El abogado presenta un recurso de hábeas corpus a favor de su defendido Carlos Ramos, quien lleva más de 9 meses en prisión preventiva por un proceso penal por lesiones graves. Argumenta que se ha violado el debido proceso y los plazos máximos de prisión preventiva establecidos en la ley. Solicita que se declare la inmediata libertad de su defendido debido a que no se ha dictado sentencia en más de 9 meses y el delito por el que se le acusa no amerita una prolongación de la prisión preventiva.
Absuelvo acusacion fiscal formulo sobreseimiento y otrosReinelQuispeharo
Un abogado defensor solicita al juez sobreseer el caso contra su cliente, Sergio Giovanny Ormeño Melgar, acusado de robo agravado. El defensor argumenta que (1) los hechos no pueden atribuirse a su cliente dado que la evidencia recopilada, como pruebas de disparos y huellas digitales, no lo incriminan, y (2) no hay posibilidad de incorporar nueva evidencia ni pruebas suficientes para enjuiciarlo, dado que pasó mucho tiempo sin recopilar pruebas que lo incriminen.
Este documento presenta una demanda contencioso administrativa contra la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de Perú (DICAPI) para anular una resolución que impuso una multa excesiva. El demandante argumenta que (1) la resolución fue emitida por un órgano incompetente, (2) la multa se basó en hechos falsos, y (3) el área donde ocurrió el incidente estaba fuera de la jurisdicción de la DICAPI. Pide que se anule la resolución y la multa impuesta.
El documento presenta un modelo de solicitud de medida cautelar de innovar dentro de un proceso contencioso administrativo laboral. El modelo incluye nueve secciones que detallan: 1) el órgano de auxilio judicial, 2) la pretensión cautelar solicitada, 3) la forma de la medida, 4) la contracautela ofrecida, 5) el bien sobre el que recaerá la medida, 6) los fundamentos de la verosimilitud del derecho, el peligro en la demora y la razonabilidad de la medida, 7)
La madre de la menor Milagros Gutiérrez Marquez apela la sentencia que fijó una pensión alimenticia de 300 nuevos soles a favor de su hija. Solicita que se aumente la pensión a 600 nuevos soles debido a que la menor requiere tratamiento médico por una dolencia de tiroides, estudia en un colegio particular con altos gastos de educación, y el padre tiene la capacidad económica para proveer una pensión mayor considerando que solo tiene esta obligación alimentaria y trabaja como soldador.
El documento presenta una demanda de reducción de pensión alimenticia. El demandante solicita reducir el monto de S/300 que paga mensualmente por concepto de alimentos para su hija a S/150 debido a que ahora tiene una nueva carga familiar al esperar un hijo con su esposa actual y debe cubrir los gastos médicos de su esposa durante el embarazo. Acompaña varios documentos como prueba de su situación económica actual.
AMPARO CONTRA RESOLUCIÓN JUDICIAL: Se muestra como hacer una acción de amparo contra una resolución judicial, en el texto del modelo encontrará las normas que justifican las partes de este tipo de demanda (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
La asociación de mototaxis "Amarillos José Olaya" solicita al presidente del Tribunal Constitucional que permita a su abogado defensor presentar un informe oral en la audiencia pública programada para el 21 de julio de 2014. La asociación está involucrada en un proceso constitucional y, de acuerdo con el artículo 31 del reglamento del tribunal, solicita que se le conceda el uso de la palabra a su abogado para presentar el informe oral correspondiente a su parte procesal.
ESCRITO REMITASE COPIAS CERTIFICADAS MINISTERIO PUBLICO.docxjose861108
La señora Edith Aline Arenas Rodríguez solicita al juzgado de paz remitir copias certificadas al Ministerio Público contra León López José Iván por no haber cumplido con el pago de 6,165.60 soles en pensiones alimenticias ordenadas, a fin de que el Ministerio Público formalice una denuncia penal por omisión a la asistencia familiar.
Absuelvo acusacion fiscal formulo sobreseimiento y otrosReinelQuispeharo
Un abogado defensor solicita al juez sobreseer el caso contra su cliente, Sergio Giovanny Ormeño Melgar, acusado de robo agravado. El defensor argumenta que (1) los hechos no pueden atribuirse a su cliente dado que la evidencia recopilada, como pruebas de disparos y huellas digitales, no lo incriminan, y (2) no hay posibilidad de incorporar nueva evidencia ni pruebas suficientes para enjuiciarlo, dado que pasó mucho tiempo sin recopilar pruebas que lo incriminen.
Este documento presenta una demanda contencioso administrativa contra la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de Perú (DICAPI) para anular una resolución que impuso una multa excesiva. El demandante argumenta que (1) la resolución fue emitida por un órgano incompetente, (2) la multa se basó en hechos falsos, y (3) el área donde ocurrió el incidente estaba fuera de la jurisdicción de la DICAPI. Pide que se anule la resolución y la multa impuesta.
El documento presenta un modelo de solicitud de medida cautelar de innovar dentro de un proceso contencioso administrativo laboral. El modelo incluye nueve secciones que detallan: 1) el órgano de auxilio judicial, 2) la pretensión cautelar solicitada, 3) la forma de la medida, 4) la contracautela ofrecida, 5) el bien sobre el que recaerá la medida, 6) los fundamentos de la verosimilitud del derecho, el peligro en la demora y la razonabilidad de la medida, 7)
La madre de la menor Milagros Gutiérrez Marquez apela la sentencia que fijó una pensión alimenticia de 300 nuevos soles a favor de su hija. Solicita que se aumente la pensión a 600 nuevos soles debido a que la menor requiere tratamiento médico por una dolencia de tiroides, estudia en un colegio particular con altos gastos de educación, y el padre tiene la capacidad económica para proveer una pensión mayor considerando que solo tiene esta obligación alimentaria y trabaja como soldador.
