Este documento resume la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en Venezuela. Establece los principios y organización de los órganos que conforman esta jurisdicción, incluyendo la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, los Juzgados Nacionales, Superiores Estadales y de Municipio. Detalla los requisitos para ser juez, sus competencias territoriales y las atribuciones de la máxima instancia que es la Sala Político-Administrativa.
La Ley Orgánica Contencioso Administrativo establece la organización y competencia de los órganos de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en Venezuela. Los principales órganos son la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. El documento describe los requisitos para ser juez en cada uno de estos órganos y especifica su competencia territorial
Ley organica de la jurisdiccion contencioso administrativajosemgimenez
Este documento resume los artículos 1 al 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de Venezuela. Establece los principios de los órganos de la jurisdicción como la imparcialidad y transparencia. Describe la organización de los tribunales, incluyendo la Sala Político-Administrativa como máxima instancia y los juzgados nacionales, estadales y municipales. Explica los requisitos para ser juez en cada nivel y la distribución territorial de los tribunales. Finalmente, detalla la competencia
Este documento establece la organización y competencias de los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa en Venezuela. Define los principios de imparcialidad, oralidad, publicidad e inmediación que rigen estos órganos. Describe la estructura de la jurisdicción contencioso administrativa, incluyendo la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, los Juzgados Nacionales, los Juzgados Superiores Estadales y los Juzgados de Municipio. Asigna competencias específicas a cada uno de est
El documento habla sobre la jurisdicción del contencioso administrativo en Venezuela. Explica que es la jurisdicción encargada de controlar la legalidad de la administración pública y proteger los derechos de los ciudadanos. Describe los principios, objetivos, entes controlados, competencias y órganos que componen esta jurisdicción como la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia y los juzgados nacionales, estadales y municipales de contencioso administrativo.
Este documento resume la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de Venezuela. Establece los principios, estructura y competencias de los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa en Venezuela, incluyendo la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y los Juzgados de Municipio de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. También describe los requisitos para ser juez en estos órganos.
Este documento resume los principales aspectos de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de Venezuela. Regula la organización y funcionamiento de los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa, incluyendo la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, los Juzgados Nacionales, Superiores Estadales y de Municipio. También establece los principios rectores, competencias y requisitos para ser juez en estos órganos.
Este documento resume las características y funciones del municipio en México. Explica que el municipio es la división territorial y base de la organización política y administrativa del país. Los municipios son gobernados por ayuntamientos electos popularmente y tienen personalidad jurídica y patrimonio propios. Entre sus funciones principales se encuentran la prestación de servicios públicos a nivel local y la formulación de planes de desarrollo municipal.
La Ley Orgánica Contencioso Administrativo establece la organización y competencia de los órganos de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en Venezuela. Los principales órganos son la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. El documento describe los requisitos para ser juez en cada uno de estos órganos y especifica su competencia territorial
Ley organica de la jurisdiccion contencioso administrativajosemgimenez
Este documento resume los artículos 1 al 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de Venezuela. Establece los principios de los órganos de la jurisdicción como la imparcialidad y transparencia. Describe la organización de los tribunales, incluyendo la Sala Político-Administrativa como máxima instancia y los juzgados nacionales, estadales y municipales. Explica los requisitos para ser juez en cada nivel y la distribución territorial de los tribunales. Finalmente, detalla la competencia
Este documento establece la organización y competencias de los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa en Venezuela. Define los principios de imparcialidad, oralidad, publicidad e inmediación que rigen estos órganos. Describe la estructura de la jurisdicción contencioso administrativa, incluyendo la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, los Juzgados Nacionales, los Juzgados Superiores Estadales y los Juzgados de Municipio. Asigna competencias específicas a cada uno de est
El documento habla sobre la jurisdicción del contencioso administrativo en Venezuela. Explica que es la jurisdicción encargada de controlar la legalidad de la administración pública y proteger los derechos de los ciudadanos. Describe los principios, objetivos, entes controlados, competencias y órganos que componen esta jurisdicción como la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia y los juzgados nacionales, estadales y municipales de contencioso administrativo.
Este documento resume la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de Venezuela. Establece los principios, estructura y competencias de los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa en Venezuela, incluyendo la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y los Juzgados de Municipio de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. También describe los requisitos para ser juez en estos órganos.
Este documento resume los principales aspectos de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de Venezuela. Regula la organización y funcionamiento de los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa, incluyendo la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, los Juzgados Nacionales, Superiores Estadales y de Municipio. También establece los principios rectores, competencias y requisitos para ser juez en estos órganos.
Este documento resume las características y funciones del municipio en México. Explica que el municipio es la división territorial y base de la organización política y administrativa del país. Los municipios son gobernados por ayuntamientos electos popularmente y tienen personalidad jurídica y patrimonio propios. Entre sus funciones principales se encuentran la prestación de servicios públicos a nivel local y la formulación de planes de desarrollo municipal.
Este documento describe la evolución y estructura jurídico-política de los municipios en México. Explica que los municipios son la base de la división territorial del país y tienen autonomía garantizada por la constitución. También describe la composición y funciones del ayuntamiento como órgano ejecutivo municipal, así como las atribuciones de los municipios establecidas en la constitución.
Este documento describe la estructura y características de los tribunales judiciales federales en México. Explica que estos tribunales conocen y deciden controversias relacionadas con leyes federales y juicios de amparo. Se componen principalmente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tribunales de circuito, juzgados de distrito y el Tribunal Electoral. Describe los requisitos, funciones y procesos de designación de los ministros y magistrados de estos tribunales.
Este documento presenta un resumen de una acción de inconstitucionalidad abstracta interpuesta por el Defensor del Pueblo del Estado Plurinacional de Bolivia contra artículos de la Ley de Otorgación de Personalidades Jurídicas y su reglamento. El Defensor alega que estos artículos violan principios de igualdad, libertad de asociación y supremacía constitucional. Los personeros de los órganos demandados rechazan la acción, alegando que busca crear grupos privilegiados que no estén sometidos al Estado de Derecho.
