INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA




                             La incorporación de la Certificación
                                incorporació         Certificació
                             Energética de Edificios Existentes en
                             Energé
                                            las ITE




                                                       Marcos González Álvarez
                                                              Gonzá
                                                         Técnico de Proyecto
                               Dpto. Doméstico y de Edificios. Área de Ahorro y Eficiencia Energética
                                     Domé                                                   Energé
                                       Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía
                                                         Diversificació                 Energí




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                                 Transposición de la Directiva 2002/91/CE
                                  relativa a la eficiencia energética de los
                                                    edificios
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TRANSPOSICIÓN DIRECTIVA 2002/91/CE DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS
                            EDIFICIOS

 Nuevo Marco Normativo.

     Requisitos mínimos: demanda energética, η
     instalaciones térmicas e iluminación.
     Certificación energética de edificios nuevos y
     edificios existentes
     Inspección periódica de eficiencia energética

 Reales Decretos:

     RD 314/2006 Código Técnico de la
     Edificación.
     RD 1027/2007, de Revisión del RITE
     RD 47/2007, Procedimiento básico de
     Certificación Energética de Edificios
     Nuevos
     RD Certificación Energética de Edificios
     Existentes (en tramitación)

 Actualización periódica de la normativa básica.
 Previsión actualización CTE 2011 y RITE 2012.




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 SITUACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA EN COMUNIDADES AUTÓNOMAS
Las Comunidades Autónomas (CCAA) tienen la posibilidad de regular:

     Registro de Certificados de Eficiencia Energética.
     Control externo.
     Inspección.

Regulación autonómica existente:

     Andalucía. Orden de 25 de junio de 2008. Registro de certificados.
     Galicia. Decreto 42/2009. Registro de certificados. Control externo.
     Canarias. Decreto 26/2009. Registro de certificados.
     Extremadura. Decreto 136/2008. Registro de certificados. Control
     externo.
     Comunidad Valenciana. Decreto 112/2009, Orden 1/2011. Registro
     de certificados. Control externo.
     Navarra. Orden Foral 7/2010. Registro de certificados.           Publicado

     Castilla – La Mancha. Decreto 6/2011. Registro de certificados. Sin Publicar
                                                                      Reg. Voluntario
     Contro lexterno.
     Cataluña. Registro no oficial, web ICAEN.

Resto de CCAA

     La mayoría de las CCAA están trabajando en la redacción
     de la normativa específica, que se encuentra en distintos
     estados de avance.
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                                                                    El Real Decreto de Certificación Energética
                                                                              de Edificios Existentes




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EL BORRADOR DE CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES
 El Real Decreto recibió comentarios del Consejo de Estado a fecha 2 de octubre de 2009

     Se carecía de base jurídica suficiente para aprobar el Real Decreto.

          Ya en el borrador de Real Decreto no se hacía mención como base jurídica a la la Ley 38/1999 de Ordenación de la
          Edificación se aplica al “proceso de edificación” (artículo 2). La exigencia de obtener un certificado de eficiencia
          energética para edificios ya construidos no puede concebirse como parte de este “proceso de edificación”.

          Se había utilizado como base jurídica el Real Decreto Legislativo 1/2007 por el que se publicó el texto refundido de
          la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, ya que reconoce el derecho de los consumidores
          a la información sobre los bienes y servicios que adquieren (artículo 8).

          La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios regula las relaciones entre “empresario” y
          “consumidor”. El propietario de un edificio o vivienda no tiene porqué tener la consideración de “empresario” y por
          tanto esta ley no es suficiente para aprobar el Real Decreto.


 Paralización de la tramitación del Real Decreto hasta existencia de una Ley que le diese soporte
 jurídico

 Retraso en la transposición completa de la Directiva 2002/91/CE relativa a la eficiencia energética de
 los edificios

 Remisión por parte de la Comisión Europea a España de Carta de Emplazamiento y Dictamen
 Motivado por incompleta transposición de Directiva en plazo fijado. Siguiente paso denuncia ante
 Tribunal de Justicia de la UE.
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EL BORRADOR DE CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES
 La base jurídica necesaria ya disponible. Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible

     Artículo 83. Transparencia e información a los consumidores

          El Gobierno establecerá los instrumentos necesarios para asegurar que los usuarios disponen de la información
          sobre los costes del modelo de suministro energético, su composición, sur origen y su impacto ambiental.

          Los certificados de eficiencia energética para edificios existentes se obtendrán de acuerdo al procedimiento básico
          que se establezca reglamentariamente para ser puestos a disposición de los compradores o usuarios de esos
          edificios cuando los mismos se vendan o alquilen.

