El Derecho farmacéutico regula la industria farmacéutica y la elaboración, uso y comercialización de medicamentos y otros productos relacionados a la salud. Establece las leyes de salud y medicamentos que definen medicamentos legales, productos sanitarios, cosméticos y de higiene personal, y regula aspectos como investigación, patentes, licencias, comercialización y prescripción médica. La política farmacéutica forma parte de la política sanitaria y se encarga del desarrollo, suministro y uso de medicamentos dentro
Mapa conceptual servicio faramceutico dependiente e independiente colombiaRobinson Orlando Torres
SERVICIOS FARMACEUTICOS
DEPENDIENTE
MAYORISTAS
MINORISTAS
INDEPENDIENTE
DE BAJA COMPLEJIDAD
DE MEDIANA Y ALTA COMPLEJIDAD
Servicio Farmacéutico Independiente
Es aquel que es prestado través de establecimientos farmacéuticos autorizados.
Mayoristas y Minoristas
Establecimientos Mayoristas
Laboratorios Farmacéuticos:
Transporte, distribución y entrega física en la cadena de los medicamentos y dispositivos médicos.
Depósitos de Drogas:
Recepción y almacenamiento, embalaje, distribución física y transporte de medicamentos y dispositivos médicos.
Cumplirán con las disposiciones que regulan las actividades, procesos y procedimientos previstos en el Decreto 2200 de 2005.
Agencias de Especialidades Farmacéuticas:
Recepción y almacenamiento, embalaje, distribución física y transporte de medicamentos y dispositivos médicos y que sean de su propiedad o sean representantes.
El objetivo de la elaboración de este informe es dar a conocer a los representantes legales de las diferentes droguerías que nos permitieron ejecutar el proyecto de formación en sus establecimientos.
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SERVICIOS FARMACEUTICOS
DEPENDIENTE
MAYORISTAS
MINORISTAS
INDEPENDIENTE
DE BAJA COMPLEJIDAD
DE MEDIANA Y ALTA COMPLEJIDAD
Servicio Farmacéutico Independiente
Es aquel que es prestado través de establecimientos farmacéuticos autorizados.
Mayoristas y Minoristas
Establecimientos Mayoristas
Laboratorios Farmacéuticos:
Transporte, distribución y entrega física en la cadena de los medicamentos y dispositivos médicos.
Depósitos de Drogas:
Recepción y almacenamiento, embalaje, distribución física y transporte de medicamentos y dispositivos médicos.
Cumplirán con las disposiciones que regulan las actividades, procesos y procedimientos previstos en el Decreto 2200 de 2005.
Agencias de Especialidades Farmacéuticas:
Recepción y almacenamiento, embalaje, distribución física y transporte de medicamentos y dispositivos médicos y que sean de su propiedad o sean representantes.
El objetivo de la elaboración de este informe es dar a conocer a los representantes legales de las diferentes droguerías que nos permitieron ejecutar el proyecto de formación en sus establecimientos.
1. Derecho farmacéutico
El Derecho farmacéutico es una rama del Derecho sanitario, que se encarga del estudio de la
legislación que regula todo lo relacionado con la elaboración, uso y comercialización de
medicamentos y otros productos sanitarios.
Objeto
El Derecho sanitario regula la industria farmacéutica, sector empresarial dedicado a la
investigación, fabricación, preparación, distribución y comercialización de productos químicos
medicinales para el tratamiento y prevención de enfermedades, lo que hace posible la
circulación de fármacos de calidad y con estándares internacionales, para el beneficio sanitario
de la comunidad.
Contenido
El Derecho farmacéutico tiene como marco legal lo estipulado tanto en la Ley de Salud como
en la Ley de Medicamentos decretada por el Estado. Esta Ley es un conjunto de normas y
principios de orden jurídico que regulan la elaboración y comercialización de medicamentos y
otros productos relacionados, así como también la ordenación de su prescripción y uso racional
dentro del Sistema Nacional de Salud.
Política farmacéutica
La regulación farmacéutica es una rama de la política sanitaria que se ocupa del desarrollo, el
suministro y la utilización de los medicamentos dentro de un sistema de salud. Abarca
compuestos farmoquímicos (nombre de marca y genéricos), biológicos, vacunas y diversos
productos sanitarios.
La política farmacéutica regula:
Investigación en ciencias de la salud y ensayo clínico.
Derecho de patentes farmacéuticas.
Licencias y registros.
Comercialización.
Gestión de la formulación.
Elegibilidad.
Prescripción médica.
Servicios farmacéuticos públicos y privados.
Medicamentos legalmente reconocidos
Según la legislación farmacéutica española, sólo serán medicamentos los que se enumeran a
continuación:
1. Los medicamentos de uso humano y de uso veterinario elaborados industrialmente o en
cuya fabricación intervenga un proceso industrial.
2. 2. Las fórmulas magistrales (destinadas a un paciente individualizado).
3. Los preparados oficinales (destinados a su entrega directa a los enfermos).
4. Los medicamentos especiales previstos por la Ley.1
Dentro de esta legislación también se definen y reconocen otros productos relacionados a la
salud e higiene:
«Producto sanitario»: cualquier instrumento, dispositivo, equipo, material u otro artículo,
utilizado solo o en combinación, incluidos los programas informáticos que intervengan en
su buen funcionamiento, destinado por el fabricante a ser utilizado en seres humanos con
fines de:
1. Diagnóstico, prevención, control, tratamiento o alivio de una enfermedad.
2. Diagnóstico, control, tratamiento, alivio o compensación de una lesión o de una
deficiencia.
3. Investigación, sustitución o modificación de la anatomía o de un proceso fisiológico.
4. Regulación de la concepción.
Y que no ejerza la acción principal que se desee obtener en el interior o en la superficie del
cuerpo humano por medios farmacológicos, inmunológicos ni metabólicos, pero a cuya función
puedan contribuir tales medios.
«Producto cosmético»: toda sustancia o preparado destinado a ser puesto en contacto con
las diversas partes superficiales del cuerpo humano (epidermis, sistema piloso y capi lar,
uñas, labios y órganos genitales externos) o con los dientes y las mucosas bucales, con el
fin exclusivo o principal de limpiarlos, perfumarlos, modificar su aspecto, y/o corregir los
olores corporales, y/o protegerlos o mantenerlos en buen estado.
«Producto de higiene personal»: sustancias o preparados que, sin tener la consideración
legal de medicamentos, productos sanitarios, cosméticos o biocidas, están destinados a ser
aplicados sobre la piel, dientes o mucosas del cuerpo humano con finalidad de higiene o de
estética, o para neutralizar o eliminar ectoparásitos.2