El documento describe los diferentes tipos de maltrato infantil, incluyendo maltrato físico, verbal, emocional, abuso sexual, bullying, ciberbullying e institucional. También explica las causas del maltrato infantil como habilidades parentales deficientes y expectativas irrealistas de los niños. La respuesta ante el maltrato implica la detección, notificación, investigación, evaluación y planificación de intervenciones por parte de los servicios sociales y, en casos graves, el Instituto de Atención Social a la Infancia. El personal educativo debe comunic
El maltrato a menores y la respuesta educativaAntonio Serrano
El maltrato a menores y la respuesta educativa.
Concepto de maltrato a menores.
Tipos de maltrato a menores.
Indicadores de maltrato.
El acoso escolar.
¿Qué hacer? ¿Dónde acudir?
El maltrato a menores y la respuesta educativaAntonio Serrano
El maltrato a menores y la respuesta educativa.
Concepto de maltrato a menores.
Tipos de maltrato a menores.
Indicadores de maltrato.
El acoso escolar.
¿Qué hacer? ¿Dónde acudir?
Las capacidades sociomotrices son las que hacen posible que el individuo se pueda desenvolver socialmente de acuerdo a la actuación motriz propias de cada edad evolutiva del individuo; Martha Castañer las clasifica en: Interacción y comunicación, introyección, emoción y expresión, creatividad e imaginación.
Today is Pentecost. Who is it that is here in front of you? (Wang Omma.) Jesus Christ and the substantial Holy Spirit, the only Begotten Daughter, Wang Omma, are both here. I am here because of Jesus's hope. Having no recourse but to go to the cross, he promised to return. Christianity began with the apostles, with their resurrection through the Holy Spirit at Pentecost.
Hoy es Pentecostés. ¿Quién es el que está aquí frente a vosotros? (Wang Omma.) Jesucristo y el Espíritu Santo sustancial, la única Hija Unigénita, Wang Omma, están ambos aquí. Estoy aquí por la esperanza de Jesús. No teniendo más remedio que ir a la cruz, prometió regresar. El cristianismo comenzó con los apóstoles, con su resurrección por medio del Espíritu Santo en Pentecostés.
Instrucciones del procedimiento para la oferta y la gestión conjunta del proceso de admisión a los centros públicos de primer ciclo de educación infantil de Pamplona para el curso 2024-2025.
El Liberalismo económico en la sociedad y en el mundo
(PPT) El maltrato a menores y la respuesta social y educativa
1. El maltrato a
menores y la
respuesta
social y
educativa
Tipos y causas del maltrato
Amaia Lertxundi Perurena
2. Tipos de maltrato infantil
1. Maltrato físico. ...
2. Maltrato verbal, emocional o psicológico. ...
3. Maltrato infantil. ...
4. Abuso sexual. ...
5. Bullying. ...
6. Maltrato digital o ciberbullying. ...
7. Maltrato institucional.
8. Otros
3. Negligencia infantil
El abandono físico o negligencia infantil consiste en la
acción de dejar de atender al menor al cual se tiene
la obligación de cuidar, ya sea poniendo una
distancia física objetivamente observable o no. Por lo
tanto, esta práctica se entiende como una actitud de
omisión, aunque determinados autores como Polansky
consideran que este acto se efectúa voluntariamente
por parte de los progenitores. Las consecuencias
derivadas de la negligencia pueden ser tanto físicas,
como cognitivas, emocionales o sociales, según
Cantón y Cortés.
4. Maltrato físico
Un tipo de comportamiento de carácter voluntario que
provoca bien un daño físico en el niño o bien el
desarrollo de una enfermedad física (o riesgo de
padecerla). Tiene, por tanto, un componente de
intencionalidad respecto a infringir un perjuicio al menor de
forma activa.
Pueden distinguirse diversas tipologías de maltrato
físico en función del fin que los progenitores deseen
alcanzar: como forma de impartir disciplina, como expresión
de rechazo al pequeño, como expresión de características
sádicas por parte del agresor o como consecuencia del
descontrol ante una situación familiar conflictiva
determinada.
5. Maltrato verbal, emocional
o psicológico. ...
El conjunto de conductas relativas a una interacción más o
menos mantenida en el tiempo y que se basa en una actitud de
hostilidad verbal (insultos, desprecios, amenazas) así como en el
bloqueo ante cualquier iniciativa de interacción por parte del niño
hacia sus progenitores o cuidadores. Poderlo acotar como forma de
maltrato infantil es complicado.
El abandono emocional se entiende como la ausencia de
respuestas por parte de los padres que, de forma permanente,
se muestran pasivos ante las demandas o señales que emite el
menor sobre sus necesidades de interacción y conductas de afecto
respecto de dichas figuras parentales.
La diferencia principal entre ambos fenómenos alude, una vez más,
a la intencionalidad de la acción; en el primer caso la acción es
cometida y en el segundo, omitida.
6. Abuso sexual
Abuso sexual infantil o abuso sexual
a menores es la conducta en la que
una niña o niño es utilizado1 como
objeto sexual por parte de una persona
con la que mantiene una relación
asimétrica, de desigualdad, con
respecto a la edad, la madurez y el
poder.
7. Bullying
Es la exposición que sufre un niño a daños físicos
y psicológicos de forma intencionada y reiterada
por parte de otro, o de un grupo de ellos, cuando
acude al colegio. El acosador aprovecha un
desequilibrio de poder que existe entre él y su víctima
para conseguir un beneficio (material o no), mientras
que el acosado se siente indefenso y puede
desarrollar una serie de problemas psicológicos
que afecten directamente a su salud o incluso, en
situaciones extremas, propiciar que quiera acabar con
su vida mediante el suicidio.
