Este documento establece las normas para el uso de medios electrónicos como prueba en procesos judiciales en Ecuador. Establece que los mensajes de datos, firmas electrónicas y documentos electrónicos serán considerados medios de prueba válidos (Artículo 52). Indica que una firma electrónica certificada por una entidad de certificación acreditada se presumirá válida (Artículo 53). Detalla los procedimientos para presentar pruebas electrónicas en los tribunales y para verificar su validez e integridad (Art