La sentencia constitucional resuelve un recurso de inconstitucionalidad presentado contra varios artículos de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización. Los demandantes argumentan que la ley viola la Constitución al realizar una reforma encubierta, interpretar la Constitución sin autorización y regular materias reservadas a otros tipos de leyes. La sentencia analiza estos argumentos y los antecedentes del caso, como los fundamentos presentados en el recurso original.
El diputado Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar presenta una iniciativa para reformar el artículo 95 de la Constitución Mexicana. Propone aumentar el requisito educativo para ministros de la Suprema Corte a un título de posgrado y extender de 1 a 7 años el periodo después de ocupar un cargo político antes de poder ser nombrado ministro. El objetivo es elevar la especialización requerida y garantizar una mayor independencia del Poder Judicial.
ENJ-2-200 Dimensión Política Del Poder JudicialENJ
El documento describe los principios rectores del Poder Judicial en el Estado Constitucional de Derecho. Explica que la jurisdicción se concibió originalmente como parte del poder del monarca, pero que con el tiempo se estableció la separación de poderes, especialmente impulsada por Montesquieu. Los principios rectores del Poder Judicial incluyen la independencia, la legitimación democrática a través de la sumisión a la ley, la motivación de sentencias, la exclusividad de funciones y la inamovilidad e imparcialidad de los jueces.
La jurisdicción contencioso administrativa en Venezuela está compuesta por cuatro niveles: 1) La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, 2) los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, 3) los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y 4) los Juzgados de Municipio de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. El documento describe la estructura y competencias de cada uno de estos órganos en el sistema de justicia
El documento describe la organización y funciones del Poder Judicial en Venezuela. Señala que el Poder Judicial está constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, tribunales inferiores, el Ministerio Público, la Defensoría Pública y otros organismos. El Tribunal Supremo de Justicia goza de autonomía financiera y administrativa y es el encargado de administrar el Poder Judicial.
Los actos administrativos son aquellos emitidos por la administración pública en el ejercicio de sus funciones. Deben cumplir con requisitos de forma como ser por escrito y motivados, y de contenido como ser determinados, posibles y lícitos. También deben dictarse por el órgano competente y siguiendo el procedimiento establecido.
El documento define la potestad tributaria como la facultad del Estado para crear tributos de forma unilateral y exigir su pago a las personas sometidas a su jurisdicción. Explica que la potestad tributaria está limitada por la constitución y debe ejercerse respetando principios como la legalidad y la igualdad. También cubre la diferencia entre potestad tributaria originaria y derivada, y analiza la competencia tributaria del Estado y los municipios.
Este documento presenta un resumen del Sistema de Justicia Venezolano. Explica los fundamentos constitucionales del Poder Judicial, incluyendo su independencia y autonomía. También describe los diferentes órganos que componen el sistema de justicia como el Tribunal Supremo de Justicia, los tribunales determinados por ley, el Ministerio Público y la Defensoría Pública.
El documento presenta el dictamen de varias comisiones legislativas que rechazan un proyecto de ley que propone reformar el Consejo de la Magistratura. Argumentan que la propuesta vulnera la Constitución Nacional al permitir que los partidos políticos designen a los candidatos en lugar de los estamentos que corresponden. Proponen en cambio una reforma alternativa que respete el equilibrio entre los representantes políticos, jueces, abogados y académicos tal como estipula la Constitución.
Proyecto de Ley - Juicio por Jurados en Casos de CorrupciónLaura Alonso
Este proyecto de ley propone establecer juicios por jurados populares para casos de corrupción. Establece los requisitos y procedimientos para la selección de jurados, así como sus deberes e inmunidades. El jurado estaría compuesto por 12 miembros titulares y 6 suplentes, y debería llegar a un veredicto de culpabilidad con al menos 8 votos. El objetivo es involucrar más a la sociedad en el juzgamiento de casos de corrupción y reducir las presiones sobre los jueces.
El Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) es un organismo autónomo e independiente encargado de seleccionar, nombrar, ratificar y destituir jueces y fiscales. También elige y destituye a los jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil. El CNM busca garantizar una justicia independiente e imparcial mediante la selección de magistrados probos e idóneos.
Este documento describe la Justicia de Paz en el Perú. Explica que los Jueces de Paz son elegidos democráticamente para resolver conflictos a través de la conciliación o emitiendo sentencias motivadas. También tienen facultades en asuntos civiles menores, faltas penales y medidas de protección para víctimas de violencia familiar. Sin embargo, la Justicia de Paz enfrenta desafíos como falta de presupuesto, reconocimiento y una norma marco que defina mejor su rol.
El documento define el acto administrativo y establece sus requisitos. Un acto administrativo es cualquier declaración realizada por un sujeto de la administración pública en el ejercicio de la potestad administrativa. Los actos administrativos deben cumplir con requisitos de forma como la motivación y el procedimiento establecido, y requisitos de contenido como que el objeto sea determinado, posible y lícito. Los actos surten efecto desde su dictado salvo disposición en contrario y deben ser notificados a los interesados dentro de los plazos establecid
El documento resume las características y funciones del Ministerio Público en Paraguay. El Ministerio Público es un órgano autónomo del Poder Judicial que representa los intereses de la sociedad ante los tribunales. Sus principales funciones incluyen velar por los derechos constitucionales, promover acciones penales para defender el patrimonio público, ejercer acciones penales cuando no sea necesaria una instancia de parte, y recabar información de funcionarios públicos. El Ministerio Público está compuesto por un Fiscal General del Estado y varios fiscales adj
El documento proporciona información sobre el Consejo Nacional de la Magistratura en Perú. En 3 oraciones:
El Consejo Nacional de la Magistratura es el organismo encargado de seleccionar, nombrar, ratificar y destituir jueces y fiscales en Perú. Sus funciones incluyen realizar concursos públicos para seleccionar magistrados, evaluar su desempeño cada 7 años, y aplicar sanciones como la destitución. Está conformado por 7 miembros elegidos por diferentes instituciones como la Corte Suprema, fiscales
Este documento resume la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en España. Establece los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos y el procedimiento común para todas las administraciones públicas. Regula también los derechos de las personas en sus relaciones con las administraciones y la obligación de relacionarse electrónicamente con ellas para ciertos trámites.
