actividad privada cuyas remuneraciones no se regulan
por negocios colectivos percibirán el equivalente del 10% al ingreso mínimo legal por todo concepto de asignación familiar.
Ley de modernización de la seguridad social en la salud artículo 1: principios. La seguridad social en la salud se fundamenta en los principios constitucionales
que reconocen el derecho al bienestar y garantizar el libre acceso a prestaciones a cargo de las entidades públicas privadas o mixtas.
Ley de seguridad y salud en el trabajo: La capacitación cualquiera que sea su modalidad debe realizarse dentro de la jornada de trabajo la capacitación puede
ser impartida directamente por el empleador, mediante terceros o por la autorización administrativa de trabajos en ningún caso el costo de la capacitación
recae sobre los trabajadores
Ley de seguridad y salud en el trabajo: Las organizaciones sindicales y los trabajadores perciben del empleador una oportuna y adecuada información y
capacitación preventiva en la tarea desarrollar con énfasis en la potencialmente riesgoso para su vida y la salud de los trabajadores su familia.
Resolución del caso empresarial Resolución:
SE RESUELVE:
PRIMERO. - Declarar INFUNDADO el recurso de revisión interpuesto por SIGRAL S.A. en contra de la Resolución de
Intendencia N° 008-2021-SUNAFIL/IRE-HVCA, de fecha 06 de mayo de 2021, emitida por la Intendencia Regional de
Huancavelica dentro del procedimiento administrativo sancionador recaído en el expediente N° 012-2021-SUNAFIL/IRE-HVCA,
por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
SEGUNDO. - CONFIRMAR la Resolución de Intendencia N° 008-2021-SUNAFIL/IRE-HVCA en todos sus extremos.
TERCERO. - Declarar agotada la vía administrativa debido a que el Tribunal de Fiscalización Laboral constituye última instancia
administrativa. Tribunal de Fiscalización Laboral Primera Sala Resolución N° 253-2021-SUNAFIL/TFL-Primera Sala
CUARTO. - Notificar la presente resolución a SIGRAL S.A. y a la Intendencia Regional de Huancavelica, para sus efectos y fines
pertinentes.
QUINTO. - Devolver los actuados a la Intendencia Regional de Huancavelica.
SEXTO. - Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de
Fiscalización Laboral – Sunafil (www.gob.pe/sunafil)
Conclusiones
SUNAFIL es un ente encargado de los derechos y beneficios laborales vigentes, está encargada
de promover el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral.
Ante los casos similares la responsabilidad recae tanto en el empleado como el empleador ya
que, ellos son los que velan por sus derechos y beneficios laborales porque son
interdependientes.
Después de todas las investigaciones se puede concluir que no todas las empresas formales
cumplen al 100% con sus obligaciones respecto a sus trabajadores.

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  • 1. TAREA ACADÉMICA 3 PROPUESTA DE SOLUCIÓN A UN CASO EMPRESARIAL DETERMINANDO LOS DERECHOS Y BENEFICIOS LABORALES DE LOS EMPLEADOS APLICANDO LOS CRITERIOS LEGALES INTEGRANTES DOCENTE DR. EDUARDO O. PINO ANCHANTE AREQUIPA, 2023
  • 2. SUNAFIL Sunafil es la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, es un organismo técnico que es responsable de promover, vigilar, supervisar, fiscalizar y orientar con imparcialidad e independencia, el cumplimiento las normas socio-laborales, generando conciencia sobre la importancia de la Seguridad y Salud de los trabajadores y sus derechos fundamentales, este ente se encarga de desarrollar y ejecutar funciones de inspección laboral a todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas a nivel nacional que ejercen actividades de producción o servicios en los diferentes sectores económicos. Principales funciones:  Supervisar el cumplimiento de la normativa socio laboral.  Fiscalizar las normas referidas al Sistema Nacional de Pensiones (SNP), Sistema Privado de Pensiones (SPP) y Régimen de Prestaciones de Salud.  Aprobar políticas institucionales en materia de inspección del trabajo.  Vigilar y exigir el cumplimiento de las normas legales, reglamentarias, convencionales y las condiciones contractuales en el orden socio laboral.  Fomentar y brindar apoyo para la realización de actividades de promoción de las normas socio laborales.  Imponer sanciones.  Efectuar procedimientos de ejecución coactiva.
