CONTUSIONES
           COMPLEJAS

MEDICINA LEGAL    Medicina - 1004
• Dos o más mecanismos de contusión
• Acciones lesivas no contundentes
• Se clasifican en:
  1. Arrancamientos
  2. Aplastamientos
  3. Mordeduras
  4. Caída y precipitación
  5. Accidentes de tráfico
• Violenta tracción
• Piel y tejidos subyacentes
• Etiología accidental
• Carácter de accidente laboral
• Operación de maquinaria:
   1. Transporte
   2. Engranaje
   3. Ruedas
• Partes ordinarias
• Extremidades*
• Partes distantes o
  todo el miembro
• Mecánica de arrancamiento
   1. Compresión: profunda
   2. Presa
   3. Tracción
• Extensión de la lesión:
   1. Todos los planos
   2. Superficiales  Avulsión
• Características:
    Lesiones irregulares
       Depende del mecanismo
       Resistencia de tejidos

    Bordes “deshilachados”
    Poco sangrantes (?)
• “Piel cede muchísimo, más aún los tendones, y
  casi nada los huesos”
• Prominencias  Restos de tejidos  “Flecos”
• Lesión típica: “Scalp”
• Victima apresada por el cabello
• Arrancamiento de cabellera y piel cabelluda
• Muy frecuente
• Pronóstico: Muy grave
• Sangran poco (?), pero se acompañan de
  conmoción y shock
• Infecciones
• Tracción violenta sobre la piel y tejidos
  subyacentes
• Compresión ejercida por dos superficies
• Irregulares*
• Activas, activa-pasiva, pasivas.
• Accidental
• Origen laboral
• Paso sobre el cuerpo
  de vehículos pesados:
    1. Carruajes
    2. Camiones
    3. Locomotoras

•   En otros casos:
     Entre dos móviles
     Móvil y plano fijo

•   Etiología suicida u
    homicida
• Mecanismo:
   Acción de una fuerza en dos superficies opuestas
   Destrucción de partes profundas
   Trabajo = Potencia
   Esqueleto  Esquirlas
   Actúan desde dentro concurriendo con el agente
    traumático en la destrucción de partes blandas
   Pulpa
   Tejido más resistente: Piel!
   Puente
• En cavidad esplácnica:
   •   Muy grave
   •   Estallamiento
   •   Avulsión
   •   Trituración

• Hemorragias internas
• Volumen variable
• Órganos afectados
• Frecuentemente mortal*  Shock traumático
• “Aquella que se produce en el mismo plano de
  sustentación del sujeto, o cuando se desploma
  desde su propia altura sobre el suelo”
• No es confundir con “precipitación”
• Distintas consecuencias desde el punto de vista
  lesional: caída leve y caída de altura
• Controversia en la definición de una y otra
• “Insuficiente”
• Clasificación de Remón/Kernbach/Hurghistu:
  “Participación del factor celeridad en la dinámica”
   1. Caída simple o estática
   2. Caída complicada
   3. Caída fásica
   4. Caída acelerada
   5. Caída posmortal
• Aún con la clasificación, quedan aspectos
  médicos y legales sin cubrir/justificar
• Factores:
   1.   Superficie
   2.   Altura
   3.   Tiempo
   4.   Espacio
   5.   Distribución

• PRONÓSTICO
• No es lo mismo que la caída
• Plano de choque más
  bajo que el de susten-
  tación del sujeto
• Mayor energía
• Extiende a todo el
  cuerpo
• Otros factores lesivos: fuerza de gravedad,
  fuerzas propulsivas, peso adicional, inespecíficos
• Tipos de lesiones:
    1. Lesiones cutáneas
    2. Esqueléticas
    3. Viscerales

•   Pronóstico
•   Otros tipos de precipitación:
    1. Postmortal
    2. De accidentes de trabajo  Salud del individuo
Encuadre de Lesiones de acuerdo al
      código penal vigente

Libro II
  Título I: Delitos contra la vida y
  la salud personal.

