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INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" 
PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
HIMNO NACIONAL 
Letra: Rafael Núñez 
Música: Orestes Sindicci 
CORO 
Oh gloria inmarcesible! 
Oh jubilo inmortal! 
En surco de dolores 
El bien germina ya. 
I 
Cesó la horrible noche, 
La libertad sublime 
Derrama las auroras 
De su invencible luz. 
La humanidad entera, 
Entre cadenas gime, 
Comprende las palabras 
Del que murió en la cruz 
II 
Independencia grita 
El mundo Americano; 
Se baña en sangre de héroes 
La tierra de Colon. 
Pero este gran principio: 
El rey no es soberano, 
Resuena y los que sufren 
Bendicen su pasión. 
III 
Del Orinoco el cauce 
Se colma de despojos 
De sangre y llanto un río 
Se mira allí correr. 
En Bárbula no saben 
Las almas ni los ojos, 
Si admiración o espanto 
Sentir o padecer. 
IV 
A orillas del Caribe 
Hambriento un pueblo lucha, 
Horrores prefiriendo 
A pérfida salud. 
Oh sí de Cartagena 
La abnegación es mucha 
Y escombros de la muerte 
Desprecia su virtud. 
V 
De Boyacá en los campos 
El genio de la gloria, 
con cada espiga un héroe 
Invicto coronó 
Soldados sin coraza 
Ganaron la victoria 
Su varonil aliento 
De escudo les sirvió 
VI 
Bolívar cruza el Ande 
Que riega dos océanos 
Espadas cual centellas 
Fulguran en Junín; 
Centauros indomables 
Descienden a los llanos 
Y empieza a presentirse 
De la epopeya el fin. 
VII 
La trompa victoriosa 
En Ayacucho truena 
Y en cada triunfo crece 
Su formidable son. 
Se expansivo empuje 
La libertad se estrena, 
Del cielo Americano 
Formando un pabellón 
VIII 
La Virgen sus cabellos 
Arranca en agonía 
Y de su amor viuda 
Los cuelga del ciprés, 
Lamenta su esperanza 
Que cubre losa fría 
Pero glorioso orgullo 
Circunda su alba tez. 
IX 
La patria así se forma 
Termopilas brotando; 
Constelaciones de cíclopes 
Su noche iluminó 
La flor estremecida 
Mortal el viento hallando, 
Debajo los laureles 
Seguridad buscó. 
X 
Más no es completa gloria 
Vencer en la batalla 
Que el brazo que combate 
Lo anima la verdad. 
La independencia sola 
El gran clamor no acalla; 
Si el sol alumbra a todos. 
Justicia es libertad 
XI 
Del hombre los derechos 
Nariño predicando, 
El alma de la lucha 
Profético enseñó. 
Ricaurte en San Mateo, 
En átomos volando 
Deber antes que vida 
Con llamas escribió. 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
BUNDE TOLIMENSE 
Letra: Nicanor Velásquez Ortiz 
Música: Alberto Castilla 
Canta el alma de mi raza 
En el bunde de castilla 
Y este canto el sol que abraza 
Nacer, Vivir, Morir 
Amando el Magdalena 
Las penas se hacen buenas 
Y alegra el existir 
La, la, la, la, la. 
Baila, baila, baila 
Sus bambucos mi Tolima 
Que el aguardiente es más valiente y leal 
Soy vaquero Tolimense 
Y en mi pecho llevo espumas 
Va mi potro entre las brumas 
Con cocuyos en la frente 
Y al sentir mi galopar 
Galopa el amor del corazón 
Pues mi rejo va a enlazar 
Las dulzuras del amor 
Con la voz de mi cantor 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
HIMNO DEL MUNICIPIO LÉRIDA 
Letra y Música: Manuel Antonio Martínez Sánchez 
Coro 
Entonemos Unidos por siempre 
A una tierra que sabe de Paz, 
Por el alma de nuestros ancestros 
Que forjaron a un pueblo sin par; 
De Coloya y bledos su estirpe 
De los Panches tribu singular, 
Hoy altiva se erige su raza 
Cuna de hombres que saben luchar, 
Hoy altiva se erige su raza 
Porque Lérida es tierra de paz 
I 
Todo empezó en tiempos lejanos 
Cuando un guerrero descubrió, 
En mil quinientos treinta y ocho 
A un grupo de hombres con valor; 
Era la tribu de los Panches 
De Bledos y Coloyas se formó, 
Y unos sacerdotes Franciscanos 
Fundaron a este pueblo en su misión. 
II 
Vino una dama muy prestante 
Y unos terrenos ofreció 
Son de la hacienda peladeros 
Donde este grupo se mudo 
Luego el virrey Manuel Antonio 
Le dio vida legal de población 
Parroquia señora del buen suceso 
Tomando de la hacienda su razón. 
Coro 
Entonemos Unidos por siempre 
A una tierra que sabe de Paz, 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
Por el alma de nuestros ancestros 
Que forjaron a un pueblo sin par; 
De Coloya y bledos su estirpe 
De los Panches tribu singular, 
Hoy altiva se erige su raza 
Cuna de hombres que saben luchar, 
Hoy altiva se erige su raza 
Porque Lérida es tierra de paz. 
III 
Fue petición de Caballeros 
Que convocaran a reunión, 
Pronto llegaron a un acuerdo 
Que fue de gran recordación; 
Todos pensaban que su pueblo 
Tenía su antiguo nombre que cambiar, 
Y una capital de Cataluña 
Le dio su nombre Lérida inmortal. 
IV 
Hoy pueblo recio y alfarero 
Rinde tributo a su gestor, 
Y a doña Manuela Arciniegas 
Por su bondad y su valor; 
Con el Virrey Manuel Antonio 
Forjaron a una raza con tesón, 
Mestizos aguerridos Tolimenses 
Que buscan arraigar su tradición. 
Fin 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
HIMNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA COLOMBO – ALEMAN “SCALAS” 
Letra y Música: Esp. Henry Díaz Velásquez 
CORO 
Juventud Colombo-Alemán 
Juventud con mas ciencia y saber (Bis) 
I 
Estudiantes marchemos alegres 
Que nos lleva al Colombo-Alemán 
Rodeado de lindas montañas 
En Lérida el técnico está. 
II 
Dios y patria inunda mi pecho 
Como lábaros de ciencia y de paz 
Marchemos con paso sereno 
Que nos lleva al Colombo-Alemán 
III 
Las estrellas, la Luna y el viento 
Nos llenaron de fe y de valor 
Y al colegio con pasos sereno 
Ya la vida nos brinda su amor. 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
INTRODUCCIÓN 
El presente Pacto de Compromiso y Convivencia Social tiene como fin esencial el propiciar un 
ambiente Educativo de paz, democrática, participación, concertación, para el crecimiento 
permanente de la dignidad humana hacia un excelente proyecto de vida. 
Este Pacto de Convivencia, es el resultado de la concertación, análisis, y aprobación con los distintos 
estamentos que conforman la Comunidad de la Institución Educativa Técnica Colombo Alemán 
“SCALAS” de Lérida Tolima y por ende debe entenderse y aplicarse como norma del código educativo 
colombiano, que permita la formación integral del alumno. 
El Pacto de convivencia se convierte en un espacio de máxima importancia para el ejercicio de la 
participación democrática de los miembros de la comunidad Educativa puesto que el proceso de 
concertación y definición de los compromisos para todos (Directivos, Docentes, padres de familia, 
niños(as) jóvenes) favorecen su consolidación, la toma de decisiones compartidas y el ejercicio de la 
autonomía. 
La Institución Educativa Técnica Colombo – Alemán “SCALAS” de Lérida Tolima es una entidad 
Oficial, mixta, de niveles educativos preescolar, Básica y Media Técnica Industrial, con especialidades 
en Ebanistería, Electricidad, Mecánica Industrial y Metalistería, áreas en las cuales se hace una 
exploración vocacional y orientación desde la primaria hasta noveno (Tecnología, dibujo técnico) y 
una fundamentación en teoría y práctica en décimo (10º) y undécimo (11º). Igualmente se desarrolla 
el programa de inclusión al proceso de enseñanza aprendizaje a niños, niñas y jóvenes como 
población en condición de discapacidad y/o capacidades intelectuales excepcionales. 
La Institución está conformada de acuerdo a la fusión por las siguientes secciones: Colombo Alemán, 
Francia, Central y las escuelas rurales Iguasitos y Remolinos según Resolución 1213 de Octubre 03 del 
2002. 
El Pacto de Convivencia debe ser un documento guía en el funcionamiento Institucional que han de 
cumplir y vivenciar la comunidad Educativa Colombo Alemán: Padres de familia, acudientes, 
Educandos, docentes y directivos para el logro de los fines educativos e Institucionales: 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA CONVIVENCIA SOCIAL 
· Aprender a vivir en armonía con sus congéneres y el medio circundante, como fundamento 
de todo modelo de convivencia social. 
· Aprender a comunicarse: Base de la autoformación personal y grupal. 
· Aprender a interactuar: Base de los modelos de relación social. 
· Aprender a decidir en grupo: Base de la política y de la economía. 
· Aprender a cuidarse: Base de los modelos de salud y seguridad social. 
· Aprender a cuidar el entorno: Fundamento de la supervivencia. 
· Aprender a valorar el saber social: Base de la evolución Social y cultural. 
· Promocionar y divulgar los derechos humanos desde la convivencia social. 
· Aprender a conocerse a si mismo y su entorno con sentido de pertenencia. 
· Aprender a convivir y respetar siendo tolerantes e inclusivos con las personas en condición de 
discapacidad y/o capacidades intelectuales excepcionales. 
MISIÓN 
Formar integralmente al estudiante mediante un Sistema de Educación Inclusiva de alta calidad 
académica en los niveles de Pre-Escolar, Básica y Media Técnica en las especialidades de ebanistería, 
electricidad, mecánica industrial y metalistería en integración con el SENA y articulación con 
universidades, con el aprovechamiento de la infraestructura y dotación, teniendo como pilar 
fundamental un personal docente altamente capacitado en las diferentes áreas, permitiendo la 
formación de un ciudadano idóneo para desempeñarse en cualquier entorno social y laboral. 
VISIÓN 
Consolidar y ofertar un Sistema Educativo Integral e Inclusivo de alta calidad. 
LEMA 
Hacia una educación de alta calidad humana y productiva. 
VALORES INSTITUCIONALES 
Responsabilidad, honestidad, tolerancia, equidad, solidaridad y respeto a la diferencia. 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
FILOSOFÍA 
Concebimos al Ser Humano como una persona integral, dotado de inteligencia y racionalidad con 
capacidad de ser social, libre, responsable y autónomo. 
Además, para cumplir con nuestra misión institucional se tendrá en cuenta lo ordenado en los 
artículo 42, 43, 44 y 45 de la Ley 1098 de 2006, código de infancia y adolescencia, donde se 
contemplan las obligaciones especiales, la obligación ética fundamental así como las obligaciones 
complementarias de las instituciones educativas y la prohibición de sanciones crueles, humillantes o 
degradantes. 
OBJETIVOS DEL PRESENTE PACTO DE CONVIVENCIA: 
Involucrar a la Comunidad Educativa para afianzar relaciones de convivencia, basadas en los valores 
de responsabilidad, honestidad, respeto a la diferencia, solidaridad, equidad y justicia. 
Ofrecer a toda la Comunidad Educativa, la oportunidad de participar democráticamente en el 
desarrollo de la Institución. 
Definir claramente los derechos, deberes, estímulos y sanciones para los educandos, padres de 
familia, docentes, directivos docentes, administrativos y personal de servicios generales estableciendo 
procedimientos para su ejecución y cumplimiento. 
Valorar, respetar y preservar el medio ambiente, los recursos naturales, proteger los bienes, el 
patrimonio histórico, cultural y ecológico de su entorno. 
Propiciar la Inclusión escolar de los niños, niñas y jóvenes con necesidades educativas especiales y/o 
capacidades y talentos excepcionales, con el fin de valorar sus potencialidades para suplir sus 
necesidades, reforzarlas o profundizarlas. 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
CAPITULO PRIMERO 
MARCO DE REFERENCIA 
ARTÍCULO 1º MARCO LEGAL. 
Según el ARTÍCULO 17 del decreto 1860 de 1994 y en los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994 se 
exige: “Todo Centro Educativo debe tener como parte integral del Proyecto Educativo Institucional, 
un Reglamento o Manual de Convivencia, el cual debe contener una definición de los derechos, 
deberes de los estudiantes, profesores y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad 
educativa”. 
De la misma manera se hace necesario conocer los Derechos y obligaciones que tienen los 
Estudiantes de acuerdo a lo consagrado en la Ley 1098 de 2006, Código de la Infancia y la 
Adolescencia. 
Se deben contemplar los siguientes aspectos: 
Reglas de higiene personal y salud pública que preservan el bienestar de la comunidad educativa. 
Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes 
personales y de uso colectivo. 
Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar. 
Normas de conducta de estudiantes y profesores que garanticen el mutuo respeto. 
Procedimiento para resolver conflictos individuales y colectivos que se presenten entre miembros de 
la comunidad. 
Pautas de representación personal. 
Definición de sanciones disciplinarias y procedimientos, incluyendo el derecho a la defensa. 
Reglas para elección de representantes al Concejo Directivo, demás estamentos, elecciones del 
personero y de Contralor Estudiantil. 
La ley de Educación presenta como aspectos que deben incluirse: 
Derechos y obligaciones de los estudiantes (Art. 8 ley 115). 
Lo referente a la permanencia del representante de los estudiantes (Art. 93 ley 115 y Art. 28 decreto 
1860) 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
La conformación del Gobierno Escolar (Art. 142 ley 115, Art. 19 y 28 Dec. 1860) 
Los estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante (Art. 23 Dec. 
1860). 
Función disciplinaria de los Rectores (Art. 25 Dec. 1860) 
Las actividades del Gobierno Estudiantil. 
Integración del Consejo Directivo (Art. 21 Dec. 1860) 
Directivos docentes y sus funciones (Art. 27 Dec. 1860) 
Asociación de padres de familia (Art. 30 Dec. 1860) 
Consejo de padres de familia (Dec. 1286) 
Servicio de orientación estudiantil (Art. 40 Dec. 1860) 
El manual de convivencia está realizado a la luz de la Constitución, y del Código de la Infancia y la 
Adolescencia, Ley 1098 de 2006. 
Derechos y Libertades Ley 1098 de 2006 (Art. 17 al 37) 
Obligaciones de la Familia, la Sociedad y el Estado (Art. 39 al 41) Ley 1098 de 2006. 
Obligaciones especiales de la Instituciones Educativas (Art. 42 al 45) de la Ley 1098 de 2006. 
La Ley 1095 del 6 de abril de 2009 por la cual se reglamenta la atención integral de los niños y las 
niñas de la primera infancia de acuerdo al puntaje del Sisbén. 
Educación para personas con limitaciones físicas, sensoriales, psíquicas, cognoscitivas, emocionales o 
con capacidades intelectuales excepcionales. (Ley 115 de 1994, título III, capítulo 1º, Art. 46) 
Ley 2265 de 1996 por la cual se reglamenta la atención integral de las personas con discapacidad 
auditiva. 
La ley 1620 de 2013 por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia escolar y formación para el 
ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la prevención y la mitigación de 
la Violencia Escolar 
Decreto 1965 de 2013 por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
ARTÍCULO 2º MARCO TEÓRICO. 
La Institución educativa como centro de cultura debe proporcionar a sus estudiantes una formación 
integral que participen en la sociedad, que les permita convivir en igualdad de condiciones. Para que 
esto se logre debe existir una adecuada disciplina consignada en un reglamento que consulte las 
nuevas realidades del país y que permita a los estudiantes conocer, no solo sus derechos, sino 
también los deberes que tiene para la comunidad. 
El reglamento no podrá ignorar que la educación encarna la más evidente posibilidad que un 
ciudadano conozca a cabalidad todos los deberes que tiene para con la comunidad, en particular, la 
práctica diaria del respeto a la dignidad humana, al trabajo como uno de sus más importantes medios 
de realización personal, la convivencia pacífica, y la solidaridad, entre otros. 
Enseñar la disciplina es un proceso largo, como el de aprender cualquier cosa. Se necesita 
indiscutiblemente, tiempo y paciencia para hacer de un niño o de un adolescente, una persona 
sanamente independiente y en ello, la disciplina y las normas ayudan a consolidar la personalidad, si 
son legítimas y se aplican teniendo en cuenta los fines del proceso educativo. En este proceso 
educativo, por lo tanto, es fundamental revelar cuáles son las reglas del sistema, porque existen y 
porque son importantes; ¿que sucedería si no existiesen y como podría ser la manera de 
perfeccionarlas en colectivo hacia el futuro?; de tal manera, la discusión, la explicación, la aclaración y 
la participación, siempre serán una vía importante para ayudar a una persona en formación a 
entender la disciplina y a controlar su propia forma de actuar en sociedad. 
ARTÍCULO 3º PERFIL DEL ESTUDIANTE DE LA IET. COLOMBO ALEMAN “SCALAS” 
Responsable y sensible con su medio ambiente. 
Solidario en lo social 
Respetuoso de la individualidad, la pluralidad y la diferencia. 
Respetuoso de los derechos humanos. 
Responsable con su sexualidad. 
Con sentido de pertenencia por su Institución, municipio, Departamento y país. 
Participativo, democrático y tolerante. 
Altamente productivo en lo intelectual, técnico y con visión empresarial. 
ARTÍCULO 4º PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA 
Los padres de familia son los principales responsables del proceso de formación de sus hijos. Por eso 
la comunicación debe ser permanente, para que se logre los objetivos propuestos. 
Deben ser conscientes de que la unidad de familia es el clima ideal para su hijo y su buen desarrollo 
escolar. 
Colaborar en casa, con el refuerzo de los conocimientos que el niño adquiera en el colegio. 
Estar atentos a circulares, calendarios, citaciones y demás comunicaciones expedidas por parte del 
colegio, para darle cumplimiento a las mismas. 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
Formar en sus hijos valores de responsabilidad, orden y respeto por la humanidad. 
Brindar a los profesores información veraz, que les ayude a la mejor comprensión del 
comportamiento del niño dentro de las actividades. 
Cumplir oportunamente con todas las obligaciones que adquiere con la I.E. en el momento de la 
matricula. 
Ser abierto al cambio y con capacidad de asimilar innovaciones. 
Propiciar las buenas relaciones con los profesores de sus hijos y demás miembros de la comunidad 
educativa, compartiendo inquietudes y experiencias. 
Asistir a los talleres de lengua de señas orientados por el modelo lingüístico para facilitar el proceso 
de aprendizaje de los niñ@s. 
Participar en todas las actividades programadas por la Institución. 
ARTÍCULO 5º PERFIL DEL DOCENTE Y DIRECTIVO DOCENTE 
Ser un investigador integral de la naturaleza infantil, adolescente y adulta. 
Conocedor e investigador del contexto social, cultural y familiar. 
Que tenga un concepto integral de las potencialidades humanas. 
Dominio de la pedagogía del conocimiento, de la creatividad y didácticas alternativas. 
Formador permanente en los proyectos de vida. 
Formador de valores. 
Sensible y dinámico en lo ambiental. 
Poseer habilidad para mejorar los procesos de informática, telemática y correo electrónico, 
colocándolos al alcance de la Comunidad Educativa. 
Mantener vigente su capacidad de amar, comprender, servir, sorprenderse y expresar todos sus 
sentimientos. 
Ser gestor y gerente de la empresa pedagógica que lidera. 
Articular a su práctica los componentes de la misión y visión de la Institución. 
Profesional en lo ético, moral, tolerante e inclusivo con la población en condiciones de discapacidad y 
excepcionalidad, evaluando los procedimientos mas no los resultados 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
CAPITULO SEGUNDO 
REQUISITOS PARA SER ESTUDIANTE DE LA INSTITUCIÓN Y SU PERMANENCIA. 
ARTÍCULO 6º ADMISION: Para ingresar a la Institución es necesario que se cumplan las siguientes 
condiciones: 
Que exista disponibilidad de cupo. 
Cancelar los derechos académicos de acuerdo a la ley. 
Presentar la copia de la EPS, Sisbén o Seguro Estudiantil. 
Cada estudiante debe estar representado por el padre de familia o un acudiente mayor de edad, 
debidamente autorizado por escrito. 
Entregar ficha de pre matricula completamente diligenciada. 
Presentar documentos auténticos para todos los trámites que sean requeridos; cualquier falsedad o 
ilegalidad en ellos será causal de desvinculación de la Institución sin perjuicio de las acciones de tipo 
penal que se puedan adelantar por dicha falta. 
Para estudiantes procedentes de otras Instituciones, anexar fotocopia del anecdotario, con el 
propósito de hacer un seguimiento disciplinario y matricula condicional llegado el caso. 
Los estudiantes procedentes de otras Instituciones, se reciben siempre y cuando presenten 
nivelaciones de las áreas de la modalidad técnica. 
