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Políticas Públicas en Educación
Alfredo Romero Labra
¿Qué son las políticas públicas? Un estudio de 50 años.
- La acción del Estado para una respuesta a demandas de la sociedad.
- El programa de acción de una autoridad pública. (el programa de gobierno)
- La política y la política. [ Politic & Policy]
- Una permanente tensión entre los políticos y los técnicos.
Fuente: fundacionpiensa.cl
La política y las políticas públicas son entidades
diferentes, pero que se influyen recíprocamente, ambas
tienen que ver con el poder social.
La Ciencia Administrativa
(Public Administration Theory)
La sociografía de los llamados
grupos de presión
El determinismo de los Grandes
Sistemas
Intentaba mejorar la gestión pública
a través de estructuras formales de
autoridad y de la organización
especializada de las tareas. Se daba
más importancia al contenedor que
al contenido.
El estudio del comportamiento
entre la normativa (textos
legales) y la realidad de los
comportamientos
Gubernamentales
(negociaciones, influencias y
manipulaciones) donde intereses
particulares intentan influir en lo
que hace o quiere hacer la
autoridad pública.
La política no tiene mucho margen
de acción. La política pública está
supeditada al desarrollo de ciertas
formas de sociedad (de consumo)
el Estado no tiene espacio de
elección discrecional la ciencia
política es residual en pos de la
ciencia económica.
La acción pública mantiene un análisis con mayor seriedad a partir de los años 1960.
¿Y por qué su estudio comenzó tan tarde o es tan contemporáneo?
Estados Liberales  1930 – 1950  Estados de Bienestar
(solución de problemas entre privados) (intervención directa del Estado en ddas. sociales)
Estudio del tipo y naturaleza de un Estado y la lucha de poder  1930
1950 la Acción pública. (las políticas públicas como objeto de estudio
Las políticas públicas ayudan o colaboran para:
i) acotar las discusiones políticas
ii) diferenciar problemas y buscar soluciones de manera especifica
iii) precisar las diferencias reconociendo la existencia de grupos-objetivo.
iv) vincular los temas a soluciones más amplias o secuenciales e intencionales.
v) plantearse esfuerzos compartidos
vi) participar de manera especifica
Una definición de política pública meridianamente completa siendo la siguiente:
“una serie de decisiones o de acciones, intencionalmente coherentes, tomadas por
diferentes actores, públicos y a veces no públicos -cuyos recursos, nexos institucionales
e intereses varían- a fin de resolver de manera puntual un problema políticamente
definido como colectivo. Este conjunto de decisiones y acciones da lugar a actos
formales, con un grado de obligatoriedad variable, tendientes a modificar la conducta
de grupos sociales que, se supone, originaron el problema colectivo a resolver (grupo-
objetivo), en el interés de grupos sociales que padecen los efectos negativos del
problema en cuestión (beneficios finales).
3 dimensiones de las políticas públicas
1) Por Sector
2) Por tipos de autoridades públicas
3) Por época
20.529 -- 20.091
Parvularia Básica Media Superior
L. 17.301 DL 3541/80
L. 20. 832 L. 21.094
DFL 4/1981
VTF L. 20.027
L. 21.091
//////////// DL 3541/80
L. 21.094
L. 20.835 L. 20.910
Politica Pública
Niveles educacionales
L. 21.040
DL 3063/80
Cobertura
L. 20.370
gobernanza
L. 19.532 L.19.532
DFL 2/98
L. 20.248
Calidad
Financiamiento
L 20.529
L. 20.501
L. 20.129
El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) En su informe de progreso económico de 2006, arriba a
la conclusión de una percepción generalizada de que en la práctica es muy difícil lograr el cambio
educacional y que algunos elementos fundamentales casi no han cambiado. En relación a las políticas
educativas en educación. Puesto que ante la adopción de políticas y reformas similares, sus
resultados y experiencias son disimiles.
1) Algunos países mantienen una determinada política por un lapso que permita diagnosticar sus resultados
(5-10 años) otros en cambio la modifican frecuentemente, a menudo con cada cambio de gobierno.
2) Algunos países al detectar un diagnóstico de mal resultado o ineficiente logran ágilmente ajustarlas ya sea
a las circunstancias externas o innovan cuando éstas pierden eficacia otros en cambio reaccionan con
lentitud o dificultad aferrándose a políticas que siendo ineficaces son “legado” de un determinado
gobierno.
3) Algunos países aplican o ejecutan eficazmente las políticas aprobadas por los poderes legislativos,
otros en cambio se toman un tiempo extenso para ponerlas en marcha o nunca lo hacen de manera eficaz.
4) Algunos países adoptan políticas basadas en el interés común, otros en cambio promulgan
políticas que establecen tratativas o procedimientos especiales, lagunas legales o excepciones determinadas.
En virtud de estas circunstancias detectadas en el informe se ha podido sistematizar que las políticas
públicas de calidad deben responder correctamente a ciertas características.
¿Qué características debe incluir una determinada Política Pública?
a) Estabilidad;
b) Adaptabilidad;
c) Coherencia y coordinación;
d) La calidad de implementación y ejecución;
e) Orientación hacia el interés colectivo;
f) Eficiencia.
a) Estabilidad  ejecución de la Política pública estable en el tiempo, pero siempre
con opción abierta a modificaciones o realizar ajustes basados, por cierto, en cambios
de las condiciones económicas, sanitarias, o defectos detectados en la aplicación de la
política. (Inestabilidad)
b) Adaptabilidad  las políticas deben ajustarse cuando estén dando resultados no
deseados o buscados o bien cuando las circunstancias cambian. Las políticas públicas
deben ser lo bastante flexibles para dar una respuesta eficaz y eficiente. (rigidez)
¿Qué características debe incluir una determinada Política Pública?
¿Qué características debe incluir una determinada Política Pública?
c) Coherencia y coordinación  respondan, complementen a otras políticas públicas
afines, o logran tal coordinación que hacen que las políticas se puedan aplicar
exitosamente o de buena manera en el tiempo planificado o antes.
(descoordinación/planificación-ejecución)
d) La calidad de la implementación y ejecución  Cuán bien se aplique y se haga
cumplir una política dependerá de la existencia de una burocracia capaz (lo que
conlleva los recursos necesarios para ello) [ejemplo claro la SEP]
¿Qué características debe incluir una determinada Política Pública?
e) Orientación hacia el interés colectivo las buenas políticas públicas se
encuentran alejadas de la promoción de interés o beneficios privados dirigidos
hacia ciertos y determinados sectores o individuos por lo que guarda relación
también con la desigualdad que debe evitar la aplicación de una determinada
política pública. [Interés particular]
f) Eficiencia las políticas deben responder a la asignación eficiente de los
recursos asignados. Esto es las buenas políticas públicas logran un enfoque
eficiente de los recursos escasos. [buen uso de recursos, un tema: Dipres]
Cómo podemos cuantificar estas características (medir), si se
cumplen? ¿Cómo se establece el grado de estabilidad y coherencia
de una política pública?
1.- La Encuesta de Opinión Ejecutiva (EOS) del Informe sobre competitividad mundial, del
Foro Económico Mundial. [iniciado desde 1996) abarca 100 países.
2.- La Encuesta de capacidades del Estado que realiza el Banco Interamericano de Desarrollo.
(BID). Creada en 1959. Comprende la opinión de 150 expertos de 18 países.
ESTADO Y SUS
INSTITUCIONES
SOCIEDAD CIVIL Y SUS
GRUPOS DE INTÉRES
FORMULACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS
PROTESTA SOCIAL
ESTADO «VENTANILLA» ESTADO «CAUTIVO»
1) Las reglas generales y abstractas (Leyes, Decretos, instrucciones)
2) Los actos individuales y concretos producidos en su ejecución (decisión
administrativa, transferencia de recursos, establecimiento de derechos o
categorías, transferencias de propiedad, etc.)
FORMULACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS
Joan Subirats et al (2008)
J. Subirats, et al. (2008)
Políticas Educativas en Educación. La experiencia internacional.
El informe del BID de 2006, sobre análisis de políticas públicas en la región en su Capítulo 10, diagnostica 2 clases
de Políticas Educativas:
1) La de expansión y aumento de las tasas de matrícula (Cuantitativas)
2) La que procura mejorar la calidad y la eficiencia (Cualitativas)
El análisis de estas políticas toma en cuenta la interacción entre la política educativa (sectorial) con el Proceso de
Formulación de Políticas (PFP).
Análisis en 4 países de la región (Argentina; Brasil; Chile y México)
Política Básica  Economía política de la educación [Incentivos y evaluaciones docentes] [mejora de la calidad y la
eficiencia.
Política Periférica  Descentralización; Expansión y crecimiento de la matrícula [Cobertura]
INFORME DEL BID, 2006
Políticas Educativas en Educación. La experiencia internacional.
El informe del BID de 2014, llega a las siguientes conclusiones:
- En primer lugar, las capacidades gubernamentales son fundamentales para contar con políticas públicas con
mejores características. Los países que tiene burocracias más capaces, congresos más institucionalizados, un
poder judicial independiente y partidos políticos institucionalizados tienden a tener políticas más estables,
adaptables, coherentes, eficientes y sensibles al interés público (BID, 2005; Stein y Tommasi, 2007; Scartascini y
Tommasi, 2012b; Scartascini, Stein y Tommasi, 2013).
- En segundo lugar, mejores características de las políticas públicas producen mejores resultados en el
desarrollo. Por extensión, mejores capacidades gubernamentales producen mejores resultados en el
desarrollo. Básicamente, se ha demostrado que tanto las mejores características de las políticas como las mejores
capacidades del Estado están correlacionadas con tasas más altas de crecimiento del PIB per cápita y con mejoras
en el Índice de Desarrollo Humano (Scartascini et al., 2008, 2009; Ardanaz, Scartascini y Tommasi, 2011; Palanza,
Scartascini y Tommasi, 2012).
En tercer lugar, mejores capacidades del Estado producen políticas públicas mejor diseñadas. También se ha
demostrado que las mejores capacidades gubernamentales están positivamente correlacionadas con políticas
asociadas con aumentos de la productividad a largo plazo, como sistemas tributarios y subsidios de gobierno menos
distorsionadores, un sector formal más amplio, infraestructura de mejor calidad, flexibilidad del mercado laboral y
facilidad para la entrada de empresas (Scartascini y Tommasi, 2010).
Políticas Educativas en Educación. La experiencia internacional.
El informe del BID de 2014.
Los dos modelos más citados y estudiados como ejemplo de política educativa exitosa.
Modelo Educativo de Singapur.
Modelo educativo Finlandés (Finés)
https://datosmacro.expansion.com/estado/gasto/educacion
Evolución de las Políticas Públicas en el Sistema Educativo Chileno
INDUSTRIALIZACIÓN URBANA ESTADO DOCENTE Y LA REFORMA AGRARIA
1920 (L Inst. Prim Oblig.) 1950 PROY. ENU 1973
1956 (convenio PUC U. Chicago----->)
1973 1990 1997 JECD 2006 2008
R.PÜ. 1 SEP
2009 2011  R.PÜ.2 2015 2016 NEP 2018
LGE CALIDAD Y EQUIDAD & SAC 20.845 LIE C. DOCENTE. 2017 E. SUPERIOR
REFORMA EN TODOS LOS NIVELES Y FINANCIAMIENTO FICOM AUMENTA
(L. 18.768) FICOM
1993
1970
FICOM
LUCRO
ADMISIÓN ESCOLAR
ESTADO SUBSIDIARIO 
1965
OCDE 2004
1988
Estado de la cuestión hoy en Chile. Consideración para las futuras políticas públicas.
 Cambio legislativo a dotado de mayor poder o influencia a la sociedad civil. (leyes de
transparencia, lobby, participación ciudadana, cuentas públicas, entre otras)
 Cambio legislativo (cambio del sistema binominal) ha “atomizado” el poder
legislativo. 1/3 obliga a reunir mayores porcentajes de votación, “a cambio de” lo que
impacta o podría impactar una determinada política pública.
 Proceso de cambio constitucional.
Evolución de las principales Políticas Públicas en Educación
Fuente: Nota técnica 2-2018 Lideres
Educativos. Evolución e implementación
de P.P. en Chile.
Evolución de las principales Políticas Públicas en Educación
Fuente: Nota técnica 2-2018 Lideres
Educativos. Evolución e implementación
de P.P. en Chile.
TIMSS LLECE
Patricio Aylwin (11marzo1990— 11marzo1994)
Presupuesto sector educación: 1.800 millonesdedólares.
Principales políticas:
• Ley19.070- Estatutodocente(estabilidadlaboralyaumentossalariales).
• Programasfocalizados demejoramientodelacalidadyequidad(P900,MECE).
• Ley19.247- ExtensióndelFinanciamientocompartido.
• SIMCEsetraspasaalMinisteriodeEducación7
.
Eduardo Frei Ruiz-Tagle (11marzo1994— 11marzo2000)
Presupuesto sectoreducación: 3.300 millonesdedólares.
Principales políticas:
• Nuevocurrículumenprimariaysecundaria.
• T
extosescolares.
• Ley19.532- JornadaEscolarCompleta.
• MasificacióndeTIC(Enlaces).
• ProgramaMontegrande.https://www
.ortchile.org/index.php/2001/01/01/montegrande/
• Correccióndelasubvención(rural,educaciónespecial).
• T
abladefinanciamientocompartido(becas).
• Flexibilizacióndelestatutodocente.
• PublicaciónderesultadosdeSIMCEporescuela.
7
LIDERESEDUCA
TIVOS-NO
T
ATÉCNIC
A
Ricardo Lagos (11marzo2000— 11marzo2006) Presupuesto
sector educación: 4.500 millonesdedólares. Principales políticas:
• Evaluacióndocenteeincentivos(AsignacióndeExcelenciaPedagógica-AEP).