Resumen ley orgánica de la jurisdicción contencioso administrativaCarla Niño Alvarado
Este documento resume la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de Venezuela. Establece que los órganos de esta jurisdicción incluyen la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y los Juzgados de Municipio de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. También define la competencia de cada uno de estos órgan
Resumen ley orgánica de la jurisdicción contencioso administrativafranklin jose
Este documento resume la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de Venezuela. Establece la estructura y competencias de los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa, incluyendo la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, los Juzgados Nacionales, Superiores Estadales y de Municipio. También define los requisitos para ser juez en estos órganos y las materias sujetas a su control, como actos administrativos y prestación de servicios públicos.
Este documento describe la evolución y estructura jurídico-política de los municipios en México. Explica que los municipios son la base de la división territorial del país y tienen autonomía garantizada por la constitución. También describe la composición y funciones del ayuntamiento como órgano ejecutivo municipal, así como las atribuciones de los municipios establecidas en la constitución.
Este documento describe la estructura y características de los tribunales judiciales federales en México. Explica que estos tribunales conocen y deciden controversias relacionadas con leyes federales y juicios de amparo. Se componen principalmente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tribunales de circuito, juzgados de distrito y el Tribunal Electoral. Describe los requisitos, funciones y procesos de designación de los ministros y magistrados de estos tribunales.
Este documento presenta un resumen de una acción de inconstitucionalidad abstracta interpuesta por el Defensor del Pueblo del Estado Plurinacional de Bolivia contra artículos de la Ley de Otorgación de Personalidades Jurídicas y su reglamento. El Defensor alega que estos artículos violan principios de igualdad, libertad de asociación y supremacía constitucional. Los personeros de los órganos demandados rechazan la acción, alegando que busca crear grupos privilegiados que no estén sometidos al Estado de Derecho.
La sentencia constitucional resuelve un recurso de inconstitucionalidad presentado contra varios artículos de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización. Los demandantes argumentan que la ley viola la Constitución al realizar una reforma encubierta, interpretar la Constitución sin autorización y regular materias reservadas a otros tipos de leyes. La sentencia analiza estos argumentos y los antecedentes del caso, como los fundamentos presentados en el recurso original.
El diputado Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar presenta una iniciativa para reformar el artículo 95 de la Constitución Mexicana. Propone aumentar el requisito educativo para ministros de la Suprema Corte a un título de posgrado y extender de 1 a 7 años el periodo después de ocupar un cargo político antes de poder ser nombrado ministro. El objetivo es elevar la especialización requerida y garantizar una mayor independencia del Poder Judicial.
ENJ-2-200 Dimensión Política Del Poder JudicialENJ
El documento describe los principios rectores del Poder Judicial en el Estado Constitucional de Derecho. Explica que la jurisdicción se concibió originalmente como parte del poder del monarca, pero que con el tiempo se estableció la separación de poderes, especialmente impulsada por Montesquieu. Los principios rectores del Poder Judicial incluyen la independencia, la legitimación democrática a través de la sumisión a la ley, la motivación de sentencias, la exclusividad de funciones y la inamovilidad e imparcialidad de los jueces.
La jurisdicción contencioso administrativa en Venezuela está compuesta por cuatro niveles: 1) La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, 2) los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, 3) los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y 4) los Juzgados de Municipio de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. El documento describe la estructura y competencias de cada uno de estos órganos en el sistema de justicia
El documento describe la organización y funciones del Poder Judicial en Venezuela. Señala que el Poder Judicial está constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, tribunales inferiores, el Ministerio Público, la Defensoría Pública y otros organismos. El Tribunal Supremo de Justicia goza de autonomía financiera y administrativa y es el encargado de administrar el Poder Judicial.
Los actos administrativos son aquellos emitidos por la administración pública en el ejercicio de sus funciones. Deben cumplir con requisitos de forma como ser por escrito y motivados, y de contenido como ser determinados, posibles y lícitos. También deben dictarse por el órgano competente y siguiendo el procedimiento establecido.
El documento define la potestad tributaria como la facultad del Estado para crear tributos de forma unilateral y exigir su pago a las personas sometidas a su jurisdicción. Explica que la potestad tributaria está limitada por la constitución y debe ejercerse respetando principios como la legalidad y la igualdad. También cubre la diferencia entre potestad tributaria originaria y derivada, y analiza la competencia tributaria del Estado y los municipios.
Este documento presenta un resumen del Sistema de Justicia Venezolano. Explica los fundamentos constitucionales del Poder Judicial, incluyendo su independencia y autonomía. También describe los diferentes órganos que componen el sistema de justicia como el Tribunal Supremo de Justicia, los tribunales determinados por ley, el Ministerio Público y la Defensoría Pública.
El documento presenta el dictamen de varias comisiones legislativas que rechazan un proyecto de ley que propone reformar el Consejo de la Magistratura. Argumentan que la propuesta vulnera la Constitución Nacional al permitir que los partidos políticos designen a los candidatos en lugar de los estamentos que corresponden. Proponen en cambio una reforma alternativa que respete el equilibrio entre los representantes políticos, jueces, abogados y académicos tal como estipula la Constitución.