Valoración para los y las estudiantes que presentan Barreras de Aprendizaje, por parte del equipo de 
atención integral de la Institución. Edad entre 5 y 23 años. Estricto compromiso de la familia en el 
proceso de integración. Diligenciamiento veraz del formato, seguimiento de integración adjuntando 
los diagnósticos médico, Psicológico y terapéutico existentes. 
Para preescolar: Edad 5 años cumplidos y/o cumplirlos en el mes de marzo del año lectivo. Excepto 
Para los niños, las niñas y adolescentes con Barreras de aprendizaje se requiere del historial clínico 
especializado. 
. 
Registro Civil de nacimiento. 
Dos fotos tamaño documento. 
Una carpeta con gancho tamaño oficio. 
Fotocopia del carnet de vacunación. 
RH y grupo sanguíneo. 
Fotocopia de cédula de ciudadanía de los padres de familia o acudiente. 
Para los niños, las niñas y adolescentes con Barreras de aprendizaje se requiere del historial clínico 
especializado. 
. 
Para grados de 1º a 5º: 
Edad 6 años a partir de 1º, excepto los niños con necesidades educativas especiales hasta los 21 
años. 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
Registro Civil de nacimiento. 
Dos fotos tamaño documento. 
Carpeta tamaño oficio con gancho. 
Fotocopia del carnet de vacunación. 
RH y grupo sanguíneo. 
Fotocopia de cedula de padres de familia y/o acudiente. 
Boletín informativo del grado anterior o certificados. 
Para los niños, las niñas y adolescentes con Barreras de aprendizaje se requiere del historial clínico 
especializado. 
Para grados de 6º a 11º: 
Registro Civil de nacimiento. 
Dos fotos tamaño documento. 
Carpeta tamaño oficio con gancho. 
Fotocopia de T.I. o C.C. 
Fotocopia de cedula de padres de familia y/o acudiente. 
Boletín informativo del grado anterior y/o periodo anterior. 
Para los grados décimos y Undécimo (10º y 11º) presentar el seguro estudiantil obligatorio y de 
riesgos profesionales. 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
CAPITULO TERCERO INCLUSIÓN 
ARTÍCULO 7º- ESTUDIANTES CON BARRERAS DE APRENDIZAJE 
En la IETCAS y específicamente en la sede Central funciona desde el año 1997 un programa que les 
permite a los niños con discapacidades auditivas, cognitivas y motoras acceder al servicio educativo 
dirigido por la docente Rocalina Suarez de Ruiz. En el año 2004 se cuenta con el apoyo de la secretaria 
de educación vinculando a la planta docente dos profesionales de apoyo (fonoaudióloga e intérprete 
de señas. 
En la institución se lleva a cabo el proceso de inclusión con discapacidad cognitiva en su mayor 
número seguido de la discapacidad auditiva y por último discapacidad física y visual. Los estudiantes 
sordos cuentan con un aula especializada para su proceso pedagógico acompañados desde el año 
2008 de una modelo lingüística. 
ARTÍCULO 8º REQUISITOS MINIMOS PARA EL INGRESO DEL ESTUDIANTE CON BARRERAS DE 
APRENDIZAJE 
Anexar junto al formulario de prematrícula los certificados médicos-terapéuticos que verifiquen la 
discapacidad. 
Edad mínima de 5 años y máxima de 22 años cumplidos 
Haber tenido proceso de adaptación al proceso escolar (terapéutico – preescolar) al igual que tener 
control de esfínteres. 
Informar a las directivas y docentes del grado si el estudiante NEE requiere medicación. 
El padre de familia debe formar parte del grupo de apoyo de la institución. 
Si Para los niños, las niñas y adolescentes con Barreras de aprendizaje se requiere del historial clínico 
especializado. forma parte del programa de protección ICBF debe contar con apoyo y asesoría de los 
funcionarios. 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
CAPITULO CUARTO: DERECHOS 
DEFINICIÓN DE DERECHO proviene del término latino directum, que significa “lo que está 
conforme a la regla”. El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye 
el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. La base 
del derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y carácter. 
Dicho de otra forma, el derecho es un conjunto de normas que permiten resolver los 
conflictos en el seno de una sociedad. 
Los derechos se deben hacer respetar teniendo en cuenta que estos terminan donde empiezan los 
derechos de los demás, para poder hablar y actuar con justicia y libertad, conforme lo consagran los 
principios constitucionales, garantizando y respetando el debido proceso. 
ARTÍCULO 9º DERECHOS DE LA INSTITUCION. 
Los derechos de la Institución primarán sobre los derechos individuales de la Comunidad Educativa, 
en los casos que se atente contra la buena imagen, la planta física, recursos o los estamentos 
colectivos que conforman la Institución. 
ARTÍCULO 10º DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES. 
Para garantizar su pleno desarrollo, los estudiantes de la Institución Educativa Técnica Colombo 
Alemán Scalas tienen los siguientes derechos: 
a. A conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e 
instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar. 
b. A conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a las 
inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas. 
c. A recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el 
aprendizaje. 
Lo anterior implica que: 
1. Al iniciar el año escolar el y la estudiante deberá conocer el pacto de Convivencia. 
2. Al iniciar el año escolar recibir el carné estudiantil que le permita identificarse en cualquier 
lugar como miembro del plantel. 
3. Recibirá y promoverá el buen trato de todos los integrantes de la Institución, a fin de obtener 
el mejor ambiente para el ejercicio normal de las tareas educativas. 
4. Elegirá y será elegido para el Consejo de Estudiantes, Personero estudiantil, Contralor 
Estudiantil o Monitor. 
5. Será respetado en su dignidad personal y será escuchado cuando haya cometido una falta, 
para fijar de común acuerdo los correctivos del caso según los procedimientos legales. (Debido 
proceso) 
6. Recibirá atención oportuna de profesores, directivos y personal administrativo y de servicio de 
la Institución. 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
7. Podrá poner de manifiesto su creatividad y demás actitudes, con el fin de recibir la orientación 
necesaria con miras a un mejor desarrollo integral. 
8. Usará con responsabilidad las instalaciones, bienes y servicios de la Institución para 
actividades propias de la vida escolar. 
9. Contará con docentes e intérpretes idóneos, intelectual y pedagógicamente competentes, 
actualizados, con proyección profesional y excelente desempeño ético. 
10. Recibirá los estímulos y reconocimientos a que se haga acreedor por su rendimiento 
académico, responsabilidad, comportamiento y solidaridad. 
11. Asistirá a todas las actividades programadas para su nivel y grado en el horario establecido 
para ello. 
12. Aprovechará el tiempo libre en la realización de lecturas, trabajos, y en las diferentes 
actividades programadas en el proyecto de utilización del tiempo libre y de convivencia. 
13. Será escuchado en sus inquietudes y dificultades con el ánimo de recibir orientación en la 
búsqueda de soluciones. 
14. Participará en la planeación, ejecución y evaluación del proyecto Educativo Institucional de 
acuerdo con los mecanismos de participación que para ello se estipulen. 
15. Expresará libremente sus opiniones a cualquier miembro de la comunidad educativa sobre 
cualquier tema, en forma cortés y dentro del marco de respeto que merece toda opinión 
ajena. 
16. Será (eximido) exonerado por parte de Directivos y Docentes de algún requerimiento de la 
Institución cuando por justa causa y meritoriamente se haga acreedor. 
17. Podrá Solicitar y obtener constancias y certificados de estudio de acuerdo con las normas de la 
Institución, cuando los necesite. 
18. Disfrutará de las mejores condiciones higiénicas y de un ambiente sano, alegre y tranquilo en 
beneficio de su salud y bienestar. 
19. Podrá pertenecer y participar de los planes de bienestar estudiantil (comités, clubes 
deportivos, grupos de teatro, coros, estudiantinas, danzas, banda marcial, porras, etc.). 
20. Será evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y 
sociales. Esto implica también ser valorado por competencias en cada área / asignatura y/o 
proyecto pedagógico expresado en los siguientes términos cualitativos y cuantitativos, así: 
Desempeño Superior de 9.0 a 10.0 
Desempeño alto de 8.0 a 8.9 
Desempeño Básico de 6.0 a 7.9 
Desempeño Bajo de 1.0 a 5.9 
21. Conocerá y participará en la elaboración y evaluación del pacto de compromiso y 
convivencia social. 
22. Participará en la elaboración, mejoramiento y evaluación del Proyecto Educativo Institucional 
(PEI). 
23. Podrá exigir puntualidad del docente en la institución y en el aula de clase. 
24. Tendrá derecho a que se repongan las horas de clase a la cuales el profesor no asistió por 
causa injustificada. 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
25. Tendrá derecho a interponer derechos de petición o acciones de tutela cuando resulten 
vulnerados sus derechos fundamentales y/o cuando no se le haya respetado el debido 
proceso. 
26. Para la comunidad sorda, bachillerato y primaria, a recibir el servicio de interpretación y de 
modelo lingüístico. 
27. Será aceptado en la especialidad técnica, de acuerdo con sus capacidades e intereses, al cupo 
y al espacio de los talleres. 
ARTÍCULO 11º DERECHOS DE LOS PADRES O ACUDIENTES. 
1. Recibir y conocer el Pacto de Convivencia. 
2. Conocer el estado académico de sus hijos. 
3. Hablar con la directiva, profesores o personas encargadas, sobre el estado general del 
estudiante. 
4. Analizar con las Directivas, director de grupo y profesores, sanciones y amonestaciones, 
producto del mal comportamiento de su(s) hijo(s). 
5. Recibir con suficiente anterioridad las citaciones, circulares y boletines en donde se informa 
sobre su compromiso con la institución. 
6. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del P.E.I de acuerdo con los mecanismos 
que para ello se estipulen. 
7. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones al Consejo de padres, a la asociación y a otros 
cargos que en su momento según las necesidades se elijan. 
8. Solicitar explicaciones claras y precisas sobre el rendimiento escolar y comportamiento de su 
hijo. 
9. Participar en todos los programas de formación de padres que brinda la Institución, para 
cumplir adecuadamente la tarea educativa que le corresponde. 
10. Recibir y promover buen trato de todos los integrantes de la comunidad educativa. 
11. Gozar de imparcialidad política, religiosa, social y racial, al igual que el respeto a su intimidad 
personal y familiar a su buen nombre, a sus creencias, y opiniones. 
12. Solicitar y obtener constancias y certificados siempre y cuando estén a paz y salvo. 
13. Participar en todos los programas de formación de padres, que brinde la Institución. (SUPRIMIR 
PORQUE YA ESTA IMPLICITO EN EL 9°) 
14. Presentar oportunamente toda sugerencia, reclamo u observación, por escrito, sin olvidar el 
respeto y los buenos modales al formularla, siguiendo el conducto regular. 
15. Recibir el mejor servicio educativo para sus hijos, y la asesoría de los profesionales vinculados 
al plantel con el fin de apoyar en su formación integral. 
16. Denunciar ante las directivas los casos de matoneo escolar en cualquiera de sus formas. 
ARTÍCULO 12º DERECHOS DE LOS DOCENTES. 
1. Los consagrados en la Constitución Política de Colombia, en el Decreto Ley 2277 de 1979, la 
Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto 2480 de 1986, el acto Legislativo 1278 del 
2002, el acto 1283 del 2002, la Ley 734 del 5 de febrero de 2002 y demás normas vigentes. 
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2. A no ser discriminado por razón de sus creencias políticas, filosóficas, religiosas, sexuales, ni 
por distinciones fundadas en condiciones sociales, raciales, culturales o económicas, entre 
otras. 
3. A recibir un trato cortés, respetuoso y amable de directivos, docentes, padres de familia, 
alumnos, personal administrativo y de servicios de la Institución. 
4. Respeto al descanso y a la privacidad fuera de su jornada laboral. 
5. A ser escuchadas, analizadas y aplicadas sus ideas, cuando redunden en beneficio de la 
comunidad Educativa. 
6. A que se le suministren los elementos básicos y necesarios para el desarrollo del currículo y el 
trabajo en talleres de manera permanente. 
7. A conocer el cronograma de actividades al comienzo del año lectivo, lo mismo que sus 
funciones. 
8. A un ambiente agradable para un buen desempeño de sus funciones. 
9. A participar en cursos de mejoramiento académico representando la Institución. 
10. A solicitar y obtener permisos, licencias y comisiones, de acuerdo con las disposiciones legales 
pertinentes y la debida justificación. Para los permisos por fuerza mayor, las justificaciones 
podrán presentarse al reiniciar sus labores docentes. Todo permiso se debe solicitar con tres 
(3) días de anterioridad y por escrito. 
11. A elegir y ser elegido con su consentimiento para conformar los diferentes consejos del 
gobierno escolar. 
12. A ser estimulado en su quehacer pedagógico. 
13. A disfrutar de los servicios de bienestar comunitario que ofrezca la Institución. 
14. A conocer y participar en la elaboración y evaluación del manual de compromiso y convivencia 
social de la institución. 
15. A participar en la elaboración, mejoramiento y evaluación del PEI. 
16. En el caso de los intérpretes y modelos lingüísticos, su jornada laboral se realizara en las 
condiciones específicas con la presencia de estudiantes y docentes. 
17. La jornada laboral de los intérpretes estará sujeta a la normatividad que los rige. 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
CAPITULO QUINTO: LOS DEBERES 
ARTÍCULO 13º DEBERES DE LA INSTITUCION 
1. Hacer efectivo el principio constitucional, según el cual los derechos de los niños prevalecen 
sobre los derechos de los demás, dentro del marco de la legislación vigente. 
2. Formar integralmente al educando en todos los aspectos del conocimiento, los valores, y 
destrezas y aptitudes orientadas hacia la modalidad técnica. 
3. Cumplir con las funciones inherentes al servicio público, contratado dentro de las 
prescripciones legales. 
4. Promover la creación de la asociación de padres de familia, el Consejo de padres y el 
gobierno escolar y facilitar la conciliación. 
5. Promover espacios de recreación y esparcimiento como incentivo al quehacer pedagógico. 
6. Crear espacios propicios para la enseñanza de la lengua de señas a toda la comunidad 
educativa. 
7. Institucionalizar los actos cívicos culturales y religiosos así como la semana técnica, cultural y 
deportiva, incluyendo a todas las sedes. 
8. Gestionar ante las entidades gubernamentales ayudas que permitan suplir las necesidades 
de los estudiantes con (NEE) barreras de aprendizaje y/o limitaciones o capacidades 
excepcionales (intérpretes, modelo lingüístico, docente de lectoescritura para personas con 
discapacidad auditiva). 
9. Brindar capacitación en cuanto al manejo de riesgos industriales. 
10. Realizar reuniones de docentes y directivos docentes para analizar, diseñar e 
11. Implementar estrategias permanentes de evaluación y de apoyo para la 
12. Superación de debilidades de los estudiantes y dar recomendaciones a estudiantes, padres de 
familia y docentes. 
13. Promover y mantener la interlocución con los padres de familia y el estudiante, con el fin de 
presentar los informes periódicos de evaluación, el plan de actividades de apoyo para la 
superación de las debilidades, y acordar los compromisos por parte de todos los involucrados. 
14. Atender los requerimientos de los padres de familia y de los estudiantes, y programar 
reuniones con ellos cuando sea necesario. 
15. A través de consejo directivo servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que 
presenten los estudiantes o sus padres de familia en relación con la evaluación o promoción. 
16. (Los anteriores serían los elementos de obligatoria inclusión en el Manual de Convivencia 
Institucional). 
ARTÍCULO 14º DEBERES DE LOS Y LAS ESTUDIANTES. 
Para obtener un mejor desarrollo dentro de su proceso formativo, el estudiante debe: 
a. Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por la institución. 
b. Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades. 
Lo anterior implica: 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
1. Conocer, respetar y aplicar el pacto de Convivencia. 
2. Conocer y llevar a la práctica la filosofía y principios de la Institución. 
3. Respetar, tanto física como verbalmente a directivos, profesores, compañeros y demás 
personas vinculadas a la Institución. 
4. No utilizar los apodos, las bromas de mal gusto, las peleas, las palabras soeces, expresiones 
vulgares en lengua de señas u otros actos que atenten contra la dignidad de las personas. 
5. Asistir a las clases con los materiales y elementos indispensables para realizar el trabajo 
escolar. 
6. Asistir a las actividades pedagógicas complementarias que programe la Institución para 
superar insuficiencias presentadas. 
7. Facilitar la comunicación Institución Educativa-Familia, entregando a tiempo y a quien 
corresponda las circulares y citaciones que le sean dadas. 
8. Cumplir responsablemente con las funciones inherentes a los cargos que asuma durante el 
año escolar en monitorias, representaciones al Consejo Estudiantil, Consejo Directivo, y demás 
que se vayan creando. 
9. Colaborar con las disposiciones de los compañeros que desempeñen funciones de disciplina o 
cualquier actividad propia del Gobierno Escolar. 
10. Utilizar adecuadamente los muebles, enseres, e instalaciones en consideración a que son 
bienes de uso común, y responder por los daños ocasionados por descuido o mal uso. (Entrega 
de aulas firmando compromisos). El daño ocasionado debe ser reparado máximo en tres 3 
días. 
11. Promover el cuidado y conservación del medio ambiente donde desarrolla sus actividades, 
mediante la organización y participación activa en campañas ecológicas y cívicas. 
12. Respetar las pertenencias ajenas, de cualquier persona dentro y fuera de la Institución. 
13. No portar cigarrillos, fósforos, sustancias psicoactivas, alcohol, armas de fuego u objetos 
cortos punzantes y/o contundentes que atenten contra la salud física y/o mental, propia o de 
cualquier miembro de la comunidad. 
14. Responder por los compromisos académicos en todas las áreas, dinámicas de grupo, 
preparación y sustentación de trabajos. 
15. Respetar el horario de clases y no interrumpir a compañeros de otros grupos durante las 
mismas. 
16. Asistir con los uniformes de diario, educación física y de taller, completos, en orden y limpios 
de acuerdo con el horario establecido por la Institución Educativa. 
17. Cuando traiga bicicleta al colegio debe tenerle el candado para su seguridad. El Colegio no 
responde por ciclas que se dejen sin seguro o candado. 
18. Cumplir con la prestación del Servicio Social obligatorio para optar el título de Bachiller, de 
acuerdo con lo estipulado en las normas vigentes; Artículo 97 de la ley 115 de 1994 que 
dispuso: “Los estudiantes de Educación Media prestarán un servicio social obligatorio durante 
los dos (2) grados de estudios, de acuerdo con la reglamentación que expida el Gobierno 
Nacional”. Artículo 7 del Decreto 1743 de 1994 que dispone: “Servicio Social Obligatorio. Los 
alumnos de Educación Media de los establecimientos de educación formal, estatales y 
privados, podrán prestar el servicio social obligatorio previsto en los artículos 66 y 97 de la Ley 
115 de 1994, en educación ambiental, participando directamente en los proyectos 
ambientales escolares, apoyando la formación o consolidación de grupos ecológicos escolares 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
para la resolución de problemas ambientales específicos o participando en actividades 
comunitarias de educación ecológica o ambiental”. 
PARÁGRAFO 1: UNIFORME ESCOLAR 
El uniforme a utilizar por parte de todos los estudiantes de la Institución Educativa Técnica Colombo 
Alemán Scalas es el mismo adoptado mediante Ordenanza Departamental, consistente en uno para 
diario y uno para educación física. 
El uniforme de diario para los hombres consiste en un pantalón azul oscuro sin entubar, con un 
mínimo de 19 centímetros de ancho de bota, y un camibuso blanco con el logotipo de la I.E.; Para las 
mujeres es una falda pantalón azul oscura, (no cachetero -MINIFALDA- ni nada que se le parezca) con 
altura de 7 cms arriba de la rodilla y/o seis dedos cerrados de la mano de la estudiante; con un buso 
blanco con el logotipo de la I.E. las medias son azules y largas para hombres y mujeres. El camibuso 
se podrá portar por fuera de la falda o pantalón a unos cinco centímetros debajo de la cintura. El 
camibuso tendrá una abertura de 5 cms a lado y lado. (El párrafo anterior reformado por el referendo 
institucional en el que participó toda la comunidad educativa el 13 de julio de 2011 y ganó el sí.) Para 
la práctica de los talleres es de uso obligatorio el overol o la bata y para el laboratorio el uso de bata. 
PARÁGRAFO 2: UNIFORME DE EDUCACION FISICA 
Tenis blancos, medias blancas no tobilleras; sudadera vino tinto no entubada, con un mínimo de 19 
cms de ancho de bota, pantaloneta vino tinto, debajo de la sudadera; Buso blanco con escudo del 
Colombo, cuello redondo, debajo del camibuso de diario. 
En caso de los y las estudiantes no cumplan con los anteriores aspectos relativos al porte del 
uniforme, (botas no entubadas, por ejemplo) serán devueltos a sus casas con el fin de que arreglen o 
manden a arreglar sus uniformes. 
Así mismo los y las estudiantes no deber portar remangado el pantalón de la sudadera ni el pantalón 
de diario (hombres.) 
No se aceptan sudaderas ni pantalones con botas entubadas. SUPRIMIR 
19. Evitar el uso de objetos de alto valor como joyas y demás accesorios, con el uniforme. 
20. Velar por el mantenimiento y conservación de herramientas, maquinarias y equipos de los 
talleres, sala de sistemas y aulas de nuevas tecnologías puestas a su servicio. 
21. Respetar y aplicar las normas de seguridad industrial. 
22. Actuar con responsabilidad en los simulacros de prevención en riesgos y desastres. 
23. Utilizar debidamente los celulares y demás aparatos electrónicos no interrumpiendo las 
clases, dejándolo en estado de vibración y/o silencio dentro del aula. 
24. Abstenerse de fomentar o participar en el matoneo escolar, ciberbulling y/o toda forma de 
agresión contra sus compañeros a cualquier miembro de la comunidad educativa. 
ARTÍCULO 15º DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES. 
1. Conocer, respetar y aplicar el manual de convivencia. 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
2. Proporcionar el ambiente o clima familiar que facilite y asegure la educación integral de sus 
hijos. 
3. Matricular oportunamente a sus hijos 
4. Proporcionar una mutua comprensión, confianza y colaboración con el colegio, ya que al 
momento de tomar la decisión de matricular al estudiante en el plantel, ha implicado la 
aceptación del reglamento interno y el presente Pacto de Convivencia. 
5. Interesarse por que su hijo asista al Colegio con absoluta puntualidad y con el uniforme 
completo y excelente presentación. 
6. Orientar y supervisar la realización de las obligaciones escolares en casa por parte de los hijos 
o estudiantes. 
7. Mantener contacto con la Institución para hacer el seguimiento del rendimiento escolar y 
disciplinario de los hijos. 
8. Asistir a entregas oficiales de reportes evaluativos, a reuniones, a asambleas programadas en 
la Institución. 
9. Cumplir con el pago correspondiente de servicios (aseo y asopadres) a los valores de pensión 
y demás servicios, durante los primeros cinco días de cada mes. (SUPRIMIR) 
10. J ustificar personalmente ante quien corresponda, los retardos forzosos o inasistencias de sus 
hijos ante el plantel. 
11. Apoyar a la Institución en el trabajo de formación integral que se realiza con sus hijos. 
12. Brindar amor, atención y comprensión ante aquellas dificultades de los hijos, propias de la 
edad. 
13. Colaborar con todo lo que programe la asociación de padres de familia. 
14. Asistir a los talleres de lengua de señas orientados por el modelo lingüístico para facilitar el 
proceso de aprendizaje de los niñ@s. 
15. Ser leal con la Institución, manifestando a quien corresponda, en forma cortés y oportuna, las 
anomalías, reclamos, sugerencias y demás informaciones que se estén presentando y se 
consideren, que demeritan el buen nombre del plantel. 
16. Responder por los daños que por descuido o mal uso, ocasionare el estudiante a los elementos 
que el Colegio pone a su servicio. 
17. Proveer oportunamente a sus hijos o acudidos los materiales necesarios para el desarrollo de 
los proyectos que se ejecutan en los talleres, aulas de tecnologías y demás compromisos 
académicos. 
18. Recibir capacitación en cuanto al manejo de riesgos industriales. 
ARTÍCULO 16º EXCUSAS POR AUSENCIA: 
Los padres deberán justificar la ausencia de sus hijos por medio de una carta escrita o de una 
incapacidad médica, o personalmente ante la dirección de la institución dejando constancia escrita o 
profesor del grado correspondiente en un periodo de tiempo no mayor de cinco (5) días hábiles. 
ARTÍCULO 17º DEBERES DE LOS Y LAS DOCENTES. 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
1. DEBERES DE LOS docentes y/o DIRECTORES DE GRUPO: Son deberes de los docentes 
directores de grupo los consagrados en la Constitución Política de Colombia, en el Decreto 
Ley 2277 de 1979, la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto 2480 de 1986, el Decreto 
1278 del 2002, el acto 1283 del 2002, la Ley 734 del 5 de febrero de 2002 y demás normas 
vigentes, que dan luces sobre la formulación de las funciones inherentes a su cargo y que 
son del conocimiento de todos los educadores. Los deberes de los educadores corresponden 
a los derechos de los estudiantes y/o padres de familia. (SUPRIMIR). 
2. Cumplir con los horarios de entrada y salida de la Institución, así como de los turnos de 
disciplina y velar por el cuidado de los muebles y los materiales didácticos puestos a su 
servicio. 
3. Será su preocupación permanente el mejoramiento de las estrategias pedagógicas para 
obtener los mejores logros académicos de sus estudiantes. 
4. Dar a conocer en forma oportuna a los estudiantes los logros, los objetivos, contenidos, 
metodologías y sistemas de evaluación de sus asignaturas. 
5. Entregar oportuna y debidamente diligenciados los libros y documentos reglamentarios de la 
Institución. 
6. Mantener un trato cordial, amable y respetuoso con estudiantes y padres de familia, 
escuchándolos en sus propuestas, explicaciones, justificaciones y solicitudes; no estableciendo 
con ellos discriminaciones por razones de credo, raza, color político o condición 
socioeconómica. Así mismo, dará tratamiento a los demás miembros de la comunidad 
Educativa. 
7. Brindar ejemplo de buenas maneras de comportamiento social, ético, personal y profesional, 
cumpliendo con responsabilidad, equidad y tolerancia, dentro y fuera del plantel. 
8. Inculcar en los educandos el amor y la práctica de valores morales, éticos, históricos y 
culturales de la nación y el respeto a los símbolos patrios. 
9. Actuar con imparcialidad y justicia en el ejercicio de su cargo y en relación a sus estudiantes. 
10. Atender los requerimientos sobre la necesidad de renovación o cambio de las estrategias 
metodológicas o pedagógicas. 
11. Colaborarles a los estudiantes que representen la I.E. en las diferentes actividades. 
12. Uso racional del celular en la institución. 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
CAPITULO SEXTO: DE LOS ESTÍMULOS. 
ARTÍCULO 18º. A LOS ESTUDIANTES. 
Tendrán derecho a los siguientes estímulos de acuerdo con sus actitudes y aptitudes en él 
presentadas: 
1. Izada de bandera, para aquellos alumnos que se destaquen por sus condiciones académicas, 
disciplinarias, de colaboración ó esfuerzo personal o mejoren su rendimiento académico o 
disciplinario. 
2. Anotación en el anecdotario, cuando el alumno sobresalga en una actividad cualquiera que 
demuestre su interés por el aprendizaje ó su amor por el colegio ó cuando en representación 
de éste obtenga reconocimiento a nivel municipal, departamental ó nacional. 
3. Felicitación en público, cuando uno ó varios estudiantes ó un curso ó el colegio, merezcan este 
reconocimiento por su actuación en beneficio de la institución. 
4. Matrícula de honor anual al finalizar el año escolar, el colegio hace su reconocimiento a los dos 
(2) mejores estudiantes de cada curso que se destaquen en su rendimiento académico y 
disciplinario, concediéndole matricula de honor y eximiéndolos del pago de derechos 
académicos para el año siguiente. Este estímulo se perderá al cometer faltas disciplinarias 
graves u observar un rendimiento académico bajo. 
5. Mención honorífica a los mejores bachilleres del ÁREA TÉCNICA. Se concede al bachiller que se 
ha destacado en el área técnica respectiva durante los años de estudio. Para escoger estos 
estudiantes se procederá así: El docente de cada taller escogerá un estudiante por 
especialidad. Para esto se levantará un acta, que será firmada por el coordinador respectivo y 
dos docentes, y será estregada a la rectoría. 
6. Mención honorífica anual al(os) estudiante(s) que se haya destacado deportiva o 
culturalmente durante el año escolar, haciéndose acreedores a exoneraciones de derechos 
académicos para el año siguiente. 
7. Distinción con la medalla de honor al mérito, al (os) estudiantes(s) que se hagan acreedores a 
la distinción del mejor bachiller y mejor Icfes-Saber. 
8. Hacerse acreedor de la Beca Konder como estímulo para continuar sus estudios universitarios 
en cualquier universidad que escoja. 
9. Medalla de honor a los estudiantes que se destaquen en la banda marcial por su dedicación, 
disciplina y cualidades. 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
ARTÍCULO 19º. ESTIMULOS A LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES 
1. Reconocimiento público por actuaciones destacadas en representación de la institución. 
2. Celebración del día de la familia en reconocimiento a su labor. La fecha aparecerá en el 
cronograma de la Institución. 
3. Los que el consejo directivo y/o Consejo de Docentes considere conveniente.. 
4. Condecoraciones por actuaciones especiales. 
5. Capacitación y desarrollo de proyectos productivos. 
6. Recibir capacitación en cuanto al manejo de riesgos industriales. 
ARTÍCULO 20º ESTIMULOS A LOS DIRECTIVOS, DOCENTES, ADMINISTRATIVOS Y PERSONAL DE 
SERVICIOS GENERALES. 
1. Reconocimiento público por actuaciones destacadas en representación del colegio. 
2. Mención al mérito educativo con copia a la hoja de vida a quienes hayan cumplido 
eficientemente las labores inherentes a su cargo y no tenga llamados de atención durante el 
año escolar de conformidad a lo reglamentado por el consejo directivo. 
3. Ser designado para asistir a cursos de actualización y/o capacitación. 
4. Condecoraciones especiales 
5. Programar actividades lúdicas pedagógicas para una mejor convivencia institucional. 
6. Los que el consejo directivo considere conveniente. 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
CAPITULO SEPTIMO: CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN (PROCESO ACADÉMICO). 
ARTÍCULO 21º El logro más importante de la Institución educativa es proporcionar que todos sus 
estudiantes aprendan y sean competitivos para forjar su proyecto de vida. 
ARTÍCULO 22º El año escolar esta dividido en cuatro (4) periodos de igual duración. 
ARTÍCULO 23º Son objetivos de la evaluación: 
Valorar el alcance y la obtención de logros, competencias y conocimientos por parte de los 
educandos. 
Determinar la promoción, o no, de los educandos en cada grado de la institución básica y media. 
Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los educandos que tengan dificultades en sus 
estudios. 
Suministrar información que contribuya a la auto evaluación, académica de la institución y a la 
actualización permanente de su plan de estudios. 
ARTÍCULO 24º En cada grupo de la institución educativa se conformará el comité Técnico de 
evaluación y promoción, el cual estará integrado por: 
dos (2) padres de familia no docentes de la institución, el director de grupo, el rector y/o coordinador 
de la sección y dos docentes. 
ARTÍCULO 25º El comité Técnico de evaluación y promoción tendrá las siguientes funciones: 
Conocer los resultados académicos de cada uno de los periodos, y al finalizar el año escolar, para 
emitir conceptos y recomendaciones sobre promociones y aprobaciones 
Establecer promoción anticipada, en el caso de alumnos con capacidades suficientes para ser 
promovidos al grado superior; o descenderlos al grado inmediatamente anterior en aquellos 
estudiantes que presenten dificultades para continuar el grado. 
Proponer las estrategias y actividades pedagógicas necesarias para superar las dificultades detectadas 
después de cada periodo académico. 
Elaborar actas, firmadas por los integrantes de la comisión, sobre las decisiones, observaciones y 
recomendaciones para posteriores decisiones acerca de la promoción de los educandos. 
Estudiar los casos de cada uno de los educandos, considerados para la repetición de un grado y 
decidir acerca de la promoción o reprobación. Los educandos promovidos por este sistema, sus 
evaluaciones finales no se podrán modificar. 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
Artículo 26º: Se aprueba un área cuando el estudiante, al terminar el año lectivo, ha superado el 
70% de los logros desarrollados y evaluados. Se aproxima al entero del decimal más cercano. 
PARÁGRAFO: Para cada área se programará un máximo de ocho (8) logros y un mínimo de cuatro (4), 
proporcional a la intensidad horaria. 
Artículo 27º: Se reprueba el año escolar cuando se obtiene valoración Bajo en tres (3) o mas áreas. 
PARÁGRAFO: Por ser la Institución de modalidad técnica industrial, en la media técnica no puede 
matricularse para el grado siguiente o graduarse hasta cuando se apruebe el área técnica industrial. 
ARTÍCULO 28º: Igualmente Se reprueba, cuando se obtiene valoración Bajo en matemáticas y 
lenguaje, durante dos (2) años consecutivos en la Educación Básica. 
ARTÍCULO 29º: Reprueban los educandos que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 
25% de las actividades académicas del año escolar. 
Artículo 30º: Las actividades de recuperación se desarrollaran en el mismo periodo o en los periodos 
siguientes excepto en el cuarto (4) periodo, cuyas recuperaciones serán al finalizar este. Al final del 
año escolar con un criterio serio y autónomo del docente frente a las deficiencias básicas del 
estudiante, se realizaran actividades de recuperación o refuerzo mínimo de dos (2) semanas con 
acompañamiento del padre o acudiente cuando sea requerido. 
Parágrafo: Para el debido proceso se entenderá que una recuperación es aquella que está respaldada 
por un acta de acuerdo a formato institucional. 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
CAPITULO OCTAVO: GOBIERNO ESCOLAR: PARTICIPO Y DECIDO. 
Para garantizar la participación activa de estudiantes, padres de familia o acudientes y profesores en 
la administración de la institución y mejorar procesos pedagógicos y en la práctica de valores 
ciudadanos, la institución ha organizado los siguientes organismos colegiados de acuerdo con el 
espíritu de la Constitución Nacional y la Ley General de Educación 
ARTÍCULO 31º: EL GOBIERNO ESCOLAR, constituido por: 
El Rector 
El Consejo Directivo 
El Consejo Académico 
ARTÍCULO 32º: EL CONSEJO DIRECTIVO, constituido por: 
El Rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente 
cuando lo considere conveniente. 
Dos profesores, elegidos por mayoría en votación general de todos los profesores del colegio. No 
votan ni los coordinadores. Ni el rector. 
Dos Padres de Familia, elegidos por el consejo de padres. 
Un estudiante del Grado Once (11), elegido por el Consejo de Estudiantes. 
Un Ex-alumno, elegido de ternas que representen las organizaciones que aglutinen a la mayoría de 
ellos, o en su defecto por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de 
representante de los estudiantes. 
Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local o subsidiariamente de 
las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo. El 
representante será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas 
organizaciones. 
PARÁGRAFO 1: El Consejo Directivo debe integrarse dentro de los primeros sesenta (60) días 
calendario siguientes al de la iniciación de clases de cada período lectivo anual, deberá quedar 
integrado el Consejo Directivo y entrar en ejercicio de sus funciones. Con tal fin rector convocará con 
la debida anticipación a los diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes. 
ARTÍCULO 33º: EL CONSEJO ACADÉMICO, estará formado por: 
El rector, quien lo preside. 
Los coordinadores. 
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Un Docente por cada área definida en el plan de estudios de secundaria y media. 
Dos Docentes de sección Central, uno la Francia y uno del sector rural 
PARÁGRAFO; las funciones del Consejo Directivo y Consejo Académico, están definidas en el Decreto 
1860 de Agosto 3 de 1994. 
ARTÍCULO 34º: CONSEJO DE ESTUDIANTES, 
Es el máximo organismo de Dirección de los estudiantes y estará integrado por un estudiante de cada 
uno de los grados que ofrece la institución. 
El Consejo Directivo, deberá convocar dentro de las cuatro (4) primeras semanas del año académico, 
sendas asambleas integradas por los alumnos que cursan cada grado, con el fin de elegir de su seno, 
mediante votación secreta, su vocero estudiantil en éste Consejo para el año lectivo en curso. 
Corresponde al Consejo Estudiantil: 
Darse su propia organización interna. 
Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo de la Institución y asesorarlo en el 
cumplimiento de su representación. 
Invitar a los estudiantes que por iniciativa propia presenten proyectos en beneficio de la vida 
estudiantil. 
Participar en las Asambleas de Curso, que así lo soliciten, delegando a uno de los miembros. 
Presentar iniciativas para el mejoramiento de las actividades deportivas, culturales o académicas de la 
Institución. 
Participar con sus delegados en los eventos a los que sean invitados. 
Las demás actividades o funciones que se den en su reglamento interno y que no vayan en contra del 
Manual de Convivencia. 
ARTÍCULO 35º: CONSEJO DE PADRES: El consejo de Padres de Familia, es un medio para asegurar la 
continua participación de los padres en el proceso pedagógico de la Institución y se conformará por 
un delegado de cada uno de los grupos que existan en la Institución. Dicho delegado será elegido por 
la Asamblea de Padres de cada grupo, constituyendo quórum con la asistencia de la mitad más uno 
del número total de padres de los estudiantes matriculados. La Asamblea de Padres de Familia será 
convocada dentro de los primeros sesenta (60) días de iniciado el año lectivo. 
FUNCIONES: Decreto 1286 del 27 de abril de 2005. Corresponde al consejo de Padres de familia: 
a. Contribuir con el Rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados de las 
evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado. 
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b. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de 
competencias y de Estado realizadas por el ICFES. 
c. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el 
establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las 
distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad. 
d. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos 
planteados. 
e. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar 
estrategias de acompañamiento a los estudiantes para faciliatr el afianzamiento de los 
aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima 
y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del 
niño. 
f. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre 
todos los estamentos de la comunidad educativa. 
g. Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la 
Constitución y la Ley. 
h. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los 
educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de 
integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente. 
i. Elegir al padre de familia que participará en el comité técnico de evaluación y promoción. 
j. Presentar la propuestas de modificación del PEI que surjan de los padres de familia de 
conformidad con lo previsto en los artículos 14,15,y 16 del decreto 1860 de 1994. 
k. Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del 
establecimiento educativo. 
ARTÍCULO 36º: ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA: El consejo de padres a su vez se reúne dentro 
de los Diez (10) días siguientes a su elección y elige la Directiva de la Asociación de Padres de Familia. 
Esta a su vez nombra dos (2) representantes al Consejo Directivo. 
ARTÍCULO 37º: ELECCIÓN DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES: Dentro de los primeros treinta (30) 
días de iniciado el calendario académico, el rector de la Institución convocará a todos los estudiantes 
matriculados, a la elección del personero de los estudiantes. Dicha elección se realizará por el sistema 
de tarjetón con votación secreta y ganará el estudiante que tenga la mayoría simple de votación. 
PARÁGRAFO: El personero de los Estudiantes debe estar cursando grado once (11°) y debe ser un 
estudiante destacado por sus cualidades de líder, su compañerismo y su sensibilidad social. No debe 
tener antecedentes disciplinarios. 
ARTÍCULO 38º: FUNCIONES DEL PERSONERO: Las funciones del personero estudiantil son las 
señaladas en el artículo 94 de la Ley 115 del 8 de Febrero 1994. 
Para el mejor desarrollo de sus funciones, el Personero de los estudiantes asistirá por derecho propio 
a las reuniones del Consejo de Estudiantes, que actuará como organismo asesor del Personero 
Estudiantil en la defensa de los Derechos Humanos en la Institución. El Personero de los Estudiantes 
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podrá participar en las Asambleas de Curso cuando sea invitado por la misma o por el Director de 
Grupo. 
ARTÍCULO 39º: Será nombrado un Consejo Electoral, conformado por: 
Un profesor del área de Ciencias Sociales 
Un representante del consejo Directivo 
Un representante del Consejo de Estudiantes 
Un representante de la Asociación de Padres de Familia. 
ARTÍCULO 40º: Son funciones del Consejo Electoral: 
Definir los requisitos que se deben reunir el alumno o el docente candidato para ser elegido 
Orientar el proceso de la presentación y elección de candidatos. 
Asesorar y orientar el desempeño de los elegidos 
ARTÍCULO 41º: CONTRALOR ESTUDIANTIL 
Atendiendo a la Ordenanza 032 del 24 de diciembre de 2008, en la IETCAS se elegirá un contralor 
estudiantil el cual tendrá las siguientes funciones: 
Contribuir en la creación de una cultura de control social, del cuidado y buen uso y manejo de los 
recursos de la institución a través de actividades formativas y/0 lúdicas, con el apoyo de la institución 
y de la Contraloría Departamental. 
Promover los derechos humanos relacionados con los principios de participación ciudadana y el 
ejercicio de control social en su institución con el apoyo de la contraloría departamental. 
Velar por el mejoramiento de la calidad educativa 
Promover la enseñanza, educación y respeto de los derechos humanos dentro y fuera de la IETCAS 
Preservar en la IE y fuera de ella un ambiente sano y libre de contaminación, así como la preservación 
de los recursos naturales. 
Presentar a la Contraloría Departamental las denuncias relacionadas con las presuntas irregularidades 
detectadas, con relación al uso de los recursos y bienes de la IE a la que pertenece. 
Solicitar las actas del Consejo Directivo para poder hacer seguimiento a las decisiones que se tomen 
sobre el uso de los bienes y recursos de la institución. 
Convocar trimestralmente y presidir las reuniones del Comité Estudiantil y de control social 
Presenta una rendición de cuentas semestralmente, sobre sus actuaciones en ejercicio de sus 
funciones. 
Las demás que le sean asignadas por la Contraloría Departamental. 
ARTÍCULO 42º: CONTRALORIA AUXILIAR 
El contralor auxiliar será el estudiante que obtenga la segunda votación en las elecciones y ejercerá 
las mismas funciones del contralor estudiantil en los casos de faltas temporales o absolutas. El 
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contralor auxiliar debe vincularse al Comité estudiantil de control social del cual será su secretario 
Técnico. 
ARTÍCULO 43º: COMITÉ ESTUDIANTIL DE CONTROL SOCIAL 
Estará compuesto por un delegado de cada curso y apoyará en sus funciones y laborales al Contralor 
estudiantil. Se reunirá por lo menos trimestralmente por convocatoria del Contralor Estudiantil . 
El Contralor y el Contralor Auxiliar serán elegidos por un periodo fijo de un año el mismo día de la 
elección del Personero Estudiantil. Para tal efecto el Rector convocará a todos los estudiantes 
matriculados con el fin de elegirlos por el sistema de votación simple y mediante voto universal y 
secreto. 
PARÁGRAFO: Tanto el Contralor Estudiantil como el Contralor Auxiliar podrán ser reelegidos por un 
periodo mas salvo que el estudiante llegue al grado 11 en cuyo caso no podrá postularse. 
Revocatoria: Podrá revocarse el mandato del contralor por iniciativa de los estudiantes motivada por 
el incumplimiento de sus funciones. 
El ejercicio del cargo de Contralor Estudiantil equivaldrá a las horas de prestación del trabajo social 
estudiantil obligatorio siempre y cuando no haya sido revocado su mandato. 
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CAPITULO NOVENO: FALTAS, CORRECTIVOS Y SANCIONES. 
Dentro del proceso de aprendizaje en la Institución educativa, la socialización es un aspecto esencial 
porque prepara a los y las estudiantes a integrarse de manera adecuada a la vida social mediante la 
adquisición e interiorización de las normas, habilidades y comportamiento para fortalecer la 
convivencia y el respeto. 
El sentido de la convivencia no se debe enmarcar solamente dentro del concepto de la sanción; si bien 
es cierto, esta hace parte fundamental del control social dentro la socialización del individuo, 
también debe ser formativa para que permita a la persona vivir con la diferencia; es decir, aceptarse 
como es y aceptar al otro dentro del respeto y la tolerancia, reconociendo que pertenecemos a un 
colectivo y por consiguiente, nuestras acciones individuales benefician o afectan a los demás por lo 
que somos sujetos de derechos pero también del cumplimiento de deberes para el fomento de la 
convivencia pacífica. 
A partir de lo anterior, es importante concebir a la Escuela como parte del proceso de formación y 
socialización de la persona, es por esta razón que es responsable y autónoma en definir y tipicar los 
parámetros y correctivos ante las conductas y comportamientos inadecuados que presentan los y las 
estudiantes en la institución. 
Por su parte se tendrá en cuenta las definiciones establecidas en la Ley 1620 de 2013 que establece 
en su Articulo 2: 
“Acoso escolar o bullying: es una conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, 
intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o 
incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios 
electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con 
quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo 
de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por 
parte de estudiantes contra docentes ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso 
escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los 
estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo. 
Y los conceptos dados por el Decreto 1965 de 2013 en su Artículo 39 que define: 
1. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o 
percibida entre una o varias personas frente a sus intereses. 
2. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son 
resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como 
altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los 
cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la 
salud de cualquiera de los involucrados. 
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3. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad 
educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la Continuación del Decreto "Por el 
cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013, que crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y 
Formación para él Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención 
y Mitigación de la Violencia Escolar" comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es 
estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica. 
a. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de 
otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, 
jalón de pelo, entre otras. 
b. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, 
descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas. 
c. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o 
descalificar a otros. 
d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros 
tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando 
afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros. e. Agresión 
electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios 
electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar 
comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos 
electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se 
revela la identidad de quien los envía. 
4. Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta 
negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, 
difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma 
de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente. 
por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder 
asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También 
puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, 
ante la indiferencia o complicidad de su entorno. 
5. Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda 
forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales 
virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado 
ARTÍCULO 44º: FALTA: Es el incumplimiento de los deberes o la violación de los Derechos con el 
Estado, la familia y la Institución Educativa consagrados en este Pacto de convivencia. Las faltas se 
categoriza en: 
ARTÍCULO 45º: FALTAS LEVES DE LOS ESTUDIANTES: Son aquellos tipos de actitudes que impiden el 
normal desarrollo de las actividades pedagógicas o formativas. Son prácticas que no contribuyen a 
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mantener el orden colectivo y dificultan el desarrollo de hábitos de estudio, organización y respeto 
hacia cada uno de los miembros que conforman la comunidad educativa. Consisten en las siguientes: 
1. Llegar la tarde a la Institución y/o a las actividades programadas por esta. 
2. Entrar y salir sin autorización del salón de clase, sitios donde se estén realizando actividades 
pedagógico y/o de la institución educativa y Entrar o salir de la Institución por lugares 
diferentes a la puerta principal habilitada para tal fin. 
3. Consumir alimentos en clase o en formación. 
4. Utilizar el uniforme de diario y de Educación física cuando no le corresponde. 
5. Modificar el estilo del uniforme de Diario y/o de educación física en cualquiera de sus partes 
(medias, correa, zapatos, busos, sudadera, tenis, falda y blusa) 
6. Inadecuada presentación personal 
7. Falta de cuidado, orden y aseo de todas las dependencias de la institución 
1. Emplear vocabulario soez, sobrenombres o cualquier gesto o palabra despectiva contra algún 
miembro de la comunidad. 
8. Comportamiento inadecuado en la biblioteca, cafetería, talleres, restaurante, aulas 
especializadas y demás dependencias de la institución y fuera de ella. 
9. Permanecer en zonas diferentes a las destinadas y autorizadas para el descanso. 
10. Llegar tarde al salón después de los descansos, cambios de aula u otras actividades. 
11. Llevar aditamentos como: Piercing, cachuchas, collares, busos o camisetas, etc diferente al 
uniforme. 
12. Hacer sonar el timbre sin autorización 
13. Abstenerse de entregar oportunamente a los padres de familia o representantes las circulares 
y citaciones que le sean enviadas. 
14. Hacer uso del teléfono celular sin autorización del docente de aula en horas de clase. Así como 
la venta de minutos, correos de voz, mensajes y otros que atenten contra normal desarrollo de 
clase. 
15. Subirse a espacios altos (árboles, barandas, paredes y otros) que pueden poner en peligro su 
integridad física. 
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16. Utilizar en el aula objetos ajenos a la clase que interfieran el normal desarrollo de la misma. 
17. Promover y participar en actividades económicas en beneficio particular sin previa 
autorización. 
18. Permanencia clandestina en la institución al terminar los horarios establecidos. 
19. Generar y/o apoyar la indisciplina o cualquier acto que interrumpa el normal desarrollo de las 
clases 
20. Todo acto contra la ética, la moral y la sana convivencia escolar 
21. Desacatar citaciones o recomendaciones de la Institución. 
22. No acatar las indicaciones dadas por docentes y/o directivos 
23. No traer los elementos requeridos para el normal desarrollo de las clases 
24. Dañar intencionalmente jardines, zonas verdes, arboles y animales, implementos de la 
Institución, objetos de estudio, puertas, chapas partes eléctricas, material de trabajo, muros, 
ornamentación de la misma y otros. 
25. Rayar o escribir en las paredes, baños, pupitres, aulas de clase y demás dependencias y 
objetos de la institución. 
26. Hacer uso inadecuado de los celulares, computadores y/o tabletas interrumpiendo el normal 
funcionamiento de las clases 
27. Esconder o dañar útiles e implementos (útiles escolares, medios electrónicos, maletines, 
bolsos y otros) a cualquier miembro de la comunidad educativa 
Parte de estas faltas corresponden a las situaciones tipo I que define el Decreto 1965 de 2013 en su 
artículo 40. 
ARTÍCULO 46º: FALTAS GRAVES DE LOS ESTUDIANTES: Son aquellos tipos de comportamiento que 
atenten contra la convivencia, los Derechos de las personas, los principios institucionales y la planta 
física, recursos humanos y pedagógicos, perturbando el normal desarrollo de la convivencia y las 
actividades de la institución educativa . 
La reincidencia en cinco (5) faltas leves iguales o diferentes, conlleva a que se convierta en una falta 
grave. Lo cual se determinara conforme a las anotaciones en el anecdotario de él o la estudiante. 
1. Incumplir con los correctivos, llamados de atención o compromisos acordados. 
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2. Efectuar agresiones verbales, físicas, gestuales, relacionales o electrónicas a cualquier miembro 
de la comunidad educativa, lo cual se encuentra consagrado en el Artículo 39 del Decreto 1965 
del 11 Septiembre del 2013. 
3. Incurrir en acoso escolar o ciber acoso contra uno o varios miembros de la institución educativa 
(El acoso se define como: Toda conducta negativa, intencional, metódica y sistemática de 
agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, 
amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por 
medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente por parte de un estudiante o varios de sus 
pares o por parte de estudiantes contra docentes ante la indiferencia o complicidad de su 
entorno. Artículo 39 Decreto 1965 del 11 Septiembre del 2013). 
4. Proferir amenazas que atenten contra la integridad física, ética o moral de cualquier miembro de 
la comunidad educativa. 
5. Presentar documentos falsos con el fin de ingresar al plantel; suplantar; cometer fraudes en 
evaluaciones, trabajos o en documentos para obtener beneficios propios. 
6. Promover y participar en peleas dentro y fuera de la institución. 
7. Utilizar en el aula objetos o elementos peligrosos o de riesgo que interfieran con la sana 
convivencia de los integrantes de la comunidad educativa. 
8. El hurto y/o robo comprobado de objetos o cualquier pertenencia de la comunidad Educativa. 
9. Encubrir o participar en hechos que vayan en contra del buen funcionamiento y nombre de la 
institución. 
10. Consumir, incitar y/o distribuir licor y/o sustancias psicoactivas dentro o fuera de la Institución o 
presentarse bajo estado de alicoramiento o bajo el efecto de sustancias psicoactivas portando el 
uniforme. 
11. Entrar a las salas de profesores, oficinas administrativas y demás dependencias sin debida 
autorización. 
12. Ocasionar situaciones que creen pánico dentro o fuera de la institución. 
Parte de estas faltas corresponden a las situaciones tipo II que define el Decreto 1965 de 2013 en su 
artículo 40. 
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ARTÍCULO 47º: FALTAS GRAVISIMAS DE LOS ESTUDIANTES: Es toda conducta o actitud que lesiona o 
atenta contra la dignidad y la integridad física y psicológica de las personas, los valores individuales y 
colectivos de la institución educativa, así como tipo de conductas señaladas como delitos en la 
legislación colombiana. 
1. Cometer hechos graves estipulados en la normatividad Colombiana vigente como: Atraco, 
robo,prostitución, corrupción de menores, hurto, chantaje, extorsión, lesiones personales, 
injuria, venta de estupefacientes, consumo de sustancias psicoactivas y otros) que atenten 
contra algún integrante de la comunidad educativa y/o la comunidad en general 
2. Pertenecer a grupos o pandillas cuyo objetivo es cometer actos ilícitos, irrespetar o crear 
problemas sociales. 
3. Chantaje moral o acoso sexual a cualquier miembro de la Comunidad educativa. 
4. Intento o ejecución de soborno o extorsión, comprobado a cualquier miembro de la 
comunidad educativa. 
5. Portar armas u otros elementos que puedan utilizarse contra la integridad física de las 
personas. 
6. Promover y participar en juegos de azar y otros que impliquen apuestas de dinero o especie. 
7. Utilizar artículos detonantes, sustancias químicas u otras lanzadas dentro o fuera del aula en 
actividades donde se presenten, con el propósito de causar daños o desorden. 
8. Causar daño o lesiones físicas y/o psicológicas a la seguridad, la integridad personal o moral, la 
libertad, honra, la intimidad y el honor sexual , de cualquier miembro de la Comunidad 
educativa 
Y todas las demás que contravengan la normatividad vigente. 
Estas faltas corresponden a las situaciones tipo III que define el Decreto 1965 de 2013 en su artículo 
40. 
ARTÍCULO 48º: FALTAS GRAVES DE LOS DOCENTES. 
Las contempladas en la Ley 734 del 2002 en su artículo 48. Y en los decretos 2277 y 1278. 
ARTÍCULO 49º: CORRECTIVOS Y SANCIONES 
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Basados en los principios del debido proceso, de formación integral como fin de la educación y en la 
visión y misión institucional de formar ciudadanos útiles a la sociedad, respetuosos de los derechos 
ajenos y de los deberes propios, se establecen correctivos y sanciones aplicables a quienes incurran 
en comportamientos inadecuados o irregularidades. 
ARTÍCULO 50º: CORRECTIVOS PEDAGÒGICOS 
Son las respuestas formativas aplicables a las conductas inadecuadas que en materia leve, grave o 
gravísima afecten a uno o varios miembros de la comunidad educativa, la institución y la comunidad 
en general. Los alumnos que incumplan con sus deberes, abusen de los derechos o atenten contra 
las normas y prohibiciones descritas en este manual, serán objeto de los siguientes correctivos 
pedagógicos que configuran el debido proceso: 
Registro formativo: 
Realizada por el docente o directivo ante quien se cometió la falta. La amonestación deberá conducir 
a la reflexión sobre el comportamiento manifestado y a la definición de las estrategias que permitan 
enmendar la falta. Las faltas se registran especificando la fecha, el nombre del docente y del alumno o 
alumna, breve descripción de la falta, reflexión realizada y firma del alumno(a) y del profesor o 
directiva. En caso de que el alumno se niegue a firmar, podrá hacerlo el representante de grupo 
dejando constancia de ello en el registro 
La institución aplicará las siguientes acciones pedagógicas en caso de incumplimiento al Manual de 
convivencia: 
1. Observaciones previas al estudiante. 
2. Amonestación en privado 
3. Citación al padre de familia o acudiente con remisión al Docente Orientador dejando 
Constancia escrita. 
4. Actividad especial de reflexión y de compromiso 
5. Suspensión temporal hasta por cinco (5) días, y suspensión de becas de estudio. 
6. Cancelación de matrícula de uno (1) a tres (3) años. 
ARTÍCULO 51: Para determinar si la contravención de uno o de varios deberes del estudiante es falta 
leve o grave, se tendrá en cuenta los siguientes criterios del Manual de Convivencia Escolar: 
1. La reiteración de la conducta 
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2. El mayor o menor grado de escolaridad 
3. El grado de culpabilidad o participación 
4. La naturaleza de la falta y sus efectos, según los perjuicios causados a personas, al buen 
nombre de la institución o bienes de las personas o de la institución. 
5. El reconocimiento voluntario de la familia y/o colaboración para clarificar las 
responsabilidades antes de iniciar cualquier procedimiento. 
6. La iniciativa propia de inculpado de resarcir el daño o perjuicio antes de iniciar 
cualquier procedimiento. 
ARTÍCULO 52 . Para estos correctivos se tendrá en cuenta el Debido Proceso establecido en el 
Articulo 29 de la Constitución Nacional que determina: “..se aplicara a toda clase de actuaciones 
penales y administrativas. nadie podrá ser juzgado sino conforme a leyes pre existentes al acto que le 
imputa, ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formas propias de 
cada juicio. quien fuera sindicado tendrá derecho a la defensa ….” Y que consiste en: 
1. La comunicación formal de la apertura del proceso disciplinario a la persona a quien se 
imputan las conductas pasibles de sanción. 
2. La formulación de los cargos imputados, que puede ser verbal o escrita, siempre y cuando en 
ella consten de manera clara y precisa las conductas, las faltas disciplinarias a que esas 
conductas dan lugar (con la indicación de las normas reglamentarias que consagran las faltas) 
y la calificación provisional de las conductas como faltas disciplinarias. 
3. El traslado al imputado de todas y cada una de las pruebas que fundamentan los cargos 
formulados. 
4. La indicación de un término durante el cual el acusado pueda formular sus descargos (de 
manera oral o escrita), controvertir las pruebas en su contra y allegar las que considere 
necesarias para sustentar sus descargos. 
5. 5 El pronunciamiento definitivo de las autoridades competentes mediante un acto motivado y 
congruente. 
6. La imposición de una sanción proporcional a los hechos que la motivaron; 
7. La posibilidad de que el acusado pueda controvertir, mediante los recursos pertinentes, todas 
y cada una de las decisiones de las autoridades competentes". 
ST-301/96 (MP. Eduardo Cifuentes Muñoz). 
Los correctivos pueden ser: 
1. El llamado de atención en privado y se registra la fecha en el observador 
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PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
2. Llamado de atención con anotación de la falta y compromiso en el observador. 
3. Notificación por escrito al padre o representante del estudiante sobre la situación presentada. 
4. Firmar acta de compromiso por parte del estudiante y el acudiente 
5. Remisión a la Docencia Orientación si la conducta inadecuada persiste. 
6. Efectuar un servicio social y/o académico o practicar una abstención. 
7. Aplicar la sanción respectiva 
Parágrafo - Si el correctivo impuesto es un compromiso (pagar, resarcir, o reparar ó asistencia 
conjunta de estudiante y padre o representante) el estudiante no será aceptado en clase mientras no 
se cumpla el compromiso. 
ARTÍCULO 53º: SANCIONES 
Tienen la finalidad de procurar eliminar de la Institución los factores, causas y consecuencias de 
conductas irregulares que se consideran inconvenientes o dañinas en el desarrollo del (P.E.I.) y el 
buen nombre de la comunidad educativa de nuestra institución. 
A quienes incurran en las conductas así consideradas podrán aplicarse uno o varios de las siguientes 
sanciones por cada conducta irregular: 
1. Compromiso especial que debe cumplir el estudiante y el padre o su representante. 
2. Obligación de pagar o indemnizar en determinado plazo. 
3. Condicionamiento de observar determinada conducta dentro y fuera de la Institución 
educativa. 
4. Suspensión temporal hasta por tres (3) días con la obligación de nivelar por su cuenta. 
5. Retiro definitivo del establecimiento con cancelación de matricula. 
6. Asistir el estudiante o los estudiantes infractores junto con sus padres o acudientes y el grupo 
familiar a la Docencia Orientación 
7. Envío de la queja y pruebas a la Personería, Inspección de Policía, Fiscalía, comisaría de 
Familia y al Instituto de Bienestar Familiar, o ante la autoridad competente en el caso de que 
las conductas irregulares cometidas sean competencia de cualquiera de las autoridades 
Judiciales o Administrativas según la Ley. 
Parágrafo: La enumeración anterior implica gradualidad y su aplicación obedece a la gravedad de la 
falta considerada está de acuerdo a la oportunidad, circunstancia y personalidad de quien incurrió en 
la conducta inadecuada. 
Artículo 53º: PROCEDIMIENTOS 
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INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" 
PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
Para garantizar la imparcialidad, la transparencia y el debido proceso en la aplicación de correctivos y 
sanciones se establecen los siguientes procedimientos. 
Artículo 54º: PROCEDIMIENTOS PARA APLICAR CORRECTIVOS FORMATIVOS: 
Comprenden las faltas leves y comportamientos que sin ser graves alteren la disciplina necesaria para 
el desarrollo de la clase y son aplicables por el profesor de la asignatura o por el director de curso: 
para correctivos 1, 2,3, y 4. Con profesor de la asignatura o director del curso, coordinador y 
orientador escolar para aplicar el correctivo 5 cuando fuere necesario. 
ARTÍCULO 55º: INDIVIDUALES: 
El Docente o Directivo, una vez conoce la falta o motivo, llamará al estudiante responsable y en su 
compañía analizarán las causas y consecuencias del comportamiento inadecuado. Al reincidente por 
segunda vez, además del análisis de la falta, sus causas y consecuencias se le harán la anotación en el 
observador del estudiante en su presencia, y recibirá orientación para mejorar su comportamiento. 
ARTÍCULO 56º: CON PARTICIPACION FAMILIAR: 
En caso de reincidir por tercera vez dentro del mismo año lectivo, se hará la anotación en el 
observador con el correspondiente análisis del comportamiento y las consecuencias delante de los 
compañeros del curso y en ese mismo acto se le entregará la comunicación dirigida al padre de 
familia o representante del estudiante con un informe suscrito de su comportamiento y la necesidad 
de firmar un compromiso especial con la Institución o la aplicación de una sanción si reincide en la 
conducta irregular. (Coordinadores). 
ARTÍCULO 57º: PROCESOS SANCIONATORIOS: 
Corresponde al Rector de la Institución su aplicación mediante Resolución motivada previo el 
concepto de no vinculante del Comité de Convivencia Escolar. 
ARTÍCULO 58º: PROCEDIMIENTO: 
Quién conozca el hecho o conducta irregular por un integrante de la comunidad educativa, informará 
al coordinador que corresponda o por escrito al Rector indicando la falta e individualizando en lo 
posible al responsable e indicará las pruebas que se pueden hacer valer. En el caso de que el informe 
sea recibido por el coordinador, este hará las verificaciones del caso y rendirá un informe escrito al 
Rector. 
