CURSO AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO - FASE DE PLANIFICACIÓN 07.DIC.2014 Dr. MIGUE...miguelserrano5851127
El proceso de planeamiento de la auditoría de cumplimiento permite identificar las entidades y las materias a examinar, comprender su estructura de negocio, control interno y el entorno, establecer los objetivos, criterios y recursos para la ejecución de la auditoría, y elaborar el plan de auditoría inicial y el programa con procedimientos mínimos o esenciales, que se comunican a la comisión auditora en reunión programada para tal efecto.
CURSO AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO - FASE DE PLANIFICACIÓN 07.DIC.2014 Dr. MIGUE...miguelserrano5851127
El proceso de planeamiento de la auditoría de cumplimiento permite identificar las entidades y las materias a examinar, comprender su estructura de negocio, control interno y el entorno, establecer los objetivos, criterios y recursos para la ejecución de la auditoría, y elaborar el plan de auditoría inicial y el programa con procedimientos mínimos o esenciales, que se comunican a la comisión auditora en reunión programada para tal efecto.
Derecho romano procesal "civil" que reglamentó esta materia casi en su totalidad,salvo en lo tocante a los crimina o delitos,para los que exitia un procedimiento penal distinto.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
PPT-LEY-KARIN.pdf MODIFICACION CÓDIGO TRABAJO ACOSO SEXUAL LABORAL Y VIOLENCI...
Historia del peritaje
1. INTRODUCIÓN
La labor pericial, se ajusta a un grupo de normas jurídicas, reglamentos de naturaleza ético,
profesional, legal y técnico que no se encuentra adecuadamente delimitada.
La labor auxiliar de la justicia desempeñada por el perito contable demanda de los profesionales
una codificación de sus principales aspectos legales, técnicos y éticos inclusive lo que sumado
a la carencia de bibliografía y una adecuada concepción de su naturaleza hace importante y
necesaria un estudio que nos permita entender este campo de desarrollo del contador público
en forma adecuada desde sus inicios hasta la actualidad.
2. HISTORIA DEL PERITAJE
1.1 ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL PERITAJE
En el Derecho griego antiguo no aparecen antecedentes del peritaje. En el derecho
romano surge como medio de lograr la convicción del Juez, y consecuentemente como
una prueba, cuando se suprime el procedimiento in iure, en el cual, al elegirse a un
experto para conocer del pleito, resultaba inútil y exótico recurrir al auxilio de un perito.
Por el contrario, en el procedimiento judicial propiamente dicho, o procedimiento in
iudicio, extra ordinem, el peritaje es admitido y empleado, adquiriendo mayor
relevancia.
En lo que respecta a la evolución de los medios de prueba; pueden distinguirse, a grandes
rasgos, dos momentos netamente definidos: el primero, se ponía a cargo de la divinidad
el señalamiento del culpable (Por ejemplo: el juicio de Dios y las Ordalías). Los
tribunales se limitaban a manifestarlo. El segundo, implica el deber de los jueces de
formar por sí mismo, el convencimiento sobre la culpabilidad del acusado, mediante la
utilización de su capacidad intelectual.
He aquí donde aparece la prueba. En este contexto, la prueba penal de nuestros días se
caracteriza por la utilización de novedades técnicas y científicas (especialmente
captadas por la prueba pericial), para el descubrimiento y valoración de los datos
probatorios y la consolidación de las reglas de la sana crítica racional, en la apreciación
de los resultados.
“La Prueba es lo que confirma o desvirtúa una hipótesis o afirmación precedente.
Llevada al campo procesal penal, la prueba es todo lo que pueda servir para el
descubrimiento de la verdad real acerca de los hechos que se investigan”. Albarracín,
R (1991).
Todo fallo ha de basarse en comprobaciones. Debe dar por comprobados ciertos hechos
y decir, con base en la apreciación de pruebas por el tribunal, cuál es el delito tipo en
que se apoya la sentencia, cuál el acto cometido por el causado, o cuál el hecho
subyacente a una decisión de derecho civil.
Se dice que el origen del perito, se remonta a miles de años atrás, sin embargo, no es
posible precisar con exactitud el año de su aparición, ni el lugar, ni quién lo aplicó por
primera vez.
3. En Grecia, no se conocen antecedentes de este medio de prueba en el Derecho Griego
antiguo, pero se cree que nace al designar árbitros en cargados de deslindar propiedades
vecinas, a la tasación de bienes, al examen de documento y para verificar el embarazo
de la mujer.
Así mismo, se extrae de fuentes del Derecho Romano Clásico sin más en la época
primitiva. En aquel entonces, era común la especialidad del Perito Agrimensor para
disputa entre propietarios sobre superficies de terrenos. En el Derecho Post Clásico, con
considerable importancia empiezan a aparecer los primeros Peritos Calígrafos para
reconocer autenticidad de firmas y documentos empleando la técnica del cotejo de
letras.
