1. CAPITULO 1.- NORMALIZACION
I. DEFINICION
La Normalización es una actividad colectiva que establece soluciones a situaciones que se
repiten. Esta actividad consiste en: la elaboración, difusión y aplicación de las normas técnicas
y está encaminada a establecer las características de calidad que debe reunir un producto,
proceso o servicio.
Para poder estandarizar la construcción de equipos eléctricos, sobre todo en lo que se refiere
a dimensiones físicas, características constructivas y de operación, condiciones de seguridad,
condiciones de servicio y medio ambiente, la simbología utilizada en la representación de
equipos y sistemas, se han creado las Normas Técnicas.
En proyectos eléctricos, las normas indican desde la manera como se deben hacer las
representaciones gráficas, hasta especificar las formas de montaje y prueba a que deben
someterse los equipos. Cada país posee sus propias normas, desarrolladas de acuerdo a las
necesidades y experiencias acumuladas por los especialistas.
La normalización consiste básicamente en la:
Elaboración
Difusión
Aplicación de las Normas Técnicas
Documentos normativas: Norma, Especificación técnica, Código de Práctica, Reglamento.
II. NORMAS TECNICAS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS
Normas Técnica
Son documentos de aplicación voluntaria, que establecen las especificaciones de calidad de
los productos, procesos y servicios. Las Normas Técnicas se basan en el resultado de la
experiencia y el desarrollo tecnológico. Existen también normas técnicas sobre terminología,
métodos de ensayo, muestreo, envase y rotulado que se complementan entre sí. Las normas
técnicas son el fruto del consenso entre las partes interesadas e involucradas en el tema a
normalizar.
Entonces:
Documento técnico voluntario.
Contiene especificaciones de la calidad, terminología, métodos de ensayo, información
de rotulado, etc.
Es elaborada por conceso de las partes interesadas. (Fabricantes, consumidores,
Ministerios, Universidades, etc.).
Está basada en resultados de la experiencia y desarrollo tecnológico.
Es aprobada por un Organismo de Normalización reconocido.
Esta disponible al público.
2. NORMAS TÉCNICAS PERUANAS (NTP)
Son documentos de aplicación voluntaria, aprobadas por la Comisión de Normalización y de
Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias del INDECOPI y elaboradas por los
Comités Técnicos de Normalización.
REGLAMENTO TÉCNICO
Documento técnico obligatorio.
Contiene requisitos técnicos, sea en forma directa, o haciendo referencia o
incorporando una Norma, Especificación Técnica o Código de Práctica.
Es aprobada por una Autoridad de Reglamentación, responsable de la
preparación o adopción de Reglamentos.
La Autoridad encargada de la aplicación no es necesariamente la Autoridad de
Reglamentación.
III. CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS
Sistema Peruano de Normalización
Es aquel constituido por el Organismo Peruano de Normalización y un conjunto de Comités
Técnicos de Normalización, encargados de la aprobación y elaboración de las Normas
Técnicas Peruanas respectivamente. El Objetivo de este Sistema es llevar a cabo la gestión
de la normalización en el Perú.
Con el objeto de tener reconocimiento internacional, el Sistema Peruano de Normalización ha
sido formulado con base en:
Las directivas del Código de Buenas Prácticas para la Normalización de la
Organización para la Normalización - ISO.
El Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del
Comercio - OMC
La Decisión 419 (modificación de la Decisión 376) de la Comunidad Andina, "Sistema
Andino de normalización, acreditación, ensayos, certificación, reglamentos técnicos y
metrología".
3. DOCUMENTOS DIRECTRICES
GUÍAS PERUANAS
GP 001:1995 DIRECTRICES PARA LA REDACCIÓN, ESTRUCTURACIÓN Y
PRESENTACIÓN DE NORMAS TÉCNICAS PERUANAS.
GP 002:1995 GUÍA PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS TEXTOS IMPRESOS DE
ESQUEMAS, PROYECTOS Y NORMAS TÉCNICAS PERUANAS.
GP-ISO/IEC 2:2001 NORMALIZACIÓN Y ACTIVIDADESRELACIONADAS. Vocabulario
general.