     Disposición final quincuagésima primera. Autorización al Gobierno para la aprobación del procedimiento básico de
     certificación energética en edificios existentes

          Se autoriza al gobierno para que, mediante Real Decreto y en el plazo de seis meses, a contar desde la entrada en
          vigor de esta Ley, apruebe el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética en los edificios
          existentes establecida en el artículo 83.

          Dicho desarrollo reglamentario incorporará los supuestos de excepción y los sistemas de certificación previstos en
          los artículo 4 y 7, respectivamente, de la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de
          diciembre de 2002, relativa a la eficiencia energética de los edificios.


 Antes del 6 de septiembre deberá de publicarse el Real Decreto que regule la Certificación Energética
 de Edificios Existentes.




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EL BORRADOR DE CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES
 Plan de Intensificación del Ahorro y la Eficiencia Energética, 4 de marzo de 2011

     Medida 15. Certificación Energética obligatoria de edificios no residenciales de más de 400 kW de
     potencia instalada

          Esta medida va más allá de las obligaciones de la Directiva, ya sea de la 2002/91 o de su
          refundición la 2010/31.

     Motivación. Es más eficiente desde el punto de vista de los costes-ahorros energéticos certificar
     grandes edificios terciarios que pequeños edificios residenciales.

          El coste global de certificar pequeñas unidades residenciales es mayor que el de certificar grandes
          edificios terciarios con altos consumos de energía.

          El potencial de ahorro mediante reformas es mayor en los grandes edificios terciarios que en los
          residenciales, propietarios con grandes consumos y capacidad de inversión.

     No obstante, también se han de cumplir las obligaciones de la Directiva y tras un periodo transitorio
     deberán de certificarse todos los edificios o viviendas objeto de compra-venta o alquiler.
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EL BORRADOR DE CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES
 La última versión publicada del mismo data del 4 de Febrero de 2009
 Obligatoriedad
       Cuando el edificio se venda, alquile o transmita.
       Cuando el edificio cuente con una instalación centralizada de generación de frío o calor mayor de 400kW.
 Procedimiento de Certificación Energética
       Como máximo 6 meses después de la entrada en vigor del RD el MITyC a través del IDAE pondrá a disposición del
       público al menos un procedimiento de Certificación Energética de Edificios Existentes.
 Periodo de aplicación voluntaria
       Un año a contar desde que este disponible el procedimiento de certificación energética.
 Plazos para la obtención del Certificado de Eficiencia Energética para Edificios Existentes.
       A partir de la finalización del periodo voluntario los plazos de aplicación del RD serán los siguientes.
       Edificios con potencia instalada P > 1000kW
         • Vivienda: 30% primer año, 35% segunda año, 35% tercer año.
         • Uso distinto a vivienda: 50% primer año, 50% segundo año.
       Edificios con potencia instalada 1000kW ≥ P > 400kW
         • Vivienda: 30% cuarto año, 35% quinto año, 35% sexto año.
         • Uso distinto a vivienda: 30% tercer año
       Resto de los casos
         • Vivienda: Carácter voluntario durante 6 años, cuando se alquile venda o transmita. Tras esa fecha carácter
              obligatorio.
         • Uso distinto a vivienda: Carácter voluntario durante 5 años, cuando se alquile venda o transmita. Tras esa fecha
              carácter obligatorio.
 Medidas de mejora
       Deberán de proponerse medidas de mejora técnica y económicamente viables.
       Mejora de 2 letras (1 si la calificación inicial es B).




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 LA ESCALA DE CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES
                                            Para edificios terciarios la escala ya estaba definida, al ser el procedimiento
                                            autoreferente entre el edificio objeto y un edificio de referencia que cumple
                                            estricatemente el CTE.

                                            Para edificios de vivienda necesidad de definir el coeficiente C2 para poder
                                            calificar viviendas existentes

                                                  IS. Valor medio de las emisiones de CO2 de los servicios de calefacción,
                                                  refrigeración y agua caliente sanitaria, para el parque existente de viviendas
                                                  en el año 2006.