El documento presenta una demanda de reducción de pensión alimenticia. El demandante solicita reducir el monto de S/300 que paga mensualmente por concepto de alimentos para su hija a S/150 debido a que ahora tiene una nueva carga familiar al esperar un hijo con su esposa actual y debe cubrir los gastos médicos de su esposa durante el embarazo. Acompaña varios documentos como prueba de su situación económica actual.
AMPARO CONTRA RESOLUCIÓN JUDICIAL: Se muestra como hacer una acción de amparo contra una resolución judicial, en el texto del modelo encontrará las normas que justifican las partes de este tipo de demanda (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
La asociación de mototaxis "Amarillos José Olaya" solicita al presidente del Tribunal Constitucional que permita a su abogado defensor presentar un informe oral en la audiencia pública programada para el 21 de julio de 2014. La asociación está involucrada en un proceso constitucional y, de acuerdo con el artículo 31 del reglamento del tribunal, solicita que se le conceda el uso de la palabra a su abogado para presentar el informe oral correspondiente a su parte procesal.
ESCRITO REMITASE COPIAS CERTIFICADAS MINISTERIO PUBLICO.docxjose861108
La señora Edith Aline Arenas Rodríguez solicita al juzgado de paz remitir copias certificadas al Ministerio Público contra León López José Iván por no haber cumplido con el pago de 6,165.60 soles en pensiones alimenticias ordenadas, a fin de que el Ministerio Público formalice una denuncia penal por omisión a la asistencia familiar.
La demandante Ruth Graciela Criollo Chavarry solicita al juez del Primer Juzgado de Paz del Rímac un impedimento de salida del país para el demandado Toni Yoel Alvarado Estrada en un caso de filiación extramatrimonial, ya que ha tomado conocimiento que el demandado pretende viajar al extranjero para eludir su obligación de reconocimiento y pago de pensión alimentaria para su menor hijo.
Este documento resume una resolución judicial que declara fundada una excepción de oscuridad y ambigüedad en el modo de proponer una demanda. La demanda original contenía tres peticiones distintas sin especificar el tipo de acumulación, y no fundamentaba adecuadamente las causales de nulidad solicitadas. Por lo tanto, la resolución concede a la parte demandante un plazo de tres días para subsanar los defectos en la demanda antes de que sea declarada nula.
La demandante presenta una demanda de alimentos contra el demandado a favor de su hijo menor de edad. Solicita una pensión alimenticia del 60% de los ingresos del demandado, quien es docente, alegando que el niño tiene necesidades médicas que requieren gastos considerables. Adjunta documentos que acreditan la filiación del menor, sus necesidades de salud y los ingresos del demandado. Pide que se admita la demanda y declare fundada la solicitud de pensión alimenticia.
Este documento presenta una demanda de prorrateo de alimentos a favor de los cinco hijos menores del demandante. Actualmente se le descuenta el 80% de sus haberes mensuales para el pago de pensiones alimenticias, cuando el máximo legal es 60%. Se solicita distribuir la pensión de alimentos de forma que cada hijo reciba entre un 9% y un 15% de los ingresos del demandante, totalizando 60%, y adjunta documentos probatorios como resoluciones judiciales y actas.
Paulina Quispe Chahuailacc solicita al juez variar su domicilio procesal al Centro Cívico "Casa de la Justicia" en Satipo para recibir notificaciones en el proceso contra Elisabeht Rodríguez Quispe sobre aumento de alimentos. Además, delega al letrado que autoriza el escrito las facultades generales de representación en el caso.
Este documento presenta una solicitud de ejecución de garantía hipotecaria. Busca que los demandados paguen la suma de S/ 321,237.98 nuevos soles adeudados, bajo apercibimiento de rematar el bien inmueble dado en garantía. Se fundamenta en que los demandados otorgaron una hipoteca sobre un inmueble a favor del demandante como garantía de pago de una deuda, la cual no ha sido cancelada a la fecha. Por ello, se pide ejecutar la garantía hipotecaria para hacer efectivo el pago de la de
El recurrente solicita una medida cautelar de tenencia provisional de su hijo menor de 7 años, argumentando que la integridad física y psicológica del niño se encuentra en peligro mientras está al cuidado de su madre. El recurrente alega que el niño ha sufrido maltratos por parte de su madre y su nueva pareja, e incluso abuso sexual por parte de este último. Solicita la tenencia provisional hasta que concluya el proceso principal de tenencia y custodia que se encuentra en curso, debido a que el proceso podría demor
MODELO DE QUEJA CONTRA DISPOSICIÓN FISCAL DE ARCHIVO. Cuando se presenta una denuncia al fiscal penal, éste podría disponer el archivo de la denuncia, supuesto en el cual se puede presentar una queja (autor José María Pacori Cari).