GP-ISO/IEC 021:2001 ADOPCIÓN DE NORMAS TÉCNICASINTERNACIONALES COMO
NORMAS TÉCNICAS REGIONALES.
Normas Técnicas Peruanas Obligatorias
Fuente: INDECOPI
El Centro de Información y Documentación del INDECOPI brinda a los empresarios,
consultores, estudiantes y público en general.
Para nuestro interes tenemos (ICS Clasificación Internacional de Normas):
ICS 01.040.29 Electrotecnia (Vocabularios)
ICS 01.080.10 Símbolos Gráficos Destinados a la Información del Público
ICS 03.120.30 Aplicación de Métodos Estadísticos
ICS 13.100 Seguridad en los Puestos de Trabajo. Higiene Industrial
ICS 13.220.10 Lucha contra Incendios
ICS 13.220.20 Protección contra Incendios
ICS 13.300 Protección contra Materias Peligrosas
ICS 17.060 Medición de volumen, Masa, Densidad, Viscosidad
ICS 23.040 Canalizaciones y Accesorios
ICS 23.060 Válvulas
ICS 23.060.40 Reguladores de Presión
ICS 29.060.01 Conductores y Cables Eléctricos en General
ICS 29.120.40 Conmutadores
ICS 35.040 Juegos de Caracteres y Codificación de la Información
ICS 35.080 Software
ICS 37.080 Aplicaciones para Formar Imágenes de Documentos
ICS 75.180.01 Equipo para las Industrias del Petróleo y del Gas Natural en General
ICS 91.140.50 Sistemas de Suministro de Electricidad
4. IV. ETAPAS DE LA NORMA
ESQUEMA DE NORMA
o Documento en estudio por un Comité Técnico de Normalización elaborado en base a
las Guías Peruanas.
PROYECTO DE NORMA
o Documento elaborado por un Comité Técnico de Normalización firmado en cada una de
sus páginas por los miembros del Comité, en señal de conformidad.
NORMA TÉCNICA PERUANA
o Proyecto de Norma aprobado por un Organismo de Normalización reconocido.
V. SISTEMA DE ELABORACIÓN DE UNA NORMA TECNICA
ADOPCIÓN
o Se adopta directamente una Norma Internacional.
ORDINARIO
o Se toman referencias de Normas y se adecuan a la Norma Nacional.
EMERGENCIA
o Caso especial que se da por declaración de emergencia.
REVISIÓN
o Se revisa y actualiza una Norma vigente.
VI. PRINCIPALES ENTIDADES NORMATIVAS NACIONALES E INTERNACIONALES,
ACREDITACION Y CERTIFICACION.
NACIONALES
NORMATIVAS
Instituto Geológico Minero y Metalúrgico INGEMMET
Instituto Peruano de Energía Nuclear IPEN
Ministerio de Energía y Minas MEM
CERTIFICADORAS
ALFRED H. KNIGH DEL PERU
BUREAU VERITAS.
CALEB BRETT PERU S.A.
CERTIFICACIONES DEL PERU S.A. CERPER
INDUSTRIA PERUANA DEL ACERO S.A. IPASA
INTERNATIONAL ANALYTICAL SERVICES S.A. INASSA
5. INTERNATIONAL INSPECTION SERVICES LTD.
J. RAMON DEL PERU S.A.
LABORATORIO CERQUIME S.R.L.
SERVICIOS DE CONTROL DE CALIDAD UNIVERSIDAD CAYETANO HEREDIA
SOCIEDAD DE ASESORAMIENTO TECNICO S.A.
SOTOMAYOR S.A.
SUPERVISORAS
BIVAC DEL PERU S.A. (BUREAU VERITAS)
COTECNA INSPECTION S.A.
SGS DEL PERU S.A.
