El documento es un petitorio entregado al municipio de Cinco Saltos solicitando el cese inmediato de las actividades de la empresa GreenCorp S.A. que trata residuos petroleros en la zona. Los vecinos expresan su preocupación por la contaminación y el daño al ecosistema que genera esta actividad, citando artículos de la Constitución Nacional y Provincial y otras leyes que protegen el derecho a un ambiente sano. Exigen a la intendenta que ordene dentro de las próximas 48 horas el cese de las operaciones de GreenCorp y la re
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Petitorio Greencor
1. PETITORIO - 18/11/2013 (Entregado en el Municipio
de Cinco Saltos)
19 de noviembre de 2013 a la(s) 12:23
Cinco Saltos 18 de Noviembre de
2013.
Sra. Intendenta Municipal
Liliana Edith Alvarado
S--------------/--------------D.
De nuestra mayor consideración:
Quienes suscriben nos dirigimos a Ud., en nuestro carácter de
vecinos de la ciudad de Cinco Saltos a efectos de requerirle se ordene el inmediato cese del
tratamiento de residuos petroleros, actividad que lleva adelante la empresa GREENCORP
S.A. dentro del ejido Municipal de la ciudad de Cinco Saltos, sumado a la inmediata
remediación ambiental de las tierras utilizadas por la empresa como basurero de residuos
petroleros.
La extrema nocividad de la actividad que ya se encuentra siendo concretada en la zona de
meseta aledaña a nuestra ciudad, junto con la manifiesta y actual afectación del frágil
ecosistema lindante que implica la actividad llevada adelante en la supuesta “planta de
remediación de residuos petroleros”, deviene en la necesidad de una inmediata acción por
parte de su persona a fin de determinar el inmediato cese de la actividad que pone en riesgo
actual e inminente la salud de nuestros ciudadanos y vecinos.
Residuos de alta toxicidad están siendo traídos a nuestro ejido urbano, a nuestra vida, siendo
el pueblo de la ciudad de Cinco Saltos, totalmente ajeno a su producción.
Es claro nuestro pedido: NO QUEREMOS RESIDUOS PETROLEROS NI TOXICOS EN
NUESTRA VIDA, NO QUEREMOS ACTIVIDADES QUE AFECTEN NUESTRO ECOSISTEMA
SIENDO REALIZADAS CERCA DE NUESTRO HOGAR, NO QUEREMOS A GREENCORP
S.A. EN CINCO SALTOS.
Cada uno de quienes suscribimos anhelamos una ciudad de Cinco Saltos limpia, sustentable,
ecológica. Ud. ha sido elegida como una simple representante de la voluntad popular, y hoy
los vecinos de la Ciudad le exigimos que actué conforme la voluntad del pueblo.
Nuestra ciudad todavía sufre el pasivo ambiental y todas las desgraciadas consecuencias
2. derivadas, que ha dejado INDUPA. No queremos repetir la historia, no queremos más
contaminación, no queremos más sufrimiento para nuestros vecinos.-
Múltiple, diversa e importante es la normativa que abala nuestro requerimiento, de la cual
hacemos un breve resumen en caso de que Ud. la desconozca:
El Art 41 de la Constitución Nacional tienen una manda específica, clara y por la cual Ud. se
encuentra obligada: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado,
apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las
necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de
preservarlo”
El Art 84 de la Constitución Provincial se expresa en igual sentido al referir: “Todos los
habitantes tienen el derecho a gozar de un medio ambiente sano, libre de factores nocivos
para la salud, y el deber de preservarlo y defenderlo. Con este fin, el Estado: 1. Previene y
controla la contaminación del aire, agua y suelo, manteniendo el equilibrio ecológico. 2.
Conserva la flora, fauna y el patrimonio paisajístico. 3. Protege la subsistencia de las especies
autóctonas; legisla sobre el comercio, introducción y liberación de especies exóticas que
puedan poner en peligro la producción agropecuaria o los ecosistemas naturales. 4. Para
grandes emprendimientos que potencialmente puedan alterar el ambiente, exige estudios
previos del impacto ambiental. 5. Reglamenta la producción, liberación y ampliación de los
productos de la biotecnología, ingeniería nuclear y agroquímica, y de los productos nocivos,
para asegurar su uso racional. 6. Establece programas de difusión y educación ambiental en
todos los niveles de enseñanza. 7. Gestiona convenios con las provincias y con la Nación para
asegurar el cumplimiento de los principios enumerados.”
Nuestra Carta Orgánica dispone en su Artículo 34º que: “El ambiente es patrimonio de la
humanidad. Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto
para el desarrollo humano. El municipio y sus habitantes tendrán el deber de preservarlo y
defenderlo en resguardo de las generaciones presentes y futuras. Toda actividad que suponga
un daño deberá cesar. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de
recomponerlo. Las autoridades con la participación y el compromiso de toda la sociedad
proveerán a la protección de ese derecho.” A lo que el Art 40 agrega que: “El ejido urbano de
la ciudad de Cinco Saltos se considerará área de protección especial de manera tal que se
declara zona No Nuclear por lo que está prohibido el establecimiento de depósitos y transporte
de residuos originados en otras jurisdicciones de tipo radiactivo, tóxico, peligroso o susceptible
de serlo, conforme a la ley Provincial M 2472 o la que la reemplace.”
La Ley General del Ambiente N° 25.675, la ley Provincial M ° 3266, la Ordenanza N°1049
“Municipio libre de Fracking” entre otras normas se expresan en idéntico sentido. No podemos
dejar de destacar que el Consejo Deliberante de la Ciudad le ha realizado un requerimiento
similar.
En razón de todo lo expuesto le EXIGIMOS, que en un plazo de 48 hrs, ORDENE EL
INMEDIATO CESE DE LA ACTIVIDAD DE GREENCORP S.A. y así también se lleven
adelante todas las acciones pertinentes a fin de la inmediata remediación ambiental de las
áreas afectadas.
En sus manos se encuentra la preservación de nuestro medio ambiente, en sus manos se
encuentra el cuidado de la salud de nuestros ciudadanos y vecinos. La voluntad popular la
3. obliga, la omisión la condena, la historia la juzgara.
Sin otro particular la saludamos atentamente.-
Acompañamos al presente copia de más de (Mil) 1000 firmas que acompañan el presente
requerimiento.