Proyecto de Ley - Juicio por Jurados en Casos de CorrupciónLaura Alonso
Este proyecto de ley propone establecer juicios por jurados populares para casos de corrupción. Establece los requisitos y procedimientos para la selección de jurados, así como sus deberes e inmunidades. El jurado estaría compuesto por 12 miembros titulares y 6 suplentes, y debería llegar a un veredicto de culpabilidad con al menos 8 votos. El objetivo es involucrar más a la sociedad en el juzgamiento de casos de corrupción y reducir las presiones sobre los jueces.
El Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) es un organismo autónomo e independiente encargado de seleccionar, nombrar, ratificar y destituir jueces y fiscales. También elige y destituye a los jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil. El CNM busca garantizar una justicia independiente e imparcial mediante la selección de magistrados probos e idóneos.
Este documento describe la Justicia de Paz en el Perú. Explica que los Jueces de Paz son elegidos democráticamente para resolver conflictos a través de la conciliación o emitiendo sentencias motivadas. También tienen facultades en asuntos civiles menores, faltas penales y medidas de protección para víctimas de violencia familiar. Sin embargo, la Justicia de Paz enfrenta desafíos como falta de presupuesto, reconocimiento y una norma marco que defina mejor su rol.
El documento define el acto administrativo y establece sus requisitos. Un acto administrativo es cualquier declaración realizada por un sujeto de la administración pública en el ejercicio de la potestad administrativa. Los actos administrativos deben cumplir con requisitos de forma como la motivación y el procedimiento establecido, y requisitos de contenido como que el objeto sea determinado, posible y lícito. Los actos surten efecto desde su dictado salvo disposición en contrario y deben ser notificados a los interesados dentro de los plazos establecid
El documento resume las características y funciones del Ministerio Público en Paraguay. El Ministerio Público es un órgano autónomo del Poder Judicial que representa los intereses de la sociedad ante los tribunales. Sus principales funciones incluyen velar por los derechos constitucionales, promover acciones penales para defender el patrimonio público, ejercer acciones penales cuando no sea necesaria una instancia de parte, y recabar información de funcionarios públicos. El Ministerio Público está compuesto por un Fiscal General del Estado y varios fiscales adj
El documento proporciona información sobre el Consejo Nacional de la Magistratura en Perú. En 3 oraciones:
El Consejo Nacional de la Magistratura es el organismo encargado de seleccionar, nombrar, ratificar y destituir jueces y fiscales en Perú. Sus funciones incluyen realizar concursos públicos para seleccionar magistrados, evaluar su desempeño cada 7 años, y aplicar sanciones como la destitución. Está conformado por 7 miembros elegidos por diferentes instituciones como la Corte Suprema, fiscales
Este documento resume la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en España. Establece los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos y el procedimiento común para todas las administraciones públicas. Regula también los derechos de las personas en sus relaciones con las administraciones y la obligación de relacionarse electrónicamente con ellas para ciertos trámites.
Resumen ley orgánica de la jurisdicción contencioso administrativaCarla Niño Alvarado
Este documento resume la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de Venezuela. Establece que los órganos de esta jurisdicción incluyen la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y los Juzgados de Municipio de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. También define la competencia de cada uno de estos órgan
Resumen ley orgánica de la jurisdicción contencioso administrativafranklin jose
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El documento describe la estructura y funciones de los poderes judicial y ejecutivo en la República Dominicana. El poder judicial está encabezado por la Suprema Corte de Justicia y comprende varios tribunales especializados. El Consejo del Poder Judicial supervisa la administración de los tribunales. El Ministerio Público dirige investigaciones penales y representa los intereses de la sociedad. El Consejo Nacional de la Magistratura designa jueces para los tribunales más altos.
1) El Ministerio Público investiga delitos y promueve persecuciones penales, dirige investigaciones y vela por el cumplimiento de las leyes. La Procuraduría General representa y defiende los intereses del Estado en juicios y contratos. Los gobiernos municipales eligen autoridades, gestionan recursos y servicios locales, y cumplen fines locales mediante ordenanzas.
El documento resume el rol y la estructura del Poder Judicial en Venezuela. Explica que el Poder Judicial está encargado de administrar e impartir justicia a través de procedimientos legales y hacer cumplir sus sentencias. Describe la organización del sistema judicial y las funciones del Tribunal Supremo de Justicia.
El documento proporciona una introducción al poder judicial en Perú. Explica que el poder judicial es uno de los tres poderes del estado encargado de impartir justicia de manera autónoma e independiente. Define su misión, visión, normativa y estructura, la cual incluye a la Corte Suprema, cortes superiores, juzgados especializados, mixtos, de paz letrados y de paz.
Este documento describe la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en Venezuela. Explica que su origen se remonta a la Constitución de 1830 y que actualmente está consagrada en la Constitución de 1999. Detalla los principios que rigen esta jurisdicción como la gratuidad, imparcialidad, transparencia, idoneidad, autonomía, independencia y responsabilidad. También cubre las características de esta jurisdicción como ser especializada, ejercer control sobre la administración pública y actividades de los entes públicos,
El documento describe el sistema de justicia y el poder judicial en Venezuela. Explica que el poder judicial es ejercido por el Tribunal Supremo de Justicia y otros tribunales de acuerdo a la Constitución. Detalla los requisitos para ser magistrados, incluyendo ser ciudadano venezolano, tener título universitario de postgrado en derecho y haber ejercido la abogacía por 15 años. Además, indica que los magistrados son elegidos por un período único de 12 años.
El documento trata sobre el rol y las funciones de la Procuraduría General del Estado (PGE) en Ecuador. La PGE es un organismo autónomo que representa al Estado en litigios y procesos legales, asesora al gobierno en asuntos jurídicos, y supervisa los contratos y actos del sector público. La Constitución ecuatoriana otorga a la PGE la facultad de representar al Estado, patrocinarlo legalmente, y asesorar a las instituciones públicas.