     Capítulo 2: Lesiones.
     Capítulo 3: Disposiciones comunes al
     homicidio y lesiones.
Capítulo 1
• Artículo 136.-Comete el delito de lesiones
  quien causa a otro una alteración en su salud.
Capítulo 1
• Artículo 137.-Las lesiones que no pongan en peligro la vida del ofendido se
  sancionarán de la manera siguiente:
    – I. Con prisión de quince días a seis meses o multa hasta de cincuenta días de
      salario, cuando tarden en sanar hasta quince días;
    – II. De dos meses a dos años de prisión y multa hasta de sesenta días de salario,
      cuando tarden en sanar más de quince días;
    – III. De dos a cinco años de prisión y multa hasta de ochenta días de salario,
      cuando dejen al ofendido cicatriz perpetua y notable en la cara;
    – IV. De tres a seis años de prisión y multa hasta de ochenta días de salario,
      cuando resulte una perturbación de alguna función u órgano;
    – V. De cinco a ocho años de prisión y multa hasta de cien días de salario,
      cuando produzcan al ofendido la pérdida definitiva de cualquier extremidad,
      órgano o función orgánica; causen una enfermedad probablemente incurable
      o una deformidad incorregible; y
    – VI. De cinco a doce años de prisión y multa hasta de cien días de salario,
      cuando ocasionen incapacidad permanente para trabajar.
Capítulo 1
• Artículo 138.-A quien infiera lesiones que pongan
  en peligro la vida se le impondrán de tres a diez
  años de prisión y multa hasta de cien días de
  salario, sin perjuicio de las sanciones que les
  correspondan conforme al artículo anterior, con
  excepción de lo dispuesto en sus fracciones I y II.

• Artículo 139.-Cuando las lesiones sean
  calificadas, se aumentarán las sanciones hasta en
  dos terceras partes del máximo de las que
  corresponderían a las lesiones simples.
Capítulo 1
• Artículo 140.-Al que infiera dolosamente lesiones a sus
  parientes, cónyuge, concubina o concubinario, sabiendo
  esa relación, se le aumentarán hasta seis años de prisión y
  multa hasta de ciento cincuenta días de salario en las
  sanciones que corresponderían con arreglo a los artículos
  precedentes.

• Artículo 141.-Cuando en la comisión de las lesiones
  intervengan dos o más individuos y no conste quién o
  quiénes fueron los autores de aquéllas se les impondrán
  desde tres meses hasta las tres cuartas partes del máximo
  de la sanción que correspondería al delito de lesiones
  cometido según su modalidad y multa hasta de setenta y
  cinco días de salario.
Capítulo 1
• Artículo 142.-Los propietarios o poseedores de animales
  que causen lesiones o muerte a personas, serán
  responsables a título de culpa. Si fueren a consecuencia de
  su acción, el delito se considerará doloso.

• Artículo 143.- Las lesiones que se produzcan de manera
  culposa se perseguirán por querella, excepto las que se
  ocasionen por el conductor de un vehículo en movimiento
  que al conducir se hubiere hallado en estado de ebriedad o
  bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos o
  cualquiera otra sustancia tóxica o haya abandonado a la
  víctima.
Capítulo 2
• Artículo 144.-El homicidio y las lesiones tendrán
  el carácter de calificadas cuando se cometan:
   – I. Con premeditación, alevosía, ventaja o traición;
   – II. Por retribución dada o prometida;
   – III. Dolosamente mediante inundación, incendio,
     minas, bombas, explosivos, radiación o liberación de
     sustancias nocivas o gases;
   – IV. Con saña, crueldad o por depravación;
   – V. Por asfixia, envenenamiento o empleo de cualquier
     sustancia nociva para la salud; o
   – VI. Por contagio intencional de una enfermedad
     incurable.
Capítulo 2
• Artículo 145.-Cuando los delitos de homicidio
  o lesiones se cometan en lugar concurrido por
  personas ajenas a los hechos y que pudieren
  resultar heridas o muertas, se aumentarán las
  sanciones correspondientes hasta en cinco
  años la prisión y la multa hasta en cien días de
  salario.
Capítulo 2
• Artículo 146.-Además de las sanciones que
  señalan los artículos anteriores, el juez podrá,
  si lo creyere conveniente:
  – I. Declarar al reo sujeto a la vigilancia de la
    autoridad; o
  – II. Prohibirle ir a una circunscripción territorial
    determinada o residir en ella.

