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Negociación Laboral
Relaciones Laborales
Son el conjunto de relaciones sociales y económicas, individuales y
colectivas, formales e informales, estructuradas y no estructuradas, que
nacen y se establecen en ocasión del trabajo.
¿Quiénes con los actores de las Relaciones Laborales?
1. TRABAJADORES: a través de los sindicatos que los agrupan.
2. EMPLEADORES: a través de las organizaciones patronales que los
representan.
3. ESTADO: fija el marco normativo de las relaciones laborales y dicta
directamente las condiciones sustantivas de trabajo, que son por
principio del derecho (en base a la idea de protección), condiciones de
política social indiscutibles e imperativas.
Relaciones Laborales
• Las relaciones entre los actores laborales se caracterizan por el conflicto
entre las partes ya que cada una de estas posee y defiende intereses
particulares.
¿Cuáles con los mecanismos e instituciones que regulan las RRLL?
• DERECHO LABORAL. La ley como marco normativo.
• NEGOCIACIÓN COLECTIVA: como principal institución de
regulación.
• CONFLICTO LABORAL como parte intrínseca de las RRLL, que a la
vez es regulada por la normativa y el Estado, a través del derecho de
huelga y de manifestación.
Ley de Contrato de Trabajo
• El Derecho del Trabajo es el conjunto de principios y normas jurídicas
que regulan las relaciones -pacíficas y conflictivas – que surgen del hecho
social del trabajo dependiente (derecho individual del trabajo) y de las
emanadas de las asociaciones profesionales – sindicatos y cámaras
empresariales- entre sí y con el Estado (Derecho colectivo del trabajo)
• Rige las relaciones individuales entre trabajadores y empleadores fijando
normas mínimas de protección.
• Entre ellos encontramos: el principio de la norma más favorable, o aquel
que establece que en caso de duda siempre habrá de estarse a favor del
trabajador.
• Otros principios: el de primacía de la realidad; el de irrenunciabilidad; el
de no discriminación, el principio de buena fe y el principio de gratuidad.
Los derechos colectivos
• El derecho Colectivo comprende los principios y normas que regulan las
relaciones entre los actores del mundo del trabajo, la negociación
colectiva –convenios colectivos- y los conflictos colectivos de trabajo.
¿Cuáles son los derechos colectivos básicos?
• Derechos sindicales: la libertad de asociación comprende el derecho de
afiliarse y desafiliarse de sindicatos existentes y de constituir libremente
asociaciones sindicales, de reunirse y desarrollar actividades sindicales,
de peticionar ante las autoridades y los empleadores; de participar en la
vida interna de los sindicatos, de elegir libremente a sus representantes,
ser elegidos y postular candidatos.
Los derechos colectivos
• Derecho de Negociación Colectiva: Derecho a estar cubierto bajo
Convenio Colectivo de Trabajo según la actividad y/o empresa en la que
trabaje.
• Derecho de huelga: es el derecho a participar de huelgas y otras acciones
colectivas, comprendidas bajo la normativa vigente.
Los derechos colectivos son derechos fundamentales consagrados
en nuestras Constitución Nacional (art. 14 bis).
La Negociación Colectiva
La expresión negociación colectiva comprende todas las negociaciones que
tienen lugar entre un empleador, un grupo de empleadores, o una
organización o varias organizaciones de empleadores, por una parte, y una
organización o varias organizaciones de trabajadores, por otra, con el fin de:
1. Fijar las condiciones de trabajo y empleo.
2. Regular las relaciones entre empleadores y trabajadores
3. Regular las relaciones entre empleadores o sus organizaciones y una
organización o varias organizaciones de trabajadores, o lograr todos
estos fines a la vez.
La Negociación Colectiva
Los actores que participan de la negociación son:
• Sindicatos y Empleadores privados o el Estado empleador, como partes
protagonistas de la negociación.
• Estado: para mediar en la negociación. Interviene principalmente
otorgando personería al Sindicato y homologando luego los Convenios
Concertados.
