ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL



                                   CONSEJO DIRECTIVO




                                          RECTOR




                                                                      SECRETARIA
                                                                       GENERAL




                 VICERRECTOR                                     VICERRECTOR
                   ACADEM.                                          ADMIN.




SECRETARIA                                               COLECTURIA         PERSONAL
  ACADM.                                                                    SERVICIOS




      JEFE             JEFE DE AREA POR            INSPECTOR
   LABORATORIO           ESPECIALIDAD               GENERAL




    ASISTENTE                                      PROFESORES




                                                   ESTUDIANTES
COLEGIO PARTICULAR A DISTANCIA

        “ELOY ALFARO”




ORGÁNICO FUNCIONAL




        EL CARMEN 2012
ESTRUCTURA ORGÁNICA - FUNCIONAL

COLEGIO PARTICULAR A DISTANCIA

         “ELOY ALFARO”
TITULO I
                            FINALIDAD Y OBJETIVO


Art. 1.- El .I.T.S. “Pedro Frías Carrasco” es una Sociedad Educativa Particular y
Empresarial, cuya finalidad es la formación académica y científica de Bachilleres
Técnicos y Técnicos Superiores en Comercio y Administración, especialidades:
Informática y Contabilidad Computarizada, en la ciudad de Ambato. El objetivo
principal es:


Promover una enseñanza activa y práctica, centralizada en los intereses de la
sociedad, para brindar una educación personalizada e integral, de acuerdo a as
políticas educativas vigentes: aportando con innovaciones técnicas y científicas
vigentes; aportando con innovaciones técnicas y científicas que permitan generar
cambios en el desarrollo de la educación local, provincial y nacional.


                                     TITULO II
                            ESTRUCTURA ORGANICA


Art. 2.- El I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”, está estructurado orgánicamente en
forma vertical, para poder identificar con claridad los niveles de organización,
igualmente el flujo de autoridad formal y responsabilidad, de la siguiente manera:


Junta General de Accionistas
Rectorado
Vicerrectorado
Inspección General


                                   CAPITULO I
                      JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
Art. 3.- Constituye la máxima instancia de autoridad y responsabilidad de la
Sociedad Educativa, y la conforman:


Socios o Accionistas de la Sociedad
Presidencia
Gerencia General


                                  CAPITULO II
                                  RECTORADO


Art. 4.- Es la primera instancia de autoridad del I.T.S. “Pedro Frías Carrasco” y el
representante oficial del establecimiento, cuyo titular es nombrado por la Junta
General de Accionistas, y tiene la responsabilidad de administrar el Instituto y
responder por su funcionamiento, está conformado por:


Consejo Directivo




Junta General de Profesores
Secretaría
Colecturía
Departamento Médico
DOBE
Servicios Generales
CAPITULO III
                                VICERRECTORADO


Art. 5.- Es la segunda instancia de autoridad del Instituto, cuyo titular es
nombrado por la Junta General de Accionistas, tiene la responsabilidad de
planificar y evaluar el desarrollo académico y pedagógico del plantel en
coordinación con el rector, está conformado por:


Junta de Directores de Área
Junta de Profesores de Área
Junta de Profesores de Curso
Comisiones permanentes


                                  CAPITULO IV
                               INSPECTOR GENERAL


Art. 6.- Es la tercera instancia de autoridad del Instituto, cuyo titular es nombrado
por la Junta General de Accionistas, tiene como responsabilidad cumplir y hacer
cumplir las leyes, reglamentos y más disposiciones impartidas por las autoridades
dentro de la ley, está conformada por:


Inspección de Cursos
Estudiantado
Comité Central de Padres de Familia


                                    TITULO III
                           ESTRUCTURA FUNCIONAL


                                   CAPITULO Y
DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS


Art. 7.- Son funciones de la Junta General de Accionistas, las siguientes:


a) Acordar por mayoría simple de votos la aprobación de las resoluciones.
b) Cumplir con los deberes y responsabilidades constantes en la Ley de
  Compañías.
c) Llevar en hojas móviles escritas a máquina o a mano, foliadas y suscritas por el
  Presidente y Secretario, las actas de las Juntas generales.
d) Nombrar al Presidente y Gerente General, por un período de dos años, pudiendo
  reelegirlos indefinidamente.
e) Autorizar al Presidente y Gerente General para que conjuntamente o por
  separado, suscriban contratos en un moto superior a cien salarios mínimos
  vitales vigentes a la fecha de autorización.
f) Fijar los montos de los sueldos, comisiones, viáticos que perciban el Presidente
  y Gerente General.
g) Nombrar Rector, Vicerrector, Inspector General y Primer Vocal principal de
  Consejo Directivo del Instituto.
h) Aprobar y financiar el plan de acción institucional elaborado por el Consejo
  Directivo y revisado por el Gerente General.


                                 DEL PRESIDENTE


Art. 8.- Son funciones del Presidente de la Sociedad Educativa:


a) Presidir las sesiones de la Junta General.
b) Suscribir conjuntamente con el Gerente general de certificados de aportación
   que la Sociedad Educativa entregará a cada socio.
c) Suscribir conjuntamente con el Secretario, las actas de las sesiones respectivas.
d) Subrogar al Gerente general hasta por un tiempo máximo de tres meses.
e) Cumplir y hacer cumplir los estatutos y los reglamentos establecidos en la
   Sociedad Educativa y las resoluciones de la Junta general.
f) Colaborar con el Gerente general en la administración de la Sociedad Educativa.
g) Suscribir conjuntamente con el Gerente General en la administración de la
   Sociedad Educativa.
h) Presentar a la Junta General informe de la gestión realizada en su período.
i) Las demás que la Junta general disponga, de conformidad con la Ley.


                          DE LA GERENCIA GENERAL


Art. 9.- Son funciones del gerente General de la Sociedad Educativa, las
siguientes:


a) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones de la Junta General.
b) Administrar la Sociedad Educativa de conformidad a la Ley de Compañías,
   estatutos y reglamentos.
c) Ejecutar toda clase de contratos y actos a nombre de la Sociedad Educativa, de
   conformidad con la ley.
d) Convocar a sesiones de la Junta General.
e) Actuar como Secretario en las sesiones de la Junta General.
f) Contratar, designar o remover al personal del Instituto de conformidad a las
   intereses de la entidad, previo informe del Rector y de acuerdo con la ley.
g) Fijar cauciones, remuneraciones y conceder vacaciones y licencias a las
   autoridades, personal administrativo y de servicios del Instituto.
h) Elaborar los reglamentos necesarios para el buen funcionamiento de la
   Sociedad Educativa.
i) Supervisar el correcto funcionamiento de la contabilidad de la Sociedad
   Educativa.
j) Elaborar     la   proforma   presupuestaria   conjuntamente   con    las   personas
   encargadas de la colecturía y la contabilidad, y analizar el plan anual de acción
institucional elaborado por el Consejo Directivo y poner en consideración de la
   Junta General para su aprobación.
k) Suscribir conjuntamente con el Presidente, previa autorización de la Junta
   obligaciones por un monto superior a los cien salarios mínimos vitales.
l) Organizar los espacios físicos y oficinas del Instituto.
m) Coordinar con el rector y Vicerrector todo lo relacionado con los aspectos
   técnicos pedagógicos y administrativos del Instituto.
n) Presentar a la Junta General anualmente, los balances, el estado de pérdidas y
   ganancias de la Sociedad Educativa.
o) Presentar a la Junta General el informe de la gestión realizada en el aspecto
   económico y administrativo del Instituto.
p) Autorizar al rector del Instituto la realización de Concursos de Merecimientos
   cuando se presenten vacantes en las áreas docentes, administrativa y de
   servicios.
q) Las demás que la Junta General disponga, de conformidad a la Ley.




                                     CAPITULO II
                                DEL RECTORADO


Art. 10.- Las funciones del titular del rectorado del I.T.S. “Pedro Frías carrasco”,
son las siguientes:


a) Cumplir y hacer cumplir las normas legales, reglamentarias y más disposiciones
   impartidas por las autoridades educativas y por la Junta General..
b) Administrar el Instituto en coordinación con el gerente General, y responder
   por su funcionamiento y disciplina interna y externa.
c) Permanecer en el Instituto mientras dure las jornadas de trabajo establecidas.
d) Velar para que la acción del Instituto se vincule con el desarrollo de la
   comunidad.
e) Presidir el Consejo Directivo y Junta General de profesores del Instituto.
f) Promover y participar en acciones de mejoramiento de la educación,
   actualización y desarrollo profesional del personal docente, administrativo y de
   servicios.
g) Presentar a la Gerencia General el informe anual de labores y el cuadro de
   distribución de trabajo.
h) Legalizar los documentos oficiales que son de su responsabilidad y suscribir
   conjuntamente con la secretaria los títulos que confiere el Instituto.
i) Responsabilizarse solidariamente con la o las personas que tienen a su cargo la
   colecturía del manejo de los fondos del Instituto.
j) Declarar aptos para presentarse a rendir exámenes de grado, a los estudiantes
   que hubieren cumplido con los requisitos correspondientes.
k) Asignar al personal las comisiones ocasionales que fueren necesarias.
l) Informar permanentemente al Gerente General sobre las novedades referentes
   al personal y Estudiantado del Instituto.
m) Designar tribunales para la defensa de los trabajos de investigación o
   demostración de los trabajos prácticos, y para la recepción de exámenes de
   grado.
n) Tener un mínimo de cuatro y un máximo de ocho horas clase, semanales.
o) Informar a la Junta General de Profesores en su última sesión, el informe anual
   de labores.
p) Estimular y sancionar al personal docente, administrativo y de servicios del
   Instituto, de acuerdo a las normas legales vigentes.
q) Suministrar oportunamente a la Dirección provincial de Educación de
   Tungurahua, la información estadística del Instituto y más datos solicitados
   oficialmente.
r) Aprobar la distribución de trabajo y el horario elaborado por una comisión
   especial, designada por el Consejo Directivo.
s) Organizar actividades culturales, sociales, deportivas, de defensa del medio
   ambiente y de educación para la salud, con la participación del Instituto y la
   comunidad.
t) Administrar las áreas de apoyo del I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”: Secretaria,
   Colecturía, Dpto. Médico, DOBE, y Servicios Generales.
u) Coordinar la labor pedagógica con el Gerente General, Vicerrector Consejo
   Directivo y Junta General de profesores.
v) Convocar y realizar Concursos de Merecimientos y Oposición para llenar
   vacantes de personal docente, administrativo y de servicios del Instituto, en
   coordinación con el Gerente General.
w) Las demás que disponga la Ley de Educación y el reglamento Interno del
   Instituto vigentes.