Contusiones complejas

  • 1.
    CONTUSIONES COMPLEJAS MEDICINA LEGAL Medicina - 1004
  • 2.
    • Dos omás mecanismos de contusión • Acciones lesivas no contundentes • Se clasifican en: 1. Arrancamientos 2. Aplastamientos 3. Mordeduras 4. Caída y precipitación 5. Accidentes de tráfico
  • 3.
    • Violenta tracción •Piel y tejidos subyacentes • Etiología accidental • Carácter de accidente laboral • Operación de maquinaria: 1. Transporte 2. Engranaje 3. Ruedas
  • 4.
    • Partes ordinarias •Extremidades* • Partes distantes o todo el miembro • Mecánica de arrancamiento 1. Compresión: profunda 2. Presa 3. Tracción
  • 5.
    • Extensión dela lesión: 1. Todos los planos 2. Superficiales  Avulsión
  • 6.
    • Características:  Lesiones irregulares  Depende del mecanismo  Resistencia de tejidos  Bordes “deshilachados”  Poco sangrantes (?) • “Piel cede muchísimo, más aún los tendones, y casi nada los huesos” • Prominencias  Restos de tejidos  “Flecos”
  • 7.
    • Lesión típica:“Scalp” • Victima apresada por el cabello • Arrancamiento de cabellera y piel cabelluda • Muy frecuente • Pronóstico: Muy grave • Sangran poco (?), pero se acompañan de conmoción y shock • Infecciones
  • 8.
    • Tracción violentasobre la piel y tejidos subyacentes • Compresión ejercida por dos superficies • Irregulares* • Activas, activa-pasiva, pasivas. • Accidental • Origen laboral
  • 10.
    • Paso sobreel cuerpo de vehículos pesados: 1. Carruajes 2. Camiones 3. Locomotoras • En otros casos:  Entre dos móviles  Móvil y plano fijo • Etiología suicida u homicida
  • 11.
    • Mecanismo:  Acción de una fuerza en dos superficies opuestas  Destrucción de partes profundas  Trabajo = Potencia  Esqueleto  Esquirlas  Actúan desde dentro concurriendo con el agente traumático en la destrucción de partes blandas  Pulpa  Tejido más resistente: Piel!  Puente
  • 12.
    • En cavidadesplácnica: • Muy grave • Estallamiento • Avulsión • Trituración • Hemorragias internas • Volumen variable • Órganos afectados • Frecuentemente mortal*  Shock traumático
  • 13.
    • “Aquella quese produce en el mismo plano de sustentación del sujeto, o cuando se desploma desde su propia altura sobre el suelo” • No es confundir con “precipitación” • Distintas consecuencias desde el punto de vista lesional: caída leve y caída de altura • Controversia en la definición de una y otra • “Insuficiente”
  • 14.
    • Clasificación deRemón/Kernbach/Hurghistu: “Participación del factor celeridad en la dinámica” 1. Caída simple o estática 2. Caída complicada 3. Caída fásica 4. Caída acelerada 5. Caída posmortal
  • 15.
    • Aún conla clasificación, quedan aspectos médicos y legales sin cubrir/justificar • Factores: 1. Superficie 2. Altura 3. Tiempo 4. Espacio 5. Distribución • PRONÓSTICO
  • 16.
    • No eslo mismo que la caída • Plano de choque más bajo que el de susten- tación del sujeto • Mayor energía • Extiende a todo el cuerpo • Otros factores lesivos: fuerza de gravedad, fuerzas propulsivas, peso adicional, inespecíficos
  • 17.
    • Tipos delesiones: 1. Lesiones cutáneas 2. Esqueléticas 3. Viscerales • Pronóstico • Otros tipos de precipitación: 1. Postmortal 2. De accidentes de trabajo  Salud del individuo
  • 18.
    Encuadre de Lesionesde acuerdo al código penal vigente Libro II Título I: Delitos contra la vida y la salud personal. Capítulo 2: Lesiones. Capítulo 3: Disposiciones comunes al homicidio y lesiones.
  • 19.
    Capítulo 1 • Artículo136.-Comete el delito de lesiones quien causa a otro una alteración en su salud.
  • 20.