Este documento presenta un modelo de demanda de ejecución de una obligación de hacer contenida en una transacción extrajudicial. El modelo incluye secciones para identificar al juez competente, las partes involucradas, el título ejecutivo que fundamenta la demanda (una transacción que estipula la construcción de un muro medianero), el petitorio principal y accesorio, una estimación del valor de la obligación, la persona que cumpliría la obligación en caso de negativa del demandado, los fundamentos de hecho y derecho, los medios de prueba
Walter Sotero Mesta presenta una demanda de reducción de pensión alimenticia contra su hija Stefany Madeleine Sotero Castro. Sotero argumenta que su situación económica se ha vuelto precaria debido a que ya no tiene un trabajo estable y depende de un negocio ambulante con ventas decrecientes. Solicita que se reduzca la pensión alimenticia de S/700 soles mensuales que actualmente paga, debido a que ya no puede cumplir con ese monto y apenas puede subsistir. Sotero adjunta varios document
Queja fiscal superior archivo denuncia usurpacEfrain Cardenas
La queja presentada por Carmen Pilar Velazco Huaman argumenta que el Fiscal Provincial de Canta actuó de manera parcializada al archivar la denuncia penal presentada por la Comunidad Campesina de Pariamarca contra Natividad Meza Bazan y María Edith Aguirre Navarro por usurpación, y al mismo tiempo formular denuncia penal contra miembros de la comunidad, incluyendo a la quejosa. La quejosa alega que existen pruebas como inspecciones oculares que demuestran la propiedad y posesión de la comunidad sobre los
El solicitante solicita una medida cautelar innovativa a favor de su reposición en el puesto de trabajo que tenía en la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto. Argumenta que fue despedido arbitrariamente a pesar de haber superado el periodo de prueba y cuenta con una sentencia favorable de primera instancia. Sostiene que sin su trabajo se encuentra en peligro de no poder subsistir él ni su familia y que el daño sería irreparable de no concederse la medida cautelar antes del fallo definitivo. Pide que se declare fundada su solicitud con
Abdon Apaza Quenaya ofrece una contracautela en la modalidad de caución juratoria por un monto de cincuenta mil nuevos soles en un proceso sobre restitución de servidumbre, comprometiéndose a resarcir los daños y perjuicios que pueda causar la medida cautelar. Declara que el derecho está acreditado y firma la caución en Juliaca el 16 de octubre de 2014.
El abogado defensor solicita al juez que adecue el tipo penal impuesto a su defendida de 297 inc. 6 a 296 1er párrafo, argumentando que no se cumplen los presupuestos del artículo 297 inc. 6 ya que solo fueron dos personas las que cometieron el delito y no se ha probado que actuara como integrante de una organización criminal o que se dedicara a la comercialización de insumos para drogas.
El solicitante pide celeridad procesal en un caso de tenencia ya que han pasado más de un mes desde la última audiencia sin que se haya notificado a la demandada ni emitido sentencia. Solicita que el juzgado cumpla con los plazos legales para resolver el caso de manera pronta a favor de quien reúne mejores condiciones para la tenencia.
El demandante solicita el divorcio por causal de imposibilidad de hacer vida en común de su cónyuge, María Esther Astohuaman Navarro. Solicita además la fijación de una pensión de alimentos a favor de sus dos hijas menores de edad, el ejercicio de la patria potestad y la tenencia exclusiva de las hijas a favor de la demandada. Acompaña documentos como prueba como el acta de matrimonio, actas de nacimiento de las hijas y una denuncia policial sobre el retiro del hogar.
La Asociación de Comerciantes del Mercado Baratillo del Rímac presentó un recurso de apelación contra una resolución que declaró improcedente la comunicación de trabajos de refacción en el mercado. El recurso argumenta que la normativa sobre patrimonio cultural fue modificada para simplificar trámites y que los trabajos comunicados no requerían autorización previa del Ministerio de Cultura. Solicitan que se aplique el silencio administrativo positivo y se autoricen los trabajos de refacción.
La demandada presenta su contestación a la demanda de indemnización por daños y perjuicios. Niega los hechos presentados por el demandante y alega que no hubo responsabilidad de la empresa. Impugna también los rubros y montos reclamados, negando que existió daño emergente, lucro cesante, daño moral o daño a la persona. Adjunta documentos como prueba y solicita que se rechace la demanda.
Cesacion de prision preventiva julver cardozoSomosPerú Tacna
Este documento es una solicitud presentada por el abogado Nestor Armando Pari Gonzales ante el Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna para cesar la prisión preventiva de su patrocinado Julver Juan Cardoza Mamani, quien está siendo investigado por el presunto delito de homicidio simple. El abogado argumenta que no existen pruebas suficientes contra su patrocinado y presenta nuevos testimonios que apuntan a otra persona como el autor del disparo fatal.
El demandante solicita el desalojo de un inmueble arrendado a la demandada por falta de pago de la renta. El demandante es propietario del inmueble ubicado en la calle Ciro Alegría No 243 en Bellavista, El Callao. El demandante arrendó dicho inmueble a los demandados mediante contrato de arrendamiento de noviembre de 2006. Los demandados han dejado de pagar la renta correspondiente a enero, febrero y marzo de 2007, incurriendo en causal de resolución del contrato. El demandante
Principio de afirmacion de la libertad_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Este documento resume dos principios procesales penales analizados en una jurisprudencia: el principio de juicio previo y debido proceso, y el principio de presunción de inocencia. Explica que según la jurisprudencia, existen dilaciones debidas e indebidas en un proceso, y que en este caso la dilación no fue culpa del tribunal. También establece que nadie puede ser condenado sin un juicio justo y que toda persona se presume inocente hasta que se demuestre lo contrario. Finalmente, resume las distintas fases del proceso penal venez
La demandante Ruth Graciela Criollo Chavarry solicita al juez del Primer Juzgado de Paz del Rímac un impedimento de salida del país para el demandado Toni Yoel Alvarado Estrada en un caso de filiación extramatrimonial, ya que ha tomado conocimiento que el demandado pretende viajar al extranjero para eludir su obligación de reconocimiento y pago de pensión alimentaria para su menor hijo.
Este documento resume una resolución judicial que declara fundada una excepción de oscuridad y ambigüedad en el modo de proponer una demanda. La demanda original contenía tres peticiones distintas sin especificar el tipo de acumulación, y no fundamentaba adecuadamente las causales de nulidad solicitadas. Por lo tanto, la resolución concede a la parte demandante un plazo de tres días para subsanar los defectos en la demanda antes de que sea declarada nula.
