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PERITAJE CONTABLE Y AUDITORÍA FORENSE
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SEMESTRE ACADÉMICO 2013 - I – II
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TURNO MAÑANA Y NOCHE
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DR. CRISTIAN YONG CASTAÑEDA
COORDINADOR DE LA SECCIÓN DE POSTGRADO DE ECONOMÍA
DR. VICTOR LORET DE MOLA COBARRUBIA
INTRODUCCIÓN
El presente manual del curso de Peritaje Contable y Auditoría Forense reviste
importancia por haberse incrementado el problema que se armen nuevas redes de
corrupción, haciendo que la sociedad invente algo diferente. Algo como vigilar desde
abajo y/o crear formas de hacer publico y castigar al corrupto. De allí que el Peritaje
contable y la Auditoria Forense sea, en opinión de muchos, una forma de poder
castigar a los corruptos.
El fraude es la mayor preocupación en el ambiente de los negocios en la
actualidad, por lo que combatir este flagelo se ha convertido en uno de los objetivos
corporativos tanto a nivel privado como gubernamental, debido a estas crecientes
necesidades surge la denominada: Auditoría Forense.
Desde hace varias décadas en nuestro país la Pericia Contable ha sido
considerada como una prueba fundamental, debido a la vital importancia que ha
adquirido el profesional contable que actuando como perito ,ilustra a los magistrados
del poder judicial en los temas que son de su conocimiento siendo de vital
importancia para una adecuada e imparcial administración de justicia
Los elementos de juicio y evidencias contables, constituyen la base
fundamental de un peritaje contable y las pruebas para la auditoria forense, pues a
través de su examen crítico y sistemático, el perito contador y el auditor forense
llegará a conclusiones que serán de ayuda, a quien lo solicite, en la
compatibilización y evaluación de evidencias en torno a lo que investiga. Luego, en
la medida que disponga de todos los elementos de juicio relacionados con el peritaje
y la auditoria forense, su opinión tendrá la validez que el caso requiera.
La importancia del peritaje para la solución de muchos pleitos la pone de
manifiesto la circunstancia de que el Juez, si bien es un técnico en derecho, no lo es
por lo general en otras ciencias ni posee conocimiento sobre cuestiones de arte, de
mecánica y en numerosas actividades prácticas que exigen estudios especializados
o amplia experiencia.
La corrupción, el fraude y el lavado de dinero en un problema de los gobiernos
y la actividad privada,siendo los causantes de este El problema número uno está
constituido por el desempleo y el subempleo, que no pueden ser resueltos por los
gobiernos, sino por los aportes de la actividad privada. El segundo gran problema es
la corrupción. En el mundo de hoy, más de la mitad de la culpa es por la corrupción
de los empresarios. Otra parte es de los gobiernos, otra de la sociedad civil, que los
deja y les hace el juego por debajo de la mesa. Por esto se hace necesaria la
auditoria forense para examinar e identificar las nuevas modalidades delictivas que
se utilizan con nuevas herramientas tecnológicas.
Por todo lo anteriormente mencionado, podemos señalar que, el actual
Sistema Judicial necesita profesionales altamente especializados en el área
contable, para asumir el trabajo pericial en los procesos civiles, penales, laborales,
procedimiento privativo arbitral, acusaciones constitucionales y otros.
DIAGRAMA DE CONTENIDOS
PERITAJE CONTABLE Y AUDITORIA FORENSE
MARCO CONCEPTUAL DE LA TEORIA DEL
PERITAJE CONTABLE
FUNDAMENTOS DE LA PERICIA
CONTABLE
CONTEXTUALIZACION DEL
INFORME PERICIAL
PROGRAMA Y PAPELES DE TRABAJO
MARCO CONCEPTUAL DE LA TEORÍA DELA AUDITORIA
FORENSE
PLANEAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE AUDITORIA
FORENSE
DIAGRAMA DE CONTENIDO UNIDAD DE APRENDIZAJE I
CAMPO DE ACCIÓN, TECNICAS, PROCEDIMIENTOS,
EVALUACIONES
EL PERITO, EL AUDITOR, EL TESTIGO
CONCEPTO
OBJETIVOS
CARACTERISTICAS
EVOLUCIÓN
REGULACIONES Y BASE LEGAL
NORMAS PERSONALES DEL PERITO CONTABLE
MARCO CONCEPTUAL DE LA TEORIA
DEL PERITAJE CONTABLE
UNIDAD DE APRENDIZAJE I : MARCO CONCEPTUAL DE LA TEORIA
DEL PERITAJE CONTABLE
EVOLUCIÓN HISTÓRICA
Se cree que el origen de la pericia, se remonta a miles de años atrás,
sin embargo no es posible precisar con exactitud el año de su aparición, ni el
lugar, ni quién
l
o
apl
icó
p
o
r
primer
a
vez. En Grecia
,
no se cono
cen
antecedente
s
d
e
est
e
med
io
de prueba e
n
el Derec
ho
Griego
antiguo.
Algunos autores afirman que nace al designar árbitros encargados de
deslindar propiedades vecinas, a la tasación de bienes, al examen de
documento y para verificar la gravidez de la mujer. Para el tratadista Florián,
la pericia tiene su aparición con el Derecho Romano, donde aparece la
peritación, como medio de obtener el convencimiento del Juez, y por lo tanto
como medio de prueba, cuando se elimina el procedimiento in iure.
En el período Justiniano, adquiere mayor aplicación el procedimiento
judicial propiamente dicho o procedimiento in indicio, extra ordinem. En los
pueblos Bárbaros, que denominaron a Europa después de la caída del
Imperio Romano, no se practicó la pericia judicial, porque era incompatible
con las costumbres que imperaron en materia de prueba judicial. Con los
canonistas, por la influencia que ejercieron en el desarrollo del sistema
procesal, reaparece la peritación, principalmente por obra de los
jurisconsultos italianos en materia penal, especialmente en lo referente al
homicidio.
En el proceso inquisitorio se difundió la práctica de peritación, primero en
Italia y luego en el resto de Europa.
En cuanto a la pericia contable dentro del contexto histórico, se puede
afirmar que es y corresponde al Derecho Moderno su aplicación y que debe
su aparición a la relación e interacción económica de los seres humanos. Es
en este sentido, que ahora la pericia no sólo se aplica en el Derecho penal,
sino en todas las demás ramas del Derecho, como medio de llegar a la
verdad.
En la actualidad como decimos líneas antes, no existen trabajos de
investigación acerca de la formación y el ejercicio profesional del peritaje en
el Perú, éste se ha desarrollado sólo gracias a la exigencia de la necesidad
de la realidad. Los Peritos Judiciales, desde antes y hasta ahora se han
formado sólo con un curso de peritaje en algunas Facultades de
Contabilidad o de Ciencias de la Empresa o mediante cursos de extensión
en otras Facultades; resultando que los Peritos actuales tienen una
formación totalmente deficitaria, salvo honrosas excepciones, cuya
formación la han adquirido por su cuenta y con la experiencia adquirida con
el transcurso de los años.
IMPORTANCIA DEL PERITAJE
El peritaje cobra cada día mayor importancia en los procesos penales,
civiles, laborales y contencioso-administrativos. Este aserto lo confirman las
opiniones de diversos autores como:
Giovanni Leone, que puntualiza que “El juez sólo puede prescindir del
perito cuando se trate de conocimiento de determinadas ciencias o artes que
entren en el patrimonio cultural común. Ya que es claro que si el juez puede
con su cultura normal encontrar las reglas, el principio o el criterio aptos para
resolver la cuestión, no está obligado a recurrir a la peritación. Fuera de este
caso, siempre que se compruebe la necesidad de la indagación, el
nombramiento del perito constituye un deber del juez”.
Giuseppe Franchi, considera que debe recurrirse a la pericia siempre
que en el proceso civil o penal, aparezca un problema técnico, y que es
conveniente que el juez disponga de esta colaboración de manera estable,
por lo cual puede hablarse de perito necesario cuyo previo concurso es
indispensable para la decisión.
Franmarino del Malatesta, sostiene que el juez debe recurrir al peritaje
no solamente cuando la ley ordene su práctica en un caso determinado y
cuando la cuestión por investigar se halle fuera de sus conocimientos
técnicos, artísticos o científicos, sino aun cuando se considere capacitado
para verificarla e interpretarla, si aquélla no es perceptible de forma completa
por el común de las personas, en virtud del principio del carácter social del
convencimiento, o de la certeza judicial, porque la sociedad debe estar en
condiciones de controlar, mediante su opinión, la decisión judicial sobre la
existencia y sobre la naturaleza de los hechos.
Estas expresiones de Malatesta son aplicables a la justicia de
cualquier naturaleza y no solamente a la penal, ya que la noción de interés
público en los resultados del proceso ha dejado de ser patrimonio exclusivo
de aquella desde hace más de medio siglo.
Florian¸ también sostiene que el juez debe abstenerse de incursionar
en el ámbito correspondiente a los peritos. Considera, sin embargo, que el
juez puede practicar diligencias que exijan ciertos conocimientos técnicos si
los posee, pero debe entenderse que alude a aquellos conocimientos
técnicos elementales que forman parte de la cultura ordinaria de los
magistrados.
Silva Melero, se orienta que “no parece que la cultura técnica del juez
le exima de recurrir al perito por la presunción basada en el principio de libre
convencimiento. Hay que pensar que la justicia en general, y la penal en
particular, ha de fundarse sobre una certeza que pueda ser contrastada y
compartida por los demás. Un convencimiento exclusivamente individual,
aparentemente, puede parecer enfrentado con la justicia.
Carnelutti, expresa que “así como el juez no puede verlo todo, con
igual y aun mayor razón no puede saberlo todo” y que esta dificultad crece a
diario, de tal modo que la pericia adquiere cada día mayor importancia, a
causa del progreso técnico cada vez más intenso; y más adelante añade que
si bien el juez puede adquirir directamente el conocimiento de una regla de
experiencia, operando por inducción sobre una serie de hechos
suministrados al proceso, por lo general la obtiene mediante la declaración
de un experto; hace hincapié sobre la doble función del perito, como
instrumento de percepción e instrumento de deducción y advierte que si la
indicación de las reglas de la experiencia al juez no es necesaria sino
cuando son ignorados por éste, en cambio la aplicación de ellas al caso
concreto: puede exigir el concurso del perito, cuando para que se haga con
seguridad y sin esfuerzo anormal, exige cierta aptitud o preparación técnica,
que el juzgador no posea.
NATURALEZA DEL PERITAJE CONTABLE
CONCEPTO DE PERITAJE
Actividad de expertos para el examen de hechos que exigen
conocimientos especiales, a manera de inspección delegada, y como juicio
técnico s obre los mismos. El peritaje se asemeja básicamente a un trabajo
de valoración de pruebas aportadas sobre hechos en un proceso y a un
trabajo de investigación para aportar nuevas pruebas, facilitando de este
modo la apreciación de los hechos por el juzgador.
En el peritaje, se debe identificar y evaluar en forma objetiva, las
pruebas aportadas sobre el origen y causas de los hechos en litigio o
presuntos del delito, a fin de validar, corroborar, esclarecer, apreciar y
explicar dichos hechos mediante sus conocimientos y experiencia en materia
contable, tributaria y de auditoría. Finalmente presentar los hechos
comprobados mediante conclusiones en un dictamen pericial por escrito ante
el juzgador.
EL PERITAJE JUDICIAL
Es la prueba elaborada técnica y científicamente por expertos, que
ayudan a que el administrador de justicia pueda dar una solución real a las
partes en litigio y que tiene bajo su responsabilidad.
Características generales del Peritaje Judicial
a. Actividad humana
El peritaje es una actividad humana, en cuanto consiste en la
intervención transitoria, en el proceso de personas que deben efectuar
determinados actos para luego emitir el dictamen solicitado.
b. Actividad procesal
El peritaje es una actividad procesal, que debe producirse en el curso
del proceso o en diligencias procesales o posteriores complementarias.
Debe tenerse en cuenta que no constituyen peritajes jurídicos los conceptos
análogos que se requieren y emiten extrajudicialmente.
c. Actividad calificada
El peritaje es una actividad de personas especialmente calificadas en
virtud de su técnica, su ciencia, sus conocimientos de arte. Es decir, de su
experiencia en materia que el común de las personas desconocen.
d. Encargo judicial
El peritaje exige un encargo judicial previo, ya que no concibe la
pericia espontánea. En este aspecto se distingue del testimonio y de la
confesión. En efecto, si un experto concurre por propia iniciativa ante el
magistrado que conoce de un proceso y emite declaraciones técnicas,
científicas o artísticas sobre los hechos que se investigan, existirá un
testimonio técnico y no un peritaje.
e. Vinculación con los hechos
El peritaje debe versar sobre hechos y no sobre cuestiones jurídicas
ni sobre exposiciones abstractas que no influyan en la comprobación, la
apreciación o la interpretación de los hechos del proceso.
f. Hechos especiales
Los hechos sobre los que debe versar el peritaje deben ser
especiales, en virtud de sus características técnicas, artísticas o científicas.
La verificación, valoración o interpretación de dichos hechos, por lo tanto, no
debe ser posible con los conocimientos ordinarios de personas
medianamente cultas y de jueces cuya preparación es esencialmente
jurídica.
g. Declaración de ciencia
El peritaje es una declaración de ciencia, porque el perito expone lo
que conoce mediante la observación y por deducción o inducción de los
hechos sobre los cuales emite su dictamen, sin pretender ningún efecto
jurídico concreto con sus conceptos. Se distingue de la declaración de
ciencia testimonial, en que mientras ésta tiene por objeto el conocimiento
que el testigo posee de los hechos que existen en el momento de declarar o
que existieron antes, el perito expone también sobre las causas y los efectos
de tales hechos, y sobre los que sabe de hechos futuros, en razón de sus
deducciones técnicas o científicas.
Se diferencia además, en que el testigo ha adquirido por lo general su
conocimiento antes de ser propuesto como tal, en tanto que el perito puede
desconocer los hechos cuando se le encarga la pericia, ya que basta que
posea la experiencia técnica, artística o científica indispensable para
adelantar su investigación y su estudio.
h. Operación valorativa
El peritaje contiene, además de una declaración de ciencia, una
operación valorativa. La pericia, en efecto, es esencialmente un concepto o
dictamen técnico, artístico o científico de lo que el perito deduce sobre la
existencia, las características y la valoración del hecho, o sobre sus causas y
sus efectos y no en un mero relato de sus observaciones o percepciones.
EL PERITO
Es el profesional que reúne las especiales condiciones de capacidad
técnica y científica, y que está llamado a informar en los litigios de las
diferentes jurisdicciones, cuando el Juez de la causa solicita su intervención.
Asimismo, se dice que, el Perito, es la persona competente en
determinado orden de conocimientos, llamado a emitir dictamen sobre algún
punto que debe dilucidarse. Es la persona escogida por el Juez, en razón de
sus conocimientos técnicos, que tiene por misión proceder a aplicar éstos,
después de haber prestado juramento al cargo y que efectuará exámenes,
verificaciones y apreciaciones de hecho, consignando el resultado en un
proceso verbal o en una relación procesal.
* Perfil Profesional del Perito
Para el ejercicio de sus funciones, todo Perito debe contar con un
adecuado perfil profesional en cuanto a condiciones y cualidades personales
y adquiridas; tales como:
a. Condiciones personales
Son los valores que atañen directamente al profesional y que en conjunto
representan su valor intangible, que dentro de los más relevantes podemos
citar:
Integridad.-Implica rectitud, justicia y firmeza en las resoluciones u
opiniones que tome el Perito, tanto en el ejercicio de sus funciones,
como fuera de ellas.
Independencia de criterio.-Una condición especial del Perito, es la
independencia de criterio frente al resultado del trabajo que realiza; el
profesional debe expresar juicios imparciales, considerando los
fundamentos objetivos del caso y no los de
naturaleza subjetiva.
Puntualidad.-Es la materialización del grado de responsabilidad
frente a la aceptación de las obligaciones. Implica cuidado y
diligencia en realizar las tareas encomendadas a su debido tiempo.
Trato social.-Es el comportamiento frente a las personas con quienes
se mantiene diversas relaciones. En el caso del Perito, la experiencia
adquirida durante el trayecto de su vida, deberá adecuarla, si es
necesario, al trato cortés pero enérgico del profesional que desarrolla
su labor, sin interferir ni causar molestias a nadie.
Discreción.-Está relacionada directamente con la confidencialidad y
buen uso de la información que el Perito obtiene durante el curso de
su trabajo. En este sentido, no debe divulgar la información obtenida
del expediente y cuidar de no proporcionar explicaciones de carácter
técnico o legal sobre los cuales no está plenamente seguro o no haya
pronunciamiento oficial, pues una interpretación equivocada, atenta
contra el prestigio profesional, y en última instancia, contra la propia
Administración de Justicia.
Capacidad intelectual.-Está relacionada directamente con el grado de
inteligencia que tenga el Perito y la cultura que indispensablemente
debe de adquirir, para alcanzar un elevado desarrollo personal y
profesional.
b. Condiciones adquiridas
Estas condiciones están referidas al conocimiento que el Perito debe tener
sobre este campo. El profesional antes de realizar las labores inherentes a
su cargo, debe prepararse y capacitarse de tal forma, que realice
satisfactoriamente su trabajo cuando sea requerido.
* Intervención de los Peritos
Cuando el asunto es demasiado técnico, en el que la investigación
sea profunda y se requiera gran eficiencia para demostrar hechos que
aparecen ocultos y que sólo la experiencia del Perito pueda interpretar, el
Juez de la causa nombra PERITOS DE OFICIO por resolución judicial.
Cuando alguna de las partes litigantes o las dos partes consideran
necesaria la intervención de peritos, y solicitan al Juez el nombramiento, es
potestativo del Magistrado acceder o no a tal designación; cuando el Juez
acepta el nombramiento, éste toma el nombre de NOMBRAMIENTO DE
PARTE.
En el caso que se hayan nombrado peritos de oficio y de parte, y
existieran discrepancias fundamentales en las conclusiones entre ambas
pericias, el Magistrado designará un nuevo Perito con el carácter de
DIRIMENTE.
Por lo general en el Perú, se designan dos peritos.
EL AUDITOR
Persona que, ya sea como empleado de planta o en una capacidad externa
y profesional,
audita los libros de contabilidad y los registros que llevan otras personas.
* Características del Auditor -Es el profesional contratado
por la propia empresa o entidad para expresar una opinión
sobre los Estados Financieros a una fecha determinada,
previa evaluación de sus controles internos administrativos,
de examen de sus libros contables, documentos y otros
registros comentarios.
- Su opinión la expresará a través de un Dictamen,
pronunciándose también
sobre la razonabilidad, consistencia y aplicación de sus
Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados, por parte
de la empresa o entidad auditada, seguidos en la preparación
de dichos Estados Financieros.
- Su actuación profesional le permite abarcar los campos de la
Auditoria Financiera, Tributaria y Operativa, incluyendo
“Exámenes Especiales”, en cualquiera de estos campos.
- Conviene puntualizar que el Auditor, al examinar un “examen
especial” no tiene como objetivo dictaminar sobre la situación
financiera. Su finalidad es obtener alguna información
específica concerniente a alguna particular de la empresa o
entidad y su alcance es siempre limitado.
EL TESTIGO
Es la persona física que en calidad de tercero declara en juicio sobre
hechos controvertidos, que los ha percibido bajo sus sentidos y a cuyas
consecuencias no se encuentra vinculado.
En otros términos, se dice que el Testigo, es la persona física que en
calidad de tercero declara en juicio sobre hechos controvertidos, que los ha
percibido bajo sus sentidos y a cuyas consecuencias no se encuentra
vinculado.
* Características :
- Si bien su relato es algo más que una enunciación de hechos,
pues en toda exposición no puede destacarse la interpretación
que se hace de los mismos, está motivado en razonamientos
propios, pues no se le exige al testigo opinión fundada sobre
conocimientos particulares.
- Su saber es común, presentándose como el prototipo de un
narrador, debiendo responder a preguntas precisas que le
formulan los juzgados ó la Corte Superior. Sólo en casos de
excepción, emite conclusiones, que serán tenidas en cuenta si
posee conocimientos especiales, respecto al hecho que ha
observado.
- Son deberes del testigo: comparecer ante la citación del
Juzgado, y declarar conforme al interrogatorio a que se somete
y prestar juramento.
* Clasificación de losTestigos:
-Por razón de su función: Narrador y Fedatario.-Por razón del nexo:
Directos e indirectos.-Por razón del conocimiento: Perito y Profano.-
Por razón del sujeto que recibe el testimonio: Judicial y Extrajudicial. -
Por razón del procedimiento: Hábiles, sospechosos e inhábiles.
� Su labor es pasiva.
� 20% de investigación y 80% de comprobación y análisis.
� Su informe va dirigido a los empresarios y a terceros.
� Utilizan una literatura técnica.
� Su labor es activa.
� 80% de investigación y 20% de comprobación y análisis.
� Su informe va dirigido al Juez.
� Utiliza una literatura menos técnica.
� No está obligado a la aceptación del cargo.
� Basa su informe en sus conocimientos técnicos y en su experiencia
técnica.
� Tiene una elevada moral.
� Está obligado a concurrir al llamado del Juez.
� Basa su informe utilizando el sentido visual y auditivo.
� La mayoría carece de moralidad.
TÉCNICAS DEL PERITAJE
Las técnicas son los métodos que el Perito aplica para obtener y
evaluar las pruebas necesarias para fundamentar su dictamen.
El Peritaje Contable Judicial no tiene técnicas propias para la
obtención y evaluación de pruebas, se utilizan las técnicas de auditoría. La
diferencia entre el Peritaje Contable Judicial y Auditoría la encontramos, no
en las técnicas que son las mismas, sino en la metodología a desarrollar; y
en las prácticas o procedimientos a aplicar en cada trabajo de auditoría o
PERITO
pericial. Es por esta razón que al Peritaje Contable Judicial se le reconoce
como examen especial de auditoría.
En auditoría se reconoce la existencia de cinco grupos de técnicas y
catorce propiamente dichas, igualmente aplicables al Peritaje Contable
Judicial, las mismas que mencionaremos a continuación:
Grupos de
Técnicas
Técnicas propiamente dichas
Ocular Comparación o compulsa Observación
Inspección Rastreo
Verbal Indagación
Escrita Análisis o estudio Conciliación
Confirmación
Acción de
revisión
Comprobación Computación Totalización
Verificación Revisión selectiva
Acción
combinada
Examen
Concepto de cada una de las técnicas:
Comparación compulsiva.-Observar o cotejar la similitud o diferencia de los
conceptos importantes y la ética, entre los registros y documentos y
viceversa y entre varios registros o entre varios documentos.
Observación.-Examen visual para cerciorarse de ciertos hechos y
circunstancias.
Inspección.-Examen físico de bienes o documentos con el objeto de
demostrar la existencia o su autenticidad.
Rastreo.-Seguimiento de una transacción o de un hecho, de un punto a otro
o desde el inicio hasta que termine.
Indagación.-Obtención de información mediante preguntas o a través de
averiguaciones y conversaciones.
Análisis o estudio.-Separación en partes o elementos lo que realmente
interesa.
Conciliación.-Hacer que concuerden dos conjuntos de cifras relacionadas,
separadas e independientes.
Confirmación.-Obtención de comprobación de saldos y otros datos con
documentación externa.
Comprobación.-Examen de las pruebas o evidencias que apoyan una
transacción o constatan un documento demostrando autorización y
legalidad.
Computación.-Verificar la exactitud o cálculo matemático de las operaciones,
efectuar cálculos.
Totalización.-Verificar la exactitud de sub-totales y totales verticales y
horizontales.
Verificación.-Probar la exactitud o veracidad de un hecho.
Revisión selectiva.-Revisar el universo de saldos o transacciones a base de
muestras representativas.
Examen.-Revisar, investigar, inspeccionar, comprobar la veracidad de los
hechos, saldos o transacciones, o la exactitud de los mismos.
Cuadros comparativos de las técnicas propiamente dichas:
OCULAR
Comparación
Compulsiva
Observación Inspección Rastreo
Observar o cotejar
la similitud o dife-
rencia de los con-
ceptos
Examen visual
para cerciorarse
de cier-tos
hechos
Examen físico de
bienes o
documen-tos para
verificar su
autenticidad
Seguimiento de
una transacción
o de un hecho
ESCRITA
Análisis o Estudio Conciliación Confirmación
Separación en partes o
elementos de lo que
realmente interesa
Hacer que coincidan
dos conjuntos de cifras
rela-cionadas
Obtención de compro-
bación de saldos y
otros datos
ACCIÓN DE REVISIÓN
Comprobación Computación Totalización Verificación y
revisión selectiva
Examen de
pruebas que
apoyan una
transacción
Verificar
exactitud de las
operaciones
matemáticas
Similar a la
anterior
(totales
Verificar la exacti-
tud de hechos y re-
visión selectiva del
universo de saldos
PROCEDIMIENTOS DEL PERITAJE
Son aquellas acciones que el Perito ejecuta para desarrollar con eficiencia,
efectividad y con orden el trabajo pericial. Entre ellos tenemos:
Leer y estudiar el expediente judicial, identificando y extractando los
asuntos que interesan al juzgador y son útiles para el trabajo pericial.