9. Maltrato
institucional
”… cualquier legislación, programa,
procedimiento, actuación u omisión procedente
de los poderes públicos o bien derivada de la
actuación individual del-la profesional o
funcionario-a de las mismas que comete abuso o
negligencia, detrimento de la salud, la seguridad,
el estado emocional, el bienestar físico, la
correcta maduración o que viole los derechos
básicos del-la niño-a o de la Infancia” (Martínez,
A. y Sánchez, J.J, 1989:121).
10. Causas del maltrato infantil
• Escasas habilidades parentales en
la gestión del estrés y en el cuidado
del niño.
• Desconocimiento sobre la
naturaleza del proceso de desarrollo
evolutivo en el ser humano.
• Expectativas distorsionadas sobre el
comportamiento infantil.
• Desconocimiento y subestimación
de la importancia del afecto y la
comprensión empática.
• Tendencia a presentar niveles
elevados de activación
fisiológica por parte de los padres y
desconocimiento de modos adecuados
de disciplina alternativos a la agresión.
11. La teoría de sistemas como
explicación
Los factores pueden
operar en diferentes
niveles
ecológicos: en el
microsistema, en el
macrosistema y en
el exosistema.
12. Situación de riesgo:
Se define una situación como desprotección
infantil cuando la insatisfacción de las
necesidades básicas del niño o la niña genera
un daño o riesgo que dificulta o impide su
desarrollo integral A la acción u omisión, no
accidental, consecuencia del comportamiento
del padre, de la madre o de ambos, que
amenaza la seguridad o impide la adecuada
satisfacción de las necesidades básicas de los
niños y las niñas . Situación de riesgo: cuando
el perjuicio que se causa al menor puede ser
reducido o eliminado mediante el desarrollo de
actuaciones protectoras dirigidas al él y a su
familia sin necesidad de separarlo temporal o
definitivamente de la misma.
Situación de desamparo:
Si el menor ha quedado privado de la
necesaria protección porque sus padres
no cumplen o lo hacen de forma no
adecuada con sus deberes parentales. No
se satisfacen sus necesidades básicas ni
sus derechos. Se exige la separación
temporal o definitiva de sus padres y la
asunción de su tutela por parte de
Bienestar Social.
La respuesta social y
educativa ante el maltrato
infantil
Se distingue entre:
13. ¿Cuáles son las fases del proceso de intervención
ante las situaciones de maltrato infantil?
1. Detección.
2. Notificación.
3. Investigación.
4. Evaluación.
5. Planificación de la actuación.
6. Desarrollo del plan, seguimiento y revisión.
7. Cierre del caso. La detección y la notificación
se desarrollan desde los Centros Educativos.
14. ¿Qué tiene que hacer quien tenga
conocimiento de una situación de maltrato
infantil?
Toda persona o autoridad, y especialmente
aquellas que por su profesión o función, detecten
una situación de maltrato de un menor, le
prestarán de inmediato el auxilio que precise y lo
comunicarán a los servicios sociales de su
municipio de residencia
15. Los servicios sociales en donde resida el menor al
que se refiera la notificación verificarán la
situación notificada y adoptarán las medidas
necesarias para resolverla en función del
resultado de aquella actuación
¿Qué tienen que hacer los servicios sociales
cuando reciben una notificación de un caso de
maltrato infantil?
16. ¿A quién le corresponde intervenir con los casos
de maltrato infantil?
Cuando el maltrato sea
leve y la protección del
niño o la niña pueda
garantizarse a través de
las intervenciones
pertinentes en su propio
medio familiar y social la
intervención será
desarrollada por los
servicios sociales
municipales
Cuando el maltrato sea
grave y la protección del
niño o la niña solo pueda
garantizarse mediante la
separación temporal o
permanente del hogar
familiar la intervención
corresponderá al Instituto
Asturiano de Atención
Social a la Infancia,
Familia y Adolescencia.
17. ¿Qué debe hacer el personal de los centros educativos cuando no
existe ninguna explicación para justificar la presencia de
indicadores de maltrato infantil o la que aportan en principio los
padres o las propias víctimas no es convincente?
En estos casos, el profesional del centro escolar debe citar a
los padres y solicitar una explicación sobre lo que parece un
caso de abandono o maltrato, siguiendo las siguientes
recomendaciones: - Presentarse de manera honesta,
diciendo cuál es la verdadera razón de la entrevista. -
Asegurarse de que los progenitores entienden el motivo de
la entrevista. - Preguntar, intentar aclarar dudas sobre los
hechos y no acusar. Igual información tratará de obtener el
profesional del niño o la niña presuntamente maltratado o
maltratada cuando se desconozcan las causas que generan
la situación de maltrato o abandono detectada en el centro
educativo.
18. En el ámbito educativo
El personal de los centros escolares se debe sentir
identificado con el definido en el artículo 13 de la
Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del
Menor, cuando afirma que toda persona o
autoridad, y especialmente aquellas que por su
profesión o función detecten una situación de
riesgo o posible desamparo de un menor, tiene la
obligación de realizar la notificación de los mismos.
19. ¿Como debe actuar el personal de los
centros educativos ante un posible caso de
maltrato infantil?
Ante la presencia de indicadores de maltrato
infantil, el personal de los centros educativos
debe comunicar el caso al Equipo Directivo y al
Servicio de Orientación con el objetivo de que
desde éste se coordine la notificación de la
situación detectada.