El contenido de la negociación es amplio y depende de la voluntad de las partes
que en ella intervienen: aumentos de salarios, mejoras en las condiciones de
trabajo, cambios en la extensión de la jornada laboral, medidas de higiene y
seguridad, son las más frecuentes.
Convenios Colectivos
• El resultado de la negociación se plasma en estos Convenios que son
obligatorios, y una vez homologados por el Estado adquieren fuerza de
ley.
• Tienen cobertura sobre todos los trabajadores de la actividad o de la
categoría dentro de la que se negoció, sean o no afiliados del sindicato
que participó de la negociación.
• No dejan de tener valor, a pesar de tener plazo de vigencia, al vencer éste
continuarán vigentes hasta tanto sean reemplazados por otro convenio
(ultraactividad).
Conflictividad Laboral
• Los conflictos laborales son las disputas entre trabajadores y empleadores
que se desencadenan a partir de la decisión de un grupo o sector de
trabajadores (representados por un sindicato o asociación o de modo
“auto-convocado”) de reclamar un cambio en sus condiciones laborales a
través de la realización de una acción de protesta.
• Los motivos que impulsan los conflictos pueden ser diversos y los más
frecuentes son: pedidos de mejoras salariales, demandas de pagos
adeudados, mejoras en las condiciones y medio ambiente de trabajo,
reclamos ante despidos, demandas de renovación contractual, de
regularización de contratos, de mayor seguridad, entre otros.
¿Cómo se regula el conflicto?
• A través de distintas medidas. Entre ellas la más importante es la que se
realiza a través del derecho de huelga.
• El elemento esencial de la huelga es la abstención del deber de trabajar.
• Para que sea legal, debe ser promovida por el sindicato con personería
gremial, sólo después de fracasada la negociación colectiva y el
procedimiento conciliatorio.
• Los efectos normales de la huelga consisten en la suspensión de la actividad
productiva y que durante la medida no se devengan salarios.
Otras modalidades
• Declaraciones de “estado de alerta”
• Amenazas de paro
• Asambleas
• Movilizaciones
• Quites de colaboración
• Cortes o bloqueos de calle
• Ocupaciones de establecimientos
La conflictividad laboral en
Argentina
• Más de la mitad de los conflictos se originan en demandas de tipo salarial,
tanto por pedidos de incrementos en los salarios como por reclamos de pagos
adeudados.
• En el ámbito estatal se dan 2 tercios de los conflictos laborales.
• La Administración Pública, la Salud, el Transporte, la Enseñanza y la
Industria son, en ese orden las actividades que tienen un mayor nivel de
conflictividad laboral en el país.
Origen del Movimiento Obrero
 Surge en Inglaterra – 1750-1850
 Pésimas condiciones de trabajo
 Doctrinas Socialistas
 En Argentina – 1857 – La Sociedad Tipográfica Bonaerense.
 1879 – La primera Huelga
Influencia ideológica de los inmigrantes europeos
Socialismo y Anarquismo
Desarrollo industrial en el área de Buenos Aires
Constitución del modelo agro exportador
Incremento en el número de trabajadores
Desarrollo inicial del movimiento obrero argentino
Origen del Movimiento Obrero
1880-1930
 Ausencia de organización central.
 Organizaciones dispersas y estructuradas por oficio y por
especialidad.
1930-1943
 Modelo clásico del sindicalismo argentino: sindicatos por
rama.
 Menor cantidad y mas cohesionados.
Modelo Sindical Argentino
 Estructura Piramidal
 Primer grado: Seccionales
 Segundo grado: Federaciones
 Tercer grado: Confederaciones
 Lugares de trabajo: Delegados y comisiones internas.
1943-1955
•Ascenso de Perón al Gobierno
•Reconocimiento de los reclamos sindicales
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•Promoción de la sindicalización
•Incremento del número de organizaciones
•Inclusión de los trabajadores en el art. 37 de la
Constitución.
Historia Sindical Argentina
1955-1983
•Caída de Perón. Sucesión de distintos gobiernos.
•Alta actividad sindical C.G.T.
