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MODIFICACIONES DE
     REIVINDICACIONES



                               ¿Cuándo se puede
                               presentar modificación de
                               reivindicaciones?




Amaya Ezcurra
Jefe de Servicio de Técnicas Industriales
amaya.ezcurra@oepm.es                                      25 de febrero de 2013
ÍNDICE
1. Modificaciones de las reivindicaciones durante el
procedimiento de concesión español
2. Modificación de reivindicaciones en recurso
3. Modificaciones de las reivindicaciones llevadas a cabo
tras la concesión de la patente
  B. Modificaciones llevadas a cabo en un procedimiento de
  nulidad de la patente
  C. Modificaciones llevadas a cabo mediante renuncia
4. Modificaciones de las reivindicaciones durante el
procedimiento de solicitud internacional PCT
5. Modificaciones de reivindicaciones en el Convenio de
Patente Europea.
Las reivindicaciones determinan el ámbito de
protección y deben interpretarse a la luz de la
descripción.
                           Art. 60 Ley 11/1986
Las reivindicaciones definen el objeto para el que se solicita protección. Deben
ser claras y concisas y han de fundarse en la descripción.

                                                            Art. 26 Ley 11/1986

La reivindicación o reivindicaciones deberán definir el objeto cuya protección
se solicita.
Las reivindicaciones deberán ser claras y concisas y fundarse enteramente en
la descripción.
                                                                      Art. 6 PCT
                                                                        3
Modificación de
reivindicaciones en el
procedimiento español




                         4
En la legislación española a la hora de modificar
 reivindicaciones nos encontramos con dos límites:

 LÍMITE TEMPORAL
 Art.41 LP. Salvo en los casos en que se trate de
 subsanar errores manifiestos, el solicitante sólo
 podrá modificar las reivindicaciones en aquellos
 trámites del procedimiento de concesión en que así
 se permita expresamente por la Ley de Patentes

 LÍMITE MATERIAL
 Art. 41.3. LP. La modificación de las reivindicaciones
 no podrá suponer una ampliación del contenido de
 la solicitud.
                                                     5
LÍMITE MATERIAL Habrá que tener en cuenta los
     siguientes artículos:

Artículo. 41.3. LP. La modificación de las reivindicaciones no
podrá suponer una ampliación del contenido de la solicitud.
Artículo 26 LP. Las reivindicaciones definen el objeto por el que
se solicita la protección. Deben ser claras y concisas y han de
fundarse en la descripción.
Artículo 22.2. LP. Si durante el procedimiento de concesión se
modifica total o parcialmente el objeto de la solicitud de patente,
se considerará como fecha de presentación la de introducción
de la modificación con respecto a la parte afectada por ésta.
Artículo 34.3. LP. (El informe sobre el estado de la técnica) se
elaborará sobre la base de las reivindicaciones de la solicitud
teniendo en cuenta la descripción y, en su caso, los dibujos que
hubieren sido presentados.                                     6
PROCEDIMIENTOS DE CONCESIÓN
                      EN ESPAÑA:
                      GENERAL Y CON EXAMEN PREVIO
  GENERAL                              CON EXAMEN
1. Admisión a trámite
                                         PREVIO
2. Examen formal y técnico
3. Continuación de
    Procedimiento
4. Solicitud IET
5. Elaboración IET
6. Publicación solicitud y IET      7. Petición examen previo
                                    8. Oposiciones
                                    9. Traslado al solicitante del
                                        resultado del examen previo,
                                        de las posibles nuevas
7. Publicación reanudación por el       reivindicaciones y en su caso,
    P. G. de concesión                  de las oposiciones
8. Traslado de observaciones de     10. Contestación del solicitante al
    terceros                            examen/oposiciones
9. Examen modificaciones y          11. Resolución motivada de la
    concesión de la patente             OEPM y traslado al solicitante
                                    12. Denegación/concesión        7
Dentro de los requisitos necesarios para obtener fecha de
presentación están:
(Art.22.1 LP + art. 14.1 RD +directrices)

   a) Una declaración por la que se solicite una patente que contenga, al
   menos, la enunciación del título de la invención,

   b) Los datos de identificación del solicitante o su representante

   c) Una descripción, aunque no cumplan con los requisitos formales
   establecidos en la Ley.

   d) Una o varias reivindicaciones (a diferencia del PLT)