• Reformadela constitución: Extensióndeeducaciónobligatoriaa12años.
• Programasfocalizados enbásica(escuelas críticas)ysecundaria.
• MarcoparalaBuenaDirección.
• Paso dePruebadeAptitudAcadémica(PAA)aPruebadeSelecciónUniversitaria(PSU).
Michelle Bachelet (11 marzo 2006 — 11 marzo 2010)
Presupuesto sector educación: 9.800 millones de dólares. (15.259)
Principales políticas:
• Ley20.248- LeydeSubvenciónEscolarPreferencial(SEP).
• Ley20.370– LeyGeneraldeEducación(LGE)reemplazaaLOCE.
• ProyectodeLeydeAseguramientodeCalidad.
• ProyectodeLeydeFortalecimientodeEd.Pública.
• MarcoparalaBuenaEnseñanza.
• PruebaINICIA.
Esta misma línea del tiempo, separada entre los seis periodos presidenciales en
democracia, podría ser sintetizada así:
Sebastián Piñera (11marzo2010— 11marzo2014) Presupuesto sector
educación: 11.500millonesdedólares.(26.755)
Principales políticas:
• AmpliacióndeLeySEP
.
• LEY20.529- SistemadeAseguramientodela CalidaddelaEducación.
• PlanFormacióndeDirectoresdeExcelencia.
• BecasdeVocaciónProfesor
.
• Flexibilidadestatutodocente.
• CambiocurricularyaumentodemedicionesSIMCE.
• Ley20.501– SeleccióndedirectivosporAltaDirecciónPública.
Michelle Bachelet (11marzo2014— 11marzo2018) Presupuesto sector
educación: 27.000millonesdedólares. (40.811)
Principales políticas:
• Ley20.854- FinalLucro,laSelecciónyelCopago.
• MarcoparalaBuenaDirecciónyelLiderazgoEscolar
.
• CreacióndeSubsecretaríaeIntendenciadeEducaciónParvularia.
• CentrosdeLiderazgo.
• Ley20.903- SistemadeDesarrolloProfesionalDocente(CarreraDocente).
• Ley21.040- SistemadeEducaciónPublica.
• Ley21.091- SobreEducaciónSuperior
.(2018)
• Ley21.094–SobreUniversidades Estatales.(2018)
• Ley21.109EstableceunEstatutodelosAsistentesdelaEducaciónPública.(2018)
• Ley21105CreaelMinisteriodeCiencia,T
ecnología,ConocimientoeInnovación. (2018)
Sebastián Piñera (11 marzo 2018 — 11 marzo 2022)
Presupuesto sector educación: 55.356 millones de
dólares. Principales políticas:
• Ley21.397 facilita admisión escolar
. (moción)
• Ley 21.369 regula el acoso sexual,la violencia y la discriminación de Genero
enIES.(moción)
• Ley21.128Aula Segura
Evolución de las principales Políticas Públicas en Educación
1.- Centralización y Descentralización de la administración Educacional.
2.- Cobertura Educacional.
3.- Financiamiento.
4.- Institucionalización.
PAÍS CENTRALIZADA DESCENTRALIZADA
REINO UNIDO (1902)
Acta de educación de 1944.
Sistema nacional administrado
localmente.
CURRICULUM (1996) - Creación y Construcción De EE.
- Contratación Docente
- Planes de Estudio
- Transporte Escolar
- Becas Y Apoyos
- Ies Gran Autonomía
EEUU Financiamiento entre un 5 y 15%. Cada Estado es responsable del servicio
educativo mediante distritos escolares.
Canadá Consejo de Ministro, para la
coordinación entre las provincias
Provincias con alto grado de autonomía
Brasil 1961 proceso de descentralización.
Argentina Proceso de descentralización hacia las
provincias década de 1960.
Jamaica Ministerio de Educación
El Salvador Ministerio de Educación
Chile Mineduc (Bases Curriculares) Construcción, contratación docente
planes y programas**
Colombia (1960), Perú (1972), Ecuador,
Uruguay, entre otros.
Validación de las decisiones tomadas por
las unidades educativas
Toma de decisiones. Posteriormente
valida nivel central.
CUADRO COMPARATIVO DE ADMINISTRACIÓN DE LA EDUCACIÓN
“Hasta mediados de la década de 1930, los Estados Unidos dependían en gran escala de los miles de los así
llamados distritos escolares. Muchas de estas reparticiones consistían en escuelas independientes. ...Dicho
sistema, marcadamente descentralizado, se caracterizaba porque lograba con facilidad adaptarse a los cambios
locales (...) La desventaja de dicho sistema no podía atender necesidades regionales y nacionales. Con el tiempo
la flexibilidad y adaptabilidad de la extrema descentralización, tuvo que ser equilibrada con la necesidad de
estándares más uniformes. ...Poco a poco la discreción de las decisiones se elevó a nivel del Estado, y en algunas
pocas áreas importantes a nivel de la nación.”. (G. Bogen)
¿Que características de las políticas públicas se detectan en este texto?
Administración de la Educación en Chile.
La acción pública de descentralización comienza tímidamente con el gobierno de Frei Montalva y Allende,
mediante programas pilotos de las Coordinaciones Regionales de Educación, profundizándose esta Política
Pública en el Gobierno Militar/Dictadura. (se crean las SEREMIS, se dispone la Municipalización de la
Educación y se permite la creación de Corporaciones Municipales de naturaleza privada).
La Descentralización de la Educación a nivel macro  creación de las Secretarías Regionales Ministeriales y
Departamentos Provinciales de Educación.
La Descentralización de la Educación a nivel micro  Proceso de Municipalización. [la Sociedad
Constructora de Establecimientos Educacionales se liquida y traspasa los EE. A las Municipalidades. Dejando
en manos del Fisco 70 Liceos Técnicos Profesionales respecto de los cuales, se delega su administración a
Fundaciones y Corporaciones (18) sin fines de lucro representativas de las diferentes actividades
económicas [textil, industrial, comercio, etc.] Charters  financiamiento a la oferta.
Mineduc se encarga de las políticas educacionales nacionales, Bases Curriculares (planes y programas)
sistema de evaluación y promoción, equivalencia de estudios, entre otras.
¿Es mala per se la descentralización de la administración educativa?
En Chile fue acompañada de:
- La expansión de la educación provista por entes privados (>11% (1950) -- 22% (1980) -- 40% (1985)-- 60% (2013))
- Competencia entre escuelas mediante lógicas del mercado – mejoramiento de la subvención (vouchers)
- Flexibilizó o liberalizó el cumplimiento de obligaciones esenciales (contratación docente, curriculum)
LEY 21.040 CREA SISTEMA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
CONTEXTO DE LAS REFORMAS 2014 – 2018
LIE – CARRERA DOCENTE – NEP –ASISTENTES -- SUPERIOR
La municipalización, por lo tanto, fue una descentralización administrativa o burocrática, en la que funciones claves de administración y control fueron
derivadas del Ministerio de Educación a los Municipios. La misma no tuvo consecuencias democratizadoras: el poder para tomar decisiones respecto a la
educación no le fue otorgado a ciudadanos que no podían elegir representantes (no hay ninguna elección en Chile hasta después de 1990), ni manifestarse
sin riesgo ante la autoridad. Sí tuvo importantes consecuencias sobre la administración y la gestión, que efectivamente se descentralizaron, sacando estas
funciones al Ministerio de Educación y ordenando que fueran asumidas por los municipios. (C. Cox. Políticas Educativas en las últimas décadas del SXX)
Una educación pública debilitada no favorece
el carácter mixto de nuestro sistema educacional ni
permite fijar un estándar efectivo que eleve la calidad,
equidad y carácter inclusivo del conjunto del sistema
La matrícula
de la educación
municipal ha venido
sistemáticamente
cayendo (594 mil
estudiantes menos
entre 2004 y 2016)
y la proporción de
matrícula pública en
el sistema
educacional chileno
ha pasado de un
51% a ser poco más
de un 36%.
¿Por qué tendríamos que conformarnos con decir: “las familias no están
prefiriendo la educación pública” sin respondernos POR QUÉ?
No podemos mantener una
educación pública atomizada, impotente frente a las
desigualdades socioeconómicas ya presentes en el territorio
En el 40% de comunas de menor tamaño (n=138) el gasto promedio en administración por estudiante
llega a ser de ¡entre 20 y hasta 30 mil pesos mensuales! Esto contrasta con los menos de 9.500
mensuales para el 30% de los municipios de mayor matrícula. 50% de los Municipios en 2016 atiende
menos de 2.000 alumnos y el promedio es inferior a 4.000.
Hoy financiamos una burocracia municipal cara, inequitativa y deficiente.
 Este esquema organizativo
NO tiene su foco puesto en los
aprendizajes…
 NO puede garantizar… :
• mejora continua y calidad creciente vía
una gestión estable en el tiempo
• equidad en las condiciones y
oportunidades de aprendizaje en todo
Chile
• que los logros en gestión e innovación
educativa se aquilaten, difundan y
compartan
• efectiva pertinencia local
• el mejor uso de los recursos disponibles
La calidad de la educación pública a la que los
niños, niñas y jóvenes chilenos tienen derecho, NO PUEDE
depender de las capacidades y las voluntades del Municipio.
La evidencia nacional y comparada nos dicen que sí se puede
fortalecer nuestras escuelas, apoyándolas, acompañándolas
y potenciándolas en un Sistema que asegure
el foco en los aprendizajes y en los procesos educativos
Estructura del sistema
La Educación Pública
administrada por las
Municipalidades y
Corporaciones
Municipales se
traspasará a 70
Servicios Locales de
Educación Pública,
los que
comprenderán
diversos territorios,
abarcando entre 1
comuna y 11
comunas según
corresponda.
Dirección de Educación
Pública
(DEP)
Servicio público centralizado,
dependiente del Mineduc.
Ministerio de Educación
(Mineduc)
4
3
4
0
6
12
18
23
0
4
0
3
4
0
6
12
18
23
0
5
10
15
20
25
2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026
Funcionamiento SLEP Traspaso Educativo
Implementación Servicios Locales de Educación Pública
Etapas Implementación de un SLEP
Año t-3 Año t-2 Año t-1 Año t
Planificación
2020
Anticipación
2021
Funcionamiento
2022
Traspaso
Enero 2023
• DFL SLEP que entran en
funcionamiento en año t-1
• Carta Gantt
• Ruta Crítica
• Presupuesto P03 para año
anticipación de los SLEP
• Sistema de seguimiento
• Definir Planes de Transición y
Convenios de Ejecución
• Levantamiento de necesidades de
grupos de interés
• Instalación Comité Directivo Local
• Constitución Comisiones Técnicas
• Suscripción de Planes de Transición
y Convenios de Ejecución
• Presupuesto P03 para año
funcionamiento de los SLEP
• Presupuesto P01 de los SLEP que
entran en funcionamiento en año t-1
• Emisión del Decreto Alcaldicio
• Concurso DE y 2do Nivel Jerárquico
de los SLEP
• Rex de Traspaso
• Control de Gestión y Riesgos de la
Implementación
• Nombramiento DE de los SLEP
• Nombramiento de los 2dos Niveles
Jerárquicos y equipos de los SLEP
• Habilitación Administrativa de los
SLEP como Servicio Público
• Habilitación Oficina y Sistemas de
los SLEP
• Concurso Cerrado y Proceso de
Selección
• Emisión Decreto Alcaldicio
actualización
• Presupuesto P01 y P02 de los SLEP
• Plan Anual
• Informe Financiero
• Regularización de bienes muebles e
inmuebles
• REX de Traspaso modificatorias
• Firmas de Convenios SEP, FAEP,
JUNJI, etc.
• Cierres de Traspaso personas, bienes
muebles e inmuebles
• Emisión Actas de Traspaso
• Monitoreo y evaluación
Implementación de un SLEP
Correcto
Funcionamiento
Correcto
Traspaso
Implementación de un SLEP
Traspaso
del
Servicio
Educativo
al
SLEP
1° Marzo
Año 2022
1° Enero
Año 2023
2 meses antes
REX de
Traspaso
6 meses antes
Emisión
Decreto Alcaldicio
Constitución
Comisión Técnica
8 meses antes
2 meses antes
REX de
Traspaso
Modificatorias
6 meses antes
Emisión
Decreto Alcaldicio
Actualización
Correcto
Traspaso
2021 2022
Implementación de un SLEP
Correcto
Funcionamiento
Traspaso
del
Servicio
Educativo
al
SLEP
1° Marzo
Año 2022
1° Enero
Año 2023
6 meses antes
Publicación
Concurso ADP
Director Ejecutivo SLEP
Constitución
Comité Directivo Local
10 meses antes Durante todo el año
Ingreso Dotación al SLEP
Entrada
en
Funcionamiento
del
SLEP
10 meses antes
ADP 2do. Nivel Jerárquico
Personal a Contrata (Proceso de Selección)
Personal a Planta (Concurso Cerrado)
3 meses antes
Publicación
Concurso ADP
2do Nivel
Jerárquico
AÑO DE
ANTICIPACIÓN
AÑO DE
FUNCIONAMIENTO
6 meses antes
Emisión
Decreto Alcaldicio
Constitución
Comisión Técnica
8 meses antes
2 meses antes
6 meses antes
Emisión
Decreto Alcaldicio
Actualización
6 meses antes
Emisión
Decreto Alcaldicio
Constitución
Comisión Técnica
8 meses antes
2 meses antes
6 meses antes
Emisión
Decreto Alcaldicio
Actualización
10 10
11 11 11
6
10 10
11 11 11
0
2
4
6
8
10
12
AÑO 2023 AÑO 2024 AÑO 2025 AÑO 2026 AÑO 2027 AÑO 2028
MODIFICACIONES A LA NEP 2023
FUNCIONAMIENTO TRASPASO
Cobertura Escolar
Durante la primera mitad del siglo XX, el tema fundamental de política educacional fue la expansión del acceso. Una ley de
1920 sobre “instrucción primaria obligatoria” expresa el compromiso estatal de logro de la cobertura universal en este nivel,
propósito que no se lograría sino cincuenta años más tarde, en el marco de la importante reforma
educacional del Gobierno del Presidente Frei Montalva (1964-1970), que expandió sustancialmente el acceso, re definió el
límite de la enseñanza primaria obligatoria llevándola de 6 a 8 años, invirtió en medios y modernizó el currículum . La
cobertura aumentó fuertemente en todas la s áreas urbanas y en la mayoría de las rurales, alcanzando
en 1970 a más del 90% en el nivel primario. La cobertura a nivel secundario, de sólo 18% a comienzos de la década, se elevó a
49% en 1970. (C. Cox. Políticas Educacionales de chile, últimas 2 décadas del S.XX)
Cobertura Escolar
AÑO COBERTURA DE 0 – 24 AÑOS
1958 32,6%
1973 53,1%
1988 51,1%
43% promedio de América Latina en 1990.