Dentro de los dos (2) días siguientes al recibo de la anterior documentación el Rector citará al 
estudiante, al padre o representante de este si se trata de estudiante y al Personero Estudiantil para 
que asistan al día y hora que se les fije dentro de los diez (10) días siguientes. En esta reunión el 
Rector hace el análisis del comportamiento irregular del estudiante, y sus consecuencias (posibles 
acciones) se harán referencia a la comunicación que le fue enviada al padre o representante del 
estudiante y objeto de la misma. 
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INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" 
PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 
El estudiante y su padre o representante harán los descargos. De esta reunión se levantará acta que 
hará parte de la hoja de vida y del observador del estudiante que lleva la Institución. 
Si la sanción a imponer fuera solamente correctiva o formativa el Rector tomará la decisión al 
finalizar la reunión. Sí la decisión a tomar fuere sancionatoria debido a la gravedad de la falta, el 
Rector, mediante citación integrará el Comité de Convivencia Escolar para que conozca el caso y rinda 
concepto antes de proferir la correspondiente Resolución. 
En todo caso, cuando un estudiante sea sancionado con expulsión del establecimiento educativo 
tendrá antes la oportunidad de ser tratado por profesionales en psicología y/o psiquiatría remitidos al 
ICBF, al Hospital especializado granja Integral (HEGI) u otro organismo que colabore 
interinstitucionalmente en las problemáticas de comportamiento social. 
Parágrafo: PROTOCOLO DE ATENCIÓN: LEY 1620 DE 2013 Y DECRETO 1965 DE 2013 
Este protocolo propone rutas de atención en la prevención y atención de situaciones críticas que 
afectan la convivencia escolar y la integridad de los miembros de las comunidades educativas, 
especialmente la niñez y la adolescencia; parte de principios fundamentales como es la protección de 
la infancia, la garantía y restitución de derechos, la seguridad como un derecho fundamental, la 
seguridad ciudadana y la corresponsabilidad de entidades y comunidades locales, que rodean a la 
escuela. 
La necesidad parte de fortalecer los apoyos interinstitucionales en la Institución Educativa que 
requieren, además de legitimar y oficializar las rutas de atención y prevención en situaciones críticas 
con que se enfrentan. 
PRINCIPIOS DEL SISTEMA ART. 5 LEY 1620 DE 2013 
1. Participación. En virtud de este principio las entidades y establecimientos educativos deben 
garantizar su participación activa para la coordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de 
sus respectivas funciones, que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la Ley 
115 de 1994 y de los artículos 31, 32, 43 y 44 de la Ley 1098 de 2006, los establecimientos educativos 
deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de las 
estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía 
con los artículos 113 y 288 de la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deben 
actuar en el marco de la coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad; 
respondiendo a sus funciones misionales. 
2. Corresponsabilidad. La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son 
corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para 
el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes 
desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo 
consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de la Infancia y la Adolescencia. 
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  • 1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL HIMNO NACIONAL Letra: Rafael Núñez Música: Orestes Sindicci CORO Oh gloria inmarcesible! Oh jubilo inmortal! En surco de dolores El bien germina ya. I Cesó la horrible noche, La libertad sublime Derrama las auroras De su invencible luz. La humanidad entera, Entre cadenas gime, Comprende las palabras Del que murió en la cruz II Independencia grita El mundo Americano; Se baña en sangre de héroes La tierra de Colon. Pero este gran principio: El rey no es soberano, Resuena y los que sufren Bendicen su pasión. III Del Orinoco el cauce Se colma de despojos De sangre y llanto un río Se mira allí correr. En Bárbula no saben Las almas ni los ojos, Si admiración o espanto Sentir o padecer. IV A orillas del Caribe Hambriento un pueblo lucha, Horrores prefiriendo A pérfida salud. Oh sí de Cartagena La abnegación es mucha Y escombros de la muerte Desprecia su virtud. V De Boyacá en los campos El genio de la gloria, con cada espiga un héroe Invicto coronó Soldados sin coraza Ganaron la victoria Su varonil aliento De escudo les sirvió VI Bolívar cruza el Ande Que riega dos océanos Espadas cual centellas Fulguran en Junín; Centauros indomables Descienden a los llanos Y empieza a presentirse De la epopeya el fin. VII La trompa victoriosa En Ayacucho truena Y en cada triunfo crece Su formidable son. Se expansivo empuje La libertad se estrena, Del cielo Americano Formando un pabellón VIII La Virgen sus cabellos Arranca en agonía Y de su amor viuda Los cuelga del ciprés, Lamenta su esperanza Que cubre losa fría Pero glorioso orgullo Circunda su alba tez. IX La patria así se forma Termopilas brotando; Constelaciones de cíclopes Su noche iluminó La flor estremecida Mortal el viento hallando, Debajo los laureles Seguridad buscó. X Más no es completa gloria Vencer en la batalla Que el brazo que combate Lo anima la verdad. La independencia sola El gran clamor no acalla; Si el sol alumbra a todos. Justicia es libertad XI Del hombre los derechos Nariño predicando, El alma de la lucha Profético enseñó. Ricaurte en San Mateo, En átomos volando Deber antes que vida Con llamas escribió. Página 1 de 53
  • 2. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL BUNDE TOLIMENSE Letra: Nicanor Velásquez Ortiz Música: Alberto Castilla Canta el alma de mi raza En el bunde de castilla Y este canto el sol que abraza Nacer, Vivir, Morir Amando el Magdalena Las penas se hacen buenas Y alegra el existir La, la, la, la, la. Baila, baila, baila Sus bambucos mi Tolima Que el aguardiente es más valiente y leal Soy vaquero Tolimense Y en mi pecho llevo espumas Va mi potro entre las brumas Con cocuyos en la frente Y al sentir mi galopar Galopa el amor del corazón Pues mi rejo va a enlazar Las dulzuras del amor Con la voz de mi cantor Página 2 de 53
  • 3. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL HIMNO DEL MUNICIPIO LÉRIDA Letra y Música: Manuel Antonio Martínez Sánchez Coro Entonemos Unidos por siempre A una tierra que sabe de Paz, Por el alma de nuestros ancestros Que forjaron a un pueblo sin par; De Coloya y bledos su estirpe De los Panches tribu singular, Hoy altiva se erige su raza Cuna de hombres que saben luchar, Hoy altiva se erige su raza Porque Lérida es tierra de paz I Todo empezó en tiempos lejanos Cuando un guerrero descubrió, En mil quinientos treinta y ocho A un grupo de hombres con valor; Era la tribu de los Panches De Bledos y Coloyas se formó, Y unos sacerdotes Franciscanos Fundaron a este pueblo en su misión. II Vino una dama muy prestante Y unos terrenos ofreció Son de la hacienda peladeros Donde este grupo se mudo Luego el virrey Manuel Antonio Le dio vida legal de población Parroquia señora del buen suceso Tomando de la hacienda su razón. Coro Entonemos Unidos por siempre A una tierra que sabe de Paz, Página 3 de 53
  • 4. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL Por el alma de nuestros ancestros Que forjaron a un pueblo sin par; De Coloya y bledos su estirpe De los Panches tribu singular, Hoy altiva se erige su raza Cuna de hombres que saben luchar, Hoy altiva se erige su raza Porque Lérida es tierra de paz. III Fue petición de Caballeros Que convocaran a reunión, Pronto llegaron a un acuerdo Que fue de gran recordación; Todos pensaban que su pueblo Tenía su antiguo nombre que cambiar, Y una capital de Cataluña Le dio su nombre Lérida inmortal. IV Hoy pueblo recio y alfarero Rinde tributo a su gestor, Y a doña Manuela Arciniegas Por su bondad y su valor; Con el Virrey Manuel Antonio Forjaron a una raza con tesón, Mestizos aguerridos Tolimenses Que buscan arraigar su tradición. Fin Página 4 de 53
  • 5. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL HIMNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA TECNICA COLOMBO – ALEMAN “SCALAS” Letra y Música: Esp. Henry Díaz Velásquez CORO Juventud Colombo-Alemán Juventud con mas ciencia y saber (Bis) I Estudiantes marchemos alegres Que nos lleva al Colombo-Alemán Rodeado de lindas montañas En Lérida el técnico está. II Dios y patria inunda mi pecho Como lábaros de ciencia y de paz Marchemos con paso sereno Que nos lleva al Colombo-Alemán III Las estrellas, la Luna y el viento Nos llenaron de fe y de valor Y al colegio con pasos sereno Ya la vida nos brinda su amor. Página 5 de 53
  • 6. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL INTRODUCCIÓN El presente Pacto de Compromiso y Convivencia Social tiene como fin esencial el propiciar un ambiente Educativo de paz, democrática, participación, concertación, para el crecimiento permanente de la dignidad humana hacia un excelente proyecto de vida. Este Pacto de Convivencia, es el resultado de la concertación, análisis, y aprobación con los distintos estamentos que conforman la Comunidad de la Institución Educativa Técnica Colombo Alemán “SCALAS” de Lérida Tolima y por ende debe entenderse y aplicarse como norma del código educativo colombiano, que permita la formación integral del alumno. El Pacto de convivencia se convierte en un espacio de máxima importancia para el ejercicio de la participación democrática de los miembros de la comunidad Educativa puesto que el proceso de concertación y definición de los compromisos para todos (Directivos, Docentes, padres de familia, niños(as) jóvenes) favorecen su consolidación, la toma de decisiones compartidas y el ejercicio de la autonomía. La Institución Educativa Técnica Colombo – Alemán “SCALAS” de Lérida Tolima es una entidad Oficial, mixta, de niveles educativos preescolar, Básica y Media Técnica Industrial, con especialidades en Ebanistería, Electricidad, Mecánica Industrial y Metalistería, áreas en las cuales se hace una exploración vocacional y orientación desde la primaria hasta noveno (Tecnología, dibujo técnico) y una fundamentación en teoría y práctica en décimo (10º) y undécimo (11º). Igualmente se desarrolla el programa de inclusión al proceso de enseñanza aprendizaje a niños, niñas y jóvenes como población en condición de discapacidad y/o capacidades intelectuales excepcionales. La Institución está conformada de acuerdo a la fusión por las siguientes secciones: Colombo Alemán, Francia, Central y las escuelas rurales Iguasitos y Remolinos según Resolución 1213 de Octubre 03 del 2002. El Pacto de Convivencia debe ser un documento guía en el funcionamiento Institucional que han de cumplir y vivenciar la comunidad Educativa Colombo Alemán: Padres de familia, acudientes, Educandos, docentes y directivos para el logro de los fines educativos e Institucionales: Página 6 de 53
  • 7. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA CONVIVENCIA SOCIAL · Aprender a vivir en armonía con sus congéneres y el medio circundante, como fundamento de todo modelo de convivencia social. · Aprender a comunicarse: Base de la autoformación personal y grupal. · Aprender a interactuar: Base de los modelos de relación social. · Aprender a decidir en grupo: Base de la política y de la economía. · Aprender a cuidarse: Base de los modelos de salud y seguridad social. · Aprender a cuidar el entorno: Fundamento de la supervivencia. · Aprender a valorar el saber social: Base de la evolución Social y cultural. · Promocionar y divulgar los derechos humanos desde la convivencia social. · Aprender a conocerse a si mismo y su entorno con sentido de pertenencia. · Aprender a convivir y respetar siendo tolerantes e inclusivos con las personas en condición de discapacidad y/o capacidades intelectuales excepcionales. MISIÓN Formar integralmente al estudiante mediante un Sistema de Educación Inclusiva de alta calidad académica en los niveles de Pre-Escolar, Básica y Media Técnica en las especialidades de ebanistería, electricidad, mecánica industrial y metalistería en integración con el SENA y articulación con universidades, con el aprovechamiento de la infraestructura y dotación, teniendo como pilar fundamental un personal docente altamente capacitado en las diferentes áreas, permitiendo la formación de un ciudadano idóneo para desempeñarse en cualquier entorno social y laboral. VISIÓN Consolidar y ofertar un Sistema Educativo Integral e Inclusivo de alta calidad. LEMA Hacia una educación de alta calidad humana y productiva. VALORES INSTITUCIONALES Responsabilidad, honestidad, tolerancia, equidad, solidaridad y respeto a la diferencia. Página 7 de 53
  • 8. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL FILOSOFÍA Concebimos al Ser Humano como una persona integral, dotado de inteligencia y racionalidad con capacidad de ser social, libre, responsable y autónomo. Además, para cumplir con nuestra misión institucional se tendrá en cuenta lo ordenado en los artículo 42, 43, 44 y 45 de la Ley 1098 de 2006, código de infancia y adolescencia, donde se contemplan las obligaciones especiales, la obligación ética fundamental así como las obligaciones complementarias de las instituciones educativas y la prohibición de sanciones crueles, humillantes o degradantes. OBJETIVOS DEL PRESENTE PACTO DE CONVIVENCIA: Involucrar a la Comunidad Educativa para afianzar relaciones de convivencia, basadas en los valores de responsabilidad, honestidad, respeto a la diferencia, solidaridad, equidad y justicia. Ofrecer a toda la Comunidad Educativa, la oportunidad de participar democráticamente en el desarrollo de la Institución. Definir claramente los derechos, deberes, estímulos y sanciones para los educandos, padres de familia, docentes, directivos docentes, administrativos y personal de servicios generales estableciendo procedimientos para su ejecución y cumplimiento. Valorar, respetar y preservar el medio ambiente, los recursos naturales, proteger los bienes, el patrimonio histórico, cultural y ecológico de su entorno. Propiciar la Inclusión escolar de los niños, niñas y jóvenes con necesidades educativas especiales y/o capacidades y talentos excepcionales, con el fin de valorar sus potencialidades para suplir sus necesidades, reforzarlas o profundizarlas. Página 8 de 53
  • 9. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL CAPITULO PRIMERO MARCO DE REFERENCIA ARTÍCULO 1º MARCO LEGAL. Según el ARTÍCULO 17 del decreto 1860 de 1994 y en los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994 se exige: “Todo Centro Educativo debe tener como parte integral del Proyecto Educativo Institucional, un Reglamento o Manual de Convivencia, el cual debe contener una definición de los derechos, deberes de los estudiantes, profesores y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa”. De la misma manera se hace necesario conocer los Derechos y obligaciones que tienen los Estudiantes de acuerdo a lo consagrado en la Ley 1098 de 2006, Código de la Infancia y la Adolescencia. Se deben contemplar los siguientes aspectos: Reglas de higiene personal y salud pública que preservan el bienestar de la comunidad educativa. Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo. Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar. Normas de conducta de estudiantes y profesores que garanticen el mutuo respeto. Procedimiento para resolver conflictos individuales y colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad. Pautas de representación personal. Definición de sanciones disciplinarias y procedimientos, incluyendo el derecho a la defensa. Reglas para elección de representantes al Concejo Directivo, demás estamentos, elecciones del personero y de Contralor Estudiantil. La ley de Educación presenta como aspectos que deben incluirse: Derechos y obligaciones de los estudiantes (Art. 8 ley 115). Lo referente a la permanencia del representante de los estudiantes (Art. 93 ley 115 y Art. 28 decreto 1860) Página 9 de 53
  • 10. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL La conformación del Gobierno Escolar (Art. 142 ley 115, Art. 19 y 28 Dec. 1860) Los estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante (Art. 23 Dec. 1860). Función disciplinaria de los Rectores (Art. 25 Dec. 1860) Las actividades del Gobierno Estudiantil. Integración del Consejo Directivo (Art. 21 Dec. 1860) Directivos docentes y sus funciones (Art. 27 Dec. 1860) Asociación de padres de familia (Art. 30 Dec. 1860) Consejo de padres de familia (Dec. 1286) Servicio de orientación estudiantil (Art. 40 Dec. 1860) El manual de convivencia está realizado a la luz de la Constitución, y del Código de la Infancia y la Adolescencia, Ley 1098 de 2006. Derechos y Libertades Ley 1098 de 2006 (Art. 17 al 37) Obligaciones de la Familia, la Sociedad y el Estado (Art. 39 al 41) Ley 1098 de 2006. Obligaciones especiales de la Instituciones Educativas (Art. 42 al 45) de la Ley 1098 de 2006. La Ley 1095 del 6 de abril de 2009 por la cual se reglamenta la atención integral de los niños y las niñas de la primera infancia de acuerdo al puntaje del Sisbén. Educación para personas con limitaciones físicas, sensoriales, psíquicas, cognoscitivas, emocionales o con capacidades intelectuales excepcionales. (Ley 115 de 1994, título III, capítulo 1º, Art. 46) Ley 2265 de 1996 por la cual se reglamenta la atención integral de las personas con discapacidad auditiva. La ley 1620 de 2013 por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia escolar y formación para el ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la prevención y la mitigación de la Violencia Escolar Decreto 1965 de 2013 por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013 Página 10 de 53
  • 11. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL ARTÍCULO 2º MARCO TEÓRICO. La Institución educativa como centro de cultura debe proporcionar a sus estudiantes una formación integral que participen en la sociedad, que les permita convivir en igualdad de condiciones. Para que esto se logre debe existir una adecuada disciplina consignada en un reglamento que consulte las nuevas realidades del país y que permita a los estudiantes conocer, no solo sus derechos, sino también los deberes que tiene para la comunidad. El reglamento no podrá ignorar que la educación encarna la más evidente posibilidad que un ciudadano conozca a cabalidad todos los deberes que tiene para con la comunidad, en particular, la práctica diaria del respeto a la dignidad humana, al trabajo como uno de sus más importantes medios de realización personal, la convivencia pacífica, y la solidaridad, entre otros. Enseñar la disciplina es un proceso largo, como el de aprender cualquier cosa. Se necesita indiscutiblemente, tiempo y paciencia para hacer de un niño o de un adolescente, una persona sanamente independiente y en ello, la disciplina y las normas ayudan a consolidar la personalidad, si son legítimas y se aplican teniendo en cuenta los fines del proceso educativo. En este proceso educativo, por lo tanto, es fundamental revelar cuáles son las reglas del sistema, porque existen y porque son importantes; ¿que sucedería si no existiesen y como podría ser la manera de perfeccionarlas en colectivo hacia el futuro?; de tal manera, la discusión, la explicación, la aclaración y la participación, siempre serán una vía importante para ayudar a una persona en formación a entender la disciplina y a controlar su propia forma de actuar en sociedad. ARTÍCULO 3º PERFIL DEL ESTUDIANTE DE LA IET. COLOMBO ALEMAN “SCALAS” Responsable y sensible con su medio ambiente. Solidario en lo social Respetuoso de la individualidad, la pluralidad y la diferencia. Respetuoso de los derechos humanos. Responsable con su sexualidad. Con sentido de pertenencia por su Institución, municipio, Departamento y país. Participativo, democrático y tolerante. Altamente productivo en lo intelectual, técnico y con visión empresarial. ARTÍCULO 4º PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA Los padres de familia son los principales responsables del proceso de formación de sus hijos. Por eso la comunicación debe ser permanente, para que se logre los objetivos propuestos. Deben ser conscientes de que la unidad de familia es el clima ideal para su hijo y su buen desarrollo escolar. Colaborar en casa, con el refuerzo de los conocimientos que el niño adquiera en el colegio. Estar atentos a circulares, calendarios, citaciones y demás comunicaciones expedidas por parte del colegio, para darle cumplimiento a las mismas. Página 11 de 53
  • 12. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL Formar en sus hijos valores de responsabilidad, orden y respeto por la humanidad. Brindar a los profesores información veraz, que les ayude a la mejor comprensión del comportamiento del niño dentro de las actividades. Cumplir oportunamente con todas las obligaciones que adquiere con la I.E. en el momento de la matricula. Ser abierto al cambio y con capacidad de asimilar innovaciones. Propiciar las buenas relaciones con los profesores de sus hijos y demás miembros de la comunidad educativa, compartiendo inquietudes y experiencias. Asistir a los talleres de lengua de señas orientados por el modelo lingüístico para facilitar el proceso de aprendizaje de los niñ@s. Participar en todas las actividades programadas por la Institución. ARTÍCULO 5º PERFIL DEL DOCENTE Y DIRECTIVO DOCENTE Ser un investigador integral de la naturaleza infantil, adolescente y adulta. Conocedor e investigador del contexto social, cultural y familiar. Que tenga un concepto integral de las potencialidades humanas. Dominio de la pedagogía del conocimiento, de la creatividad y didácticas alternativas. Formador permanente en los proyectos de vida. Formador de valores. Sensible y dinámico en lo ambiental. Poseer habilidad para mejorar los procesos de informática, telemática y correo electrónico, colocándolos al alcance de la Comunidad Educativa. Mantener vigente su capacidad de amar, comprender, servir, sorprenderse y expresar todos sus sentimientos. Ser gestor y gerente de la empresa pedagógica que lidera. Articular a su práctica los componentes de la misión y visión de la Institución. Profesional en lo ético, moral, tolerante e inclusivo con la población en condiciones de discapacidad y excepcionalidad, evaluando los procedimientos mas no los resultados Página 12 de 53