 El justificante de pago de la tasa correspondiente.
 Idioma: CASTELLANO (Art. 21.4 LP)



                                                                        8
PRESENTACION       ADMINSION A           EXAMEN FORMAL
                                  SOLICITUD          TRAMITE               Y TECNICO




LÍMITE TEMPORAL
Contestación al suspenso                             DENEGACION           CONTINUACION AL
                                                                           PROCEDIMIENTO
tras el examen formal y técnico                                            Y PETICION IET




Contestación al IET y
observaciones de terceros
                                                                           INFORME DEL           RETIRADA
                                                                           ESTADO DE LA

Petición de procedimiento                                                 TECNICA Y
                                                                           OPINION ESCRITA

con examen previo

Contestación a las
objeciones del examen previo:                            SOLICITUD
                                                         PROCEDIMIENTO
                                                                                        SOLICITUD
                                                                                        PROCEDIMIENTO
                                                         GENERAL DE                     EXAMEN PREVIO
       -descripción y                                    CONCESION
                                     OBSERVACIONES
       reivindicaciones.             DE TERCEROS
                                                                                                                OPOSICIONES


       -no deben referirse a
       elementos que no                                  TRASLADO                       EXAMEN PREVIO
                                                         OBSERVACIONES
       hayan sido objeto de                              DE TERCEROS

       búsqueda
       -dos momentos:
       contestación a la                                 CONCESION DE LA                CONCESION DE LA         DENEGACION
       notificación del examen                           PATENTE                        PATENTE


       y de las oposiciones y
       al contestar a la                                                                                    9
       resolución motivada.                      PROCEDIMIENTO EN LA OEPM
EXAMEN FORMAL Y TÉCNICO
                                                           (Art. 31 LP)

                          En caso de defectos: SUSPENSO (Art. 31.3 LP)
                                 modificar reivindicaciones                            2 meses (Art.18 RD)
                                 dividir la solicitud
EXAMEN FORMAL Y TÉCNICO




                              Si no contesta: denegación (Art. 31.4 LP + art. 23RD)
                              (art. 24RD) 1. motivación y notificación al solicitante
                                           2. publicación en el BOPI

                              (Directrices de examen)
                              Si contesta pero no subsana: el examinador deberá considerar la
                              conveniencia de otorgar un nuevo plazo de subsanación.

                              Contesta y subsana:

                                  CONTINUACIÓN AL PROCEDIMIENTO + comunicación necesidad
                                  de PETICIÓN DE IET (Art.31.5 LP)

                          No defectos

                                                                                                      10
(Art. 36.2 LP) Una vez finalizado
el plazo otorgado a terceros para
la presentación de
observaciones al IET, se dará
traslado de los escritos
presentados al solicitante para
que en el plazo
reglamentariamente establecido
al efecto formule las
observaciones que estime
pertinentes al IET, haga los
comentarios que crea oportunos
frente a las observaciones
presentadas por los terceros, y
modifique, si lo estima
conveniente, las
reivindicaciones.

                                    12
Directrices:
 Si se han producido modificaciones de
reivindicaciones y éstas no son
admitidas el examinador lo notificará al
solicitante mediante una comunicación
motivada otorgándole un plazo de diez
días a efectos de alegaciones. Finalizado
este plazo, se procederá a la resolución
definitiva (concesión).

  POSIBLES MOTIVOS:
  La modificación supone un
  aumento del contenido de la
  solicitud.
  La modificación supone una
  alteración del objeto de la solicitud.
  La modificación da lugar a una
  falta de unidad de invención.
   Otros:
        -el nuevo juego de
        reivindicaciones adolece de
        falta de claridad o falta de base
        en la descripción
        -la modificación no ha sido
        objeto de búsqueda
(Art. 3 RD 812/2000) Modificación
de las reivindicaciones.

1.Cuando el solicitante formule la
petición de examen, … mantendrá
              modificar las
la posibilidad de
reivindicaciones,
presentando, junto con el escrito de
petición de examen, un nuevo
juego      de      reivindicaciones
modificadas. Las reivindicaciones
modificadas no deberán referirse
a elementos que no hayan sido
objeto de búsqueda.