MODALIDAD EDUCATIVA AÑO 1973 AÑO 1986 AÑO 1989
PARVULARIA (0-5) 90.295 370.912 (21.3% p. total)
BÁSICA (6-13) 2.314.283 1.987.758 (-326.525) (-14.1%)
MEDIA (14-18) [1988] 228.721 741.357 (+512.636) (+69.14%)
MEDIA TÉCNICO PROFESIONAL
(F. diferenciada) 163.141 127.060 (-36.081) [-22.1%]
DE ADULTOS 118.399 72.974 [-45.425] (-38.3%)
Fuente: Las deudas de la transición. Comisión Chilena de DDHH. Pág. 114.
Fuente: Las deudas de la transición. Comisión Chilena de DDHH. Pág. 114.
Cobertura Escolar
COBERTURA CHILE (2016) AMERICA LATINA
NIVEL DE TRANSICIÓN (4-5 años) 88% 79%
NIVEL BÁSICA (6-13 años) 99,4% 97%
NIVEL MEDIA (14-18 años) 93% 82%
En 1993, la Comisión Chilena de Derechos Humanos, concluía en su texto “Las deudas de la transición” –
publicado en 1994- en materia educacional lo siguiente:
“El gobierno ha estado centrado en políticas y programas que garanticen la calidad y equidad de la educación
impartida, mejoramiento de las condiciones del magisterio y de las condiciones de infraestructura de los
establecimientos educativos, ninguna de ellas apunta ni siquiera en discurso, a sostener que la educación es un
Derecho y no un privilegio o un bien, y que es el Estado el que está obligado a garantizarlo y satisfacerlo. Esto
queda en evidencia cuando este año se promueve la iniciativa del llamado “financiamiento compartido”, que en
términos estrictos viola el primer inciso del artículo 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.”.
Cobertura Escolar
“(…) Finalmente, prevalecen importantes focos de discriminación en la educación; como por ejemplo, el
reconocimiento de los pueblos indígenas y de su cultura, el pleno acceso a la educación de los sectores rurales, el
sexismo manifiesto en los textos de estudio, la mantención en el sentido común de la gente que la educación es un
privilegio y no un derecho, la desigualdad entre los profesores del sector público y los del sector particular
subvencionado y del sector privado, etc. Algunas de estas discriminaciones requieren instrumentos legales
específicos que permitan controlar y fiscalizar la satisfacción del derecho a la educación.”
Las deudas de la transición. Comisión Chilena de DDHH. Pág. 121. (1993)
C. Cox “Políticas Públicas”.
Nivel Escolar. (básica y media)
1944 se crea la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales (50 años) 1987.
1964, ley N° 15.676 Dispone que el S.E. disponga un Plan Nacional de Edificios Escolares.
1982 – 1987 Proceso de Municipalización. Mineduc transfiere recursos para Construcción, reposición, reparación
y normalización de Establecimientos Educacionales.
Nivel Parvularia
1906, primer Kindergarten fiscal.
1970 creación de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) pasa de atender 60.000 en 1990 a 120.000 al
año 2000. [política publica entre 2000 y 2006 era duplicar el numero de atención]
En 1990 la Fundación Nacional de Ayuda a la Comunidad (FUNACO) se transforma en la Fundación Nacional para
el Desarrollo Integral del Menor (INTEGRA)
Cobertura Educacional
Nivel Superior.
1842 Universidad de Chile.
1888 P. Universidad Católica de Chile.
1947 U. Técnica del Estado.
1900 – 1950 se crean 6 universidades. (UdeC; PUCV; UFSM; Uaustral; UCatodelN; Inacap.
1981, se regionaliza la Universidad de Chile y la Universidad Técnica del Estado.
1982-1990 Crean la mayoría de las U. Privadas. 1991 – 1993 // 1996-2010
2015 Se crean U. Estatales O´Higgins y Aysén.
Cobertura Educacional
Cobertura: (2013)
Desde Sala Cuna a Segundo nivel de Transición
Kinder
Matrícula 221.886
Cobertura 89,6%
Prekinder
Matrícula 200.631
Cobertura 80,6%
Gobierno de Chile | Junta Nacional de Jardines
5
Jardín Infantil
Matrícula 207.816
Cobertura 41,5%
Sala Cuna
Matrícula 72.578
Cobertura 14,4 %
Cobertura Ed. Parvularia.
Fuente: Desafíos de la educación preescolar en Chile: Ampliar la cobertura, mejorar la calidad y evitar el acoplamiento (estudios Pedagógicos, Valdivia)
2014- cobertura de 124 mil nuevos cupos en 2015 se ajusta a 94 mil, en 2016 a 76 mil y en 2018 a 70 mil.
Cobertura Ed. Parvularia. “Jardines Meta”
Cobertura Ed. Superior
Antes de 1960, la cobertura (acceso) menor o igual al 5%
A 1990 (1981-1989) supera el umbral del 20%.
A 2007 el acceso (cobertura) supera el 50%.
Fuente: accioneducar.cl “evolución reciente de la cobertura de la ed. Superior en Chile.
Cobertura Ed. Superior
Fuente: accioneducar.cl “evolución reciente de la cobertura de la ed. Superior en Chile.
Cobertura Ed. Superior
Fuente: accioneducar.cl “evolución reciente de la cobertura de la ed. Superior en Chile.
Cobertura Ed. Superior
Fuente: accioneducar.cl “evolución reciente de la cobertura de la ed. Superior en Chile.
- Cobertura pasa de 13% a 37% en 20 años
- El 1er quintil aumenta de 4% a 27,4% entre 1990 a 2013.
- Ayudas estudiantiles pasa de 108 mil millones en 2005 a 970 mil millones en 2015.
- Acceso a IES mediante CAE.
Cobertura Ed. Superior
DEL CRÉDITO CON AVAL DEL ESTADO (CAE)  Inicia tramitación en 2003.
Calidad (L. 21.129) y Equidad de la Educación Superior.
1.- Fondo Nacional de Becas
2.- Subsistema de financiamiento Cruch.
Sistema Nacional de Financiamiento Estudiantil
3.- Subsistema de financiamientos U. Autónomas
4.- Sistema de ahorro para el financiamiento E. Superior.
Financiamiento educacional
- Educación Parvularia y Escolar. Antes y después de 1980.
- Hasta 1980, Rol del Estado Docente.
- Público – Privado (particular pagado)
- Desde 1980 a la actualidad.
- Público [Particular Subvencionado] Privado.
- Educación Superior.
- Hasta 1980, predominan Universidades del Estado.
- Desde 1981, Creación de Nuevas IES de carácter privado. Según
procedimiento LOCE – LGE.
MINEDUC
SUBSECRETARÍA
DE EDUCACIÓN
PARVULARIA
SUBSECRETARÍA
DE EDUCACIÓN
SUBSECRETARÍA
DE EDUCACIÓN
SUPERIOR
SEREMIS DEPROVS
SUPERINTENDENCIA
DE EDUCACIÓN
(INT. PARVULARIA)
SUPERINTENDENCIA
DE EDUCACIÓN
SUPERIOR
CONSEJO NACIONAL
DE EDUCACIÓN
AGENCIA DE
CALIDAD DE LA
EDUCACIÓN
JUNTA NACIONAL
DE JARDINES
INFANTILES
COMISIÓN
ADMINISTRADORA DEL
SISTEMA DE CRÉDITOS PARA
ESTUDIOS SUPERIORES
CONSEJO DE RECTORES
DE LAS UNIVERSIDADES
CHILENAS
SERVICIOS LOCALES
DE EDUCACIÓN
PÚBLICA (70)
COMISIÓN
NACIONAL DE
ACREDITACIÓN
JUNTA NACIONAL DE
AUXILIO ESCOLAR Y
BECAS
UNIVERSIDADES
ESTATALES (18)
CENTROS DE
FORMACIÓN
TÉCNICA ESTATALES
(15)
DIRECCIÓN DE
EDUCACIÓN
PÚBLICA
CONSEJO DE
CALIFICACIÓN
CINEMATOGRÁFICA
MINISTERIO
DE CULTURA*
MINISTERIO
DE CIENCIAS*
MONUMENTOS NACIONALES.
F. MUSICA NACIONAL.
CONSEJO DEL LIBRO
2018
ANID
(CONICYT)
Educación Escolar – SISTEMA
LGE Ley N° 20.370 (DFL 2/2009)
ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES EN CHILE
1.- Concepto:
Establecimiento educacional es aquella Institución educativa que, pudiendo o no contar con
Reconocimiento Oficial y financiamiento del Estado, comprende al menos un local escolar y a la comunidad
educativa que en él se reúne, con la finalidad de ejercer el derecho fundamental de educación, bajo los principios,
derechos y deberes que el sistema educativo le reconoce. Cada establecimiento se identifica con un Rol Base de
Datos.
2.- Clasificación de Establecimientos educacionales.
a) No Reconocidos Oficialmente por el Estado. (Art. 45.2 Lge)
b) Reconocidos Oficialmente por el Estado (Art. 45 Lge)
b.1) Concepto de Reconocimiento Oficial.
El reconocimiento oficial del Estado es el acto administrativo en virtud del cual la autoridad confiere a un
establecimiento educacional la facultad de certificar válida y autónomamente la aprobación de cada uno de los
ciclos y niveles que conforman la educación regular, y de ejercer los demás derechos que le confiere la ley.
b.2) Requisitos
i) Requisitos Temporales incorporados por la LIE.
Un establecimiento educacional que haya comenzado el proceso de reconocimiento oficial sólo podrá iniciar
actividades una vez concluido plenamente el acto administrativo de reconocimiento oficial referido en el inciso
primero del presente artículo.
ii) Requisitos formales.
Art. 46. El Ministerio de Educación reconocerá oficialmente a los
establecimientos educacionales que impartan enseñanza en los niveles de educación parvularia, básica y media,
cuando así lo soliciten y cumplan con los siguientes (9) requisitos: [DTO 315 de 2010]
a) Tener un sostenedor. (público [Mun. Slep. Junji] Privado.
b) Contar con un proyecto educativo (PEI),
c) Ceñirse, en los programas de estudio que apliquen, a las bases curriculares elaboradas por el Ministerio de
Educación
d) Tener y aplicar un reglamento de evaluación y promoción
ii) Requisitos formales.
e) Comprometerse a cumplir los estándares nacionales de aprendizaje
f) Contar con un reglamento interno que regule las relaciones entre el establecimiento y los distintos actores de la
comunidad escolar.
g) Tener el personal docente idóneo que sea necesario y el personal asistente de la educación suficiente que les
permita cumplir con las funciones que les corresponden.
h) Acreditar un capital mínimo pagado.
i) Acreditar que el local en el cual funciona el establecimiento cumple con las normas de general aplicación,
previamente establecidas.
Término de la prestación educativa escolar
- Fusión de Establecimientos Educacionales
- Renuncia al Reconocimiento Oficial
- Revocación del Reconocimiento Oficial
- Traspaso educativo** NEP.
Superintendencia de Educación (Escolar)
• Ley N° 20.529 SAC
• El objeto de la Superintendencia será fiscalizar, de conformidad a la ley, que
los sostenedores de establecimientos educacionales reconocidos oficialmente
por el Estado se ajusten a las leyes, reglamentos e instrucciones que dicte la
Superintendencia, en adelante "la normativa educacional". Asimismo,
fiscalizará la legalidad del uso de los recursos por los sostenedores de los
establecimientos subvencionados y que reciban aporte estatal.
Aspectos GENERALES Sancionatorio
educacional – bienes jurídicos
Acceso y
permanencia en el
sistema educativo
Adecuadas
condiciones
laborales
Adecuado uso de
los recursos
Asociación
Buena convivencia
escolar
Calidad del
aprendizaje
Continuidad en la
prestación del
servicio educativo
Formación y
desarrollo integral
del alumno
Inclusión
Información y
transparencia
Justo
procedimiento
Libertad de
conciencia
Libertad de
enseñanza y
gestión
Libertad de
expresión
No discriminación
Objetividad y
transparencia en la
evaluación
Participación Probidad
Progreso en el
sistema educativo
Prohibición del
lucro
Seguridad Salud
•Denuncia: acto escrito u oral por medio del cual un interesado pone en
conocimiento de la SIE una eventual irregularidad, con el objeto de que ésta
investigue y adopte lasmedidasque correspondan
• Período de información previo
• Tramitación de la denuncia. Si se observan posiblesincumplimientosse deriva para la fiscalización
• Denuncias del Ministerio de Educación o de la Agencia  tramitación especial, directamente a
proceso sancionatorio
•De oficio: por programasde fiscalización.
• Plan Anualde Fiscalización, en base a muestras
• Se deja constancia en actasde fiscalización.