En el derecho romano surge como medio de lograr la convicción del Juez,
y consecuentemente como una prueba, cuando se suprime el procedimiento in iure, en
el cual, al elegirse a un experto para conocer del conflicto. Por el contrario, en el
procedimiento judicial propiamente dicho, o procedimiento in iudicio,
extraordinem, el perito es admitido y empleado, adquiriendo mayor relevancia.
En lo que respecta a la evolución de los medios de prueba; pueden distinguirse, a
grandes rasgos, dos momentos definidos: el primero, se ponía a cargo de la
divinidad el señalamiento del culpable (Por ejemplo: el juicio de Dios y
las Ordalías).
Los tribunales se limitaban a manifestarlo. El segundo, implica el deber de los jueces de
formar por sí mismo, el convencimiento sobre la culpabilidad del acusado, mediante la
utilización de su capacidad intelectual. He aquí donde aparece la prueba.
En la Edad Media y época de Carlos V, (1532) se empezaron a realizar los primeros
Peritajes Médicos a instancia de la inquisición, en casos relacionados con abortos
clandestinos, infanticidios, lesiones, homicidios, etc. Es en este momento cuando
aparece la figura de perito forense.
Seguidamente en Francia se promulga la Constitutio Criminalis Carolina conforme la
han de realizar personas con experiencia mediante informes y bajo juramento, y en
(1579) aparecen las Ordenanzas de Blois en las que se empieza a regular la actividad
pericial.
4. En el período Justiniano, adquiere mayor aplicación el procedimiento judicial
propiamente dicho o procedimiento in indicio, extra ordinario. En los pueblos Bárbaros,
que denominaron a Europa después de la caída del Imperio Romano, no se practicó la
pericia judicial, porque era incompatible con las costumbres que imperaron en materia
de prueba judicial.
Con los canonistas, por la influencia que ejercieron en el desarrollo del sistema procesal,
reaparece la peritación, principalmente por obra de los jurisconsultos italianos en
materia penal, especialmente en lo referente al homicidio.
En cuanto a la pericia contable dentro del contexto histórico, se puede afirmar que es y
corresponde al Derecho Moderno su aplicación y que debe su aparición a la relación e
interacción económica de los seres humanos. Es en este sentido, que ahora la pericia no
sólo se aplica en el Derecho penal, sino en todas las demás ramas del Derecho, como
medio de llegar a la verdad.
En la segunda mitad del siglo XIX, se ha ido evolucionando en la ciencia y técnica del
perito, y luego de más de más de una centena de años de profesión, las Universidades
han formado centenares de miles de profesionales con los títulos oficiales universitarios
de “Peritos”:
“Directores de Industrias”, “Técnicos Industriales”, “Peritos Industriales “, “Ingenieros
Técnicos”, “Ingenieros Técnicos Industriales”, y finalmente “Ingenieros Técnicos
especialistas “. Todos ellos han contribuido decisivamente en el desarrollo tecnológico
y en el bienestar de los ciudadanos de nuestro país.
1.2 ARQUÍMEDES, EL PATRÓN DE LOS PERITOS
Arquí-medes de Siracusa fue un matemático, fí-sico, ingeniero, inventor y astrónomo.
Es considerado uno de los cientí-ficos más importantes de la antigüedad clásica, le
debemos inventos como el tornillo de Arquímedes (maquina utilizada para elevar agua),
la polea compuesta, el torno, la rueda dentada, la ley de la palanca (“dadme un punto de
apoyo y moveré el mundo”), máquinas de guerra… y, sobre todo, el principio de
Arquí-medes (hidrostática). Y precisamente este principio es el que demuestra que
podrí-a considerarse el patrón de los peritos.
5. Hierón II, rey de Siracusa y pariente de Arquí-medes, encargó a un orfebre una corona
de oro. Cuando el rey recibió su corona algo le hizo dudar de la “pureza” del oro
utilizado (pensaba que parte del oro entregado para el trabajo podí-a haber sido
sustituido por plata o cobre) y le pidió a Arquí-medes que determinará si el material
utilizado era oro puro (lo que hoy en dí-a llamarí-amos un peritaje). Arquí-medes estaba
habituado a este tipo de “encargos” … tendrí-a la solución si podí-a determinar el
volumen de la corona. Si el orfebre habí-a utilizado plata o cobre (más ligeros que el
oro) el volumen de la corona serí-a mayor que el del peso equivalente en oro. ¿Cómo
determinar el volumen de la corona?
Tras darle muchas vueltas al tema decidió darse un descanso y tomar un baño. Estaba
tan metido en el tema que no se percató que habí-a llenado la bañera hasta el borde y
cuando se metió parte del agua se salió… ¡Eureka! gritó el científico, ya tení-a la
solución: el volumen de cualquier cuerpo sumergido en el agua era igual al volumen de
agua desplazada (más o menos).
Así- que, introdujo la corona en el agua y midió el volumen de agua desplazada e hizo
lo mismo con un peso igual de oro puro; en este caso el volumen de agua desplazada era
menor que con la corona. Por tanto, el volumen de la corona era mayor… el orfebre
había mezclado el oro con otros metales más ligeros… El peritaje de Arquímedes llevó
al orfebre a la muerte.