2.Junto con la publicación de la
petición de examen se hará una
mención, en su caso, a la
modificación de las reivindicaciones
y se pondrá a disposición del
público el juego de reivindicaciones
modificado.
EXAMEN DE FONDO; CONTESTACIÓN DEL
                                   SOLICITANTE; DENEGACIÓN/CONCESIÓN

                En caso de objeciones/oposiciones: traslado de resultado de examen
                previo y oposiciones (Art. 6 RD 810/2000)
                     formular alegaciones
                     subsanar defectos formales                        2 meses
                    modificar   reivindicaciones y descripción
                       subsana (Art. 39.8 LP)
EXAMEN PREVIO




                        Si contesta pero no subsana
                                Resolución motivada negativa           1 mes
                                (Art. 39.10 LP, (Art. 7 RD 810/2000) )
                                modificar reivindicaciones
                                            subsana                     CONCESIÓN
                                            no subsana

                         No contesta (Art. 39.8 LP)         DENEGACIÓN
                No objeciones ni oposiciones (Art. 39.7 LP)                     15
MODELOS DE UTILIDAD
(Art. 148 y 149 LP)
                             Procedimiento de concesión
                             CON OPOSICIONES Y SIN
                             IET

                              Suspenso
                              2 meses para contestar al suspenso:
                              modificación de
                              reivindicaciones
                              Oposiciones
                              2 meses desde la publicación de la
                              solicitud (alegando la falta de
                              cualquiera de los requisitos exigidos
                              para esa concesión, incluso la falta
                              de novedad o de actividad inventiva o
                              la insuficiencia de la descripción) +
                              2 meses para que el solicitante
                              pueda alegar/subsanar/modificar
                              reivindicaciones             16
RECURSO ADMINISTRATIVO CON CARÁCTER
                SUBSANATORIO

En caso de haberse denegado la solicitud de patente o
modelo de utilidad como resultado de no haber subsanado
deficiencias alegadas en el examen formal y técnico, el
solicitante podrá presentar recurso de alzada ante la OEPM.
El recurso podrá acompañarse de un nuevo juego de
reivindicaciones (y en su caso descripción modificada). En
caso de subsanar las objeciones motivadas por el área de
examen en la denegación de la solicitud podrá estimarse el
recurso, devolviendo el expediente al procedimiento para
continuar con su tramitación.

                                                        17
¿Se puede modificar
reivindicaciones tras la
      concesión?




                           18
Modificación de reivindicaciones llevadas a cabo en un
procedimiento de nulidad de la patente (art. 112 LP)




                                                    19
Modificación de reivindicaciones por renuncia del
solicitante (art. 118 LP)




                                                    20
Modificación de
reivindicaciones en el
procedimiento PCT




                         21
PROCEDIMIENTO PCT




            Modificación de
            reivindicaciones por el
            art. 19 PCT                                Modificación de
El solicitante               Modificación de           reivindicaciones para
presenta un                  reivindicaciones por el   entrar en fases
juego de                     art. 34 PCT               nacionales o regionales
reivindicaciones                                       art. 28 y 41 PCT
     * En   algunos países entrada en fase nacional a los 31 meses          22
23
LÍMITE MATERIAL

 No ampliar el objeto de protección de la
solicitud
Y además:
   Que se cumple el requisito de unidad de
   invención
   Claridad de las reivindicaciones
   modificadas
   Congruencia entre la descripción y las
   reivindicaciones
   Reivindicaciones modificadas con base en
   la descripción
                                               24
25
Modificación de
reivindicaciones en el
Convenio de Patente
Europea




                         26
MODIFICACIONES DE REIVINDICACIONES EN
EL CONVENIO DE PATENTE EUROPEA

*No es necesario presentar reivindicaciones para
obtener fecha.

 Modificación de reivindicaciones tras el resultado
del informe de búsqueda (R86.2 EPC)
 Modificación de reivindicaciones durante el
examen previo (R86.3 EPC)
 Modificación de reivindicaciones como resultado
de oposiciones.
 Modificación de reivindicaciones como resultado
de recurso.
 Limitación de las reivindicaciones tras concesión.
- que no se extienda la protección conferida por las
reivindicaciones concedidas.
                                                                    Validation in national
                                                                    offices




                                                       PROCEDIMIENTO EN LA EPO
LÍMITE MATERIAL
Artículo 123(2) EPC: Una solicitud de patente europea
o una patente europea no podrán modificarse de
manera que su objeto exceda del contenido de la
solicitud tal como se ha presentado.