                         DEL CONSEJO DIRECTIVO


Art. 11.- Son funciones del Consejo Directivo del I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”, las
siguientes:


a) Elaborar el Plan de Acción Institucional, dar a conocer a la Junta General de
   Profesores y presentar al gerente General, para su aprobación.
b) Elaborar las reformas al reglamento Interno del Instituto, poner en
   conocimiento de la Gerencia para su visto bueno y remitir a la Dirección
   Provincial de Educación de Tungurahua para su aprobación.
c) Designar la comisión encargada de elaborar el horario general y la distribución
   de trabajo para el personal docente.
d) Conformar las comisiones permanentes necesarias para el buen funcionamiento
   del Instituto.
e) Estudiar y resolver problemas de carácter disciplinario profesional del personal
   docente y disponer el trámite correspondiente.
f) Crear estímulos e imponer sanciones a los estudiantes de conformidad a la Ley
   de Reglamentos pertinentes.
g) Conocer y aprobar los informes presentados por los responsables de los
   departamentos, organismos técnicos y comisiones.
h) Evaluar periódicamente la marcha del plan institucional y realizar los ajustes
   que fueren necesarios.
i) Supervisar el proceso de las Concursos de Merecimientos y Oposición realizados
   por el Rector.
j) Las demás que determine la Ley de Educación y el Reglamento Interno del
   Instituto vigentes.


                    DE LA JUNTA GENERAL DE PROFESORES


Art. 12.- Son funciones de la Junta General de Profesores del I.T.S. “Pedro Frías
carrasco”, las siguientes:


a) Conocer el Plan de Acción Institucional preparado por el Consejo Directivo del
   Instituto, y sugerir las modificaciones que creyere conveniente.
b) Conocer el informe anual de labores preparado por el rector del Instituto y
   formular las recomendaciones que estimaren conveniente.
c) Elegir dos vocales principales con sus respectivos suplentes del Consejo
   Directivo del Instituto.
d) Estudiar y resolver los asuntos que fueren sometidos a su consideración por el
   rector del Instituto.
e) Estudiar y resolver los asuntos que fueren sometidos a su consideración por el
   Rector del Instituto.
f) Las demás que disponga la Ley de Educación y el reglamento Interno vigentes.
DE LA SECRETARIA


Art. 13.- Las funciones de la persona titular de la Secretaría del I.T.S. “Pedro Frías
Carrasco”, son las siguientes:


a) Organizar las labores de la Secretaría del Instituto.
b) Notificar y controlar la asistencia a reuniones de los miembros del Consejo
   Directivo.
c) Actuar como secretaria(o) del Consejo Directivo.
d) Redactar y suscribir las actas de las sesiones del Consejo Directivo, Junta
   General de Profesores y Asambleas del Comité Central de Padres de Familia.
e) Certificar documentos solicitados por el personal docente, administrativo y
   Estudiantado del Instituto.
f) Supervisar y dirigir la recepción de matrículas.
g) Vigilar la elaboración de cuadros estadísticos solicitados por las autoridades y
   de los libros auxiliares de promedios, previos a la obtención de los títulos que
   otorga el Instituto.
h) Desempeñar sus funciones con responsabilidad, agilidad, cortesía y ética
   profesional.
i) Supervisar y mantener actualizando el archivo del Instituto.
j) Manejar el fondo de caja chica del Instituto si la Gerencia General lo asigna.
k) Tramitar y registrar la correspondencia del Instituto y llevar el registro de
   ingresos y egresos.
l) Efectuar convocatorias de acuerdo a disposiciones del rector del Instituto.
m) Intervenir en las actas de apertura de Concursos de Merecimientos que se
   realiza en el Instituto.
n) Laborar de conformidad al horario establecido en el Instituto.
o) Las demás que determine la Ley de Educación y el reglamento Interno del
   Instituto vigentes.
A más de las estipuladas en el Reglamento General son los siguientes:
-   Dar a conocer oportunamente a departamentos, profesores, estudiantes y más
    interesados las resoluciones, decisiones, acuerdos y comunicados de instancias
    superiores en un plazo de 24 horas.
-   Archivar comunicaciones del inciso anterior, una vez que han conocido todos
    los involucrados.
-   Guardar absoluta reserva sobre resoluciones e informaciones de las que no este
    facultada hacer publico.
-   Coleccionar junto con el Departamento de RR.HH., los boletines, artículos de
    prensa, referentes a la Institución.
-   Prohibir la manipulación de documentos, libros, registros y otros que
    pertenecen al Departamento de Secretaría, personas ajenas al Departamento.
-   Los bienes, suministros y materiales de oficina deben solicitarse en base a
    necesidades y optimizar los mismos con fines exclusivos de trabajo de la
    Institución.
-   Recibir y entregar con actas de entrega – recepción toda la documentación y
    bienes a su cargo.
-   Exigir a los docentes el paso oportuno de notas, sin tachones, ni
    enmendaduras, y de acuerdo con las disposiciones emanadas por las
    autoridades respectivas.
-   Legalizar la documentación de matrículas promociones, actas de grado, títulos y
    otros documentos en la Dirección Provincial de Educación y otros organismos
    competentes.
-   Utilizar teléfono, computador y otros bienes para labores exclusivamente de la
    Institución.
-   Exigir a los directivos de la sociedad la automatización de sistemas para
    matrículas, calificaciones, promociones, etc.


                   DE ASISTENTE DE SECRETARIA (OFICINISTA)
Art. 14.- Son funciones de la persona titular del puesto de Oficinista en el I.T.S.
“Pedro Frías Carrasco”, las siguientes:


a) Receptar las matrículas de los estudiantes al Instituto, en los períodos
   establecidos.
b) Mecanografiar oficios, circulares, memorándums, certificaciones de matrícula,
   cronogramas, pases de año, etc.
c) Transcribir el resumen mensual de asistencia del personal directivo, docente,
   administrativo y de servicios del Instituto, remitidos por el Inspector general.
d) Elaborar anualmente el distributivo de labores y los respectivos contratos de
   trabajo del personal del Instituto.
e) Llevar en archivo las carpetas de los documentos personales de los estudiantes
   (documentos estudiantiles).
f) Transcribir las calificaciones y promedios a los libros correspondientes del
   Instituto.
g) Elaborar la nómina de los estudiantes matriculados, clasificados por paralelo.
h) Asistir en las funciones de Secretaría cuando su titular lo requiera.
i) Laborar de conformidad al horario establecido en el Instituto.
j) Las demás que determine la Ley de Educación y el Reglamento Interno del
   Instituto vigentes.




                                 DE COLECTURIA


Art. 15.- las funciones de la persona titular de la Colecturía del I.T.S. “Pedro Frías
Carrasco”, son:


a) Participar en la elaboración de la proforma presupuestaria del Instituto.
b) Asesorar en materia económica a las autoridades del Instituto.
c) Controlar las registros sobre ingresos y egresos presupuestarios.
d) Supervisar el control del movimiento económico.
e) Suscribir conjuntamente con el Gerente General de la Sociedad Educativa,
    cheques y comprobantes de pago.
f) Supervisar y Controlar que se mantenga actualizado el inventario de bienes
    muebles, inmuebles, suministros de oficina, permanentes al Instituto.
g) Participar en la elaboración de los inventarios del Instituto y en las actas de
    entrega – recepción.
h) Custodiar las especies valoradas del Instituto.
i) Elaborar los roles de pago.
j) Ejecutar los pagos de sueldos mensuales al personal docente, administrativo y
    de servicios.
k) Recaudar dineros por concepto de matrículas, pensiones, venta de especies
    valoradas, tasa y otros.
l) Efectuar depósitos en los bancos.
m) Rendir informes periódicos de ingresos y egresos, estados financieros, etc., al
    Gerente general de la Sociedad Educativa.
n) Laborar de conformidad al horario establecido en el Instituto.
o) Vigilar el cumplimiento de las leyes y reglamentos económicos vigentes.
p) A más de las que determine la Ley de Educación y el reglamento Interno del
    Instituto vigentes, las siguientes:
-   Presentar un informe detallado de cada rubro de ingreso en forma periódica al
    Gerente de la Sociedad Educativa.
-   Cotizar mínimo en tres empresas para toda adquisición de bienes, o gastos que
    sobrepasen los 20 dólares, y presentar al Gerente, para el análisis y seleccione
    al proveedor para la adquisición.
-   Solicitar la automatización a los directivos de la Sociedad para el control de
    ingresos y egresos y la contabilidad las de la Institución.
-   Participar con un accionista de la sociedad en las erogaciones económicas a
    favor de la Institución.
-   Realizar los depósitos diarios, antes de que ingrese a la jornada vespertina para
    lo cual se tomará el tiempo que requiera para el efecto.
-   Exigir el pago de pensión como plazo máximo hasta el 5 de cada mes y bajo
    ningún pretexto fuera de esta fecha.
-   Informar a Profesores Guías sobre los estudiantes que no han cancelado
    pensiones a fin de tomar correctivos necesarios, a partir del 06 de cada mes.
-   Los desembolsos económicos de la Institución Educativa tanto de caja chica
    como gastos mayores, podrá autorizar el Gerente de la Sociedad.
-   Para entrega de suministros y materiales a dependencias o personal de la
    institución se hará con el visto bueno del Rector y formulario respectivo de
    egreso.
-   Los libros y colecciones existentes en biblioteca estarían custodiados bajo llave
    y para préstamos serán únicamente canalizados por la Srta. Colectora.




                        DEL DEPARTAMENTO MEDICO


Art. 16.- Son funciones del titular del Departamento Médico del I.T.S. “Pedro Frías
Carrasco”, las siguientes:


a) Ejecutar anualmente un programa de Medicina Preventiva en el Instituto.
b) Dictar periódicamente seminarios y conferencias de Educación para la Salud.
c) Atender con ética profesional cuando lo requieran, el Estudiantado, los
    directivos, personal docente, administrativo, de servicios y padres de familia del
    Instituto.
d) Emitir el respectivo certificado médico a sus pacientes en caso de necesitar
    reposo o tratamiento especializado.
e) Cumplir con el horario establecido por el I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”.
f) Abalizar los certificados médicos de facultativos particulares, presentados por el
    personal del Instituto.
g) Además de las establecidas en la Ley y reglamentos de la salud y Reglamento
    Interno del Instituto vigentes, la siguiente:


-   Informar sobre necesidades de medicinas básicas que se requieren en el
    botiquín de la Institución, específicamente de primeros auxilios.