El documento describe la estructura y funciones del Poder Judicial y el Sistema Judicial en Venezuela. Explica que el Poder Judicial está encabezado por el Tribunal Supremo de Justicia y está compuesto también por tribunales, fiscales, defensores públicos y otros organismos. Además, detalla los requisitos para ser magistrado del Tribunal Supremo y las atribuciones de este órgano, como dirigir el Poder Judicial, declarar causas contra altos funcionarios, y dirimir conflictos legales.
El documento describe la estructura y función del Poder Judicial Federal en México. Explica que está compuesto por la Suprema Corte, el Consejo de la Judicatura Federal, tribunales electorales y otros órganos judiciales como tribunales colegiados de circuito y juzgados de distrito. Su función principal es ser el intérprete final de la constitución y proteger los derechos fundamentales mediante el control de la constitucionalidad de los actos de las autoridades.
Ley Organica de la Jurisdiccion Contencioso AdministrativoEulises Rodriguez
Análisis art. 1 al 25 de la Ley Organica de la Jurisdiccion Contencioso Administrativo en Venezuela, nociones generales, Principios Generales, Entes y órganos controlados, Estructura orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y sus Competencias.
Descripción y explicación general del sistema judicial ecuatorianobryan-bmg
El documento describe los principales órganos del sistema judicial ecuatoriano, incluyendo la Corte Nacional de Justicia, las Cortes Provinciales de Justicia, el Consejo de la Judicatura, la Corte Constitucional, la Procuraduría General del Estado, la Fiscalía General del Estado y la Defensoría Pública. Explica las funciones y composición de cada uno de estos órganos clave dentro de la administración de justicia en Ecuador.
Ley Orgánica de la Jurisdicción Cont. Adm. de VenezuelaAlbertoOsorio46
Este documento describe la organización y competencias de la jurisdicción contencioso administrativa en Venezuela. Se explica que está compuesta por tribunales generales como el Tribunal Supremo de Justicia y juzgados nacionales, estadales y municipales, así como por tribunales especiales en materias como lo tributario, agrario y laboral. Además, detalla las competencias de estos órganos para conocer demandas de nulidad contra actos administrativos.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
“LIDER EN EDUCACION VIRTUAL JURIDICA”
El IAFJSR es una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
EL IAFJSR; ofrece su programa de Educación, formación y Capacitación Jurídica actualizado y permanente (TALLERES ò CURSOS DE CONTINUACIÒN, CURSOS AVANZADOS ò DE PERFECCIONAMIENTO, CURSOS DE ESPECIALIZACION, DIPLOMADOS, SEMINARIOS CONFERENCIAS y JORNADAS), en las modalidades presencial y OnLine (E-LEARNIG), que permitirán el beneficio para toda la comunidad estudiantil y profesional necesitada del mismo y de la población jurídica interesada en su consolidación en el ejercicio a través de la mejora continua.
EL IAFJSR; a través de la Dirección de Desarrollo de Sistemas, en aras de cumplir con la misión de formar integralmente a la población venezolana y de otros países del mundo y considerando los principios esbozados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha adelantado esfuerzos en la Construcción del Sistema de Educación a Distancia, completamente virtualizada en la modalidad en línea a través del sistema de comunicación internet y canales electrónicos pertinentes, útiles y necesarios en materia de derecho público y privado permitiéndoles a las comunidades adquirir o actualizar, según el caso, conocimientos, habilidades y destrezas en función de su crecimiento individual y el mejoramiento de su comunidad.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Este documento presenta un resumen de los temas centrales del módulo de patrocinio público del cuarto semestre de la maestría en derecho administrativo. Incluye información sobre la Procuraduría General del Estado, el arbitraje y la representación legal del Estado, así como los procedimientos administrativos y judiciales relacionados.
El documento describe los principales aspectos del Poder Judicial en Perú. Explica que el Poder Judicial es autónomo e independiente de los otros poderes. Detalla la estructura del Poder Judicial, incluyendo la Corte Suprema, las Cortes Superiores, los juzgados especializados y de paz. También resume los principios y derechos de la función jurisdiccional como la publicidad de los procesos y la tutela jurisdiccional.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
La jurisdicción contenciosa administrativa_IAFJSRMauri Rojas
Este documento resume la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en Venezuela. Establece una nueva estructura de tribunales contenciosos administrativos a nivel nacional, estadal y municipal. Reconoce el control de la jurisdicción sobre todos los órganos del poder público y entidades prestadoras de servicios. Crea tres procesos distintos y fortalece la oralidad del proceso contencioso administrativo.
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Participación Ciudadana en materia ambiental.marialexp7
Este documento resume las bases constitucionales y legales de la participación ciudadana en materia ambiental en Venezuela. Explica que la Constitución y la Ley Orgánica del Ambiente reconocen el derecho y deber de los ciudadanos a participar en asuntos ambientales a través de mecanismos como la formulación de políticas y planes ambientales. También destaca el derecho de los pueblos indígenas y comunidades locales a participar en proyectos que los afecten, y el derecho de las organizaciones a desarrollar proyectos de gestión ambiental
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
Tarea de Derecho Laboral I. diseñada para estudiantes de derecho laboral I de...edwin70
Tarea de Derecho Laboral I. diseñada para estudiantes de derecho laboral I de la facultad multidisciplinaria de la universidad de Es Salvador, con el fin que puedan mostrar sus habilidades y destrezas para analizar y sintetizar cada uno de estos convenios
Ley organica de la jurisdiccion contencioso administrativa
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y JURÍDICAS
ESCUELA DE DERECHO
LEY ORGANICA DE LA JURISDICCION
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
ARTICULO 1 AL 25
Integrante:
Piñero María
C.I 15.285.412
5to Año Lapso B
Prof. Abog . Gabrielis Rodríguez
San Felipe, Abril de 2021
2. 1
2
Regular la organización así como el
funcionamiento y la competencia de los entes
de la jurisdicción Contencioso administrativa
Los entes competentes de la jurisdicción contencioso
Administrativa se regirán en su accionar apegados a
Los principios de:
Justicia gratuita
Accesibilidad Imparcialidad
Idoneidad transparencia
Autonomía Independencia
Responsabilidad Brevedad Oralidad Publicidad
Gratuidad Celeridad e Inmediación
3. PUBLICIDAD
3
Serán publicados todos los actos del proceso caso contrario que
disponga la ley o el tribunal con la finalidad de brindar seguridad
jurídica a las partes.