Obtener las siguientes piezas del expediente: -
Copia del auto judicial en que se designa o
nombra al Perito, tomando en cuenta el plazo
de presentación, el objetivo y los puntos de la
pericia sobre los que se deberá informar. -Datos
de las partes y de los profesionales que los
representan o patrocinan. -Montos reclamados
o denunciados. -Puntos de la pericia. -Síntesis
de los hechos en litigio demandados en el fuero
civil o presuntos delitos en el fuero penal,
relacionados con los puntos de la pericia y de
las pruebas presentadas por las partes con
respecto a dichos hechos.
Revisión de la situación legal de los libros de contabilidad, principales
y auxiliares, de actas del directorio y accionistas, de registro y
transferencia de acciones, que contengan y/o estén relacionados con
los hechos en litigio o presuntos delitos y con las pruebas actuales o
apartadas.
Examen de los asientos y partidas contables y la documentación
sustentatoria relacionados con los hechos en litigio y por presuntos
delitos y con las pruebas actuadas o apartadas.
EVALUACIONES DEL PERITAJE
Revisión del expediente -Inmediatamente después del
juramento, el Perito procederá a examinar el
expediente en el juzgado o en su oficina. Deberá
solicitarlo al secretario quien se la entregará previa
forma de pago.
Es necesario que en el cargo conste la dirección y el teléfono del
Perito, para si es necesario que le soliciten que lo devuelva. Es
conveniente que el Perito verifique si el expediente contiene el
número de fojas que dice el cargo. Si nota que faltan fojas o
documentos, es mejor que no lo retire; tal situación le hará conocer al
Secretario. El Perito debe conocer que el expediente puede constar
de uno o más files; en el lenguaje forense se denomina cuadernos.
Debe quedar claro que el expediente se presta para consulta o para
fotocopiar las piezas que el Perito considera necesarias. Jamás
deberá subrayar, escribir o alterar escrito alguno, porque podrá dar
lugar a acusación penal.
En el fuero civil, el Perito debe leer cuidadosamente tanto la demanda
como su ampliación si la hubiere a efectos de conocer el motivo del
juicio, sus pretensiones. Con igual propósito deberá informarse de la
contestación de la demanda y de lo que afirma o niega la parte
demandada.
Luego deberá examinar con mucho cuidado, el criterio con el que se
ofrece la prueba de peritos y el propósito por el cual se solicita. Aquí
radica lo fundamental, el centro de lo que se va a peritar. Es el objeto
del peritaje y que el Juez, de acuerdo al Art. 493 C de la P.C. deberá
repetir en su resolución.
En el fuero penal sucede algo parecido, por lo que el Perito habrá de
estudiar y quedarse con copia de la denuncia y dictamen fiscal, de la
instructiva, de la preventiva y de cualquier otro documento que lo
ilustre sobre el objeto del peritaje y los alcances para su trabajo.
Es aconsejable igualmente leer las actas donde se han actuado las
otras pruebas, con el propósito de extraer algún dato que sea de
interés al peritaje.
El Art. 162 del Código de Procedimientos penales dispone que en el
mismo decreto que se nombra peritos, deberá determinar el plazo en
que han de presentar su dictamen, cuidándose de que este plazo sea
suficiente.
En el fuero civil el Art. 493 del C. de P.C., dispone que el Juez fijará
con precisión el objeto del peritaje y el término para que los Peritos
presenten su dictamen.
Terminado el peritaje se devolverá el expediente al mismo secretario
y se cuidará de anular el cargo. De no encontrarse el cargo, el Perito
deberá solicitar al secretario un recibo de estar devolviendo el
expediente con igual número de fojas y en perfectas condiciones.
Una vez estudiado el expediente, el Perito deberá preparar un
resumen de la litis al que denominará antecedentes.
Determinación de las cuestiones a peritar -Tan luego se ha
terminado de estudiar el expediente en su aspecto general y
en particular del recurso de ofrecimiento de la prueba de
Peritos, el Contador Público deberá determinar las cuestiones
que serán el motivo principal de su trabajo.
El cuestionario debe ser, pues, producto de un conocimiento cabal de
las pretensiones de las partes involucradas en el proceso, además de
lo que puedan solicitar el juez y el fiscal, de ser el caso.
En base a dichos antecedentes, el Contador se formulará las
cuestiones a peritar, justas y necesarias, cuyo desarrollo y posterior
correlación ayudará al juez a emitir sentencia.
Jamás se deberá comenzar a ejecutar un peritaje si previamente no
se ha determinado el cuestionario a desarrollar que conduzca, previa
elaboración de un programa de trabajo, al objeto del peritaje. Es algo
así como el programa en la auditoría, que lleva a sus objetivos.
La ejecución de un cuestionario pericial requiere de la elaboración de
un programa para alcanzar sus objetivos.
La etapa del examen del expediente es la columna vertebral de todo
peritaje, porque solamente con dicho examen en que se adquiere el
conocimiento cabal del objetivo central de la prueba pericial.
*Ejecución del cuestionario Determinado el cuestionario a peritar, el perito
puede de dos
maneras ejecutar su trabajo:
-Sólo con la documentación que obra en el expediente.
-Además, con los libros y documentos contables de la o las partes
involucradas.
Competencia, experiencia y perfeccionamiento profesional
permanente:
El Perito Contable-Judicial debe poseer cualidades de competencia y
experiencia necesarios para su actuación, así como debe demostrar una
capacitación, actualización y perfeccionamiento permanentes. La
competencia entendida como los necesarios atributos de entrenamiento;
aptitud y capacidad técnicos excelentes; experiencia, entendida como la
suficiente práctica y habilidad. En suma la competencia y el
perfeccionamiento profesional deben expresarse juntos en un nivel de
idoneidad técnica en constante desarrollo.
Independencia, imparcialidad e integridad en las actuaciones
periciales:
El Perito Contable Judicial, por su condición de profesional que ilustra,
explica y orienta a los Magistrados en asuntos de su especialidad sujetos a
controversia legal. La independencia del Perito Contable respecto a los
sujetos procesales, debe ser la conducta que regirá en todo el proceso del
peritaje. El Perito Contable debe demostrar no solamente si es
independiente y objetivo, sino que sus acciones y situaciones evidencien por
sentido lógico y común. El Perito no debe recibir beneficios de ninguna
naturaleza provenientes de las partes.
Diligencia y esmero continuos en el desarrollo del proceso pericial:
El Perito Contable Judicial debe realizar sus labores prestando el mayor
cuidado, diligencia y esmero posibles, de manera continua y en todas las
etapas del proceso pericial. El cuidado y diligencia del Perito Contable, debe
expresarse en la organización y sistematización de sus labores de manera
integral.
Estricta legalidad en las actuaciones periciales:
El Perito debe ceñirse a las funciones y atribuciones que prescriben las
leyes, disposiciones normativas y reglamentos que rigen su labor, para el
efecto deberá cumplir con las normas legales y la profesional del campo del
Contador Público.
Planeación del trabajo pericial:
El Perito Contable Judicial efectuará la planeación del proceso de la
planeación, expresada en una planificación específica y un programa de
procedimientos acordes a cada caso y tipo de labor. La planeación del
peritaje contable judicial debe tener un sentido estratégico y con dirección al
objetivo de las pericias.
Estudio y comprensión intensivos de los expedientes judiciales,
información y documentación inherente:
Estudio y comprensión intensivos de las controversias y asuntos vinculados
en relación con la contabilidad, la documentación de prueba e informes del
mismo rango, y de todo elemento vinculado de naturaleza contable-
financiera.
Evidenciación y documentación:
El Perito Contable debe adquirir evidencia suficiente y adecuada acerca de
los hechos y objeto de controversia. La evidencia relativa a los peritajes
contables será suficiente, cuando los elementos de juicio obtenidos por los
Peritos les permiten adquirir certeza y opinión razonables a los asuntos
verificados. La evidencia será adecuada cuando a criterio del Perito posea
calidad, integridad, etc., respecto al asunto en controversia.
Preparación y emisión del informe pericial :
Los Peritos Contables en concordancia con la naturaleza de los procesos
judiciales y las prescripciones legales al respecto, debe preparar, emitir y
presentar informes escritos. Para que los informes periciales logren sus
objetivos, deben redactarse con la necesaria y explicativa claridad, exactitud,
concisión y optar por un tono ilustrativo en su redacción. La exactitud en el
informe proviene de la objetividad en la ejecución del peritaje. La exactitud
exige objetividad. El informe en su parte de análisis y explicación pericial,
debe incluir el enfoque característico de la situación peritable, lo que en el
campo de la auditoría equivale a las observaciones.
Calidad y control en el proceso del Peritaje Contable:
En cuanto a la calidad en el proceso del Peritaje Contable, el Perito Contable
debe ejecutar su labor pericial, sustentándose en la necesidad de
perfeccionar permanentemente todas las acciones comprendidas en el
proceso pericial, hacia el logro de la calidad de principio a fin, además de
verificar el cumplimiento de las normas y procedimientos que fueron
planificados y rigen el ejercicio de cada pericia.
Revisión exhaustiva de los papeles de trabajo y evidencias:
Al final de cada labor y al término del proceso de ejecución de la pericia
contable, debe practicarse una revisión y comprobación de los papeles de
trabajo y evidencias de manera exhaustiva y completa, verificándose el
contenido, alcances y calidad de los registros, seguimiento y conclusiones;
su concordancia con las prescripciones normativas y la planeación realizada,
además de evaluar los resultados de los procedimientos planificados,
obteniéndose las conclusiones correspondientes.
CAPÍTULO I *PERITOS
Artículo 273.-Los Peritos Judiciales deben reunir los requisitos que las
leyes procesales exigen, tener conducta intachable y figurar en la nómina
que remitan las instituciones representativas de cada profesión.
Artículo 274.-Los Colegios Profesionales y las Instituciones
representativas de cada actividad u oficio debidamente reconocidas, remiten
anualmente a la Corte Superior del Distrito Judicial correspondiente, la
nómina de sus miembros que considere idóneos para el desempeño del
cargo de Perito Judicial, a razón de dos por cada Juzgado. Estos deben
recibir dentro de la circunscripción de cada Juzgado y reunir los requisitos
legales para el desempeño de tal función. Las nóminas son transcritas a los
Juzgados para que estos designen rotativamente, en cada caso y en
presencia de las partes o de sus abogados, a quienes deben actuar. Las
Cortes Superiores pueden solicitar, cuando lo consideren conveniente, se
aumente el número de peritos que figuran en las nóminas. Concordancia:
C.P.C. Art. 160 y siguientes; C.P.C. Art. 491.
Artículo 275.-Los Órganos Jurisdiccionales pueden solicitar de oficio a
las Instituciones Profesionales que emitan informes ilustrativos o peritajes
sobre asuntos específicos. Concordancia: C.P.C. Art. 165.
Artículo 276.-En caso de que se solicite informe o pericias a los
funcionarios de la Administración Pública, estos están obligados a presentar
su colaboración bajo responsabilidad, salvo que se afecten las labores a su
cargo, a juicio de su superior jerárquico, en cuyo caso deben excusarse.
Concordancia: C.P.C. Art. 242.
Artículo 277.-En los lugares donde se haya podido formular las
nóminas a que se refiere el artículo 273° para el nombramiento de peritos,
los Órganos Jurisdiccionales se rigen por las disposiciones procesales
pertinentes. Concordancia: Ley Orgánica del Poder Judicial Art. 273.
Artículo 278.-Las irregularidades cometidas por los Peritos en el
desempeño de sus funciones, son puestas en conocimiento de las
instituciones profesionales que los propusieron, sin perjuicio de aplicarse las
sanciones que establece la Ley.
Artículo 279.-Los honorarios de los Peritos, en los peritajes pedidos
por las partes, se fijan y pagan con arreglo a las disposiciones procesales
pertinentes. Quienes soliciten una pericia deben consignar previamente los
honorarios correspondientes, conforme al arancel vigente.
Artículo 280.-Se exceptúan de las reglas que se precisan en este
capítulo, los Peritos Judiciales Contadores y Asistentes Sociales con que
cuentan los Juzgados de Trabajo y de Menores, por ser funcionarios de
carácter permanente cuyo régimen esta señalado en el Reglamento y
Escalafón a que se refiere el artículo 254° de esta Ley. En esta misma
condición se encuentran aquellos profesionales universitarios no abogados
que con carácter permanente prestan labores en el Poder Judicial.
Concordancia: L.O.P.J. Art. 254°.
El cuerpo médico forense, la Policía Judicial, el cuerpo de traducción
e interpretación, los martilleros públicos u otros órganos y personas de
auxilio judicial se rigen por las leyes y reglamentos pertinentes.
EL PERITO
En primer lugar el Perito es un Órgano de Auxilio Judicial, colaborador
de la Justicia; por lo que su actuar se rige por la Ley y demás disposiciones
pertinentes. La pericia de acuerdo al Código Procesal Civil es un medio
probatorio típico, toda vez que el Perito es la persona competente en una
determinada materia de conocimientos y que es llamado por el Juez, cuando
la apreciación de los hechos controvertidos requiere de conocimientos
especiales de naturaleza científica, tecnológica, artística u otra análoga.
En tal sentido, el dictamen que emiten es la prueba de exigencia
directa, por medio del cual se superan las dificultades que se oponen al
conocimiento directo de los hechos por los sentidos del juzgador. Al ofrecer
la pericia indicará con claridad y precisión los puntos sobre los cuales
versará el dictamen, la profesión u oficio de quien debe practicarlo y hecho
controvertido que se pretende establecer con el resultado de la pericia;
acotando que los peritos son designados por el Juez en el número que
considere necesario; señalando que estos de acuerdo a la Ley tienen
derecho a cobrar sus honorarios profesionales que sean fijados por el Juez
de la causa.
En consecuencia, constituye un deber profesional de defender la
importancia de la aplicación de la pericia judicial en la justicia, porque
permite buscar siempre la verdad científica para tratar de alcanzar la justicia.
Por ello podemos afirmar, que el Peritaje no es un simple caso jurídico visto
a través de un temperamento técnico sino de que pertenece a lo que
debemos denominar la Ciencias Pericial; que es lo que lleva al Perito a
superar la tecnicidad, sin olvidar los valores morales, éticos y jurídicos que
está obligado a respetar.
POLICÍA JUDICIAL
La Pericia Judicial tiene por función realizar las citaciones y
detenciones dispuestas por el Poder Judicial, para la competencia de los
imputados, acusados, testigos y peritos, así como practicar las diligencias
propias de sus funciones. El personal de la Policía Nacional, tiene bajo su
responsabilidad, la custodia y seguridad de los Magistrados e instalaciones
del Poder Judicial, así como el traslado de imputados y sentenciados.
DIAGRAMA DE CONTENIDO UNIDAD DE APRENDIZAJE II
UNIDAD DE APRENDIZAJE IIFUNDAMENTOS DE LA
TRIBUTARIO
LABORAL
CIVIL
PENAL
CAMPOS DE ACCION
CLASES DE PERITAJE
MARCO CONCEPTUAL DE LA TEORIA
DEL PERITAJE CONTABLE
PERICIA
* CLASIFICACIÓN DEL PERITAJE
Si se clasifican en función de la persona o ente que designa a los
Contadores Públicos en calidad de Peritos, el peritaje puede ser: JUDICIAL,
DE OFICIO Y ARBITRAL.
a. Peritaje Contable Judicial
Se denomina así, cuando un Juez designa a un Contador Público o a
las asociaciones profesionales para que practiquen peritajes y emiten
informes ilustrativos sobre asuntos específicos que le permita administrar
justicia en el fuero civil y de los hechos denunciados en el furo penal.
Además es un peritaje de carácter oficial. Es el trabajo que realiza un
profesional de las ciencias contables a pedido del administrador de justicia.
El peritaje contable es una función exclusiva del Contador Público,
porque así está establecido en la Ley Nº 13253 de Profesionalización del
Contador, desde hace más de 35 años.
Por otro lado, es conveniente recordar que los peritajes contables,
generalmente están relacionados con asuntos que únicamente le compete al
Contador Público como la contabilidad, interpretación de estados financieros,
controversias sobre rentabilidad y valorización de empresas, determinación
de deudas y obligaciones, cálculo de intereses, lucro cesante y muchos otros
temas en los cuales debe aplicar e interpretar principios de contabilidad
generalmente aceptados y obviamente las disposiciones legales que le sean
aplicables.
b. Peritaje de Oficio
Se denomina peritaje de oficio o de parte cuando el Perito es
designado por alguna de las partes que intervienen en la controversia en el
proceso judicial o árbitro, con el conocimiento del Juez que corresponda.
c. Peritaje Arbitral
Es cuando los árbitros seleccionan y designan al Perito Contable si
fuese necesaria una opinión técnica, independiente y objetiva.
* INICIACIÓN DE LA PERICIA
Los peritos para ejecutar su trabajo, tendrán que hacer un detenido
estudio de los expedientes materia del litigio y su naturaleza, a fin de poder
enfocar los puntos que el juzgado haya indicado, o los que la preparación y
experiencia de los peritos puedan desarrollar. En este estudio se tiene que
investigar y analizar toda la documentación que las partes litigantes hayan
presentado en los recursos de demanda o denuncia.
En el estudio o investigación de los hechos que motivan el juicio, los
peritos no deben inmiscuirse en los asuntos del derecho, sino
exclusivamente en lo referente a los hechos contables.
Terminado los estudios del caso, los peritos presentarán al juzgado, el
informe o pericia. Los peritos deben entregar al juzgado de la causa tres
ejemplares del informe, de las cinco que deben mecanografiarse: un original
para el Juez, dos copias para las partes litigantes, y dos copias para cada
uno de los peritos.
Los peritajes en materia contable que con más frecuencia se presentan en
las jurisdicciones Civil, de Instrucción y de Trabajo son:
En los Juicios Civiles:
a. Peritajes sobre los beneficios de inventarios
b. Peritajes sobre liquidación de sociedades.
c. Peritajes sobre rendición de cuentas.
d. Peritajes sobre participación testamentaria.
e. Peritajes sobre fecha retroactiva y causa de quiebra.
En los Juicios de Instrucción:
a. Peritajes sobre los delios contra el patrimonio público y privado.
b. Peritajes sobre calificaciones de quiebra.
c. Peritajes sobre siniestros de incendio, con visos de intención.
En los Juicios de Trabajo:
a. Peritajes sobre beneficios sociales.
* EN LOS JUICIOS CIVILES
�PERITAJES SOBRE BENEFICIO DE INVENTARIOS.-Consiste en no
hacer a los herederos que aceptan responsables de las obligaciones
hereditarias y testamentarias, sino hasta concurrencia del valor total de los
bienes que han heredado, según ley.
�PERITAJES SOBRE LIQUIDACIONES DE SOCIEDADES.-Es el juicio por
el cual uno o más socios, o los accionistas de una empresa impugnan los
resultados de un proceso liquidatorio, que ha producido una
descapitalización, que afecta al capital de los socios, y que convierte a cero
el valor de las acciones de capital.
�PERITAJES SOBRE RENDICIÓN DE CUENTAS.-Cuando se presenta
una demanda para establecer posible irregularidades que no llegan a
considerarse por el demandante como fraudes cometidos por el rindente.
�PERITAJES SOBRE PARTICIONES TESTAMENTARIAS.-Es materia de
división de herencia, pues los herederos consideran que se han lesionado
sus derechos.
�PERITAJES SOBRE FECHA DE RETROACCIÓN Y CAUSAS
DETERMINANTES DE UNA QUIEBRA.-Se da cuando hay insolvencia
económica, cesación de pagos, etc., es decir, el encontrarse sin liquidez
para atender los compromisos contraídos con sus acreedores y no poder
firmar contratos de compra-venta.
* Definición de términos
Beneficio de Inventarios Modalidad bajo la cual puede aceptarse una
herencia; en cuyo caso el valor de los bienes y deudas o cargas será
el que aparezca en el inventario judicial, sin perjuicio de las
modificaciones que surjan como consecuencia de una posterior
verificación administrativa La aceptación de la herencia debe
hacerse por ante el juez de la sucesión dentro de los 10 días ante
escribano y 2 testigos, citándose a los acreedores y legatarios.
El plazo del inventario es de 3 meses, y transcurrido estos, el
heredero tiene 30 días mas para aceptar o renunciar la herencia.
1.-Procedencia: Cuando lo prescriba la ley o se sustente su
necesidad, cualquierinteresado puede solicitar fracción de inventario
con el fin de individualizar la existencia de los bienes que pretende
asegurar.
2.-Audiencia de Inventario: La audiencia de inventario se realizara en
el lugar, día y hora señalados, con la intervención de los interesados
que concurran. En el acta se inscribirán ordenadamente los bienes
que se encuentren en el lugar, su estado, las características que
permitan individualizarlos, sin calificar la propiedad ni su situación
jurídica, dejándose constancia de las observaciones e impugnaciones
que se formulen.
3.-Inclusión de bienes: Cualquier interesado puede pedir la inclusión
de bienes no señalados en la solicitud de inventario inicial,
acreditando el titulo respectivo. El plazo para pedir la inclusión vence
el día de la audiencia y se resolverá en esta.
4.-Exclusión de bienes: Cualquier interesado puede solicitar la
exclusión de bienes que se pretenda asegurar, acreditando el titulo
con que lo pide. Se puede solicitar la exclusión dentro del plazo
previsto, la que se resolverá en una nueva audiencia fijada
exclusivamente para tal efecto. Vencido el plazo para solicitar la
exclusión o denegada esta, puede ser demandada en proceso de
conocimiento o abreviado, según la cuantía.
5.-Valorización: Puede ordenarse que los bienes inventarios sean
valorizados por peritos, siempre que se solicite antes de concluida la
audiencia. Pedida la valorización, el juez nombrara peritos y fijara
fecha para la audiencia respectiva.
6.-Protocolización y efectos: Terminado el inventario y la valorización,
en su caso, se pondrá de manifiesto lo actuado por 10 días en el local
del juzgado. Si no se pide exclusión o resuelta esta, el juez aprobara
el inventario y mandara que se protocolice notarialmente.
Liquidación de Sociedades Es la que se inicia una vez disuelta la sociedad.
Durante la liquidación, la sociedad debe añadir a su razón social la
denominación “en liquidación” en todos sus documentos. Desde el acuerdo
de disolución cesa la representación de los directores, administradores,
gerentes y representantes en general, asumiendo los liquidadores las
funciones que les corresponden de acuerdo a Ley.
Una condición importante de las sociedades disueltas, es que conservan su
personería jurídica mientras dura el proceso de liquidación y hasta que se
inscriba la extinción en el Registro. Durante este proceso las sociedades
deben añadir a su razón social o denominación la expresión “en liquidación”
en todos sus documentos o correspondencia de tramité. La disolución es
efectuada por los liquidadores, quienes son designados por Junta General,
socios, pero principalmente por el Juez, siendo impar su número. El cargo
del liquidador es remunerado, salvo se disponga lo contrario con respecto a
estas personas naturales o jurídicas.
Rendición de Cuentas En materia contable es una liquidación sobre los
ingresos o egresos de dinero con la correspondiente documentación
contable que debe presentar el responsable de los fondos que tiene en su
poder. Aquí el Código de Comercio dice, todo negocio es objeto de una
cuenta conforme a los asientos contables de los libros de quien la rinde y a
ella deben acompañarse los respectivos elementos de comprobación.
Todo comerciante que contrata por cuenta ajena está obligado a rendir
cuenta instruida y documentada de su comisión o gestión administrativa.
Quiebra Es el estado del comerciante y de las sociedades comerciales y aún
de los no comerciales en ciertos casos, que incurren en cesación de pagos y
cuando esta circunstancia ha sido constatada y declarada por el Juez en el
Campo Civil. Existen varios tipos de quiebra: Quiebra Casual, Quiebra
Culpable, Quiebra Fraudulenta.
QUIEBRA CASUAL.-La que se produce sin que haya intervenido
negligencia, culpa o dolo del fallido. Puede inclusive, ser provocada por
fuerza mayor o como fortuito. Cuando la quiebra es casual, el expediente
separado que se instruye para la calificación de la falencia, se mandará
archivar por el Juez.
QUIEBRA CULPABLE.-Si ha sido provocada por alguna de las causas
mencionadas en la Ley como determinantes de culpa. Cuando el Juez de
comercio califica la quiebra de culpable, debe ordenar el envío del
expediente al Juez correccional o del crimen que corresponde.
QUIEBRA FRAUDULENTA.-La que se produce concurriendo algunas de las
circunstancias previstas en la Ley de la materia. Declaración por el Juez
como consecuencia de la realización por el empresario quebrado de una
serie de maniobras en evidente perjuicio de los acreedores. El quebrado
fraudulento no podrá ser rehabilitado.