                                      DEL D.O.B.E.


Art. 17.- Las funciones de la persona titular del Departamento de Orientación y
Bienestar Estudiantil del I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”, son:


a) Estudiar y proponer soluciones a problemas sociales, económicos y otros que
    incidan en el bienestar de los estudiantes del Instituto.
b) Participar en        la   organización de   actividades   colectivas   y   grupos   de
    mejoramiento.
c) Participar en el diseño de boletas de encuestas de carácter socio – económico,
    cultural y otros.
d) Conformar grupos de trabajo y colaborar en la realización de charlas,
    seminarios, cursos de motivación, superación, etc., para los estudiantes del
    Instituto.
e) Participar en las investigaciones que proponga el DOBE provincial.
f) Asistir a las reuniones de trabajo convocadas por el DOBE provincial.
g) Formar parte de la comisión de salud del Instituto.
h) Presentar informes mensuales de las investigaciones realizadas al rector del
    Instituto.
i) Laborar de conformidad al horario establecido en el Instituto.
j) A más de las que determine la Ley de Educación y el Reglamento Interno del
    Instituto vigentes, son las siguientes:
-   Asesorar y prestar en forma oportuna actividades de su campo tanto a:
    Personal Docente como Dicente.
-   Presentar planificación para una mejor organización y ayuda a estudiantes en
    conflicto.
-   Llevar actualizadas las fichas socio-económicas y el control individual de los
    estudiantes.
-   Organizar charlas y conferencias sobre vocación para los estudiantes del tercer
    Año de Educación Básica y Tercer Año de Educación Media.
-   Certificar la aptitud para la especialización a seguir de los estudiantes del
    Tercer Año de Educación Básica.
-   Informar por escrito de sus actividades a las autoridades cada mes.
-   Sugerir a las autoridades la admisión de estudiantes nuevos previa un acta de
    compromiso.
-   Solucionar en el momento los problemas que se presentan de los estudiantes
    con los profesores e inspectores.




                            SERVICIOS GENERALES
                            AUXILIAR DE SERVICIOS


Art. 18.- Las funciones del Auxiliar de Servicios del Instituto Técnico Superior
“Pedro Frías Carrasco”, son las siguientes:


a) Efectuar el aseo de todas las instalaciones del Instituto.
b) Franquear y retirar correspondencia del Instituto.
c) Ejecutar diligencias oficiales en bancos y otras instituciones.
d) Resguardar las instalaciones físicas y demás bienes del Instituto.
e) Transportar máquinas, equipos y materiales varios necesarios que soliciten para
   su utilización.
f) Hacer labores de mensajería dentro y fuera del Instituto, de asuntos oficiales.
g) Realizar ocasionalmente trabajos menores de carpintería, gasfitería, albañilería
   y otros, tendientes a mantener la imagen y presentación del Instituto.
h) Informar al rector del Instituto sobre las novedades que se suscitaren
   diariamente en el plantel.
i) A más de las que dispongan la Ley de Educación, Reglamento Interno del
   Instituto vigentes y autoridades del Plantel, de conformidad con la ley, es la
   siguiente:


- No podrá abandonar el plantel en horas laborables; sin previo la autorización
   de las autoridades del Instituto.



                                  CAPITULO III
                             DEL VICERRECTORADO


Art. 19.- Son funciones del titular del Vicerrectorado del I.T.S. “Pedro Frías
Carrasco”, las siguientes:


a) Asumir el rectorado en ausencia del titular.
b) Responsabilizarse de la planificación, evaluación y desarrollo académico y
   pedagógico del Instituto en coordinación con el Rector.
c) Permanecer en el establecimiento durante el desarrollo de las actividades de la
   jornada estudiantil.
d) Prescindir la Junta de Profesores de Área.
e) Asesorar al gerente general y al rector en asuntos técnicos, académicos y
   pedagógicos.
f) Coordinar y supervisar el trabajo de las comisiones especiales designadas por el
    Rector o Consejo Directivo.
g) Informar periódicamente al rector y al Consejo Directivo el cumplimiento de sus
    funciones.
h) Ejecutar otras actividades delegadas por el Rector o señaladas en los
    Reglamentos.
i) Tener un mínimo de cuatro y un máximo de ocho horas semanales de clase.
j) A más de las disposiciones señaladas en la Ley de Educación y Reglamento
    Interno del Instituto vigentes, las siguientes:
-   Exigir y hacer cumplir a los directores de área que presenten con oportunidad
    la planificación curricular anual de área y de unidad; así como instrumentos de
    evaluación, para el cumplimiento del desarrollo académico y pedagógico.
-   Solicitar a comisiones y área, informes sobre la labor docente
-   Sugerir cambios de horario en función de necesidades pedagógicas.
-   Ejercer labores de supervisión a los profesores en forma permanente, y hacer
    las observaciones y tomar correctivos necesarios .
-   Revisar y controlar la planificación y cumplimiento de deberes y obligaciones de
    los profesores guías.
-   Supervisar la gestión administrativa y docente, de Inspección, para detectar
    novedades e informar de las mismas al Rectorado en caso de irregularidades,
    para tomar los respectivos correctivos.
-   Conscientizar   y exigir a los docentes que al impartir los conocimientos no
    centren la atención únicamente en la parte científica sino sean prácticos y
    vayan a la formación integral del estudiante.
-   Controlar    los registros de calificaciones de los docentes y exigir la buena
    utilización de los mismos.
-   Recibir los problemas pedagógicos y académicos, canalizarlos y buscar solución.
-   Planificar y sugerir actividades y recuperación pedagógica y extra-clases, como
    culturales, sociales que beneficien a los estudiantes y a la comunidad.
DE LA JUNTA DE DIRECTORES DE ÁREA


Art. 20.- Son funciones de la Junta de Directores de Área del I.T.S. “Pedro Frías
Carrasco”:


a) Planificar anualmente su trabajo.
b) Promover en el Instituto un permanente proceso de mejoramiento de la
    educación y un trabajo educativo coordinado, continuo e integrado.
c) Coordinar las actividades educativas del profesorado del Instituto.
d) Promover la capacitación y el perfeccionamiento del personal docente del
    Instituto.
e) Promover la acción interdisciplinaria entre las diversas áreas.
f) Seleccionar y recomendar los procesos didácticos más convenientes para la
    dirección del aprendizaje y los criterios de evaluación aplicables a las diferentes
    área académicas.
g) Propiciar la investigación y experimentación pedagógicas, así como la
    innovación y adaptación curricular.
h) Promover la elaboración y utilización y utilización de los recursos materiales que
    la tecnología educativa ofrece al proceso educativo.
i) Aprobar los planes de trabajo de las Juntas de Área.
j) Evaluar su trabajo e informar su resultados al Rector.
k) Cumplir con las demás funciones que le asignaren las autoridades y las que
    señalare la Ley de Educación y reglamento Interno del Instituto vigentes.


Son deberes y atribuciones a más de los estipulados en la Ley de Educación y
Reglamento Interno los siguientes:


-   Nombrar un Secretario quien llevará el libro de actas
-   Cada acta debe aprobarse en la siguiente sesión de trabajo.
-   Al finalizar el año lectivo deberá entregar actas e informes de las actividades
    cumplidas en el año lectivo.
-   En cada reunión analizar problemas académicos y disciplinarios; solucionarlos y
    sugerir nuevas estrategias para contrarestarlos.
-   Informar sobre el seguimiento de contenidos programáticos.
-   Informar a las autoridades sobre novedades y sugerencias
-   Aprobar instrumentos de evaluación
-   Exigir a los integrantes de su área el cumplimiento de la planificación curricular,
    de área y unidad, así como los instrumentos de evaluación para su análisis y
    ejecución
-   Guardar absoluta reserva sobre resoluciones e informaciones de las que no este
    facultado hacer público.
-   Intercambiar experiencias y/o conocimientos para multiplicar en la Junta de
    Área.
-   Comunicar a todos los profesores de la Junta de Área que los problemas del
    inter-aprendizaje, sean conocidos en orden regular esto es estudiante –
    profesor ; profesor – director de área, director de área – Vicerrector;
    Vicerrector – Rector.
- Cumplir con las demás disposiciones que asignen las autoridades y otras que
    señalen el reglamento interno.




                   DE LA JUNTA DE PROFESORES DE ÁREA


Art. 21.- Son funciones de la Junta de Profesores de Área del I.T.S. “Pedro Frías
Carrasco”, son:
a) Elaborar su plan de trabajo y ponerlo a consideración de la Junta de Directores
    de Área.
b) Formular los objetivos curriculares, seleccionar los contenidos programáticos, la
    metodología y los instrumentos de evaluación, de acuerdo con las condiciones
    socio – educativas y culturales en las que se realiza el proceso educativo.
c) Coordinar la planificación didáctica dentro del área, de conformidad con las
    orientaciones impartidas por los niveles superiores.
d) Controlar y evaluar la adaptación y la ejecución de los programas de estudio.
e) Diseñar procesos didácticos de recuperación pedagógica para estudiantes con
    dificultades de aprendizaje.
f) Unificar criterios y procedimientos de evaluación del aprendizaje y analizar los
    resultados obtenidos en pruebas, exámenes y otros medios que utilice cada
    profesor.
g) Preparar y aplicar en coordinación con el DOBE, pruebas de diagnóstico.
h) Cumplir con las funciones que le asignaren las autoridades del Instituto, y las
    demás que determine la Ley de Educación y el Reglamento Interno vigentes.


Son deberes y atribuciones de la Junta de Profesores a más de los estipulados en
la Ley de Educación y Reglamento Interno los siguientes:


-   El Director de Área será responsable del trabajo de su grupo de maestros en lo
    que corresponde a planificación curricular cuidando la selección de contenidos
    programáticos de acuerdo al avance de la ciencia y tecnología, guardando
    siempre secuencia y coordinación para satisfacer necesidades de los
    educandos.
-   El Director de Área aplicará la evaluación permanente a los integrantes de su
    grupo con el fin de verificar el manejo de contenidos programáticos y conocer
    que aprenden, como aprenden, y porque aprenden los estudiantes.
-   Cada maestro entregará a su Director de Área los instrumentos de evaluación
    para su aprobación y aplicación.
-   El Secretario de la Junta llevará el libro de actas respectivo y entregará el acta
    de la sesión, en un plazo de 48 horas al Vicerrector.
-   El Director de Área vigilará que sus intergantes cumplan con las disposiciones
    emanadas por las autoridades.
-   Cada Miembro de la Junta de Profesores de Área, recogerá un instrumento de
    evaluación aplicada trimestralmente para la verificación del cumplimiento con el
    Director de Área y Vicerrector.


