El documento trata sobre lesionología y reconocimiento médico legal. Explica que la lesionología estudia los diferentes tipos de lesiones y reconocimiento médico legal. Luego describe el procedimiento de reconocimiento médico legal, los métodos, técnicas empleadas y clasificación de lesiones según su morfología, mecanismo de producción y en el código penal. Finalmente, detalla características de diferentes tipos de lesiones como contusiones, heridas, quemaduras y deformación de rostro.
Reconocimiento médico legal y clasificación de lesiones
1. LESIONOLOGIA
Parte de la medicina legal que se encarga del estudio de los
diferentes tipos de lesiones asi como de conocer los diferentes
tipos de reconocimiento médico legal
Alumnas:
Cruzado Espinoza Cinthia
Encalada Zapata Astrid
2. RECONOCIMIENTO MEDICO LEGAL
Es un procedimiento médico de implicancia legal.
Solicitado por la autoridad competente o la
defensoria en personas en procesos judiciales.
Lo realiza cualquier médico en ausencia de un
médico leguista(medico del MINSA→medico de la
FAP→Medico de ESSALUD→medico
particular→otro prof. De la salud).
Se realiza de acuerdo al codigo de procedimientos
legales.
El resultado se emite en certificado medico legal o
informe pericial.
3. METODO: Descriptivo simple, siguiendo el
método cientifico.
TECNICA:
Estudio de la lesión
Mecanismo de producción de la lesión.
Determinación del agente agresor
Valoracion del daño corporal
Baremacion o indenmización.
4.
5. LESIONES
Es la alteración en la estructura anatómica
o en la función de un órgano o tejido.
Daño en el cuerpo o en la salud.
Clasificacion:
Lesiones dolosas.
Lesiones culposas.
6.
7. LESIONES EN EL CODIGO CIVIL
ART. 1985º CONTENIDO DE LA
INDEMNIZACION: la indemnización comprende
las consecuencias que deriven de la acción u
omisión generadora del daño, incluyendo el
lucro cesante, el daño a la persona y el daño
moral, debiendo existir una relación de
causalidad adecuada entre el hecho y el daño
producido. El monto de la indemnización
devenga intereses legales desde la fecha en
que se produjo el daño.
8. LESIONES EN EL CODIGO PENAL
ART. 121º: LESIONES GRAVES: El que causa a otro
daño grave en el cuerpo o en la salud será reprimido con
ppl no menor de tres ni mayor de ocho años, se
consideran lesiones graves:
Las que ponen en peligro inminente la vida de la victima
Las que mutilan un miembro u órgano principal del cuerpo o lo
hacen impropio para su función, causan a una persona
incapacidad para el trabajo, invalidez o anomalía psíquica
permanente o la desfiguran de manera grave y permanente.
Las que infieren cualquier otro daño a la integridad corporal, o a
la salud física o mental de una persona que requiere treinta o
mas días de asistencia o descanso, según prescripción
facultativa.
9. ART. 122º LESIONES LEVES: el que
causa a otro un daño en el cuerpo o en la
salud que requiera de mas de diez días y
menos de treinta días de asistencia o
descanso según prescripción facultativa,
será reprimido con ppl no mayor de dos
años y con sesenta a ciento cincuenta
días-multa.
Cuando la victima muere a consecuencia de
la lesión y el agente pudo prever este
resultado, la pena será no menor de tres ni
mayor de seis años.
10. Clasificación según la morfología
Externas.
Contusiones
Apergaminamiento
Excoriación
Equimosis
Hematoma
Lesión o herida contuso propiamente dicha
Scalp
Arrancamiento
Decapitación
Descuartizamiento.
Heridas o lesiones cortante
Heridas o lesiones punzantes
Heridas o lesiones punzo cortantes
Heridas o lesiones contuso cortantes
Internas.
Hematoma
Derrame
Hemorragia
Laceración o desgarro
Estallido
Fractura.
11. Clasificación según la morfología:
Contusiones simples:
Tumefacción o edema (hinchazón)
Equimosis (cardenal o moretón)
Excoriación (raspadura, arañazo, erosión,
excoriación ungueal)
Petequia
Hematoma
Derrame sanguineo
Derrame seroso (linfático)
Sufusión sanguinea.
12. Contusiones complejas:
Mordeduras
Mordedura de ataque
Mordedura de defensa
Mordedura pasional
Arrancamiento
Aplastamiento
Precipitación y caida
26. Hematomas en riel
Múltiples hematomas "en riel" en región dorsal y lumbar provocadas por
agresión con bastón policial. La erosiones lineales fueron provocadas por
puntapiés
36. Clasificación según el mec. de producción:
Segun la cinetica del agente agresor
Mecanismo activo: el agente agresor viaja
hacia la victima (golpe).