• Fiscalizador es ministro de fe, y los hechos que constate podrán constituir presunción legal de
veracidad(art. 52)
• Posibilidad de aplicación de Dictamen N° 17 – no instruir proceso sancionatorio
ETAPA DE FISCALIZACIÓN
• Si se detectaren infracciones que pudieren significar contravención a la normativa
educacional, el Director Regional competente, mediante resolución fundada, ordenará la
instrucción de un procedimiento y designará un fiscal instructor encargado de su
tramitación, de formular cargos, de investigar los hechos, solicitar informes, ponderar las
pruebas y disponer toda otra diligencia que dé curso al procedimiento.
• Comprobada una infracción
• Amonestación por escrito
• Multa
• Privación temporal de subvención
• Privación Definitiva
• Inhabilitación temporal o perpetua para obtener y mantener la calidad de sostenedor.
• Revocación del Reconocimiento Oficial del Estado.
Etapa previa – Fiscalización
• Denuncia: acto escrito u oral por medio del cual un interesado pone en conocimiento de
la SIE una eventual irregularidad, con el objeto de que ésta investigue y adopte las
medidas que correspondan
• Período de información previo
• Tramitación de la denuncia. Si se observan posibles incumplimientos se deriva para
la fiscalización
• Denuncias del Ministerio de Educación o de la Agencia  tramitación especial,
directamente a proceso sancionatorio
• De oficio: por programas de fiscalización.
• Plan Anual de Fiscalización, en base a muestras
• Se deja constancia en actas de fiscalización
• Fiscalizador es ministro de fe, y los hechos que constate podrán constituir presunción
legal de veracidad (art. 52)
• Posibilidad de aplicación de Dictamen N° 17 – no instruir proceso sancionatorio
Instruccióndel
procesoy
designa Fiscal
• Encargado de
Fiscalización
(por
delegación)
Formula
cargos
• Si no formula, s
e dicta
“Rex sin formulación” y
termina
Descargosy
mediosde
prueba
• 10 días
Informe Final
de
Investigación
• Fis
cal propone
sancióno
sobreseimiento
Rex aprueba
proceso
• DRsanciona
o sobresee
R
ecurso de
reclamación
administrativo
• Superintendente
(Fiscalpor
delegación)
R
ecurso de
reclamación
judicial
• Corte de
Apelaciones
Apelación
judicial
• Corte
Suprema
ESQUEMA GENERAL DE TRAMITACIÓN
Revocación
AF
• Siempreperpetua,para E
E
P
• Aplicada a representantelegal y
administrador
Inhabilidad
del sostenedor
• Leves:1-25 UTM
• Menosgraves:26-100 UTM
• Graves:101-250 UTM
Multa
Amonestaciónpor escrito
Infracciones
levesy menos
graves
SANCIONES APLICABLES A EE. PARV. AUT. FUN.
EDUCACIÓN SUPERIOR – SISTEMA.
• Educación Superior.
• Fuentes: Ley General de Educación.
• Ley sobre Educación Superior.
• Sistema Nacional de aseguramiento de la calidad de la educación superior.
• Instituciones participantes del Sistema.
• Tipos de Instituciones de Educación Superior.
• Financiamiento a las instituciones de educación superior, becas y créditos.
• Procedimientos Fiscalizadores.
Marco legal Principal
 Ley N°20.370 General de Educación (DFL2/2009, Mineduc, en particular, los artículos 2.2;
2.3; art.17; art 21; Títulos III; IV y artículos 104 al 113)
 Ley N°21.091 Sobre Educación Superior.
 Ley N° 21.084 sobre Universidades estatales.
 Ley N°21.129 Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior.
 Ley N°20.027 Establece normas para el Financiamiento de Estudios de Educación Superior.
 Ley N°20.800, Crea el Administrador Provisional y administrador de Cierre de Instituciones
de Educación Superior.
Principios del sistema educativo
Ley N°21.091 el Sistema de Educación Superior se inspira además de los principios señalados en la LGE en los
siguientes principios:
• a) Autonomía. El Sistema reconoce y garantiza la autonomía de las instituciones de educación superior,
entendida ésta como la potestad para determinar y conducir sus fines y proyectos institucionales en la
dimensión académica, económica y administrativa, dentro del marco establecido por la Constitución y la ley.
Asimismo, las instituciones de educación superior deben ser independientes de limitaciones a la libertad
académica y de cátedra, en el marco de cada proyecto educativo, orientando su ejercicio al cumplimiento de
los fines y demás principios de la educación superior, buscando la consecución del bien común y el desarrollo
del país y sus regiones.
• b) Calidad. Las instituciones de educación superior y el Sistema de que forman parte deben orientarse a la
búsqueda de la excelencia; a lograr los propósitos declarados por las instituciones en materia educativa, de
generación del conocimiento, investigación e innovación; y a asegurar la calidad de los procesos y resultados
en el ejercicio de sus funciones y el cumplimiento de los criterios y estándares de calidad, cuando
corresponda, establecidos por el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior.
• En la búsqueda de la calidad, las instituciones de educación superior deberán tener en el centro a los
estudiantes y sus aprendizajes, así como la generación del conocimiento e innovación.
Principios del sistema educativo
• c) Cooperación y colaboración. El Sistema fomentará la efectiva cooperación y colaboración entre los subsistemas y las
instituciones de educación superior que los componen, como factor importante para la búsqueda de la calidad y la equidad,
así como también para promover la transmisión y construcción permanente del conocimiento y de las buenas prácticas
académicas e institucionales. De igual manera, la actuación conjunta de ellas, estará orientada a la consecución de sus
objetivos, en el marco de los fines de la educación superior.
• Asimismo, el Sistema velará por la integración regional e internacional de redes de conocimientos e intercambio académico, en
el marco de la cooperación y colaboración.
• d) Diversidad de proyectos educativos institucionales. El Sistema promueve y respeta la diversidad de procesos y
educativos, que se expresa en la pluralidad de visiones y valores sobre la sociedad y las formas de búsqueda del conocimiento
y su transmisión a los estudiantes y a la sociedad, incluyendo el respeto a los valores democráticos, la no discriminación
arbitraria y la interculturalidad.
• e) Inclusión. El Sistema promoverá la inclusión de los estudiantes en las instituciones de educación superior, velando por la
eliminación y prohibición de todas las formas de discriminación arbitraria.
• En este sentido, el Sistema promoverá la realización de ajustes razonables para permitir la inclusión de las personas con
discapacidad.
Principios del sistema educativo
• f) Libertad académica. La educación superior debe sustentarse en el respeto y la libertad académica, que
incluye la libre expresión de opiniones, ideas e información; así como también en la libertad de cátedra, estudio,
estudio, creación e investigación para los miembros de las comunidades académicas y docentes, sin
discriminación arbitraria, dentro del marco establecido por la ley, respetando el proyecto institucional y su
misión.
Aquellas instituciones de educación superior que sean propietarias de medios de comunicación deberán
promover el respeto de la libre expresión de opiniones, ideas e información.
• g) Participación. Las instituciones de educación superior promoverán y respetarán la participación de todos
sus estamentos en su quehacer institucional, con el propósito de fomentar la convivencia democrática al
interior de aquéllas y el ejercicio de una ciudadanía crítica, responsable y solidaria.
• h) Pertinencia. El Sistema promoverá que las instituciones de educación superior en su quehacer, y de
conformidad con sus fines, contribuyan permanentemente al desarrollo del país, sus regiones y comunidades.
Para ello, el Sistema, en particular a través del Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la
Educación Superior, fomentará la vinculación de sus integrantes con las necesidades de la sociedad.
Principios del sistema educativo
• i) Respeto y promoción de los derechos humanos. El respeto y promoción por los derechos humanos deberá regir siempre la
actuación del Sistema y de las instituciones de educación superior en relación a todos los miembros de su comunidad, tanto en sus
propuestas formativas, de desarrollo organizacional, como también en las relaciones de trabajo y aprendizaje. El acoso sexual y laboral,
así como la discriminación arbitraria, atentan contra los derechos humanos y la dignidad de las personas.
• j) Transparencia. El Sistema y las instituciones de educación superior proporcionarán información veraz, pertinente, suficiente,
oportuna y accesible a la sociedad y al Estado. La transparencia es, a su vez, la base para la rendición de cuentas académica,
administrativa y financiera de las instituciones de educación superior, a través de los mecanismos y obligaciones de entrega de
información que establezca la ley, en particular aquellos establecidos en el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la
Educación Superior.
• k) Trayectorias formativas y articulación. El Sistema promoverá la adecuada articulación de los estudios para el desarrollo
armónico y eficiente del proceso formativo de las personas a lo largo de su vida, reconociendo los conocimientos adquiridos
previamente.
• l) Acceso al conocimiento. El conocimiento humano es un elemento fundamental para el desarrollo de la sociedad y de cada uno
de sus integrantes. El Sistema promoverá, en el marco de la legislación vigente, mecanismos para el acceso abierto al conocimiento
desarrollado dentro del sistema de educación superior, particularmente respecto de aquél financiado con recursos públicos.
• m) Compromiso cívico. Las instituciones de educación superior propenderán a la formación de personas con vocación de servicio a
la sociedad y comprometidas con su desarrollo.
Principales actores en la Ed. Superior
(i) MINEDUC
(ii) Subsecretaría de Educación Superior (SES)
(iii)Superintendencia de Educación Superior (SUES)
(iv) Comisión Nacional de Acreditación (CNA)
(v) Consejo Nacional de Educación (CNED)
(vi) Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas (CRUCH)
Instituciones de educación superior y controladores
• En 1980, el sistema educacional superior era gratuito o mayormente financiado por el
Estado, fuertemente selectivo y con una matrícula conformada por las 8 universidades del
CRUCH que recibían aporte estatal. En este contexto la mayor transformación a las
instituciones de educación superior se efectúo con la denominada Ley de Universidades de
1981 la que impulso proceso gradual y sostenido de aumento de la participación privada.
• Actualmente el sistema de Educación Superior contempla tres distintos tipos de
instituciones: (i) Universidades, (ii) Instituciones Profesionales y (iii) Centros de Formación
Técnica. De acuerdo con las estadísticas de 2019, las universidades tienen la mayor
participación de la matrícula total alcanzando un 56,7%, seguido por los institutos
profesionales (31,9%) y por último centros de formación técnica (11,3%).
UNIVERSIDADES.
• En el caso de las Universidades, estas se pueden dividir en tres tipos:
(a)Universidades Estatales. Actualmente son 18 instituciones creadas por ley y regidas
la Ley N°21.094 sobre Universidades Estatales. (y estatutos propios)
(b)Universidades particulares con aportes del Estado. Actualmente son 11
son universidad creadas previa a la reforma introducida por 1980. [RED G9]
(c)Universidad Privadas. Actualmente son 30 instituciones, todas ellas fueron creadas
alero de la reforma de 1980 o de Ley N° 18.962. (LOCE, actual LGE DFL2/2009)
• Este sistema se encuentra integrado por MINEDUC, SIES, SES, CNED Y CNA.
• Estatus de las IES desde su creación:
a) El Reconocimiento Oficial
b) El Licenciamiento
c) La Autonomía
d) La Acreditación. (institucional y por carreras)
Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación
Superior.
• Tipos de Financiamiento: Privado (personas naturales o jurídicas)
• Estatal  Permanente
•  Transitorio o temporal
• Financiamiento Institucional
• Financiamiento Estudiantil (Becas y Créditos)
Financiamiento de las Instituciones de Educación Superior
- El Aporte Fiscal Directo (AFD) establecido por el artículo 2 del D.F.L. N° 4, de 1981,
del Mineduc, para las universidades existentes al 31 de diciembre de 2018, contempla para el año
2020, más de noventa y nueve mil millones de pesos.
- Financiamiento Institucional para la Gratuidad (Beca Gratuidad)
- Becas de Educación Superior, (Decreto N° 97, de 2013, del MINEDUC)
2 Líneas presupuestarias 09.90.02 (Fortalecimiento Ed. Superior Pública $343.869.308.000)
09.90.03 (Educación Superior. $ 2.566.285.087.000)
Financiamiento estatal
• Institución fiscalizadora funcionalmente descentralizada.
• Tiene por objeto fiscalizar y supervigilar el cumplimiento de la normativa
educacional para la educación superior.
• Funciones y atribuciones (art. 20 ley 21.091)
• Sobre la ley N° 20.800 y la figura del administrador provisional y de Cierre.
La Superintendencia de educación superior (SES)
• Infracción a la normativa Educación Superior.
• Amonestación por escrito
• Multa
• Inhabilitación temporal para constituciones de IES.
PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE LA LEY N° 20.800.
La Superintendencia de educación superior (SES)
Superintendencia (SES)
dicta resolución que inicia
un periodo de
investigación. (art. 3° inc.
1°)
Cierre de la
Investigación
Emisión de Informe del
instructor con
resultados de la inv. (art.
3 inc. 3°)
¿Dicho informe constata
las circunstancias del art.
3° inc. 1 que hacen
peligrar a la IES?
NO
SI
Superintendencia dicta
Resolución de término
dando por finalizada la
investigación. (art. 3° inc.
4)
Instructor formula cargos
y se notifican a la
institución investigada. 15 días
Plazo para que la
IES realice
descargos
15 días
Periodo
probatorio
eventual a
solicitud
de la IES
Si se acogen
los descargos
Si se rechazan
los descargos
Vence plazo sin que
la IES presente
descargos.
SES dicta Resolución de
término adoptando 3
tipos de medidas atendida
la gravedad de los
problemas constatados.
(Art. 4) (*)
En dicha
resolución la SES
podrá formular
recomendaciones
a la IES, para
mejorar su
funcionamiento
Ordenar un plan
de recuperación.
Nombrar, previo acuerdo del CNED, a un
Administrador Provisional, cuando se constaten 1 ó
más circunstancias establecidas en el art. 6°.