                  DE LA JUNTA DE PROFESORES DE CURSO


Art. 22.- Las funciones de la Junta de Profesores de Curso del I.T.S. “Pedro Frías
Carrasco”, son las siguientes:


a) Estudiar y analizar el aprovechamiento de los estudiantes, tanto individual
    como del curso, globalmente y por asignaturas; estableciendo un seguimiento
    trimestral, para sugerir estrategias que permitan alcanzar el más alto grado de
    eficiencia en el proceso de aprendizaje y compromiso de todos los docentes en
    la solución oportuna de problemas.
b) Estudiar y analizar el comportamiento individual y del curso, con fines de
    orientación; calificar la disciplina y formular las recomendaciones que fueren
    necesarias.
c) Trabajar coordinadamente con las Juntas de Área y el DOBE del Instituto, en
    forma permanente.
d) Informar por escrito al rector y a la Junta de Directores de Área sobre el
    aprovechamiento, la disciplina de los estudiantes y las dificultades técnico –
    pedagógicas que se presentarán.
e) Estudiar los informes presentados por el Inspector de Curso, sobre los casos
    disciplinarios especiales e informar al Consejo Directivo y al rector para las
    decisiones del caso.
f) Resolver e informar al Consejo Directivo respecto a las sanciones que deban
    aplicarse a los estudiantes que hubieren incurrido en faltas disciplinarias
    graves, previo el informe de la comisión de disciplina.
g) Disponer que la Inspección general o el Dirigente de Curso, informe al padre de
    familia o representante, sobre las recomendaciones formuladas por la Junta, en
    relación con la disciplina y el rendimiento de su representado e involucrarle en
    el proceso educativo.
h) Las demás que disponga la Ley de Educación y el Reglamento Interno del
    Instituto vigentes.


Son deberes y atribuciones de la Junta de Profesores de Curso a más de los
estipulados en la Ley de Educación y Reglamento Interno, los siguientes:




   El secretario llevará en forma obligatoria el libro de actas y tendrá un plazo de
    8 días para legalizar el acta respectiva e inmediato entregar a Secretaría
   Solicitar a las autoridades incentivos o sanciones a estudiantes si el caso lo
    amerita.
   Solicitar a las autoridades de la Institución la separación del Plantel a los
    estudiantes que hayan incurridos en faltas graves comprobadas.
   Buscar y ejecutar estrategias tendientes a mejorar el nivel académico y
    disciplinario de los estudiantes (metodologías, técnicas, trabajos con el
    Sicológo, etc)
   Previo análisis de casos problemas de disciplina y una vez realizado el
    seguimiento con anterioridad si un docente solicita sanción disciplinaria todos
    los integrantes de la junta general se solidarizarán con el peticionario.
   Guardar absoluta reserva de las resoluciones tomadas en la junta de curso.
CAPITULO IV
                         DE LA INSPECCION GENERAL


Art. 23.- Las funciones del titular de la Inspección General del I.T.S. “Pedro Frías
Carrasco”, son:


a) Participar en la ejecución del Plan Institucional.
b) Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos y más disposiciones impartidas
   por las autoridades del Instituto.
c) Mantener el orden y la disciplina en los estudiantes del Instituto.
d) Organizar y controlar la labor de los inspectores de curso.
e) Laborar durante toda la jornada estudiantil.
f) Presentar al Rector los días laborados mensualmente y la asistencia del
   Personal Docente, Administrativo y de Servicio en forma diaria.
g) Desarrollar acciones tendientes a asegurar el bienestar social y la formación
   moral y cívica de los estudiantes del Instituto.
h) Mantener     buenas   relaciones     entre   las   autoridades,   personal   docente,
   administrativo, de servicios, estudiantes, padres de familia y miembros de la
   comunidad.
i) Comunicar oportunamente las disposiciones impartidas por las autoridades del
   Instituto.
j) Cumplir las comisiones y disposiciones impartidas por las autoridades del
   Instituto.
k) Llevar los registros de asistencia de los profesores, personal administrativo y de
   servicio, así como organizar y controlar los de asistencia y disciplina de los
   estudiantes.
l) Orientar al personal de inspección en el manejo de libros, formularios y más
   documentos concernientes a la actividad estudiantil.
m) Conceder permiso a los estudiantes del Instituto por causas debidamente
    justificadas, hasta por cinco días consecutivos.
n) Elaborar anualmente los horarios de clase del Instituto.
o) Las demás que dispongan las autoridades de la Entidad, la Ley de Educación y
    el reglamento Interno del Instituto vigentes.


Son deberes y atribuciones a más de los estipulados en la Ley de Educación y
Reglamento Interno, los siguientes:
-   Comunicar a las autoridades sobre la inasistencia e irregularidades de los
    estudiantes cada semana.
-   Elaborar los horarios de exámenes Trimestrales, Supletorios y de Grado, previo
    visto bueno del Rector, y vigilar el estricto cumplimiento de los mismos e
    informar en el caso de irregularidades.
-   Coordinar y planificar actividades culturales, sociales, deportivas del Plantel.
-   Vigilar el normal desenvolvimiento de las dependencias y servicios de la
    Institución, adoptar correctivos inmediatos a los problemas que se presenten y
    sugerir al rector medidas para contribuir al normal desarrollo.
-   Presentar cronograma de actividades hasta la primera semana laborable en
    cada año lectivo.
-   Coordinar con el DOBE la formación moral y social para la ética de los
    estudiantes.
-   Observar sobre atrasos, faltas y más novedades tanto del personal docente,
    administrativo, de servicio y dicente e informar a las autoridades respectivas.
-   Verificar y observar a los inspectores los leccionarios y partes diarios en caso de
    irregularidades reincidentes, comunicar a autoridades.
-   Concurrir a las juntas de curso y dar a conocer los casos de estudiantes con
    problemas de disciplina.
-   Planificar actividades y convocar al personal de inspección a reuniones
    permanentes para evaluar la disciplina de los estudiantes y asistencia del
    personal, y solucionar oportunamente los problemas presentados.
-   Llevar el inventario de recursos humanos
-   Cumplir y hacer cumplir deberes y obligaciones del personal docente,
    administrativo, de servicio, Estudiantado y padres de familia.
-   Notificar a padres de familia o representantes legales sobre el desenvolvimiento
    académico y disciplinario de su representado.
-   Al final de la jornada legalizar leccionarios de inspectores.



                        DE LA INSPECCION DE CURSOS


Art. 24.- Las funciones de la Inspección de Cursos del I.T.S. “Pedro Frías
Carrasco”, son las siguientes:


a) Cumplir y hacer cumplir la ley y las disposiciones reglamentarias, y las que
    impartan los directivos del Instituto.
b) Concurrir al Instituto quince minutos antes del inicio de las jornadas de trabajo
    y permanecer hasta quince minutos después de concluidas las mismas.
c) Desarrollar acciones tendientes a orientar el comportamiento de los estudiantes
    y ofrecer ayuda para la solución de los problemas individuales y de grupo.
d) Ofrecer la información necesaria al DOBE y a los docentes del Instituto.
e) Cuidar de la seguridad e integridad de los estudiantes, dentro y fuera del
    Instituto, mientras se encuentren a su cargo.
f) Atender los reclamos de los estudiantes y tomar las medidas conducentes, para
    la solución de los mismos.
g) Desplegar todas las actividades encaminadas a crear un ambiente de simpatía,
    confianza, cordialidad, cooperación, respeto mutuo, así como hábitos de
    trabajo y buenos modales.
h) Llevar los libros, registros, formularios y más documentos concernientes a la
    actividad estudiantil, de los respectivos cursos.
i) Brindar atención a los padres de familia o representantes, e informarles
    oportunamente sobre el comportamiento de sus hijos o representados.
j) Desarrollar actividades ocupacionales con los estudiantes, cuando estuviere
    ausente el profesor.
k) Mantener diariamente informado al Inspector General sobre casos especiales
    que conciernen a los estudiantes.
l) Supervisar el buen uso y conservación del local, sus servicios, instalaciones y
    más pertenencias del Instituto.
m) Justificar la inasistencia de los estudiantes, hasta por dos días consecutivos.
n) Participar en las Juntas de Curso, y cumplir las comisiones dispuestas por los
    directivos del Instituto.
o) Atender a un mínimo de tres paralelos y dictar seis horas de clase semanales.
p) Las demás que disponga la Ley de Educación y el Reglamento Interno del
    Instituto vigentes.


Son deberes y atribuciones a más de los estipulados en la Ley de Educación y
Reglamento Interno, los siguientes:



-   Controlar a estudiantes atrasados y asignarles tÁreas específicas para optimizar
    el tiempo de la hora clase.
-   Informar a padres de familia o Representante legal, vía telefónica o esquelas,
    de estudiantes que inasisten dos días consecutivos a la Institución y comunicar
    en forma inmediata de casos problemas.
-   Tener al día fichas y boletines de control de estudiantes y profesores para dar
    información oportuna.
-   Informar a Inspector general diariamente sobre inasistencia de profesores,
    estudiantes, exceso de faltas, abandono de clase, incumplimiento de horario y
    otras observaciones.
-   Reemplazar al profesor inasistente,
-   Elaborar libretas de calificaciones en un plazo de 72 horas laborables de
    concluidas las Juntas, y entregar a profesores guías de curso.
-   Estar presente en las formaciones de estudiantes y cumplir turnos semanales
    para dirigir la formación.
-   Concurrir a las Juntas de Cursos en las cuales son inspectores.
-   Presentar la calificación de disciplina en la fecha señalada para profesores.
-   Controlar a los estudiantes sobre el uso correcto del uniforme y presentación,
    aseo e higiene de los estudiantes.
-   Sugerir y coordinar acciones tendientes a mejorar la disciplina de la institución.
-   Vigilar e intervenir en los cambios de hora para precautelar la disciplina del
    estudiante y el ingreso puntual del docente.
-   Coordinar y participar en la solución de problemas con profesores y guías de
    estudiantes conflictivos.
-   Cumplir turnos semanales para el timbre en el cambio de hora y otras
    actividades que planifique Inspección General.
-   Controlar la disciplina de los estudiantes durante la jornada de trabajo y en
    eventos sociales, deportivos y culturales dentro y fuera de la Institución.