La EPO contempla la realización de una búsqueda
adicional en examen previo: Guidelines C IV 7.2, siempre
que la materia añadida cumpla el requisito de unidad de
invención con la materia anteriormente reivindicada
(R137(5) EPC).

La R137(5) limita la incorporación de características
que no hayan sido objeto de búsqueda, cuando las
nuevas reivindicaciones no cumplan el requisito de
unidad de invención en relación a las reivindicaciones   28
iniciales.
29
¡Muchas gracias por
   su atención!
  ¿alguna pregunta?




  amaya.ezcurra@oepm.es

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Modificación de reivindicaciones durante los procedimientos de concesión de patentes

  • 1. MODIFICACIONES DE REIVINDICACIONES ¿Cuándo se puede presentar modificación de reivindicaciones? Amaya Ezcurra Jefe de Servicio de Técnicas Industriales amaya.ezcurra@oepm.es 25 de febrero de 2013
  • 2. ÍNDICE 1. Modificaciones de las reivindicaciones durante el procedimiento de concesión español 2. Modificación de reivindicaciones en recurso 3. Modificaciones de las reivindicaciones llevadas a cabo tras la concesión de la patente B. Modificaciones llevadas a cabo en un procedimiento de nulidad de la patente C. Modificaciones llevadas a cabo mediante renuncia 4. Modificaciones de las reivindicaciones durante el procedimiento de solicitud internacional PCT 5. Modificaciones de reivindicaciones en el Convenio de Patente Europea.
  • 3. Las reivindicaciones determinan el ámbito de protección y deben interpretarse a la luz de la descripción. Art. 60 Ley 11/1986 Las reivindicaciones definen el objeto para el que se solicita protección. Deben ser claras y concisas y han de fundarse en la descripción. Art. 26 Ley 11/1986 La reivindicación o reivindicaciones deberán definir el objeto cuya protección se solicita. Las reivindicaciones deberán ser claras y concisas y fundarse enteramente en la descripción. Art. 6 PCT 3
  • 4. Modificación de reivindicaciones en el procedimiento español 4
  • 5. En la legislación española a la hora de modificar reivindicaciones nos encontramos con dos límites:  LÍMITE TEMPORAL Art.41 LP. Salvo en los casos en que se trate de subsanar errores manifiestos, el solicitante sólo podrá modificar las reivindicaciones en aquellos trámites del procedimiento de concesión en que así se permita expresamente por la Ley de Patentes  LÍMITE MATERIAL Art. 41.3. LP. La modificación de las reivindicaciones no podrá suponer una ampliación del contenido de la solicitud. 5
  • 6. LÍMITE MATERIAL Habrá que tener en cuenta los siguientes artículos: Artículo. 41.3. LP. La modificación de las reivindicaciones no podrá suponer una ampliación del contenido de la solicitud. Artículo 26 LP. Las reivindicaciones definen el objeto por el que se solicita la protección. Deben ser claras y concisas y han de fundarse en la descripción. Artículo 22.2. LP. Si durante el procedimiento de concesión se modifica total o parcialmente el objeto de la solicitud de patente, se considerará como fecha de presentación la de introducción de la modificación con respecto a la parte afectada por ésta. Artículo 34.3. LP. (El informe sobre el estado de la técnica) se elaborará sobre la base de las reivindicaciones de la solicitud teniendo en cuenta la descripción y, en su caso, los dibujos que hubieren sido presentados. 6
  • 7. PROCEDIMIENTOS DE CONCESIÓN EN ESPAÑA: GENERAL Y CON EXAMEN PREVIO GENERAL CON EXAMEN 1. Admisión a trámite PREVIO 2. Examen formal y técnico 3. Continuación de Procedimiento 4. Solicitud IET 5. Elaboración IET 6. Publicación solicitud y IET 7. Petición examen previo 8. Oposiciones 9. Traslado al solicitante del resultado del examen previo, de las posibles nuevas 7. Publicación reanudación por el reivindicaciones y en su caso, P. G. de concesión de las oposiciones 8. Traslado de observaciones de 10. Contestación del solicitante al terceros examen/oposiciones 9. Examen modificaciones y 11. Resolución motivada de la concesión de la patente OEPM y traslado al solicitante 12. Denegación/concesión 7