Proponer a MINEDUC dar inicio, previo acuerdo del CNED, al procedimiento
de revocación del RO establecidos en los arts. 64, 74 u 81 de la LGE.
Flujo investigaciones Ley N° 20.800
(*) Respecto de esta Resolución la IES puede presentar
recursos de reposición y/o jerárquico, en subsidio. (LEY N°
19.880)
Recurso de
reposición con
jerárquico en
subsidio, Ley Nº
19.880
Plan de Recuperación
NOTIFICACIÓN A LA
IES. Plazo de 60 días
para presentar Plan a
SES
SES dispone de 10 días
para aprobarlo o
formular observaciones,
que la IES debe subsanar
en 15 días. DIVESUP
debe resolver en 5 días.
Cumplido el plazo de
implementación del Plan, DIVESUP
puede:
A) Dar por cumplida la medida
B) Disponer la designación de
Administrador Provisional
Administrador
Provisional
Notificación
designación al AP.
Dentro de 30 días,
debe elaborar acta e
informe del estado
administrativo y
financiero IES;
presentar un Plan de
Administración
SES puede efectuar
observaciones al
Plan de
Administración;
durante su
ejecución, debe
aprobar
modificaciones al
mismo. El AP debe
informar
trimestralmente al
SES sobre su
gestión.
Un mes de finalizada su gestión, AP
entregará INFORME FINAL, que debe
ser aprobado por la SES. Previo
acuerdo de éste, MINEDUC alzará la
medida. En caso contrario, iniciará
procedimiento de REVOCACIÓN DE
RECONOCIMIENTO OFICIAL.
Administrador de
Cierre
Decretada la
revocación del
Reconocimiento
Oficial, se nombra AC.
Dentro de 30 días
debe levantar acta de
estado administrativo
y financiero IES. Debe
informar SES
semestralmente.
Cumplido el plazo de cierre
definitivo de la IES fijado en el
decreto de revocación del RO,
dentro de un mes el AC debe
presentar INFORME FINAL, y
remitir a SES registros
académicos de la IES.
Cumplido el plazo de cierre de
la IES, y emitido el INFORME
FINAL, MINEDUC debe dictar
resolución de cesación de
funciones del AC.
LEY 20.370 Ley General de Educación
LEY 19.532 Jornada Escolar Completa
DL 3166/80 Sistema de Administración Delegada
DFL 2/98 Ley de Subvenciones
Ley N° 20.248 Subvención Escolar Preferencial
DFL 1 de 1996 Estatuto Docente
Ley N° 19.464 – 21.109 Estatuto Asistentes
LEY 20.529 Sistema de Aseguramiento de la Educación
Ley 20.964 Retiro de Asistentes de la Educación
Ley 20.822- 20.976 Retiro de Profesionales de la Educación
Ley N° 21.040 Crea el Sistema de Educación Pública.
Ley N° 21.091 Sobre Educación Superior
Ley N° 20.129 Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior
Ley N° 20.027 Normas para el Financiamiento de Estudios de Educación Superior
Ley N° 21.094 Normas Sobre Universidades Estatales.

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  • 1. Políticas Públicas en Educación Alfredo Romero Labra
  • 2. ¿Qué son las políticas públicas? Un estudio de 50 años. - La acción del Estado para una respuesta a demandas de la sociedad. - El programa de acción de una autoridad pública. (el programa de gobierno) - La política y la política. [ Politic & Policy] - Una permanente tensión entre los políticos y los técnicos. Fuente: fundacionpiensa.cl La política y las políticas públicas son entidades diferentes, pero que se influyen recíprocamente, ambas tienen que ver con el poder social.
  • 3. La Ciencia Administrativa (Public Administration Theory) La sociografía de los llamados grupos de presión El determinismo de los Grandes Sistemas Intentaba mejorar la gestión pública a través de estructuras formales de autoridad y de la organización especializada de las tareas. Se daba más importancia al contenedor que al contenido. El estudio del comportamiento entre la normativa (textos legales) y la realidad de los comportamientos Gubernamentales (negociaciones, influencias y manipulaciones) donde intereses particulares intentan influir en lo que hace o quiere hacer la autoridad pública. La política no tiene mucho margen de acción. La política pública está supeditada al desarrollo de ciertas formas de sociedad (de consumo) el Estado no tiene espacio de elección discrecional la ciencia política es residual en pos de la ciencia económica. La acción pública mantiene un análisis con mayor seriedad a partir de los años 1960.
  • 4. ¿Y por qué su estudio comenzó tan tarde o es tan contemporáneo? Estados Liberales  1930 – 1950  Estados de Bienestar (solución de problemas entre privados) (intervención directa del Estado en ddas. sociales) Estudio del tipo y naturaleza de un Estado y la lucha de poder  1930 1950 la Acción pública. (las políticas públicas como objeto de estudio Las políticas públicas ayudan o colaboran para: i) acotar las discusiones políticas ii) diferenciar problemas y buscar soluciones de manera especifica iii) precisar las diferencias reconociendo la existencia de grupos-objetivo. iv) vincular los temas a soluciones más amplias o secuenciales e intencionales. v) plantearse esfuerzos compartidos vi) participar de manera especifica
  • 5. Una definición de política pública meridianamente completa siendo la siguiente: “una serie de decisiones o de acciones, intencionalmente coherentes, tomadas por diferentes actores, públicos y a veces no públicos -cuyos recursos, nexos institucionales e intereses varían- a fin de resolver de manera puntual un problema políticamente definido como colectivo. Este conjunto de decisiones y acciones da lugar a actos formales, con un grado de obligatoriedad variable, tendientes a modificar la conducta de grupos sociales que, se supone, originaron el problema colectivo a resolver (grupo- objetivo), en el interés de grupos sociales que padecen los efectos negativos del problema en cuestión (beneficios finales).
  • 6. 3 dimensiones de las políticas públicas 1) Por Sector 2) Por tipos de autoridades públicas 3) Por época 20.529 -- 20.091 Parvularia Básica Media Superior L. 17.301 DL 3541/80 L. 20. 832 L. 21.094 DFL 4/1981 VTF L. 20.027 L. 21.091 //////////// DL 3541/80 L. 21.094 L. 20.835 L. 20.910 Politica Pública Niveles educacionales L. 21.040 DL 3063/80 Cobertura L. 20.370 gobernanza L. 19.532 L.19.532 DFL 2/98 L. 20.248 Calidad Financiamiento L 20.529 L. 20.501 L. 20.129
  • 7. El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) En su informe de progreso económico de 2006, arriba a la conclusión de una percepción generalizada de que en la práctica es muy difícil lograr el cambio educacional y que algunos elementos fundamentales casi no han cambiado. En relación a las políticas educativas en educación. Puesto que ante la adopción de políticas y reformas similares, sus resultados y experiencias son disimiles. 1) Algunos países mantienen una determinada política por un lapso que permita diagnosticar sus resultados (5-10 años) otros en cambio la modifican frecuentemente, a menudo con cada cambio de gobierno. 2) Algunos países al detectar un diagnóstico de mal resultado o ineficiente logran ágilmente ajustarlas ya sea a las circunstancias externas o innovan cuando éstas pierden eficacia otros en cambio reaccionan con lentitud o dificultad aferrándose a políticas que siendo ineficaces son “legado” de un determinado gobierno.
  • 8. 3) Algunos países aplican o ejecutan eficazmente las políticas aprobadas por los poderes legislativos, otros en cambio se toman un tiempo extenso para ponerlas en marcha o nunca lo hacen de manera eficaz. 4) Algunos países adoptan políticas basadas en el interés común, otros en cambio promulgan políticas que establecen tratativas o procedimientos especiales, lagunas legales o excepciones determinadas. En virtud de estas circunstancias detectadas en el informe se ha podido sistematizar que las políticas públicas de calidad deben responder correctamente a ciertas características.
  • 9. ¿Qué características debe incluir una determinada Política Pública? a) Estabilidad; b) Adaptabilidad; c) Coherencia y coordinación; d) La calidad de implementación y ejecución; e) Orientación hacia el interés colectivo; f) Eficiencia.
  • 10. a) Estabilidad  ejecución de la Política pública estable en el tiempo, pero siempre con opción abierta a modificaciones o realizar ajustes basados, por cierto, en cambios de las condiciones económicas, sanitarias, o defectos detectados en la aplicación de la política. (Inestabilidad) b) Adaptabilidad  las políticas deben ajustarse cuando estén dando resultados no deseados o buscados o bien cuando las circunstancias cambian. Las políticas públicas deben ser lo bastante flexibles para dar una respuesta eficaz y eficiente. (rigidez) ¿Qué características debe incluir una determinada Política Pública?
  • 11. ¿Qué características debe incluir una determinada Política Pública? c) Coherencia y coordinación  respondan, complementen a otras políticas públicas afines, o logran tal coordinación que hacen que las políticas se puedan aplicar exitosamente o de buena manera en el tiempo planificado o antes. (descoordinación/planificación-ejecución) d) La calidad de la implementación y ejecución  Cuán bien se aplique y se haga cumplir una política dependerá de la existencia de una burocracia capaz (lo que conlleva los recursos necesarios para ello) [ejemplo claro la SEP]
  • 12. ¿Qué características debe incluir una determinada Política Pública? e) Orientación hacia el interés colectivo las buenas políticas públicas se encuentran alejadas de la promoción de interés o beneficios privados dirigidos hacia ciertos y determinados sectores o individuos por lo que guarda relación también con la desigualdad que debe evitar la aplicación de una determinada política pública. [Interés particular] f) Eficiencia las políticas deben responder a la asignación eficiente de los recursos asignados. Esto es las buenas políticas públicas logran un enfoque eficiente de los recursos escasos. [buen uso de recursos, un tema: Dipres]
  • 13. Cómo podemos cuantificar estas características (medir), si se cumplen? ¿Cómo se establece el grado de estabilidad y coherencia de una política pública? 1.- La Encuesta de Opinión Ejecutiva (EOS) del Informe sobre competitividad mundial, del Foro Económico Mundial. [iniciado desde 1996) abarca 100 países. 2.- La Encuesta de capacidades del Estado que realiza el Banco Interamericano de Desarrollo. (BID). Creada en 1959. Comprende la opinión de 150 expertos de 18 países.
  • 14. ESTADO Y SUS INSTITUCIONES SOCIEDAD CIVIL Y SUS GRUPOS DE INTÉRES FORMULACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS PROTESTA SOCIAL ESTADO «VENTANILLA» ESTADO «CAUTIVO»
  • 15. 1) Las reglas generales y abstractas (Leyes, Decretos, instrucciones) 2) Los actos individuales y concretos producidos en su ejecución (decisión administrativa, transferencia de recursos, establecimiento de derechos o categorías, transferencias de propiedad, etc.) FORMULACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS
  • 16.
  • 17. Joan Subirats et al (2008)
  • 18. J. Subirats, et al. (2008)
  • 19. Políticas Educativas en Educación. La experiencia internacional. El informe del BID de 2006, sobre análisis de políticas públicas en la región en su Capítulo 10, diagnostica 2 clases de Políticas Educativas: 1) La de expansión y aumento de las tasas de matrícula (Cuantitativas) 2) La que procura mejorar la calidad y la eficiencia (Cualitativas) El análisis de estas políticas toma en cuenta la interacción entre la política educativa (sectorial) con el Proceso de Formulación de Políticas (PFP). Análisis en 4 países de la región (Argentina; Brasil; Chile y México) Política Básica  Economía política de la educación [Incentivos y evaluaciones docentes] [mejora de la calidad y la eficiencia. Política Periférica  Descentralización; Expansión y crecimiento de la matrícula [Cobertura]
  • 21. Políticas Educativas en Educación. La experiencia internacional. El informe del BID de 2014, llega a las siguientes conclusiones: - En primer lugar, las capacidades gubernamentales son fundamentales para contar con políticas públicas con mejores características. Los países que tiene burocracias más capaces, congresos más institucionalizados, un poder judicial independiente y partidos políticos institucionalizados tienden a tener políticas más estables, adaptables, coherentes, eficientes y sensibles al interés público (BID, 2005; Stein y Tommasi, 2007; Scartascini y Tommasi, 2012b; Scartascini, Stein y Tommasi, 2013). - En segundo lugar, mejores características de las políticas públicas producen mejores resultados en el desarrollo. Por extensión, mejores capacidades gubernamentales producen mejores resultados en el desarrollo. Básicamente, se ha demostrado que tanto las mejores características de las políticas como las mejores capacidades del Estado están correlacionadas con tasas más altas de crecimiento del PIB per cápita y con mejoras en el Índice de Desarrollo Humano (Scartascini et al., 2008, 2009; Ardanaz, Scartascini y Tommasi, 2011; Palanza, Scartascini y Tommasi, 2012). En tercer lugar, mejores capacidades del Estado producen políticas públicas mejor diseñadas. También se ha demostrado que las mejores capacidades gubernamentales están positivamente correlacionadas con políticas asociadas con aumentos de la productividad a largo plazo, como sistemas tributarios y subsidios de gobierno menos distorsionadores, un sector formal más amplio, infraestructura de mejor calidad, flexibilidad del mercado laboral y facilidad para la entrada de empresas (Scartascini y Tommasi, 2010).
  • 22. Políticas Educativas en Educación. La experiencia internacional. El informe del BID de 2014.
  • 23. Los dos modelos más citados y estudiados como ejemplo de política educativa exitosa. Modelo Educativo de Singapur.
