Este documento describe las diferencias entre obligaciones divisibles e indivisibles. Las obligaciones divisibles son aquellas cuyo objeto, como dinero o terrenos, puede dividirse en partes sin alterar su esencia. Las obligaciones indivisibles no pueden fraccionarse y deben cumplirse como un todo, como pintar un cuadro o transferir un caballo. Mientras que en las obligaciones divisibles el pago de cualquier deudor extingue la obligación, en las indivisibles el pago de uno no libera a los demás deudores.