La nueva legislación sobre gestión de residuos sólidos en el Perú presenta tres ejes principales: 1) considerar los residuos como materia prima para otras industrias en lugar de basura, 2) establecer las bases para una gran industria nacional del reciclaje, y 3) involucrar a las autoridades, empresas y ciudadanos en el manejo sostenible de los residuos.
1. APORTE DE LA LEY GENERAL DE RESIDUOS
SOLIDOS Y SUS MODIFICATORIAS (LEY N° 27314,
D.L N°1278, D.L 1501).
INTEGRANTES
EDGAR DIAZ MONTERO
CELINDA BASILIO HUARHUA
MARÍA FANY ARMIJOS PIÑIN
2. LEY N°27314, LEY GENERAL DE RESIDUOS SOLIDOS
La presente Ley establece derechos, obligaciones, atribuciones y
responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar
una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y
ambientalmente adecuada, con sujeción a los principios de
minimización, prevención de riesgos ambientales y protección de la
salud y el bienestar de la persona humana.
3. • La presente Ley se aplica a las actividades, procesos y
operaciones de la gestión y manejo de residuos sólidos, desde la
generación hasta su disposición final, incluyendo las distintas
fuentes de generación de dichos residuos, en los sectores
económicos, sociales y de la población. Asimismo, comprende las
actividades de internamiento y tránsito por el territorio nacional de
residuos sólidos.
LEY N°27314, LEY GENERAL DE RESIDUOS SOLIDOS
4. • La Ley General de Residuos
Sólidos, Ley 27314, define a
los residuos sólidos como
aquellas sustancias, productos
o subproductos en estado
sólido o semisólido de los que
su generador dispone como lo
establece el Art 14.
LEY N°27314, LEY GENERAL DE RESIDUOS SOLIDOS
1. Minimización de residuos
2. Segregación en la fuente
3. Reaprovechamiento
4. Almacenamiento
5. Recolección
6. Comercialización
7. Transporte
8. Tratamiento
9. Transferencia
10. Disposición final
5. 1. Residuo domiciliario
2. Residuo comercial
3. Residuo de limpieza de espacios públicos
4. Residuo de establecimiento de atención
de salud
5. Residuo industrial
6. Residuo de las actividades de
construcción
7. Residuo agropecuario
8. Residuo de instalaciones o actividades
especial
LEY N°27314, LEY GENERAL DE RESIDUOS SOLIDOS
RESIDUOS MUNICIPALES RESIDUOS NO MUNICIPALES
Municipios
Responsabilidad del generador
EPS: Empresa Prestadora de Servicios.
EC: Empresa comercializadora de R.S.
Deben estar constituidas prioritariamente como empresa privada o mixta, deberán estar debidamente registradas en el Ministerio de Salud.
6. DECRETO LEGISLATIVO N°1278-2016
• El presente Decreto Legislativo establece derechos,
obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la
recuperación de componentes, tratamiento o recuperación de
suelos, entre otras opciones que eviten su disposición final.
7. DECRETO LEGISLATIVO N°1278-2016
• Se aplica a las actividades, procesos y operaciones de la
gestión y manejo de residuos sólidos, desde la generación
hasta su disposición final, incluyendo las distintas fuentes de
generación de dichos residuos, en los sectores económicos,
sociales y de la población.
• Asimismo, comprende las actividades de internamiento y
tránsito por el territorio nacional de residuos sólidos.
8. NUEVA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS, LEY
N° 27314, D.L. N°1278
• Tres son los ejes que plantea la nueva legislación sobre la
gestión integral de residuos sólidos en el país.
I. ¿Qué son los residuos sólidos?
II. Industrialización del reciclaje
III. Involucramiento actores
9. • I. ¿Qué son los residuos sólidos?
Basura como materia prima
Se refiere a considerar el residuo
sólido como un insumo para
otras industrias. La nueva Ley
deja de concebirlo como basura
para pensarlo como materia
prima en otras industrias que
pueden darle valor al desperdicio
de otras industrias. Este es el
primer cambio conceptual que
propone la nueva ley.
II. Industrialización del reciclaje.
Pone las bases para el desarrollo de
una gran industria del reciclaje a
nivel internacional. El Perú podría
convertirse en un modelo regional
de tratamiento de residuos sólidos,
de manera que generemos mayores
ingresos, inversión, mayor empleo y
altos estándares de manejo
ambiental.