  • 13. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL CAPITULO SEGUNDO REQUISITOS PARA SER ESTUDIANTE DE LA INSTITUCIÓN Y SU PERMANENCIA. ARTÍCULO 6º ADMISION: Para ingresar a la Institución es necesario que se cumplan las siguientes condiciones: Que exista disponibilidad de cupo. Cancelar los derechos académicos de acuerdo a la ley. Presentar la copia de la EPS, Sisbén o Seguro Estudiantil. Cada estudiante debe estar representado por el padre de familia o un acudiente mayor de edad, debidamente autorizado por escrito. Entregar ficha de pre matricula completamente diligenciada. Presentar documentos auténticos para todos los trámites que sean requeridos; cualquier falsedad o ilegalidad en ellos será causal de desvinculación de la Institución sin perjuicio de las acciones de tipo penal que se puedan adelantar por dicha falta. Para estudiantes procedentes de otras Instituciones, anexar fotocopia del anecdotario, con el propósito de hacer un seguimiento disciplinario y matricula condicional llegado el caso. Los estudiantes procedentes de otras Instituciones, se reciben siempre y cuando presenten nivelaciones de las áreas de la modalidad técnica. Valoración para los y las estudiantes que presentan Barreras de Aprendizaje, por parte del equipo de atención integral de la Institución. Edad entre 5 y 23 años. Estricto compromiso de la familia en el proceso de integración. Diligenciamiento veraz del formato, seguimiento de integración adjuntando los diagnósticos médico, Psicológico y terapéutico existentes. Para preescolar: Edad 5 años cumplidos y/o cumplirlos en el mes de marzo del año lectivo. Excepto Para los niños, las niñas y adolescentes con Barreras de aprendizaje se requiere del historial clínico especializado. . Registro Civil de nacimiento. Dos fotos tamaño documento. Una carpeta con gancho tamaño oficio. Fotocopia del carnet de vacunación. RH y grupo sanguíneo. Fotocopia de cédula de ciudadanía de los padres de familia o acudiente. Para los niños, las niñas y adolescentes con Barreras de aprendizaje se requiere del historial clínico especializado. . Para grados de 1º a 5º: Edad 6 años a partir de 1º, excepto los niños con necesidades educativas especiales hasta los 21 años. Página 13 de 53
  • 14. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL Registro Civil de nacimiento. Dos fotos tamaño documento. Carpeta tamaño oficio con gancho. Fotocopia del carnet de vacunación. RH y grupo sanguíneo. Fotocopia de cedula de padres de familia y/o acudiente. Boletín informativo del grado anterior o certificados. Para los niños, las niñas y adolescentes con Barreras de aprendizaje se requiere del historial clínico especializado. Para grados de 6º a 11º: Registro Civil de nacimiento. Dos fotos tamaño documento. Carpeta tamaño oficio con gancho. Fotocopia de T.I. o C.C. Fotocopia de cedula de padres de familia y/o acudiente. Boletín informativo del grado anterior y/o periodo anterior. Para los grados décimos y Undécimo (10º y 11º) presentar el seguro estudiantil obligatorio y de riesgos profesionales. Página 14 de 53
  • 15. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL CAPITULO TERCERO INCLUSIÓN ARTÍCULO 7º- ESTUDIANTES CON BARRERAS DE APRENDIZAJE En la IETCAS y específicamente en la sede Central funciona desde el año 1997 un programa que les permite a los niños con discapacidades auditivas, cognitivas y motoras acceder al servicio educativo dirigido por la docente Rocalina Suarez de Ruiz. En el año 2004 se cuenta con el apoyo de la secretaria de educación vinculando a la planta docente dos profesionales de apoyo (fonoaudióloga e intérprete de señas. En la institución se lleva a cabo el proceso de inclusión con discapacidad cognitiva en su mayor número seguido de la discapacidad auditiva y por último discapacidad física y visual. Los estudiantes sordos cuentan con un aula especializada para su proceso pedagógico acompañados desde el año 2008 de una modelo lingüística. ARTÍCULO 8º REQUISITOS MINIMOS PARA EL INGRESO DEL ESTUDIANTE CON BARRERAS DE APRENDIZAJE Anexar junto al formulario de prematrícula los certificados médicos-terapéuticos que verifiquen la discapacidad. Edad mínima de 5 años y máxima de 22 años cumplidos Haber tenido proceso de adaptación al proceso escolar (terapéutico – preescolar) al igual que tener control de esfínteres. Informar a las directivas y docentes del grado si el estudiante NEE requiere medicación. El padre de familia debe formar parte del grupo de apoyo de la institución. Si Para los niños, las niñas y adolescentes con Barreras de aprendizaje se requiere del historial clínico especializado. forma parte del programa de protección ICBF debe contar con apoyo y asesoría de los funcionarios. Página 15 de 53
  • 16. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL CAPITULO CUARTO: DERECHOS DEFINICIÓN DE DERECHO proviene del término latino directum, que significa “lo que está conforme a la regla”. El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. La base del derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y carácter. Dicho de otra forma, el derecho es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el seno de una sociedad. Los derechos se deben hacer respetar teniendo en cuenta que estos terminan donde empiezan los derechos de los demás, para poder hablar y actuar con justicia y libertad, conforme lo consagran los principios constitucionales, garantizando y respetando el debido proceso. ARTÍCULO 9º DERECHOS DE LA INSTITUCION. Los derechos de la Institución primarán sobre los derechos individuales de la Comunidad Educativa, en los casos que se atente contra la buena imagen, la planta física, recursos o los estamentos colectivos que conforman la Institución. ARTÍCULO 10º DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES. Para garantizar su pleno desarrollo, los estudiantes de la Institución Educativa Técnica Colombo Alemán Scalas tienen los siguientes derechos: a. A conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar. b. A conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas. c. A recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el aprendizaje. Lo anterior implica que: 1. Al iniciar el año escolar el y la estudiante deberá conocer el pacto de Convivencia. 2. Al iniciar el año escolar recibir el carné estudiantil que le permita identificarse en cualquier lugar como miembro del plantel. 3. Recibirá y promoverá el buen trato de todos los integrantes de la Institución, a fin de obtener el mejor ambiente para el ejercicio normal de las tareas educativas. 4. Elegirá y será elegido para el Consejo de Estudiantes, Personero estudiantil, Contralor Estudiantil o Monitor. 5. Será respetado en su dignidad personal y será escuchado cuando haya cometido una falta, para fijar de común acuerdo los correctivos del caso según los procedimientos legales. (Debido proceso) 6. Recibirá atención oportuna de profesores, directivos y personal administrativo y de servicio de la Institución. Página 16 de 53
  • 17. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 7. Podrá poner de manifiesto su creatividad y demás actitudes, con el fin de recibir la orientación necesaria con miras a un mejor desarrollo integral. 8. Usará con responsabilidad las instalaciones, bienes y servicios de la Institución para actividades propias de la vida escolar. 9. Contará con docentes e intérpretes idóneos, intelectual y pedagógicamente competentes, actualizados, con proyección profesional y excelente desempeño ético. 10. Recibirá los estímulos y reconocimientos a que se haga acreedor por su rendimiento académico, responsabilidad, comportamiento y solidaridad. 11. Asistirá a todas las actividades programadas para su nivel y grado en el horario establecido para ello. 12. Aprovechará el tiempo libre en la realización de lecturas, trabajos, y en las diferentes actividades programadas en el proyecto de utilización del tiempo libre y de convivencia. 13. Será escuchado en sus inquietudes y dificultades con el ánimo de recibir orientación en la búsqueda de soluciones. 14. Participará en la planeación, ejecución y evaluación del proyecto Educativo Institucional de acuerdo con los mecanismos de participación que para ello se estipulen. 15. Expresará libremente sus opiniones a cualquier miembro de la comunidad educativa sobre cualquier tema, en forma cortés y dentro del marco de respeto que merece toda opinión ajena. 16. Será (eximido) exonerado por parte de Directivos y Docentes de algún requerimiento de la Institución cuando por justa causa y meritoriamente se haga acreedor. 17. Podrá Solicitar y obtener constancias y certificados de estudio de acuerdo con las normas de la Institución, cuando los necesite. 18. Disfrutará de las mejores condiciones higiénicas y de un ambiente sano, alegre y tranquilo en beneficio de su salud y bienestar. 19. Podrá pertenecer y participar de los planes de bienestar estudiantil (comités, clubes deportivos, grupos de teatro, coros, estudiantinas, danzas, banda marcial, porras, etc.). 20. Será evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y sociales. Esto implica también ser valorado por competencias en cada área / asignatura y/o proyecto pedagógico expresado en los siguientes términos cualitativos y cuantitativos, así: Desempeño Superior de 9.0 a 10.0 Desempeño alto de 8.0 a 8.9 Desempeño Básico de 6.0 a 7.9 Desempeño Bajo de 1.0 a 5.9 21. Conocerá y participará en la elaboración y evaluación del pacto de compromiso y convivencia social. 22. Participará en la elaboración, mejoramiento y evaluación del Proyecto Educativo Institucional (PEI). 23. Podrá exigir puntualidad del docente en la institución y en el aula de clase. 24. Tendrá derecho a que se repongan las horas de clase a la cuales el profesor no asistió por causa injustificada. Página 17 de 53
  • 18. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 25. Tendrá derecho a interponer derechos de petición o acciones de tutela cuando resulten vulnerados sus derechos fundamentales y/o cuando no se le haya respetado el debido proceso. 26. Para la comunidad sorda, bachillerato y primaria, a recibir el servicio de interpretación y de modelo lingüístico. 27. Será aceptado en la especialidad técnica, de acuerdo con sus capacidades e intereses, al cupo y al espacio de los talleres. ARTÍCULO 11º DERECHOS DE LOS PADRES O ACUDIENTES. 1. Recibir y conocer el Pacto de Convivencia. 2. Conocer el estado académico de sus hijos. 3. Hablar con la directiva, profesores o personas encargadas, sobre el estado general del estudiante. 4. Analizar con las Directivas, director de grupo y profesores, sanciones y amonestaciones, producto del mal comportamiento de su(s) hijo(s). 5. Recibir con suficiente anterioridad las citaciones, circulares y boletines en donde se informa sobre su compromiso con la institución. 6. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del P.E.I de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipulen. 7. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones al Consejo de padres, a la asociación y a otros cargos que en su momento según las necesidades se elijan. 8. Solicitar explicaciones claras y precisas sobre el rendimiento escolar y comportamiento de su hijo. 9. Participar en todos los programas de formación de padres que brinda la Institución, para cumplir adecuadamente la tarea educativa que le corresponde. 10. Recibir y promover buen trato de todos los integrantes de la comunidad educativa. 11. Gozar de imparcialidad política, religiosa, social y racial, al igual que el respeto a su intimidad personal y familiar a su buen nombre, a sus creencias, y opiniones. 12. Solicitar y obtener constancias y certificados siempre y cuando estén a paz y salvo. 13. Participar en todos los programas de formación de padres, que brinde la Institución. (SUPRIMIR PORQUE YA ESTA IMPLICITO EN EL 9°) 14. Presentar oportunamente toda sugerencia, reclamo u observación, por escrito, sin olvidar el respeto y los buenos modales al formularla, siguiendo el conducto regular. 15. Recibir el mejor servicio educativo para sus hijos, y la asesoría de los profesionales vinculados al plantel con el fin de apoyar en su formación integral. 16. Denunciar ante las directivas los casos de matoneo escolar en cualquiera de sus formas. ARTÍCULO 12º DERECHOS DE LOS DOCENTES. 1. Los consagrados en la Constitución Política de Colombia, en el Decreto Ley 2277 de 1979, la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto 2480 de 1986, el acto Legislativo 1278 del 2002, el acto 1283 del 2002, la Ley 734 del 5 de febrero de 2002 y demás normas vigentes. Página 18 de 53
  • 19. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 2. A no ser discriminado por razón de sus creencias políticas, filosóficas, religiosas, sexuales, ni por distinciones fundadas en condiciones sociales, raciales, culturales o económicas, entre otras. 3. A recibir un trato cortés, respetuoso y amable de directivos, docentes, padres de familia, alumnos, personal administrativo y de servicios de la Institución. 4. Respeto al descanso y a la privacidad fuera de su jornada laboral. 5. A ser escuchadas, analizadas y aplicadas sus ideas, cuando redunden en beneficio de la comunidad Educativa. 6. A que se le suministren los elementos básicos y necesarios para el desarrollo del currículo y el trabajo en talleres de manera permanente. 7. A conocer el cronograma de actividades al comienzo del año lectivo, lo mismo que sus funciones. 8. A un ambiente agradable para un buen desempeño de sus funciones. 9. A participar en cursos de mejoramiento académico representando la Institución. 10. A solicitar y obtener permisos, licencias y comisiones, de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes y la debida justificación. Para los permisos por fuerza mayor, las justificaciones podrán presentarse al reiniciar sus labores docentes. Todo permiso se debe solicitar con tres (3) días de anterioridad y por escrito. 11. A elegir y ser elegido con su consentimiento para conformar los diferentes consejos del gobierno escolar. 12. A ser estimulado en su quehacer pedagógico. 13. A disfrutar de los servicios de bienestar comunitario que ofrezca la Institución. 14. A conocer y participar en la elaboración y evaluación del manual de compromiso y convivencia social de la institución. 15. A participar en la elaboración, mejoramiento y evaluación del PEI. 16. En el caso de los intérpretes y modelos lingüísticos, su jornada laboral se realizara en las condiciones específicas con la presencia de estudiantes y docentes. 17. La jornada laboral de los intérpretes estará sujeta a la normatividad que los rige. Página 19 de 53
  • 20. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL CAPITULO QUINTO: LOS DEBERES ARTÍCULO 13º DEBERES DE LA INSTITUCION 1. Hacer efectivo el principio constitucional, según el cual los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás, dentro del marco de la legislación vigente. 2. Formar integralmente al educando en todos los aspectos del conocimiento, los valores, y destrezas y aptitudes orientadas hacia la modalidad técnica. 3. Cumplir con las funciones inherentes al servicio público, contratado dentro de las prescripciones legales. 4. Promover la creación de la asociación de padres de familia, el Consejo de padres y el gobierno escolar y facilitar la conciliación. 5. Promover espacios de recreación y esparcimiento como incentivo al quehacer pedagógico. 6. Crear espacios propicios para la enseñanza de la lengua de señas a toda la comunidad educativa. 7. Institucionalizar los actos cívicos culturales y religiosos así como la semana técnica, cultural y deportiva, incluyendo a todas las sedes. 8. Gestionar ante las entidades gubernamentales ayudas que permitan suplir las necesidades de los estudiantes con (NEE) barreras de aprendizaje y/o limitaciones o capacidades excepcionales (intérpretes, modelo lingüístico, docente de lectoescritura para personas con discapacidad auditiva). 9. Brindar capacitación en cuanto al manejo de riesgos industriales. 10. Realizar reuniones de docentes y directivos docentes para analizar, diseñar e 11. Implementar estrategias permanentes de evaluación y de apoyo para la 12. Superación de debilidades de los estudiantes y dar recomendaciones a estudiantes, padres de familia y docentes. 13. Promover y mantener la interlocución con los padres de familia y el estudiante, con el fin de presentar los informes periódicos de evaluación, el plan de actividades de apoyo para la superación de las debilidades, y acordar los compromisos por parte de todos los involucrados. 14. Atender los requerimientos de los padres de familia y de los estudiantes, y programar reuniones con ellos cuando sea necesario. 15. A través de consejo directivo servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que presenten los estudiantes o sus padres de familia en relación con la evaluación o promoción. 16. (Los anteriores serían los elementos de obligatoria inclusión en el Manual de Convivencia Institucional). ARTÍCULO 14º DEBERES DE LOS Y LAS ESTUDIANTES. Para obtener un mejor desarrollo dentro de su proceso formativo, el estudiante debe: a. Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por la institución. b. Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades. Lo anterior implica: Página 20 de 53
  • 21. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 1. Conocer, respetar y aplicar el pacto de Convivencia. 2. Conocer y llevar a la práctica la filosofía y principios de la Institución. 3. Respetar, tanto física como verbalmente a directivos, profesores, compañeros y demás personas vinculadas a la Institución. 4. No utilizar los apodos, las bromas de mal gusto, las peleas, las palabras soeces, expresiones vulgares en lengua de señas u otros actos que atenten contra la dignidad de las personas. 5. Asistir a las clases con los materiales y elementos indispensables para realizar el trabajo escolar. 6. Asistir a las actividades pedagógicas complementarias que programe la Institución para superar insuficiencias presentadas. 7. Facilitar la comunicación Institución Educativa-Familia, entregando a tiempo y a quien corresponda las circulares y citaciones que le sean dadas. 8. Cumplir responsablemente con las funciones inherentes a los cargos que asuma durante el año escolar en monitorias, representaciones al Consejo Estudiantil, Consejo Directivo, y demás que se vayan creando. 9. Colaborar con las disposiciones de los compañeros que desempeñen funciones de disciplina o cualquier actividad propia del Gobierno Escolar. 10. Utilizar adecuadamente los muebles, enseres, e instalaciones en consideración a que son bienes de uso común, y responder por los daños ocasionados por descuido o mal uso. (Entrega de aulas firmando compromisos). El daño ocasionado debe ser reparado máximo en tres 3 días. 11. Promover el cuidado y conservación del medio ambiente donde desarrolla sus actividades, mediante la organización y participación activa en campañas ecológicas y cívicas. 12. Respetar las pertenencias ajenas, de cualquier persona dentro y fuera de la Institución. 13. No portar cigarrillos, fósforos, sustancias psicoactivas, alcohol, armas de fuego u objetos cortos punzantes y/o contundentes que atenten contra la salud física y/o mental, propia o de cualquier miembro de la comunidad. 14. Responder por los compromisos académicos en todas las áreas, dinámicas de grupo, preparación y sustentación de trabajos. 15. Respetar el horario de clases y no interrumpir a compañeros de otros grupos durante las mismas. 16. Asistir con los uniformes de diario, educación física y de taller, completos, en orden y limpios de acuerdo con el horario establecido por la Institución Educativa. 17. Cuando traiga bicicleta al colegio debe tenerle el candado para su seguridad. El Colegio no responde por ciclas que se dejen sin seguro o candado. 18. Cumplir con la prestación del Servicio Social obligatorio para optar el título de Bachiller, de acuerdo con lo estipulado en las normas vigentes; Artículo 97 de la ley 115 de 1994 que dispuso: “Los estudiantes de Educación Media prestarán un servicio social obligatorio durante los dos (2) grados de estudios, de acuerdo con la reglamentación que expida el Gobierno Nacional”. Artículo 7 del Decreto 1743 de 1994 que dispone: “Servicio Social Obligatorio. Los alumnos de Educación Media de los establecimientos de educación formal, estatales y privados, podrán prestar el servicio social obligatorio previsto en los artículos 66 y 97 de la Ley 115 de 1994, en educación ambiental, participando directamente en los proyectos ambientales escolares, apoyando la formación o consolidación de grupos ecológicos escolares Página 21 de 53
  • 22. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL para la resolución de problemas ambientales específicos o participando en actividades comunitarias de educación ecológica o ambiental”. PARÁGRAFO 1: UNIFORME ESCOLAR El uniforme a utilizar por parte de todos los estudiantes de la Institución Educativa Técnica Colombo Alemán Scalas es el mismo adoptado mediante Ordenanza Departamental, consistente en uno para diario y uno para educación física. El uniforme de diario para los hombres consiste en un pantalón azul oscuro sin entubar, con un mínimo de 19 centímetros de ancho de bota, y un camibuso blanco con el logotipo de la I.E.; Para las mujeres es una falda pantalón azul oscura, (no cachetero -MINIFALDA- ni nada que se le parezca) con altura de 7 cms arriba de la rodilla y/o seis dedos cerrados de la mano de la estudiante; con un buso blanco con el logotipo de la I.E. las medias son azules y largas para hombres y mujeres. El camibuso se podrá portar por fuera de la falda o pantalón a unos cinco centímetros debajo de la cintura. El camibuso tendrá una abertura de 5 cms a lado y lado. (El párrafo anterior reformado por el referendo institucional en el que participó toda la comunidad educativa el 13 de julio de 2011 y ganó el sí.) Para la práctica de los talleres es de uso obligatorio el overol o la bata y para el laboratorio el uso de bata. PARÁGRAFO 2: UNIFORME DE EDUCACION FISICA Tenis blancos, medias blancas no tobilleras; sudadera vino tinto no entubada, con un mínimo de 19 cms de ancho de bota, pantaloneta vino tinto, debajo de la sudadera; Buso blanco con escudo del Colombo, cuello redondo, debajo del camibuso de diario. En caso de los y las estudiantes no cumplan con los anteriores aspectos relativos al porte del uniforme, (botas no entubadas, por ejemplo) serán devueltos a sus casas con el fin de que arreglen o manden a arreglar sus uniformes. Así mismo los y las estudiantes no deber portar remangado el pantalón de la sudadera ni el pantalón de diario (hombres.) No se aceptan sudaderas ni pantalones con botas entubadas. SUPRIMIR 19. Evitar el uso de objetos de alto valor como joyas y demás accesorios, con el uniforme. 20. Velar por el mantenimiento y conservación de herramientas, maquinarias y equipos de los talleres, sala de sistemas y aulas de nuevas tecnologías puestas a su servicio. 21. Respetar y aplicar las normas de seguridad industrial. 22. Actuar con responsabilidad en los simulacros de prevención en riesgos y desastres. 23. Utilizar debidamente los celulares y demás aparatos electrónicos no interrumpiendo las clases, dejándolo en estado de vibración y/o silencio dentro del aula. 24. Abstenerse de fomentar o participar en el matoneo escolar, ciberbulling y/o toda forma de agresión contra sus compañeros a cualquier miembro de la comunidad educativa. ARTÍCULO 15º DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES. 1. Conocer, respetar y aplicar el manual de convivencia. Página 22 de 53