* EN LOS JUICIOS DE INSTRUCCIÓN
� PERITAJES SOBRE DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO
PÚBLICO Y PRIVADO.-La que se da por efecto de defraudación,
malversación de fondos, estafas, desfalcos, apropiaciones ilícitas, abusos de
confianza, violación de depósitos, peculado y contra la fe pública, etc.
�PERITAJES SOBRE CALIFICACIÓN DE QUIEBRA Y CULPA
FRAUDULENTA.-En la que los peritos exponen las características que
presentan los hechos comprobados y que el Juez los apreciará para resolver
sobre la calificación que corresponde.
�PERITAJES SOBRE SINIESTROS DE INCENDIO CON VISOS DE
INTENCIONALIDAD.-Estas pericias surgen cuando se produce un siniestro
de incendio y a mérito del atestado policial y muchas veces solicitado al
Juzgado de Instrucción de turno por las compañías aseguradoras que
consideran que van a ser lesionados sus intereses al tener que pagar los
daños ocasionados por dicho siniestro.
* Definición de términos Estafa Es el engaño que induce a error a la
victima de modo que menoscaba su patrimonio en beneficio del
infractor. Sus elementos constitutivos son pues el engaño, la astucia,
el ardid y otra forma fraudulenta. Por ejemplo, se me vende un
terreno, una propiedad, un objeto cuya propiedad no pertenece al que
vende. He sido victima de una estafa.
Defraudación Es el engaño, la mala fe en las relaciones con otro y en
propio beneficio,y nos parece que es más bien el término general.
Apropiación ilícita Es la que en forma indebida hace el infractor de un
bien mueble, una suma de dinero o cualquier objeto que se haya
entregado para su custodia y depósito, a título de administrador o
cualquier otro título no traslaticio del dominio y con la obligación de
devolver en su oportunidad el bien entregado.
Receptación Es sinónimo de ocultar, encubrir. Consiste este delito en
adquirir, recibir en donación, prenda o guarda un bien de cuya
procedencia defectuosa se tiene conocimiento o debe presumirse que
provenga de un hecho sancionable. También es esconder, vender o
ayudar a negociar un bien bajo las circunstancias que se acaban de
señalar.
Extorsión Consiste en obligar a la víctima mediante violencia,
amenaza o manteniéndola en rehén, a otorgar al agente o a un
tercero una ventaja económica indebida. También se configura este
delito al que amenaza a la victima con publicar, denunciar o revelar un
hecho o una conducta que lo pueda perjudicar no sólo a ella sino a
quien tenga vinculación estrecha con la misma (familiares, etc.) para
obligar que compre su silencio.
Usurpación Es un hecho delictuoso de comisión instantánea y
consiste en arrebatar por medio violento, del engaño, la amenaza y el
abuso de confianza, al legítimo titular del derecho de la posesión o la
tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho real.
* EN LOS JUICIOS DE TRABAJO
�PERITAJES SOBRE BENEFICIOS SOCIALES.-Esta pericia se
presenta cuando las partes (demandante y demandados) no se
han puesto de acuerdo para solucionar el problema laboral ante
las autoridades de trabajo, y en los respectivos comparendos
de conciliación.
PRACTICA
1. Se le solicita determinar los cálculos indemnizables del trabajador
Carlos Castillo quien ingreso a trabajar en la empresa Corporación
Llanganuco SAC con fecha 01 de Abril del 2,007 el mismo que tiene el cargo
de vendedor comisionista, el trabajador a recibido una bonificación del 30 %
de su sueldo por productividad en junio del 2007 y 2008, asimismo viene
haciendo uso del comedor de la empresa en los días laborables en el cual el
costo del menú de S/ 5.00 por 20 días. En el mes de agosto y octubre del
2,003 ha recibido una bonificación extraordinaria de S/.140 y en los meses
de, junio y setiembre del 2,004 S/.170 En abril de todos los años vienen
recibiendo una asignación por escolaridad del 25% de su remuneración.
AÑO 200 AÑO
2007
AÑO
2008
MES SUELD
O
COMISIÓ
N
SUELD
O
COMISIÓ
N
SUELD
O
COMISIÓ
N
Enero 3,200 1,300
Febrero 3,200 780
Marzo 3,200
Abril 2,200 1,250 3,200 1,100
Mayo 2,200 1,100 3,600 1,400
Junio 2,200 1,350 3,600 1,050
Julio 2,800 1,200 3,600 1,400
Agosto 2,800 800 3,600
Septiemb
re
2,800 980 3,600 1,300
TRABAJOS A REALIZAR:
Determinar gratificaciones de cada uno de los periodos contablesDeterminar
el sueldo indemnizatorio al 31/12/2007.Determinar el sueldo indemnizatorio
al 31/12/2008.
1. Lo contratan como perito de Parte en un problema societario de una
empresa en la cual le solicitan determinar lo apropiado de los saldos al
31/12/2008
a) Las mercaderías tienen un saldo de S/.270, 000 que han sido valuadas al
valor de venta, el mismo que considera una utilidad del 30 %.
b) Dentro de los Gastos pagados por anticipado se encuentra la cuenta de
Seguros Pagados por anticipado por S/. 27,000 que corresponde a 9 meses,
siendo la vigencia de la póliza del 01/07/2008 al 30/06/2009. Sueldo
indemnizatorio al 31/12/2004.
2. Lo contratan como perito de Parte en un problema societario de una
empresa en la cual le solicitan determinar lo apropiado de los saldos al
31/12/2008 y efectuar los asientos contables de regularización que usted
considere conveniente.
a) La empresa el 15 de septiembre del 2008 adquirió al crédito con
vencimiento a 180 días equipos diversos por U.S.$ 15,000 al tipo de cambio
en esa fecha de S/.3.20 por dólar, manteniéndose en ese importe al
31/12/2008 .
b) En el mes de enero del 2,008 se ha cobrado intereses sobre un préstamo
de S/. 20,000 otorgado el 01 de Junio del 2008 a una tasa de 3% mensual
con vencimiento el 15 de enero del 2,009 por S/.4,500.00 y que al
31/12/2008 se registraba dentro de Otras cuentas por cobrar por
S/.20,000.00
c) Dentro de las existencias las mercaderías han sido valuadas en S/.
220,000 al valor de
venta, el mismo que considera una utilidad del 30 %.
d) Dentro de las existencias se ha considerado como parte del inventario
final,
mercadería en consignación por S/.45,000.00.
e) Dentro de los Gastos pagados por anticipado se encuentra la cuenta de
Seguros
Pagados por anticipado por S/. 27,000 que corresponde a 9 meses, siendo
la vigencia de
la póliza del 01/07/2008 al 30/06/2009.
f) La empresa ha activado el 31/12/2008 una diferencia de cambio por S/.
1,800 en la
compra de maquinaria al contado en U.S.$.10,000.
g) Dentro de las cuentas por Pagar Comerciales se registra una cuenta de
anticipos
clientes por U.S.$ 12,000 en S/. 39,360.00.
Octubre 3,000 3,800 900
Noviembr
e
3,000 1,000 3,800 850
Diciembre 3,200 1,700 3,800 1,400
h) En el mes de enero del 2,009 se ha encontrado el pago de una
factura de Servicio de seguridad por S/. 2,800.00 que no forma parte
del análisis de Otras cuentas por pagar al 31/12/2008.
DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO PÚBLICO Y PRIVADO
* DELITOS CONTRA EL ORDEN ECONÓMICO
Constituye delito económico quien se aprovecha indebidamente de las
ventajas de una reputación industrial o comercial adquirida por el esfuerzo
de otro..Los delitos contra el orden económico están considerados en el
nuevo Código Penal peruano y obedece al inusitado desarrollo de la
delincuencia en este amplio campo que atenta contra el ordenamiento
necesario para la mantención del bienestar general. A este respecto los
gobiernos vienen luchando por dictaminar alguna ley contra los monopolios y
oligopolios.
Acaparamiento, Especulación y Adulteración
El acaparamiento consiste en almacenar, guardar y substraer al
comercio, artículos de primera necesidad, provocando aguda escasez, con
el objeto de alterar y subir los precios. La especulación es la venta de
artículos o productos de primera necesidad también, que se expenden a
precios superiores a los fijados por la autoridad competente que, en la
mayoría de los casos son los Municipios. La adulteración es la modificación
de la cantidad, calidad, peso o medida de los artículos de primera necesidad
en perjuicio del consumidor con la misma finalidad de obtener un lucro
desmedido.
Venta ilícita de mercaderías
Describe en este capítulo que es sancionado a quien pone en venta o
negocia bienes que han sido recibidas para su distribución gratuita, es
agravante si el delito se comete en época de conmoción o perturbación
violenta
o calamidad pública si lo comete un funcionario o servidor público. También
es un delito que ha proliferado en el país de un modo a veces escandaloso y
lo peor que no ha tenido sanción.
Otros delitos
En los objetivos de estos delitos están en el de inducir a error (grave)
al consumidor y en el de vender los bienes y servicios cuya cantidad y
calidad son diferentes a los que señala la publicidad. ¿Cómo se induce al
error grave? El mismo Código lo dice y es el que se está usando en el medio
publicitario y afirmación falsa sobre la naturaleza, composición, virtud o
cualidad sustancial de un producto se induce a su compra.
* DELITOS CONTRA EL ORDEN FINANCIERO Y MONETARIO Delitos
Financieros
Son aquellos delitos que se producen por la mala acción de un funcionario u
otra persona en el manejo o apropiación de una moneda. Es así que,
tenemos por ejemplo: la indebida fabricación de moneda de curso legal para
ponerla en circulación como auténtica o la falsifica para ponerla en
circulación por un valor superior; el que de cualquier manera altera la
moneda de curso legal aminorándolo o dándole un valor superior; etc.
DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA
* DELITOS DE PELIGRO COMÚN
Peligro común es el que afronta la comunidad en un momento dado,
por ejemplo, al producirse un incendio, explosión o la liberación de cualquier
clase de energía que resulte peligrosa de modo que el autor de estos
peligros debe ser sancionado. Asimismo podemos señalar a aquellos que
causan estragos por medio de inundación, que daña diques u otras
destinadas a la protección común. Asimismo, es un delito de peligro común,
el que ilegalmente fabrica, almacena, suministra, o tiene en su poder
bombas, armas, municiones, etc.
* DELITOS CONTRA LOS MEDIOS DE TRANSPORTE, COMUNICACIÓN Y
OTROS
SERVICIOS PÚBLICOS
Es el delito que se produce cuando se pone en peligro la seguridad en
el transporte en general, que sin crear una situación peligrosa impida su
funcionamiento. Son agravantes asimismo si se atentan fábricas, etc.,
destinadas a la producción, transmisión, etc. de energía eléctrica o contra
instalaciones destinadas al servicio público de agua potable; considerando
que tanto la luz eléctrica como el agua son bienes de primera necesidad.
Asimismo es un delito, el que impide, estorba o entorpece el normal
funcionamiento de los transportes, servicios públicos de comunicaciones o
provisiones de agua, electricidad o de sustancias energéticas similares. Se
considera también, las acciones que ponen en peligro la seguridad de las
naves, aeronaves, construcciones flotantes o de cualquier otro medio de
transporte colectivo o de comunicación destinado al uso público.
* CASO DE RENDICIÓN DE CUENTAS
1. Materia
En el juicio seguido por EDUARDO VALDIVIESO GARAY, contra el
albacea Testamentario Señor José López Arana, sobre “RENDICIÓN DE
CUENTAS”, el Juez del 10º Juzgado Civil de Lima, ha decretado con fecha
21 de Mayo de 2008, el nombramiento de PERITOS CONTADORES de
Oficio a los señores ABC S.A., a fin de que practiquen una PERICIA
CONTABLE, dentro del término que estipula la Ley, fojas (fs) 02 del
EXPEDIENTE, el señor Eduardo Valdivieso Garay, coheredero de la
TESTAMENTARIA “VALDIVIESO”, interpone demanda sobre “RENDICIÓN
DE CUENTA” contra el albacea TESTAMENTARIO Sr. José López Arana,
con domicilio en el Jr. Lima Nº 386-Miraflores, a fin de que cumpla con rendir
cuenta de su GESTIÓN sobre el edificio ubicado en la Av. El Ejército Nº 482
Miraflores, que consta de pisos y que es de propiedad de la
TESTAMENTARIA “VALDIVIESO” según Escritura Pública Nº 6418, de la
NOTARIA DE TORIBIO PACHECO.
El demandante Sr. Valdivieso Garay, fundamenta su petición en el
hecho y derecho, editado fehacientemente por el testamento que esta a
folios 10 a 12 del EXPEDIDNTE, donde el causante, Luis Valdivieso Aguilar,
en su testamento nombró como ALBACEA al demandado Sr. José López
Arana, el cual dentro de sus funciones administrativas –Administrador-,
deberá hacer efectivo LOS INGRESOS derivados de la merced conductiva
del edificio de propiedad de la testamentaría.
INGRESOS que producía el Inmueble donde hay 9 inquilinos, la cual
es el siguiente: En el primer piso hay dos inquilinos que pagan
mensualmente S/. 500.00; en el segundo piso hay 3 inquilinos que pagan S/.
400.00 mensuales; en el tercer piso un inquilino (EL MILAGRO) que paga
mensualmente S/. 600.00; y en el cuarto piso hay cinco inquilinos que pagan
cada uno S/. 300.00 mensuales. Siendo el área total del inmueble de 2,000
metros cuadrados.
Folio 82 del expediente (de autos) la demanda ha acompañado los
documentos siguientes: Recibo Nº 345 de A.B.P. por S/. 150.00
correspondiente al tercer trimestre de 2008; Recibo de luz Nº 427 por la
suma de S/. 130.00 mensuales (2008-2009); además se forma en el escrito
de la demanda a folios 84 de autos que se ha pagado: el fondo del
Administrador por la suma de S/. 300.00 mensuales (2008-2009) con
retenciones de leyes sociales, el sueldo del Contador por la suma de S/.
500.00 (2008-2009) mensuales con retenciones de leyes sociales, se
cancelaron el total de leyes sociales del empleador y el 50% de cuota del
empleado se depósito en el Banco de la Nación, se pago al guardián la
suma de S/. 200.00 (2008-2009) con retenciones de leyes sociales, se
depósito el total de las retenciones de las Leyes Sociales en el Banco de la
Nación y se pago el 50% de las Leyes Sociales del empleador.
Muebles, según autoavalúo, tiene un valor de S/. 800,000.00, la
demandada no ha llevado ningún Registro Contable para registrar los
INGRESOS y EGRESOS.
El demandante, manifiesta al señor Juez que a pesar de haber transcurrido
dos años 2008-2009 hasta la fecha de interposición de la demanda, el
demandado no ha cumplido con rendir las cuentas del INMUEBLE en
administración bajo responsabilidad del albacea, ocasionando un grave
perjuicio al demandante.
2. Peritaje Contable en la Jurisdicción Civil
Al efectuar el PERITAJE los Peritos han verificado que según planilla
de sueldos del Folio Nº 002 al 012 se ha pagado al administrador la suma de
S/.
300.00 y al Contador la suma de S/. 500.00. Que según planilla de jornales
se ha pagado salarios de S/. 500.00 (folios 02 al 25). No aparecen
documentos que acrediten el pago de alumbrado y baja policía por el 2do.,
3ro. y 4to. trimestre del año 2008 y todo el año 2009. Y, no existen
comprobantes sobre el pago de Leyes Sociales (Empleados y Servidores).
Lima Agosto,
2010
PRACTICA
Usted es contratado como Perito Contable por la empresa INDUSTRIAL
PACAIPAMPA S.A.C .y recibe el siguiente Balance de Comprobación para
que lo revise y efectúe los ajustes y reclasificaciones necesarias para su
adecuada presentación.
BALANCE DE COMPROBACION AL 31-12-2008
S/.S/.
Cuentas por
Cobrar Diversas
6,000 Proveedores 175,200
Inmuebles,
Maquinaria y
Equipo
256,00
0
Valores
Negociables
91,980
Caja 10,260 Productos
Terminados
230,000
Devoluciones de
Ventas
18,800 Materias Primas 85,000
Ingresos Diferidos 72,000
Tributos por Pagar 16,800 Cuentas por Pagar
Diversas
46,400
Mercaderías 164,00
0
Gastos de Ventas 354,700
Suministros
Diversos
50,000 Remun.y Partic.
Por Pagar
14,600
Depreciación y
Amortiz.Acum
110,46
0
Cargas Diferidas 78,000
Descuentos y
Rebajas Obtenidas
229.20
0
Resultados
Acumulados
31,000
Capital Social 230,40
0
Letras por Cobrar 70,120
Ventas 1´925,
000
Gastos
Administrativos
256,800
Facturas por
Cobrar
150,00
0
Benef. Soc. de
Trabajadores
76,600
Provisión
Cobranzas
Dudosas
17,000 Sobregiro
Bancario
58,000
Costo de Ventas 1´215,
000
Letras por Pagar 34,000
En la revisión realizada se determinó lo siguiente:
1. Durante el ejercicio la empresa cobró por concepto de alquileres
S/.18,000 que se encuentran abonados en la cuenta Ventas.
2. Durante el año la empresa vendió un activo fijo totalmente depreciado,
cuyo valor en libros al momento de su venta es de S/. 6,000. El producto de
la venta de S/. 2,000 ha sido abonado a
˜ Ingresos Extraordinarios.
2 Un lote de mercadería que totaliza S/. 98,000 se valuaron
erróneamente al valor de venta el mismo que considera una utilidad del 30%
.
3 En el mes de Julio del 2008 la empresa adquirió una Póliza de Seguro por
un año, habiendo pagado una prima de S/.30,000,que se encuentra cargada
en su totalidad a gastos.
4 En la revisión de provisiones del ejercicio se determino : La depreciación
de maquinaria se ha calculado en defecto por S/.3,200. La provisión para
beneficios sociales se ha cargado en exceso por S/. 6,600.
SE SOLICITA.
a) Elaborar los estados financieros de balance general y estado de
ganancias y pérdidas.
b) Efectuar los asientos de ajustes y regularización como resultado de las
observaciones encontradas en la revisión
c) Efectúe la mayorización de las operaciones de ajuste y/o
reclasificación.
d) Presente el nuevo balance general ajustado y/o reclasificado de
acuerdo a las reglas de presentación normadas por
CONASEV,incluyendo las notas a los estados financieros .
PRACTICA
Usted es contratado como Perito Contable por la empresa INDUSTRIAL
SAPILLICA S.A.C. y recibe el siguiente Balance de Comprobación para que
lo revise y efectúe los ajustes y reclasificaciones necesarias para su
adecuada presentación.
BALANCE DE COMPROBACION AL 31-12-2008
S/.S/.
Cuentas por Cobrar Diversas 6,000 Proveedores 175,200
Inmuebles, Maquinaria y
Equipo
256,00
0
Valores Negociables 20,280
Caja 10,260 Productos Terminados 223,100
Gastos Extraordinarios 108,80
0
Materias Primas 90,000
Tributos por Pagar 16,800 Ingresos Diferidos 98,000
Mercaderías 180,00
0
Gastos de Ventas 387,000
Suministros Diversos 50,000 Remun.y Partic. Por
Pagar
67,400
Depreciación y
Amortización .Acum
110,46 0 Cargas Diferidas 82,500
Descuentos y Rebajas
Obtenidas
229,20 0 Resultados Acumulados 31,000
Capital Social 230,40 0 Letras por Cobrar 70,120
Ventas 2 150,00
0
Gastos Administrativos 315,000
Facturas por Cobrar 150,00 0 Beneficios Sociales. de
Trabaj.
76,600
Provisión Cobranzas
Dudosas
17,000 Sobregiro Bancario 58,000
Costo de Ventas 1 345,00
0
Letras por Pagar 34,000
En la revisión realizada se determinó lo siguiente:
1 Durante el ejercicio la empresa cobró por concepto de alquileres
S/.24,000 que se encuentran abonados en la cuenta de ventas.
2 Durante el año la empresa vendió un activo fijo totalmente
depreciado, cuyo valor en libros al momento de su venta es de S/.8,200. El
producto de la venta de S/. 3,500 ha sido abonado a Ingresos
Extraordinarios.
3 Un lote de mercadería que totaliza S/. 78,000 se valuaron al valor
de venta el mismo que considera una utilidad del 25% .
4 En el mes e Mayo del 2008 la empresa adquirió una Póliza de
Seguro por un año, habiendo pagado una prima de S/.36,000,que se
encuentra cargada en su totalidad a gastos.
5 En la revisión de provisiones del ejercicio se determino : La
depreciación de maquinaria se ha calculado en defecto por S/.2.620. La
provisión para beneficios sociales se ha cargado en exceso por S/.4,700.
SE SOLICITA.
I. Efectuar los asientos de ajustes y regularización como
resultado
de las observaciones encontradas en la revisión
II. Efectúe la mayorización de las operaciones de ajuste
y/o
reclasificación.
III. Presente el nuevo balance general ajustado y/o
reclasificado de
acuerdo a las reglas de presentación normadas por
CONASEV,incluyendo las notas a los estados
financieros .
PODER JUDICIAL Centro de
Emisión de Reportes
13/07/200408:09Página1de1
REPORTE SOBRE ESTADO
DE EXPEDIENTE
DISTRITO
JUDICIAL
PROCESO
LIMA
CIVIL
Expediente Nº
Fecha de
Ingreso Vía
Procedimental
Cod. de
Archivo
: 2000-13018-0-
0100-J-CI-46 :
19/04/99
10:13:05 :
EJECUTIVO :
NO
ESPECIFICADO
Instancia
Juez
Especialista
Ubicación
: 46vo.
JUZGADO
CIVIL :
Ramírez
Vargas,
Carmen :
Flores
Mendoza,
Raúl :
JUZGADO
CORP.
Módulo 1
– Piso 13
Partes
Demandado
(s)
Demandante
(s)
: José López Arana (Albacea
Testamentaria) : Eduardo
Valdivieso garay
Materia (s)
Estado Etapa
: RENDICIÓN DE CUENTAS :
TRAMITE : EJECUCIÓN
Se pide:
Aplicar las partes que comprende el informe pericial:
˜ Introducción.
˜ Antecedentes.
˜ Objeto del peritaje.
˜ Examen pericial.
˜ Conclusiones.
* CASO DE BENEFICIOS SOCIALES
COBRO POR INDEMNIZACIÓNEN AGRAVIO DEL SR. JOSÉ RAMOS
CONTRERAS
1 En el juicio seguido por José Ramos Contreras contra: Eduardo
Vargas Rojas, Gerente de la Firma “EL CONDOR S.A.” “Indemnización del
Juez del 10 Juzgado Civil de Lima, ha decretado con fecha 02 de Enero de
1998, el nombramiento de Peritos Contadores de Oficio a los Señores CPC
Juan Carlos Astoray Guzmán a fin de que practiquen una pericia contable,
dentro del término que estipule la Ley a Fojas (Fs 02) del expediente, el Sr.
José Ramos Contreras, socio de la firma conjuntamente con el Sr. Eduardo
Vargas Contreras, Gerente de “EL CONDOR” S.A., con domicilio en el Jr.
Lima 340 Miraflores, a fin de que cumpla con el pago de Beneficios Sociales
por el año 1996.
2 De la lectura de la demanda de fecha 10-10-1997 planteada por el
Sr. José Ramos Contreras, ante 10 Juzgado de Primera Instancia en lo civil
de Lima, se desprende que el demandante pretende el cobro de una
indemnización de S/. 20,000.00 por daños y perjuicios, para que sea
satisfecho por la firma “EL CONDOR” S.A. y por el Sr. Eduardo Vargas
Rojas, a título personal.
3 La empresa fue constituida por Escrituras Públicas el 02 de Marzo
de 1994 por ante el Notario Público Dr. Luis Flores Diaz, Anexo 1 con un
capital de S/. 120,000 íntegramente cancelada por los socios:
Sr. Eduardo Vargas Rojas S/. 60,000
Sr. José Ramos Contreras S/. 60,000 S/.
120,00
0
Por Escritura Pública del 05 de Agosto de 1995., ante el mismo
Notario se amplia el capital social a S/. 420,000 íntegramente
cancelado por los socios, anexo 2.
Sr. Eduardo Vargas Rojas S/. 400,000
Sr. José Ramos Contreras S/. 20,000 S/.
420,00
0
En esta oportunidad el Socio Eduardo Vargas Rojas no cumplió con
cancelar su compromiso de su participación de capital S/. 400,000
establecido legalmente en Acta de Fundación de la Empresa, tal como
consta en el Libro de Actas de la firma, folio 6-7-8, 5-6-1996, Anexo 3.
Por Escritura Pública de fecha Julio 1995, ante la misma Notaria se
amplio el capital a S/. 480,000 íntegramente cancelado por los socios
participantes:
Anexo 4: Sr. Eduardo Vargas Rojas S/. 400,000Sr. José Ramos
Contreras S/. 80,000
S/. 480,000
La Empresa está debidamente constituida de acuerdo a la Ley de
Sociedades Mercantiles N° 36890, Reg. Comercial N° 65 B-1, con
domicilio legal en Jr. Lima 340 Miraflores.