4
IMPULSO DEL PROCEDIMIENTO
El juez es el responsable como rector del proceso
El cual debe darle el impulso ya sea de oficio o de petición
hasta concluir con el mismo. Además esta figura posee las
mas amplias potestades cautelares, que le da la atribución de
dictar aun de oficio las medidas preventivas que sean las
apropiadas para dirimir conflictos de índole administrativo.
4. PROHIBICION DE DECIDIR CON ASOCIADOS
5
No podrán constituirse con asociados los tribunales de la jurisdicción contencioso
administrativa para realizar dictamen (sentencia).
MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS
6
Los tribunales de la jurisdicción contenciosa administrativa promoverán el uso y la aplicación de los
medios alternativos solución de conflictos en cualquier ámbito y jurisdicción con la finalidad de
atender necesidades en materia jurídica.
ENTES Y ORGANOS CONTROLADOS
7
Los entes sujetos a el control de la jurisdicción contencioso administrativa
Son:
Órganos que conforman la administración publica.
Los órganos que ejercen el poder publico, en sus diferentes ámbitos y
Jurisdicciones.
Los institutos autónomos, corporaciones, fundaciones, sociedades y otros
entes orgánicos o asociativas de derecho publico privado donde el estado
tenga participación decisiva.
Los consejos comunales y otras entidades o manifestaciones populares de
Planificación, control, ejecución de políticas entre otros.
Y cualquier sujeto diferentes a los mencionados.
5. UNIVERSALIDAD DEL CONTROL
8
Los entes mencionados en el articulo anterior deben controlar la
Actividad administrativa lo cual incluye los actos de efectos generales y particulares en el
ámbito administrativo que pueda afectar los derechos públicos o privados.
COMPETENCIA DE LOS ORGANOS DE LA JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
9
Los órganos de la jurisdicción contencioso administrativo serán
competentes para:
Las impugnaciones que se interpongan contra los actos administrativos
de efectos generales o particulares…
Abstención o negativa de las autoridades a producir un acto obligado por ley.
Reclamaciones contra las vías de hecho atribuidas a los entes de Poder Publico.
Las pretensiones de condena al pago de sumas de dinero y la reparación de daños…
Los reclamos por la prestación de los servicios públicos.
La resolución de los recursos de interpretación de leyes de contexto administrativo.
La resolución de controversias administrativas…
Las demandas que se ejerzan contra la republica, estados, municipios entre otros.
Actuaciones, abstenciones, negativas o vías de hecho de consejos comunales y de
otras persona.
Demas actuaciones de la administración publica no prevista en los numerales
Anteriores.
6. LA PARTICIPACIÓN POPULAR EN LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
10
Los entes, consejos comunales, colectivos y otras manifestaciones
populares de planificación, control, ejecución de políticas y
servicios públicos, podrán manifestar su opinión en los juicios cuya
materia debatida esté vinculada a su ámbito de actuación, aunque
no sean partes
11
ÓRGANOS DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA
Los órganos que conforman a la Jurisdicción Contencioso Administrativa son:
1. La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.
2. Los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
3. Los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
4. Los Juzgados de Municipio de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
7. 12
DE LA DISTRIBUCIÓN TERRITORIAL Y LA CONFORMACIÓN DE LOS ÓRGANOS DE LA
JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
13
LA JURISDICCIÓN ESPECIAL TRIBUTARIA
Es aquella que forma parte de la jurisdicción contencioso
administrativa el cual su estructura especial esta prevista
En el Código Orgánico Tributario.
SALA POLÍTICO-ADMINISTRATIVA
Máxima instancia
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia
es la suprema instancia de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Contra sus decisiones no se oirá recurso alguno, salvo lo previsto en la carta
Magna.
8. DISTRIBUCIÓN TERRITORIAL
14
SECCIÓN SEGUNDA
LOS JUZGADOS NACIONALES DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
15
Le toca a el Tribunal Supremo de Justicia en sala plena, a solicitud de la Sala Político-
Administrativa, establecer el número y la jurisdicción de los órganos de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa.
COMPETENCIA TERRITORIAL
Se trata de la distribución de las jurisdicciones a nivel de los juzgados el cual estará:
1. De los juzgados nacionales de la jurisdicción contencioso administrativa de la región capital con competencia en el
distrito capital y los estados Miranda, Vargas, Aragua, Carabobo y Guárico.
2. Un juzgado nacional de la jurisdicción contencioso administrativa de la región centro-occidental, con competencia en los
estados Cojedes, Falcón, Yaracuy, Lara, portuguesa, Barinas, Apure, Táchira, Trujillo, Mérida y Zulia.
3. Un juzgado nacional de la jurisdicción contencioso administrativa de la región Nor-oriental con competencia en los
estados Nueva Esparta, Anzoátegui, Sucre, Monagas, Bolívar, Amazonas y Delta Amacuro.
El tribunal supremo de justicia, en sala plena, a solicitud de la sala político-administrativa, de conformidad con el artículo
anterior, podrá crear nuevos juzgados nacionales de la jurisdicción contencioso administrativa o modificar su distribución
territorial, de acuerdo con las necesidades de esta jurisdicción
9. INTEGRACION
16
17
REQUISITO
Es el numero de jueces que trabajan en los Juzgados Nacionales
de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, los cuales son tres,
cabe destacar, que sus respectivos juzgados de sustanciación
serán unipersonales.