NUEVA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS,
LEY N° 27314, D.L. N°1278
10. NUEVA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS, LEY N° 27314,
D.L. N°1278
• III. Involucramiento actores
Un tercer gran aporte de la nueva Ley es la vinculación de los
actores claves en este proceso con el tratamiento de los
residuos sólidos. El manejo de estos residuos y el impulso de
esta industrialización en el Perú comprometerá a nuestras
autoridades en sus tres niveles, a las grandes y medianas
empresas (en cadena con las micro y pequeñas) y a los
ciudadanos de a pie en todos los ámbitos de la sociedad civil.
11. MECANISMOS PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA GESTIÓN DE RESIDUOS
SÓLIDOS
De la gestión de los Recursos en las Municipalidades
• Con la finalidad de fortalecer la sostenibilidad del servicio de limpieza
pública y las inversiones en infraestructura de residuos sólidos, las
municipalidades pueden celebrar convenios interinstitucionales con las
empresas que prestan servicios públicos que operen en sus
jurisdicciones, para que estas actúen como recaudadores del cobro de
las tasas del servicio de limpieza pública.
12. MECANISMOS PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA GESTIÓN DE RESIDUOS
SÓLIDOS
Del Rol del Fondo Nacional del Ambiente
• El Fondo Nacional del Ambiente actuará conforme a lo
dispuesto en la Ley Nº 26793, para contribuir al objetivo del
presente Decreto Legislativo a través de la financiación de
proyectos, programas y acciones para la adecuada gestión y
manejo de los residuos sólidos, así como también la
recuperación o reconversión de áreas degradadas por
residuos.
13. NUEVA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS, LEY N°
27314, D.L. N°1278
Decreto Legislativo 1278 (2016)
Economía circular
Ecodiseño/Ecoeficiencia
Eficiencia de recursos
Material de descarte
REP
AVP + L RS
14. MODIFICACIÓN DE LA LEY 1501
EL 11/05/2020, el poder ejecutivo recibe facultades legislativas
en el marco de la declaratoria de emergencia nacional por la
pandemia. El decreto de urgencia N° 025 – 2020
Modificatorias:
- Art.9(material de descarte):
15. MODIFICACIÓN DE LA LEY 1501
. Art 13(régimen especial de bienes priorizados): esta dirigido a bienes
de consumo masivo que, por su volumen, inciden significamente en la
generación de residuos solidos o que por sus características requieren
un manejo especial, En dicho caso, los productores, de manera
individual o colectiva, deben implementar sistemas específicos de
manejo, asumiendo la responsabilidad por los residuos generados a
partir de dichos bienes en la fase de post consumo.
16. MODIFICACIÓN DE LA LEY 1501
Art: 19 (funciones de Minsa):
•
• MINSA no recibe la competencia independiente, o de manera conjunta
con el MINAM, para el manejo de residuos solidos frente a una crisis
sanitaria.
• . Controlar los riesgos sanitarios generados por el manejo inadecuado de
los residuos sólidos de establecimientos de salud y servicios médicos de
apoyo, así como de aquellos generados en campañas sanitarias y en la
atención medica de los pacientes realizada en los domicilios.
17. MODIFICACIÓN DE LA LEY 1501
• INCORPORACIÓN DE ARTICULOS:
- ART: 35 A (barrido y limpieza de espacios públicos)
•
• La finalidad es que los espacios públicos queden libres de residuos
sólidos, esto contribuye a la salud de la población y por ende a la
belleza paisajística.
18. MODIFICACIÓN DE LA LEY 1501
Art: 36 (acondicionamiento): las áreas de acondicionamiento son
implementadas por la municipalidad en forma individual o en forma
conjunta con organizaciones de recicladores formalizadas bajo el régimen de
asociación o micro y pequeña empresa
- Art: 84 (Régimen de gestión de residuos solidos de bienes priorizados)
• Esta dirigido a bienes de consumo masivo que, por su volumen, inciden
significativamente en la generación de residuos sólidos o que por sus
características requieren un manejo especial
19. MODIFICACIÓN DE LA LEY 1501
• Art: 87 (Registro Autoritativo de Empresas Operadoras de residuos
Solidos
•
• Las municipalidades que realicen directamente operaciones de
residuos sólidos municipales, de acuerdo con lo establecido en la
Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, no requieren
inscribirse en el Registro Autoritativo de EO-RS.