  • 26. Evolución de las Políticas Públicas en el Sistema Educativo Chileno INDUSTRIALIZACIÓN URBANA ESTADO DOCENTE Y LA REFORMA AGRARIA 1920 (L Inst. Prim Oblig.) 1950 PROY. ENU 1973 1956 (convenio PUC U. Chicago----->) 1973 1990 1997 JECD 2006 2008 R.PÜ. 1 SEP 2009 2011  R.PÜ.2 2015 2016 NEP 2018 LGE CALIDAD Y EQUIDAD & SAC 20.845 LIE C. DOCENTE. 2017 E. SUPERIOR REFORMA EN TODOS LOS NIVELES Y FINANCIAMIENTO FICOM AUMENTA (L. 18.768) FICOM 1993 1970 FICOM LUCRO ADMISIÓN ESCOLAR ESTADO SUBSIDIARIO  1965 OCDE 2004 1988
  • 27. Estado de la cuestión hoy en Chile. Consideración para las futuras políticas públicas.  Cambio legislativo a dotado de mayor poder o influencia a la sociedad civil. (leyes de transparencia, lobby, participación ciudadana, cuentas públicas, entre otras)  Cambio legislativo (cambio del sistema binominal) ha “atomizado” el poder legislativo. 1/3 obliga a reunir mayores porcentajes de votación, “a cambio de” lo que impacta o podría impactar una determinada política pública.  Proceso de cambio constitucional.
  • 28. Evolución de las principales Políticas Públicas en Educación Fuente: Nota técnica 2-2018 Lideres Educativos. Evolución e implementación de P.P. en Chile.
  • 29. Evolución de las principales Políticas Públicas en Educación Fuente: Nota técnica 2-2018 Lideres Educativos. Evolución e implementación de P.P. en Chile. TIMSS LLECE
  • 30. Patricio Aylwin (11marzo1990— 11marzo1994) Presupuesto sector educación: 1.800 millonesdedólares. Principales políticas: • Ley19.070- Estatutodocente(estabilidadlaboralyaumentossalariales). • Programasfocalizados demejoramientodelacalidadyequidad(P900,MECE). • Ley19.247- ExtensióndelFinanciamientocompartido. • SIMCEsetraspasaalMinisteriodeEducación7 . Eduardo Frei Ruiz-Tagle (11marzo1994— 11marzo2000) Presupuesto sectoreducación: 3.300 millonesdedólares. Principales políticas: • Nuevocurrículumenprimariaysecundaria. • T extosescolares. • Ley19.532- JornadaEscolarCompleta. • MasificacióndeTIC(Enlaces). • ProgramaMontegrande.https://www .ortchile.org/index.php/2001/01/01/montegrande/ • Correccióndelasubvención(rural,educaciónespecial). • T abladefinanciamientocompartido(becas). • Flexibilizacióndelestatutodocente. • PublicaciónderesultadosdeSIMCEporescuela. 7 LIDERESEDUCA TIVOS-NO T ATÉCNIC A Ricardo Lagos (11marzo2000— 11marzo2006) Presupuesto sector educación: 4.500 millonesdedólares. Principales políticas: • Evaluacióndocenteeincentivos(AsignacióndeExcelenciaPedagógica-AEP). • Reformadela constitución: Extensióndeeducaciónobligatoriaa12años. • Programasfocalizados enbásica(escuelas críticas)ysecundaria. • MarcoparalaBuenaDirección. • Paso dePruebadeAptitudAcadémica(PAA)aPruebadeSelecciónUniversitaria(PSU). Michelle Bachelet (11 marzo 2006 — 11 marzo 2010) Presupuesto sector educación: 9.800 millones de dólares. (15.259) Principales políticas: • Ley20.248- LeydeSubvenciónEscolarPreferencial(SEP). • Ley20.370– LeyGeneraldeEducación(LGE)reemplazaaLOCE. • ProyectodeLeydeAseguramientodeCalidad. • ProyectodeLeydeFortalecimientodeEd.Pública. • MarcoparalaBuenaEnseñanza. • PruebaINICIA. Esta misma línea del tiempo, separada entre los seis periodos presidenciales en democracia, podría ser sintetizada así:
  • 31. Sebastián Piñera (11marzo2010— 11marzo2014) Presupuesto sector educación: 11.500millonesdedólares.(26.755) Principales políticas: • AmpliacióndeLeySEP . • LEY20.529- SistemadeAseguramientodela CalidaddelaEducación. • PlanFormacióndeDirectoresdeExcelencia. • BecasdeVocaciónProfesor . • Flexibilidadestatutodocente. • CambiocurricularyaumentodemedicionesSIMCE. • Ley20.501– SeleccióndedirectivosporAltaDirecciónPública. Michelle Bachelet (11marzo2014— 11marzo2018) Presupuesto sector educación: 27.000millonesdedólares. (40.811) Principales políticas: • Ley20.854- FinalLucro,laSelecciónyelCopago. • MarcoparalaBuenaDirecciónyelLiderazgoEscolar . • CreacióndeSubsecretaríaeIntendenciadeEducaciónParvularia. • CentrosdeLiderazgo. • Ley20.903- SistemadeDesarrolloProfesionalDocente(CarreraDocente). • Ley21.040- SistemadeEducaciónPublica. • Ley21.091- SobreEducaciónSuperior .(2018) • Ley21.094–SobreUniversidades Estatales.(2018) • Ley21.109EstableceunEstatutodelosAsistentesdelaEducaciónPública.(2018) • Ley21105CreaelMinisteriodeCiencia,T ecnología,ConocimientoeInnovación. (2018) Sebastián Piñera (11 marzo 2018 — 11 marzo 2022) Presupuesto sector educación: 55.356 millones de dólares. Principales políticas: • Ley21.397 facilita admisión escolar . (moción) • Ley 21.369 regula el acoso sexual,la violencia y la discriminación de Genero enIES.(moción) • Ley21.128Aula Segura
  • 32. Evolución de las principales Políticas Públicas en Educación 1.- Centralización y Descentralización de la administración Educacional. 2.- Cobertura Educacional. 3.- Financiamiento. 4.- Institucionalización.
  • 33. PAÍS CENTRALIZADA DESCENTRALIZADA REINO UNIDO (1902) Acta de educación de 1944. Sistema nacional administrado localmente. CURRICULUM (1996) - Creación y Construcción De EE. - Contratación Docente - Planes de Estudio - Transporte Escolar - Becas Y Apoyos - Ies Gran Autonomía EEUU Financiamiento entre un 5 y 15%. Cada Estado es responsable del servicio educativo mediante distritos escolares. Canadá Consejo de Ministro, para la coordinación entre las provincias Provincias con alto grado de autonomía Brasil 1961 proceso de descentralización. Argentina Proceso de descentralización hacia las provincias década de 1960. Jamaica Ministerio de Educación El Salvador Ministerio de Educación Chile Mineduc (Bases Curriculares) Construcción, contratación docente planes y programas** Colombia (1960), Perú (1972), Ecuador, Uruguay, entre otros. Validación de las decisiones tomadas por las unidades educativas Toma de decisiones. Posteriormente valida nivel central. CUADRO COMPARATIVO DE ADMINISTRACIÓN DE LA EDUCACIÓN
  • 34. “Hasta mediados de la década de 1930, los Estados Unidos dependían en gran escala de los miles de los así llamados distritos escolares. Muchas de estas reparticiones consistían en escuelas independientes. ...Dicho sistema, marcadamente descentralizado, se caracterizaba porque lograba con facilidad adaptarse a los cambios locales (...) La desventaja de dicho sistema no podía atender necesidades regionales y nacionales. Con el tiempo la flexibilidad y adaptabilidad de la extrema descentralización, tuvo que ser equilibrada con la necesidad de estándares más uniformes. ...Poco a poco la discreción de las decisiones se elevó a nivel del Estado, y en algunas pocas áreas importantes a nivel de la nación.”. (G. Bogen) ¿Que características de las políticas públicas se detectan en este texto?
  • 35. Administración de la Educación en Chile. La acción pública de descentralización comienza tímidamente con el gobierno de Frei Montalva y Allende, mediante programas pilotos de las Coordinaciones Regionales de Educación, profundizándose esta Política Pública en el Gobierno Militar/Dictadura. (se crean las SEREMIS, se dispone la Municipalización de la Educación y se permite la creación de Corporaciones Municipales de naturaleza privada). La Descentralización de la Educación a nivel macro  creación de las Secretarías Regionales Ministeriales y Departamentos Provinciales de Educación. La Descentralización de la Educación a nivel micro  Proceso de Municipalización. [la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales se liquida y traspasa los EE. A las Municipalidades. Dejando en manos del Fisco 70 Liceos Técnicos Profesionales respecto de los cuales, se delega su administración a Fundaciones y Corporaciones (18) sin fines de lucro representativas de las diferentes actividades económicas [textil, industrial, comercio, etc.] Charters  financiamiento a la oferta. Mineduc se encarga de las políticas educacionales nacionales, Bases Curriculares (planes y programas) sistema de evaluación y promoción, equivalencia de estudios, entre otras.
  • 36. ¿Es mala per se la descentralización de la administración educativa? En Chile fue acompañada de: - La expansión de la educación provista por entes privados (>11% (1950) -- 22% (1980) -- 40% (1985)-- 60% (2013)) - Competencia entre escuelas mediante lógicas del mercado – mejoramiento de la subvención (vouchers) - Flexibilizó o liberalizó el cumplimiento de obligaciones esenciales (contratación docente, curriculum) LEY 21.040 CREA SISTEMA DE EDUCACIÓN PÚBLICA CONTEXTO DE LAS REFORMAS 2014 – 2018 LIE – CARRERA DOCENTE – NEP –ASISTENTES -- SUPERIOR La municipalización, por lo tanto, fue una descentralización administrativa o burocrática, en la que funciones claves de administración y control fueron derivadas del Ministerio de Educación a los Municipios. La misma no tuvo consecuencias democratizadoras: el poder para tomar decisiones respecto a la educación no le fue otorgado a ciudadanos que no podían elegir representantes (no hay ninguna elección en Chile hasta después de 1990), ni manifestarse sin riesgo ante la autoridad. Sí tuvo importantes consecuencias sobre la administración y la gestión, que efectivamente se descentralizaron, sacando estas funciones al Ministerio de Educación y ordenando que fueran asumidas por los municipios. (C. Cox. Políticas Educativas en las últimas décadas del SXX)
  • 37. Una educación pública debilitada no favorece el carácter mixto de nuestro sistema educacional ni permite fijar un estándar efectivo que eleve la calidad, equidad y carácter inclusivo del conjunto del sistema La matrícula de la educación municipal ha venido sistemáticamente cayendo (594 mil estudiantes menos entre 2004 y 2016) y la proporción de matrícula pública en el sistema educacional chileno ha pasado de un 51% a ser poco más de un 36%. ¿Por qué tendríamos que conformarnos con decir: “las familias no están prefiriendo la educación pública” sin respondernos POR QUÉ?
  • 38. No podemos mantener una educación pública atomizada, impotente frente a las desigualdades socioeconómicas ya presentes en el territorio En el 40% de comunas de menor tamaño (n=138) el gasto promedio en administración por estudiante llega a ser de ¡entre 20 y hasta 30 mil pesos mensuales! Esto contrasta con los menos de 9.500 mensuales para el 30% de los municipios de mayor matrícula. 50% de los Municipios en 2016 atiende menos de 2.000 alumnos y el promedio es inferior a 4.000. Hoy financiamos una burocracia municipal cara, inequitativa y deficiente.
  • 39.  Este esquema organizativo NO tiene su foco puesto en los aprendizajes…  NO puede garantizar… : • mejora continua y calidad creciente vía una gestión estable en el tiempo • equidad en las condiciones y oportunidades de aprendizaje en todo Chile • que los logros en gestión e innovación educativa se aquilaten, difundan y compartan • efectiva pertinencia local • el mejor uso de los recursos disponibles La calidad de la educación pública a la que los niños, niñas y jóvenes chilenos tienen derecho, NO PUEDE depender de las capacidades y las voluntades del Municipio.