                                 DEL ESTUDIANTADO


Art. 25.- Son funciones (deberes) del Estudiantado, las siguientes:


a) Participar puntualmente en el proceso de formación.
b) Cuidar su buena presentación en el uso de su uniforme, y su higiene personal.
c) Asistir puntualmente a clases y cuando las autoridades lo dispongan a los
    diversos actos cívicos, culturales, sociales, deportivos, sean éstos dentro o
    fuera del Instituto, perfectamente uniformados.
d) Velar por el prestigio y buen nombre del I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”.
e) Guardar la debida consideración y respeto a sus superiores, profesores,
    personal administrativo, de servicios y compañeros, dentro y fuera del Instituto.
f) Participar en representación del Instituto, bajo la dirección de los profesores
   designados para el efecto, en actividades estudiantiles de carácter educativo,
   cultural, social, deportivo, defensa del medio ambiente y educación para la
   salud, utilizando todas sus aptitudes, actitudes y capacidades especiales.
g) Rendir las pruebas de evaluación con honestidad y son sujeción al horario
   establecido por el Instituto.
h) Observar en todos sus actos, dentro y fuera del Instituto un comportamiento
   correcto.
i) Contribuir con la buena conservación de todos los bienes pertenecientes al
   Instituto, incluido material didáctico, laboratorios, biblioteca, y asumir con la
   responsabilidad por el deterioro ocasionado por el estudiante de cualquiera de
   éstos y pagar el costo de su reparación o reposición.
j) Permanecer en el Instituto durante toda la jornada diaria de trabajo.
k) Cumplir con las demás disposiciones determinadas en la Ley de Educación,
   reglamento Interno vigentes y las impartidas por las autoridades del Instituto.