La empresa inició sus operaciones comerciales con fecha 02 de
Marzo de 1995 como se desprende del contenido de sus Libros
Oficiales de Contabilidad.
Todos los libros oficiales y auxiliares de contabilidad, se mantienen de
acuerdo a las normas del C. de Comercio y C.T.
4. Balance General y Estado de Ganancias y Pérdidas Como se puede
apreciar de los Estados de referencia 1 Inventarios y Balances Anexo
5.
4.1. Activo total S/. 1’600,000Contra un pasivo S/. 1’400,000y un
capital neto S/. 480,000
4.2. Sus ingresos brutos por ventas a S/. 9’000,000 y contra gastos de
administración de S/. 14’500,000 habiendo sufrido en
consecuencia una pérdida de S/. 5’500,000.
4.3. El socio Sr. José Ramos Contreras, debe a la firma S/. 500,000.
Esta posición de Resultados Oficiales de la Empresa sirven como la
mejor prueba para desvirtuar cualquier pretensión del demandante Sr.
José Ramos Contreras, al tratar de que la firma abone S/. 20,000.
Efectuar: El estudio tanto de los argumentos de la demanda, como de
la situación de la firma EL CONDOR S.A., en sus aspectos legales,
administrativos, contable y económicos.
Efectuar: Las respectivas conclusiones, con criterio técnico contable.
EXPEDIENTE N° 1704-1
Señor Juez del 10 Juzgado Civil de
Lima Presente.
Juan Carlos Astoray Guzmán, Contador Público Colegiado con
Matrícula N° 2053 y miembro de la nómina de Peritos Contables que remite
el Colegio de Contadores Públicos de Lima, a la Corte Superior de Lima,
designado por su despacho, con domicilio en Jr. 9 de octubre N° 450 –
Miraflores en los seguidos por el Sr. José Ramos Contrearas con Eduardo
Vargas Rojas, sobre el pago de INDEMNIZACIÓN, respetuosamente
expongo.
Que en la presente demanda he sido nombrado por su respetable
Juzgado, como Perito Contable y dando cumplimiento de su mandato
Judicial, presentó el respectivo resultado, el cual pongo a consideración de
su Juzgado, siendo el siguiente:
Dictamen Pericial
Que comprende los siguientes capítulos:
I. Objeto de la Pericia.
II. Fuente de Información para la Pericia.
III. Examen Pericial.
˜ IV. Conclusiones.
˜ I. OBJETO DE LA PERICIA El objeto de la pericia es establecer el
cobro de indemnización solicitado por el demandante.
II. FUENTE DE INFORMACIÓN PARA LA PERICIA: Para proceder, se ha
tenido a la vista los siguientes documentos:
˜ Libros oficiales de Contabilidad y Papeles de Trabajo.
˜ Las Escrituras Públicas.
˜ Libros Auxiliares.
˜ Acta de Fundación de la Empresa.
˜ Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias.
III. EXAMEN PERICIAL
Para determinar en forma objetiva el examen pericial, decido situarme
en la empresa para examinar y analizar en forma cuidadosa, hacer los
respectivos cruces de información para llegar a esclarecer el caso.
Examen de la Escritura de Constitución de la Sociedad Anónima, bajo
la denominación “EL CONDOR S.A.”
De la Escritura de Constitución, correspondiente al anexo 01, anexo
02, anexo 03, anexo 04, se desprende lo siguiente:
a. Aspecto Legal
La empresa “EL CONDOR S.A.”, fue constituida mediante la escritura
pública de fecha 02 de Marzo de 1994, ante el Notario Público Dr. Luis
Florez Diaz, fue inscrita ante los registros de Sociedades Mercantiles.
b..Accionistas Conforme la Escritura Pública de Constitución, los accionistas
son los
siguientes señores:
Eduardo Vargas
Rojas y José Ramos
Contreras.
c. Capital Social: El Capital Social está representado por:
d. Acciones pagados por los socios Socio Eduardo Vargas: No cumplió con
cancelar el importe a aportar. Socio José Ramos: Canceló íntegramente su
capital.
FECHA SOCIO
EDUARDO
VARGAS
SOCIO JOSÉ
RAMOS
TOTAL
(SOLES)
’02.03.94 60,000 60,000 120,000
’05.08.95 400,000 20,000 420,000
’01.07.95 400,000 80,000 480,000
Aspecto económico
Se ha hecho el estudio de la empresa y muestra una pérdida en el
ejercicio, como un estado de insolvencia financiera, la firma no podrá cumplir
con el pago de sus obligaciones.
IV. CONCLUSIONES
1° De las diligencias realizadas en la Pericia Contable y según
disposiciones legales vigentes se determina que el Sr. Eduardo
Vargas Rojas no puede pretender el cobro de S. 20,000 nuevos soles
por indemnización por daños y perjuicios ya que muy por el contrario
el Sr. Eduardo Vargas Rojas no cumplió con canelar el importe que se
comprometió abonar cuando se firmo la Escritura Pública y celebrado
ante el Notario Público Dr. Luis Florez Diaz, por la cantidad de S.
480,000 en su debido momento.
Así como se puede apreciar que el socio Sr. José Ramos Contreras
adeuda a la empresa la cantidad de S. 500,000 que ha sido
cancelado, por lo que es improcedente el pedido de indemnización.
2° Según la Ley de Sociedades – Sección Tercero-Título V-Artículo 100°,
el accionista debe cubrir la parte no pagada de sus acciones en la
forma prevista por estatuto, o en su defecto, por el acuerdo de la
Junta General. La sociedad puede, según los casos y atenta la
naturaleza de la aportación por cuenta y riesgo del socio moroso.
Como podemos apreciar el Sr. José Ramos no tiene argumento
sustentatorio para pedir una indemnización y hasta se le podría
demandar judicialmente al Sr. Eduardo Vargas Rojas por el
incumplimiento de obligación al adeudar a la empresa por el capital no
aportado ni pagado en su totalidad.
3° El ejercicio hemos apreciado un error en cuanto al orden de las fechas
de la ampliación de capital, tanto en el anexo 02 y el anexo 03. La
cual he creído conveniente tomarlo como error de redacción y
presumir que el anexo 02 corresponde al mes de julio 1995 y el anexo
03 con fecha de agosto 1995.
4° Según el Balance General se aprecia falta grave desde el punto de
vista contable ya que en el Balance mostrado en el anexo 05 presenta
una situación completamente anormal.
5° Analizando el Estado de Ganancias y Pérdidas, tenemos como
resultado que los gastos de Administración se elevan a sumas
superiores y difícilmente justificables contra los ingresos brutos,
consecuentemente encontrándose la empresa “EL CONDOR S.A.” en
un déficit o pérdida de
S. 5’500,000 en el presente ejercicio. El estado económico de la
empresa manifiesta insolvencia, así como falta de liquidez financiera y
con ello será difícil cubrir las obligaciones.
Dejo así cumplido su mandato Señor Juez, haciendo presente que el
Dictamen Pericial estriba estrictamente a la verdad y la ley.
* CASO DE PATRIMONIO
BALANCES FALSOS E IRREALES
Tema: Comercial La Fortaleza S.A.C.
Comercial La Fortaleza S.A.C. se constituye en la Ciudad de Lima, en
el año 2008 se inicia la comercialización de productos del hogar.
El Sr. LUIS GOMEZ ANGULO (Que, puede ser accionista mayoritario,
inversionista, acreedor, director gerente general, etc.), le presenta a Ud.
(como perito contable) los estados financieros de la Compañía al 31 de
Diciembre del 2008, la sospecha de haberse incurrido en algunas maniobras
irregulares y dudosa (Anexo N° 01 y Anexo N° 02).
Luego de efectuar las investigaciones analizando exhaustivamente las
acciones sustentatorias, los libros y documentos contables, ha logrado
determinar que efectivamente se han desarrollado maniobras de carácter
dolosas (penal) con la finalidad de distorsionar los ESTADOS
FINANCIEROS, afectándose principalmente la liquidez de la empresa, el
capital en giro, la responsabilidad y los resultados del rendimiento
económico. Dichas maniobras dolosas están consignadas en el ANEXO N°
03.
A. A la información dada, debe Ud. obtener:
˜ Los estados financieros reales.
˜ Indice de liquidez real y falseada
˜ Capital en giro real y falseada
˜ Resultado del rendimiento económico real y falseada.
B. Aplicar las partes del informe pericial:
˜ Introducción.
˜ Antecedentes.
˜ Objeto de peritaje.
˜ Examen pericial.
˜ Conclusiones.
Nota: Perito de oficio Dirigido al 33avo Juzgado Penal de Lima
ANEXO N° 01COMERCIAL LA FORTALEZA S.A.C.
BALANCE GENERAL
Al 31 de 12-2008
En soles
ACTIVO
Activo Corriente
S/.
Caja 10,000
Banco Cta. Cte. 20,000
Valores Negociables 60,000
Cuentas por Cobrar Clientes 150,000
Letras por Cobrar 120,000
Mercaderías 300,000
Gastos Pagados por Adelantado 20,000
Total Activo Corriente 680,000
Activo No Corriente
Inmueble Maquinaria y Equipos
Terreno 50,000
Edificio 150,000
-Depreciación acumuladas ( 4,000) 146,000
Equipo de transporte 100,000
-Depreciación acum.. equipo T. ( 30,000) 70,000
Muebles y enseres 50,000
-Depreciación acum.. maq. Ensr. ( 10,000) 40,000
Intangibles
Gastos de constitución 60,000
-Amort. acum.. int. de cont. ( 12,000) 48,000
-Gastos de prom. y venta 30,000
-Amort. acum.. pro. y venta ( 10,000) 20,000
Total Activo No Corriente 374,000
TOTAL ACTIVO 1’054,000
PASIVO
Pasivo Corriente
S/.
Proveedores 200,000
Letras por pagar 100,000
Total Pasivo Corriente 300,000
Patrimonio Neto
Capital social 500,000
Reserva legal 100,000
Reserva de libre disposición 30,000
Resultado del ejercicio 114,000
Total y Patrimonio Neto 744,000
Total Pasivo y Patrimonio Neto 1’054,000
=========
ANEXO N° 02 COMERCIAL LA FORTALEZA S.A.C.
ESTADO DE GANANCIAS Y PERDIDAS (POR FUSIÓN)
Por el período comprendidoentre 01 de Enero al 31 de Diciembre del 2008
En soles
Ventas Brutas 1’000,000 % Devoluciones (50,000)
Ventas Netas 950,000 Costo de ventas Inventario inicial 100,000 Más
compras 600,000 SUB TOTAL 700,000 Menos Inventario Final (300,000)
Costo de ventas (400,000)
Utilidad Bruta sobre ventas y margen comercial 550,000
Gastos de Ventas
Comisiones de vendedores 53,000 Sueldos de vendedores 50,000
Promoción y Publicidad 150,000 (253,000)
Gastos de Administración
Sueldos 100,000 Servicios prestados por terceros 50,000
PROVISIÓN DEL EJERCICIO
Deprec. edificio 2,000
Deprec. Equip. Transp. 15,000
Deprec. muebles y ens. 5,000 22,000
Amort. gastos const. 6,000
Amort. gastos prom. 5,000 11,000 183,000
Resultados del ejercicio S/. 144,000
ANEXO N° 03COMERCIAL LA FORTALEZA S.A.C.
RELACION DE MANIOBRAS IRREGULARES Y
DOLOSAS DETERMINADOS
˜ No se considera la desvalorización por Fluctuación en los valores
negociables.
S/. 5,000
˜ Ventas registradas con cargo a cuentas. por cobrar clientes, que
corresponden al ejercicio siguiente. 20,000
˜ Cuentas de cobranza dudosa. Clientes no considerados.
15,000
˜ Mercaderías (recibidas en consignación considerados como si fueran de
propiedad de la empresa).forman parte del inventario.
50,000
˜ Provisión para desvalorización de mercaderías no contabilizadas. 6,000
˜ Gastos incurridos considerados doblemente dentro de los gastos de
operación y como gastos pagados por adelantado.
3,000
˜ Equipo de transporte fuera de uso. Obsoleto y no descargado con costo de
S/. 5,000 con depreciaciones acumuladas anteriores por S/. 750.00 y
además depreciación acumulada del presente ejercicio por S/. 750 en el
valor de descargo neto por el equipo obsoleto en S/. 4,250 (S/. 5,000 – S/.
750)
-No se contabiliza dentro de la cuenta de muebles y enseres un monto de
5,000
˜ Los gastos de promoción y ventas se incluyeron en el activo intangible para
amortizarlo por 30 000
˜ No aparecen las respectivas cuentas de orden a pesar de EXISTIR
documentados descontados por
50 000
˜ Mercaderías en consignación por
50,000
˜ Prenda mercantil por
100,000
˜ Seguros contra todo riesgo por
200,000
˜ Compras de mercaderías al crédito no considerados dentro de la cuenta
compras y sin contabilizar el pasivo de proveedores. 40,000
˜ Comisiones percibidas por adelantados, no contabilizados en
ganancias diferidas pero si registradas por CAJA. 7,000
CASUISTICA
USTED ES CONTRATADO COMO PERITO CONTABLE Y SE LE
SOLICITA LOS INFORMES PERTINENTES EN CADA UNO DE LOS
CASOS PLANTEADOS A CONTINUACIÓN:
1. La empresa El Carmelo SACadquirió al contado el 15/02/2010una maquinaria en
U.S.$65,000 la que entro en funcionamiento el 01/05/2010 aplicándole una tasa de
depreciación de 20 % anual; El tipo de cambio en la fecha de adquisición fue de S/. 3.35
por dólar. Los saldos registrados en libros al 31/12/2010 de la máquina son de costo
S/.224, 250 y depreciación S/. 26,163. el tipo de cambio al cierre del ejercicio es
Compra S/.3.45 y Venta S/.3.55.
Evalúe lo adecuado de la operación realizada y efectúe los asientos de ajuste
o regularización que usted considere conveniente.
2. La empresa Comercial Lares S.A.C.a otorgado el 01/08/2009 con vencimiento
a un año un préstamo de S/. 180,000 a una tasa de interés de 24% anual
habiendo cobrado los intereses por adelantado; en la cuenta de Intereses
diferidos aparece registrado al 31/12/2009 S/. 28,800.
Se solicita.- Determinar lo apropiado de los saldos y efectuar los asientos de
diario y ajuste que usted considere conveniente, teniendo en cuenta los datos
anteriores a fin de presentar la situación financiera de la empresa al 31/12/2009.
3. En la revisión de las pólizas de seguros se determino que la empresa
Comercial Tacalpo S.A.C tiene una póliza de seguro de maquinaria sobre todo
riesgo por S/. 54,000, que se encuentra aplicada en su totalidad a resultados del
año 2,009. El periodo de vigencia de la póliza es de un año habiéndose iniciado
esta el 01 / 04 / 2009.
Se solicita.- Determinar lo apropiado de los saldos y efectuar los asientos de
diario y ajuste que usted considere conveniente, teniendo en cuenta los datos
anteriores a fin de presentar la situación financiera de la empresa al 31/12/2009.
4. La empresa Comercial Santo Tomás S.A.C. tiene un contrato por el alquiler
de local de S/.6,200 mensuales de los cuales ha cobrado por adelantado 12
meses, iniciándose el mismo el 01/05/2009. Se registra al cierre del ejercicio
como alquileres S/74,400
Se solicita.- Determinar lo apropiado de los saldos y efectuar los asientos de
diario y ajuste que usted considere conveniente, teniendo en cuenta los datos
anteriores a fin de presentar la situación financiera de la empresa al 31/12/2009.
5. La empresa Corporación Portachuelo SAC efectúa el 12 de noviembre
del 2009 la compra crédito con vencimiento a 90 días de 450 memorias USB a
U.S.$ 45 c/u ,obteniendo un descuento por el volumen de compra de 7% :ha
pagado por concepto de embalaje U.S.$ 1,050 y de almacenaje U.S.$ 400 .Los
gastos de financiamiento se sustentan con una nota de debito y ascienden a
U.S.$ 1,100 el tipo de cambio en esa fecha fue de S/.3.45 por dólar.
Al cierre del ejercicio al 31/12/2009 se tiene en stock el 70 % de las existencias
adquiridas siendo el tipo de cambio de S/.3.80 por dólar.
Se solicita determinar el costo de adquisición de cada una de las memorias
UBS y el saldo de las existencias en libros al 31/12/2009 de acuerdo a
P.C.G.A.
6. La empresa Corporación Lares SAC con fecha 28 de Octubre del 2009
adquirió 2,600 acciones del Banco Financiero en S/. 21 cada una, las mismas
que mantiene en su poder al cierre de operaciones al 31/12/2009 y que se
cotizan en esa fecha a S/ 17.80 cada acción. La empresa registra en sus libros
al cierre de operaciones en la cuenta de Inversiones al valor razonable y
disponibles para la Venta un saldo de S/. 48,100 toda vez que aun posee
físicamente el total de acciones adquiridas.
Se solicita determinar lo apropiado de los saldos y efectuar los asientos de
ajuste que usted considere conveniente y presentar los saldos de acuerdo a
lo normado por CONASEV
7. La empresa Corporación Tierra Colorada SAC le presenta el
siguiente análisis de cuentas por cobrar al 31/12/2009 en la forma que sigue:
Facturas por cobrar S/. 43,000, anticipo a proveedores S/.34, 000, letras en
descuento S/.48, 000, cheques devueltos S/.12, 000, anticipo clientes
S/28,000, notas de debito S/ 17,500, saldos deudores proveedores S/ 34,
600, letras protestadas S/. 84,000, saldos acreedores clientes S/.. 8,400 y
letras por cobrar S/. 154,000.
Dentro de anticipo proveedores se encuentra un saldo de U.S.$ 4,150
valorizado en S/.15,355; dentro de las letras por cobrar se encuentran letras
por un importe de U.S.$ 10,500 valorizado en S/.38,850 y dentro de facturas
por cobrar facturas por U.S.$ 7,500 valorizadas en S/. 26,250 . El tipo de
cambio al cierre de operaciones es de S/. 3.50 la compra y S/. 3.70 la venta.
Se solicita determinar lo apropiado de los saldos realizando los asientos de
ajuste y reclasificación que usted considere conveniente y efectuar la
presentación de los saldos de acuerdo a conasev.
8. La empresa Corporación Valle Sagrado SAC con fecha 15 de setiembre del
2009 adquirió 2,100 acciones de Cervecería del Sur en S/. 19 cada una, las
mismas que mantiene en su poder al cierre de operaciones al 31/12/2009 y que
se cotizan en esa fecha a S/ 24.80 cada acción . La empresa registra en sus
libros al cierre de operaciones en la cuenta de Inversiones al valor razonable y
disponibles para la Venta un saldo de S/. 36,750 toda vez que aun posee
físicamente el total de acciones adquiridas.
Se solicita determinar lo apropiado de los saldos y efectuar los asientos de
ajuste que usted considere conveniente y presentar los saldos de acuerdo a lo
normado por CONASEV.
9. La empresa Corporación La Unión SAC le presenta el siguiente análisis de
cuentas por cobrar al 31/12/2010 en la forma que sigue: Facturas por cobrar S/.
86,000, anticipo a proveedores S/.32,000, letras en descuento S/.36, 000,
cheques devueltos S/.18,600, anticipo clientes S/28,000, notas de debito S/
3,500, saldos deudores proveedores S/ 21, 600, letras protestadas S/. 73,700,
saldos acreedores clientes S/.18,400 y letras por cobrar S/. 95,000.
Dentro de saldos deudores proveedores se encuentra un saldo de U.S.$ 6,150
valorizado en S/.22,755; dentro de las letras por cobrar protestadas se
encuentran letras por un importe de U.S.$ 8,500 valorizado en S/.31,450 y
dentro de facturas por cobrar facturas por U.S.$ 12,500 valorizadas en S/.
43,750 . El tipo de cambio al cierre de operaciones es de S/. 3.50 la compra y
S/.3.70 la venta.
Se solicita determinar lo apropiado de los saldos realizando los asientos de
ajuste y reclasificación que usted considere conveniente y efectuar la
presentación de los saldos de acuerdo a conasev.
10. La empresa Corporación Mallares SAC efectúa el 15 de Octubre del 2009 la
compra crédito con vencimiento a 90 días de 650 memorias USB a U.S.$ 65
c/u ,obteniendo un descuento por el volumen de compra de 8% :ha pagado por
concepto de embalaje U.S.$ 1,450 y de almacenaje U.S.$ 700 .Los gastos de
financiamiento se sustentan con una nota de debito y ascienden a U.S.$ 1,600
el tipo de cambio en esa fecha fue de S/.3.45 por dólar.
Al cierre del ejercicio al 31/12/2009 se tiene en stock el 80 % de las existencias
adquiridas siendo el tipo de cambio de S/.3.80 por dólar.
Se solicita determinar el costo de adquisición de cada una de las memorias
UBS y el saldo de las existencias en libros al 31/12/2007 de acuerdo a P.C.G.A.
11. La empresa Comercial Buenos Aires S.A.C. a otorgado el 01/05/2010 con
vencimiento a un año un préstamo de S/. 200,000 a una tasa de interés de 36%
anual habiéndose pactado el cobro de los intereses a su vencimiento; en la
cuenta de Intereses financieros aparece registrado al 31/12/2010 S/. 42,000.
Se solicita.- Determinar lo apropiado de los saldos y efectuar los asientos de
diario y ajuste que usted considere conveniente, teniendo en cuenta los datos
anteriores a fin de presentar la situación financiera de la empresa al 31/12/2010.
12. En la revisión del corte documentario al 31/12/2010 de Importadora Yanchala
SAC se determino la existencia de un parte de devolución de mercadería de un
cliente, valorizado al precio de venta de S/. 59,500 y por el cual no se ha
emitido la correspondiente nota de crédito. El margen de utilidad es del 25 %
Evalúe lo adecuado de la operación realizada y efectúe los asientos de ajuste
o regularización que usted considere conveniente.
13. La empresa La empresa Comercial Chectuyoc S.A.C tiene un contrato por el
alquiler de local de S/.2,700 mensuales de los cuales ha cobrado por
adelantado 12 meses, iniciándose el mismo el 01/05/2010. Se registra como
alquileres diferidos S/18,900
Se solicita.- Determinar lo apropiado de los saldos y efectuar los asientos de
diario y ajuste que usted considere conveniente, teniendo en cuenta los datos
anteriores a fin de presentar la situación financiera de la empresa al 31/12/2010.
14. La empresa Comercial Los Pilares S.A.C. a otorgado el 01/07/2010 con
vencimiento a un año un préstamo de S/. 180,000 a una tasa de interés de 36%
anual habiendo cobrado los intereses por adelantado; en la cuenta de Intereses
financieros aparece registrado por esta operación al 31/12/2010 S/. 37,800.
Se solicita.- Determinar lo apropiado de los saldos y efectuar los asientos
de diario y ajuste que usted considere conveniente, teniendo en cuenta los
datos anteriores a fin de presentar la situación financiera de la empresa al
31/12/2010.
15. La empresa Distribuidora Salkantay S.A.C. le presenta los siguientes saldos
de existencias al 31/12/2010 como sigue: Suministros S/. 45,000, Mercaderías
S/. 380,000, Materias Primas S/. 220,000, Productos Terminados S/. 420,000 y
Existencias por recibir S/. 215,000.
En el análisis de las Existencias por Recibir se observo que se han debitado
en esta cuenta S/. 20,000 de una diferencia de cambio, que corresponde a la
compra de materia prima por U.S. $ 40,000, que ha sido recibida el 15/10 /2010
y que la mismaal 31/12/2010 no se tiene en existencia. El tipo de cambio al
15/10/2010 es de S/. 3.20 Por dólar y al 31/12/2010 es de S/. 3.50 por dólar.
Evalúe lo adecuado de la operación realizada y efectúe los asientos de ajuste
o regularización que usted considere conveniente.
16.En la revisión del corte documentario al 31/12/2010 de la empresaEl INTI
SAC se determino la existencia de un parte de devolución de mercadería
de un cliente, valorizado al precio de venta de S/. 38,080 y por el cual no
se ha emitido la correspondiente nota de crédito. La utilidad bruta
obtenida es del 30 %.
Evalúe lo adecuado de la operación realizada y efectúe los asientos de ajuste
o regularización que usted considere conveniente.
17.La empresaCorporación Chonta SAC a otorgado el 01/08/2010 con
vencimiento a un año un préstamo de S/. 120,000 a una tasa de interés
de 24 % anual habiendo cobrado los intereses por adelantado; en la
cuenta de Intereses diferidos aparece registrado al 31/12/2010 S/.
21,600.
Se solicita.- Determinar lo apropiado de los saldos y efectuar los
asientos de diario y ajuste que usted considere conveniente, teniendo en
cuenta los datos anteriores a fin de presentar la situación financiera de la
empresa al 31/12/2010.
18. La empresa Corporación Verde SACadquirió al crédito el 15/04/2010 una
maquinaria en U.S.$40,000 la que entro en funcionamiento el 01/06/2010
aplicándole una tasa de depreciación de 20 % anual; El tipo de cambio en la
fecha de adquisición fue de S/. 3.35 por dólar. Los saldos registrados en libros al
31/12/2010 de la máquina son de costo S/.138,000 y depreciación S/. 13,800.