La demandante presenta una demanda de alimentos contra el demandado a favor de su hijo menor de edad. Solicita una pensión alimenticia del 60% de los ingresos del demandado, quien es docente, alegando que el niño tiene necesidades médicas que requieren gastos considerables. Adjunta documentos que acreditan la filiación del menor, sus necesidades de salud y los ingresos del demandado. Pide que se admita la demanda y declare fundada la solicitud de pensión alimenticia.
Este documento presenta una demanda de prorrateo de alimentos a favor de los cinco hijos menores del demandante. Actualmente se le descuenta el 80% de sus haberes mensuales para el pago de pensiones alimenticias, cuando el máximo legal es 60%. Se solicita distribuir la pensión de alimentos de forma que cada hijo reciba entre un 9% y un 15% de los ingresos del demandante, totalizando 60%, y adjunta documentos probatorios como resoluciones judiciales y actas.
Paulina Quispe Chahuailacc solicita al juez variar su domicilio procesal al Centro Cívico "Casa de la Justicia" en Satipo para recibir notificaciones en el proceso contra Elisabeht Rodríguez Quispe sobre aumento de alimentos. Además, delega al letrado que autoriza el escrito las facultades generales de representación en el caso.
Este documento presenta una solicitud de ejecución de garantía hipotecaria. Busca que los demandados paguen la suma de S/ 321,237.98 nuevos soles adeudados, bajo apercibimiento de rematar el bien inmueble dado en garantía. Se fundamenta en que los demandados otorgaron una hipoteca sobre un inmueble a favor del demandante como garantía de pago de una deuda, la cual no ha sido cancelada a la fecha. Por ello, se pide ejecutar la garantía hipotecaria para hacer efectivo el pago de la de
El recurrente solicita una medida cautelar de tenencia provisional de su hijo menor de 7 años, argumentando que la integridad física y psicológica del niño se encuentra en peligro mientras está al cuidado de su madre. El recurrente alega que el niño ha sufrido maltratos por parte de su madre y su nueva pareja, e incluso abuso sexual por parte de este último. Solicita la tenencia provisional hasta que concluya el proceso principal de tenencia y custodia que se encuentra en curso, debido a que el proceso podría demor
MODELO DE QUEJA CONTRA DISPOSICIÓN FISCAL DE ARCHIVO. Cuando se presenta una denuncia al fiscal penal, éste podría disponer el archivo de la denuncia, supuesto en el cual se puede presentar una queja (autor José María Pacori Cari).
Este documento presenta un modelo de demanda de ejecución de una obligación de hacer contenida en una transacción extrajudicial. El modelo incluye secciones para identificar al juez competente, las partes involucradas, el título ejecutivo que fundamenta la demanda (una transacción que estipula la construcción de un muro medianero), el petitorio principal y accesorio, una estimación del valor de la obligación, la persona que cumpliría la obligación en caso de negativa del demandado, los fundamentos de hecho y derecho, los medios de prueba
Walter Sotero Mesta presenta una demanda de reducción de pensión alimenticia contra su hija Stefany Madeleine Sotero Castro. Sotero argumenta que su situación económica se ha vuelto precaria debido a que ya no tiene un trabajo estable y depende de un negocio ambulante con ventas decrecientes. Solicita que se reduzca la pensión alimenticia de S/700 soles mensuales que actualmente paga, debido a que ya no puede cumplir con ese monto y apenas puede subsistir. Sotero adjunta varios document
Queja fiscal superior archivo denuncia usurpacEfrain Cardenas
La queja presentada por Carmen Pilar Velazco Huaman argumenta que el Fiscal Provincial de Canta actuó de manera parcializada al archivar la denuncia penal presentada por la Comunidad Campesina de Pariamarca contra Natividad Meza Bazan y María Edith Aguirre Navarro por usurpación, y al mismo tiempo formular denuncia penal contra miembros de la comunidad, incluyendo a la quejosa. La quejosa alega que existen pruebas como inspecciones oculares que demuestran la propiedad y posesión de la comunidad sobre los
El solicitante solicita una medida cautelar innovativa a favor de su reposición en el puesto de trabajo que tenía en la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto. Argumenta que fue despedido arbitrariamente a pesar de haber superado el periodo de prueba y cuenta con una sentencia favorable de primera instancia. Sostiene que sin su trabajo se encuentra en peligro de no poder subsistir él ni su familia y que el daño sería irreparable de no concederse la medida cautelar antes del fallo definitivo. Pide que se declare fundada su solicitud con
Abdon Apaza Quenaya ofrece una contracautela en la modalidad de caución juratoria por un monto de cincuenta mil nuevos soles en un proceso sobre restitución de servidumbre, comprometiéndose a resarcir los daños y perjuicios que pueda causar la medida cautelar. Declara que el derecho está acreditado y firma la caución en Juliaca el 16 de octubre de 2014.
El abogado defensor solicita al juez que adecue el tipo penal impuesto a su defendida de 297 inc. 6 a 296 1er párrafo, argumentando que no se cumplen los presupuestos del artículo 297 inc. 6 ya que solo fueron dos personas las que cometieron el delito y no se ha probado que actuara como integrante de una organización criminal o que se dedicara a la comercialización de insumos para drogas.
El solicitante pide celeridad procesal en un caso de tenencia ya que han pasado más de un mes desde la última audiencia sin que se haya notificado a la demandada ni emitido sentencia. Solicita que el juzgado cumpla con los plazos legales para resolver el caso de manera pronta a favor de quien reúne mejores condiciones para la tenencia.
El demandante solicita el divorcio por causal de imposibilidad de hacer vida en común de su cónyuge, María Esther Astohuaman Navarro. Solicita además la fijación de una pensión de alimentos a favor de sus dos hijas menores de edad, el ejercicio de la patria potestad y la tenencia exclusiva de las hijas a favor de la demandada. Acompaña documentos como prueba como el acta de matrimonio, actas de nacimiento de las hijas y una denuncia policial sobre el retiro del hogar.