Organigrama estructural

  • 1.
    ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL CONSEJO DIRECTIVO RECTOR SECRETARIA GENERAL VICERRECTOR VICERRECTOR ACADEM. ADMIN. SECRETARIA COLECTURIA PERSONAL ACADM. SERVICIOS JEFE JEFE DE AREA POR INSPECTOR LABORATORIO ESPECIALIDAD GENERAL ASISTENTE PROFESORES ESTUDIANTES
  • 2.
    COLEGIO PARTICULAR ADISTANCIA “ELOY ALFARO” ORGÁNICO FUNCIONAL EL CARMEN 2012
  • 3.
    ESTRUCTURA ORGÁNICA -FUNCIONAL COLEGIO PARTICULAR A DISTANCIA “ELOY ALFARO”
  • 4.
    TITULO I FINALIDAD Y OBJETIVO Art. 1.- El .I.T.S. “Pedro Frías Carrasco” es una Sociedad Educativa Particular y Empresarial, cuya finalidad es la formación académica y científica de Bachilleres Técnicos y Técnicos Superiores en Comercio y Administración, especialidades: Informática y Contabilidad Computarizada, en la ciudad de Ambato. El objetivo principal es: Promover una enseñanza activa y práctica, centralizada en los intereses de la sociedad, para brindar una educación personalizada e integral, de acuerdo a as políticas educativas vigentes: aportando con innovaciones técnicas y científicas vigentes; aportando con innovaciones técnicas y científicas que permitan generar cambios en el desarrollo de la educación local, provincial y nacional. TITULO II ESTRUCTURA ORGANICA Art. 2.- El I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”, está estructurado orgánicamente en forma vertical, para poder identificar con claridad los niveles de organización, igualmente el flujo de autoridad formal y responsabilidad, de la siguiente manera: Junta General de Accionistas Rectorado Vicerrectorado Inspección General CAPITULO I JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
  • 5.
    Art. 3.- Constituyela máxima instancia de autoridad y responsabilidad de la Sociedad Educativa, y la conforman: Socios o Accionistas de la Sociedad Presidencia Gerencia General CAPITULO II RECTORADO Art. 4.- Es la primera instancia de autoridad del I.T.S. “Pedro Frías Carrasco” y el representante oficial del establecimiento, cuyo titular es nombrado por la Junta General de Accionistas, y tiene la responsabilidad de administrar el Instituto y responder por su funcionamiento, está conformado por: Consejo Directivo Junta General de Profesores Secretaría Colecturía Departamento Médico DOBE Servicios Generales
  • 6.
    CAPITULO III VICERRECTORADO Art. 5.- Es la segunda instancia de autoridad del Instituto, cuyo titular es nombrado por la Junta General de Accionistas, tiene la responsabilidad de planificar y evaluar el desarrollo académico y pedagógico del plantel en coordinación con el rector, está conformado por: Junta de Directores de Área Junta de Profesores de Área Junta de Profesores de Curso Comisiones permanentes CAPITULO IV INSPECTOR GENERAL Art. 6.- Es la tercera instancia de autoridad del Instituto, cuyo titular es nombrado por la Junta General de Accionistas, tiene como responsabilidad cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos y más disposiciones impartidas por las autoridades dentro de la ley, está conformada por: Inspección de Cursos Estudiantado Comité Central de Padres de Familia TITULO III ESTRUCTURA FUNCIONAL CAPITULO Y
  • 7.
    DE LA JUNTAGENERAL DE ACCIONISTAS Art. 7.- Son funciones de la Junta General de Accionistas, las siguientes: a) Acordar por mayoría simple de votos la aprobación de las resoluciones. b) Cumplir con los deberes y responsabilidades constantes en la Ley de Compañías. c) Llevar en hojas móviles escritas a máquina o a mano, foliadas y suscritas por el Presidente y Secretario, las actas de las Juntas generales. d) Nombrar al Presidente y Gerente General, por un período de dos años, pudiendo reelegirlos indefinidamente. e) Autorizar al Presidente y Gerente General para que conjuntamente o por separado, suscriban contratos en un moto superior a cien salarios mínimos vitales vigentes a la fecha de autorización. f) Fijar los montos de los sueldos, comisiones, viáticos que perciban el Presidente y Gerente General. g) Nombrar Rector, Vicerrector, Inspector General y Primer Vocal principal de Consejo Directivo del Instituto. h) Aprobar y financiar el plan de acción institucional elaborado por el Consejo Directivo y revisado por el Gerente General. DEL PRESIDENTE Art. 8.- Son funciones del Presidente de la Sociedad Educativa: a) Presidir las sesiones de la Junta General. b) Suscribir conjuntamente con el Gerente general de certificados de aportación que la Sociedad Educativa entregará a cada socio. c) Suscribir conjuntamente con el Secretario, las actas de las sesiones respectivas. d) Subrogar al Gerente general hasta por un tiempo máximo de tres meses.
  • 8.
    e) Cumplir yhacer cumplir los estatutos y los reglamentos establecidos en la Sociedad Educativa y las resoluciones de la Junta general. f) Colaborar con el Gerente general en la administración de la Sociedad Educativa. g) Suscribir conjuntamente con el Gerente General en la administración de la Sociedad Educativa. h) Presentar a la Junta General informe de la gestión realizada en su período. i) Las demás que la Junta general disponga, de conformidad con la Ley. DE LA GERENCIA GENERAL Art. 9.- Son funciones del gerente General de la Sociedad Educativa, las siguientes: a) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones de la Junta General. b) Administrar la Sociedad Educativa de conformidad a la Ley de Compañías, estatutos y reglamentos. c) Ejecutar toda clase de contratos y actos a nombre de la Sociedad Educativa, de conformidad con la ley. d) Convocar a sesiones de la Junta General. e) Actuar como Secretario en las sesiones de la Junta General. f) Contratar, designar o remover al personal del Instituto de conformidad a las intereses de la entidad, previo informe del Rector y de acuerdo con la ley. g) Fijar cauciones, remuneraciones y conceder vacaciones y licencias a las autoridades, personal administrativo y de servicios del Instituto. h) Elaborar los reglamentos necesarios para el buen funcionamiento de la Sociedad Educativa. i) Supervisar el correcto funcionamiento de la contabilidad de la Sociedad Educativa. j) Elaborar la proforma presupuestaria conjuntamente con las personas encargadas de la colecturía y la contabilidad, y analizar el plan anual de acción
  • 9.
    institucional elaborado porel Consejo Directivo y poner en consideración de la Junta General para su aprobación. k) Suscribir conjuntamente con el Presidente, previa autorización de la Junta obligaciones por un monto superior a los cien salarios mínimos vitales. l) Organizar los espacios físicos y oficinas del Instituto. m) Coordinar con el rector y Vicerrector todo lo relacionado con los aspectos técnicos pedagógicos y administrativos del Instituto. n) Presentar a la Junta General anualmente, los balances, el estado de pérdidas y ganancias de la Sociedad Educativa. o) Presentar a la Junta General el informe de la gestión realizada en el aspecto económico y administrativo del Instituto. p) Autorizar al rector del Instituto la realización de Concursos de Merecimientos cuando se presenten vacantes en las áreas docentes, administrativa y de servicios. q) Las demás que la Junta General disponga, de conformidad a la Ley. CAPITULO II DEL RECTORADO Art. 10.- Las funciones del titular del rectorado del I.T.S. “Pedro Frías carrasco”, son las siguientes: a) Cumplir y hacer cumplir las normas legales, reglamentarias y más disposiciones impartidas por las autoridades educativas y por la Junta General.. b) Administrar el Instituto en coordinación con el gerente General, y responder por su funcionamiento y disciplina interna y externa. c) Permanecer en el Instituto mientras dure las jornadas de trabajo establecidas. d) Velar para que la acción del Instituto se vincule con el desarrollo de la comunidad.
  • 10.
    e) Presidir elConsejo Directivo y Junta General de profesores del Instituto. f) Promover y participar en acciones de mejoramiento de la educación, actualización y desarrollo profesional del personal docente, administrativo y de servicios. g) Presentar a la Gerencia General el informe anual de labores y el cuadro de distribución de trabajo. h) Legalizar los documentos oficiales que son de su responsabilidad y suscribir conjuntamente con la secretaria los títulos que confiere el Instituto. i) Responsabilizarse solidariamente con la o las personas que tienen a su cargo la colecturía del manejo de los fondos del Instituto. j) Declarar aptos para presentarse a rendir exámenes de grado, a los estudiantes que hubieren cumplido con los requisitos correspondientes. k) Asignar al personal las comisiones ocasionales que fueren necesarias. l) Informar permanentemente al Gerente General sobre las novedades referentes al personal y Estudiantado del Instituto. m) Designar tribunales para la defensa de los trabajos de investigación o demostración de los trabajos prácticos, y para la recepción de exámenes de grado. n) Tener un mínimo de cuatro y un máximo de ocho horas clase, semanales. o) Informar a la Junta General de Profesores en su última sesión, el informe anual de labores. p) Estimular y sancionar al personal docente, administrativo y de servicios del Instituto, de acuerdo a las normas legales vigentes. q) Suministrar oportunamente a la Dirección provincial de Educación de Tungurahua, la información estadística del Instituto y más datos solicitados oficialmente. r) Aprobar la distribución de trabajo y el horario elaborado por una comisión especial, designada por el Consejo Directivo.
  • 11.
    s) Organizar actividadesculturales, sociales, deportivas, de defensa del medio ambiente y de educación para la salud, con la participación del Instituto y la comunidad. t) Administrar las áreas de apoyo del I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”: Secretaria, Colecturía, Dpto. Médico, DOBE, y Servicios Generales. u) Coordinar la labor pedagógica con el Gerente General, Vicerrector Consejo Directivo y Junta General de profesores. v) Convocar y realizar Concursos de Merecimientos y Oposición para llenar vacantes de personal docente, administrativo y de servicios del Instituto, en coordinación con el Gerente General. w) Las demás que disponga la Ley de Educación y el reglamento Interno del Instituto vigentes. DEL CONSEJO DIRECTIVO Art. 11.- Son funciones del Consejo Directivo del I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”, las siguientes: a) Elaborar el Plan de Acción Institucional, dar a conocer a la Junta General de Profesores y presentar al gerente General, para su aprobación. b) Elaborar las reformas al reglamento Interno del Instituto, poner en conocimiento de la Gerencia para su visto bueno y remitir a la Dirección Provincial de Educación de Tungurahua para su aprobación. c) Designar la comisión encargada de elaborar el horario general y la distribución de trabajo para el personal docente. d) Conformar las comisiones permanentes necesarias para el buen funcionamiento del Instituto. e) Estudiar y resolver problemas de carácter disciplinario profesional del personal docente y disponer el trámite correspondiente.
  • 12.
    f) Crear estímulose imponer sanciones a los estudiantes de conformidad a la Ley de Reglamentos pertinentes. g) Conocer y aprobar los informes presentados por los responsables de los departamentos, organismos técnicos y comisiones. h) Evaluar periódicamente la marcha del plan institucional y realizar los ajustes que fueren necesarios. i) Supervisar el proceso de las Concursos de Merecimientos y Oposición realizados por el Rector. j) Las demás que determine la Ley de Educación y el Reglamento Interno del Instituto vigentes. DE LA JUNTA GENERAL DE PROFESORES Art. 12.- Son funciones de la Junta General de Profesores del I.T.S. “Pedro Frías carrasco”, las siguientes: a) Conocer el Plan de Acción Institucional preparado por el Consejo Directivo del Instituto, y sugerir las modificaciones que creyere conveniente. b) Conocer el informe anual de labores preparado por el rector del Instituto y formular las recomendaciones que estimaren conveniente. c) Elegir dos vocales principales con sus respectivos suplentes del Consejo Directivo del Instituto. d) Estudiar y resolver los asuntos que fueren sometidos a su consideración por el rector del Instituto. e) Estudiar y resolver los asuntos que fueren sometidos a su consideración por el Rector del Instituto. f) Las demás que disponga la Ley de Educación y el reglamento Interno vigentes.
  • 13.
    DE LA SECRETARIA Art.13.- Las funciones de la persona titular de la Secretaría del I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”, son las siguientes: a) Organizar las labores de la Secretaría del Instituto. b) Notificar y controlar la asistencia a reuniones de los miembros del Consejo Directivo. c) Actuar como secretaria(o) del Consejo Directivo. d) Redactar y suscribir las actas de las sesiones del Consejo Directivo, Junta General de Profesores y Asambleas del Comité Central de Padres de Familia. e) Certificar documentos solicitados por el personal docente, administrativo y Estudiantado del Instituto. f) Supervisar y dirigir la recepción de matrículas. g) Vigilar la elaboración de cuadros estadísticos solicitados por las autoridades y de los libros auxiliares de promedios, previos a la obtención de los títulos que otorga el Instituto. h) Desempeñar sus funciones con responsabilidad, agilidad, cortesía y ética profesional. i) Supervisar y mantener actualizando el archivo del Instituto. j) Manejar el fondo de caja chica del Instituto si la Gerencia General lo asigna. k) Tramitar y registrar la correspondencia del Instituto y llevar el registro de ingresos y egresos. l) Efectuar convocatorias de acuerdo a disposiciones del rector del Instituto. m) Intervenir en las actas de apertura de Concursos de Merecimientos que se realiza en el Instituto. n) Laborar de conformidad al horario establecido en el Instituto. o) Las demás que determine la Ley de Educación y el reglamento Interno del Instituto vigentes.
  • 14.