Se solicita.- Determinar lo apropiado de los saldos y efectuar los
asientos de diario y ajuste que usted considere conveniente, teniendo en
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Manual~1 (1)

  • 1. ACREDITADA POR ACCREDITATION COUNCIL FOR BUSINESS SCHOOLS AND PROGRAMS (ACBSP), EUROPEAN COUNCIL FOR BUSINESS EDUCATION (ECBE) Y AXENCIA PARA A CALIDADE DO SISTEMA UNIVERSITARIO DE GALICIA (ACSUG) ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD Y FINANZAS MANUAL: PERITAJE CONTABLE Y AUDITORÍA FORENSE CICLOX SEMESTRE ACADÉMICO 2013 - I – II Material didáctico para uso exclusivo de clase LIMA - PERÚ
  • 2. UNIVERSIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES RECTOR ING. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO VICE RECTOR ING. RAÚL EDUARDO BAO GARCÍA FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, ECONÓMICASY FINANCIERAS DECANO DR. DOMINGO FÉLIX SÁENZ YAYA DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD Y FINANZAS DR. JUAN AMADEO ALVA GÓMEZ DIRECTOR ESCUELA DE ECONOMÍA DR. LUIS CARRANZA UGARTE DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CONTABILIDAD, ECONOMÍA Y FINANZAS DR. LUIS HUMBERTO LUDEÑA SALDAÑA DIRECTOR DE LA SECCIÓN DE POSTGRADO DR. AUGUSTO HIPÓLITO BLANCO FALCÓN DIRECTOR DE LA OFICINA DE GRADOS Y TÍTULOS DR. VICTOR LORET DE MOLA COBARRUBIA DIRECTOR DE LA OFICINA DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN UNIVERSITARIA DR. REYNALDO ULADISLAO BRINGAS DELGADO DIRECTOR DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN DR.SABINO TALLA RAMOS SECRETARIO DE FACULTAD DR. LUIS ANTONIO CUEVA ZAMBRANO JEFE DE LA OFICINA DE REGISTROS ACADÉMICOS SRA. BELINDA MARGOT QUICAÑO MACEDO JEFE DE LA OFICINA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO LIC. MARÍA RICARDINA PIZARRO DIOSES JEFE DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN Mo. ABOG. LUIS FLORES BARROS COORDINADOR ACADÉMICO DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD Y FINANZAS TURNO MAÑANA DRA. YOLANDA MAURINA SALINAS GUERRERO COORDINADOR ACADÉMICO DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD Y FINANZAS TURNO NOCHE DR. ANTONIO AMILCAR ULLOA LLERENA COORDINADOR ACADÉMICO DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE ECONOMÍA TURNO MAÑANA Y NOCHE MG. RENZO JAIR VIDAL CAYCHO COORDINADOR DE LA SECCIÓN DE POSTGRADO DE CONTABILIDAD Y FINANZAS DR. CRISTIAN YONG CASTAÑEDA COORDINADOR DE LA SECCIÓN DE POSTGRADO DE ECONOMÍA DR. VICTOR LORET DE MOLA COBARRUBIA
  • 3. INTRODUCCIÓN El presente manual del curso de Peritaje Contable y Auditoría Forense reviste importancia por haberse incrementado el problema que se armen nuevas redes de corrupción, haciendo que la sociedad invente algo diferente. Algo como vigilar desde abajo y/o crear formas de hacer publico y castigar al corrupto. De allí que el Peritaje contable y la Auditoria Forense sea, en opinión de muchos, una forma de poder castigar a los corruptos. El fraude es la mayor preocupación en el ambiente de los negocios en la actualidad, por lo que combatir este flagelo se ha convertido en uno de los objetivos corporativos tanto a nivel privado como gubernamental, debido a estas crecientes necesidades surge la denominada: Auditoría Forense. Desde hace varias décadas en nuestro país la Pericia Contable ha sido considerada como una prueba fundamental, debido a la vital importancia que ha adquirido el profesional contable que actuando como perito ,ilustra a los magistrados del poder judicial en los temas que son de su conocimiento siendo de vital importancia para una adecuada e imparcial administración de justicia Los elementos de juicio y evidencias contables, constituyen la base fundamental de un peritaje contable y las pruebas para la auditoria forense, pues a través de su examen crítico y sistemático, el perito contador y el auditor forense llegará a conclusiones que serán de ayuda, a quien lo solicite, en la compatibilización y evaluación de evidencias en torno a lo que investiga. Luego, en la medida que disponga de todos los elementos de juicio relacionados con el peritaje y la auditoria forense, su opinión tendrá la validez que el caso requiera. La importancia del peritaje para la solución de muchos pleitos la pone de manifiesto la circunstancia de que el Juez, si bien es un técnico en derecho, no lo es por lo general en otras ciencias ni posee conocimiento sobre cuestiones de arte, de mecánica y en numerosas actividades prácticas que exigen estudios especializados o amplia experiencia. La corrupción, el fraude y el lavado de dinero en un problema de los gobiernos y la actividad privada,siendo los causantes de este El problema número uno está constituido por el desempleo y el subempleo, que no pueden ser resueltos por los gobiernos, sino por los aportes de la actividad privada. El segundo gran problema es la corrupción. En el mundo de hoy, más de la mitad de la culpa es por la corrupción de los empresarios. Otra parte es de los gobiernos, otra de la sociedad civil, que los deja y les hace el juego por debajo de la mesa. Por esto se hace necesaria la auditoria forense para examinar e identificar las nuevas modalidades delictivas que se utilizan con nuevas herramientas tecnológicas. Por todo lo anteriormente mencionado, podemos señalar que, el actual Sistema Judicial necesita profesionales altamente especializados en el área contable, para asumir el trabajo pericial en los procesos civiles, penales, laborales, procedimiento privativo arbitral, acusaciones constitucionales y otros.
  • 4. DIAGRAMA DE CONTENIDOS PERITAJE CONTABLE Y AUDITORIA FORENSE MARCO CONCEPTUAL DE LA TEORIA DEL PERITAJE CONTABLE FUNDAMENTOS DE LA PERICIA CONTABLE CONTEXTUALIZACION DEL INFORME PERICIAL PROGRAMA Y PAPELES DE TRABAJO MARCO CONCEPTUAL DE LA TEORÍA DELA AUDITORIA FORENSE PLANEAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE AUDITORIA FORENSE
  • 5. DIAGRAMA DE CONTENIDO UNIDAD DE APRENDIZAJE I CAMPO DE ACCIÓN, TECNICAS, PROCEDIMIENTOS, EVALUACIONES EL PERITO, EL AUDITOR, EL TESTIGO CONCEPTO OBJETIVOS CARACTERISTICAS EVOLUCIÓN REGULACIONES Y BASE LEGAL NORMAS PERSONALES DEL PERITO CONTABLE MARCO CONCEPTUAL DE LA TEORIA DEL PERITAJE CONTABLE
  • 6. UNIDAD DE APRENDIZAJE I : MARCO CONCEPTUAL DE LA TEORIA DEL PERITAJE CONTABLE EVOLUCIÓN HISTÓRICA Se cree que el origen de la pericia, se remonta a miles de años atrás, sin embargo no es posible precisar con exactitud el año de su aparición, ni el lugar, ni quién l o apl icó p o r primer a vez. En Grecia , no se cono cen antecedente s d e est e med io de prueba e n el Derec ho Griego antiguo. Algunos autores afirman que nace al designar árbitros encargados de deslindar propiedades vecinas, a la tasación de bienes, al examen de documento y para verificar la gravidez de la mujer. Para el tratadista Florián, la pericia tiene su aparición con el Derecho Romano, donde aparece la peritación, como medio de obtener el convencimiento del Juez, y por lo tanto como medio de prueba, cuando se elimina el procedimiento in iure. En el período Justiniano, adquiere mayor aplicación el procedimiento judicial propiamente dicho o procedimiento in indicio, extra ordinem. En los pueblos Bárbaros, que denominaron a Europa después de la caída del
  • 7. Imperio Romano, no se practicó la pericia judicial, porque era incompatible con las costumbres que imperaron en materia de prueba judicial. Con los canonistas, por la influencia que ejercieron en el desarrollo del sistema procesal, reaparece la peritación, principalmente por obra de los jurisconsultos italianos en materia penal, especialmente en lo referente al homicidio. En el proceso inquisitorio se difundió la práctica de peritación, primero en Italia y luego en el resto de Europa. En cuanto a la pericia contable dentro del contexto histórico, se puede afirmar que es y corresponde al Derecho Moderno su aplicación y que debe su aparición a la relación e interacción económica de los seres humanos. Es en este sentido, que ahora la pericia no sólo se aplica en el Derecho penal, sino en todas las demás ramas del Derecho, como medio de llegar a la verdad. En la actualidad como decimos líneas antes, no existen trabajos de investigación acerca de la formación y el ejercicio profesional del peritaje en el Perú, éste se ha desarrollado sólo gracias a la exigencia de la necesidad de la realidad. Los Peritos Judiciales, desde antes y hasta ahora se han formado sólo con un curso de peritaje en algunas Facultades de Contabilidad o de Ciencias de la Empresa o mediante cursos de extensión en otras Facultades; resultando que los Peritos actuales tienen una formación totalmente deficitaria, salvo honrosas excepciones, cuya formación la han adquirido por su cuenta y con la experiencia adquirida con el transcurso de los años. IMPORTANCIA DEL PERITAJE El peritaje cobra cada día mayor importancia en los procesos penales, civiles, laborales y contencioso-administrativos. Este aserto lo confirman las opiniones de diversos autores como: Giovanni Leone, que puntualiza que “El juez sólo puede prescindir del perito cuando se trate de conocimiento de determinadas ciencias o artes que entren en el patrimonio cultural común. Ya que es claro que si el juez puede con su cultura normal encontrar las reglas, el principio o el criterio aptos para resolver la cuestión, no está obligado a recurrir a la peritación. Fuera de este caso, siempre que se compruebe la necesidad de la indagación, el nombramiento del perito constituye un deber del juez”. Giuseppe Franchi, considera que debe recurrirse a la pericia siempre que en el proceso civil o penal, aparezca un problema técnico, y que es conveniente que el juez disponga de esta colaboración de manera estable, por lo cual puede hablarse de perito necesario cuyo previo concurso es indispensable para la decisión.
  • 8. Franmarino del Malatesta, sostiene que el juez debe recurrir al peritaje no solamente cuando la ley ordene su práctica en un caso determinado y cuando la cuestión por investigar se halle fuera de sus conocimientos técnicos, artísticos o científicos, sino aun cuando se considere capacitado para verificarla e interpretarla, si aquélla no es perceptible de forma completa por el común de las personas, en virtud del principio del carácter social del convencimiento, o de la certeza judicial, porque la sociedad debe estar en condiciones de controlar, mediante su opinión, la decisión judicial sobre la existencia y sobre la naturaleza de los hechos. Estas expresiones de Malatesta son aplicables a la justicia de cualquier naturaleza y no solamente a la penal, ya que la noción de interés público en los resultados del proceso ha dejado de ser patrimonio exclusivo de aquella desde hace más de medio siglo. Florian¸ también sostiene que el juez debe abstenerse de incursionar en el ámbito correspondiente a los peritos. Considera, sin embargo, que el juez puede practicar diligencias que exijan ciertos conocimientos técnicos si los posee, pero debe entenderse que alude a aquellos conocimientos técnicos elementales que forman parte de la cultura ordinaria de los magistrados. Silva Melero, se orienta que “no parece que la cultura técnica del juez le exima de recurrir al perito por la presunción basada en el principio de libre convencimiento. Hay que pensar que la justicia en general, y la penal en particular, ha de fundarse sobre una certeza que pueda ser contrastada y compartida por los demás. Un convencimiento exclusivamente individual, aparentemente, puede parecer enfrentado con la justicia. Carnelutti, expresa que “así como el juez no puede verlo todo, con igual y aun mayor razón no puede saberlo todo” y que esta dificultad crece a diario, de tal modo que la pericia adquiere cada día mayor importancia, a causa del progreso técnico cada vez más intenso; y más adelante añade que si bien el juez puede adquirir directamente el conocimiento de una regla de experiencia, operando por inducción sobre una serie de hechos suministrados al proceso, por lo general la obtiene mediante la declaración de un experto; hace hincapié sobre la doble función del perito, como instrumento de percepción e instrumento de deducción y advierte que si la indicación de las reglas de la experiencia al juez no es necesaria sino cuando son ignorados por éste, en cambio la aplicación de ellas al caso concreto: puede exigir el concurso del perito, cuando para que se haga con seguridad y sin esfuerzo anormal, exige cierta aptitud o preparación técnica, que el juzgador no posea. NATURALEZA DEL PERITAJE CONTABLE CONCEPTO DE PERITAJE Actividad de expertos para el examen de hechos que exigen
  • 9. conocimientos especiales, a manera de inspección delegada, y como juicio técnico s obre los mismos. El peritaje se asemeja básicamente a un trabajo de valoración de pruebas aportadas sobre hechos en un proceso y a un trabajo de investigación para aportar nuevas pruebas, facilitando de este modo la apreciación de los hechos por el juzgador. En el peritaje, se debe identificar y evaluar en forma objetiva, las pruebas aportadas sobre el origen y causas de los hechos en litigio o presuntos del delito, a fin de validar, corroborar, esclarecer, apreciar y explicar dichos hechos mediante sus conocimientos y experiencia en materia contable, tributaria y de auditoría. Finalmente presentar los hechos comprobados mediante conclusiones en un dictamen pericial por escrito ante el juzgador. EL PERITAJE JUDICIAL Es la prueba elaborada técnica y científicamente por expertos, que ayudan a que el administrador de justicia pueda dar una solución real a las partes en litigio y que tiene bajo su responsabilidad.
  • 10. Características generales del Peritaje Judicial a. Actividad humana El peritaje es una actividad humana, en cuanto consiste en la intervención transitoria, en el proceso de personas que deben efectuar determinados actos para luego emitir el dictamen solicitado. b. Actividad procesal El peritaje es una actividad procesal, que debe producirse en el curso del proceso o en diligencias procesales o posteriores complementarias. Debe tenerse en cuenta que no constituyen peritajes jurídicos los conceptos análogos que se requieren y emiten extrajudicialmente. c. Actividad calificada El peritaje es una actividad de personas especialmente calificadas en virtud de su técnica, su ciencia, sus conocimientos de arte. Es decir, de su experiencia en materia que el común de las personas desconocen. d. Encargo judicial El peritaje exige un encargo judicial previo, ya que no concibe la pericia espontánea. En este aspecto se distingue del testimonio y de la confesión. En efecto, si un experto concurre por propia iniciativa ante el magistrado que conoce de un proceso y emite declaraciones técnicas, científicas o artísticas sobre los hechos que se investigan, existirá un testimonio técnico y no un peritaje. e. Vinculación con los hechos El peritaje debe versar sobre hechos y no sobre cuestiones jurídicas ni sobre exposiciones abstractas que no influyan en la comprobación, la apreciación o la interpretación de los hechos del proceso. f. Hechos especiales Los hechos sobre los que debe versar el peritaje deben ser especiales, en virtud de sus características técnicas, artísticas o científicas. La verificación, valoración o interpretación de dichos hechos, por lo tanto, no debe ser posible con los conocimientos ordinarios de personas medianamente cultas y de jueces cuya preparación es esencialmente jurídica. g. Declaración de ciencia El peritaje es una declaración de ciencia, porque el perito expone lo que conoce mediante la observación y por deducción o inducción de los
  • 11. hechos sobre los cuales emite su dictamen, sin pretender ningún efecto jurídico concreto con sus conceptos. Se distingue de la declaración de ciencia testimonial, en que mientras ésta tiene por objeto el conocimiento que el testigo posee de los hechos que existen en el momento de declarar o que existieron antes, el perito expone también sobre las causas y los efectos de tales hechos, y sobre los que sabe de hechos futuros, en razón de sus deducciones técnicas o científicas. Se diferencia además, en que el testigo ha adquirido por lo general su conocimiento antes de ser propuesto como tal, en tanto que el perito puede desconocer los hechos cuando se le encarga la pericia, ya que basta que posea la experiencia técnica, artística o científica indispensable para adelantar su investigación y su estudio. h. Operación valorativa El peritaje contiene, además de una declaración de ciencia, una operación valorativa. La pericia, en efecto, es esencialmente un concepto o dictamen técnico, artístico o científico de lo que el perito deduce sobre la existencia, las características y la valoración del hecho, o sobre sus causas y sus efectos y no en un mero relato de sus observaciones o percepciones. EL PERITO Es el profesional que reúne las especiales condiciones de capacidad técnica y científica, y que está llamado a informar en los litigios de las diferentes jurisdicciones, cuando el Juez de la causa solicita su intervención. Asimismo, se dice que, el Perito, es la persona competente en determinado orden de conocimientos, llamado a emitir dictamen sobre algún punto que debe dilucidarse. Es la persona escogida por el Juez, en razón de sus conocimientos técnicos, que tiene por misión proceder a aplicar éstos, después de haber prestado juramento al cargo y que efectuará exámenes, verificaciones y apreciaciones de hecho, consignando el resultado en un proceso verbal o en una relación procesal. * Perfil Profesional del Perito Para el ejercicio de sus funciones, todo Perito debe contar con un adecuado perfil profesional en cuanto a condiciones y cualidades personales y adquiridas; tales como: a. Condiciones personales Son los valores que atañen directamente al profesional y que en conjunto representan su valor intangible, que dentro de los más relevantes podemos citar: Integridad.-Implica rectitud, justicia y firmeza en las resoluciones u opiniones que tome el Perito, tanto en el ejercicio de sus funciones, como fuera de ellas.
  • 12. Independencia de criterio.-Una condición especial del Perito, es la independencia de criterio frente al resultado del trabajo que realiza; el profesional debe expresar juicios imparciales, considerando los fundamentos objetivos del caso y no los de naturaleza subjetiva. Puntualidad.-Es la materialización del grado de responsabilidad frente a la aceptación de las obligaciones. Implica cuidado y diligencia en realizar las tareas encomendadas a su debido tiempo. Trato social.-Es el comportamiento frente a las personas con quienes se mantiene diversas relaciones. En el caso del Perito, la experiencia adquirida durante el trayecto de su vida, deberá adecuarla, si es necesario, al trato cortés pero enérgico del profesional que desarrolla su labor, sin interferir ni causar molestias a nadie. Discreción.-Está relacionada directamente con la confidencialidad y buen uso de la información que el Perito obtiene durante el curso de su trabajo. En este sentido, no debe divulgar la información obtenida del expediente y cuidar de no proporcionar explicaciones de carácter técnico o legal sobre los cuales no está plenamente seguro o no haya pronunciamiento oficial, pues una interpretación equivocada, atenta contra el prestigio profesional, y en última instancia, contra la propia Administración de Justicia. Capacidad intelectual.-Está relacionada directamente con el grado de inteligencia que tenga el Perito y la cultura que indispensablemente debe de adquirir, para alcanzar un elevado desarrollo personal y profesional. b. Condiciones adquiridas Estas condiciones están referidas al conocimiento que el Perito debe tener sobre este campo. El profesional antes de realizar las labores inherentes a su cargo, debe prepararse y capacitarse de tal forma, que realice satisfactoriamente su trabajo cuando sea requerido. * Intervención de los Peritos Cuando el asunto es demasiado técnico, en el que la investigación sea profunda y se requiera gran eficiencia para demostrar hechos que aparecen ocultos y que sólo la experiencia del Perito pueda interpretar, el Juez de la causa nombra PERITOS DE OFICIO por resolución judicial. Cuando alguna de las partes litigantes o las dos partes consideran necesaria la intervención de peritos, y solicitan al Juez el nombramiento, es potestativo del Magistrado acceder o no a tal designación; cuando el Juez acepta el nombramiento, éste toma el nombre de NOMBRAMIENTO DE PARTE. En el caso que se hayan nombrado peritos de oficio y de parte, y existieran discrepancias fundamentales en las conclusiones entre ambas pericias, el Magistrado designará un nuevo Perito con el carácter de DIRIMENTE. Por lo general en el Perú, se designan dos peritos.
  • 13. EL AUDITOR Persona que, ya sea como empleado de planta o en una capacidad externa y profesional, audita los libros de contabilidad y los registros que llevan otras personas. * Características del Auditor -Es el profesional contratado por la propia empresa o entidad para expresar una opinión sobre los Estados Financieros a una fecha determinada, previa evaluación de sus controles internos administrativos, de examen de sus libros contables, documentos y otros registros comentarios. - Su opinión la expresará a través de un Dictamen, pronunciándose también sobre la razonabilidad, consistencia y aplicación de sus Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados, por parte de la empresa o entidad auditada, seguidos en la preparación de dichos Estados Financieros. - Su actuación profesional le permite abarcar los campos de la Auditoria Financiera, Tributaria y Operativa, incluyendo “Exámenes Especiales”, en cualquiera de estos campos. - Conviene puntualizar que el Auditor, al examinar un “examen especial” no tiene como objetivo dictaminar sobre la situación financiera. Su finalidad es obtener alguna información específica concerniente a alguna particular de la empresa o
  • 14. entidad y su alcance es siempre limitado. EL TESTIGO Es la persona física que en calidad de tercero declara en juicio sobre hechos controvertidos, que los ha percibido bajo sus sentidos y a cuyas consecuencias no se encuentra vinculado. En otros términos, se dice que el Testigo, es la persona física que en calidad de tercero declara en juicio sobre hechos controvertidos, que los ha percibido bajo sus sentidos y a cuyas consecuencias no se encuentra vinculado. * Características : - Si bien su relato es algo más que una enunciación de hechos, pues en toda exposición no puede destacarse la interpretación que se hace de los mismos, está motivado en razonamientos propios, pues no se le exige al testigo opinión fundada sobre conocimientos particulares. - Su saber es común, presentándose como el prototipo de un narrador, debiendo responder a preguntas precisas que le formulan los juzgados ó la Corte Superior. Sólo en casos de excepción, emite conclusiones, que serán tenidas en cuenta si posee conocimientos especiales, respecto al hecho que ha observado. - Son deberes del testigo: comparecer ante la citación del Juzgado, y declarar conforme al interrogatorio a que se somete y prestar juramento. * Clasificación de losTestigos: -Por razón de su función: Narrador y Fedatario.-Por razón del nexo: Directos e indirectos.-Por razón del conocimiento: Perito y Profano.- Por razón del sujeto que recibe el testimonio: Judicial y Extrajudicial. - Por razón del procedimiento: Hábiles, sospechosos e inhábiles. � Su labor es pasiva.
  • 15. � 20% de investigación y 80% de comprobación y análisis. � Su informe va dirigido a los empresarios y a terceros. � Utilizan una literatura técnica. � Su labor es activa. � 80% de investigación y 20% de comprobación y análisis. � Su informe va dirigido al Juez. � Utiliza una literatura menos técnica. � No está obligado a la aceptación del cargo. � Basa su informe en sus conocimientos técnicos y en su experiencia técnica. � Tiene una elevada moral. � Está obligado a concurrir al llamado del Juez. � Basa su informe utilizando el sentido visual y auditivo. � La mayoría carece de moralidad. TÉCNICAS DEL PERITAJE Las técnicas son los métodos que el Perito aplica para obtener y evaluar las pruebas necesarias para fundamentar su dictamen. El Peritaje Contable Judicial no tiene técnicas propias para la obtención y evaluación de pruebas, se utilizan las técnicas de auditoría. La diferencia entre el Peritaje Contable Judicial y Auditoría la encontramos, no en las técnicas que son las mismas, sino en la metodología a desarrollar; y en las prácticas o procedimientos a aplicar en cada trabajo de auditoría o PERITO
  • 16. pericial. Es por esta razón que al Peritaje Contable Judicial se le reconoce como examen especial de auditoría. En auditoría se reconoce la existencia de cinco grupos de técnicas y catorce propiamente dichas, igualmente aplicables al Peritaje Contable Judicial, las mismas que mencionaremos a continuación: Grupos de Técnicas Técnicas propiamente dichas Ocular Comparación o compulsa Observación Inspección Rastreo Verbal Indagación Escrita Análisis o estudio Conciliación Confirmación Acción de revisión Comprobación Computación Totalización Verificación Revisión selectiva Acción combinada Examen Concepto de cada una de las técnicas: Comparación compulsiva.-Observar o cotejar la similitud o diferencia de los conceptos importantes y la ética, entre los registros y documentos y viceversa y entre varios registros o entre varios documentos. Observación.-Examen visual para cerciorarse de ciertos hechos y circunstancias. Inspección.-Examen físico de bienes o documentos con el objeto de demostrar la existencia o su autenticidad. Rastreo.-Seguimiento de una transacción o de un hecho, de un punto a otro o desde el inicio hasta que termine. Indagación.-Obtención de información mediante preguntas o a través de averiguaciones y conversaciones. Análisis o estudio.-Separación en partes o elementos lo que realmente interesa. Conciliación.-Hacer que concuerden dos conjuntos de cifras relacionadas, separadas e independientes. Confirmación.-Obtención de comprobación de saldos y otros datos con documentación externa. Comprobación.-Examen de las pruebas o evidencias que apoyan una transacción o constatan un documento demostrando autorización y legalidad. Computación.-Verificar la exactitud o cálculo matemático de las operaciones, efectuar cálculos. Totalización.-Verificar la exactitud de sub-totales y totales verticales y horizontales. Verificación.-Probar la exactitud o veracidad de un hecho. Revisión selectiva.-Revisar el universo de saldos o transacciones a base de muestras representativas. Examen.-Revisar, investigar, inspeccionar, comprobar la veracidad de los
  • 17. hechos, saldos o transacciones, o la exactitud de los mismos. Cuadros comparativos de las técnicas propiamente dichas: OCULAR Comparación Compulsiva Observación Inspección Rastreo Observar o cotejar la similitud o dife- rencia de los con- ceptos Examen visual para cerciorarse de cier-tos hechos Examen físico de bienes o documen-tos para verificar su autenticidad Seguimiento de una transacción o de un hecho ESCRITA Análisis o Estudio Conciliación Confirmación Separación en partes o elementos de lo que realmente interesa Hacer que coincidan dos conjuntos de cifras rela-cionadas Obtención de compro- bación de saldos y otros datos ACCIÓN DE REVISIÓN Comprobación Computación Totalización Verificación y revisión selectiva Examen de pruebas que apoyan una transacción Verificar exactitud de las operaciones matemáticas Similar a la anterior (totales Verificar la exacti- tud de hechos y re- visión selectiva del universo de saldos PROCEDIMIENTOS DEL PERITAJE Son aquellas acciones que el Perito ejecuta para desarrollar con eficiencia, efectividad y con orden el trabajo pericial. Entre ellos tenemos: Leer y estudiar el expediente judicial, identificando y extractando los asuntos que interesan al juzgador y son útiles para el trabajo pericial.