Para ser Juez o Jueza de los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se requiere:
1. Ser venezolano o venezolana.
2. Ser abogado o abogada de reconocida honorabilidad y prestigio profesional.
3. Tener un mínimo de doce años de graduado o graduada y:
a) Tener título universitario de postgrado en el área del derecho público; o
b. Haber desempeñado funciones en el área jurídica o de gestión en la Administración Pública por un mínimo de
siete años;
c. Ser o haber sido profesor universitario o profesora universitaria en el área del derecho público, durante un mínimo
de siete años; o
d. Ser o haber sido Juez administrativo o Jueza administrativa o haber desempeñado funciones en órganos del Estado
pertenecientes al sistema de justicia administrativa vinculados al derecho público, por un mínimo de siete años; o
4. Los demás previstos en la ley.
En el caso de los estados fronterizos se requerirá ser venezolano o venezolana por nacimiento y sin otra nacionalidad
10. SECCIÓN TERCERA
JUZGADOS SUPERIORES ESTADALES DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
18
19
INTEGRACIÓN
DISTRIBUCIÓN TERRITORIAL
Es la asignación de un juzgado en cada estado el cual funcionará al menos un juzgado
superior estadal de la jurisdicción contencioso administrativa.
Los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa serán unipersonales
REQUISITOS
1. Ser venezolano o venezolana.
2. Ser abogado o abogada de reconocida honorabilidad y prestigio profesional.
3. Tener un mínimo de diez años de graduado o graduada y:
a. Tener título universitario de postgrado en el área del derecho público; o
b. Haber desempeñado funciones en el área jurídica o de gestión en la Administración Pública por un mínimo de cinco
años;
c. Ser o haber sido profesor universitario o profesora universitaria en el área del derecho público, durante un período
mínimo de cinco años; o
d. Ser o haber sido Juez administrativo o Jueza administrativa o haber desempeñado funciones en órganos del Estado
pertenecientes al sistema de justicia administrativa vinculados al derecho público, por un mínimo de cinco años; o
e. Haber desempeñado funciones de asesoría jurídica o de gestión en la Administración Pública por más de cinco años.
4. Los demás previstos en la ley.
En el caso de los estados fronterizos se requerirá ser venezolano o venezolana por nacimiento y sin otra nacionalidad.
20
11. LOS JUZGADOS DE MUNICIPIO DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
21
REQUISITOS
22
INTEGRACIÓN
Los Juzgados de Municipio de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
serán unipersonales.
Para ser Juez o Jueza de los Juzgados de Municipio de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa se
requiere:
1. Ser venezolano o venezolana.
2. Ser abogado o abogada de reconocida honorabilidad y prestigio profesional.
3. Tener un mínimo de cinco años de graduado o graduada y:
a. Tener título universitario de postgrado en el área del derecho público; o
b. Haber desempeñado funciones en el área jurídica o de gestión en la Administración Pública por un
mínimo de tres años;
c. Ser o haber sido profesor universitario o profesora universitaria en el área del derecho público,
durante un período mínimo de tres años; o
d. Haber desempeñado funciones en órganos del Estado pertenecientes al sistema de justicia
administrativa vinculados al derecho público, por un mínimo de tres años; o
4. Los demás previstos en la ley.
En el caso de los estados fronterizos se requerirá ser venezolano o venezolana por nacimiento y sin
otra nacionalidad.
12. COMPETENCIAS DE LA SALA POLÍTICO-ADMINISTRATIVA
23
1. Las demandas que se ejerzan contra la República, los estados, los municipios, o algún instituto autónomo, ente público,
empresa o cualquier otra forma de asociación, en la cual la República, los estados, los municipios u otros de los entes
mencionados tengan participación decisiva….
2. Las demandas que ejerzan la República, los estados, los municipios, o algún instituto autónomo, ente público, empresa o
cualquier otra forma de asociación, en la cual la República, los estados, los municipios o cualquiera de los entes mencionados
tengan participación decisiva…
3. La abstención o la negativa del Presidente o Presidenta de la República, del Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta
Ejecutiva de la República, de los Ministros o Ministras, así como de las máximas autoridades de los demás órganos de rango
constitucional, a cumplir los actos a que estén obligados por las leyes.
4. Las reclamaciones contra las vías de hecho atribuidas a las altas autoridades antes enumeradas.
5. Las demandas de nulidad contra los actos administrativos de efectos generales o particulares dictados por el Presidente o
Presidenta de la República, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva de la República, los Ministros o
Ministras, así como por las máximas autoridades de los demás organismos de rango constitucional, si su competencia no está
atribuida a otro tribunal.
6. Las demandas de nulidad que se ejerzan contra un acto administrativo de efectos particulares y al mismo tiempo el acto
normativo sub-legal que le sirve de fundamento, siempre que el conocimiento de este último corresponda a la Sala Político-
Administrativa.
7. Las controversias administrativas entre la República, los estados, los municipios u otro ente público, cuando la otra parte
sea una de esas mismas entidades, a menos que se trate de controversias entre municipios de un mismo estado.
8. Las controversias administrativas entre autoridades de un mismo órgano o ente, o entre distintos órganos y entes que
ejerzan el Poder Público, que se susciten por el ejercicio de una competencia atribuida por la ley.
9. La apelación de los juicios de expropiación.
10. Las demandas que se interpongan con motivo de la adquisición, goce, ejercicio o pérdida de la nacionalidad o de los
derechos que de ella derivan.
11. Las demandas que se ejerzan con ocasión del uso del espectro radioeléctrico.
13. COMPETENCIAS DE LA SALA POLÍTICO-ADMINISTRATIVA
23
12. Las demandas que le atribuyan la Constitución de la República o las leyes especiales, o que le correspondan
conforme a éstas, en su condición de máxima instancia de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
13. Las demás demandas derivadas de la actividad administrativa desplegada por las altas autoridades de los órganos
que ejercen el Poder Público, no atribuidas a otro tribunal.