  • 40. La evidencia nacional y comparada nos dicen que sí se puede fortalecer nuestras escuelas, apoyándolas, acompañándolas y potenciándolas en un Sistema que asegure el foco en los aprendizajes y en los procesos educativos
  • 41. Estructura del sistema La Educación Pública administrada por las Municipalidades y Corporaciones Municipales se traspasará a 70 Servicios Locales de Educación Pública, los que comprenderán diversos territorios, abarcando entre 1 comuna y 11 comunas según corresponda. Dirección de Educación Pública (DEP) Servicio público centralizado, dependiente del Mineduc. Ministerio de Educación (Mineduc)
  • 42. 4 3 4 0 6 12 18 23 0 4 0 3 4 0 6 12 18 23 0 5 10 15 20 25 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 Funcionamiento SLEP Traspaso Educativo Implementación Servicios Locales de Educación Pública
  • 43. Etapas Implementación de un SLEP Año t-3 Año t-2 Año t-1 Año t Planificación 2020 Anticipación 2021 Funcionamiento 2022 Traspaso Enero 2023 • DFL SLEP que entran en funcionamiento en año t-1 • Carta Gantt • Ruta Crítica • Presupuesto P03 para año anticipación de los SLEP • Sistema de seguimiento • Definir Planes de Transición y Convenios de Ejecución • Levantamiento de necesidades de grupos de interés • Instalación Comité Directivo Local • Constitución Comisiones Técnicas • Suscripción de Planes de Transición y Convenios de Ejecución • Presupuesto P03 para año funcionamiento de los SLEP • Presupuesto P01 de los SLEP que entran en funcionamiento en año t-1 • Emisión del Decreto Alcaldicio • Concurso DE y 2do Nivel Jerárquico de los SLEP • Rex de Traspaso • Control de Gestión y Riesgos de la Implementación • Nombramiento DE de los SLEP • Nombramiento de los 2dos Niveles Jerárquicos y equipos de los SLEP • Habilitación Administrativa de los SLEP como Servicio Público • Habilitación Oficina y Sistemas de los SLEP • Concurso Cerrado y Proceso de Selección • Emisión Decreto Alcaldicio actualización • Presupuesto P01 y P02 de los SLEP • Plan Anual • Informe Financiero • Regularización de bienes muebles e inmuebles • REX de Traspaso modificatorias • Firmas de Convenios SEP, FAEP, JUNJI, etc. • Cierres de Traspaso personas, bienes muebles e inmuebles • Emisión Actas de Traspaso • Monitoreo y evaluación
  • 44. Implementación de un SLEP Correcto Funcionamiento Correcto Traspaso
  • 45. Implementación de un SLEP Traspaso del Servicio Educativo al SLEP 1° Marzo Año 2022 1° Enero Año 2023 2 meses antes REX de Traspaso 6 meses antes Emisión Decreto Alcaldicio Constitución Comisión Técnica 8 meses antes 2 meses antes REX de Traspaso Modificatorias 6 meses antes Emisión Decreto Alcaldicio Actualización Correcto Traspaso 2021 2022
  • 46. Implementación de un SLEP Correcto Funcionamiento Traspaso del Servicio Educativo al SLEP 1° Marzo Año 2022 1° Enero Año 2023 6 meses antes Publicación Concurso ADP Director Ejecutivo SLEP Constitución Comité Directivo Local 10 meses antes Durante todo el año Ingreso Dotación al SLEP Entrada en Funcionamiento del SLEP 10 meses antes ADP 2do. Nivel Jerárquico Personal a Contrata (Proceso de Selección) Personal a Planta (Concurso Cerrado) 3 meses antes Publicación Concurso ADP 2do Nivel Jerárquico AÑO DE ANTICIPACIÓN AÑO DE FUNCIONAMIENTO 6 meses antes Emisión Decreto Alcaldicio Constitución Comisión Técnica 8 meses antes 2 meses antes 6 meses antes Emisión Decreto Alcaldicio Actualización 6 meses antes Emisión Decreto Alcaldicio Constitución Comisión Técnica 8 meses antes 2 meses antes 6 meses antes Emisión Decreto Alcaldicio Actualización
  • 47. 10 10 11 11 11 6 10 10 11 11 11 0 2 4 6 8 10 12 AÑO 2023 AÑO 2024 AÑO 2025 AÑO 2026 AÑO 2027 AÑO 2028 MODIFICACIONES A LA NEP 2023 FUNCIONAMIENTO TRASPASO
  • 48. Cobertura Escolar Durante la primera mitad del siglo XX, el tema fundamental de política educacional fue la expansión del acceso. Una ley de 1920 sobre “instrucción primaria obligatoria” expresa el compromiso estatal de logro de la cobertura universal en este nivel, propósito que no se lograría sino cincuenta años más tarde, en el marco de la importante reforma educacional del Gobierno del Presidente Frei Montalva (1964-1970), que expandió sustancialmente el acceso, re definió el límite de la enseñanza primaria obligatoria llevándola de 6 a 8 años, invirtió en medios y modernizó el currículum . La cobertura aumentó fuertemente en todas la s áreas urbanas y en la mayoría de las rurales, alcanzando en 1970 a más del 90% en el nivel primario. La cobertura a nivel secundario, de sólo 18% a comienzos de la década, se elevó a 49% en 1970. (C. Cox. Políticas Educacionales de chile, últimas 2 décadas del S.XX)
  • 49. Cobertura Escolar AÑO COBERTURA DE 0 – 24 AÑOS 1958 32,6% 1973 53,1% 1988 51,1% 43% promedio de América Latina en 1990. MODALIDAD EDUCATIVA AÑO 1973 AÑO 1986 AÑO 1989 PARVULARIA (0-5) 90.295 370.912 (21.3% p. total) BÁSICA (6-13) 2.314.283 1.987.758 (-326.525) (-14.1%) MEDIA (14-18) [1988] 228.721 741.357 (+512.636) (+69.14%) MEDIA TÉCNICO PROFESIONAL (F. diferenciada) 163.141 127.060 (-36.081) [-22.1%] DE ADULTOS 118.399 72.974 [-45.425] (-38.3%) Fuente: Las deudas de la transición. Comisión Chilena de DDHH. Pág. 114. Fuente: Las deudas de la transición. Comisión Chilena de DDHH. Pág. 114.
  • 50. Cobertura Escolar COBERTURA CHILE (2016) AMERICA LATINA NIVEL DE TRANSICIÓN (4-5 años) 88% 79% NIVEL BÁSICA (6-13 años) 99,4% 97% NIVEL MEDIA (14-18 años) 93% 82% En 1993, la Comisión Chilena de Derechos Humanos, concluía en su texto “Las deudas de la transición” – publicado en 1994- en materia educacional lo siguiente: “El gobierno ha estado centrado en políticas y programas que garanticen la calidad y equidad de la educación impartida, mejoramiento de las condiciones del magisterio y de las condiciones de infraestructura de los establecimientos educativos, ninguna de ellas apunta ni siquiera en discurso, a sostener que la educación es un Derecho y no un privilegio o un bien, y que es el Estado el que está obligado a garantizarlo y satisfacerlo. Esto queda en evidencia cuando este año se promueve la iniciativa del llamado “financiamiento compartido”, que en términos estrictos viola el primer inciso del artículo 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.”.
  • 51. Cobertura Escolar “(…) Finalmente, prevalecen importantes focos de discriminación en la educación; como por ejemplo, el reconocimiento de los pueblos indígenas y de su cultura, el pleno acceso a la educación de los sectores rurales, el sexismo manifiesto en los textos de estudio, la mantención en el sentido común de la gente que la educación es un privilegio y no un derecho, la desigualdad entre los profesores del sector público y los del sector particular subvencionado y del sector privado, etc. Algunas de estas discriminaciones requieren instrumentos legales específicos que permitan controlar y fiscalizar la satisfacción del derecho a la educación.” Las deudas de la transición. Comisión Chilena de DDHH. Pág. 121. (1993) C. Cox “Políticas Públicas”.
  • 52. Nivel Escolar. (básica y media) 1944 se crea la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales (50 años) 1987. 1964, ley N° 15.676 Dispone que el S.E. disponga un Plan Nacional de Edificios Escolares. 1982 – 1987 Proceso de Municipalización. Mineduc transfiere recursos para Construcción, reposición, reparación y normalización de Establecimientos Educacionales. Nivel Parvularia 1906, primer Kindergarten fiscal. 1970 creación de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) pasa de atender 60.000 en 1990 a 120.000 al año 2000. [política publica entre 2000 y 2006 era duplicar el numero de atención] En 1990 la Fundación Nacional de Ayuda a la Comunidad (FUNACO) se transforma en la Fundación Nacional para el Desarrollo Integral del Menor (INTEGRA) Cobertura Educacional
  • 53. Nivel Superior. 1842 Universidad de Chile. 1888 P. Universidad Católica de Chile. 1947 U. Técnica del Estado. 1900 – 1950 se crean 6 universidades. (UdeC; PUCV; UFSM; Uaustral; UCatodelN; Inacap. 1981, se regionaliza la Universidad de Chile y la Universidad Técnica del Estado. 1982-1990 Crean la mayoría de las U. Privadas. 1991 – 1993 // 1996-2010 2015 Se crean U. Estatales O´Higgins y Aysén. Cobertura Educacional
  • 54. Cobertura: (2013) Desde Sala Cuna a Segundo nivel de Transición Kinder Matrícula 221.886 Cobertura 89,6% Prekinder Matrícula 200.631 Cobertura 80,6% Gobierno de Chile | Junta Nacional de Jardines 5 Jardín Infantil Matrícula 207.816 Cobertura 41,5% Sala Cuna Matrícula 72.578 Cobertura 14,4 %
  • 55. Cobertura Ed. Parvularia. Fuente: Desafíos de la educación preescolar en Chile: Ampliar la cobertura, mejorar la calidad y evitar el acoplamiento (estudios Pedagógicos, Valdivia)
  • 56. 2014- cobertura de 124 mil nuevos cupos en 2015 se ajusta a 94 mil, en 2016 a 76 mil y en 2018 a 70 mil. Cobertura Ed. Parvularia. “Jardines Meta”
  • 57. Cobertura Ed. Superior Antes de 1960, la cobertura (acceso) menor o igual al 5% A 1990 (1981-1989) supera el umbral del 20%. A 2007 el acceso (cobertura) supera el 50%. Fuente: accioneducar.cl “evolución reciente de la cobertura de la ed. Superior en Chile.
  • 58. Cobertura Ed. Superior Fuente: accioneducar.cl “evolución reciente de la cobertura de la ed. Superior en Chile.
  • 59. Cobertura Ed. Superior Fuente: accioneducar.cl “evolución reciente de la cobertura de la ed. Superior en Chile.
  • 60. Cobertura Ed. Superior Fuente: accioneducar.cl “evolución reciente de la cobertura de la ed. Superior en Chile. - Cobertura pasa de 13% a 37% en 20 años - El 1er quintil aumenta de 4% a 27,4% entre 1990 a 2013. - Ayudas estudiantiles pasa de 108 mil millones en 2005 a 970 mil millones en 2015. - Acceso a IES mediante CAE.
  • 61. Cobertura Ed. Superior DEL CRÉDITO CON AVAL DEL ESTADO (CAE)  Inicia tramitación en 2003. Calidad (L. 21.129) y Equidad de la Educación Superior. 1.- Fondo Nacional de Becas 2.- Subsistema de financiamiento Cruch. Sistema Nacional de Financiamiento Estudiantil 3.- Subsistema de financiamientos U. Autónomas 4.- Sistema de ahorro para el financiamiento E. Superior.
  • 62. Financiamiento educacional - Educación Parvularia y Escolar. Antes y después de 1980. - Hasta 1980, Rol del Estado Docente. - Público – Privado (particular pagado) - Desde 1980 a la actualidad. - Público [Particular Subvencionado] Privado. - Educación Superior. - Hasta 1980, predominan Universidades del Estado. - Desde 1981, Creación de Nuevas IES de carácter privado. Según procedimiento LOCE – LGE.
  • 63. MINEDUC SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN PARVULARIA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR SEREMIS DEPROVS SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN (INT. PARVULARIA) SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN SUPERIOR CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL SISTEMA DE CRÉDITOS PARA ESTUDIOS SUPERIORES CONSEJO DE RECTORES DE LAS UNIVERSIDADES CHILENAS SERVICIOS LOCALES DE EDUCACIÓN PÚBLICA (70) COMISIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS UNIVERSIDADES ESTATALES (18) CENTROS DE FORMACIÓN TÉCNICA ESTATALES (15) DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PÚBLICA CONSEJO DE CALIFICACIÓN CINEMATOGRÁFICA MINISTERIO DE CULTURA* MINISTERIO DE CIENCIAS* MONUMENTOS NACIONALES. F. MUSICA NACIONAL. CONSEJO DEL LIBRO 2018 ANID (CONICYT)
  • 64. Educación Escolar – SISTEMA LGE Ley N° 20.370 (DFL 2/2009) ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES EN CHILE 1.- Concepto: Establecimiento educacional es aquella Institución educativa que, pudiendo o no contar con Reconocimiento Oficial y financiamiento del Estado, comprende al menos un local escolar y a la comunidad educativa que en él se reúne, con la finalidad de ejercer el derecho fundamental de educación, bajo los principios, derechos y deberes que el sistema educativo le reconoce. Cada establecimiento se identifica con un Rol Base de Datos. 2.- Clasificación de Establecimientos educacionales. a) No Reconocidos Oficialmente por el Estado. (Art. 45.2 Lge) b) Reconocidos Oficialmente por el Estado (Art. 45 Lge)
  • 65. b.1) Concepto de Reconocimiento Oficial. El reconocimiento oficial del Estado es el acto administrativo en virtud del cual la autoridad confiere a un establecimiento educacional la facultad de certificar válida y autónomamente la aprobación de cada uno de los ciclos y niveles que conforman la educación regular, y de ejercer los demás derechos que le confiere la ley. b.2) Requisitos i) Requisitos Temporales incorporados por la LIE. Un establecimiento educacional que haya comenzado el proceso de reconocimiento oficial sólo podrá iniciar actividades una vez concluido plenamente el acto administrativo de reconocimiento oficial referido en el inciso primero del presente artículo.
  • 66. ii) Requisitos formales. Art. 46. El Ministerio de Educación reconocerá oficialmente a los establecimientos educacionales que impartan enseñanza en los niveles de educación parvularia, básica y media, cuando así lo soliciten y cumplan con los siguientes (9) requisitos: [DTO 315 de 2010] a) Tener un sostenedor. (público [Mun. Slep. Junji] Privado. b) Contar con un proyecto educativo (PEI), c) Ceñirse, en los programas de estudio que apliquen, a las bases curriculares elaboradas por el Ministerio de Educación d) Tener y aplicar un reglamento de evaluación y promoción
  • 67. ii) Requisitos formales. e) Comprometerse a cumplir los estándares nacionales de aprendizaje f) Contar con un reglamento interno que regule las relaciones entre el establecimiento y los distintos actores de la comunidad escolar. g) Tener el personal docente idóneo que sea necesario y el personal asistente de la educación suficiente que les permita cumplir con las funciones que les corresponden. h) Acreditar un capital mínimo pagado. i) Acreditar que el local en el cual funciona el establecimiento cumple con las normas de general aplicación, previamente establecidas.
  • 68. Término de la prestación educativa escolar - Fusión de Establecimientos Educacionales - Renuncia al Reconocimiento Oficial - Revocación del Reconocimiento Oficial - Traspaso educativo** NEP.
  • 69. Superintendencia de Educación (Escolar) • Ley N° 20.529 SAC • El objeto de la Superintendencia será fiscalizar, de conformidad a la ley, que los sostenedores de establecimientos educacionales reconocidos oficialmente por el Estado se ajusten a las leyes, reglamentos e instrucciones que dicte la Superintendencia, en adelante "la normativa educacional". Asimismo, fiscalizará la legalidad del uso de los recursos por los sostenedores de los establecimientos subvencionados y que reciban aporte estatal.
