El documento habla sobre la potestad tributaria, distinguiendo entre la potestad originaria y delegada. Indica que la potestad tributaria emana de las leyes y no de la Constitución. También menciona la competencia tributaria municipal, las exoneraciones y rebajas tributarias que actuarán según los artículos 316 y 317 de la Constitución, y la necesidad de coordinación y armonización tributaria entre los diferentes niveles de gobierno. Finalmente, proporciona 3 referencias bibliográficas sobre el tema.