                                                  R’. Ratio entre el valor Is y el valor de emisiones de CO2 de los servicios de
                                                  calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria, correspondiente al
                                                  percentil del 10% del parque existente de edificios en el año 2006.
      ⎛ I0     ⎞
      ⎜        ⎟
      ⎜ I ⋅R ⎟ −1
 C1 = ⎝ r      ⎠     + 0 ,6
                                            Estos valores se han recogido para todas las zonas climáticas en el
        2 ⋅ (R − 1 )
                                            documento “Escala de calificación energética. Edificios Existentes” que será
                                            publicado próximamente en la Web del Ministerio de Industria, Turismo y
                                            Comercio.
      ⎛ I0        ⎞
      ⎜ ⋅ R'⎟ − 1
      ⎜I          ⎟                         Para obtener estos valores se ha realizado un estudio de las tipologías
 C2 = ⎝ s         ⎠    + 0 ,5               edificatorias existentes por periodo y de los equipos existentes en las
        2 ⋅ ( R ' − 1)                      viviendas (a partir de datos del INE).


                                            Una vez obtenidos los edificios representativos se simulan los mismos en
                                            LIDER para obtener los valores de referencia.
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                                                           Procedimientos de Certificación Energética
                                                                    de Edificios Existentes




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LIMITACIONES DE CALENER PARA CALIFICAR EDIFICIOS EXISTENTES

CALENER continúa siendo el procedimiento de
referencia para la calificación energética de                                             Necesidad de
edificios, también los existentes, no obstante                                            redefinición
tiene una serie de limitaciones que hacen                                                 del edificio
                                                                                          para definir
aconsejable el desarrollo de procedimientos                                               medidas de
específicos para estos edificios.                                                         mejora



La escala para viviendas existentes no está por
el momento implementada en CALENER
(fácilmente subsanable).
                                                               Dificultad de
                                                               obtención de
La obtención de determinados datos necesarios                  determinados
para la introducción del edificio en CALENER                   datos
puede ser difícil / muy costosa (composición de
cerramientos…).

Cuando se califica un edificio existente han de
proponerse medidas para mejorar su
calificación, el tiempo requerido para definir
estas medidas en CALENER haría inviable su
uso.
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PROCEDIMIENTOS DE CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES
       El Consejo de Administración del IDAE de 30/6/2009 elevó a definitiva la adjudicación provisional de
       contratación de servicios para la elaboración de procedimientos de Certificación Energética para Edificios
       Existentes a las empresas:

                     UTE MIYABI-FUNDACIÓN CENER
                     APPLUS NORCONTROL S.L.U.

       Se contratan 3 procedimientos simplificados a cada una: vivienda, edificios del pequeño y mediano
       terciario y edificios del gran terciario.

       Los procedimientos calculan la calificación energética del edificio y propondrán medidas de mejora para
       elevarla.

       Podrán basarse en actuaciones que reduzcan la demanda (mejora de cerramientos,…), actuaciones
       sobre el rendimiento de los sistemas, sobre el sistema de iluminación…

       Éstas medidas de mejora deberán de evaluarse tanto técnica como económicamente.

       Las herramientas informáticas se complementan con manuales de toma de datos, de usuario, técnicos,
       etc.

       IDAE, pondrá a disposición del público al menos un procedimiento de Certificación Energética de Edificios
       Existentes como máximo 6 meses después de la publicación del Real Decreto




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                                     PROCEDIMIENTO CEX (1/2)
      Datos administrativos                         Datos generales                                 Envolvente térmica




                                          Datos generales: Tipo de edificio                   Orientación,   transmitancia   de
 Localización del edificio
                                          y zona climática                                    particiones
 Datos del Cliente
                                          Definición del edificio: Superficie                 Definición de puentes térmicos.
 Datos del Certificador                   útil, altura útil de planta, masa                   Definición con distintos niveles
 Datos solamente necesarios para          de particiones, etc.                                de detalle. A menor nivel de
 informe final                            Normativa vigente en momento                        detalle,     mayor      carácter
                                          de visado de proyecto                               conservador del procedimiento
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                                     PROCEDIMIENTO CEX (2/2)

          Instalaciones                              Calificación inicial                       Medidas de mejora e informe
                                                                                                           final




                                           Calificación   según             escala             Medidas de mejora por defecto
Instalaciones   contempladas   en
CALENER                                    aprobada en RD 47/2007                              Medidas de mejora definidas por
                                           Versión preeliminar de valores de                   el usuario
Definición con distintos niveles
de detalle. A menor nivel de               demanda      y    emisiones     de                  Posibilidad de creación          de
detalle,     mayor      carácter           referencia      para     edificios                  conjuntos de medidas.
conservador del procedimiento              existentes (cálculo de coeficiente
                                           C2).                                                Medidas     sobre     envolvente,
Rendimiento medio estacional de                                                                instalaciones,       iluminación,
caldera a partir de UNE-EN 15378                                                               integración de renovables, etc.