La Asociación de Comerciantes del Mercado Baratillo del Rímac presentó un recurso de apelación contra una resolución que declaró improcedente la comunicación de trabajos de refacción en el mercado. El recurso argumenta que la normativa sobre patrimonio cultural fue modificada para simplificar trámites y que los trabajos comunicados no requerían autorización previa del Ministerio de Cultura. Solicitan que se aplique el silencio administrativo positivo y se autoricen los trabajos de refacción.
La demandada presenta su contestación a la demanda de indemnización por daños y perjuicios. Niega los hechos presentados por el demandante y alega que no hubo responsabilidad de la empresa. Impugna también los rubros y montos reclamados, negando que existió daño emergente, lucro cesante, daño moral o daño a la persona. Adjunta documentos como prueba y solicita que se rechace la demanda.
Cesacion de prision preventiva julver cardozoSomosPerú Tacna
Este documento es una solicitud presentada por el abogado Nestor Armando Pari Gonzales ante el Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna para cesar la prisión preventiva de su patrocinado Julver Juan Cardoza Mamani, quien está siendo investigado por el presunto delito de homicidio simple. El abogado argumenta que no existen pruebas suficientes contra su patrocinado y presenta nuevos testimonios que apuntan a otra persona como el autor del disparo fatal.
El demandante solicita el desalojo de un inmueble arrendado a la demandada por falta de pago de la renta. El demandante es propietario del inmueble ubicado en la calle Ciro Alegría No 243 en Bellavista, El Callao. El demandante arrendó dicho inmueble a los demandados mediante contrato de arrendamiento de noviembre de 2006. Los demandados han dejado de pagar la renta correspondiente a enero, febrero y marzo de 2007, incurriendo en causal de resolución del contrato. El demandante
Principio de afirmacion de la libertad_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Este documento resume dos principios procesales penales analizados en una jurisprudencia: el principio de juicio previo y debido proceso, y el principio de presunción de inocencia. Explica que según la jurisprudencia, existen dilaciones debidas e indebidas en un proceso, y que en este caso la dilación no fue culpa del tribunal. También establece que nadie puede ser condenado sin un juicio justo y que toda persona se presume inocente hasta que se demuestre lo contrario. Finalmente, resume las distintas fases del proceso penal venez
TEMA 2 GARANTÍAS DEBIDO PROCESO Y TUTELA J (1).pptLUCYDAVILAHUAMAN
El documento habla sobre el debido proceso y la tutela jurisdiccional. Define el debido proceso como las garantías mínimas que debe tener todo proceso judicial, como el derecho a un juez imparcial, a la defensa, a presentar pruebas, y a recurrir decisiones. También explica requisitos como la duración razonable del proceso y la prohibición de doble juzgamiento. Por otro lado, define la tutela jurisdiccional como el derecho a acceder a la justicia y obtener una resolución fundamentada, con garantías como el debido proceso.
El documento presenta una demanda de habeas corpus a favor de Cesar Augusto Espinoza Jara, quien se encuentra en prisión preventiva por 9 meses por el presunto delito de extorsión agravada. La demanda alega que se han violado los derechos constitucionales de Espinoza Jara a la presunción de inocencia, al debido proceso y a la defensa, ya que no se ha tomado en cuenta su presencia ni la de su abogado en las audiencias de ampliación de prisión preventiva. También argumenta que no existe evidencia sólida que
Este documento presenta un hábeas corpus reparador a favor de Cesar Arturo Carbajal Bautista, quien se encuentra recluido en la cárcel de El Milagro a pesar de haber cumplido su condena de 10 años de prisión más 12 meses adicionales por redención de pena. Se solicita su inmediata libertad debido a que el INPE no ha tramitado su solicitud de remisión de pena a pesar de haber cumplido su condena, lo que constituye una violación a su derecho a la libertad. Se presentan
Ha yom Jamishi 3 del mes de Kislev del año 5784.- Estamos en la Parashat Toldot sobre la historia de Isaac y Jacob, se esta haciendo mas cruda la guerra en medio oriente, que inicio el 7 de octubre con la incursión de Hamas desde la franja de Gaza y bueno muchas víctimas y varios países de uno u otro bando, en un contexto de odio al pueblo de Israel, mientras cada día en cada hoja de los relatos finales de Jueces se mira el mismo conflicto con diferentes personajes. Hoy es el jueves 16 de noviembre de 2023 y estamos ya en los terrenos del capítulo 8 del libro de Samuel
Ha yom Shishi 18 del mes de Nisán del año 5784.- Ha pasado del rio debajo de mis pies y las olas del mar han atravesado mi alma, desde estos días que no tenia la fuerza para escribir, de que todo se oponía a que escriba en este pergamino, las secuencias de los inicios, del inicio en Tuquerres, del aljibe de 1990 y el nacimiento de mi primo Santiago ese año, el mundial Italia 1990, en este tiempo callo la casita de los Gigios, bastante tiempo en pie y precisamente en esos días en que esas memorias se convirtieran en recuerdos, partió mi primo Jorge Vicente Córdoba Patiño
El abogado defensor presenta un recurso de reposición contra una resolución judicial que envió nuevamente el requerimiento de acusación y los elementos de convicción sin reprogramar la audiencia de control de acusación. El abogado argumenta que el juez no cumplió con correr traslado a las partes por 10 días hábiles para que presenten observaciones, como establece el código procesal penal. Solicita que se declare fundado el recurso de reposición, se reprogramen la audiencia y se corra traslado a las partes por el pl
Los abogados defensores de José María Campagnoli solicitan que se deje sin efecto la suspensión de su defendido en el cargo de Fiscal. Argumentan que ya fue juzgado por los hechos que dieron lugar a su suspensión y que, según la doctrina de la Corte Suprema, no es posible someterlo a un nuevo juicio. Sostienen que mantener la suspensión no está justificado y piden que sea restituido inmediatamente en sus funciones.