INTERNACIONALES
National Electrical Code NEC
American National Standards Institute (ANSI)
NationalElectricalManufacturersAssociaation NEMA
Institute of Electrical and Electronics Engineerres Inc. IEEE
Deutsches Institut fürNormun (DIN)
Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR)
Association Française de Normalisation (AFNOR)
American Petroleum Institute (API)
American Society for Testing and Materials (ASTM)
British Standard Institution (BSI)
Comité Europeo de Normalización (CEN)
Comité Europeo de Normalización Electrotécnica (CENELEC)
European Cooperation for Space Standardization (ECSS Standards)
U.S. EnviromentalProtection Agency(EPA)
La International ElectrotechnicalCommission (IEC)
International Organization for Standardization (ISO)
6. VII. OBJETIVOS Y BENEFICIOS QUE PROPORCIONA LA NORMALIZACION.
Establecer soluciones a situaciones que se repiten. Esta actividad consiste en: la elaboración,
difusión y aplicación de las normas técnicas y está encaminada a establecer las
características de calidad que debe reunir un producto, proceso o servicio.
VIII. NORMALIZACION EN EL SUB-SECTOR DE ELECTRICIDAD, FINALIDAD.
Dirección Normativa de Electricidad
Presentación
La Dirección de Normas Eléctricas, es el órgano encargado de elaborar, proponer y mantener
actualizadas las normas técnicas y directivas - concordantes con la Ley de Concesiones
Eléctricas y su Reglamento que regulan las actividades del Subsector Electricidad y propician
su desarrollo en forma segura y expeditiva. Está a cargo de un Director, quien depende
jerárquicamente del Director General de Electricidad.
Siendo uno de los objetivos principales de la Dirección General de Electricidad tener una
legislación competitiva y actualizada que permita asegurar el suministro de energía, la
promoción de las inversiones y la seguridad contra el riesgo eléctrico, en el transcurso del
año 2007 se aprobaron Normas de gran importancia.
Con el propósito de que en nuestros país las Instalaciones Eléctricas se ejecuten, operen y
mantengan con calidad y seguridad, y, sabiendo la importancia del uso de materiales que
cumplan con los requerimientos técnicos y estándares de calidad que garanticen su buen
funcionamiento, así como fomentar el uso de productos eléctricamente eficientes, de modo
que se haga un buen uso de la energía disponible y se coadyuve a asegurar el suministro de
energía; la Dirección General de Electricidad lidera los Comités de Seguridad Eléctrica y Uso
Racional y Eficiente de la Energía y Eficiencia los cuales están conformados por diversas
Instituciones tales como: Universidades, Fabricantes, Institutos, etc; los cuales elaboran
Normas Técnicas Peruanas de productos, seguridad y eficiencia.
Marco regulatorio del sector eléctrico
o Marco normativo general
o Marco regulatorio del sector eléctrico
Legislación en materia tributaria
Ley de Concesiones Eléctricas (LCE)
Sistema de fijación tarifaria
Procedimiento para la fijación de tarifas en barra
Valor agregado de distribución
Garantía por Red Principal de Camisea
Comité de Operación Económica del Sistema (COES)
7. Marco Regulatorio
A inicio de los noventa, el Gobierno inició una intensa promoción de la inversión privada
mediante la privatización y concesión de los servicios públicos en el marco de una serie de
reformas estructurales.
Dentro del sector eléctrico, las reformas se centraron básicamente en reemplazar el monopolio
estatal verticalmente integrado en todas sus etapas por un nuevo esquema con operadores
privados; así, a través de distintas normas y reglamentos, se promovió la competencia
mediante la creación de un mercado de clientes libres. Adicionalmente, se crearon
mecanismos específicos de regulación en cada segmento(costos auditados en la generación y
combinaciones de tasa de retorno con provisión de incentivos en diferentes grados en la
transmisión y distribución).Producto de la reestructuración iniciada por el Gobierno en el sector
eléctrico, el Estado ha promulgado una serie de leyes y reglamentos con la finalidad de
asegurar la eficiencia en el sector; de esta manera, las principales leyes y normas que rigen el
desarrollo de las actividades eléctricas en el Perú son las siguientes:
La Ley de Concesiones Eléctricas (LCE) y su Reglamento1.