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                                      PROCEDIMIENTO CE3 (1/2)

        Datos generales                          Definición constructiva                             Envolvente térmica




                                           Datos por defecto                                   Definición tipológica (sólo para
Datos administrativos
                                                                                               vivienda)
Año de construcción del edificio.          Datos definidos por usuario a
                                           partir de información general                       Definición por     superficies    y
Fija datos por defecto.
                                           (transmitancia térmica y masa                       orientaciones
Localidad y zona climática                 del cerramiento)                                    Definición con ayuda de planos
                                           Datos definidos por usuario a                       (.dxf)
                                           partir  de    datos   detallados                    Importación   de       geometría
                                           (composición del cerramiento)                       LIDER/CALENER
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                                      PROCEDIMIENTO CE3 (2/2)

           Sistemas                                      Calificación                            Medidas de mejora e informe




                                           Calificación   según            escala              Medidas de mejora por defecto y
Sistemas    contemplados     en
                                           aprobada en RD 47/2007                              medidas de mejora definidas por
CALENER
                                                                                               el usuario.
Determinación de rendimientos              Versión preeliminar de valores de
                                           demanda      y    emisiones     de                  Definición       de       distintas
estimados a partir de año de
                                           referencia      para     edificios                  alternativas (3 en informe).
instalación y año de última
revisión.                                  existentes (cálculo de coeficiente
                                           C2).




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               EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DE LOS PRODUCTOS SOFTWARE
                        CALIDAD INFORMÁTICA DEL SOFTWARE
     Realización de encomienda de gestión al
     Instituto Nacional de Tecnologías de la
     Comunicación (INTECO) para realización de
     evaluación de la calidad de los productos
     software.

     Software evaluado según:

           ISO / IEC 9.126 – Calidad de Producto
           Modelo de Evaluación de Calidad del Producto
           propio de INTECO


     Evaluados

           Funcionalidad
           Fiabilidad
           Usabilidad                                                       Test de usabilidad con usuarios reales,
           Eficiencia                                                       realizados en sede de INTECO en León.
           Mantenibilidad                                                   Participantes profesionales de colegios de
           Portabilidad                                                     arquitectos, ingenieros y universidades.
           Accesibilidad
           Seguridad                                                        Tras la realización de test subsanación de
                                                                                 errores y propuestas de mejora
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        EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DE LOS PRODUCTOS SOFTWARE
       COMPARATIVA CON PROCEDIMIENTO DE REFERENCIA CALENER
CALENER sigue siendo el procedimiento de                            La comparativa se realiza en términos de clase
referencia para la certificación de eficiencia                      de demanda pronosticada, rendimiento medio
energética de los edificios.                                        estacional asignado a los sistemas y clase de
                                                                    eficiencia global pronosticada.
Por tanto los procedimientos simplificados
desarrollados deberán de ser coherentes con
los resultados que se obtendrían mediante la
aplicación del mismo.

                                                                                          CALENER
     Carácter conservador. Los procedimientos
     simplificados deberán de pronosticar una clase
     de eficiencia energética igual o inferior a la
     pronosticada por CALENER.
     Precisión. Los procedimientos deberán de
     pronosticar, en la mayoría de los casos, una
     clase de eficiencia energética lo más similar
     posible a la pronosticada por CALENER.
                                                                            CE3                          CEX

La verificación se hará en base a una
batería de casos que serán simulados en
CALENER y en los procedimientos
simplificados por los desarrolladores,                                 Tras la realización de test subsanación de
velando IDAE por que los test se ralicen                                    errores y propuestas de mejora
de manera correcta.




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                                                                                   Certificación e ITE
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                                                    LA PROBLEMÁTICA
                                                                                      SATURACIÓN PARA EL CIUDADANO

                                                                                      COSTE ECONÓMICO

                                                                                      FALTA DE COORDINACIÓN


                                                                                                     Reguladas en RITE y legislación
                                                                                                     autonómica
Reguladas nivel local (o
autonómico). Normativa general
                                                                                                     Calendario y contenido – CCAA
nacional

Calendario y contenido – Ayto.                                               INSTALACIÓN             Profesional habilitado – RITE,
                                                  ITE                                                normalmente Ingeniero / Ing.
                                                                               TÉRMICA
                                                                                                     Técnico
Profesional – Arquitecto / Arq.
Técnico
                                                                                                     Periodicidad ~ 5 años (reducida
                                                           CERTIFICACIÓN                             para instalaciones con mayor
Periodicidad ~ 10 años
                                                                                                     potencia)