  • 18. Obtener las siguientes piezas del expediente: - Copia del auto judicial en que se designa o nombra al Perito, tomando en cuenta el plazo de presentación, el objetivo y los puntos de la pericia sobre los que se deberá informar. -Datos de las partes y de los profesionales que los representan o patrocinan. -Montos reclamados o denunciados. -Puntos de la pericia. -Síntesis de los hechos en litigio demandados en el fuero civil o presuntos delitos en el fuero penal, relacionados con los puntos de la pericia y de las pruebas presentadas por las partes con respecto a dichos hechos. Revisión de la situación legal de los libros de contabilidad, principales y auxiliares, de actas del directorio y accionistas, de registro y transferencia de acciones, que contengan y/o estén relacionados con los hechos en litigio o presuntos delitos y con las pruebas actuales o apartadas. Examen de los asientos y partidas contables y la documentación sustentatoria relacionados con los hechos en litigio y por presuntos delitos y con las pruebas actuadas o apartadas. EVALUACIONES DEL PERITAJE Revisión del expediente -Inmediatamente después del juramento, el Perito procederá a examinar el expediente en el juzgado o en su oficina. Deberá solicitarlo al secretario quien se la entregará previa forma de pago. Es necesario que en el cargo conste la dirección y el teléfono del Perito, para si es necesario que le soliciten que lo devuelva. Es conveniente que el Perito verifique si el expediente contiene el número de fojas que dice el cargo. Si nota que faltan fojas o documentos, es mejor que no lo retire; tal situación le hará conocer al Secretario. El Perito debe conocer que el expediente puede constar de uno o más files; en el lenguaje forense se denomina cuadernos. Debe quedar claro que el expediente se presta para consulta o para fotocopiar las piezas que el Perito considera necesarias. Jamás deberá subrayar, escribir o alterar escrito alguno, porque podrá dar lugar a acusación penal. En el fuero civil, el Perito debe leer cuidadosamente tanto la demanda como su ampliación si la hubiere a efectos de conocer el motivo del juicio, sus pretensiones. Con igual propósito deberá informarse de la contestación de la demanda y de lo que afirma o niega la parte demandada. Luego deberá examinar con mucho cuidado, el criterio con el que se
  • 19. ofrece la prueba de peritos y el propósito por el cual se solicita. Aquí radica lo fundamental, el centro de lo que se va a peritar. Es el objeto del peritaje y que el Juez, de acuerdo al Art. 493 C de la P.C. deberá repetir en su resolución. En el fuero penal sucede algo parecido, por lo que el Perito habrá de estudiar y quedarse con copia de la denuncia y dictamen fiscal, de la instructiva, de la preventiva y de cualquier otro documento que lo ilustre sobre el objeto del peritaje y los alcances para su trabajo. Es aconsejable igualmente leer las actas donde se han actuado las otras pruebas, con el propósito de extraer algún dato que sea de interés al peritaje. El Art. 162 del Código de Procedimientos penales dispone que en el mismo decreto que se nombra peritos, deberá determinar el plazo en que han de presentar su dictamen, cuidándose de que este plazo sea suficiente. En el fuero civil el Art. 493 del C. de P.C., dispone que el Juez fijará con precisión el objeto del peritaje y el término para que los Peritos presenten su dictamen. Terminado el peritaje se devolverá el expediente al mismo secretario y se cuidará de anular el cargo. De no encontrarse el cargo, el Perito deberá solicitar al secretario un recibo de estar devolviendo el expediente con igual número de fojas y en perfectas condiciones. Una vez estudiado el expediente, el Perito deberá preparar un resumen de la litis al que denominará antecedentes. Determinación de las cuestiones a peritar -Tan luego se ha terminado de estudiar el expediente en su aspecto general y en particular del recurso de ofrecimiento de la prueba de Peritos, el Contador Público deberá determinar las cuestiones que serán el motivo principal de su trabajo. El cuestionario debe ser, pues, producto de un conocimiento cabal de las pretensiones de las partes involucradas en el proceso, además de lo que puedan solicitar el juez y el fiscal, de ser el caso. En base a dichos antecedentes, el Contador se formulará las cuestiones a peritar, justas y necesarias, cuyo desarrollo y posterior correlación ayudará al juez a emitir sentencia. Jamás se deberá comenzar a ejecutar un peritaje si previamente no se ha determinado el cuestionario a desarrollar que conduzca, previa elaboración de un programa de trabajo, al objeto del peritaje. Es algo así como el programa en la auditoría, que lleva a sus objetivos. La ejecución de un cuestionario pericial requiere de la elaboración de un programa para alcanzar sus objetivos.
  • 20. La etapa del examen del expediente es la columna vertebral de todo peritaje, porque solamente con dicho examen en que se adquiere el conocimiento cabal del objetivo central de la prueba pericial. *Ejecución del cuestionario Determinado el cuestionario a peritar, el perito puede de dos maneras ejecutar su trabajo: -Sólo con la documentación que obra en el expediente. -Además, con los libros y documentos contables de la o las partes involucradas. Competencia, experiencia y perfeccionamiento profesional permanente: El Perito Contable-Judicial debe poseer cualidades de competencia y experiencia necesarios para su actuación, así como debe demostrar una capacitación, actualización y perfeccionamiento permanentes. La competencia entendida como los necesarios atributos de entrenamiento; aptitud y capacidad técnicos excelentes; experiencia, entendida como la suficiente práctica y habilidad. En suma la competencia y el perfeccionamiento profesional deben expresarse juntos en un nivel de idoneidad técnica en constante desarrollo. Independencia, imparcialidad e integridad en las actuaciones periciales: El Perito Contable Judicial, por su condición de profesional que ilustra, explica y orienta a los Magistrados en asuntos de su especialidad sujetos a controversia legal. La independencia del Perito Contable respecto a los sujetos procesales, debe ser la conducta que regirá en todo el proceso del peritaje. El Perito Contable debe demostrar no solamente si es independiente y objetivo, sino que sus acciones y situaciones evidencien por sentido lógico y común. El Perito no debe recibir beneficios de ninguna naturaleza provenientes de las partes. Diligencia y esmero continuos en el desarrollo del proceso pericial: El Perito Contable Judicial debe realizar sus labores prestando el mayor cuidado, diligencia y esmero posibles, de manera continua y en todas las etapas del proceso pericial. El cuidado y diligencia del Perito Contable, debe expresarse en la organización y sistematización de sus labores de manera integral. Estricta legalidad en las actuaciones periciales: El Perito debe ceñirse a las funciones y atribuciones que prescriben las leyes, disposiciones normativas y reglamentos que rigen su labor, para el efecto deberá cumplir con las normas legales y la profesional del campo del
  • 21. Contador Público. Planeación del trabajo pericial: El Perito Contable Judicial efectuará la planeación del proceso de la planeación, expresada en una planificación específica y un programa de procedimientos acordes a cada caso y tipo de labor. La planeación del peritaje contable judicial debe tener un sentido estratégico y con dirección al objetivo de las pericias. Estudio y comprensión intensivos de los expedientes judiciales, información y documentación inherente: Estudio y comprensión intensivos de las controversias y asuntos vinculados en relación con la contabilidad, la documentación de prueba e informes del mismo rango, y de todo elemento vinculado de naturaleza contable- financiera. Evidenciación y documentación: El Perito Contable debe adquirir evidencia suficiente y adecuada acerca de los hechos y objeto de controversia. La evidencia relativa a los peritajes contables será suficiente, cuando los elementos de juicio obtenidos por los Peritos les permiten adquirir certeza y opinión razonables a los asuntos verificados. La evidencia será adecuada cuando a criterio del Perito posea calidad, integridad, etc., respecto al asunto en controversia. Preparación y emisión del informe pericial : Los Peritos Contables en concordancia con la naturaleza de los procesos judiciales y las prescripciones legales al respecto, debe preparar, emitir y presentar informes escritos. Para que los informes periciales logren sus objetivos, deben redactarse con la necesaria y explicativa claridad, exactitud, concisión y optar por un tono ilustrativo en su redacción. La exactitud en el informe proviene de la objetividad en la ejecución del peritaje. La exactitud exige objetividad. El informe en su parte de análisis y explicación pericial, debe incluir el enfoque característico de la situación peritable, lo que en el campo de la auditoría equivale a las observaciones. Calidad y control en el proceso del Peritaje Contable: En cuanto a la calidad en el proceso del Peritaje Contable, el Perito Contable debe ejecutar su labor pericial, sustentándose en la necesidad de perfeccionar permanentemente todas las acciones comprendidas en el proceso pericial, hacia el logro de la calidad de principio a fin, además de verificar el cumplimiento de las normas y procedimientos que fueron planificados y rigen el ejercicio de cada pericia. Revisión exhaustiva de los papeles de trabajo y evidencias: Al final de cada labor y al término del proceso de ejecución de la pericia contable, debe practicarse una revisión y comprobación de los papeles de trabajo y evidencias de manera exhaustiva y completa, verificándose el contenido, alcances y calidad de los registros, seguimiento y conclusiones; su concordancia con las prescripciones normativas y la planeación realizada, además de evaluar los resultados de los procedimientos planificados,
  • 22. obteniéndose las conclusiones correspondientes. CAPÍTULO I *PERITOS Artículo 273.-Los Peritos Judiciales deben reunir los requisitos que las leyes procesales exigen, tener conducta intachable y figurar en la nómina que remitan las instituciones representativas de cada profesión. Artículo 274.-Los Colegios Profesionales y las Instituciones representativas de cada actividad u oficio debidamente reconocidas, remiten anualmente a la Corte Superior del Distrito Judicial correspondiente, la nómina de sus miembros que considere idóneos para el desempeño del cargo de Perito Judicial, a razón de dos por cada Juzgado. Estos deben recibir dentro de la circunscripción de cada Juzgado y reunir los requisitos legales para el desempeño de tal función. Las nóminas son transcritas a los Juzgados para que estos designen rotativamente, en cada caso y en presencia de las partes o de sus abogados, a quienes deben actuar. Las Cortes Superiores pueden solicitar, cuando lo consideren conveniente, se aumente el número de peritos que figuran en las nóminas. Concordancia: C.P.C. Art. 160 y siguientes; C.P.C. Art. 491. Artículo 275.-Los Órganos Jurisdiccionales pueden solicitar de oficio a las Instituciones Profesionales que emitan informes ilustrativos o peritajes sobre asuntos específicos. Concordancia: C.P.C. Art. 165. Artículo 276.-En caso de que se solicite informe o pericias a los funcionarios de la Administración Pública, estos están obligados a presentar su colaboración bajo responsabilidad, salvo que se afecten las labores a su cargo, a juicio de su superior jerárquico, en cuyo caso deben excusarse. Concordancia: C.P.C. Art. 242. Artículo 277.-En los lugares donde se haya podido formular las nóminas a que se refiere el artículo 273° para el nombramiento de peritos, los Órganos Jurisdiccionales se rigen por las disposiciones procesales pertinentes. Concordancia: Ley Orgánica del Poder Judicial Art. 273. Artículo 278.-Las irregularidades cometidas por los Peritos en el desempeño de sus funciones, son puestas en conocimiento de las instituciones profesionales que los propusieron, sin perjuicio de aplicarse las sanciones que establece la Ley. Artículo 279.-Los honorarios de los Peritos, en los peritajes pedidos por las partes, se fijan y pagan con arreglo a las disposiciones procesales pertinentes. Quienes soliciten una pericia deben consignar previamente los honorarios correspondientes, conforme al arancel vigente.
  • 23. Artículo 280.-Se exceptúan de las reglas que se precisan en este capítulo, los Peritos Judiciales Contadores y Asistentes Sociales con que cuentan los Juzgados de Trabajo y de Menores, por ser funcionarios de carácter permanente cuyo régimen esta señalado en el Reglamento y Escalafón a que se refiere el artículo 254° de esta Ley. En esta misma condición se encuentran aquellos profesionales universitarios no abogados que con carácter permanente prestan labores en el Poder Judicial. Concordancia: L.O.P.J. Art. 254°. El cuerpo médico forense, la Policía Judicial, el cuerpo de traducción e interpretación, los martilleros públicos u otros órganos y personas de auxilio judicial se rigen por las leyes y reglamentos pertinentes. EL PERITO En primer lugar el Perito es un Órgano de Auxilio Judicial, colaborador de la Justicia; por lo que su actuar se rige por la Ley y demás disposiciones pertinentes. La pericia de acuerdo al Código Procesal Civil es un medio probatorio típico, toda vez que el Perito es la persona competente en una determinada materia de conocimientos y que es llamado por el Juez, cuando la apreciación de los hechos controvertidos requiere de conocimientos especiales de naturaleza científica, tecnológica, artística u otra análoga. En tal sentido, el dictamen que emiten es la prueba de exigencia directa, por medio del cual se superan las dificultades que se oponen al conocimiento directo de los hechos por los sentidos del juzgador. Al ofrecer la pericia indicará con claridad y precisión los puntos sobre los cuales versará el dictamen, la profesión u oficio de quien debe practicarlo y hecho controvertido que se pretende establecer con el resultado de la pericia; acotando que los peritos son designados por el Juez en el número que considere necesario; señalando que estos de acuerdo a la Ley tienen derecho a cobrar sus honorarios profesionales que sean fijados por el Juez de la causa. En consecuencia, constituye un deber profesional de defender la importancia de la aplicación de la pericia judicial en la justicia, porque permite buscar siempre la verdad científica para tratar de alcanzar la justicia. Por ello podemos afirmar, que el Peritaje no es un simple caso jurídico visto a través de un temperamento técnico sino de que pertenece a lo que debemos denominar la Ciencias Pericial; que es lo que lleva al Perito a superar la tecnicidad, sin olvidar los valores morales, éticos y jurídicos que está obligado a respetar. POLICÍA JUDICIAL La Pericia Judicial tiene por función realizar las citaciones y
  • 24. detenciones dispuestas por el Poder Judicial, para la competencia de los imputados, acusados, testigos y peritos, así como practicar las diligencias propias de sus funciones. El personal de la Policía Nacional, tiene bajo su responsabilidad, la custodia y seguridad de los Magistrados e instalaciones del Poder Judicial, así como el traslado de imputados y sentenciados. DIAGRAMA DE CONTENIDO UNIDAD DE APRENDIZAJE II
  • 25. UNIDAD DE APRENDIZAJE IIFUNDAMENTOS DE LA TRIBUTARIO LABORAL CIVIL PENAL CAMPOS DE ACCION CLASES DE PERITAJE MARCO CONCEPTUAL DE LA TEORIA DEL PERITAJE CONTABLE
  • 26. PERICIA * CLASIFICACIÓN DEL PERITAJE Si se clasifican en función de la persona o ente que designa a los Contadores Públicos en calidad de Peritos, el peritaje puede ser: JUDICIAL, DE OFICIO Y ARBITRAL. a. Peritaje Contable Judicial Se denomina así, cuando un Juez designa a un Contador Público o a las asociaciones profesionales para que practiquen peritajes y emiten informes ilustrativos sobre asuntos específicos que le permita administrar justicia en el fuero civil y de los hechos denunciados en el furo penal. Además es un peritaje de carácter oficial. Es el trabajo que realiza un profesional de las ciencias contables a pedido del administrador de justicia. El peritaje contable es una función exclusiva del Contador Público, porque así está establecido en la Ley Nº 13253 de Profesionalización del Contador, desde hace más de 35 años. Por otro lado, es conveniente recordar que los peritajes contables, generalmente están relacionados con asuntos que únicamente le compete al Contador Público como la contabilidad, interpretación de estados financieros, controversias sobre rentabilidad y valorización de empresas, determinación de deudas y obligaciones, cálculo de intereses, lucro cesante y muchos otros temas en los cuales debe aplicar e interpretar principios de contabilidad generalmente aceptados y obviamente las disposiciones legales que le sean aplicables. b. Peritaje de Oficio Se denomina peritaje de oficio o de parte cuando el Perito es designado por alguna de las partes que intervienen en la controversia en el proceso judicial o árbitro, con el conocimiento del Juez que corresponda. c. Peritaje Arbitral Es cuando los árbitros seleccionan y designan al Perito Contable si
  • 27. fuese necesaria una opinión técnica, independiente y objetiva. * INICIACIÓN DE LA PERICIA Los peritos para ejecutar su trabajo, tendrán que hacer un detenido estudio de los expedientes materia del litigio y su naturaleza, a fin de poder enfocar los puntos que el juzgado haya indicado, o los que la preparación y experiencia de los peritos puedan desarrollar. En este estudio se tiene que investigar y analizar toda la documentación que las partes litigantes hayan presentado en los recursos de demanda o denuncia. En el estudio o investigación de los hechos que motivan el juicio, los peritos no deben inmiscuirse en los asuntos del derecho, sino exclusivamente en lo referente a los hechos contables. Terminado los estudios del caso, los peritos presentarán al juzgado, el informe o pericia. Los peritos deben entregar al juzgado de la causa tres ejemplares del informe, de las cinco que deben mecanografiarse: un original para el Juez, dos copias para las partes litigantes, y dos copias para cada uno de los peritos.
  • 28. Los peritajes en materia contable que con más frecuencia se presentan en las jurisdicciones Civil, de Instrucción y de Trabajo son: En los Juicios Civiles: a. Peritajes sobre los beneficios de inventarios b. Peritajes sobre liquidación de sociedades. c. Peritajes sobre rendición de cuentas. d. Peritajes sobre participación testamentaria. e. Peritajes sobre fecha retroactiva y causa de quiebra. En los Juicios de Instrucción: a. Peritajes sobre los delios contra el patrimonio público y privado. b. Peritajes sobre calificaciones de quiebra. c. Peritajes sobre siniestros de incendio, con visos de intención. En los Juicios de Trabajo: a. Peritajes sobre beneficios sociales.
  • 29. * EN LOS JUICIOS CIVILES �PERITAJES SOBRE BENEFICIO DE INVENTARIOS.-Consiste en no hacer a los herederos que aceptan responsables de las obligaciones hereditarias y testamentarias, sino hasta concurrencia del valor total de los bienes que han heredado, según ley. �PERITAJES SOBRE LIQUIDACIONES DE SOCIEDADES.-Es el juicio por el cual uno o más socios, o los accionistas de una empresa impugnan los resultados de un proceso liquidatorio, que ha producido una descapitalización, que afecta al capital de los socios, y que convierte a cero el valor de las acciones de capital. �PERITAJES SOBRE RENDICIÓN DE CUENTAS.-Cuando se presenta una demanda para establecer posible irregularidades que no llegan a considerarse por el demandante como fraudes cometidos por el rindente. �PERITAJES SOBRE PARTICIONES TESTAMENTARIAS.-Es materia de división de herencia, pues los herederos consideran que se han lesionado sus derechos. �PERITAJES SOBRE FECHA DE RETROACCIÓN Y CAUSAS DETERMINANTES DE UNA QUIEBRA.-Se da cuando hay insolvencia económica, cesación de pagos, etc., es decir, el encontrarse sin liquidez para atender los compromisos contraídos con sus acreedores y no poder firmar contratos de compra-venta. * Definición de términos Beneficio de Inventarios Modalidad bajo la cual puede aceptarse una herencia; en cuyo caso el valor de los bienes y deudas o cargas será el que aparezca en el inventario judicial, sin perjuicio de las modificaciones que surjan como consecuencia de una posterior verificación administrativa La aceptación de la herencia debe hacerse por ante el juez de la sucesión dentro de los 10 días ante escribano y 2 testigos, citándose a los acreedores y legatarios. El plazo del inventario es de 3 meses, y transcurrido estos, el heredero tiene 30 días mas para aceptar o renunciar la herencia. 1.-Procedencia: Cuando lo prescriba la ley o se sustente su necesidad, cualquierinteresado puede solicitar fracción de inventario con el fin de individualizar la existencia de los bienes que pretende asegurar. 2.-Audiencia de Inventario: La audiencia de inventario se realizara en el lugar, día y hora señalados, con la intervención de los interesados que concurran. En el acta se inscribirán ordenadamente los bienes que se encuentren en el lugar, su estado, las características que permitan individualizarlos, sin calificar la propiedad ni su situación jurídica, dejándose constancia de las observaciones e impugnaciones que se formulen.