1.3 ANTECEDENTES DE LA PERICIA CONTABLE
Los primeros peritos contables se remontan a los escribas del antiguo Egipto, que
contabilizaban los activos del Faraón. Estos escribas eran conocidos como los ojos Y
oídos del Faraón. Siendo también una actividad que históricamente encontramos en la
ley de las XII tablas (primer código de la antigüedad para regular la convivencia del
pueblo romano.
Sin embargo, no fue sino hasta 1817 que las pericias contables tuvieron su primer día
en la corte, cuando un contador fue llevado a testificar en una audiencia por bancarrota.
En 1824, un contador escocés promocionó su especialidad en contabilidad legal, pero el
término pericia contable no había sido aún acuñado.
Se puede afirmar que es y corresponde al Derecho Moderno su aplicación y que debe su
aparición a la relación e interacción económica de los seres humanos. Y ahora la pericia
6. no sólo se aplica en el Derecho Penal, sino en todas las demás ramas del Derecho, como
medio de llegar a la verdad.
1.4 EL ENFOQUE MODERNO DEL PERITO EN EL PERÚ
Adquirir la especialidad de peritaje judicial constituye la prueba más exigente en la
carrera profesional del contador público en cuanto a tener que incrementar sus
conocimientos esta vez en materia legal, vale decir, en lo penal y civil, que permita luego
acudir en un auxilio efectivo solicitado por los afectados.
El perito contable, para ser tal, y estrictamente en ese orden, éste ha tenido que haber
sido un buen contador público desde sus inicios, y luego un buen auditor en la etapa
intermedia de su actuación profesional.
La sólida experiencia profesional obtenida durante muchos años de ejercerla constituye
garantía, que permitirá luego contribuir a impartir justicia sana en las diferentes
especialidades de la pericia. Esta justicia sana debe ir de la mano con el pleno
reconocimiento y respeto del Código de Ética Profesional.
De otro lado, para muchos peritos, el resultado de su labor no debe transmitirse a través
de un denominado Informe, sino que éste debe ser evacuado mediante un dictamen
eficientemente redactado, tal como ocurre con la especialidad de la auditoria.
Al igual que el auditor, el perito no debe equivocarse en sus conclusiones, y sus
argumentos deben estar ampliamente sustentados, de tal manera que no dé lugar a
posibles observaciones por parte de los actores que conforman una sala civil o penal.
Tal aseveración indudablemente está fundamentada en que el perito debe ser un
profesional calificado y competente, bajo responsabilidad del colegio profesional que lo
alberga, y quien está en el deber de capacitar permanentemente.
Una alternativa viable sería convocar a permanentes seminarios taller que insistan sobre
la casuística, sea en el ámbito forense, lavado de activos, juicios por alimentos, cálculo
de intereses, quiebra fraudulenta de empresas, ente otros.
Actualmente, en nuestro país se viene utilizando el denominado Informe Pericial, el
mismo que en muchos casos es manoseado, o no es tomado muy en cuenta por el
juzgador para efectos de dictaminar; así mismo, el informe pericial puede ser
desestimado y/o reemplazado por uno u otros informes periciales cuando una de las
partes en litigio, o el mismo juzgador así lo consienta.
7. Esta actitud le resta seriedad a la labor profesional del perito, lo cual constituye en el
fondo una afrenta hacia el reconocimiento de su esfuerzo profesional y que el máximo
organismo contable en el país debería preocuparse en resolver.
En los diferentes congresos nacionales y/o convenciones nacionales sobre peritaje
siempre se discute sobre si es de denominarse Informe o Dictamen el resultado del
trabajo del perito, lo que quiere decir que existe preocupación o malestar de un sector
de peritos en cuanto al derecho que merite su reconocimiento profesional.
Lo cierto es que el perito no tendría por qué preocuparse si es que en adelante se le puede
denominar Dictamen al resultado de su trabajo, pues esta labor sólo la deben realizar
profesionales muy experimentados, estudiosos, talentosos y hábiles, cuyas diferentes
hipótesis les permitan luego llegar a sabias conclusiones y, que finalmente logren crear
conciencia, de tal manera que el juzgador que imparte justicia se sienta en condiciones
de dictaminar sin mayores inconvenientes.
8. CONCLUSIONES
En la actualidad existe un limitado número de trabajos de investigación acerca de la
formación y el ejercicio profesional del perito en el Perú, éste se ha desarrollado sólo
gracias a la exigencia de la necesidad de la realidad.
En cuanto a la pericia contable dentro del contexto histórico, se puede afirmar que es y
corresponde al Derecho Moderno su aplicación y que debe su aparición a la relación e
interacción económica de los seres humanos. Es en este sentido, que ahora la pericia no
sólo se aplica en el Derecho penal, sino en todas las demás ramas del Derecho, como
medio de llegar a la verdad.