                                        Reguladas en RD Certificación y legislación
                                        autonómica

                                        Obligatoria en venta o alquiler (calendario para GT)

                                        Profesional competente - LOE

                                        Validez 10 años




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                                                POSIBLES SOLUCIONES

                                                                                      MENOR SATURACIÓN PARA EL CIUDADANO

                                                                                      MENOR COSTE ECONÓMICO




                                                                             INSTALACIÓN
                                                  ITE
                                                                               TÉRMICA

Sinergia y aspectos comunes                                                                          Sinergia y aspectos comunes
                                                           CERTIFICACIÓN
ITE obtiene datos de envolvente                                                                      Inspección RITE obtiene datos de
                                                                                                     instalaciones
Esfuerzo adicional relativamente bajo
para obtener datos de instalación                                                                    Esfuerzo adicional relativamente
térmica.                                                                                             bajo para obtener datos de
                                                                                                     envolvente.
Profesionales ITE competentes para
certificar el edificio.                                                                              Profesionales RITE competentes
                                                                                                     para certificar el edificio
Necesidad de marco legal para ligazón
                                                                                                     Posibilidad de introducción en
                                                                                                     revisión RITE
INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA




Gracias por su atención
             marcosg@idae.es

Marcos gonzalez - La incorporación de la Certificación energética de edificios existentes en las ITE

  • 1.
    INSTITUTO PARA LADIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA La incorporación de la Certificación incorporació Certificació Energética de Edificios Existentes en Energé las ITE Marcos González Álvarez Gonzá Técnico de Proyecto Dpto. Doméstico y de Edificios. Área de Ahorro y Eficiencia Energética Domé Energé Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía Diversificació Energí INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA Transposición de la Directiva 2002/91/CE relativa a la eficiencia energética de los edificios
  • 2.
    INSTITUTO PARA LADIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA TRANSPOSICIÓN DIRECTIVA 2002/91/CE DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS Nuevo Marco Normativo. Requisitos mínimos: demanda energética, η instalaciones térmicas e iluminación. Certificación energética de edificios nuevos y edificios existentes Inspección periódica de eficiencia energética Reales Decretos: RD 314/2006 Código Técnico de la Edificación. RD 1027/2007, de Revisión del RITE RD 47/2007, Procedimiento básico de Certificación Energética de Edificios Nuevos RD Certificación Energética de Edificios Existentes (en tramitación) Actualización periódica de la normativa básica. Previsión actualización CTE 2011 y RITE 2012. INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA SITUACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA EN COMUNIDADES AUTÓNOMAS Las Comunidades Autónomas (CCAA) tienen la posibilidad de regular: Registro de Certificados de Eficiencia Energética. Control externo. Inspección. Regulación autonómica existente: Andalucía. Orden de 25 de junio de 2008. Registro de certificados. Galicia. Decreto 42/2009. Registro de certificados. Control externo. Canarias. Decreto 26/2009. Registro de certificados. Extremadura. Decreto 136/2008. Registro de certificados. Control externo. Comunidad Valenciana. Decreto 112/2009, Orden 1/2011. Registro de certificados. Control externo. Navarra. Orden Foral 7/2010. Registro de certificados. Publicado Castilla – La Mancha. Decreto 6/2011. Registro de certificados. Sin Publicar Reg. Voluntario Contro lexterno. Cataluña. Registro no oficial, web ICAEN. Resto de CCAA La mayoría de las CCAA están trabajando en la redacción de la normativa específica, que se encuentra en distintos estados de avance.
  • 3.
    INSTITUTO PARA LADIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA El Real Decreto de Certificación Energética de Edificios Existentes INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA EL BORRADOR DE CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES El Real Decreto recibió comentarios del Consejo de Estado a fecha 2 de octubre de 2009 Se carecía de base jurídica suficiente para aprobar el Real Decreto. Ya en el borrador de Real Decreto no se hacía mención como base jurídica a la la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación se aplica al “proceso de edificación” (artículo 2). La exigencia de obtener un certificado de eficiencia energética para edificios ya construidos no puede concebirse como parte de este “proceso de edificación”. Se había utilizado como base jurídica el Real Decreto Legislativo 1/2007 por el que se publicó el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, ya que reconoce el derecho de los consumidores a la información sobre los bienes y servicios que adquieren (artículo 8). La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios regula las relaciones entre “empresario” y “consumidor”. El propietario de un edificio o vivienda no tiene porqué tener la consideración de “empresario” y por tanto esta ley no es suficiente para aprobar el Real Decreto. Paralización de la tramitación del Real Decreto hasta existencia de una Ley que le diese soporte jurídico Retraso en la transposición completa de la Directiva 2002/91/CE relativa a la eficiencia energética de los edificios Remisión por parte de la Comisión Europea a España de Carta de Emplazamiento y Dictamen Motivado por incompleta transposición de Directiva en plazo fijado. Siguiente paso denuncia ante Tribunal de Justicia de la UE.
  • 4.
    INSTITUTO PARA LADIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA EL BORRADOR DE CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES La base jurídica necesaria ya disponible. Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible Artículo 83. Transparencia e información a los consumidores El Gobierno establecerá los instrumentos necesarios para asegurar que los usuarios disponen de la información sobre los costes del modelo de suministro energético, su composición, sur origen y su impacto ambiental. Los certificados de eficiencia energética para edificios existentes se obtendrán de acuerdo al procedimiento básico que se establezca reglamentariamente para ser puestos a disposición de los compradores o usuarios de esos edificios cuando los mismos se vendan o alquilen. Disposición final quincuagésima primera. Autorización al Gobierno para la aprobación del procedimiento básico de certificación energética en edificios existentes Se autoriza al gobierno para que, mediante Real Decreto y en el plazo de seis meses, a contar desde la entrada en vigor de esta Ley, apruebe el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética en los edificios existentes establecida en el artículo 83. Dicho desarrollo reglamentario incorporará los supuestos de excepción y los sistemas de certificación previstos en los artículo 4 y 7, respectivamente, de la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativa a la eficiencia energética de los edificios. Antes del 6 de septiembre deberá de publicarse el Real Decreto que regule la Certificación Energética de Edificios Existentes. INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA EL BORRADOR DE CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES Plan de Intensificación del Ahorro y la Eficiencia Energética, 4 de marzo de 2011 Medida 15. Certificación Energética obligatoria de edificios no residenciales de más de 400 kW de potencia instalada Esta medida va más allá de las obligaciones de la Directiva, ya sea de la 2002/91 o de su refundición la 2010/31. Motivación. Es más eficiente desde el punto de vista de los costes-ahorros energéticos certificar grandes edificios terciarios que pequeños edificios residenciales. El coste global de certificar pequeñas unidades residenciales es mayor que el de certificar grandes edificios terciarios con altos consumos de energía. El potencial de ahorro mediante reformas es mayor en los grandes edificios terciarios que en los residenciales, propietarios con grandes consumos y capacidad de inversión. No obstante, también se han de cumplir las obligaciones de la Directiva y tras un periodo transitorio deberán de certificarse todos los edificios o viviendas objeto de compra-venta o alquiler.