  • 30. 3.-Inclusión de bienes: Cualquier interesado puede pedir la inclusión de bienes no señalados en la solicitud de inventario inicial, acreditando el titulo respectivo. El plazo para pedir la inclusión vence el día de la audiencia y se resolverá en esta. 4.-Exclusión de bienes: Cualquier interesado puede solicitar la exclusión de bienes que se pretenda asegurar, acreditando el titulo con que lo pide. Se puede solicitar la exclusión dentro del plazo previsto, la que se resolverá en una nueva audiencia fijada exclusivamente para tal efecto. Vencido el plazo para solicitar la exclusión o denegada esta, puede ser demandada en proceso de conocimiento o abreviado, según la cuantía. 5.-Valorización: Puede ordenarse que los bienes inventarios sean valorizados por peritos, siempre que se solicite antes de concluida la audiencia. Pedida la valorización, el juez nombrara peritos y fijara fecha para la audiencia respectiva. 6.-Protocolización y efectos: Terminado el inventario y la valorización, en su caso, se pondrá de manifiesto lo actuado por 10 días en el local del juzgado. Si no se pide exclusión o resuelta esta, el juez aprobara el inventario y mandara que se protocolice notarialmente. Liquidación de Sociedades Es la que se inicia una vez disuelta la sociedad. Durante la liquidación, la sociedad debe añadir a su razón social la denominación “en liquidación” en todos sus documentos. Desde el acuerdo de disolución cesa la representación de los directores, administradores, gerentes y representantes en general, asumiendo los liquidadores las funciones que les corresponden de acuerdo a Ley. Una condición importante de las sociedades disueltas, es que conservan su personería jurídica mientras dura el proceso de liquidación y hasta que se inscriba la extinción en el Registro. Durante este proceso las sociedades deben añadir a su razón social o denominación la expresión “en liquidación” en todos sus documentos o correspondencia de tramité. La disolución es efectuada por los liquidadores, quienes son designados por Junta General, socios, pero principalmente por el Juez, siendo impar su número. El cargo del liquidador es remunerado, salvo se disponga lo contrario con respecto a estas personas naturales o jurídicas. Rendición de Cuentas En materia contable es una liquidación sobre los ingresos o egresos de dinero con la correspondiente documentación contable que debe presentar el responsable de los fondos que tiene en su poder. Aquí el Código de Comercio dice, todo negocio es objeto de una cuenta conforme a los asientos contables de los libros de quien la rinde y a ella deben acompañarse los respectivos elementos de comprobación. Todo comerciante que contrata por cuenta ajena está obligado a rendir cuenta instruida y documentada de su comisión o gestión administrativa. Quiebra Es el estado del comerciante y de las sociedades comerciales y aún
  • 31. de los no comerciales en ciertos casos, que incurren en cesación de pagos y cuando esta circunstancia ha sido constatada y declarada por el Juez en el Campo Civil. Existen varios tipos de quiebra: Quiebra Casual, Quiebra Culpable, Quiebra Fraudulenta. QUIEBRA CASUAL.-La que se produce sin que haya intervenido negligencia, culpa o dolo del fallido. Puede inclusive, ser provocada por fuerza mayor o como fortuito. Cuando la quiebra es casual, el expediente separado que se instruye para la calificación de la falencia, se mandará archivar por el Juez. QUIEBRA CULPABLE.-Si ha sido provocada por alguna de las causas mencionadas en la Ley como determinantes de culpa. Cuando el Juez de comercio califica la quiebra de culpable, debe ordenar el envío del expediente al Juez correccional o del crimen que corresponde. QUIEBRA FRAUDULENTA.-La que se produce concurriendo algunas de las circunstancias previstas en la Ley de la materia. Declaración por el Juez como consecuencia de la realización por el empresario quebrado de una serie de maniobras en evidente perjuicio de los acreedores. El quebrado fraudulento no podrá ser rehabilitado. * EN LOS JUICIOS DE INSTRUCCIÓN � PERITAJES SOBRE DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO PÚBLICO Y PRIVADO.-La que se da por efecto de defraudación, malversación de fondos, estafas, desfalcos, apropiaciones ilícitas, abusos de confianza, violación de depósitos, peculado y contra la fe pública, etc. �PERITAJES SOBRE CALIFICACIÓN DE QUIEBRA Y CULPA FRAUDULENTA.-En la que los peritos exponen las características que presentan los hechos comprobados y que el Juez los apreciará para resolver sobre la calificación que corresponde. �PERITAJES SOBRE SINIESTROS DE INCENDIO CON VISOS DE INTENCIONALIDAD.-Estas pericias surgen cuando se produce un siniestro de incendio y a mérito del atestado policial y muchas veces solicitado al Juzgado de Instrucción de turno por las compañías aseguradoras que consideran que van a ser lesionados sus intereses al tener que pagar los daños ocasionados por dicho siniestro. * Definición de términos Estafa Es el engaño que induce a error a la victima de modo que menoscaba su patrimonio en beneficio del infractor. Sus elementos constitutivos son pues el engaño, la astucia,
  • 32. el ardid y otra forma fraudulenta. Por ejemplo, se me vende un terreno, una propiedad, un objeto cuya propiedad no pertenece al que vende. He sido victima de una estafa. Defraudación Es el engaño, la mala fe en las relaciones con otro y en propio beneficio,y nos parece que es más bien el término general. Apropiación ilícita Es la que en forma indebida hace el infractor de un bien mueble, una suma de dinero o cualquier objeto que se haya entregado para su custodia y depósito, a título de administrador o cualquier otro título no traslaticio del dominio y con la obligación de devolver en su oportunidad el bien entregado. Receptación Es sinónimo de ocultar, encubrir. Consiste este delito en adquirir, recibir en donación, prenda o guarda un bien de cuya procedencia defectuosa se tiene conocimiento o debe presumirse que provenga de un hecho sancionable. También es esconder, vender o ayudar a negociar un bien bajo las circunstancias que se acaban de señalar. Extorsión Consiste en obligar a la víctima mediante violencia, amenaza o manteniéndola en rehén, a otorgar al agente o a un tercero una ventaja económica indebida. También se configura este delito al que amenaza a la victima con publicar, denunciar o revelar un hecho o una conducta que lo pueda perjudicar no sólo a ella sino a quien tenga vinculación estrecha con la misma (familiares, etc.) para obligar que compre su silencio. Usurpación Es un hecho delictuoso de comisión instantánea y consiste en arrebatar por medio violento, del engaño, la amenaza y el abuso de confianza, al legítimo titular del derecho de la posesión o la tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho real. * EN LOS JUICIOS DE TRABAJO �PERITAJES SOBRE BENEFICIOS SOCIALES.-Esta pericia se presenta cuando las partes (demandante y demandados) no se han puesto de acuerdo para solucionar el problema laboral ante las autoridades de trabajo, y en los respectivos comparendos de conciliación.
  • 33. PRACTICA 1. Se le solicita determinar los cálculos indemnizables del trabajador Carlos Castillo quien ingreso a trabajar en la empresa Corporación Llanganuco SAC con fecha 01 de Abril del 2,007 el mismo que tiene el cargo de vendedor comisionista, el trabajador a recibido una bonificación del 30 % de su sueldo por productividad en junio del 2007 y 2008, asimismo viene haciendo uso del comedor de la empresa en los días laborables en el cual el costo del menú de S/ 5.00 por 20 días. En el mes de agosto y octubre del 2,003 ha recibido una bonificación extraordinaria de S/.140 y en los meses de, junio y setiembre del 2,004 S/.170 En abril de todos los años vienen recibiendo una asignación por escolaridad del 25% de su remuneración. AÑO 200 AÑO 2007 AÑO 2008 MES SUELD O COMISIÓ N SUELD O COMISIÓ N SUELD O COMISIÓ N Enero 3,200 1,300 Febrero 3,200 780 Marzo 3,200 Abril 2,200 1,250 3,200 1,100 Mayo 2,200 1,100 3,600 1,400 Junio 2,200 1,350 3,600 1,050 Julio 2,800 1,200 3,600 1,400 Agosto 2,800 800 3,600 Septiemb re 2,800 980 3,600 1,300
  • 34. TRABAJOS A REALIZAR: Determinar gratificaciones de cada uno de los periodos contablesDeterminar el sueldo indemnizatorio al 31/12/2007.Determinar el sueldo indemnizatorio al 31/12/2008. 1. Lo contratan como perito de Parte en un problema societario de una empresa en la cual le solicitan determinar lo apropiado de los saldos al 31/12/2008 a) Las mercaderías tienen un saldo de S/.270, 000 que han sido valuadas al valor de venta, el mismo que considera una utilidad del 30 %. b) Dentro de los Gastos pagados por anticipado se encuentra la cuenta de Seguros Pagados por anticipado por S/. 27,000 que corresponde a 9 meses, siendo la vigencia de la póliza del 01/07/2008 al 30/06/2009. Sueldo indemnizatorio al 31/12/2004. 2. Lo contratan como perito de Parte en un problema societario de una empresa en la cual le solicitan determinar lo apropiado de los saldos al 31/12/2008 y efectuar los asientos contables de regularización que usted considere conveniente. a) La empresa el 15 de septiembre del 2008 adquirió al crédito con vencimiento a 180 días equipos diversos por U.S.$ 15,000 al tipo de cambio en esa fecha de S/.3.20 por dólar, manteniéndose en ese importe al 31/12/2008 . b) En el mes de enero del 2,008 se ha cobrado intereses sobre un préstamo de S/. 20,000 otorgado el 01 de Junio del 2008 a una tasa de 3% mensual con vencimiento el 15 de enero del 2,009 por S/.4,500.00 y que al 31/12/2008 se registraba dentro de Otras cuentas por cobrar por S/.20,000.00 c) Dentro de las existencias las mercaderías han sido valuadas en S/. 220,000 al valor de venta, el mismo que considera una utilidad del 30 %. d) Dentro de las existencias se ha considerado como parte del inventario final, mercadería en consignación por S/.45,000.00. e) Dentro de los Gastos pagados por anticipado se encuentra la cuenta de Seguros Pagados por anticipado por S/. 27,000 que corresponde a 9 meses, siendo la vigencia de la póliza del 01/07/2008 al 30/06/2009. f) La empresa ha activado el 31/12/2008 una diferencia de cambio por S/. 1,800 en la compra de maquinaria al contado en U.S.$.10,000. g) Dentro de las cuentas por Pagar Comerciales se registra una cuenta de anticipos clientes por U.S.$ 12,000 en S/. 39,360.00. Octubre 3,000 3,800 900 Noviembr e 3,000 1,000 3,800 850 Diciembre 3,200 1,700 3,800 1,400
  • 35. h) En el mes de enero del 2,009 se ha encontrado el pago de una factura de Servicio de seguridad por S/. 2,800.00 que no forma parte del análisis de Otras cuentas por pagar al 31/12/2008. DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO PÚBLICO Y PRIVADO * DELITOS CONTRA EL ORDEN ECONÓMICO Constituye delito económico quien se aprovecha indebidamente de las ventajas de una reputación industrial o comercial adquirida por el esfuerzo de otro..Los delitos contra el orden económico están considerados en el nuevo Código Penal peruano y obedece al inusitado desarrollo de la delincuencia en este amplio campo que atenta contra el ordenamiento necesario para la mantención del bienestar general. A este respecto los gobiernos vienen luchando por dictaminar alguna ley contra los monopolios y oligopolios. Acaparamiento, Especulación y Adulteración El acaparamiento consiste en almacenar, guardar y substraer al comercio, artículos de primera necesidad, provocando aguda escasez, con el objeto de alterar y subir los precios. La especulación es la venta de artículos o productos de primera necesidad también, que se expenden a precios superiores a los fijados por la autoridad competente que, en la mayoría de los casos son los Municipios. La adulteración es la modificación de la cantidad, calidad, peso o medida de los artículos de primera necesidad en perjuicio del consumidor con la misma finalidad de obtener un lucro desmedido. Venta ilícita de mercaderías Describe en este capítulo que es sancionado a quien pone en venta o negocia bienes que han sido recibidas para su distribución gratuita, es agravante si el delito se comete en época de conmoción o perturbación violenta o calamidad pública si lo comete un funcionario o servidor público. También es un delito que ha proliferado en el país de un modo a veces escandaloso y lo peor que no ha tenido sanción. Otros delitos En los objetivos de estos delitos están en el de inducir a error (grave) al consumidor y en el de vender los bienes y servicios cuya cantidad y calidad son diferentes a los que señala la publicidad. ¿Cómo se induce al error grave? El mismo Código lo dice y es el que se está usando en el medio publicitario y afirmación falsa sobre la naturaleza, composición, virtud o cualidad sustancial de un producto se induce a su compra. * DELITOS CONTRA EL ORDEN FINANCIERO Y MONETARIO Delitos
  • 36. Financieros Son aquellos delitos que se producen por la mala acción de un funcionario u otra persona en el manejo o apropiación de una moneda. Es así que, tenemos por ejemplo: la indebida fabricación de moneda de curso legal para ponerla en circulación como auténtica o la falsifica para ponerla en circulación por un valor superior; el que de cualquier manera altera la moneda de curso legal aminorándolo o dándole un valor superior; etc. DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA * DELITOS DE PELIGRO COMÚN Peligro común es el que afronta la comunidad en un momento dado, por ejemplo, al producirse un incendio, explosión o la liberación de cualquier clase de energía que resulte peligrosa de modo que el autor de estos peligros debe ser sancionado. Asimismo podemos señalar a aquellos que causan estragos por medio de inundación, que daña diques u otras destinadas a la protección común. Asimismo, es un delito de peligro común, el que ilegalmente fabrica, almacena, suministra, o tiene en su poder bombas, armas, municiones, etc. * DELITOS CONTRA LOS MEDIOS DE TRANSPORTE, COMUNICACIÓN Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS Es el delito que se produce cuando se pone en peligro la seguridad en el transporte en general, que sin crear una situación peligrosa impida su funcionamiento. Son agravantes asimismo si se atentan fábricas, etc., destinadas a la producción, transmisión, etc. de energía eléctrica o contra instalaciones destinadas al servicio público de agua potable; considerando que tanto la luz eléctrica como el agua son bienes de primera necesidad.
  • 37. Asimismo es un delito, el que impide, estorba o entorpece el normal funcionamiento de los transportes, servicios públicos de comunicaciones o provisiones de agua, electricidad o de sustancias energéticas similares. Se considera también, las acciones que ponen en peligro la seguridad de las naves, aeronaves, construcciones flotantes o de cualquier otro medio de transporte colectivo o de comunicación destinado al uso público. * CASO DE RENDICIÓN DE CUENTAS 1. Materia En el juicio seguido por EDUARDO VALDIVIESO GARAY, contra el albacea Testamentario Señor José López Arana, sobre “RENDICIÓN DE CUENTAS”, el Juez del 10º Juzgado Civil de Lima, ha decretado con fecha 21 de Mayo de 2008, el nombramiento de PERITOS CONTADORES de Oficio a los señores ABC S.A., a fin de que practiquen una PERICIA CONTABLE, dentro del término que estipula la Ley, fojas (fs) 02 del EXPEDIENTE, el señor Eduardo Valdivieso Garay, coheredero de la TESTAMENTARIA “VALDIVIESO”, interpone demanda sobre “RENDICIÓN DE CUENTA” contra el albacea TESTAMENTARIO Sr. José López Arana, con domicilio en el Jr. Lima Nº 386-Miraflores, a fin de que cumpla con rendir cuenta de su GESTIÓN sobre el edificio ubicado en la Av. El Ejército Nº 482 Miraflores, que consta de pisos y que es de propiedad de la TESTAMENTARIA “VALDIVIESO” según Escritura Pública Nº 6418, de la NOTARIA DE TORIBIO PACHECO.
  • 38. El demandante Sr. Valdivieso Garay, fundamenta su petición en el hecho y derecho, editado fehacientemente por el testamento que esta a folios 10 a 12 del EXPEDIDNTE, donde el causante, Luis Valdivieso Aguilar, en su testamento nombró como ALBACEA al demandado Sr. José López Arana, el cual dentro de sus funciones administrativas –Administrador-, deberá hacer efectivo LOS INGRESOS derivados de la merced conductiva del edificio de propiedad de la testamentaría. INGRESOS que producía el Inmueble donde hay 9 inquilinos, la cual es el siguiente: En el primer piso hay dos inquilinos que pagan mensualmente S/. 500.00; en el segundo piso hay 3 inquilinos que pagan S/. 400.00 mensuales; en el tercer piso un inquilino (EL MILAGRO) que paga mensualmente S/. 600.00; y en el cuarto piso hay cinco inquilinos que pagan cada uno S/. 300.00 mensuales. Siendo el área total del inmueble de 2,000 metros cuadrados. Folio 82 del expediente (de autos) la demanda ha acompañado los documentos siguientes: Recibo Nº 345 de A.B.P. por S/. 150.00 correspondiente al tercer trimestre de 2008; Recibo de luz Nº 427 por la suma de S/. 130.00 mensuales (2008-2009); además se forma en el escrito de la demanda a folios 84 de autos que se ha pagado: el fondo del Administrador por la suma de S/. 300.00 mensuales (2008-2009) con retenciones de leyes sociales, el sueldo del Contador por la suma de S/. 500.00 (2008-2009) mensuales con retenciones de leyes sociales, se cancelaron el total de leyes sociales del empleador y el 50% de cuota del empleado se depósito en el Banco de la Nación, se pago al guardián la suma de S/. 200.00 (2008-2009) con retenciones de leyes sociales, se depósito el total de las retenciones de las Leyes Sociales en el Banco de la Nación y se pago el 50% de las Leyes Sociales del empleador. Muebles, según autoavalúo, tiene un valor de S/. 800,000.00, la demandada no ha llevado ningún Registro Contable para registrar los INGRESOS y EGRESOS. El demandante, manifiesta al señor Juez que a pesar de haber transcurrido dos años 2008-2009 hasta la fecha de interposición de la demanda, el demandado no ha cumplido con rendir las cuentas del INMUEBLE en administración bajo responsabilidad del albacea, ocasionando un grave perjuicio al demandante. 2. Peritaje Contable en la Jurisdicción Civil Al efectuar el PERITAJE los Peritos han verificado que según planilla de sueldos del Folio Nº 002 al 012 se ha pagado al administrador la suma de S/. 300.00 y al Contador la suma de S/. 500.00. Que según planilla de jornales se ha pagado salarios de S/. 500.00 (folios 02 al 25). No aparecen documentos que acrediten el pago de alumbrado y baja policía por el 2do., 3ro. y 4to. trimestre del año 2008 y todo el año 2009. Y, no existen comprobantes sobre el pago de Leyes Sociales (Empleados y Servidores).
  • 39. Lima Agosto, 2010 PRACTICA Usted es contratado como Perito Contable por la empresa INDUSTRIAL PACAIPAMPA S.A.C .y recibe el siguiente Balance de Comprobación para que lo revise y efectúe los ajustes y reclasificaciones necesarias para su adecuada presentación. BALANCE DE COMPROBACION AL 31-12-2008 S/.S/. Cuentas por Cobrar Diversas 6,000 Proveedores 175,200 Inmuebles, Maquinaria y Equipo 256,00 0 Valores Negociables 91,980 Caja 10,260 Productos Terminados 230,000 Devoluciones de Ventas 18,800 Materias Primas 85,000 Ingresos Diferidos 72,000 Tributos por Pagar 16,800 Cuentas por Pagar Diversas 46,400 Mercaderías 164,00 0 Gastos de Ventas 354,700 Suministros Diversos 50,000 Remun.y Partic. Por Pagar 14,600 Depreciación y Amortiz.Acum 110,46 0 Cargas Diferidas 78,000
  • 40. Descuentos y Rebajas Obtenidas 229.20 0 Resultados Acumulados 31,000 Capital Social 230,40 0 Letras por Cobrar 70,120 Ventas 1´925, 000 Gastos Administrativos 256,800 Facturas por Cobrar 150,00 0 Benef. Soc. de Trabajadores 76,600 Provisión Cobranzas Dudosas 17,000 Sobregiro Bancario 58,000 Costo de Ventas 1´215, 000 Letras por Pagar 34,000 En la revisión realizada se determinó lo siguiente: 1. Durante el ejercicio la empresa cobró por concepto de alquileres S/.18,000 que se encuentran abonados en la cuenta Ventas. 2. Durante el año la empresa vendió un activo fijo totalmente depreciado, cuyo valor en libros al momento de su venta es de S/. 6,000. El producto de la venta de S/. 2,000 ha sido abonado a ˜ Ingresos Extraordinarios. 2 Un lote de mercadería que totaliza S/. 98,000 se valuaron erróneamente al valor de venta el mismo que considera una utilidad del 30% . 3 En el mes de Julio del 2008 la empresa adquirió una Póliza de Seguro por un año, habiendo pagado una prima de S/.30,000,que se encuentra cargada en su totalidad a gastos. 4 En la revisión de provisiones del ejercicio se determino : La depreciación de maquinaria se ha calculado en defecto por S/.3,200. La provisión para beneficios sociales se ha cargado en exceso por S/. 6,600. SE SOLICITA. a) Elaborar los estados financieros de balance general y estado de ganancias y pérdidas. b) Efectuar los asientos de ajustes y regularización como resultado de las observaciones encontradas en la revisión c) Efectúe la mayorización de las operaciones de ajuste y/o reclasificación. d) Presente el nuevo balance general ajustado y/o reclasificado de acuerdo a las reglas de presentación normadas por CONASEV,incluyendo las notas a los estados financieros . PRACTICA Usted es contratado como Perito Contable por la empresa INDUSTRIAL SAPILLICA S.A.C. y recibe el siguiente Balance de Comprobación para que lo revise y efectúe los ajustes y reclasificaciones necesarias para su
  • 41. adecuada presentación. BALANCE DE COMPROBACION AL 31-12-2008 S/.S/. Cuentas por Cobrar Diversas 6,000 Proveedores 175,200 Inmuebles, Maquinaria y Equipo 256,00 0 Valores Negociables 20,280 Caja 10,260 Productos Terminados 223,100 Gastos Extraordinarios 108,80 0 Materias Primas 90,000 Tributos por Pagar 16,800 Ingresos Diferidos 98,000 Mercaderías 180,00 0 Gastos de Ventas 387,000 Suministros Diversos 50,000 Remun.y Partic. Por Pagar 67,400 Depreciación y Amortización .Acum 110,46 0 Cargas Diferidas 82,500 Descuentos y Rebajas Obtenidas 229,20 0 Resultados Acumulados 31,000 Capital Social 230,40 0 Letras por Cobrar 70,120 Ventas 2 150,00 0 Gastos Administrativos 315,000 Facturas por Cobrar 150,00 0 Beneficios Sociales. de Trabaj. 76,600 Provisión Cobranzas Dudosas 17,000 Sobregiro Bancario 58,000 Costo de Ventas 1 345,00 0 Letras por Pagar 34,000 En la revisión realizada se determinó lo siguiente: 1 Durante el ejercicio la empresa cobró por concepto de alquileres S/.24,000 que se encuentran abonados en la cuenta de ventas. 2 Durante el año la empresa vendió un activo fijo totalmente depreciado, cuyo valor en libros al momento de su venta es de S/.8,200. El producto de la venta de S/. 3,500 ha sido abonado a Ingresos Extraordinarios. 3 Un lote de mercadería que totaliza S/. 78,000 se valuaron al valor de venta el mismo que considera una utilidad del 25% . 4 En el mes e Mayo del 2008 la empresa adquirió una Póliza de
  • 42. Seguro por un año, habiendo pagado una prima de S/.36,000,que se encuentra cargada en su totalidad a gastos. 5 En la revisión de provisiones del ejercicio se determino : La depreciación de maquinaria se ha calculado en defecto por S/.2.620. La provisión para beneficios sociales se ha cargado en exceso por S/.4,700. SE SOLICITA. I. Efectuar los asientos de ajustes y regularización como resultado de las observaciones encontradas en la revisión II. Efectúe la mayorización de las operaciones de ajuste y/o reclasificación. III. Presente el nuevo balance general ajustado y/o reclasificado de acuerdo a las reglas de presentación normadas por CONASEV,incluyendo las notas a los estados financieros . PODER JUDICIAL Centro de Emisión de Reportes 13/07/200408:09Página1de1 REPORTE SOBRE ESTADO DE EXPEDIENTE DISTRITO JUDICIAL PROCESO LIMA CIVIL Expediente Nº Fecha de Ingreso Vía Procedimental Cod. de Archivo : 2000-13018-0- 0100-J-CI-46 : 19/04/99 10:13:05 : EJECUTIVO : NO ESPECIFICADO Instancia Juez Especialista Ubicación : 46vo. JUZGADO CIVIL : Ramírez Vargas, Carmen : Flores Mendoza,
  • 43. Raúl : JUZGADO CORP. Módulo 1 – Piso 13 Partes Demandado (s) Demandante (s) : José López Arana (Albacea Testamentaria) : Eduardo Valdivieso garay Materia (s) Estado Etapa : RENDICIÓN DE CUENTAS : TRAMITE : EJECUCIÓN Se pide: Aplicar las partes que comprende el informe pericial: ˜ Introducción. ˜ Antecedentes. ˜ Objeto del peritaje. ˜ Examen pericial. ˜ Conclusiones. * CASO DE BENEFICIOS SOCIALES COBRO POR INDEMNIZACIÓNEN AGRAVIO DEL SR. JOSÉ RAMOS CONTRERAS 1 En el juicio seguido por José Ramos Contreras contra: Eduardo Vargas Rojas, Gerente de la Firma “EL CONDOR S.A.” “Indemnización del Juez del 10 Juzgado Civil de Lima, ha decretado con fecha 02 de Enero de 1998, el nombramiento de Peritos Contadores de Oficio a los Señores CPC Juan Carlos Astoray Guzmán a fin de que practiquen una pericia contable, dentro del término que estipule la Ley a Fojas (Fs 02) del expediente, el Sr. José Ramos Contreras, socio de la firma conjuntamente con el Sr. Eduardo Vargas Contreras, Gerente de “EL CONDOR” S.A., con domicilio en el Jr. Lima 340 Miraflores, a fin de que cumpla con el pago de Beneficios Sociales por el año 1996. 2 De la lectura de la demanda de fecha 10-10-1997 planteada por el Sr. José Ramos Contreras, ante 10 Juzgado de Primera Instancia en lo civil de Lima, se desprende que el demandante pretende el cobro de una indemnización de S/. 20,000.00 por daños y perjuicios, para que sea satisfecho por la firma “EL CONDOR” S.A. y por el Sr. Eduardo Vargas Rojas, a título personal. 3 La empresa fue constituida por Escrituras Públicas el 02 de Marzo de 1994 por ante el Notario Público Dr. Luis Flores Diaz, Anexo 1 con un
  • 44. capital de S/. 120,000 íntegramente cancelada por los socios: Sr. Eduardo Vargas Rojas S/. 60,000 Sr. José Ramos Contreras S/. 60,000 S/. 120,00 0 Por Escritura Pública del 05 de Agosto de 1995., ante el mismo Notario se amplia el capital social a S/. 420,000 íntegramente cancelado por los socios, anexo 2. Sr. Eduardo Vargas Rojas S/. 400,000 Sr. José Ramos Contreras S/. 20,000 S/. 420,00 0 En esta oportunidad el Socio Eduardo Vargas Rojas no cumplió con cancelar su compromiso de su participación de capital S/. 400,000 establecido legalmente en Acta de Fundación de la Empresa, tal como consta en el Libro de Actas de la firma, folio 6-7-8, 5-6-1996, Anexo 3. Por Escritura Pública de fecha Julio 1995, ante la misma Notaria se amplio el capital a S/. 480,000 íntegramente cancelado por los socios participantes: Anexo 4: Sr. Eduardo Vargas Rojas S/. 400,000Sr. José Ramos Contreras S/. 80,000 S/. 480,000 La Empresa está debidamente constituida de acuerdo a la Ley de Sociedades Mercantiles N° 36890, Reg. Comercial N° 65 B-1, con domicilio legal en Jr. Lima 340 Miraflores. La empresa inició sus operaciones comerciales con fecha 02 de Marzo de 1995 como se desprende del contenido de sus Libros Oficiales de Contabilidad. Todos los libros oficiales y auxiliares de contabilidad, se mantienen de acuerdo a las normas del C. de Comercio y C.T. 4. Balance General y Estado de Ganancias y Pérdidas Como se puede apreciar de los Estados de referencia 1 Inventarios y Balances Anexo 5. 4.1. Activo total S/. 1’600,000Contra un pasivo S/. 1’400,000y un capital neto S/. 480,000 4.2. Sus ingresos brutos por ventas a S/. 9’000,000 y contra gastos de administración de S/. 14’500,000 habiendo sufrido en
  • 45. consecuencia una pérdida de S/. 5’500,000. 4.3. El socio Sr. José Ramos Contreras, debe a la firma S/. 500,000. Esta posición de Resultados Oficiales de la Empresa sirven como la mejor prueba para desvirtuar cualquier pretensión del demandante Sr. José Ramos Contreras, al tratar de que la firma abone S/. 20,000. Efectuar: El estudio tanto de los argumentos de la demanda, como de la situación de la firma EL CONDOR S.A., en sus aspectos legales, administrativos, contable y económicos. Efectuar: Las respectivas conclusiones, con criterio técnico contable. EXPEDIENTE N° 1704-1 Señor Juez del 10 Juzgado Civil de Lima Presente. Juan Carlos Astoray Guzmán, Contador Público Colegiado con Matrícula N° 2053 y miembro de la nómina de Peritos Contables que remite el Colegio de Contadores Públicos de Lima, a la Corte Superior de Lima, designado por su despacho, con domicilio en Jr. 9 de octubre N° 450 – Miraflores en los seguidos por el Sr. José Ramos Contrearas con Eduardo Vargas Rojas, sobre el pago de INDEMNIZACIÓN, respetuosamente expongo. Que en la presente demanda he sido nombrado por su respetable Juzgado, como Perito Contable y dando cumplimiento de su mandato Judicial, presentó el respectivo resultado, el cual pongo a consideración de su Juzgado, siendo el siguiente: Dictamen Pericial Que comprende los siguientes capítulos: I. Objeto de la Pericia. II. Fuente de Información para la Pericia. III. Examen Pericial. ˜ IV. Conclusiones. ˜ I. OBJETO DE LA PERICIA El objeto de la pericia es establecer el cobro de indemnización solicitado por el demandante. II. FUENTE DE INFORMACIÓN PARA LA PERICIA: Para proceder, se ha tenido a la vista los siguientes documentos: ˜ Libros oficiales de Contabilidad y Papeles de Trabajo. ˜ Las Escrituras Públicas. ˜ Libros Auxiliares. ˜ Acta de Fundación de la Empresa. ˜ Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias.
