Las personas obligadas a llevar contabilidad deben registrar en la cámara de comercio varios libros contables, siendo obligatorios el libro mayor, el libro de inventarios y balances, y el libro diario, entre otros. La información registrada debe estar respaldada por comprobantes, y la legislación colombiana indica que en caso de discrepancias, prevalecen los documentos de soporte. El incumplimiento en la llevanza de contabilidad puede resultar en sanciones, imposibilidad de deducir costos y gastos, y dificultades en litigios.