  • 23. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 2. Proporcionar el ambiente o clima familiar que facilite y asegure la educación integral de sus hijos. 3. Matricular oportunamente a sus hijos 4. Proporcionar una mutua comprensión, confianza y colaboración con el colegio, ya que al momento de tomar la decisión de matricular al estudiante en el plantel, ha implicado la aceptación del reglamento interno y el presente Pacto de Convivencia. 5. Interesarse por que su hijo asista al Colegio con absoluta puntualidad y con el uniforme completo y excelente presentación. 6. Orientar y supervisar la realización de las obligaciones escolares en casa por parte de los hijos o estudiantes. 7. Mantener contacto con la Institución para hacer el seguimiento del rendimiento escolar y disciplinario de los hijos. 8. Asistir a entregas oficiales de reportes evaluativos, a reuniones, a asambleas programadas en la Institución. 9. Cumplir con el pago correspondiente de servicios (aseo y asopadres) a los valores de pensión y demás servicios, durante los primeros cinco días de cada mes. (SUPRIMIR) 10. J ustificar personalmente ante quien corresponda, los retardos forzosos o inasistencias de sus hijos ante el plantel. 11. Apoyar a la Institución en el trabajo de formación integral que se realiza con sus hijos. 12. Brindar amor, atención y comprensión ante aquellas dificultades de los hijos, propias de la edad. 13. Colaborar con todo lo que programe la asociación de padres de familia. 14. Asistir a los talleres de lengua de señas orientados por el modelo lingüístico para facilitar el proceso de aprendizaje de los niñ@s. 15. Ser leal con la Institución, manifestando a quien corresponda, en forma cortés y oportuna, las anomalías, reclamos, sugerencias y demás informaciones que se estén presentando y se consideren, que demeritan el buen nombre del plantel. 16. Responder por los daños que por descuido o mal uso, ocasionare el estudiante a los elementos que el Colegio pone a su servicio. 17. Proveer oportunamente a sus hijos o acudidos los materiales necesarios para el desarrollo de los proyectos que se ejecutan en los talleres, aulas de tecnologías y demás compromisos académicos. 18. Recibir capacitación en cuanto al manejo de riesgos industriales. ARTÍCULO 16º EXCUSAS POR AUSENCIA: Los padres deberán justificar la ausencia de sus hijos por medio de una carta escrita o de una incapacidad médica, o personalmente ante la dirección de la institución dejando constancia escrita o profesor del grado correspondiente en un periodo de tiempo no mayor de cinco (5) días hábiles. ARTÍCULO 17º DEBERES DE LOS Y LAS DOCENTES. Página 23 de 53
  • 24. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 1. DEBERES DE LOS docentes y/o DIRECTORES DE GRUPO: Son deberes de los docentes directores de grupo los consagrados en la Constitución Política de Colombia, en el Decreto Ley 2277 de 1979, la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto 2480 de 1986, el Decreto 1278 del 2002, el acto 1283 del 2002, la Ley 734 del 5 de febrero de 2002 y demás normas vigentes, que dan luces sobre la formulación de las funciones inherentes a su cargo y que son del conocimiento de todos los educadores. Los deberes de los educadores corresponden a los derechos de los estudiantes y/o padres de familia. (SUPRIMIR). 2. Cumplir con los horarios de entrada y salida de la Institución, así como de los turnos de disciplina y velar por el cuidado de los muebles y los materiales didácticos puestos a su servicio. 3. Será su preocupación permanente el mejoramiento de las estrategias pedagógicas para obtener los mejores logros académicos de sus estudiantes. 4. Dar a conocer en forma oportuna a los estudiantes los logros, los objetivos, contenidos, metodologías y sistemas de evaluación de sus asignaturas. 5. Entregar oportuna y debidamente diligenciados los libros y documentos reglamentarios de la Institución. 6. Mantener un trato cordial, amable y respetuoso con estudiantes y padres de familia, escuchándolos en sus propuestas, explicaciones, justificaciones y solicitudes; no estableciendo con ellos discriminaciones por razones de credo, raza, color político o condición socioeconómica. Así mismo, dará tratamiento a los demás miembros de la comunidad Educativa. 7. Brindar ejemplo de buenas maneras de comportamiento social, ético, personal y profesional, cumpliendo con responsabilidad, equidad y tolerancia, dentro y fuera del plantel. 8. Inculcar en los educandos el amor y la práctica de valores morales, éticos, históricos y culturales de la nación y el respeto a los símbolos patrios. 9. Actuar con imparcialidad y justicia en el ejercicio de su cargo y en relación a sus estudiantes. 10. Atender los requerimientos sobre la necesidad de renovación o cambio de las estrategias metodológicas o pedagógicas. 11. Colaborarles a los estudiantes que representen la I.E. en las diferentes actividades. 12. Uso racional del celular en la institución. Página 24 de 53
  • 25. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL CAPITULO SEXTO: DE LOS ESTÍMULOS. ARTÍCULO 18º. A LOS ESTUDIANTES. Tendrán derecho a los siguientes estímulos de acuerdo con sus actitudes y aptitudes en él presentadas: 1. Izada de bandera, para aquellos alumnos que se destaquen por sus condiciones académicas, disciplinarias, de colaboración ó esfuerzo personal o mejoren su rendimiento académico o disciplinario. 2. Anotación en el anecdotario, cuando el alumno sobresalga en una actividad cualquiera que demuestre su interés por el aprendizaje ó su amor por el colegio ó cuando en representación de éste obtenga reconocimiento a nivel municipal, departamental ó nacional. 3. Felicitación en público, cuando uno ó varios estudiantes ó un curso ó el colegio, merezcan este reconocimiento por su actuación en beneficio de la institución. 4. Matrícula de honor anual al finalizar el año escolar, el colegio hace su reconocimiento a los dos (2) mejores estudiantes de cada curso que se destaquen en su rendimiento académico y disciplinario, concediéndole matricula de honor y eximiéndolos del pago de derechos académicos para el año siguiente. Este estímulo se perderá al cometer faltas disciplinarias graves u observar un rendimiento académico bajo. 5. Mención honorífica a los mejores bachilleres del ÁREA TÉCNICA. Se concede al bachiller que se ha destacado en el área técnica respectiva durante los años de estudio. Para escoger estos estudiantes se procederá así: El docente de cada taller escogerá un estudiante por especialidad. Para esto se levantará un acta, que será firmada por el coordinador respectivo y dos docentes, y será estregada a la rectoría. 6. Mención honorífica anual al(os) estudiante(s) que se haya destacado deportiva o culturalmente durante el año escolar, haciéndose acreedores a exoneraciones de derechos académicos para el año siguiente. 7. Distinción con la medalla de honor al mérito, al (os) estudiantes(s) que se hagan acreedores a la distinción del mejor bachiller y mejor Icfes-Saber. 8. Hacerse acreedor de la Beca Konder como estímulo para continuar sus estudios universitarios en cualquier universidad que escoja. 9. Medalla de honor a los estudiantes que se destaquen en la banda marcial por su dedicación, disciplina y cualidades. Página 25 de 53
  • 26. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL ARTÍCULO 19º. ESTIMULOS A LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES 1. Reconocimiento público por actuaciones destacadas en representación de la institución. 2. Celebración del día de la familia en reconocimiento a su labor. La fecha aparecerá en el cronograma de la Institución. 3. Los que el consejo directivo y/o Consejo de Docentes considere conveniente.. 4. Condecoraciones por actuaciones especiales. 5. Capacitación y desarrollo de proyectos productivos. 6. Recibir capacitación en cuanto al manejo de riesgos industriales. ARTÍCULO 20º ESTIMULOS A LOS DIRECTIVOS, DOCENTES, ADMINISTRATIVOS Y PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES. 1. Reconocimiento público por actuaciones destacadas en representación del colegio. 2. Mención al mérito educativo con copia a la hoja de vida a quienes hayan cumplido eficientemente las labores inherentes a su cargo y no tenga llamados de atención durante el año escolar de conformidad a lo reglamentado por el consejo directivo. 3. Ser designado para asistir a cursos de actualización y/o capacitación. 4. Condecoraciones especiales 5. Programar actividades lúdicas pedagógicas para una mejor convivencia institucional. 6. Los que el consejo directivo considere conveniente. Página 26 de 53
  • 27. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL CAPITULO SEPTIMO: CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN (PROCESO ACADÉMICO). ARTÍCULO 21º El logro más importante de la Institución educativa es proporcionar que todos sus estudiantes aprendan y sean competitivos para forjar su proyecto de vida. ARTÍCULO 22º El año escolar esta dividido en cuatro (4) periodos de igual duración. ARTÍCULO 23º Son objetivos de la evaluación: Valorar el alcance y la obtención de logros, competencias y conocimientos por parte de los educandos. Determinar la promoción, o no, de los educandos en cada grado de la institución básica y media. Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los educandos que tengan dificultades en sus estudios. Suministrar información que contribuya a la auto evaluación, académica de la institución y a la actualización permanente de su plan de estudios. ARTÍCULO 24º En cada grupo de la institución educativa se conformará el comité Técnico de evaluación y promoción, el cual estará integrado por: dos (2) padres de familia no docentes de la institución, el director de grupo, el rector y/o coordinador de la sección y dos docentes. ARTÍCULO 25º El comité Técnico de evaluación y promoción tendrá las siguientes funciones: Conocer los resultados académicos de cada uno de los periodos, y al finalizar el año escolar, para emitir conceptos y recomendaciones sobre promociones y aprobaciones Establecer promoción anticipada, en el caso de alumnos con capacidades suficientes para ser promovidos al grado superior; o descenderlos al grado inmediatamente anterior en aquellos estudiantes que presenten dificultades para continuar el grado. Proponer las estrategias y actividades pedagógicas necesarias para superar las dificultades detectadas después de cada periodo académico. Elaborar actas, firmadas por los integrantes de la comisión, sobre las decisiones, observaciones y recomendaciones para posteriores decisiones acerca de la promoción de los educandos. Estudiar los casos de cada uno de los educandos, considerados para la repetición de un grado y decidir acerca de la promoción o reprobación. Los educandos promovidos por este sistema, sus evaluaciones finales no se podrán modificar. Página 27 de 53
  • 28. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL Artículo 26º: Se aprueba un área cuando el estudiante, al terminar el año lectivo, ha superado el 70% de los logros desarrollados y evaluados. Se aproxima al entero del decimal más cercano. PARÁGRAFO: Para cada área se programará un máximo de ocho (8) logros y un mínimo de cuatro (4), proporcional a la intensidad horaria. Artículo 27º: Se reprueba el año escolar cuando se obtiene valoración Bajo en tres (3) o mas áreas. PARÁGRAFO: Por ser la Institución de modalidad técnica industrial, en la media técnica no puede matricularse para el grado siguiente o graduarse hasta cuando se apruebe el área técnica industrial. ARTÍCULO 28º: Igualmente Se reprueba, cuando se obtiene valoración Bajo en matemáticas y lenguaje, durante dos (2) años consecutivos en la Educación Básica. ARTÍCULO 29º: Reprueban los educandos que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las actividades académicas del año escolar. Artículo 30º: Las actividades de recuperación se desarrollaran en el mismo periodo o en los periodos siguientes excepto en el cuarto (4) periodo, cuyas recuperaciones serán al finalizar este. Al final del año escolar con un criterio serio y autónomo del docente frente a las deficiencias básicas del estudiante, se realizaran actividades de recuperación o refuerzo mínimo de dos (2) semanas con acompañamiento del padre o acudiente cuando sea requerido. Parágrafo: Para el debido proceso se entenderá que una recuperación es aquella que está respaldada por un acta de acuerdo a formato institucional. Página 28 de 53
  • 29. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL CAPITULO OCTAVO: GOBIERNO ESCOLAR: PARTICIPO Y DECIDO. Para garantizar la participación activa de estudiantes, padres de familia o acudientes y profesores en la administración de la institución y mejorar procesos pedagógicos y en la práctica de valores ciudadanos, la institución ha organizado los siguientes organismos colegiados de acuerdo con el espíritu de la Constitución Nacional y la Ley General de Educación ARTÍCULO 31º: EL GOBIERNO ESCOLAR, constituido por: El Rector El Consejo Directivo El Consejo Académico ARTÍCULO 32º: EL CONSEJO DIRECTIVO, constituido por: El Rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente. Dos profesores, elegidos por mayoría en votación general de todos los profesores del colegio. No votan ni los coordinadores. Ni el rector. Dos Padres de Familia, elegidos por el consejo de padres. Un estudiante del Grado Once (11), elegido por el Consejo de Estudiantes. Un Ex-alumno, elegido de ternas que representen las organizaciones que aglutinen a la mayoría de ellos, o en su defecto por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes. Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local o subsidiariamente de las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo. El representante será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones. PARÁGRAFO 1: El Consejo Directivo debe integrarse dentro de los primeros sesenta (60) días calendario siguientes al de la iniciación de clases de cada período lectivo anual, deberá quedar integrado el Consejo Directivo y entrar en ejercicio de sus funciones. Con tal fin rector convocará con la debida anticipación a los diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes. ARTÍCULO 33º: EL CONSEJO ACADÉMICO, estará formado por: El rector, quien lo preside. Los coordinadores. Página 29 de 53
  • 30. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL Un Docente por cada área definida en el plan de estudios de secundaria y media. Dos Docentes de sección Central, uno la Francia y uno del sector rural PARÁGRAFO; las funciones del Consejo Directivo y Consejo Académico, están definidas en el Decreto 1860 de Agosto 3 de 1994. ARTÍCULO 34º: CONSEJO DE ESTUDIANTES, Es el máximo organismo de Dirección de los estudiantes y estará integrado por un estudiante de cada uno de los grados que ofrece la institución. El Consejo Directivo, deberá convocar dentro de las cuatro (4) primeras semanas del año académico, sendas asambleas integradas por los alumnos que cursan cada grado, con el fin de elegir de su seno, mediante votación secreta, su vocero estudiantil en éste Consejo para el año lectivo en curso. Corresponde al Consejo Estudiantil: Darse su propia organización interna. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo de la Institución y asesorarlo en el cumplimiento de su representación. Invitar a los estudiantes que por iniciativa propia presenten proyectos en beneficio de la vida estudiantil. Participar en las Asambleas de Curso, que así lo soliciten, delegando a uno de los miembros. Presentar iniciativas para el mejoramiento de las actividades deportivas, culturales o académicas de la Institución. Participar con sus delegados en los eventos a los que sean invitados. Las demás actividades o funciones que se den en su reglamento interno y que no vayan en contra del Manual de Convivencia. ARTÍCULO 35º: CONSEJO DE PADRES: El consejo de Padres de Familia, es un medio para asegurar la continua participación de los padres en el proceso pedagógico de la Institución y se conformará por un delegado de cada uno de los grupos que existan en la Institución. Dicho delegado será elegido por la Asamblea de Padres de cada grupo, constituyendo quórum con la asistencia de la mitad más uno del número total de padres de los estudiantes matriculados. La Asamblea de Padres de Familia será convocada dentro de los primeros sesenta (60) días de iniciado el año lectivo. FUNCIONES: Decreto 1286 del 27 de abril de 2005. Corresponde al consejo de Padres de familia: a. Contribuir con el Rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado. Página 30 de 53
  • 31. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL b. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de Estado realizadas por el ICFES. c. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad. d. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados. e. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para faciliatr el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño. f. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa. g. Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la Constitución y la Ley. h. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente. i. Elegir al padre de familia que participará en el comité técnico de evaluación y promoción. j. Presentar la propuestas de modificación del PEI que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14,15,y 16 del decreto 1860 de 1994. k. Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del establecimiento educativo. ARTÍCULO 36º: ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA: El consejo de padres a su vez se reúne dentro de los Diez (10) días siguientes a su elección y elige la Directiva de la Asociación de Padres de Familia. Esta a su vez nombra dos (2) representantes al Consejo Directivo. ARTÍCULO 37º: ELECCIÓN DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES: Dentro de los primeros treinta (30) días de iniciado el calendario académico, el rector de la Institución convocará a todos los estudiantes matriculados, a la elección del personero de los estudiantes. Dicha elección se realizará por el sistema de tarjetón con votación secreta y ganará el estudiante que tenga la mayoría simple de votación. PARÁGRAFO: El personero de los Estudiantes debe estar cursando grado once (11°) y debe ser un estudiante destacado por sus cualidades de líder, su compañerismo y su sensibilidad social. No debe tener antecedentes disciplinarios. ARTÍCULO 38º: FUNCIONES DEL PERSONERO: Las funciones del personero estudiantil son las señaladas en el artículo 94 de la Ley 115 del 8 de Febrero 1994. Para el mejor desarrollo de sus funciones, el Personero de los estudiantes asistirá por derecho propio a las reuniones del Consejo de Estudiantes, que actuará como organismo asesor del Personero Estudiantil en la defensa de los Derechos Humanos en la Institución. El Personero de los Estudiantes Página 31 de 53
  • 32. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL podrá participar en las Asambleas de Curso cuando sea invitado por la misma o por el Director de Grupo. ARTÍCULO 39º: Será nombrado un Consejo Electoral, conformado por: Un profesor del área de Ciencias Sociales Un representante del consejo Directivo Un representante del Consejo de Estudiantes Un representante de la Asociación de Padres de Familia. ARTÍCULO 40º: Son funciones del Consejo Electoral: Definir los requisitos que se deben reunir el alumno o el docente candidato para ser elegido Orientar el proceso de la presentación y elección de candidatos. Asesorar y orientar el desempeño de los elegidos ARTÍCULO 41º: CONTRALOR ESTUDIANTIL Atendiendo a la Ordenanza 032 del 24 de diciembre de 2008, en la IETCAS se elegirá un contralor estudiantil el cual tendrá las siguientes funciones: Contribuir en la creación de una cultura de control social, del cuidado y buen uso y manejo de los recursos de la institución a través de actividades formativas y/0 lúdicas, con el apoyo de la institución y de la Contraloría Departamental. Promover los derechos humanos relacionados con los principios de participación ciudadana y el ejercicio de control social en su institución con el apoyo de la contraloría departamental. Velar por el mejoramiento de la calidad educativa Promover la enseñanza, educación y respeto de los derechos humanos dentro y fuera de la IETCAS Preservar en la IE y fuera de ella un ambiente sano y libre de contaminación, así como la preservación de los recursos naturales. Presentar a la Contraloría Departamental las denuncias relacionadas con las presuntas irregularidades detectadas, con relación al uso de los recursos y bienes de la IE a la que pertenece. Solicitar las actas del Consejo Directivo para poder hacer seguimiento a las decisiones que se tomen sobre el uso de los bienes y recursos de la institución. Convocar trimestralmente y presidir las reuniones del Comité Estudiantil y de control social Presenta una rendición de cuentas semestralmente, sobre sus actuaciones en ejercicio de sus funciones. Las demás que le sean asignadas por la Contraloría Departamental. ARTÍCULO 42º: CONTRALORIA AUXILIAR El contralor auxiliar será el estudiante que obtenga la segunda votación en las elecciones y ejercerá las mismas funciones del contralor estudiantil en los casos de faltas temporales o absolutas. El Página 32 de 53
  • 33. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL contralor auxiliar debe vincularse al Comité estudiantil de control social del cual será su secretario Técnico. ARTÍCULO 43º: COMITÉ ESTUDIANTIL DE CONTROL SOCIAL Estará compuesto por un delegado de cada curso y apoyará en sus funciones y laborales al Contralor estudiantil. Se reunirá por lo menos trimestralmente por convocatoria del Contralor Estudiantil . El Contralor y el Contralor Auxiliar serán elegidos por un periodo fijo de un año el mismo día de la elección del Personero Estudiantil. Para tal efecto el Rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlos por el sistema de votación simple y mediante voto universal y secreto. PARÁGRAFO: Tanto el Contralor Estudiantil como el Contralor Auxiliar podrán ser reelegidos por un periodo mas salvo que el estudiante llegue al grado 11 en cuyo caso no podrá postularse. Revocatoria: Podrá revocarse el mandato del contralor por iniciativa de los estudiantes motivada por el incumplimiento de sus funciones. El ejercicio del cargo de Contralor Estudiantil equivaldrá a las horas de prestación del trabajo social estudiantil obligatorio siempre y cuando no haya sido revocado su mandato. Página 33 de 53