  • 46. III. EXAMEN PERICIAL Para determinar en forma objetiva el examen pericial, decido situarme en la empresa para examinar y analizar en forma cuidadosa, hacer los respectivos cruces de información para llegar a esclarecer el caso. Examen de la Escritura de Constitución de la Sociedad Anónima, bajo la denominación “EL CONDOR S.A.” De la Escritura de Constitución, correspondiente al anexo 01, anexo 02, anexo 03, anexo 04, se desprende lo siguiente: a. Aspecto Legal La empresa “EL CONDOR S.A.”, fue constituida mediante la escritura pública de fecha 02 de Marzo de 1994, ante el Notario Público Dr. Luis Florez Diaz, fue inscrita ante los registros de Sociedades Mercantiles. b..Accionistas Conforme la Escritura Pública de Constitución, los accionistas son los siguientes señores: Eduardo Vargas Rojas y José Ramos Contreras. c. Capital Social: El Capital Social está representado por: d. Acciones pagados por los socios Socio Eduardo Vargas: No cumplió con cancelar el importe a aportar. Socio José Ramos: Canceló íntegramente su capital. FECHA SOCIO EDUARDO VARGAS SOCIO JOSÉ RAMOS TOTAL (SOLES) ’02.03.94 60,000 60,000 120,000 ’05.08.95 400,000 20,000 420,000 ’01.07.95 400,000 80,000 480,000 Aspecto económico Se ha hecho el estudio de la empresa y muestra una pérdida en el ejercicio, como un estado de insolvencia financiera, la firma no podrá cumplir con el pago de sus obligaciones. IV. CONCLUSIONES 1° De las diligencias realizadas en la Pericia Contable y según disposiciones legales vigentes se determina que el Sr. Eduardo Vargas Rojas no puede pretender el cobro de S. 20,000 nuevos soles
  • 47. por indemnización por daños y perjuicios ya que muy por el contrario el Sr. Eduardo Vargas Rojas no cumplió con canelar el importe que se comprometió abonar cuando se firmo la Escritura Pública y celebrado ante el Notario Público Dr. Luis Florez Diaz, por la cantidad de S. 480,000 en su debido momento. Así como se puede apreciar que el socio Sr. José Ramos Contreras adeuda a la empresa la cantidad de S. 500,000 que ha sido cancelado, por lo que es improcedente el pedido de indemnización. 2° Según la Ley de Sociedades – Sección Tercero-Título V-Artículo 100°, el accionista debe cubrir la parte no pagada de sus acciones en la forma prevista por estatuto, o en su defecto, por el acuerdo de la Junta General. La sociedad puede, según los casos y atenta la naturaleza de la aportación por cuenta y riesgo del socio moroso. Como podemos apreciar el Sr. José Ramos no tiene argumento sustentatorio para pedir una indemnización y hasta se le podría demandar judicialmente al Sr. Eduardo Vargas Rojas por el incumplimiento de obligación al adeudar a la empresa por el capital no aportado ni pagado en su totalidad. 3° El ejercicio hemos apreciado un error en cuanto al orden de las fechas de la ampliación de capital, tanto en el anexo 02 y el anexo 03. La cual he creído conveniente tomarlo como error de redacción y presumir que el anexo 02 corresponde al mes de julio 1995 y el anexo 03 con fecha de agosto 1995. 4° Según el Balance General se aprecia falta grave desde el punto de vista contable ya que en el Balance mostrado en el anexo 05 presenta una situación completamente anormal. 5° Analizando el Estado de Ganancias y Pérdidas, tenemos como resultado que los gastos de Administración se elevan a sumas superiores y difícilmente justificables contra los ingresos brutos, consecuentemente encontrándose la empresa “EL CONDOR S.A.” en un déficit o pérdida de S. 5’500,000 en el presente ejercicio. El estado económico de la empresa manifiesta insolvencia, así como falta de liquidez financiera y con ello será difícil cubrir las obligaciones. Dejo así cumplido su mandato Señor Juez, haciendo presente que el Dictamen Pericial estriba estrictamente a la verdad y la ley. * CASO DE PATRIMONIO BALANCES FALSOS E IRREALES Tema: Comercial La Fortaleza S.A.C. Comercial La Fortaleza S.A.C. se constituye en la Ciudad de Lima, en
  • 48. el año 2008 se inicia la comercialización de productos del hogar. El Sr. LUIS GOMEZ ANGULO (Que, puede ser accionista mayoritario, inversionista, acreedor, director gerente general, etc.), le presenta a Ud. (como perito contable) los estados financieros de la Compañía al 31 de Diciembre del 2008, la sospecha de haberse incurrido en algunas maniobras irregulares y dudosa (Anexo N° 01 y Anexo N° 02). Luego de efectuar las investigaciones analizando exhaustivamente las acciones sustentatorias, los libros y documentos contables, ha logrado determinar que efectivamente se han desarrollado maniobras de carácter dolosas (penal) con la finalidad de distorsionar los ESTADOS FINANCIEROS, afectándose principalmente la liquidez de la empresa, el capital en giro, la responsabilidad y los resultados del rendimiento económico. Dichas maniobras dolosas están consignadas en el ANEXO N° 03. A. A la información dada, debe Ud. obtener: ˜ Los estados financieros reales. ˜ Indice de liquidez real y falseada ˜ Capital en giro real y falseada ˜ Resultado del rendimiento económico real y falseada. B. Aplicar las partes del informe pericial: ˜ Introducción. ˜ Antecedentes. ˜ Objeto de peritaje. ˜ Examen pericial. ˜ Conclusiones. Nota: Perito de oficio Dirigido al 33avo Juzgado Penal de Lima ANEXO N° 01COMERCIAL LA FORTALEZA S.A.C. BALANCE GENERAL Al 31 de 12-2008 En soles ACTIVO Activo Corriente S/. Caja 10,000 Banco Cta. Cte. 20,000 Valores Negociables 60,000 Cuentas por Cobrar Clientes 150,000 Letras por Cobrar 120,000
  • 49. Mercaderías 300,000 Gastos Pagados por Adelantado 20,000 Total Activo Corriente 680,000 Activo No Corriente Inmueble Maquinaria y Equipos Terreno 50,000 Edificio 150,000 -Depreciación acumuladas ( 4,000) 146,000 Equipo de transporte 100,000 -Depreciación acum.. equipo T. ( 30,000) 70,000 Muebles y enseres 50,000 -Depreciación acum.. maq. Ensr. ( 10,000) 40,000 Intangibles Gastos de constitución 60,000 -Amort. acum.. int. de cont. ( 12,000) 48,000 -Gastos de prom. y venta 30,000 -Amort. acum.. pro. y venta ( 10,000) 20,000 Total Activo No Corriente 374,000 TOTAL ACTIVO 1’054,000 PASIVO Pasivo Corriente S/. Proveedores 200,000 Letras por pagar 100,000 Total Pasivo Corriente 300,000 Patrimonio Neto Capital social 500,000 Reserva legal 100,000 Reserva de libre disposición 30,000 Resultado del ejercicio 114,000 Total y Patrimonio Neto 744,000 Total Pasivo y Patrimonio Neto 1’054,000 ========= ANEXO N° 02 COMERCIAL LA FORTALEZA S.A.C. ESTADO DE GANANCIAS Y PERDIDAS (POR FUSIÓN) Por el período comprendidoentre 01 de Enero al 31 de Diciembre del 2008
  • 50. En soles Ventas Brutas 1’000,000 % Devoluciones (50,000) Ventas Netas 950,000 Costo de ventas Inventario inicial 100,000 Más compras 600,000 SUB TOTAL 700,000 Menos Inventario Final (300,000) Costo de ventas (400,000) Utilidad Bruta sobre ventas y margen comercial 550,000 Gastos de Ventas Comisiones de vendedores 53,000 Sueldos de vendedores 50,000 Promoción y Publicidad 150,000 (253,000) Gastos de Administración Sueldos 100,000 Servicios prestados por terceros 50,000 PROVISIÓN DEL EJERCICIO Deprec. edificio 2,000 Deprec. Equip. Transp. 15,000 Deprec. muebles y ens. 5,000 22,000 Amort. gastos const. 6,000 Amort. gastos prom. 5,000 11,000 183,000 Resultados del ejercicio S/. 144,000 ANEXO N° 03COMERCIAL LA FORTALEZA S.A.C. RELACION DE MANIOBRAS IRREGULARES Y DOLOSAS DETERMINADOS ˜ No se considera la desvalorización por Fluctuación en los valores negociables. S/. 5,000 ˜ Ventas registradas con cargo a cuentas. por cobrar clientes, que corresponden al ejercicio siguiente. 20,000 ˜ Cuentas de cobranza dudosa. Clientes no considerados. 15,000 ˜ Mercaderías (recibidas en consignación considerados como si fueran de propiedad de la empresa).forman parte del inventario. 50,000 ˜ Provisión para desvalorización de mercaderías no contabilizadas. 6,000
  • 51. ˜ Gastos incurridos considerados doblemente dentro de los gastos de operación y como gastos pagados por adelantado. 3,000 ˜ Equipo de transporte fuera de uso. Obsoleto y no descargado con costo de S/. 5,000 con depreciaciones acumuladas anteriores por S/. 750.00 y además depreciación acumulada del presente ejercicio por S/. 750 en el valor de descargo neto por el equipo obsoleto en S/. 4,250 (S/. 5,000 – S/. 750) -No se contabiliza dentro de la cuenta de muebles y enseres un monto de 5,000 ˜ Los gastos de promoción y ventas se incluyeron en el activo intangible para amortizarlo por 30 000 ˜ No aparecen las respectivas cuentas de orden a pesar de EXISTIR documentados descontados por 50 000 ˜ Mercaderías en consignación por 50,000 ˜ Prenda mercantil por 100,000 ˜ Seguros contra todo riesgo por 200,000 ˜ Compras de mercaderías al crédito no considerados dentro de la cuenta compras y sin contabilizar el pasivo de proveedores. 40,000 ˜ Comisiones percibidas por adelantados, no contabilizados en ganancias diferidas pero si registradas por CAJA. 7,000 CASUISTICA USTED ES CONTRATADO COMO PERITO CONTABLE Y SE LE SOLICITA LOS INFORMES PERTINENTES EN CADA UNO DE LOS CASOS PLANTEADOS A CONTINUACIÓN: 1. La empresa El Carmelo SACadquirió al contado el 15/02/2010una maquinaria en U.S.$65,000 la que entro en funcionamiento el 01/05/2010 aplicándole una tasa de depreciación de 20 % anual; El tipo de cambio en la fecha de adquisición fue de S/. 3.35 por dólar. Los saldos registrados en libros al 31/12/2010 de la máquina son de costo S/.224, 250 y depreciación S/. 26,163. el tipo de cambio al cierre del ejercicio es Compra S/.3.45 y Venta S/.3.55. Evalúe lo adecuado de la operación realizada y efectúe los asientos de ajuste o regularización que usted considere conveniente. 2. La empresa Comercial Lares S.A.C.a otorgado el 01/08/2009 con vencimiento a un año un préstamo de S/. 180,000 a una tasa de interés de 24% anual habiendo cobrado los intereses por adelantado; en la cuenta de Intereses diferidos aparece registrado al 31/12/2009 S/. 28,800. Se solicita.- Determinar lo apropiado de los saldos y efectuar los asientos de diario y ajuste que usted considere conveniente, teniendo en cuenta los datos anteriores a fin de presentar la situación financiera de la empresa al 31/12/2009. 3. En la revisión de las pólizas de seguros se determino que la empresa Comercial Tacalpo S.A.C tiene una póliza de seguro de maquinaria sobre todo riesgo por S/. 54,000, que se encuentra aplicada en su totalidad a resultados del
  • 52. año 2,009. El periodo de vigencia de la póliza es de un año habiéndose iniciado esta el 01 / 04 / 2009. Se solicita.- Determinar lo apropiado de los saldos y efectuar los asientos de diario y ajuste que usted considere conveniente, teniendo en cuenta los datos anteriores a fin de presentar la situación financiera de la empresa al 31/12/2009. 4. La empresa Comercial Santo Tomás S.A.C. tiene un contrato por el alquiler de local de S/.6,200 mensuales de los cuales ha cobrado por adelantado 12 meses, iniciándose el mismo el 01/05/2009. Se registra al cierre del ejercicio como alquileres S/74,400 Se solicita.- Determinar lo apropiado de los saldos y efectuar los asientos de diario y ajuste que usted considere conveniente, teniendo en cuenta los datos anteriores a fin de presentar la situación financiera de la empresa al 31/12/2009. 5. La empresa Corporación Portachuelo SAC efectúa el 12 de noviembre del 2009 la compra crédito con vencimiento a 90 días de 450 memorias USB a U.S.$ 45 c/u ,obteniendo un descuento por el volumen de compra de 7% :ha pagado por concepto de embalaje U.S.$ 1,050 y de almacenaje U.S.$ 400 .Los gastos de financiamiento se sustentan con una nota de debito y ascienden a U.S.$ 1,100 el tipo de cambio en esa fecha fue de S/.3.45 por dólar. Al cierre del ejercicio al 31/12/2009 se tiene en stock el 70 % de las existencias adquiridas siendo el tipo de cambio de S/.3.80 por dólar. Se solicita determinar el costo de adquisición de cada una de las memorias UBS y el saldo de las existencias en libros al 31/12/2009 de acuerdo a P.C.G.A. 6. La empresa Corporación Lares SAC con fecha 28 de Octubre del 2009 adquirió 2,600 acciones del Banco Financiero en S/. 21 cada una, las mismas que mantiene en su poder al cierre de operaciones al 31/12/2009 y que se cotizan en esa fecha a S/ 17.80 cada acción. La empresa registra en sus libros al cierre de operaciones en la cuenta de Inversiones al valor razonable y disponibles para la Venta un saldo de S/. 48,100 toda vez que aun posee físicamente el total de acciones adquiridas. Se solicita determinar lo apropiado de los saldos y efectuar los asientos de ajuste que usted considere conveniente y presentar los saldos de acuerdo a lo normado por CONASEV 7. La empresa Corporación Tierra Colorada SAC le presenta el siguiente análisis de cuentas por cobrar al 31/12/2009 en la forma que sigue: Facturas por cobrar S/. 43,000, anticipo a proveedores S/.34, 000, letras en descuento S/.48, 000, cheques devueltos S/.12, 000, anticipo clientes S/28,000, notas de debito S/ 17,500, saldos deudores proveedores S/ 34, 600, letras protestadas S/. 84,000, saldos acreedores clientes S/.. 8,400 y letras por cobrar S/. 154,000. Dentro de anticipo proveedores se encuentra un saldo de U.S.$ 4,150 valorizado en S/.15,355; dentro de las letras por cobrar se encuentran letras por un importe de U.S.$ 10,500 valorizado en S/.38,850 y dentro de facturas por cobrar facturas por U.S.$ 7,500 valorizadas en S/. 26,250 . El tipo de cambio al cierre de operaciones es de S/. 3.50 la compra y S/. 3.70 la venta. Se solicita determinar lo apropiado de los saldos realizando los asientos de ajuste y reclasificación que usted considere conveniente y efectuar la presentación de los saldos de acuerdo a conasev. 8. La empresa Corporación Valle Sagrado SAC con fecha 15 de setiembre del 2009 adquirió 2,100 acciones de Cervecería del Sur en S/. 19 cada una, las
  • 53. mismas que mantiene en su poder al cierre de operaciones al 31/12/2009 y que se cotizan en esa fecha a S/ 24.80 cada acción . La empresa registra en sus libros al cierre de operaciones en la cuenta de Inversiones al valor razonable y disponibles para la Venta un saldo de S/. 36,750 toda vez que aun posee físicamente el total de acciones adquiridas. Se solicita determinar lo apropiado de los saldos y efectuar los asientos de ajuste que usted considere conveniente y presentar los saldos de acuerdo a lo normado por CONASEV. 9. La empresa Corporación La Unión SAC le presenta el siguiente análisis de cuentas por cobrar al 31/12/2010 en la forma que sigue: Facturas por cobrar S/. 86,000, anticipo a proveedores S/.32,000, letras en descuento S/.36, 000, cheques devueltos S/.18,600, anticipo clientes S/28,000, notas de debito S/ 3,500, saldos deudores proveedores S/ 21, 600, letras protestadas S/. 73,700, saldos acreedores clientes S/.18,400 y letras por cobrar S/. 95,000. Dentro de saldos deudores proveedores se encuentra un saldo de U.S.$ 6,150 valorizado en S/.22,755; dentro de las letras por cobrar protestadas se encuentran letras por un importe de U.S.$ 8,500 valorizado en S/.31,450 y dentro de facturas por cobrar facturas por U.S.$ 12,500 valorizadas en S/. 43,750 . El tipo de cambio al cierre de operaciones es de S/. 3.50 la compra y S/.3.70 la venta. Se solicita determinar lo apropiado de los saldos realizando los asientos de ajuste y reclasificación que usted considere conveniente y efectuar la presentación de los saldos de acuerdo a conasev. 10. La empresa Corporación Mallares SAC efectúa el 15 de Octubre del 2009 la compra crédito con vencimiento a 90 días de 650 memorias USB a U.S.$ 65 c/u ,obteniendo un descuento por el volumen de compra de 8% :ha pagado por concepto de embalaje U.S.$ 1,450 y de almacenaje U.S.$ 700 .Los gastos de financiamiento se sustentan con una nota de debito y ascienden a U.S.$ 1,600 el tipo de cambio en esa fecha fue de S/.3.45 por dólar. Al cierre del ejercicio al 31/12/2009 se tiene en stock el 80 % de las existencias adquiridas siendo el tipo de cambio de S/.3.80 por dólar. Se solicita determinar el costo de adquisición de cada una de las memorias UBS y el saldo de las existencias en libros al 31/12/2007 de acuerdo a P.C.G.A. 11. La empresa Comercial Buenos Aires S.A.C. a otorgado el 01/05/2010 con vencimiento a un año un préstamo de S/. 200,000 a una tasa de interés de 36% anual habiéndose pactado el cobro de los intereses a su vencimiento; en la cuenta de Intereses financieros aparece registrado al 31/12/2010 S/. 42,000. Se solicita.- Determinar lo apropiado de los saldos y efectuar los asientos de diario y ajuste que usted considere conveniente, teniendo en cuenta los datos anteriores a fin de presentar la situación financiera de la empresa al 31/12/2010. 12. En la revisión del corte documentario al 31/12/2010 de Importadora Yanchala SAC se determino la existencia de un parte de devolución de mercadería de un cliente, valorizado al precio de venta de S/. 59,500 y por el cual no se ha emitido la correspondiente nota de crédito. El margen de utilidad es del 25 % Evalúe lo adecuado de la operación realizada y efectúe los asientos de ajuste o regularización que usted considere conveniente. 13. La empresa La empresa Comercial Chectuyoc S.A.C tiene un contrato por el alquiler de local de S/.2,700 mensuales de los cuales ha cobrado por
  • 54. adelantado 12 meses, iniciándose el mismo el 01/05/2010. Se registra como alquileres diferidos S/18,900 Se solicita.- Determinar lo apropiado de los saldos y efectuar los asientos de diario y ajuste que usted considere conveniente, teniendo en cuenta los datos anteriores a fin de presentar la situación financiera de la empresa al 31/12/2010. 14. La empresa Comercial Los Pilares S.A.C. a otorgado el 01/07/2010 con vencimiento a un año un préstamo de S/. 180,000 a una tasa de interés de 36% anual habiendo cobrado los intereses por adelantado; en la cuenta de Intereses financieros aparece registrado por esta operación al 31/12/2010 S/. 37,800. Se solicita.- Determinar lo apropiado de los saldos y efectuar los asientos de diario y ajuste que usted considere conveniente, teniendo en cuenta los datos anteriores a fin de presentar la situación financiera de la empresa al 31/12/2010. 15. La empresa Distribuidora Salkantay S.A.C. le presenta los siguientes saldos de existencias al 31/12/2010 como sigue: Suministros S/. 45,000, Mercaderías S/. 380,000, Materias Primas S/. 220,000, Productos Terminados S/. 420,000 y Existencias por recibir S/. 215,000. En el análisis de las Existencias por Recibir se observo que se han debitado en esta cuenta S/. 20,000 de una diferencia de cambio, que corresponde a la compra de materia prima por U.S. $ 40,000, que ha sido recibida el 15/10 /2010 y que la mismaal 31/12/2010 no se tiene en existencia. El tipo de cambio al 15/10/2010 es de S/. 3.20 Por dólar y al 31/12/2010 es de S/. 3.50 por dólar. Evalúe lo adecuado de la operación realizada y efectúe los asientos de ajuste o regularización que usted considere conveniente. 16.En la revisión del corte documentario al 31/12/2010 de la empresaEl INTI SAC se determino la existencia de un parte de devolución de mercadería de un cliente, valorizado al precio de venta de S/. 38,080 y por el cual no se ha emitido la correspondiente nota de crédito. La utilidad bruta obtenida es del 30 %. Evalúe lo adecuado de la operación realizada y efectúe los asientos de ajuste o regularización que usted considere conveniente. 17.La empresaCorporación Chonta SAC a otorgado el 01/08/2010 con vencimiento a un año un préstamo de S/. 120,000 a una tasa de interés de 24 % anual habiendo cobrado los intereses por adelantado; en la cuenta de Intereses diferidos aparece registrado al 31/12/2010 S/. 21,600. Se solicita.- Determinar lo apropiado de los saldos y efectuar los asientos de diario y ajuste que usted considere conveniente, teniendo en cuenta los datos anteriores a fin de presentar la situación financiera de la empresa al 31/12/2010. 18. La empresa Corporación Verde SACadquirió al crédito el 15/04/2010 una maquinaria en U.S.$40,000 la que entro en funcionamiento el 01/06/2010 aplicándole una tasa de depreciación de 20 % anual; El tipo de cambio en la fecha de adquisición fue de S/. 3.35 por dólar. Los saldos registrados en libros al 31/12/2010 de la máquina son de costo S/.138,000 y depreciación S/. 13,800. Se solicita.- Determinar lo apropiado de los saldos y efectuar los asientos de diario y ajuste que usted considere conveniente, teniendo en