    Capítulo 1 • Artículo137.-Las lesiones que no pongan en peligro la vida del ofendido se sancionarán de la manera siguiente: – I. Con prisión de quince días a seis meses o multa hasta de cincuenta días de salario, cuando tarden en sanar hasta quince días; – II. De dos meses a dos años de prisión y multa hasta de sesenta días de salario, cuando tarden en sanar más de quince días; – III. De dos a cinco años de prisión y multa hasta de ochenta días de salario, cuando dejen al ofendido cicatriz perpetua y notable en la cara; – IV. De tres a seis años de prisión y multa hasta de ochenta días de salario, cuando resulte una perturbación de alguna función u órgano; – V. De cinco a ocho años de prisión y multa hasta de cien días de salario, cuando produzcan al ofendido la pérdida definitiva de cualquier extremidad, órgano o función orgánica; causen una enfermedad probablemente incurable o una deformidad incorregible; y – VI. De cinco a doce años de prisión y multa hasta de cien días de salario, cuando ocasionen incapacidad permanente para trabajar.
  • 21.
    Capítulo 1 • Artículo138.-A quien infiera lesiones que pongan en peligro la vida se le impondrán de tres a diez años de prisión y multa hasta de cien días de salario, sin perjuicio de las sanciones que les correspondan conforme al artículo anterior, con excepción de lo dispuesto en sus fracciones I y II. • Artículo 139.-Cuando las lesiones sean calificadas, se aumentarán las sanciones hasta en dos terceras partes del máximo de las que corresponderían a las lesiones simples.
  • 22.
    Capítulo 1 • Artículo140.-Al que infiera dolosamente lesiones a sus parientes, cónyuge, concubina o concubinario, sabiendo esa relación, se le aumentarán hasta seis años de prisión y multa hasta de ciento cincuenta días de salario en las sanciones que corresponderían con arreglo a los artículos precedentes. • Artículo 141.-Cuando en la comisión de las lesiones intervengan dos o más individuos y no conste quién o quiénes fueron los autores de aquéllas se les impondrán desde tres meses hasta las tres cuartas partes del máximo de la sanción que correspondería al delito de lesiones cometido según su modalidad y multa hasta de setenta y cinco días de salario.
  • 23.
    Capítulo 1 • Artículo142.-Los propietarios o poseedores de animales que causen lesiones o muerte a personas, serán responsables a título de culpa. Si fueren a consecuencia de su acción, el delito se considerará doloso. • Artículo 143.- Las lesiones que se produzcan de manera culposa se perseguirán por querella, excepto las que se ocasionen por el conductor de un vehículo en movimiento que al conducir se hubiere hallado en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos o cualquiera otra sustancia tóxica o haya abandonado a la víctima.
  • 24.
    Capítulo 2 • Artículo144.-El homicidio y las lesiones tendrán el carácter de calificadas cuando se cometan: – I. Con premeditación, alevosía, ventaja o traición; – II. Por retribución dada o prometida; – III. Dolosamente mediante inundación, incendio, minas, bombas, explosivos, radiación o liberación de sustancias nocivas o gases; – IV. Con saña, crueldad o por depravación; – V. Por asfixia, envenenamiento o empleo de cualquier sustancia nociva para la salud; o – VI. Por contagio intencional de una enfermedad incurable.
  • 25.
    Capítulo 2 • Artículo145.-Cuando los delitos de homicidio o lesiones se cometan en lugar concurrido por personas ajenas a los hechos y que pudieren resultar heridas o muertas, se aumentarán las sanciones correspondientes hasta en cinco años la prisión y la multa hasta en cien días de salario.
  • 26.
    Capítulo 2 • Artículo146.-Además de las sanciones que señalan los artículos anteriores, el juez podrá, si lo creyere conveniente: – I. Declarar al reo sujeto a la vigilancia de la autoridad; o – II. Prohibirle ir a una circunscripción territorial determinada o residir en ella.