  • 8. Dentro de los requisitos necesarios para obtener fecha de presentación están: (Art.22.1 LP + art. 14.1 RD +directrices) a) Una declaración por la que se solicite una patente que contenga, al menos, la enunciación del título de la invención, b) Los datos de identificación del solicitante o su representante c) Una descripción, aunque no cumplan con los requisitos formales establecidos en la Ley. d) Una o varias reivindicaciones (a diferencia del PLT) El justificante de pago de la tasa correspondiente. Idioma: CASTELLANO (Art. 21.4 LP) 8
  • 9. PRESENTACION ADMINSION A EXAMEN FORMAL SOLICITUD TRAMITE Y TECNICO LÍMITE TEMPORAL Contestación al suspenso DENEGACION CONTINUACION AL PROCEDIMIENTO tras el examen formal y técnico Y PETICION IET Contestación al IET y observaciones de terceros INFORME DEL RETIRADA ESTADO DE LA Petición de procedimiento TECNICA Y OPINION ESCRITA con examen previo Contestación a las objeciones del examen previo: SOLICITUD PROCEDIMIENTO SOLICITUD PROCEDIMIENTO GENERAL DE EXAMEN PREVIO -descripción y CONCESION OBSERVACIONES reivindicaciones. DE TERCEROS OPOSICIONES -no deben referirse a elementos que no TRASLADO EXAMEN PREVIO OBSERVACIONES hayan sido objeto de DE TERCEROS búsqueda -dos momentos: contestación a la CONCESION DE LA CONCESION DE LA DENEGACION notificación del examen PATENTE PATENTE y de las oposiciones y al contestar a la 9 resolución motivada. PROCEDIMIENTO EN LA OEPM
  • 10. EXAMEN FORMAL Y TÉCNICO (Art. 31 LP) En caso de defectos: SUSPENSO (Art. 31.3 LP)  modificar reivindicaciones 2 meses (Art.18 RD)  dividir la solicitud EXAMEN FORMAL Y TÉCNICO Si no contesta: denegación (Art. 31.4 LP + art. 23RD) (art. 24RD) 1. motivación y notificación al solicitante 2. publicación en el BOPI (Directrices de examen) Si contesta pero no subsana: el examinador deberá considerar la conveniencia de otorgar un nuevo plazo de subsanación. Contesta y subsana: CONTINUACIÓN AL PROCEDIMIENTO + comunicación necesidad de PETICIÓN DE IET (Art.31.5 LP) No defectos 10
  • 11.
  • 12. (Art. 36.2 LP) Una vez finalizado el plazo otorgado a terceros para la presentación de observaciones al IET, se dará traslado de los escritos presentados al solicitante para que en el plazo reglamentariamente establecido al efecto formule las observaciones que estime pertinentes al IET, haga los comentarios que crea oportunos frente a las observaciones presentadas por los terceros, y modifique, si lo estima conveniente, las reivindicaciones. 12
  • 13. Directrices: Si se han producido modificaciones de reivindicaciones y éstas no son admitidas el examinador lo notificará al solicitante mediante una comunicación motivada otorgándole un plazo de diez días a efectos de alegaciones. Finalizado este plazo, se procederá a la resolución definitiva (concesión). POSIBLES MOTIVOS: La modificación supone un aumento del contenido de la solicitud. La modificación supone una alteración del objeto de la solicitud. La modificación da lugar a una falta de unidad de invención.  Otros: -el nuevo juego de reivindicaciones adolece de falta de claridad o falta de base en la descripción -la modificación no ha sido objeto de búsqueda
  • 14. (Art. 3 RD 812/2000) Modificación de las reivindicaciones. 1.Cuando el solicitante formule la petición de examen, … mantendrá modificar las la posibilidad de reivindicaciones, presentando, junto con el escrito de petición de examen, un nuevo juego de reivindicaciones modificadas. Las reivindicaciones modificadas no deberán referirse a elementos que no hayan sido objeto de búsqueda. 2.Junto con la publicación de la petición de examen se hará una mención, en su caso, a la modificación de las reivindicaciones y se pondrá a disposición del público el juego de reivindicaciones modificado.