  • 34. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL CAPITULO NOVENO: FALTAS, CORRECTIVOS Y SANCIONES. Dentro del proceso de aprendizaje en la Institución educativa, la socialización es un aspecto esencial porque prepara a los y las estudiantes a integrarse de manera adecuada a la vida social mediante la adquisición e interiorización de las normas, habilidades y comportamiento para fortalecer la convivencia y el respeto. El sentido de la convivencia no se debe enmarcar solamente dentro del concepto de la sanción; si bien es cierto, esta hace parte fundamental del control social dentro la socialización del individuo, también debe ser formativa para que permita a la persona vivir con la diferencia; es decir, aceptarse como es y aceptar al otro dentro del respeto y la tolerancia, reconociendo que pertenecemos a un colectivo y por consiguiente, nuestras acciones individuales benefician o afectan a los demás por lo que somos sujetos de derechos pero también del cumplimiento de deberes para el fomento de la convivencia pacífica. A partir de lo anterior, es importante concebir a la Escuela como parte del proceso de formación y socialización de la persona, es por esta razón que es responsable y autónoma en definir y tipicar los parámetros y correctivos ante las conductas y comportamientos inadecuados que presentan los y las estudiantes en la institución. Por su parte se tendrá en cuenta las definiciones establecidas en la Ley 1620 de 2013 que establece en su Articulo 2: “Acoso escolar o bullying: es una conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo. Y los conceptos dados por el Decreto 1965 de 2013 en su Artículo 39 que define: 1. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses. 2. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados. Página 34 de 53
  • 35. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 3. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la Continuación del Decreto "Por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013, que crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para él Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar" comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica. a. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras. b. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas. c. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros. d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros. e. Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía. 4. Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente. por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno. 5. Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado ARTÍCULO 44º: FALTA: Es el incumplimiento de los deberes o la violación de los Derechos con el Estado, la familia y la Institución Educativa consagrados en este Pacto de convivencia. Las faltas se categoriza en: ARTÍCULO 45º: FALTAS LEVES DE LOS ESTUDIANTES: Son aquellos tipos de actitudes que impiden el normal desarrollo de las actividades pedagógicas o formativas. Son prácticas que no contribuyen a Página 35 de 53
  • 36. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL mantener el orden colectivo y dificultan el desarrollo de hábitos de estudio, organización y respeto hacia cada uno de los miembros que conforman la comunidad educativa. Consisten en las siguientes: 1. Llegar la tarde a la Institución y/o a las actividades programadas por esta. 2. Entrar y salir sin autorización del salón de clase, sitios donde se estén realizando actividades pedagógico y/o de la institución educativa y Entrar o salir de la Institución por lugares diferentes a la puerta principal habilitada para tal fin. 3. Consumir alimentos en clase o en formación. 4. Utilizar el uniforme de diario y de Educación física cuando no le corresponde. 5. Modificar el estilo del uniforme de Diario y/o de educación física en cualquiera de sus partes (medias, correa, zapatos, busos, sudadera, tenis, falda y blusa) 6. Inadecuada presentación personal 7. Falta de cuidado, orden y aseo de todas las dependencias de la institución 1. Emplear vocabulario soez, sobrenombres o cualquier gesto o palabra despectiva contra algún miembro de la comunidad. 8. Comportamiento inadecuado en la biblioteca, cafetería, talleres, restaurante, aulas especializadas y demás dependencias de la institución y fuera de ella. 9. Permanecer en zonas diferentes a las destinadas y autorizadas para el descanso. 10. Llegar tarde al salón después de los descansos, cambios de aula u otras actividades. 11. Llevar aditamentos como: Piercing, cachuchas, collares, busos o camisetas, etc diferente al uniforme. 12. Hacer sonar el timbre sin autorización 13. Abstenerse de entregar oportunamente a los padres de familia o representantes las circulares y citaciones que le sean enviadas. 14. Hacer uso del teléfono celular sin autorización del docente de aula en horas de clase. Así como la venta de minutos, correos de voz, mensajes y otros que atenten contra normal desarrollo de clase. 15. Subirse a espacios altos (árboles, barandas, paredes y otros) que pueden poner en peligro su integridad física. Página 36 de 53
  • 37. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 16. Utilizar en el aula objetos ajenos a la clase que interfieran el normal desarrollo de la misma. 17. Promover y participar en actividades económicas en beneficio particular sin previa autorización. 18. Permanencia clandestina en la institución al terminar los horarios establecidos. 19. Generar y/o apoyar la indisciplina o cualquier acto que interrumpa el normal desarrollo de las clases 20. Todo acto contra la ética, la moral y la sana convivencia escolar 21. Desacatar citaciones o recomendaciones de la Institución. 22. No acatar las indicaciones dadas por docentes y/o directivos 23. No traer los elementos requeridos para el normal desarrollo de las clases 24. Dañar intencionalmente jardines, zonas verdes, arboles y animales, implementos de la Institución, objetos de estudio, puertas, chapas partes eléctricas, material de trabajo, muros, ornamentación de la misma y otros. 25. Rayar o escribir en las paredes, baños, pupitres, aulas de clase y demás dependencias y objetos de la institución. 26. Hacer uso inadecuado de los celulares, computadores y/o tabletas interrumpiendo el normal funcionamiento de las clases 27. Esconder o dañar útiles e implementos (útiles escolares, medios electrónicos, maletines, bolsos y otros) a cualquier miembro de la comunidad educativa Parte de estas faltas corresponden a las situaciones tipo I que define el Decreto 1965 de 2013 en su artículo 40. ARTÍCULO 46º: FALTAS GRAVES DE LOS ESTUDIANTES: Son aquellos tipos de comportamiento que atenten contra la convivencia, los Derechos de las personas, los principios institucionales y la planta física, recursos humanos y pedagógicos, perturbando el normal desarrollo de la convivencia y las actividades de la institución educativa . La reincidencia en cinco (5) faltas leves iguales o diferentes, conlleva a que se convierta en una falta grave. Lo cual se determinara conforme a las anotaciones en el anecdotario de él o la estudiante. 1. Incumplir con los correctivos, llamados de atención o compromisos acordados. Página 37 de 53
  • 38. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 2. Efectuar agresiones verbales, físicas, gestuales, relacionales o electrónicas a cualquier miembro de la comunidad educativa, lo cual se encuentra consagrado en el Artículo 39 del Decreto 1965 del 11 Septiembre del 2013. 3. Incurrir en acoso escolar o ciber acoso contra uno o varios miembros de la institución educativa (El acoso se define como: Toda conducta negativa, intencional, metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente por parte de un estudiante o varios de sus pares o por parte de estudiantes contra docentes ante la indiferencia o complicidad de su entorno. Artículo 39 Decreto 1965 del 11 Septiembre del 2013). 4. Proferir amenazas que atenten contra la integridad física, ética o moral de cualquier miembro de la comunidad educativa. 5. Presentar documentos falsos con el fin de ingresar al plantel; suplantar; cometer fraudes en evaluaciones, trabajos o en documentos para obtener beneficios propios. 6. Promover y participar en peleas dentro y fuera de la institución. 7. Utilizar en el aula objetos o elementos peligrosos o de riesgo que interfieran con la sana convivencia de los integrantes de la comunidad educativa. 8. El hurto y/o robo comprobado de objetos o cualquier pertenencia de la comunidad Educativa. 9. Encubrir o participar en hechos que vayan en contra del buen funcionamiento y nombre de la institución. 10. Consumir, incitar y/o distribuir licor y/o sustancias psicoactivas dentro o fuera de la Institución o presentarse bajo estado de alicoramiento o bajo el efecto de sustancias psicoactivas portando el uniforme. 11. Entrar a las salas de profesores, oficinas administrativas y demás dependencias sin debida autorización. 12. Ocasionar situaciones que creen pánico dentro o fuera de la institución. Parte de estas faltas corresponden a las situaciones tipo II que define el Decreto 1965 de 2013 en su artículo 40. Página 38 de 53
  • 39. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL ARTÍCULO 47º: FALTAS GRAVISIMAS DE LOS ESTUDIANTES: Es toda conducta o actitud que lesiona o atenta contra la dignidad y la integridad física y psicológica de las personas, los valores individuales y colectivos de la institución educativa, así como tipo de conductas señaladas como delitos en la legislación colombiana. 1. Cometer hechos graves estipulados en la normatividad Colombiana vigente como: Atraco, robo,prostitución, corrupción de menores, hurto, chantaje, extorsión, lesiones personales, injuria, venta de estupefacientes, consumo de sustancias psicoactivas y otros) que atenten contra algún integrante de la comunidad educativa y/o la comunidad en general 2. Pertenecer a grupos o pandillas cuyo objetivo es cometer actos ilícitos, irrespetar o crear problemas sociales. 3. Chantaje moral o acoso sexual a cualquier miembro de la Comunidad educativa. 4. Intento o ejecución de soborno o extorsión, comprobado a cualquier miembro de la comunidad educativa. 5. Portar armas u otros elementos que puedan utilizarse contra la integridad física de las personas. 6. Promover y participar en juegos de azar y otros que impliquen apuestas de dinero o especie. 7. Utilizar artículos detonantes, sustancias químicas u otras lanzadas dentro o fuera del aula en actividades donde se presenten, con el propósito de causar daños o desorden. 8. Causar daño o lesiones físicas y/o psicológicas a la seguridad, la integridad personal o moral, la libertad, honra, la intimidad y el honor sexual , de cualquier miembro de la Comunidad educativa Y todas las demás que contravengan la normatividad vigente. Estas faltas corresponden a las situaciones tipo III que define el Decreto 1965 de 2013 en su artículo 40. ARTÍCULO 48º: FALTAS GRAVES DE LOS DOCENTES. Las contempladas en la Ley 734 del 2002 en su artículo 48. Y en los decretos 2277 y 1278. ARTÍCULO 49º: CORRECTIVOS Y SANCIONES Página 39 de 53
  • 40. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL Basados en los principios del debido proceso, de formación integral como fin de la educación y en la visión y misión institucional de formar ciudadanos útiles a la sociedad, respetuosos de los derechos ajenos y de los deberes propios, se establecen correctivos y sanciones aplicables a quienes incurran en comportamientos inadecuados o irregularidades. ARTÍCULO 50º: CORRECTIVOS PEDAGÒGICOS Son las respuestas formativas aplicables a las conductas inadecuadas que en materia leve, grave o gravísima afecten a uno o varios miembros de la comunidad educativa, la institución y la comunidad en general. Los alumnos que incumplan con sus deberes, abusen de los derechos o atenten contra las normas y prohibiciones descritas en este manual, serán objeto de los siguientes correctivos pedagógicos que configuran el debido proceso: Registro formativo: Realizada por el docente o directivo ante quien se cometió la falta. La amonestación deberá conducir a la reflexión sobre el comportamiento manifestado y a la definición de las estrategias que permitan enmendar la falta. Las faltas se registran especificando la fecha, el nombre del docente y del alumno o alumna, breve descripción de la falta, reflexión realizada y firma del alumno(a) y del profesor o directiva. En caso de que el alumno se niegue a firmar, podrá hacerlo el representante de grupo dejando constancia de ello en el registro La institución aplicará las siguientes acciones pedagógicas en caso de incumplimiento al Manual de convivencia: 1. Observaciones previas al estudiante. 2. Amonestación en privado 3. Citación al padre de familia o acudiente con remisión al Docente Orientador dejando Constancia escrita. 4. Actividad especial de reflexión y de compromiso 5. Suspensión temporal hasta por cinco (5) días, y suspensión de becas de estudio. 6. Cancelación de matrícula de uno (1) a tres (3) años. ARTÍCULO 51: Para determinar si la contravención de uno o de varios deberes del estudiante es falta leve o grave, se tendrá en cuenta los siguientes criterios del Manual de Convivencia Escolar: 1. La reiteración de la conducta Página 40 de 53
  • 41. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 2. El mayor o menor grado de escolaridad 3. El grado de culpabilidad o participación 4. La naturaleza de la falta y sus efectos, según los perjuicios causados a personas, al buen nombre de la institución o bienes de las personas o de la institución. 5. El reconocimiento voluntario de la familia y/o colaboración para clarificar las responsabilidades antes de iniciar cualquier procedimiento. 6. La iniciativa propia de inculpado de resarcir el daño o perjuicio antes de iniciar cualquier procedimiento. ARTÍCULO 52 . Para estos correctivos se tendrá en cuenta el Debido Proceso establecido en el Articulo 29 de la Constitución Nacional que determina: “..se aplicara a toda clase de actuaciones penales y administrativas. nadie podrá ser juzgado sino conforme a leyes pre existentes al acto que le imputa, ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio. quien fuera sindicado tendrá derecho a la defensa ….” Y que consiste en: 1. La comunicación formal de la apertura del proceso disciplinario a la persona a quien se imputan las conductas pasibles de sanción. 2. La formulación de los cargos imputados, que puede ser verbal o escrita, siempre y cuando en ella consten de manera clara y precisa las conductas, las faltas disciplinarias a que esas conductas dan lugar (con la indicación de las normas reglamentarias que consagran las faltas) y la calificación provisional de las conductas como faltas disciplinarias. 3. El traslado al imputado de todas y cada una de las pruebas que fundamentan los cargos formulados. 4. La indicación de un término durante el cual el acusado pueda formular sus descargos (de manera oral o escrita), controvertir las pruebas en su contra y allegar las que considere necesarias para sustentar sus descargos. 5. 5 El pronunciamiento definitivo de las autoridades competentes mediante un acto motivado y congruente. 6. La imposición de una sanción proporcional a los hechos que la motivaron; 7. La posibilidad de que el acusado pueda controvertir, mediante los recursos pertinentes, todas y cada una de las decisiones de las autoridades competentes". ST-301/96 (MP. Eduardo Cifuentes Muñoz). Los correctivos pueden ser: 1. El llamado de atención en privado y se registra la fecha en el observador Página 41 de 53
  • 42. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL 2. Llamado de atención con anotación de la falta y compromiso en el observador. 3. Notificación por escrito al padre o representante del estudiante sobre la situación presentada. 4. Firmar acta de compromiso por parte del estudiante y el acudiente 5. Remisión a la Docencia Orientación si la conducta inadecuada persiste. 6. Efectuar un servicio social y/o académico o practicar una abstención. 7. Aplicar la sanción respectiva Parágrafo - Si el correctivo impuesto es un compromiso (pagar, resarcir, o reparar ó asistencia conjunta de estudiante y padre o representante) el estudiante no será aceptado en clase mientras no se cumpla el compromiso. ARTÍCULO 53º: SANCIONES Tienen la finalidad de procurar eliminar de la Institución los factores, causas y consecuencias de conductas irregulares que se consideran inconvenientes o dañinas en el desarrollo del (P.E.I.) y el buen nombre de la comunidad educativa de nuestra institución. A quienes incurran en las conductas así consideradas podrán aplicarse uno o varios de las siguientes sanciones por cada conducta irregular: 1. Compromiso especial que debe cumplir el estudiante y el padre o su representante. 2. Obligación de pagar o indemnizar en determinado plazo. 3. Condicionamiento de observar determinada conducta dentro y fuera de la Institución educativa. 4. Suspensión temporal hasta por tres (3) días con la obligación de nivelar por su cuenta. 5. Retiro definitivo del establecimiento con cancelación de matricula. 6. Asistir el estudiante o los estudiantes infractores junto con sus padres o acudientes y el grupo familiar a la Docencia Orientación 7. Envío de la queja y pruebas a la Personería, Inspección de Policía, Fiscalía, comisaría de Familia y al Instituto de Bienestar Familiar, o ante la autoridad competente en el caso de que las conductas irregulares cometidas sean competencia de cualquiera de las autoridades Judiciales o Administrativas según la Ley. Parágrafo: La enumeración anterior implica gradualidad y su aplicación obedece a la gravedad de la falta considerada está de acuerdo a la oportunidad, circunstancia y personalidad de quien incurrió en la conducta inadecuada. Artículo 53º: PROCEDIMIENTOS Página 42 de 53
  • 43. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL Para garantizar la imparcialidad, la transparencia y el debido proceso en la aplicación de correctivos y sanciones se establecen los siguientes procedimientos. Artículo 54º: PROCEDIMIENTOS PARA APLICAR CORRECTIVOS FORMATIVOS: Comprenden las faltas leves y comportamientos que sin ser graves alteren la disciplina necesaria para el desarrollo de la clase y son aplicables por el profesor de la asignatura o por el director de curso: para correctivos 1, 2,3, y 4. Con profesor de la asignatura o director del curso, coordinador y orientador escolar para aplicar el correctivo 5 cuando fuere necesario. ARTÍCULO 55º: INDIVIDUALES: El Docente o Directivo, una vez conoce la falta o motivo, llamará al estudiante responsable y en su compañía analizarán las causas y consecuencias del comportamiento inadecuado. Al reincidente por segunda vez, además del análisis de la falta, sus causas y consecuencias se le harán la anotación en el observador del estudiante en su presencia, y recibirá orientación para mejorar su comportamiento. ARTÍCULO 56º: CON PARTICIPACION FAMILIAR: En caso de reincidir por tercera vez dentro del mismo año lectivo, se hará la anotación en el observador con el correspondiente análisis del comportamiento y las consecuencias delante de los compañeros del curso y en ese mismo acto se le entregará la comunicación dirigida al padre de familia o representante del estudiante con un informe suscrito de su comportamiento y la necesidad de firmar un compromiso especial con la Institución o la aplicación de una sanción si reincide en la conducta irregular. (Coordinadores). ARTÍCULO 57º: PROCESOS SANCIONATORIOS: Corresponde al Rector de la Institución su aplicación mediante Resolución motivada previo el concepto de no vinculante del Comité de Convivencia Escolar. ARTÍCULO 58º: PROCEDIMIENTO: Quién conozca el hecho o conducta irregular por un integrante de la comunidad educativa, informará al coordinador que corresponda o por escrito al Rector indicando la falta e individualizando en lo posible al responsable e indicará las pruebas que se pueden hacer valer. En el caso de que el informe sea recibido por el coordinador, este hará las verificaciones del caso y rendirá un informe escrito al Rector. Dentro de los dos (2) días siguientes al recibo de la anterior documentación el Rector citará al estudiante, al padre o representante de este si se trata de estudiante y al Personero Estudiantil para que asistan al día y hora que se les fije dentro de los diez (10) días siguientes. En esta reunión el Rector hace el análisis del comportamiento irregular del estudiante, y sus consecuencias (posibles acciones) se harán referencia a la comunicación que le fue enviada al padre o representante del estudiante y objeto de la misma. Página 43 de 53
  • 44. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COLOMBO ALEMÁN "SCALAS" PACTO DE CONVIVENCIA Y COMPROMISO SOCIAL El estudiante y su padre o representante harán los descargos. De esta reunión se levantará acta que hará parte de la hoja de vida y del observador del estudiante que lleva la Institución. Si la sanción a imponer fuera solamente correctiva o formativa el Rector tomará la decisión al finalizar la reunión. Sí la decisión a tomar fuere sancionatoria debido a la gravedad de la falta, el Rector, mediante citación integrará el Comité de Convivencia Escolar para que conozca el caso y rinda concepto antes de proferir la correspondiente Resolución. En todo caso, cuando un estudiante sea sancionado con expulsión del establecimiento educativo tendrá antes la oportunidad de ser tratado por profesionales en psicología y/o psiquiatría remitidos al ICBF, al Hospital especializado granja Integral (HEGI) u otro organismo que colabore interinstitucionalmente en las problemáticas de comportamiento social. Parágrafo: PROTOCOLO DE ATENCIÓN: LEY 1620 DE 2013 Y DECRETO 1965 DE 2013 Este protocolo propone rutas de atención en la prevención y atención de situaciones críticas que afectan la convivencia escolar y la integridad de los miembros de las comunidades educativas, especialmente la niñez y la adolescencia; parte de principios fundamentales como es la protección de la infancia, la garantía y restitución de derechos, la seguridad como un derecho fundamental, la seguridad ciudadana y la corresponsabilidad de entidades y comunidades locales, que rodean a la escuela. La necesidad parte de fortalecer los apoyos interinstitucionales en la Institución Educativa que requieren, además de legitimar y oficializar las rutas de atención y prevención en situaciones críticas con que se enfrentan. PRINCIPIOS DEL SISTEMA ART. 5 LEY 1620 DE 2013 1. Participación. En virtud de este principio las entidades y establecimientos educativos deben garantizar su participación activa para la coordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la Ley 115 de 1994 y de los artículos 31, 32, 43 y 44 de la Ley 1098 de 2006, los establecimientos educativos deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía con los artículos 113 y 288 de la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deben actuar en el marco de la coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad; respondiendo a sus funciones misionales. 2. Corresponsabilidad. La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de la Infancia y la Adolescencia. Página 44 de 53