  • 3. Caso Empresarial SIGRAL S.S Vulneración de Derechos Laborales y de Seguridad y Salud en el trabajo, así como la de sus compañeros de oficina. Aquellas personas que se encuentran laborando para la empresa SIGRAL S.S denuncian las siguientes vulneraciones: oTrabajan más de 8 horas diarias oNo se encuentran en planilla oNo reciben boletas de pago oNo les han realizado la entrega de Equipos de Protección Personal completos a todas las personas. Antecedentes: Mediante Orden de Inspección N° 0102-2020-SUNAFIL/IRE-HCA, se iniciaron las actuaciones inspectivas de investigación respecto de la impugnante con el objeto de verificar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral. De conformidad con el numeral 53.2 del artículo 53o del RLGIT, la autoridad instructora emitió el Informe mediante Imputación de cargos N° 013-2021-SUNAFIL/IRE- H/SIAI de fecha 11 de febrero de 2021, notificada el 15 de febrero de 2021, se inició la etapa instructiva, otorgándose un plazo de cinco (05) días hábiles para la presentación de los descargos, de conformidad con lo señalado en el literal a) del inciso 2 del artículo 52 De conformidad con el numeral 53.2 del artículo 53° del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo – Decreto Supremo N° 019-2006-TR (en adelante, el RLGIT), la autoridad instructora emitió el Informe Final de Instrucción N° 022-2021- SUNAFIL/IRE-SIAI-HVCA (en adelante, el Informe Final), a través del cual llega a la conclusión que se ha determinado la existencia de la conducta infractora imputada a la impugnante
  • 4. Análisis del caso empresarial Análisis: DERECHOS LABORALES VULNERADOS Decreto legislativo número 1405: Los servidores tienen derecho a gozar de un descanso vacacional remunerado de 30 días calendario. Ley número 26644: Cabe precisar que es derecho de los trabajadores estantes gozar de 45 días de descanso prenatal y 45 días de descanso postnatal. Ley de compensación por tiempo de servicios-artículo 2: La compensación por tiempo de servicios sedes venga desde el primer mes iniciando el vínculo laboral cumplir este requisito toda infracción se computa por treintavos la compensación por tiempo de servicios se deposita semestralmente en una institución elegida por el trabajador. Ley que regula el otorgamiento de las gratificaciones por los trabajadores del régimen de la actividad privada por fiestas patrias y Navidad: La presente ley establece el derecho de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada y a recibir todos gratificaciones en un año una con motivo de fiestas patrias y la otra como ocasión de navidad. Decreto legislativo número 854: Cuando el sobre tiempo se realiza en forma previa o posterior de la jornada prestación en horario nocturno el valor de las horas extras trabajadas se calcula sobre la base del valor de la remuneración establecida. Decreto supremo que incrementa la remuneración mínima vital: También oración mínimo vital pasará de 850 a 930. Política del Perú artículo 29 participación de los trabajadores en las utilidades: El estado reconoce el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de la empresa y promueve otras formas de participación.
  • 5. BENEFICIOS LABORALES VULNERADOS Decreto legislativo número 728: Los trabajadores contratados conforme al presente título tienen derecho a percibir los mismos beneficios que por la ley pacto costumbre tuvieron los trabajadores vinculados a un contrato de duración indeterminada. Decreto legislativo número 854: La jornada ordinaria de trabajo para varones y mujeres mayores de edad es de 8 horas diarias o 48 horas semanales como máximo. Ley de modernización de la seguridad social en salud: Se basa en el artículo número 6 llamado aportes incluyendo tanto los que laboran bajo la relación de independencia como los socios cooperativos equivale al 9% de la remuneración. Ley número 25129 artículo número 1: A partir de la vigencia de la presente ley los trabajadores de la actividad privada cuyas remuneraciones no se regulan por negocios colectivos percibirán el equivalente del 10% al ingreso mínimo legal por todo concepto de asignación familiar. Ley de modernización de la seguridad social en la salud artículo 1: principios. La seguridad social en la salud se fundamenta en los principios constitucionales que reconocen el derecho al bienestar y garantizar el libre acceso a prestaciones a cargo de las entidades públicas privadas o mixtas. Ley de seguridad y salud en el trabajo: La capacitación cualquiera que sea su modalidad debe realizarse dentro de la jornada de trabajo la capacitación puede ser impartida directamente por el empleador, mediante terceros o por la autorización administrativa de trabajos en ningún caso el costo de la capacitación recae sobre los trabajadores Ley de seguridad y salud en el trabajo: Las organizaciones sindicales y los trabajadores perciben del empleador una oportuna y adecuada información y capacitación preventiva en la tarea desarrollar con énfasis en la potencialmente riesgoso para su vida y la salud de los trabajadores su familia.
  • 6. Resolución del caso empresarial Resolución: SE RESUELVE: PRIMERO. - Declarar INFUNDADO el recurso de revisión interpuesto por SIGRAL S.A. en contra de la Resolución de Intendencia N° 008-2021-SUNAFIL/IRE-HVCA, de fecha 06 de mayo de 2021, emitida por la Intendencia Regional de Huancavelica dentro del procedimiento administrativo sancionador recaído en el expediente N° 012-2021-SUNAFIL/IRE-HVCA, por los fundamentos expuestos en la presente resolución. SEGUNDO. - CONFIRMAR la Resolución de Intendencia N° 008-2021-SUNAFIL/IRE-HVCA en todos sus extremos. TERCERO. - Declarar agotada la vía administrativa debido a que el Tribunal de Fiscalización Laboral constituye última instancia administrativa. Tribunal de Fiscalización Laboral Primera Sala Resolución N° 253-2021-SUNAFIL/TFL-Primera Sala CUARTO. - Notificar la presente resolución a SIGRAL S.A. y a la Intendencia Regional de Huancavelica, para sus efectos y fines pertinentes. QUINTO. - Devolver los actuados a la Intendencia Regional de Huancavelica. SEXTO. - Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil (www.gob.pe/sunafil)
  • 7. Conclusiones SUNAFIL es un ente encargado de los derechos y beneficios laborales vigentes, está encargada de promover el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral. Ante los casos similares la responsabilidad recae tanto en el empleado como el empleador ya que, ellos son los que velan por sus derechos y beneficios laborales porque son interdependientes. Después de todas las investigaciones se puede concluir que no todas las empresas formales cumplen al 100% con sus obligaciones respecto a sus trabajadores.