    A más delas estipuladas en el Reglamento General son los siguientes: - Dar a conocer oportunamente a departamentos, profesores, estudiantes y más interesados las resoluciones, decisiones, acuerdos y comunicados de instancias superiores en un plazo de 24 horas. - Archivar comunicaciones del inciso anterior, una vez que han conocido todos los involucrados. - Guardar absoluta reserva sobre resoluciones e informaciones de las que no este facultada hacer publico. - Coleccionar junto con el Departamento de RR.HH., los boletines, artículos de prensa, referentes a la Institución. - Prohibir la manipulación de documentos, libros, registros y otros que pertenecen al Departamento de Secretaría, personas ajenas al Departamento. - Los bienes, suministros y materiales de oficina deben solicitarse en base a necesidades y optimizar los mismos con fines exclusivos de trabajo de la Institución. - Recibir y entregar con actas de entrega – recepción toda la documentación y bienes a su cargo. - Exigir a los docentes el paso oportuno de notas, sin tachones, ni enmendaduras, y de acuerdo con las disposiciones emanadas por las autoridades respectivas. - Legalizar la documentación de matrículas promociones, actas de grado, títulos y otros documentos en la Dirección Provincial de Educación y otros organismos competentes. - Utilizar teléfono, computador y otros bienes para labores exclusivamente de la Institución. - Exigir a los directivos de la sociedad la automatización de sistemas para matrículas, calificaciones, promociones, etc. DE ASISTENTE DE SECRETARIA (OFICINISTA)
  • 15.
    Art. 14.- Sonfunciones de la persona titular del puesto de Oficinista en el I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”, las siguientes: a) Receptar las matrículas de los estudiantes al Instituto, en los períodos establecidos. b) Mecanografiar oficios, circulares, memorándums, certificaciones de matrícula, cronogramas, pases de año, etc. c) Transcribir el resumen mensual de asistencia del personal directivo, docente, administrativo y de servicios del Instituto, remitidos por el Inspector general. d) Elaborar anualmente el distributivo de labores y los respectivos contratos de trabajo del personal del Instituto. e) Llevar en archivo las carpetas de los documentos personales de los estudiantes (documentos estudiantiles). f) Transcribir las calificaciones y promedios a los libros correspondientes del Instituto. g) Elaborar la nómina de los estudiantes matriculados, clasificados por paralelo. h) Asistir en las funciones de Secretaría cuando su titular lo requiera. i) Laborar de conformidad al horario establecido en el Instituto. j) Las demás que determine la Ley de Educación y el Reglamento Interno del Instituto vigentes. DE COLECTURIA Art. 15.- las funciones de la persona titular de la Colecturía del I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”, son: a) Participar en la elaboración de la proforma presupuestaria del Instituto. b) Asesorar en materia económica a las autoridades del Instituto. c) Controlar las registros sobre ingresos y egresos presupuestarios.
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    d) Supervisar elcontrol del movimiento económico. e) Suscribir conjuntamente con el Gerente General de la Sociedad Educativa, cheques y comprobantes de pago. f) Supervisar y Controlar que se mantenga actualizado el inventario de bienes muebles, inmuebles, suministros de oficina, permanentes al Instituto. g) Participar en la elaboración de los inventarios del Instituto y en las actas de entrega – recepción. h) Custodiar las especies valoradas del Instituto. i) Elaborar los roles de pago. j) Ejecutar los pagos de sueldos mensuales al personal docente, administrativo y de servicios. k) Recaudar dineros por concepto de matrículas, pensiones, venta de especies valoradas, tasa y otros. l) Efectuar depósitos en los bancos. m) Rendir informes periódicos de ingresos y egresos, estados financieros, etc., al Gerente general de la Sociedad Educativa. n) Laborar de conformidad al horario establecido en el Instituto. o) Vigilar el cumplimiento de las leyes y reglamentos económicos vigentes. p) A más de las que determine la Ley de Educación y el reglamento Interno del Instituto vigentes, las siguientes: - Presentar un informe detallado de cada rubro de ingreso en forma periódica al Gerente de la Sociedad Educativa. - Cotizar mínimo en tres empresas para toda adquisición de bienes, o gastos que sobrepasen los 20 dólares, y presentar al Gerente, para el análisis y seleccione al proveedor para la adquisición. - Solicitar la automatización a los directivos de la Sociedad para el control de ingresos y egresos y la contabilidad las de la Institución. - Participar con un accionista de la sociedad en las erogaciones económicas a favor de la Institución.
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    - Realizar los depósitos diarios, antes de que ingrese a la jornada vespertina para lo cual se tomará el tiempo que requiera para el efecto. - Exigir el pago de pensión como plazo máximo hasta el 5 de cada mes y bajo ningún pretexto fuera de esta fecha. - Informar a Profesores Guías sobre los estudiantes que no han cancelado pensiones a fin de tomar correctivos necesarios, a partir del 06 de cada mes. - Los desembolsos económicos de la Institución Educativa tanto de caja chica como gastos mayores, podrá autorizar el Gerente de la Sociedad. - Para entrega de suministros y materiales a dependencias o personal de la institución se hará con el visto bueno del Rector y formulario respectivo de egreso. - Los libros y colecciones existentes en biblioteca estarían custodiados bajo llave y para préstamos serán únicamente canalizados por la Srta. Colectora. DEL DEPARTAMENTO MEDICO Art. 16.- Son funciones del titular del Departamento Médico del I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”, las siguientes: a) Ejecutar anualmente un programa de Medicina Preventiva en el Instituto. b) Dictar periódicamente seminarios y conferencias de Educación para la Salud. c) Atender con ética profesional cuando lo requieran, el Estudiantado, los directivos, personal docente, administrativo, de servicios y padres de familia del Instituto. d) Emitir el respectivo certificado médico a sus pacientes en caso de necesitar reposo o tratamiento especializado. e) Cumplir con el horario establecido por el I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”.
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    f) Abalizar loscertificados médicos de facultativos particulares, presentados por el personal del Instituto. g) Además de las establecidas en la Ley y reglamentos de la salud y Reglamento Interno del Instituto vigentes, la siguiente: - Informar sobre necesidades de medicinas básicas que se requieren en el botiquín de la Institución, específicamente de primeros auxilios. DEL D.O.B.E. Art. 17.- Las funciones de la persona titular del Departamento de Orientación y Bienestar Estudiantil del I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”, son: a) Estudiar y proponer soluciones a problemas sociales, económicos y otros que incidan en el bienestar de los estudiantes del Instituto. b) Participar en la organización de actividades colectivas y grupos de mejoramiento. c) Participar en el diseño de boletas de encuestas de carácter socio – económico, cultural y otros. d) Conformar grupos de trabajo y colaborar en la realización de charlas, seminarios, cursos de motivación, superación, etc., para los estudiantes del Instituto. e) Participar en las investigaciones que proponga el DOBE provincial. f) Asistir a las reuniones de trabajo convocadas por el DOBE provincial. g) Formar parte de la comisión de salud del Instituto. h) Presentar informes mensuales de las investigaciones realizadas al rector del Instituto. i) Laborar de conformidad al horario establecido en el Instituto. j) A más de las que determine la Ley de Educación y el Reglamento Interno del Instituto vigentes, son las siguientes:
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    - Asesorar y prestar en forma oportuna actividades de su campo tanto a: Personal Docente como Dicente. - Presentar planificación para una mejor organización y ayuda a estudiantes en conflicto. - Llevar actualizadas las fichas socio-económicas y el control individual de los estudiantes. - Organizar charlas y conferencias sobre vocación para los estudiantes del tercer Año de Educación Básica y Tercer Año de Educación Media. - Certificar la aptitud para la especialización a seguir de los estudiantes del Tercer Año de Educación Básica. - Informar por escrito de sus actividades a las autoridades cada mes. - Sugerir a las autoridades la admisión de estudiantes nuevos previa un acta de compromiso. - Solucionar en el momento los problemas que se presentan de los estudiantes con los profesores e inspectores. SERVICIOS GENERALES AUXILIAR DE SERVICIOS Art. 18.- Las funciones del Auxiliar de Servicios del Instituto Técnico Superior “Pedro Frías Carrasco”, son las siguientes: a) Efectuar el aseo de todas las instalaciones del Instituto. b) Franquear y retirar correspondencia del Instituto. c) Ejecutar diligencias oficiales en bancos y otras instituciones. d) Resguardar las instalaciones físicas y demás bienes del Instituto.
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    e) Transportar máquinas,equipos y materiales varios necesarios que soliciten para su utilización. f) Hacer labores de mensajería dentro y fuera del Instituto, de asuntos oficiales. g) Realizar ocasionalmente trabajos menores de carpintería, gasfitería, albañilería y otros, tendientes a mantener la imagen y presentación del Instituto. h) Informar al rector del Instituto sobre las novedades que se suscitaren diariamente en el plantel. i) A más de las que dispongan la Ley de Educación, Reglamento Interno del Instituto vigentes y autoridades del Plantel, de conformidad con la ley, es la siguiente: - No podrá abandonar el plantel en horas laborables; sin previo la autorización de las autoridades del Instituto. CAPITULO III DEL VICERRECTORADO Art. 19.- Son funciones del titular del Vicerrectorado del I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”, las siguientes: a) Asumir el rectorado en ausencia del titular. b) Responsabilizarse de la planificación, evaluación y desarrollo académico y pedagógico del Instituto en coordinación con el Rector. c) Permanecer en el establecimiento durante el desarrollo de las actividades de la jornada estudiantil. d) Prescindir la Junta de Profesores de Área. e) Asesorar al gerente general y al rector en asuntos técnicos, académicos y pedagógicos.
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    f) Coordinar ysupervisar el trabajo de las comisiones especiales designadas por el Rector o Consejo Directivo. g) Informar periódicamente al rector y al Consejo Directivo el cumplimiento de sus funciones. h) Ejecutar otras actividades delegadas por el Rector o señaladas en los Reglamentos. i) Tener un mínimo de cuatro y un máximo de ocho horas semanales de clase. j) A más de las disposiciones señaladas en la Ley de Educación y Reglamento Interno del Instituto vigentes, las siguientes: - Exigir y hacer cumplir a los directores de área que presenten con oportunidad la planificación curricular anual de área y de unidad; así como instrumentos de evaluación, para el cumplimiento del desarrollo académico y pedagógico. - Solicitar a comisiones y área, informes sobre la labor docente - Sugerir cambios de horario en función de necesidades pedagógicas. - Ejercer labores de supervisión a los profesores en forma permanente, y hacer las observaciones y tomar correctivos necesarios . - Revisar y controlar la planificación y cumplimiento de deberes y obligaciones de los profesores guías. - Supervisar la gestión administrativa y docente, de Inspección, para detectar novedades e informar de las mismas al Rectorado en caso de irregularidades, para tomar los respectivos correctivos. - Conscientizar y exigir a los docentes que al impartir los conocimientos no centren la atención únicamente en la parte científica sino sean prácticos y vayan a la formación integral del estudiante. - Controlar los registros de calificaciones de los docentes y exigir la buena utilización de los mismos. - Recibir los problemas pedagógicos y académicos, canalizarlos y buscar solución. - Planificar y sugerir actividades y recuperación pedagógica y extra-clases, como culturales, sociales que beneficien a los estudiantes y a la comunidad.
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    DE LA JUNTADE DIRECTORES DE ÁREA Art. 20.- Son funciones de la Junta de Directores de Área del I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”: a) Planificar anualmente su trabajo. b) Promover en el Instituto un permanente proceso de mejoramiento de la educación y un trabajo educativo coordinado, continuo e integrado. c) Coordinar las actividades educativas del profesorado del Instituto. d) Promover la capacitación y el perfeccionamiento del personal docente del Instituto. e) Promover la acción interdisciplinaria entre las diversas áreas. f) Seleccionar y recomendar los procesos didácticos más convenientes para la dirección del aprendizaje y los criterios de evaluación aplicables a las diferentes área académicas. g) Propiciar la investigación y experimentación pedagógicas, así como la innovación y adaptación curricular. h) Promover la elaboración y utilización y utilización de los recursos materiales que la tecnología educativa ofrece al proceso educativo. i) Aprobar los planes de trabajo de las Juntas de Área. j) Evaluar su trabajo e informar su resultados al Rector. k) Cumplir con las demás funciones que le asignaren las autoridades y las que señalare la Ley de Educación y reglamento Interno del Instituto vigentes. Son deberes y atribuciones a más de los estipulados en la Ley de Educación y Reglamento Interno los siguientes: - Nombrar un Secretario quien llevará el libro de actas - Cada acta debe aprobarse en la siguiente sesión de trabajo.
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    - Al finalizar el año lectivo deberá entregar actas e informes de las actividades cumplidas en el año lectivo. - En cada reunión analizar problemas académicos y disciplinarios; solucionarlos y sugerir nuevas estrategias para contrarestarlos. - Informar sobre el seguimiento de contenidos programáticos. - Informar a las autoridades sobre novedades y sugerencias - Aprobar instrumentos de evaluación - Exigir a los integrantes de su área el cumplimiento de la planificación curricular, de área y unidad, así como los instrumentos de evaluación para su análisis y ejecución - Guardar absoluta reserva sobre resoluciones e informaciones de las que no este facultado hacer público. - Intercambiar experiencias y/o conocimientos para multiplicar en la Junta de Área. - Comunicar a todos los profesores de la Junta de Área que los problemas del inter-aprendizaje, sean conocidos en orden regular esto es estudiante – profesor ; profesor – director de área, director de área – Vicerrector; Vicerrector – Rector. - Cumplir con las demás disposiciones que asignen las autoridades y otras que señalen el reglamento interno. DE LA JUNTA DE PROFESORES DE ÁREA Art. 21.- Son funciones de la Junta de Profesores de Área del I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”, son:
