2. • Las Medidas Ordinarias constituyen las estrategias de
organización y las modificaciones que debe de realizar
cada centro respecto a los agrupamientos, métodos,
técnicas, actividades y estrategias de enseñanza-
aprendizaje y evaluación con el fin de atender a la
diversidad sin modificar los elementos prescriptivos del
currículo como son los objetivos, contenidos y criterios
de evaluación.
3. Podemos decir que son medidas ordinarias las siguientes:
• Los grupos de aprendizajes flexibles para el refuerzo de las
áreas instrumentales cuando existen desajustes de
competencia relevantes en los procedimientos generales.
• Los agrupamientos flexibles para adaptar una parte del
proceso de enseñanza la competencia del alumno/a mediante
grupos homogéneos durante un tiempo limitado.
• Los talleres para organizar una respuesta que armonice las
necesidades con los intereses del alumnado.
• Los grupos de profundización y enriquecimiento en
contenidos específicos de distintas áreas.
• Los grupos específicos para el aprendizaje de la lengua
castellana por el alumnado inmigrante o refugiado que
desconoce el idioma.
4. • Consiste en elaborar una adaptación del currículo para
superar dificultades motivadas por un desfase poco
importante con respecto al grupo de edad del alumnado.
Va dirigida a alumnos/as con desfase en su NCC, que
presente dificultades de aprendizaje o de acceso
asociadas a DIS y TGC, por encontrarse en situación
social desfavorecida o por haberse incorporado
tardíamente al Sistema Educativo.
5. Algunos aspectos a destacar serían:
• La adaptación curricular no significativa afectará a los
elementos del currículum que se consideren necesarios pero
sin modificar los objetivos de la etapa educativa ni los criterios
de evaluación.
• Podrán ser grupales o individuales.
• En ningún caso las adaptaciones curriculares grupales podrán
suponer agrupamientos discriminatorios para el alumnado.
• La elaboración y aplicación del documento de adaptación
curricular no significativa será responsabilidad del Equipo
Docente bajo la coordinación del profesorado tutor/a y el
asesoramiento del EOEP.
• No se pueden modificar los criterios establecidos para el
curso o nivel.
6. • Las Medidas Extraordinarias abordan las medidas de carácter
individual que se toman en un centro para responder a las
necesidades educativas específicas que presenta el alumnado y
que requiere la organización de unos recursos personales y
materiales concretos.
Podemos decir que son medidas extraordinarias las siguientes:
Adaptaciones curriculares significativas que se realizan para el
alumnado con necesidades educativas especiales.
Adaptaciones curriculares de acceso.
Flexibilización para los alumnos con necesidades educativas
específicas por superdotación intelectual.
Grupo de apoyo en compensatoria para el alumnado que
presente desfase escolar significativo, con dos o más cursos de
diferencia entre su nivel de competencia curricular y el nivel en
que efectivamente está escolarizado.
Aulas de Enlace, para atender a dos tipos de alumnos/as:
Con desconocimiento de la lengua española.
Alumnos con grandes carencias en conocimientos básicos como
consecuencia de su escolarización irregular en el país de origen.
7. • Son aquellas que requieren modificaciones específicas
incluso llegando a la eliminación de los objetivos,
contenidos y criterios de evaluación del currículo de cada
ciclo o área y el uso de recursos personales y materiales
de acceso al currículo.
• Su desarrollo se realizará en situaciones de integración
escolar previa evaluación psicopedagógica y dictamen
de escolarización.
• Va dirigida a alumnos/as con necesidades educativas
especiales, tales como discapacidad física, psíquica y/o
sensorial y trastornos graves de conducta.
8. Algunos aspectos a destacar serían:
Implica la modificación de los elementos del currículum
incluidos los objetivos de la etapa y criterios de
evaluación.
La referencia y el requisito para la elaboración de la
adaptación curricular significativa es el Informe
psicopedagógico, elaborado por el EOEP.
La aplicación de las adaptaciones curriculares
significativas es responsabilidad del profesorado tutor y
del profesorado que imparta el área o materia
correspondiente.
9. Dentro de estas podemos hablar de 3 tipos más:
Necesidades Curriculares de Acceso
Las necesidades o adecuaciones curriculares de acceso, se
enfocan en crear las condiciones físicas de mobiliario para que
los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales los
utilicen de la forma más autónoma posible y que a la vez, le
permitan el mayor nivel de comunicación e interacción con los
demás. En esta misma categoría se contemplan también los
medios auxiliares de carácter técnico que pueden facilitar el
acceso al currículo: auxiliares auditivos (audífonos), lupas o
lentes especiales, aparatos para el traslado o desplazamiento,
ajustes de infraestructura construcción de rampas, barras de
apoyo o ampliación de puertas para beneficiar a aquellos
estudiantes que presentan dificultades motoras a fin de asegurar
su acceso a la escuela, mejoramiento de la iluminación,
mobiliario especial (para estudiantes con serios problemas
motor, zurdos), eliminación de ruidos y otros.
10. Repetición
Al no haber superado con creces los objetivos, contenidos y
competencias propuestas en cualquier curso, el alumno/a se
verá obligado a volver a cursar el mismo curso hasta conseguir
superarlo.
Este hecho puede estar marcado por diversos factores:
• Dificultad a la hora de aprender
• Falta de motivación
• Problemas personales
Aceleración
Proceso mediante el cual un alumno/a es adelantado de curso
debido a que su eficacia a la hora de aprender es superior al
nivel en el cual pueda encontrarse. Para poder realizar dicho
proceso, es necesario que el alumno o alumna pase una serie
de pruebas de nivel para determinar su ascenso al curso o
11. • La Evaluación Psicopedagógica es un conjunto de
actuaciones encaminadas a recoger, analizar y valorar la
información sobre las condiciones personales del alumno
o alumna, así como la interacción con el contexto escolar
y familiar y su competencia curricular.
• Se realizará con el fin de recoger información importante
para delimitar las necesidades educativas especiales del
alumno/a y para fundamentar las decisiones que, con
respecto a las ayudas y apoyos, sean necesarias para
desarrollar, en el mayor grado posible, las capacidades
establecidas en el currículo.
12. La Evaluación Psicopedagógica podrá ser realizada:
En cualquier momento de la escolarización, especialmente
al inicio de la misma, cuando se detecten necesidades
educativas especiales.
Con anterioridad a la elaboración de una adaptación
curricular individualizada.
Con anterioridad a la incorporación a un programa de
diversificación curricular.
Con anterioridad a la incorporación a cualquiera de los
programas del periodo de formación para la transición a la
vida adulta y laboral.
En el transcurso de la escolarización, cuando un cambio
significativo en las condiciones y circunstancias personales
o socio-familiares así lo aconseje.
13. Deben seguirse unas fases para su realización:
Detección
Adopción de medidas de carácter interno
Información a padres/representantes legales. Autorización
Cumplimentación del Informe del Tutor para la Evaluación
Psicopedagógica
Derivación al orientador de referencia del E.O.E a través del Jefe de
Estudios o del Coordinador del E.O.A
Toma de decisiones
Asesoramiento y orientaciones a Tutor/a, profesores y padres
Derivación a Equipo de centro del E.O.E
Recogida de información de los distintos profesionales
Análisis y valoración multidisciplinar de la información obtenida
Elaboración del Informe Psicopedagógico
Emisión del Dictamen de Escolarización
Información, asesoramiento y orientaciones a Tutor/a, profesores y
padres
Seguimiento