Establece como principio general la división de las actividades que conforman el sector
eléctrico en tres pilares básicos: generación, transmisión y distribución, de forma tal que más
de una actividad no pueda ser desarrollada por una misma empresa. Esta ley establece un
régimen de libertad de precios para aquellos suministros que pueden desarrollarse de forma
competitiva2 y un sistema de precios regulados para los suministros que por su naturaleza lo
requieran. En diciembre de 2004, el Congreso aprobó las modificaciones a la LCE, entre las
que destacan la periodicidad y el horizonte temporal utilizados en la fijación de las tarifas. En
primer lugar, las tarifas serán fijadas una vez al año (antes la fijación era semestral) y en
segundo lugar, se utilizará un horizonte temporal de 2 años para proyectar la oferta y la
demanda de energía (en comparación con los 4 años que se venían utilizando).
Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica (Ley 28832).
Establece como objetivos principales: i) asegurar la suficiencia de generación eléctrica
eficiente para reducir la exposición del sistema eléctrico peruano tanto a la volatilidad de
precios como al racionamiento prolongado por falta de energía y asegurar al consumidor final
una tarifa competitiva; ii) reducir la intervención administrativa en la determinación de precios
de generación mediante soluciones de mercado; y iii) propiciar competencia efectiva en el
mercado de generación. Dentro de los aspectos más importantes
que se contempla en esta Ley se pueden mencionar los siguientes puntos:
Las empresas generadoras no podrán contratar con usuarios libres y distribuidores una
potencia y energía firme mayor a la que produzcan o hayan contratado con terceros.
La venta de energía que efectúen los generadores a distribuidores que estén
destinadas al servicio público de electricidad, se realizará mediante contratos sin
licitación (el precio no podrá ser superior a precio en barra calculado según lo
establecido por la Ley de Concesiones) o mediante contrato que resulte de
licitaciones.
El precio de barra que fije OSINERGMIN no podrá ser mayor al 10% del promedio
ponderado de los precios de las licitaciones vigentes al 31 de marzo de cada año.
Ley que establece mecanismo para asegurar el suministro de electricidad para el
mercado regulado
(Ley 29179).
8. Establece que la demanda de potencia y energía que esté destinada al servicio público de
electricidad y que no cuente con contratos de suministro de energía que la respalde deberá
ser asumida por los generadores conforme al procedimiento que sea establecido por
OSINERGMIN. Este monto faltante estará valorizado a precios en barra del mercado regulado
asignado a los generadores en proporción a la Energía Eficiente Anual del Generador3 menos
sus ventas de energía por contrato.
Decreto de Urgencia que asegura la continuidad en la prestación del servicio eléctrico
(mediante
D.U.N°049-2008 vigente desde el 1ro. de enero de 2009 al 31 de diciembre de 2011).
Mediante este decreto se establece que los retiros de potencia y energía del Sistema Eléctrico
Interconectado Nacional (SEIN) que efectúen las empresas distribuidoras de electricidad para
atender la demanda de los usuarios regulados y que no cuenten con los contratos de
suministro, serán asignados alas empresas generadoras de electricidad y serán valorizados a
precio en barra del mercado regulado.
Ley Antimonopolio y Antioligopolio en el Sector Eléctrico.
Establece que las concentraciones verticales iguales o mayores al 5% u horizontales iguales o
mayores al15%, en las actividades de generación, transmisión y distribución de energía
eléctrica estarán sujetos a un procedimiento de autorización previa a fin de evitar
concentraciones que afecten la libre competencia.
Normas para la Conservación del Medio Ambiente.
El Estado diseña y aplica las políticas y normas necesarias para la adecuada conservación del
medioambiente y del patrimonio cultural de la nación, además de velar por el uso racional de
los recursos naturales en el desarrollo de las actividades relacionadas con la generación,
transmisión y distribución de energía eléctrica y de las actividades de hidrocarburos. En tal
sentido, el Ministerio de Energía y Minas ha
aprobado el Reglamento de Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas (Decreto
Supremo N°29-94-EM) y el Reglamento de Protección Ambiental en las Actividades de
Hidrocarburos (Decreto SupremoN°015-2006-EM).
IX. CODIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD