Este documento describe la evolución y el marco legal de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) en Perú. Se explica que SUNAFIL fue creada en 2013 para fiscalizar el cumplimiento de las normas laborales y de seguridad y salud ocupacional, reemplazando a organizaciones anteriores como SUNIT y SUNDEL. También resume los principales operativos de fiscalización de SUNAFIL como el pago de beneficios laborales, contratos de trabajo y cumplimiento de normas de seguridad.
2. SUNAFIL
ANTECEDENTES:
SUNIT (2007).-
Ya que existía descentralización de la inspección
de trabajo a los Gobiernos Regionales se crea
Sunit; este proyecto fue a iniciativa del Sindicato
de Inspectores de Trabajo del Perú-SIT PERU,
encabezada por Fernando Vizarraga Merma.
3. SUNDEL (2011).-
Fue una propuesta de la entonces candidata a la
Presidencia, Keiko Fujimori Higuchi, en las
Elecciones Generales 2011, por la cual se
contrataría 5,000 inspectores de trabajo para
fiscalizar las horas extras a nivel nacional.
SUNAFIL (2013).-
El Poder Ejecutivo con sus máximas autoridades
hacen suyo el proyecto de una Superintendencia
Nacional para fiscalizar las relaciones laborales e
incluso comprometen a los Congresistas para que
sea aprobado.
4. I. SUNAFIL
1. MARCO JURÍDICO
. NORMAS LEGALES
-Ley No. 29981 (15.01.13) Ley que crea la Sunafil
-Reglamento: D.S.No.007-2013-TR (06.08.2013)
-OTRAS NORMAS LEGALES VINCULADAS
-Ley 28806 (22.07.2006) Ley General de Inspección
Laboral.
-Reglamento: D.S N°019-2006-TR ( 29.10.2006)
-Ley 29783 (20.08.2011)- Ley de Seguridad y Salud en
el Trabajo.
-Reglamento: D.S N°005-2012-TR (25.04.2012)
-Ley 30222 ( 11.07.2014) Ley que modifica algunos
artículos de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
y la Ley General de Inspección.
6. SUNAFIL
La SUNAFIL será responsable de:
Promover Fiscalizar Supervisar
El cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y
el de Seguridad y Salud en el trabajo, así como brindar
asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer normas
8. PRINCIPALES OPERATIVOS DE
FISCALIZACIÓN LABORAL
Contratación
Obligaciones al inicio de la relación laboral
Registro de asistencia
Jornada y horario de trabajo
CTS
Vacaciones
Seguro de Vida Ley
Remuneraciones
Utilidades
T-Registro y PLAME
Fondos de pensiones y EsSalud
Implementación de los lactarios
Cuota de empleo
9. FINALIDADES
a. La vigilancia y exigencia del cumplimiento de las
normas legales, reglamentarias, convencionales y
condiciones contractuales, en el orden sociolaboral
del régimen común como de los regímenes
especiales.
Incluye prestaciones de salud y pensiones.
b. La orientación y asistencia técnica.
10. ACTUACIONES INSPECTIVAS
Actuaciones de Orientación: Diligencias
para orientar o asesorar técnicamente
sobre el mejor cumplimiento de las
normas
Actuaciones inspectivas: Diligencias
para comprobar si se cumplen las
disposiciones y poder adoptar las medidas
inspectivas que procedan para garantizar
el cumplimiento de las normas
sociolaborales.
Si se constata incumplimientos: proceso
sancionador
12. COMPENSACIÓN POR
TIEMPO DE SERVICIOS
• Pagar puntualmente la CTS.
• Entregar la hoja de liquidación de la
CTS al trabajador ( dentro de los 5 días
hábiles de efectuado el depósito)
• Informar a tiempo sobre las cuatro
remuneraciones bruta al depositario de
la CTS.
Pago de CTS
Principales Operativos de Fiscalización
Laboral: Obligaciones Laborales
13. GRATIFICACIONES
OTORGADOS POR EL
EMPLEADOR AL TRABAJADOR
EN FESTIVIDADES
Navidad
Fiestas
Patrias
Pago de Gratificaciones Legales
Principales Operativos de Fiscalización
Laboral: Obligaciones Laborales
14. PARTICIPACIÓN
EN LAS
UTILIDADES
EMPRESAS QUE REALICEN
ACTIVIDADES GENERADORAS
DE RENTAS DE 3º CATEGORIA,
CON PROMEDIO ANUAL DE
MÁS DE 20 TRABAJADORES
Pago de Utilidades
Principales Operativos de Fiscalización
Laboral: Obligaciones Laborales
15. Despido
Principales Operativos de Fiscalización
Laboral: Obligaciones Laborales
Son causas justas de despido relacionadas con la capacidad del
trabajador:
a)Las deficiencias físicas, intelectuales, mentales o sensoriales
sobrevenidas cuando, realizados los ajustes razonables correspondientes,
impiden el desempeño de sus tareas, siempre que no exista un puesto
vacante al que el trabajador pueda ser transferido y que no implique riesgos
para su seguridad y salud o la de terceros;
b) El rendimiento deficiente en relación con la capacidad del trabajador y
con el rendimiento promedio en labores y bajo condiciones similares.
c) La negativa injustificada del trabajador a someterse a examen médico
previamente convenido o establecido por Ley, determinantes de la relación
laboral, o a cumplir las medidas profilácticas o curativas prescritas por el
médico para evitar enfermedades o accidentes.
Son causas justas de despido relacionadas con la conducta del
trabajador:
a) La comisión de falta grave
b) La condena penal por delito doloso
c) La inhabilitación del trabajador
Son causas justas de despido relacionadas con la capacidad del
trabajador:
a)Las deficiencias físicas, intelectuales, mentales o sensoriales
sobrevenidas cuando, realizados los ajustes razonables correspondientes,
impiden el desempeño de sus tareas, siempre que no exista un puesto
vacante al que el trabajador pueda ser transferido y que no implique riesgos
para su seguridad y salud o la de terceros;
b) El rendimiento deficiente en relación con la capacidad del trabajador y
con el rendimiento promedio en labores y bajo condiciones similares.
c) La negativa injustificada del trabajador a someterse a examen médico
previamente convenido o establecido por Ley, determinantes de la relación
laboral, o a cumplir las medidas profilácticas o curativas prescritas por el
médico para evitar enfermedades o accidentes.
Son causas justas de despido relacionadas con la conducta del
trabajador:
a) La comisión de falta grave
b) La condena penal por delito doloso
c) La inhabilitación del trabajador
19. SUNAFIL
Recordatorio 01. Síntesis
Laboral
La síntesis laboral es un cuadernillo de normas laborales, destacando
las siguientes:
Relaciones laborales; Seguridad y salud en el trabajo; Empleo y
colocación
Empresas de intermediación laboral; Promoción y formación del trabajo
Contratación de trabajadores extranjeros; Seguridad social en salud
La norma que estable la publicación de la síntesis laboral es
la Resolución Ministerial Nº 322-2009-TR.
20. SUNAFIL
Recordatorio 02. Contratos de
Trabajo
No olvidar la presentación de los contratos de trabajo ante
el ministerio de trabajo, dicha obligación recae para los contratos
sujetos a modalidad y a tiempo parcial.
21. SUNAFIL
Recordatorio 03. T-Registro
Es una obligación dar de alta a los trabajadores en el T-Registro
dentro del día que inicia sus operaciones, de igual manera ante
alguna modificación laboral (tipo de contratación, sistema
pensionario, sistema de EsSalud, tipo de trabajador, etc), se deberá
realizar dicho cambio dentro de los 5 días hábiles de haber ocurrido
el hecho o haber tomado conocimiento.
Por otro lado es obligatorio dar de baja a los trabajadores cuyo
vínculo laboral se extingue dentro de las 24 horas de producido el
cese.
Referencia: artículo 4-A D.S N° 018-2007-TR ( Modificado por D.S N°
015-2010-TR, D.S 008-2011-TR).
22. SUNAFIL
Recordatorio 04. Pago de
beneficios Laborales
El pago se realiza dentro las 48 horas de producido el cese
Ante el pago extemporáneo de los beneficios laborales, se deberá abonar
dicho pago más los interés laborales correspondientes.
23. SUNAFIL
Recordatorio 05. Boleta de
haberes y Contratos de Trabajo
No olvidar entregar a los trabajadores sus boletas de haberes, el plazo es
3 días hábiles luego de haber realizado el pago.
Referencia: D.S N° 001-98-TR – Norma relativa a la Obligación de los
empleadores de llevar Planilla de Pago.
24. SUNAFIL
Recordatorio 06. Asistencia de
entrada y salida
Toda empresa que cuente con trabajadores debe implementar un control
de asistencias, esto puede ser computarizado, mecanizado o en un
cuaderno. El objetivo es tener un registro de la hora de entrada y
salida de los trabajadores.
Referencia: D.S N°004-2006-TR – Disposiciones sobre el registro de
control de asistencia y de salida en el régimen laboral de la actividad
privada.
25. SUNAFIL
Recordatorio 07. Contrato de
locación de Servicios
La reducción de costos laborales no significa contratar a trabajadores
bajo la modalidad de recibos por honorarios, ya que es muy fácil poder
demostrar la relación laboral encubierta tan solo analizando los pagos,
los conceptos del servicio, el puesto, etc.
Referencia: Artículo 1764 del Código Civil, artículo 4 del D.S N°003-97-TR
–Ley de Productividad y Competitividad laboral.
26. SUNAFIL
. Recordatorio 08. Normas de
Seguridad y Salud en el Trabajo
Este es el punto más importante para toda empresa, recordemos que la
Ley 29783 estable una serie de obligaciones para las empresas en tema
de seguridad y salud en el trabajo, entre los puntos más importantes
tenemos:
•Exámenes médicos
•Contratación de médicos ocupacionales
•Reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo
•Comité de seguridad y salud en el trabajo
•Capacitación en seguridad y salud en el trabajo
27. SUNAFIL
. Recordatorio 09. Cuota de
Trabajadores con discapacidad
Las entidades públicas están obligadas a contratar personas con
discapacidad en una proporción no inferior al 5% de la totalidad de su
personal, y los empleadores privados con más de cincuenta trabajadores
en una proporción no inferior al 3%.
Referencia: Ley 29973 – Ley General de la persona con discapacidad; D.S
N°002-2014-MIMP- Reglamento de la Ley; R.M N°105-2015-TR –
Lineamientos para la implementación.
28. SUNAFIL
. Recordatorio 10.
Implementación de los
lactarios
Todos los centros de trabajo del sector público y del sector privado,
donde laboren veinte (20) o más mujeres en edad fértil deben contar con
un lactario, el cual, es un ambiente apropiadamente implementado para
la extracción y conservación adecuada de la leche materna durante el
horario de trabajo, este derecho dura hasta los dos primeros años de
vida del lactante.
Referencia: D.S N°001-2016-MIMP – Ley que establece la implementación
de los Lactarios en las instituciones del sector público y del sector privado