  • 15. EXAMEN DE FONDO; CONTESTACIÓN DEL SOLICITANTE; DENEGACIÓN/CONCESIÓN En caso de objeciones/oposiciones: traslado de resultado de examen previo y oposiciones (Art. 6 RD 810/2000)  formular alegaciones  subsanar defectos formales 2 meses  modificar reivindicaciones y descripción subsana (Art. 39.8 LP) EXAMEN PREVIO Si contesta pero no subsana Resolución motivada negativa 1 mes (Art. 39.10 LP, (Art. 7 RD 810/2000) ) modificar reivindicaciones subsana CONCESIÓN no subsana No contesta (Art. 39.8 LP) DENEGACIÓN No objeciones ni oposiciones (Art. 39.7 LP) 15
  • 16. MODELOS DE UTILIDAD (Art. 148 y 149 LP) Procedimiento de concesión CON OPOSICIONES Y SIN IET Suspenso 2 meses para contestar al suspenso: modificación de reivindicaciones Oposiciones 2 meses desde la publicación de la solicitud (alegando la falta de cualquiera de los requisitos exigidos para esa concesión, incluso la falta de novedad o de actividad inventiva o la insuficiencia de la descripción) + 2 meses para que el solicitante pueda alegar/subsanar/modificar reivindicaciones 16
  • 17. RECURSO ADMINISTRATIVO CON CARÁCTER SUBSANATORIO En caso de haberse denegado la solicitud de patente o modelo de utilidad como resultado de no haber subsanado deficiencias alegadas en el examen formal y técnico, el solicitante podrá presentar recurso de alzada ante la OEPM. El recurso podrá acompañarse de un nuevo juego de reivindicaciones (y en su caso descripción modificada). En caso de subsanar las objeciones motivadas por el área de examen en la denegación de la solicitud podrá estimarse el recurso, devolviendo el expediente al procedimiento para continuar con su tramitación. 17
  • 18. ¿Se puede modificar reivindicaciones tras la concesión? 18
  • 19. Modificación de reivindicaciones llevadas a cabo en un procedimiento de nulidad de la patente (art. 112 LP) 19
  • 20. Modificación de reivindicaciones por renuncia del solicitante (art. 118 LP) 20
  • 21. Modificación de reivindicaciones en el procedimiento PCT 21
  • 22. PROCEDIMIENTO PCT Modificación de reivindicaciones por el art. 19 PCT Modificación de El solicitante Modificación de reivindicaciones para presenta un reivindicaciones por el entrar en fases juego de art. 34 PCT nacionales o regionales reivindicaciones art. 28 y 41 PCT * En algunos países entrada en fase nacional a los 31 meses 22
  • 23. 23
  • 24. LÍMITE MATERIAL  No ampliar el objeto de protección de la solicitud Y además: Que se cumple el requisito de unidad de invención Claridad de las reivindicaciones modificadas Congruencia entre la descripción y las reivindicaciones Reivindicaciones modificadas con base en la descripción 24
  • 25. 25
  • 26. Modificación de reivindicaciones en el Convenio de Patente Europea 26
  • 27. MODIFICACIONES DE REIVINDICACIONES EN EL CONVENIO DE PATENTE EUROPEA *No es necesario presentar reivindicaciones para obtener fecha.  Modificación de reivindicaciones tras el resultado del informe de búsqueda (R86.2 EPC)  Modificación de reivindicaciones durante el examen previo (R86.3 EPC)  Modificación de reivindicaciones como resultado de oposiciones.  Modificación de reivindicaciones como resultado de recurso.  Limitación de las reivindicaciones tras concesión. - que no se extienda la protección conferida por las reivindicaciones concedidas. Validation in national offices PROCEDIMIENTO EN LA EPO
  • 28. LÍMITE MATERIAL Artículo 123(2) EPC: Una solicitud de patente europea o una patente europea no podrán modificarse de manera que su objeto exceda del contenido de la solicitud tal como se ha presentado. La EPO contempla la realización de una búsqueda adicional en examen previo: Guidelines C IV 7.2, siempre que la materia añadida cumpla el requisito de unidad de invención con la materia anteriormente reivindicada (R137(5) EPC). La R137(5) limita la incorporación de características que no hayan sido objeto de búsqueda, cuando las nuevas reivindicaciones no cumplan el requisito de unidad de invención en relación a las reivindicaciones 28 iniciales.
  • 29. 29
  • 30. ¡Muchas gracias por su atención! ¿alguna pregunta? amaya.ezcurra@oepm.es