Mecanismo pasivo: la victima va hacia el
objeto agresor (choque).
Segun el lugar de impacto:
Mecanismo directo
Mecanismo indirecto
37. DATA DE LAS CONTUSIONES
Rojo oscuro o broncíneo:
equimosis recientes de pocos momentos u horas.
Negruzco: del 2º al 3º día.
Azul: del 4º al 6º día.
Verdoso: del 7º al 14º día.
Amarillo: mas de 15º día.
38. HERIDAS CONTUSAS:
Bordes o labios tortuosos o irregulares
Bordes o labios hacia dentro (invertidos)
Pared irregular
Fondo o lecho irregular
Presencia de “puentes dermicos”
Puede haber. tumefaccion,equimosis o
excoriación periférica.
39. HERIDAS CORTANTES
Son soluciones de continuidad de los tej. Producidas
por deslizamiento de un objeto con filo.
Caracteristicas:
Tienen cola de entrada y cola de salida
Bordes o labios netos
Bordes o labios hacia afuera (evertidos)
Pared lisa, regular
Fondo o lecho regular, neto, mas profundo en la
cola de entrada
Pueden presentar edema, equimosis
40.
41. HERIDAS PUNZANTES
Son aquellas producidas por objetos con
punta.
Caracteristicas:
Tiene orificio o herida de entrada
Tiene un trayecto
Pared irregular
Fondo de saco
Puede tener orificio o herida de salida
Puede tener anillo de contusión.
42.
43. HERIDAS PUNZOCORTANTES
Son una combinación de las anteriores
Caracteristicas:
Bordes o labios, regulares o netos
Cola de entrada o extremo agudo
Cola de salida o extremo obtuso
Orificio de entrada en forma de pecesito
Trayecto o pared lisa o regular
Fondo de saco
Puede tener orificio de salida con bordes
hacia afuera
44. HERIDAS CONTUSO CORTANTES
Son producidas por objetos que actuan por su
propio peso y tienen un filo.
Caracteristicas:
Bordes o labios regulares o netos.
Cola de entrada y de salida similares
Pared lisa o regular
Fondo o lecho en angulo, con la parte central
más profunda
Variedades: heridas a colgajo o heridas de
defensa.
45.
46. HERIDAS POR P.A.F. (BALA)
HERIDAS POR AGENTES FISICOS Y
QUIMICOS:El daño y la muerte se
producen cuando los tejidos se mantienen
a temperaturas inferiores a 22 °C o
superiores a 45°C
Heladuras
1° grado: hay eritema
2° grado: cuando se formas vesiculas
3° grado: cuando se presenta necrosis
47.
48. Quemaduras:
1° grado: eritema
2° grado: flictema
3° grado: escara
4° grado: hasta tejido celular subcutaneo
5° grado: hasta musculo
6° grado: hasta el hueso
49.
50.
51.
52.
53.
54. DESFIGURACION DE ROSTRO
Latín rostrum. Pico, cara
Rostro: Es un concepto estético, médico legal y jurídico, que comprende desde el
inicio de la inserción del cabello (Triquium) o la sutura frontobiparietal (para los
calvos), el mentón, la cara anterior de los pabellones auriculares, la cara anterior y
lateral del cuello (esternocleidomastoideo - borde del músculo trapecio) hasta el
ángulo de Louis.
Deformación permanente del rostro: lesión permanente y visible a una distancia
social (60 cm.) que produce perdida del equilibrio estético del rostro.
Desemejar, afear, ajar la composición, orden y hermosura del semblante y de las
afecciones, de manera temporal o permanente; el mismo que es considerado como
un termino jurídico.
La evaluación debe realizarse habiendo transcurrido como mínimo 90 días a partir de
la fecha de producida la lesión o realizada la primera evaluación médica de lesiones.
Se consideran 90 días, teniendo en cuenta el proceso natural de cicatrización de los
tejidos en su primera fase.
55. En los casos de pérdida de sustancia y/o amputación
traumática, de una o más áreas y/o estructuras
anatómicas del rostro, pérdida de dos o más piezas
dentarias que involucre incisivos y/o caninos; el médico
puede determinar que la lesión descrita, constituye
deformación de rostro, sin necesidad de esperar los 90
días.
La evaluación debe ser realizada bajo luz natural o luz
artificial blanca (halógena), y a una distancia social de
60cm.
56. El código procesal penal en su Art. 243º y
el nuevo código procesal penal en su Art.
199º señala: en casos de lesiones
corporales se exigirá que el perito
determine el arma o instrumento que lo
haya ocasionado, y si dejaron o no
deformidades y señales permanentes en
el rostro
61. Se aprecia asimetría, pérdida de la armonía y alteración de la mímica facial permanente visible a la
distancia social, secuela de parálisis facial unilateral izquierda, lo cual constituye deformación
permanente de rostro.