Los abogados defensores de José María Campagnoli solicitan que se deje sin efecto la suspensión de su cargo como Fiscal. Argumentan que el juicio político ya se llevó a cabo, con la presentación de pruebas por ambas partes, por lo que no corresponde someterlo a un nuevo juicio. Sostienen que mantenerlo suspendido viola su derecho a no ser juzgado dos veces por el mismo delito. Piden que se le restituya inmediatamente en sus funciones, ya que la medida de suspensión cautelar carece de sentido una vez
Dora Carhuas Rios presenta una demanda de hábeas corpus contra el juez José Suarez Monroe para levantar una orden de captura en su contra. Alega que la orden de captura vulnera sus derechos a la libertad personal, el debido proceso, la motivación de resoluciones judiciales y la defensa. Explica que no pudo asistir a una notificación judicial porque se encontraba de viaje y solicitó que se realizara en su domicilio, pero el juez ordenó su captura de todos modos mediante una resolución inmotivada y sin
El documento explica el procedimiento por admisión de los hechos en Venezuela. Este procedimiento permite que un acusado admita su culpabilidad y reciba una sentencia reducida sin necesidad de un juicio. Para aplicar este procedimiento, el acusado debe admitir voluntaria, expresa y personalmente los hechos ante un juez. Una vez admitidos los hechos, el juez impone inmediatamente una pena reducida de entre un tercio y la mitad de la pena original. El documento también cubre el procedimiento especial para juicios contra el Presidente u otros
Este documento describe la Acción de Libertad en Bolivia y Perú. Explica que la Acción de Libertad protege la vida, seguridad jurídica, debido proceso y libertad de las personas. También establece que funcionarios y particulares deben cumplir las resoluciones judiciales emitidas en procesos de Habeas Corpus y Amparo Constitucional, y de lo contrario serán sancionados penalmente. Además, señala que la Acción de Libertad solo procede cuando no existan otros recursos legales para proteger de manera inmediata
Este documento presenta los antecedentes y fundamentos de un recurso de apelación. Brevemente, resume que el demandante fue condenado por difamación agravada y apeló la sentencia, pero su abogado no fue debidamente notificado para la audiencia de apelación. Como resultado, su recurso fue declarado inadmisible. Ahora, el demandante apela esa resolución alegando que se violaron sus derechos a la pluralidad de instancias y la defensa.
SCP 1307 2014-s3 Marco Antonio Cardozo Jemio - Derecho a control jurisdiccion...SMARTPROCESSTJ
Este documento presenta un resumen de una sentencia constitucional de Bolivia referente a una acción de libertad interpuesta por Armando Mamani Arauz, Alcalde de Pailón, contra un juez por no remitir su expediente al juzgado de turno durante las vacaciones judiciales. La sentencia determina que el juez demandado vulneró los derechos del alcalde al no asegurar la continuidad de su caso, impidiendo que pueda ejercer su defensa y acceso a la justicia de manera oportuna. Se concede la tutela solicitada y se
Este documento presenta un resumen de una sentencia del Tribunal Constitucional de Perú en un caso de hábeas corpus. El demandante solicitó que se declare la nulidad de una sentencia penal que absolvió a una acusada, alegando que esto violó sus derechos al debido proceso y tutela jurisdiccional efectiva. El Tribunal Constitucional declaró improcedente la demanda, encontrando que la pretensión del demandante no estaba directamente relacionada con el contenido constitucionalmente protegido de los derechos invocados, como la libertad personal.
Este documento es el auto de un juez en el que se analiza la solicitud de prisión provisional sin fianza para Luis Bárcenas, imputado en un caso de corrupción. El juez resume el marco legal sobre prisión provisional y los requisitos que debe cumplir para ser legítima. Luego detalla las posiciones de las partes en el caso, con la fiscalía y acusaciones a favor de la prisión sin fianza y la defensa en contra. Finalmente, el juez deberá decidir sobre la solicitud considerando la legalidad y circunstancias del caso
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para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.
Introducción a la clasificación de bienes en el Código Civil ecuatoriano
Modelo habeas corpus por exceso prisión preventiva
1. MODELO HABEAS CORPUS POR EXCESO PRISIÓN PREVENTIVA
EXPEDIENTE N°
SECRETARIO Dr.
SUMILLA: HABEAS CORPUS POR EXCESO DE PRISIÓN PREVENTIVA
AL JUZGADO PENAL DE TURNO DE PISCO.
PEDRO JULIO ROCCA LEÓN, abogado de don CARLOS RAMOS FORES, identificado
con D.N.I. Nº 22272508 y domicilio en calle Fermín Tangüis Nº 106, Pisco, Correo
Electrónico pjroccaleon@hotmail.com con todo respeto dice:
Que, al amparo del artículo 200º numeral 1) de la Constitución Política del Estado y
artículo 25º, in fine, de la ley Nº 28237, presento recurso de HABEAS CORPUS, a favor
de mi defendido CARLOS VICENTE RAMOS FLORES, que dirijo contra el juez del
Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Pisco, JORGE BOCANEGRA
ARIAS, con domicilio en Prolongación La concordia, sin número, urbanización FONAVI,
Pisco Pueblo, por la VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD PERSONAL del reo en cárcel
CARLOS VICENTE RAMOS FLORES, cometido en el expediente Penal Nº 2012-119-
PJIPP POR EXCESO DE PRISIÓN PREVENTIVA CON EXPRESA VIOLACIÓN DEL
ARTÍCULO 279º DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL, manteniendo en la
moledora de carne (Kafka, El Proceso) al imputado CARLOS VICENTE RAMOS
FLORES, SIN QUE SE EXPIDA SENTENCIA, en un proceso calumnioso por LESIONES
GRAVES, con certificado médico que no concede más de 30 días de tratamiento médico
legal.