•Dos C.G.T.: Azopardo y de los Argentinos
•Vuelta y muerte de Perón
•Caída del Gobierno Martínez de Perón
•Dictadura Militar – Persecución gremial
•Deterioro de las condiciones laborales
Historia Sindical Argentina
1983-2001
•1983-1989 Participación con el PJ durante la presidencia
de Ricardo Alfonsín.
•1989-1999 Presidencia Carlos Menem. Desocupación del
20%.
Historia Sindical Argentina
2001 - 2015
•Se recupera el empleo. Aumento de la conflictividad.
•Distintas Centrales Obreras - Surgimiento de la CTA
•A partir del 2011 – CGT se abre en dos.
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• Aumento del desempleo.
• Unificación de la CGT
• Perdida de la credibilidad del modelo sindical peronista
Historia Sindical Argentina
La gestión del personal dentro de convenio La gestión del personal fuera de convenio
El gremio representa a los empleados Cada empleado se representa a si mismo
Se negocia colectivamente Se negocia individualmente
Los sindicatos basan sus reclamos salariales en
la evolución del costo de vida y el nivel de
desempleo
Las empresas basan sus aumentos en el
mercado y el desempeño
Se procura la igualdad:
• A igual tarea se rechaza la diferenciación
por desempeño
• Solo se acepta la antigüedad para diferenciar
Se procura la diferenciación
• A igual tarea se acepta la diferenciación por
desempeño
• La antigüedad no es la variable principal
para diferenciar
Se resiste la compensación variable Se favorece la compensación variable vinculada
con la contribución a resultados
No se busca una “promesa de carrera” Se valora la capacitación y el plan de
carrera/desarrollo (empleabilidad)
Se procuran adicionales por condiciones
laborales desfavorables (tarea insalubre, tarea
riesgosa, zona desfavorable, clima, otras)
Se aprecian condiciones favorables tales como
entorno agradable, trato digno, fluidez y
transparencia de la comunicación, flexibilidad
de horarios, adecuado balance vida
personal/trabajo
Negociación Laboral
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  • 2. Relaciones Laborales Son el conjunto de relaciones sociales y económicas, individuales y colectivas, formales e informales, estructuradas y no estructuradas, que nacen y se establecen en ocasión del trabajo. ¿Quiénes con los actores de las Relaciones Laborales? 1. TRABAJADORES: a través de los sindicatos que los agrupan. 2. EMPLEADORES: a través de las organizaciones patronales que los representan. 3. ESTADO: fija el marco normativo de las relaciones laborales y dicta directamente las condiciones sustantivas de trabajo, que son por principio del derecho (en base a la idea de protección), condiciones de política social indiscutibles e imperativas.
  • 3. Relaciones Laborales • Las relaciones entre los actores laborales se caracterizan por el conflicto entre las partes ya que cada una de estas posee y defiende intereses particulares. ¿Cuáles con los mecanismos e instituciones que regulan las RRLL? • DERECHO LABORAL. La ley como marco normativo. • NEGOCIACIÓN COLECTIVA: como principal institución de regulación. • CONFLICTO LABORAL como parte intrínseca de las RRLL, que a la vez es regulada por la normativa y el Estado, a través del derecho de huelga y de manifestación.
  • 4. Ley de Contrato de Trabajo • El Derecho del Trabajo es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones -pacíficas y conflictivas – que surgen del hecho social del trabajo dependiente (derecho individual del trabajo) y de las emanadas de las asociaciones profesionales – sindicatos y cámaras empresariales- entre sí y con el Estado (Derecho colectivo del trabajo) • Rige las relaciones individuales entre trabajadores y empleadores fijando normas mínimas de protección. • Entre ellos encontramos: el principio de la norma más favorable, o aquel que establece que en caso de duda siempre habrá de estarse a favor del trabajador. • Otros principios: el de primacía de la realidad; el de irrenunciabilidad; el de no discriminación, el principio de buena fe y el principio de gratuidad.