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    INSTITUTO PARA LADIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA EL BORRADOR DE CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES La última versión publicada del mismo data del 4 de Febrero de 2009 Obligatoriedad Cuando el edificio se venda, alquile o transmita. Cuando el edificio cuente con una instalación centralizada de generación de frío o calor mayor de 400kW. Procedimiento de Certificación Energética Como máximo 6 meses después de la entrada en vigor del RD el MITyC a través del IDAE pondrá a disposición del público al menos un procedimiento de Certificación Energética de Edificios Existentes. Periodo de aplicación voluntaria Un año a contar desde que este disponible el procedimiento de certificación energética. Plazos para la obtención del Certificado de Eficiencia Energética para Edificios Existentes. A partir de la finalización del periodo voluntario los plazos de aplicación del RD serán los siguientes. Edificios con potencia instalada P > 1000kW • Vivienda: 30% primer año, 35% segunda año, 35% tercer año. • Uso distinto a vivienda: 50% primer año, 50% segundo año. Edificios con potencia instalada 1000kW ≥ P > 400kW • Vivienda: 30% cuarto año, 35% quinto año, 35% sexto año. • Uso distinto a vivienda: 30% tercer año Resto de los casos • Vivienda: Carácter voluntario durante 6 años, cuando se alquile venda o transmita. Tras esa fecha carácter obligatorio. • Uso distinto a vivienda: Carácter voluntario durante 5 años, cuando se alquile venda o transmita. Tras esa fecha carácter obligatorio. Medidas de mejora Deberán de proponerse medidas de mejora técnica y económicamente viables. Mejora de 2 letras (1 si la calificación inicial es B). INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA LA ESCALA DE CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES Para edificios terciarios la escala ya estaba definida, al ser el procedimiento autoreferente entre el edificio objeto y un edificio de referencia que cumple estricatemente el CTE. Para edificios de vivienda necesidad de definir el coeficiente C2 para poder calificar viviendas existentes IS. Valor medio de las emisiones de CO2 de los servicios de calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria, para el parque existente de viviendas en el año 2006. R’. Ratio entre el valor Is y el valor de emisiones de CO2 de los servicios de calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria, correspondiente al percentil del 10% del parque existente de edificios en el año 2006. ⎛ I0 ⎞ ⎜ ⎟ ⎜ I ⋅R ⎟ −1 C1 = ⎝ r ⎠ + 0 ,6 Estos valores se han recogido para todas las zonas climáticas en el 2 ⋅ (R − 1 ) documento “Escala de calificación energética. Edificios Existentes” que será publicado próximamente en la Web del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. ⎛ I0 ⎞ ⎜ ⋅ R'⎟ − 1 ⎜I ⎟ Para obtener estos valores se ha realizado un estudio de las tipologías C2 = ⎝ s ⎠ + 0 ,5 edificatorias existentes por periodo y de los equipos existentes en las 2 ⋅ ( R ' − 1) viviendas (a partir de datos del INE). Una vez obtenidos los edificios representativos se simulan los mismos en LIDER para obtener los valores de referencia.
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    INSTITUTO PARA LADIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA Procedimientos de Certificación Energética de Edificios Existentes INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA LIMITACIONES DE CALENER PARA CALIFICAR EDIFICIOS EXISTENTES CALENER continúa siendo el procedimiento de referencia para la calificación energética de Necesidad de edificios, también los existentes, no obstante redefinición tiene una serie de limitaciones que hacen del edificio para definir aconsejable el desarrollo de procedimientos medidas de específicos para estos edificios. mejora La escala para viviendas existentes no está por el momento implementada en CALENER (fácilmente subsanable). Dificultad de obtención de La obtención de determinados datos necesarios determinados para la introducción del edificio en CALENER datos puede ser difícil / muy costosa (composición de cerramientos…). Cuando se califica un edificio existente han de proponerse medidas para mejorar su calificación, el tiempo requerido para definir estas medidas en CALENER haría inviable su uso.
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    INSTITUTO PARA LADIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA PROCEDIMIENTOS DE CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES El Consejo de Administración del IDAE de 30/6/2009 elevó a definitiva la adjudicación provisional de contratación de servicios para la elaboración de procedimientos de Certificación Energética para Edificios Existentes a las empresas: UTE MIYABI-FUNDACIÓN CENER APPLUS NORCONTROL S.L.U. Se contratan 3 procedimientos simplificados a cada una: vivienda, edificios del pequeño y mediano terciario y edificios del gran terciario. Los procedimientos calculan la calificación energética del edificio y propondrán medidas de mejora para elevarla. Podrán basarse en actuaciones que reduzcan la demanda (mejora de cerramientos,…), actuaciones sobre el rendimiento de los sistemas, sobre el sistema de iluminación… Éstas medidas de mejora deberán de evaluarse tanto técnica como económicamente. Las herramientas informáticas se complementan con manuales de toma de datos, de usuario, técnicos, etc. IDAE, pondrá a disposición del público al menos un procedimiento de Certificación Energética de Edificios Existentes como máximo 6 meses después de la publicación del Real Decreto INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA PROCEDIMIENTO CEX (1/2) Datos administrativos Datos generales Envolvente térmica Datos generales: Tipo de edificio Orientación, transmitancia de Localización del edificio y zona climática particiones Datos del Cliente Definición del edificio: Superficie Definición de puentes térmicos. Datos del Certificador útil, altura útil de planta, masa Definición con distintos niveles Datos solamente necesarios para de particiones, etc. de detalle. A menor nivel de informe final Normativa vigente en momento detalle, mayor carácter de visado de proyecto conservador del procedimiento