1.- FUNDAMENTOS DE HECHO DEL HABEAS CORPUS.
1.1 CARLOS VICENTE RAMOS FLORES, fue imputado por delito de homicidio en grado
de tentativa, y el fiscal JOSÉ MARÍA CHACALTANA ÑÁÑEZ, la varió por delito más
grave, FEMINICIDIO, en grado de TENTATIVA, aplicando la ley más grave, para poder
privar de su libertad al imputado, disponiéndose la prisión preventiva por el máximo de 9
meses.
1.2 En la AUDIENCIA DE CONTINUACIÓN DE CONTROL DE ACUSACIÓN, que se
realizó el día 07 de diciembre de 2012, el Juez expidió la Resolución Nº 10, que resolvió;
“DECLARAR FUNDADA la excepción de improcedencia de la acción”, la misma que no
fue apelada por el representante del Ministerio Público y adquirió autoridad de cosa
juzgada, por lo cual se debió declarar el sobreseimiento, pero la corrupción que impera
en algunos juzgados, no lo hizo así y se mantuvo privado de su libertad a una persona,
sin que exista más, la denuncia por feminicidio en grado de tentativa, y no habiendo
presentado el señor fiscal la denuncia por el tipo que corresponde, según la Resolución
del señor Juez, entonces se mantuvo preso a un ser humano, sin denuncia penal alguna.
1.3 Con fecha 18 de diciembre de 2012, pedí al juez que declare el SOBRESEIMIENTO
por no haberse efectuado nueva denuncia que justifique la detención de CARLOS
VICENTE RAMOS FLORES, pero se sigue VIOLANDO EL DEBIDO PROCESO, para
mantener privando de su libertad al procesado.
1.4 Con fecha 7 de enero de 2013, interpuse HABEAS CORPUS a favor del reo en
cárcel, en contra del Juez Huamaní, asumiendo competencia el JORGE BOCANEGRA
ARIAS, quien lo reemplazó, pero hasta el día de hoy NO DA TRAMITE AL HABEAS
CORPUS, asumiendo la función de juez y parte.
1.5 Habiendo vencido el plazo máximo de prisión preventiva, que dispone el artículo 272º
del NCPP, y tratándose de un delito presunto de LESIONES GRAVES, y constando
además que el reo ha sufrido privación de su libertad por NUEVE MESES, por un
DELITO MÁS GRAVE, que ha sido descalificado mediante Resolución judicial que
declaró FUNDADA LA EXCEPCIÓN DE IMPROCEDENCIA DE ACCIÓN, el juez JORGE
2. BOCANEGRAARIAS, está festinando el proceso, y ha programado una AUDIENCIA
PÚBLICA DE REQUERIMIENTO DE PROLONGACIÓN DE PRISIÓN PREVENTIVA, que
se realizó el día 25 de enero de 2013, SIN PRESENCIA DEL IMPUTADO, NI DE SU
ABOGADO DEFENSOR, y mediante un sainete de audiencia, se ha dispuesto la
prolongación de la prisión preventiva por CINCO MESES MÁS, con el único sustento que
“lo que se quiere es asegurar la presencia física del investigado en la etapa intermedia y
de juzgamiento, para seguirle el proceso, aduciendo que subsisten los graves elementos
de convicción que vinculan al imputado con la comisión del delito que se le imputa y el
peligro procesal” ocultando dolosamente que YA NO HAY MÁS PRUEBAS QUE
ACTUAR, por parte de la denunciante, y sólo queda por actuar las pruebas de descargo,
que mi patrocinado es el más interesado en que se actúe para probar su inocencia, pero
el fiscal JOSE MARÍA CHACALTANA YAÑEZ, haciendo honor a su apellido, quiere
impedir a toda costa que recobre su libertad, para hacer más difícil la defensa y de esta
forma impedir que demuestre su inocencia, con algún fin innoble, y sin embargo, no se
aplica el artículo 273º del NCPP, que dispone: “AI vencimiento del plazo, sin haberse
dictado sentencia de primera instancia, el Juez de oficio o a solicitud de las partes
decretará la inmediata libertad del imputado, sin perjuicio de dictar concurrentemente las
medidas necesarias para asegurar su presencia en las diligencias judiciales, incluso las
restricciones a que se refieren los numerales 2) al 4) del artículo 288.” Y en el colmo de la
maldad, se me ha notificado, recién, el día de hoy a horas TRECE CON 02 MINUTOS, la
copia del acta realizada el día 25 de enero de 2013, con el avieso fin de tenerme por
notificado, pero con la mala voluntad de que no pueda interponer recurso impugnativo
alguno, por haber vencido el plazo de ley, para apelar. Toda una patraña que ya Kafka
había anticipado en su obra “EL PROCESO”, página 216: “El hombre no había esperado
tantas dificultades, había pensado que la Ley debía ser accesible a todo el mundo y en
todo tiempo” y con sarcasmo, ante este tipo de justicia, Kafka afirma: “un solo verdugo,
puede reemplazar a todo el Poder Judicial” (pág. 156)
2.- FUNDAMENTO DE DERECHO.