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    a) Elaborar suplan de trabajo y ponerlo a consideración de la Junta de Directores de Área. b) Formular los objetivos curriculares, seleccionar los contenidos programáticos, la metodología y los instrumentos de evaluación, de acuerdo con las condiciones socio – educativas y culturales en las que se realiza el proceso educativo. c) Coordinar la planificación didáctica dentro del área, de conformidad con las orientaciones impartidas por los niveles superiores. d) Controlar y evaluar la adaptación y la ejecución de los programas de estudio. e) Diseñar procesos didácticos de recuperación pedagógica para estudiantes con dificultades de aprendizaje. f) Unificar criterios y procedimientos de evaluación del aprendizaje y analizar los resultados obtenidos en pruebas, exámenes y otros medios que utilice cada profesor. g) Preparar y aplicar en coordinación con el DOBE, pruebas de diagnóstico. h) Cumplir con las funciones que le asignaren las autoridades del Instituto, y las demás que determine la Ley de Educación y el Reglamento Interno vigentes. Son deberes y atribuciones de la Junta de Profesores a más de los estipulados en la Ley de Educación y Reglamento Interno los siguientes: - El Director de Área será responsable del trabajo de su grupo de maestros en lo que corresponde a planificación curricular cuidando la selección de contenidos programáticos de acuerdo al avance de la ciencia y tecnología, guardando siempre secuencia y coordinación para satisfacer necesidades de los educandos. - El Director de Área aplicará la evaluación permanente a los integrantes de su grupo con el fin de verificar el manejo de contenidos programáticos y conocer que aprenden, como aprenden, y porque aprenden los estudiantes. - Cada maestro entregará a su Director de Área los instrumentos de evaluación para su aprobación y aplicación.
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    - El Secretario de la Junta llevará el libro de actas respectivo y entregará el acta de la sesión, en un plazo de 48 horas al Vicerrector. - El Director de Área vigilará que sus intergantes cumplan con las disposiciones emanadas por las autoridades. - Cada Miembro de la Junta de Profesores de Área, recogerá un instrumento de evaluación aplicada trimestralmente para la verificación del cumplimiento con el Director de Área y Vicerrector. DE LA JUNTA DE PROFESORES DE CURSO Art. 22.- Las funciones de la Junta de Profesores de Curso del I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”, son las siguientes: a) Estudiar y analizar el aprovechamiento de los estudiantes, tanto individual como del curso, globalmente y por asignaturas; estableciendo un seguimiento trimestral, para sugerir estrategias que permitan alcanzar el más alto grado de eficiencia en el proceso de aprendizaje y compromiso de todos los docentes en la solución oportuna de problemas. b) Estudiar y analizar el comportamiento individual y del curso, con fines de orientación; calificar la disciplina y formular las recomendaciones que fueren necesarias. c) Trabajar coordinadamente con las Juntas de Área y el DOBE del Instituto, en forma permanente. d) Informar por escrito al rector y a la Junta de Directores de Área sobre el aprovechamiento, la disciplina de los estudiantes y las dificultades técnico – pedagógicas que se presentarán. e) Estudiar los informes presentados por el Inspector de Curso, sobre los casos disciplinarios especiales e informar al Consejo Directivo y al rector para las decisiones del caso.
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    f) Resolver einformar al Consejo Directivo respecto a las sanciones que deban aplicarse a los estudiantes que hubieren incurrido en faltas disciplinarias graves, previo el informe de la comisión de disciplina. g) Disponer que la Inspección general o el Dirigente de Curso, informe al padre de familia o representante, sobre las recomendaciones formuladas por la Junta, en relación con la disciplina y el rendimiento de su representado e involucrarle en el proceso educativo. h) Las demás que disponga la Ley de Educación y el Reglamento Interno del Instituto vigentes. Son deberes y atribuciones de la Junta de Profesores de Curso a más de los estipulados en la Ley de Educación y Reglamento Interno, los siguientes:  El secretario llevará en forma obligatoria el libro de actas y tendrá un plazo de 8 días para legalizar el acta respectiva e inmediato entregar a Secretaría  Solicitar a las autoridades incentivos o sanciones a estudiantes si el caso lo amerita.  Solicitar a las autoridades de la Institución la separación del Plantel a los estudiantes que hayan incurridos en faltas graves comprobadas.  Buscar y ejecutar estrategias tendientes a mejorar el nivel académico y disciplinario de los estudiantes (metodologías, técnicas, trabajos con el Sicológo, etc)  Previo análisis de casos problemas de disciplina y una vez realizado el seguimiento con anterioridad si un docente solicita sanción disciplinaria todos los integrantes de la junta general se solidarizarán con el peticionario.  Guardar absoluta reserva de las resoluciones tomadas en la junta de curso.
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    CAPITULO IV DE LA INSPECCION GENERAL Art. 23.- Las funciones del titular de la Inspección General del I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”, son: a) Participar en la ejecución del Plan Institucional. b) Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos y más disposiciones impartidas por las autoridades del Instituto. c) Mantener el orden y la disciplina en los estudiantes del Instituto. d) Organizar y controlar la labor de los inspectores de curso. e) Laborar durante toda la jornada estudiantil. f) Presentar al Rector los días laborados mensualmente y la asistencia del Personal Docente, Administrativo y de Servicio en forma diaria. g) Desarrollar acciones tendientes a asegurar el bienestar social y la formación moral y cívica de los estudiantes del Instituto. h) Mantener buenas relaciones entre las autoridades, personal docente, administrativo, de servicios, estudiantes, padres de familia y miembros de la comunidad. i) Comunicar oportunamente las disposiciones impartidas por las autoridades del Instituto. j) Cumplir las comisiones y disposiciones impartidas por las autoridades del Instituto. k) Llevar los registros de asistencia de los profesores, personal administrativo y de servicio, así como organizar y controlar los de asistencia y disciplina de los estudiantes. l) Orientar al personal de inspección en el manejo de libros, formularios y más documentos concernientes a la actividad estudiantil.
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    m) Conceder permisoa los estudiantes del Instituto por causas debidamente justificadas, hasta por cinco días consecutivos. n) Elaborar anualmente los horarios de clase del Instituto. o) Las demás que dispongan las autoridades de la Entidad, la Ley de Educación y el reglamento Interno del Instituto vigentes. Son deberes y atribuciones a más de los estipulados en la Ley de Educación y Reglamento Interno, los siguientes: - Comunicar a las autoridades sobre la inasistencia e irregularidades de los estudiantes cada semana. - Elaborar los horarios de exámenes Trimestrales, Supletorios y de Grado, previo visto bueno del Rector, y vigilar el estricto cumplimiento de los mismos e informar en el caso de irregularidades. - Coordinar y planificar actividades culturales, sociales, deportivas del Plantel. - Vigilar el normal desenvolvimiento de las dependencias y servicios de la Institución, adoptar correctivos inmediatos a los problemas que se presenten y sugerir al rector medidas para contribuir al normal desarrollo. - Presentar cronograma de actividades hasta la primera semana laborable en cada año lectivo. - Coordinar con el DOBE la formación moral y social para la ética de los estudiantes. - Observar sobre atrasos, faltas y más novedades tanto del personal docente, administrativo, de servicio y dicente e informar a las autoridades respectivas. - Verificar y observar a los inspectores los leccionarios y partes diarios en caso de irregularidades reincidentes, comunicar a autoridades. - Concurrir a las juntas de curso y dar a conocer los casos de estudiantes con problemas de disciplina. - Planificar actividades y convocar al personal de inspección a reuniones permanentes para evaluar la disciplina de los estudiantes y asistencia del personal, y solucionar oportunamente los problemas presentados.
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    - Llevar el inventario de recursos humanos - Cumplir y hacer cumplir deberes y obligaciones del personal docente, administrativo, de servicio, Estudiantado y padres de familia. - Notificar a padres de familia o representantes legales sobre el desenvolvimiento académico y disciplinario de su representado. - Al final de la jornada legalizar leccionarios de inspectores. DE LA INSPECCION DE CURSOS Art. 24.- Las funciones de la Inspección de Cursos del I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”, son las siguientes: a) Cumplir y hacer cumplir la ley y las disposiciones reglamentarias, y las que impartan los directivos del Instituto. b) Concurrir al Instituto quince minutos antes del inicio de las jornadas de trabajo y permanecer hasta quince minutos después de concluidas las mismas. c) Desarrollar acciones tendientes a orientar el comportamiento de los estudiantes y ofrecer ayuda para la solución de los problemas individuales y de grupo. d) Ofrecer la información necesaria al DOBE y a los docentes del Instituto. e) Cuidar de la seguridad e integridad de los estudiantes, dentro y fuera del Instituto, mientras se encuentren a su cargo. f) Atender los reclamos de los estudiantes y tomar las medidas conducentes, para la solución de los mismos. g) Desplegar todas las actividades encaminadas a crear un ambiente de simpatía, confianza, cordialidad, cooperación, respeto mutuo, así como hábitos de trabajo y buenos modales. h) Llevar los libros, registros, formularios y más documentos concernientes a la actividad estudiantil, de los respectivos cursos.
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    i) Brindar atencióna los padres de familia o representantes, e informarles oportunamente sobre el comportamiento de sus hijos o representados. j) Desarrollar actividades ocupacionales con los estudiantes, cuando estuviere ausente el profesor. k) Mantener diariamente informado al Inspector General sobre casos especiales que conciernen a los estudiantes. l) Supervisar el buen uso y conservación del local, sus servicios, instalaciones y más pertenencias del Instituto. m) Justificar la inasistencia de los estudiantes, hasta por dos días consecutivos. n) Participar en las Juntas de Curso, y cumplir las comisiones dispuestas por los directivos del Instituto. o) Atender a un mínimo de tres paralelos y dictar seis horas de clase semanales. p) Las demás que disponga la Ley de Educación y el Reglamento Interno del Instituto vigentes. Son deberes y atribuciones a más de los estipulados en la Ley de Educación y Reglamento Interno, los siguientes: - Controlar a estudiantes atrasados y asignarles tÁreas específicas para optimizar el tiempo de la hora clase. - Informar a padres de familia o Representante legal, vía telefónica o esquelas, de estudiantes que inasisten dos días consecutivos a la Institución y comunicar en forma inmediata de casos problemas. - Tener al día fichas y boletines de control de estudiantes y profesores para dar información oportuna. - Informar a Inspector general diariamente sobre inasistencia de profesores, estudiantes, exceso de faltas, abandono de clase, incumplimiento de horario y otras observaciones. - Reemplazar al profesor inasistente,
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    - Elaborar libretas de calificaciones en un plazo de 72 horas laborables de concluidas las Juntas, y entregar a profesores guías de curso. - Estar presente en las formaciones de estudiantes y cumplir turnos semanales para dirigir la formación. - Concurrir a las Juntas de Cursos en las cuales son inspectores. - Presentar la calificación de disciplina en la fecha señalada para profesores. - Controlar a los estudiantes sobre el uso correcto del uniforme y presentación, aseo e higiene de los estudiantes. - Sugerir y coordinar acciones tendientes a mejorar la disciplina de la institución. - Vigilar e intervenir en los cambios de hora para precautelar la disciplina del estudiante y el ingreso puntual del docente. - Coordinar y participar en la solución de problemas con profesores y guías de estudiantes conflictivos. - Cumplir turnos semanales para el timbre en el cambio de hora y otras actividades que planifique Inspección General. - Controlar la disciplina de los estudiantes durante la jornada de trabajo y en eventos sociales, deportivos y culturales dentro y fuera de la Institución. DEL ESTUDIANTADO Art. 25.- Son funciones (deberes) del Estudiantado, las siguientes: a) Participar puntualmente en el proceso de formación. b) Cuidar su buena presentación en el uso de su uniforme, y su higiene personal. c) Asistir puntualmente a clases y cuando las autoridades lo dispongan a los diversos actos cívicos, culturales, sociales, deportivos, sean éstos dentro o fuera del Instituto, perfectamente uniformados. d) Velar por el prestigio y buen nombre del I.T.S. “Pedro Frías Carrasco”. e) Guardar la debida consideración y respeto a sus superiores, profesores, personal administrativo, de servicios y compañeros, dentro y fuera del Instituto.
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    f) Participar enrepresentación del Instituto, bajo la dirección de los profesores designados para el efecto, en actividades estudiantiles de carácter educativo, cultural, social, deportivo, defensa del medio ambiente y educación para la salud, utilizando todas sus aptitudes, actitudes y capacidades especiales. g) Rendir las pruebas de evaluación con honestidad y son sujeción al horario establecido por el Instituto. h) Observar en todos sus actos, dentro y fuera del Instituto un comportamiento correcto. i) Contribuir con la buena conservación de todos los bienes pertenecientes al Instituto, incluido material didáctico, laboratorios, biblioteca, y asumir con la responsabilidad por el deterioro ocasionado por el estudiante de cualquiera de éstos y pagar el costo de su reparación o reposición. j) Permanecer en el Instituto durante toda la jornada diaria de trabajo. k) Cumplir con las demás disposiciones determinadas en la Ley de Educación, reglamento Interno vigentes y las impartidas por las autoridades del Instituto.