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    INSTITUTO PARA LADIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA PROCEDIMIENTO CEX (2/2) Instalaciones Calificación inicial Medidas de mejora e informe final Calificación según escala Medidas de mejora por defecto Instalaciones contempladas en CALENER aprobada en RD 47/2007 Medidas de mejora definidas por Versión preeliminar de valores de el usuario Definición con distintos niveles de detalle. A menor nivel de demanda y emisiones de Posibilidad de creación de detalle, mayor carácter referencia para edificios conjuntos de medidas. conservador del procedimiento existentes (cálculo de coeficiente C2). Medidas sobre envolvente, Rendimiento medio estacional de instalaciones, iluminación, caldera a partir de UNE-EN 15378 integración de renovables, etc. INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA PROCEDIMIENTO CE3 (1/2) Datos generales Definición constructiva Envolvente térmica Datos por defecto Definición tipológica (sólo para Datos administrativos vivienda) Año de construcción del edificio. Datos definidos por usuario a partir de información general Definición por superficies y Fija datos por defecto. (transmitancia térmica y masa orientaciones Localidad y zona climática del cerramiento) Definición con ayuda de planos Datos definidos por usuario a (.dxf) partir de datos detallados Importación de geometría (composición del cerramiento) LIDER/CALENER
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    INSTITUTO PARA LADIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA PROCEDIMIENTO CE3 (2/2) Sistemas Calificación Medidas de mejora e informe Calificación según escala Medidas de mejora por defecto y Sistemas contemplados en aprobada en RD 47/2007 medidas de mejora definidas por CALENER el usuario. Determinación de rendimientos Versión preeliminar de valores de demanda y emisiones de Definición de distintas estimados a partir de año de referencia para edificios alternativas (3 en informe). instalación y año de última revisión. existentes (cálculo de coeficiente C2). INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DE LOS PRODUCTOS SOFTWARE CALIDAD INFORMÁTICA DEL SOFTWARE Realización de encomienda de gestión al Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación (INTECO) para realización de evaluación de la calidad de los productos software. Software evaluado según: ISO / IEC 9.126 – Calidad de Producto Modelo de Evaluación de Calidad del Producto propio de INTECO Evaluados Funcionalidad Fiabilidad Usabilidad Test de usabilidad con usuarios reales, Eficiencia realizados en sede de INTECO en León. Mantenibilidad Participantes profesionales de colegios de Portabilidad arquitectos, ingenieros y universidades. Accesibilidad Seguridad Tras la realización de test subsanación de errores y propuestas de mejora
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    INSTITUTO PARA LADIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DE LOS PRODUCTOS SOFTWARE COMPARATIVA CON PROCEDIMIENTO DE REFERENCIA CALENER CALENER sigue siendo el procedimiento de La comparativa se realiza en términos de clase referencia para la certificación de eficiencia de demanda pronosticada, rendimiento medio energética de los edificios. estacional asignado a los sistemas y clase de eficiencia global pronosticada. Por tanto los procedimientos simplificados desarrollados deberán de ser coherentes con los resultados que se obtendrían mediante la aplicación del mismo. CALENER Carácter conservador. Los procedimientos simplificados deberán de pronosticar una clase de eficiencia energética igual o inferior a la pronosticada por CALENER. Precisión. Los procedimientos deberán de pronosticar, en la mayoría de los casos, una clase de eficiencia energética lo más similar posible a la pronosticada por CALENER. CE3 CEX La verificación se hará en base a una batería de casos que serán simulados en CALENER y en los procedimientos simplificados por los desarrolladores, Tras la realización de test subsanación de velando IDAE por que los test se ralicen errores y propuestas de mejora de manera correcta. INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA Certificación e ITE
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    INSTITUTO PARA LADIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA LA PROBLEMÁTICA SATURACIÓN PARA EL CIUDADANO COSTE ECONÓMICO FALTA DE COORDINACIÓN Reguladas en RITE y legislación autonómica Reguladas nivel local (o autonómico). Normativa general Calendario y contenido – CCAA nacional Calendario y contenido – Ayto. INSTALACIÓN Profesional habilitado – RITE, ITE normalmente Ingeniero / Ing. TÉRMICA Técnico Profesional – Arquitecto / Arq. Técnico Periodicidad ~ 5 años (reducida CERTIFICACIÓN para instalaciones con mayor Periodicidad ~ 10 años potencia) Reguladas en RD Certificación y legislación autonómica Obligatoria en venta o alquiler (calendario para GT) Profesional competente - LOE Validez 10 años INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA POSIBLES SOLUCIONES MENOR SATURACIÓN PARA EL CIUDADANO MENOR COSTE ECONÓMICO INSTALACIÓN ITE TÉRMICA Sinergia y aspectos comunes Sinergia y aspectos comunes CERTIFICACIÓN ITE obtiene datos de envolvente Inspección RITE obtiene datos de instalaciones Esfuerzo adicional relativamente bajo para obtener datos de instalación Esfuerzo adicional relativamente térmica. bajo para obtener datos de envolvente. Profesionales ITE competentes para certificar el edificio. Profesionales RITE competentes para certificar el edificio Necesidad de marco legal para ligazón Posibilidad de introducción en revisión RITE
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    INSTITUTO PARA LADIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA Gracias por su atención marcosg@idae.es