2.1 El HABEAS CORPUS procede cuando se produce la privación arbitraria o ilegal de la
libertad física como consecuencia de un mandato judicial. “En puridad, el hábeas corpus
reparador representa la modalidad clásica o inicial destinada a promover la reposición de
la libertad de una persona indebidamente detenida.”, según últimas sentencias del
Tribunal Constitucional. En este caso, se ha privado de la libertad personal de una
persona, POR MAS DE NUEVE MESES, para realizar una investigación por
FEMINICIDIO, en grado de tentativa, y habiéndose declarado FUNDADA la excepción de
mprocedencia de acción, el 7 de diciembre de 2012, que es un delito más grave, resulta
ABUSIVO, CAPRICHOSO, ARBITRARIO, prolongar la prisión preventiva por CINCO
MESES MÁS, por un delito de LESIONES GRAVES, utilizando certificados médicos
adulterados, y aún así, que no alcanzan los TREINTA DÍAS, de descanso, lo que revela
el abuso del derecho, con VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS.
2.2 Amparo mi pretensión en lo que dispone la Ley N° 28237, debiendo tomarse en
consideración que LA LIBERTAD de la persona humana es la esencia misma del ser
humano, y que por ello, debe gozar de amplia protección, en consonancia con la
Convención Americana Sobre Derechos Humanos, Pacto De Derechos Civiles Y
Políticos, Declaración Americana De Los Derechos Y Deberes Del Hombre y demás
cuerpos legislativos que han sido recogidos por nuestro sistema jurídico Constitucional
vigente, que garantiza que ningún ciudadano puede ser víctima de privación de su
libertad y menos PREVARICANDO contra el texto expreso y claro del artículo 273º del D.
Leg 957.
2.3 Según el Tribunal Constitucional (Exp N° 1091-2002-HC) la libertad individual “En
cuanto derecho subjetivo garantiza que no se afecte indebidamente la libertad física de
las personas, esto es, su libertad locomotora, ya sea mediante detenciones,
3. internamientos o condenas arbitrarias. Los alcances de la garantía dispensada a esta
libertad comprende cualquier supuesto de privación de la libertad locomotora,
independientemente de su origen, la autoridad o persona que la haya efectuado”
2.4 Invoco el artículo 25 de la Ley Nº 28237, que dispone: “Procede el hábeas corpus
ante la acción u omisión que amenace o vulnere los siguientes derechos que,
enunciativamente, conforman la libertad individual: 17) El derecho del detenido o recluso
a no ser objeto de un tratamiento carente de razonabilidad y proporcionalidad, respecto
de la forma y condiciones en que cumple el mandato de detención …También procede el
hábeas corpus en defensa de los derechos constitucionales conexos con la libertad
individual, especialmente cuando se trata del debido proceso.
2.5 Invoco el artículo 273º del NCPP, violado por el juez, que dispone: “AI vencimiento del
plazo, sin haberse dictado sentencia de primera instancia, el Juez de oficio o a solicitud
de las partes decretará la inmediata libertad del imputado, sin perjuicio de dictar
concurrentemente las medidas necesarias para asegurar su presencia en las diligencias
judiciales, incluso las restricciones a que se refieren los numerales 2) al 4) del artículo
288” Con lo que demuestro que todo es un capricho, un arbitrio, menos justicia.
2.6 Se ha violado el artículo 274º del NCPP, que dispone: “1. Cuando concurran
circunstancias que importen una especial dificultad o prolongación de la investigación, y
que el imputado pudiera sustraerse a la acción de la justicia, la prisión preventiva podrá
prolongarse por un plazo no mayor al fijado en el numeral 2 del artículo 272. El Fiscal
debe solicitarla al Juez antes de su vencimiento.” Y en el caso de autos no existe especial
dificultad o causa que requiera una prolongación de la investigación, pues ya el caso ha
pasado para JUICIO ORAL. Y NO TIENE SENTENCIA.
2.7 Se ha prevaricado contra el numeral 2) del artículo 274º del NCPP, que dispone: “El
Juez de la Investigación Preparatoria se pronunciará previa realización de una audiencia,
dentro del tercer día de presentado el requerimiento. Ésta se llevará a cabo con la
asistencia del Ministerio Público, del imputado y su defensor.” Pero el juez ha prescindido
de ese requisito legal, para imponer su arbitrio, sólo porque es juez. Con razón el Dios de
la justicia, afirma: “La ley está sin fuerza y ya no salen decretos justos. Como los
malvados mandan a los buenos, no se ve más que derecho torcido” (Habacuq 1:4)
MEDIOS PROBATORIOS QUE OFREZCO: El mérito de los siguientes:
1.- Fotostática de la AUDIENCIA PÚBLICA DE REQUERIMIENTO DE PROLONGACIÓN
DE PRISIÓN PREVENTIVA, derivada del expediente penal Nº 2012-119, que se me ha
notificado a la 1.02 minutos de la tarde, del día de hoy 31 de Enero de 2013, que se
realizó el día 25 de enero de 2013, para probar que:
1.1 Se realizó SIN PRESENCIA DEL IMPUTADO, NI DE SU ABOGADO DEFENSOR, y
mediante un sainete de audiencia.
1.2 Que, sin ser un proceso complejo, se ha dispuesto la prolongación de la prisión
preventiva por CINCO MESES MÁS.
1.3 Que, la prisión preventiva, se inició el 20 de abril de 2012, cuando el procesado fue
detenido por la PNP en la oficina del Fiscal José María Chacaltana Yánez y que a la
fecha han trascurrido MAS DE 9 MESES, privado de su libertad, sin SENTENCIA y que el
proceso de LESIONES GRAVES que se imputa NO ES COMPLEJO.
2.- Que, se ha aplicado indebidamente el artículo 272 numeral 2 del NCPP.
POR LO EXPUESTO:
Al juez penal pido admitir la presente.
ANEXO:
1.- Fotocopia de mi D.N.I.
2.- Fotostática de la AUDIENCIA PÚBLICA DE REQUERIMIENTO DE PROLONGACIÓN
DE PRISIÓN PREVENTIVA, derivada del expediente penal Nº 2012-119.
Pisco, 31 de enero de 2013