14. Las causas que se sigan contra los representantes diplomáticos acreditados en la República, en los casos permitidos
por el derecho internacional.
15. Las apelaciones de las decisiones de los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y de las
consultas que le correspondan conforme al ordenamiento jurídico.
16. El avocamiento, de oficio o a petición de parte, sobre algún asunto que curse en otro tribunal cuando sea afín con la
materia administrativa.
17. Los juicios en que se tramiten acciones conexas, cuando a la Sala Político Administrativa le esté atribuido el
conocimiento de alguna de ellas.
18. Del Recurso Especial de Juridicidad, de conformidad con lo establecido en esta Ley.
19. Los conflictos de competencia que surjan entre los tribunales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
20. Las consultas y recursos de regulación de jurisdicción.
21. Los recursos de interpretación de leyes de contenido administrativo.
22. Los juicios sobre hechos ocurridos en alta mar, en el espacio aéreo internacional o en puertos o territorios
extranjeros tramitados en la República, cuando su conocimiento no estuviese atribuido a otro tribunal.
23. Conocer y decidir las pretensiones, acciones o recursos interpuestos, en el caso de retiro, permanencia, estabilidad o
conceptos derivados de empleo público del personal con grado de oficiales de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
24. Las demás causas previstas en la ley.
14. COMPETENCIA DE LOS JUZGADOS NACIONALES DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-
ADMINISTRATIVA
24
Los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa son competentes para conocer de:
1. Las demandas que se ejerzan contra la República, los estados, los municipios, o algún instituto autónomo, ente público, empresa o cualquier otra
forma de asociación, en la cual la República, los estados, los municipios u otros de los entes mencionados tengan participación decisiva, si su
cuantía excede de treinta mil unidades tributarias (30.000 U.T.) y no supera setenta mil unidades tributarias (70.000 U.T.), cuando su conocimiento
no esté atribuido expresamente a otro tribunal, en razón de su especialidad.
2. Las demandas que ejerzan la República, los estados, los municipios, o algún instituto autónomo, ente público, empresa o cualquier otra forma de
asociación, en la cual la República, los estados, los municipios u otros de los entes mencionados tengan participación decisiva, si su cuantía excede
de las treinta mil unidades tributarias (30.000 U.T.) y no supera setenta mil unidades tributarias (70.000 U.T.), cuando su conocimiento no esté
atribuido a otro tribunal en razón de su especialidad.
3. La abstención o la negativa de las autoridades distintas a las mencionadas en el numeral 3 del artículo 23 de esta Ley y en el numeral 4 del
artículo 25 de esta Ley.
4. Las reclamaciones contra las vías de hecho atribuidas a las autoridades a las que se refiere el numeral anterior.
5. Las demandas de nulidad de los actos administrativos de efectos generales o particulares dictados por autoridades distintas a las mencionadas en
el numeral 5 del artículo 23 de esta Ley y en el numeral 3 del artículo 25 de esta Ley, cuyo conocimiento no esté atribuido a otro tribunal en razón
de la materia.
6. Los juicios de expropiación intentados por la República, en primera instancia.
7. Las apelaciones de las decisiones de los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y de las consultas que les
correspondan conforme al ordenamiento jurídico.
8. Las demandas derivadas de la actividad administrativa contraria al ordenamiento jurídico desplegada por las autoridades de los órganos que
ejercen el Poder Público, cuyo control no haya sido atribuido a la Sala Político-Administrativa o a los Juzgados Superiores Estadales de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
9. Las demás causas previstas en la ley.
Los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con sede en la ciudad de Caracas, conocerán exclusivamente la materia
de los supuestos previstos en los numerales 3, 4 y 5 de este artículo, cuando se trate de autoridades cuya sede permanente se encuentre en el Área
Metropolitana de Caracas.
15. COMPETENCIA DE LOS JUZGADOS SUPERIORES ESTADALES DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVA
25
Los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa son competentes para conocer de:
1. Las demandas que se ejerzan contra la República, los estados, los municipios, o algún instituto autónomo, ente público, empresa o
cualquier otra forma de asociación en la cual la República, los estados, los municipio u otros de los entes mencionados tengan participación
decisiva, si su cuantía no excede de treinta mil unidades tributarias (30.000 U.T.), cuando su conocimiento no esté atribuido a otro tribunal
en razón de su especialidad.
2. Las demandas que ejerzan la República, los estados, los municipios, o algún instituto autónomo, ente público, empresa o cualquier otra
forma de asociación en la cual la República, los estados, los municipios u otros de los entes mencionados tengan participación decisiva, si su
cuantía no excede de treinta mil unidades tributarias (30.000 U.T.), cuando su conocimiento no esté atribuido a otro tribunal en razón de su
especialidad.
3. Las demandas de nulidad contra los actos administrativos de efectos generales o particulares, dictados por las autoridades estadales o
municipales de su jurisdicción, con excepción de las acciones de nulidad ejercidas contra las decisiones administrativas dictadas por la
Administración del trabajo en materia de inamovilidad, con ocasión de una relación laboral regulada por la Ley Orgánica del Trabajo.
4. La abstención o la negativa de las autoridades estadales o municipales a cumplir los actos a que estén obligadas por las leyes.
5. Las reclamaciones contra las vías de hecho atribuidas a autoridades estadales o municipales de su jurisdicción.
6. Las demandas de nulidad contra los actos administrativos de efectos particulares concernientes a la función pública, conforme a lo
dispuesto en la ley.
7. Las apelaciones de las decisiones de los Juzgados de Municipio de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
8. Las demandas derivadas de la actividad administrativa contraria al ordenamiento jurídico de los órganos del Poder Público estadal,
municipal o local.
9. Las controversias administrativas entre municipios de un mismo estado por el ejercicio de una competencia directa e inmediata en
ejecución de la ley. 10. Las demás causas previstas en la ley.
COMPETENCIA