  • 5. Los derechos colectivos • El derecho Colectivo comprende los principios y normas que regulan las relaciones entre los actores del mundo del trabajo, la negociación colectiva –convenios colectivos- y los conflictos colectivos de trabajo. ¿Cuáles son los derechos colectivos básicos? • Derechos sindicales: la libertad de asociación comprende el derecho de afiliarse y desafiliarse de sindicatos existentes y de constituir libremente asociaciones sindicales, de reunirse y desarrollar actividades sindicales, de peticionar ante las autoridades y los empleadores; de participar en la vida interna de los sindicatos, de elegir libremente a sus representantes, ser elegidos y postular candidatos.
  • 6. Los derechos colectivos • Derecho de Negociación Colectiva: Derecho a estar cubierto bajo Convenio Colectivo de Trabajo según la actividad y/o empresa en la que trabaje. • Derecho de huelga: es el derecho a participar de huelgas y otras acciones colectivas, comprendidas bajo la normativa vigente. Los derechos colectivos son derechos fundamentales consagrados en nuestras Constitución Nacional (art. 14 bis).
  • 7. La Negociación Colectiva La expresión negociación colectiva comprende todas las negociaciones que tienen lugar entre un empleador, un grupo de empleadores, o una organización o varias organizaciones de empleadores, por una parte, y una organización o varias organizaciones de trabajadores, por otra, con el fin de: 1. Fijar las condiciones de trabajo y empleo. 2. Regular las relaciones entre empleadores y trabajadores 3. Regular las relaciones entre empleadores o sus organizaciones y una organización o varias organizaciones de trabajadores, o lograr todos estos fines a la vez.
  • 8. La Negociación Colectiva Los actores que participan de la negociación son: • Sindicatos y Empleadores privados o el Estado empleador, como partes protagonistas de la negociación. • Estado: para mediar en la negociación. Interviene principalmente otorgando personería al Sindicato y homologando luego los Convenios Concertados. El contenido de la negociación es amplio y depende de la voluntad de las partes que en ella intervienen: aumentos de salarios, mejoras en las condiciones de trabajo, cambios en la extensión de la jornada laboral, medidas de higiene y seguridad, son las más frecuentes.
  • 9. Convenios Colectivos • El resultado de la negociación se plasma en estos Convenios que son obligatorios, y una vez homologados por el Estado adquieren fuerza de ley. • Tienen cobertura sobre todos los trabajadores de la actividad o de la categoría dentro de la que se negoció, sean o no afiliados del sindicato que participó de la negociación. • No dejan de tener valor, a pesar de tener plazo de vigencia, al vencer éste continuarán vigentes hasta tanto sean reemplazados por otro convenio (ultraactividad).
  • 10. Conflictividad Laboral • Los conflictos laborales son las disputas entre trabajadores y empleadores que se desencadenan a partir de la decisión de un grupo o sector de trabajadores (representados por un sindicato o asociación o de modo “auto-convocado”) de reclamar un cambio en sus condiciones laborales a través de la realización de una acción de protesta. • Los motivos que impulsan los conflictos pueden ser diversos y los más frecuentes son: pedidos de mejoras salariales, demandas de pagos adeudados, mejoras en las condiciones y medio ambiente de trabajo, reclamos ante despidos, demandas de renovación contractual, de regularización de contratos, de mayor seguridad, entre otros.
  • 11. ¿Cómo se regula el conflicto? • A través de distintas medidas. Entre ellas la más importante es la que se realiza a través del derecho de huelga. • El elemento esencial de la huelga es la abstención del deber de trabajar. • Para que sea legal, debe ser promovida por el sindicato con personería gremial, sólo después de fracasada la negociación colectiva y el procedimiento conciliatorio. • Los efectos normales de la huelga consisten en la suspensión de la actividad productiva y que durante la medida no se devengan salarios.
  • 12. Otras modalidades • Declaraciones de “estado de alerta” • Amenazas de paro • Asambleas • Movilizaciones • Quites de colaboración • Cortes o bloqueos de calle • Ocupaciones de establecimientos
  • 13. La conflictividad laboral en Argentina • Más de la mitad de los conflictos se originan en demandas de tipo salarial, tanto por pedidos de incrementos en los salarios como por reclamos de pagos adeudados. • En el ámbito estatal se dan 2 tercios de los conflictos laborales. • La Administración Pública, la Salud, el Transporte, la Enseñanza y la Industria son, en ese orden las actividades que tienen un mayor nivel de conflictividad laboral en el país.
  • 14. Origen del Movimiento Obrero  Surge en Inglaterra – 1750-1850  Pésimas condiciones de trabajo  Doctrinas Socialistas  En Argentina – 1857 – La Sociedad Tipográfica Bonaerense.  1879 – La primera Huelga
  • 15. Influencia ideológica de los inmigrantes europeos Socialismo y Anarquismo Desarrollo industrial en el área de Buenos Aires Constitución del modelo agro exportador Incremento en el número de trabajadores Desarrollo inicial del movimiento obrero argentino
  • 16. Origen del Movimiento Obrero 1880-1930  Ausencia de organización central.  Organizaciones dispersas y estructuradas por oficio y por especialidad. 1930-1943  Modelo clásico del sindicalismo argentino: sindicatos por rama.  Menor cantidad y mas cohesionados.
  • 17. Modelo Sindical Argentino  Estructura Piramidal  Primer grado: Seccionales  Segundo grado: Federaciones  Tercer grado: Confederaciones  Lugares de trabajo: Delegados y comisiones internas.
  • 18. 1943-1955 •Ascenso de Perón al Gobierno •Reconocimiento de los reclamos sindicales •Formación de la Secretaría de Trabajo y Previsión •Promoción de la sindicalización •Incremento del número de organizaciones •Inclusión de los trabajadores en el art. 37 de la Constitución. Historia Sindical Argentina
  • 19. 1955-1983 •Caída de Perón. Sucesión de distintos gobiernos. •Alta actividad sindical C.G.T. •Dos C.G.T.: Azopardo y de los Argentinos •Vuelta y muerte de Perón •Caída del Gobierno Martínez de Perón •Dictadura Militar – Persecución gremial •Deterioro de las condiciones laborales Historia Sindical Argentina
  • 20. 1983-2001 •1983-1989 Participación con el PJ durante la presidencia de Ricardo Alfonsín. •1989-1999 Presidencia Carlos Menem. Desocupación del 20%. Historia Sindical Argentina
  • 21. 2001 - 2015 •Se recupera el empleo. Aumento de la conflictividad. •Distintas Centrales Obreras - Surgimiento de la CTA •A partir del 2011 – CGT se abre en dos. Historia Sindical Argentina
  • 22. 2016 - 2017 • Aumento del desempleo. • Unificación de la CGT • Perdida de la credibilidad del modelo sindical peronista Historia Sindical Argentina
  • 23. La gestión del personal dentro de convenio La gestión del personal fuera de convenio El gremio representa a los empleados Cada empleado se representa a si mismo Se negocia colectivamente Se negocia individualmente Los sindicatos basan sus reclamos salariales en la evolución del costo de vida y el nivel de desempleo Las empresas basan sus aumentos en el mercado y el desempeño Se procura la igualdad: • A igual tarea se rechaza la diferenciación por desempeño • Solo se acepta la antigüedad para diferenciar Se procura la diferenciación • A igual tarea se acepta la diferenciación por desempeño • La antigüedad no es la variable principal para diferenciar Se resiste la compensación variable Se favorece la compensación variable vinculada con la contribución a resultados No se busca una “promesa de carrera” Se valora la capacitación y el plan de carrera/desarrollo (empleabilidad) Se procuran adicionales por condiciones laborales desfavorables (tarea insalubre, tarea riesgosa, zona desfavorable, clima, otras) Se aprecian condiciones favorables tales como entorno agradable, trato digno, fluidez y transparencia de la comunicación, flexibilidad de horarios, adecuado balance vida personal/trabajo
  • 24. Negociación Laboral Grados de Intervención y Sectores de representación Negociadores Expertos/Asesores Empresarial Sindical Empresarial Sindical Artesanal Voluntarista Inmediatista Pragmatico Legalista Profesional Legislador Posicional Institucionalista Estratega