  • 70. Aspectos GENERALES Sancionatorio educacional – bienes jurídicos Acceso y permanencia en el sistema educativo Adecuadas condiciones laborales Adecuado uso de los recursos Asociación Buena convivencia escolar Calidad del aprendizaje Continuidad en la prestación del servicio educativo Formación y desarrollo integral del alumno Inclusión Información y transparencia Justo procedimiento Libertad de conciencia Libertad de enseñanza y gestión Libertad de expresión No discriminación Objetividad y transparencia en la evaluación Participación Probidad Progreso en el sistema educativo Prohibición del lucro Seguridad Salud
  • 71. •Denuncia: acto escrito u oral por medio del cual un interesado pone en conocimiento de la SIE una eventual irregularidad, con el objeto de que ésta investigue y adopte lasmedidasque correspondan • Período de información previo • Tramitación de la denuncia. Si se observan posiblesincumplimientosse deriva para la fiscalización • Denuncias del Ministerio de Educación o de la Agencia  tramitación especial, directamente a proceso sancionatorio •De oficio: por programasde fiscalización. • Plan Anualde Fiscalización, en base a muestras • Se deja constancia en actasde fiscalización. • Fiscalizador es ministro de fe, y los hechos que constate podrán constituir presunción legal de veracidad(art. 52) • Posibilidad de aplicación de Dictamen N° 17 – no instruir proceso sancionatorio ETAPA DE FISCALIZACIÓN
  • 72. • Si se detectaren infracciones que pudieren significar contravención a la normativa educacional, el Director Regional competente, mediante resolución fundada, ordenará la instrucción de un procedimiento y designará un fiscal instructor encargado de su tramitación, de formular cargos, de investigar los hechos, solicitar informes, ponderar las pruebas y disponer toda otra diligencia que dé curso al procedimiento. • Comprobada una infracción • Amonestación por escrito • Multa • Privación temporal de subvención • Privación Definitiva • Inhabilitación temporal o perpetua para obtener y mantener la calidad de sostenedor. • Revocación del Reconocimiento Oficial del Estado.
  • 73. Etapa previa – Fiscalización • Denuncia: acto escrito u oral por medio del cual un interesado pone en conocimiento de la SIE una eventual irregularidad, con el objeto de que ésta investigue y adopte las medidas que correspondan • Período de información previo • Tramitación de la denuncia. Si se observan posibles incumplimientos se deriva para la fiscalización • Denuncias del Ministerio de Educación o de la Agencia  tramitación especial, directamente a proceso sancionatorio • De oficio: por programas de fiscalización. • Plan Anual de Fiscalización, en base a muestras • Se deja constancia en actas de fiscalización • Fiscalizador es ministro de fe, y los hechos que constate podrán constituir presunción legal de veracidad (art. 52) • Posibilidad de aplicación de Dictamen N° 17 – no instruir proceso sancionatorio
  • 74. Instruccióndel procesoy designa Fiscal • Encargado de Fiscalización (por delegación) Formula cargos • Si no formula, s e dicta “Rex sin formulación” y termina Descargosy mediosde prueba • 10 días Informe Final de Investigación • Fis cal propone sancióno sobreseimiento Rex aprueba proceso • DRsanciona o sobresee R ecurso de reclamación administrativo • Superintendente (Fiscalpor delegación) R ecurso de reclamación judicial • Corte de Apelaciones Apelación judicial • Corte Suprema ESQUEMA GENERAL DE TRAMITACIÓN
  • 75. Revocación AF • Siempreperpetua,para E E P • Aplicada a representantelegal y administrador Inhabilidad del sostenedor • Leves:1-25 UTM • Menosgraves:26-100 UTM • Graves:101-250 UTM Multa Amonestaciónpor escrito Infracciones levesy menos graves SANCIONES APLICABLES A EE. PARV. AUT. FUN.
  • 76. EDUCACIÓN SUPERIOR – SISTEMA. • Educación Superior. • Fuentes: Ley General de Educación. • Ley sobre Educación Superior. • Sistema Nacional de aseguramiento de la calidad de la educación superior. • Instituciones participantes del Sistema. • Tipos de Instituciones de Educación Superior. • Financiamiento a las instituciones de educación superior, becas y créditos. • Procedimientos Fiscalizadores.
  • 77. Marco legal Principal  Ley N°20.370 General de Educación (DFL2/2009, Mineduc, en particular, los artículos 2.2; 2.3; art.17; art 21; Títulos III; IV y artículos 104 al 113)  Ley N°21.091 Sobre Educación Superior.  Ley N° 21.084 sobre Universidades estatales.  Ley N°21.129 Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior.  Ley N°20.027 Establece normas para el Financiamiento de Estudios de Educación Superior.  Ley N°20.800, Crea el Administrador Provisional y administrador de Cierre de Instituciones de Educación Superior.
  • 78. Principios del sistema educativo Ley N°21.091 el Sistema de Educación Superior se inspira además de los principios señalados en la LGE en los siguientes principios: • a) Autonomía. El Sistema reconoce y garantiza la autonomía de las instituciones de educación superior, entendida ésta como la potestad para determinar y conducir sus fines y proyectos institucionales en la dimensión académica, económica y administrativa, dentro del marco establecido por la Constitución y la ley. Asimismo, las instituciones de educación superior deben ser independientes de limitaciones a la libertad académica y de cátedra, en el marco de cada proyecto educativo, orientando su ejercicio al cumplimiento de los fines y demás principios de la educación superior, buscando la consecución del bien común y el desarrollo del país y sus regiones. • b) Calidad. Las instituciones de educación superior y el Sistema de que forman parte deben orientarse a la búsqueda de la excelencia; a lograr los propósitos declarados por las instituciones en materia educativa, de generación del conocimiento, investigación e innovación; y a asegurar la calidad de los procesos y resultados en el ejercicio de sus funciones y el cumplimiento de los criterios y estándares de calidad, cuando corresponda, establecidos por el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior. • En la búsqueda de la calidad, las instituciones de educación superior deberán tener en el centro a los estudiantes y sus aprendizajes, así como la generación del conocimiento e innovación.
  • 79. Principios del sistema educativo • c) Cooperación y colaboración. El Sistema fomentará la efectiva cooperación y colaboración entre los subsistemas y las instituciones de educación superior que los componen, como factor importante para la búsqueda de la calidad y la equidad, así como también para promover la transmisión y construcción permanente del conocimiento y de las buenas prácticas académicas e institucionales. De igual manera, la actuación conjunta de ellas, estará orientada a la consecución de sus objetivos, en el marco de los fines de la educación superior. • Asimismo, el Sistema velará por la integración regional e internacional de redes de conocimientos e intercambio académico, en el marco de la cooperación y colaboración. • d) Diversidad de proyectos educativos institucionales. El Sistema promueve y respeta la diversidad de procesos y educativos, que se expresa en la pluralidad de visiones y valores sobre la sociedad y las formas de búsqueda del conocimiento y su transmisión a los estudiantes y a la sociedad, incluyendo el respeto a los valores democráticos, la no discriminación arbitraria y la interculturalidad. • e) Inclusión. El Sistema promoverá la inclusión de los estudiantes en las instituciones de educación superior, velando por la eliminación y prohibición de todas las formas de discriminación arbitraria. • En este sentido, el Sistema promoverá la realización de ajustes razonables para permitir la inclusión de las personas con discapacidad.
  • 80. Principios del sistema educativo • f) Libertad académica. La educación superior debe sustentarse en el respeto y la libertad académica, que incluye la libre expresión de opiniones, ideas e información; así como también en la libertad de cátedra, estudio, estudio, creación e investigación para los miembros de las comunidades académicas y docentes, sin discriminación arbitraria, dentro del marco establecido por la ley, respetando el proyecto institucional y su misión. Aquellas instituciones de educación superior que sean propietarias de medios de comunicación deberán promover el respeto de la libre expresión de opiniones, ideas e información. • g) Participación. Las instituciones de educación superior promoverán y respetarán la participación de todos sus estamentos en su quehacer institucional, con el propósito de fomentar la convivencia democrática al interior de aquéllas y el ejercicio de una ciudadanía crítica, responsable y solidaria. • h) Pertinencia. El Sistema promoverá que las instituciones de educación superior en su quehacer, y de conformidad con sus fines, contribuyan permanentemente al desarrollo del país, sus regiones y comunidades. Para ello, el Sistema, en particular a través del Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, fomentará la vinculación de sus integrantes con las necesidades de la sociedad.
  • 81. Principios del sistema educativo • i) Respeto y promoción de los derechos humanos. El respeto y promoción por los derechos humanos deberá regir siempre la actuación del Sistema y de las instituciones de educación superior en relación a todos los miembros de su comunidad, tanto en sus propuestas formativas, de desarrollo organizacional, como también en las relaciones de trabajo y aprendizaje. El acoso sexual y laboral, así como la discriminación arbitraria, atentan contra los derechos humanos y la dignidad de las personas. • j) Transparencia. El Sistema y las instituciones de educación superior proporcionarán información veraz, pertinente, suficiente, oportuna y accesible a la sociedad y al Estado. La transparencia es, a su vez, la base para la rendición de cuentas académica, administrativa y financiera de las instituciones de educación superior, a través de los mecanismos y obligaciones de entrega de información que establezca la ley, en particular aquellos establecidos en el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior. • k) Trayectorias formativas y articulación. El Sistema promoverá la adecuada articulación de los estudios para el desarrollo armónico y eficiente del proceso formativo de las personas a lo largo de su vida, reconociendo los conocimientos adquiridos previamente. • l) Acceso al conocimiento. El conocimiento humano es un elemento fundamental para el desarrollo de la sociedad y de cada uno de sus integrantes. El Sistema promoverá, en el marco de la legislación vigente, mecanismos para el acceso abierto al conocimiento desarrollado dentro del sistema de educación superior, particularmente respecto de aquél financiado con recursos públicos. • m) Compromiso cívico. Las instituciones de educación superior propenderán a la formación de personas con vocación de servicio a la sociedad y comprometidas con su desarrollo.
  • 82. Principales actores en la Ed. Superior (i) MINEDUC (ii) Subsecretaría de Educación Superior (SES) (iii)Superintendencia de Educación Superior (SUES) (iv) Comisión Nacional de Acreditación (CNA) (v) Consejo Nacional de Educación (CNED) (vi) Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas (CRUCH)
  • 83. Instituciones de educación superior y controladores • En 1980, el sistema educacional superior era gratuito o mayormente financiado por el Estado, fuertemente selectivo y con una matrícula conformada por las 8 universidades del CRUCH que recibían aporte estatal. En este contexto la mayor transformación a las instituciones de educación superior se efectúo con la denominada Ley de Universidades de 1981 la que impulso proceso gradual y sostenido de aumento de la participación privada. • Actualmente el sistema de Educación Superior contempla tres distintos tipos de instituciones: (i) Universidades, (ii) Instituciones Profesionales y (iii) Centros de Formación Técnica. De acuerdo con las estadísticas de 2019, las universidades tienen la mayor participación de la matrícula total alcanzando un 56,7%, seguido por los institutos profesionales (31,9%) y por último centros de formación técnica (11,3%).
  • 84. UNIVERSIDADES. • En el caso de las Universidades, estas se pueden dividir en tres tipos: (a)Universidades Estatales. Actualmente son 18 instituciones creadas por ley y regidas la Ley N°21.094 sobre Universidades Estatales. (y estatutos propios) (b)Universidades particulares con aportes del Estado. Actualmente son 11 son universidad creadas previa a la reforma introducida por 1980. [RED G9] (c)Universidad Privadas. Actualmente son 30 instituciones, todas ellas fueron creadas alero de la reforma de 1980 o de Ley N° 18.962. (LOCE, actual LGE DFL2/2009)
  • 85. • Este sistema se encuentra integrado por MINEDUC, SIES, SES, CNED Y CNA. • Estatus de las IES desde su creación: a) El Reconocimiento Oficial b) El Licenciamiento c) La Autonomía d) La Acreditación. (institucional y por carreras) Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior.
  • 86. • Tipos de Financiamiento: Privado (personas naturales o jurídicas) • Estatal  Permanente •  Transitorio o temporal • Financiamiento Institucional • Financiamiento Estudiantil (Becas y Créditos) Financiamiento de las Instituciones de Educación Superior
  • 87. - El Aporte Fiscal Directo (AFD) establecido por el artículo 2 del D.F.L. N° 4, de 1981, del Mineduc, para las universidades existentes al 31 de diciembre de 2018, contempla para el año 2020, más de noventa y nueve mil millones de pesos. - Financiamiento Institucional para la Gratuidad (Beca Gratuidad) - Becas de Educación Superior, (Decreto N° 97, de 2013, del MINEDUC) 2 Líneas presupuestarias 09.90.02 (Fortalecimiento Ed. Superior Pública $343.869.308.000) 09.90.03 (Educación Superior. $ 2.566.285.087.000) Financiamiento estatal
  • 88. • Institución fiscalizadora funcionalmente descentralizada. • Tiene por objeto fiscalizar y supervigilar el cumplimiento de la normativa educacional para la educación superior. • Funciones y atribuciones (art. 20 ley 21.091) • Sobre la ley N° 20.800 y la figura del administrador provisional y de Cierre. La Superintendencia de educación superior (SES)
  • 89. • Infracción a la normativa Educación Superior. • Amonestación por escrito • Multa • Inhabilitación temporal para constituciones de IES. PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE LA LEY N° 20.800. La Superintendencia de educación superior (SES)
  • 90. Superintendencia (SES) dicta resolución que inicia un periodo de investigación. (art. 3° inc. 1°) Cierre de la Investigación Emisión de Informe del instructor con resultados de la inv. (art. 3 inc. 3°) ¿Dicho informe constata las circunstancias del art. 3° inc. 1 que hacen peligrar a la IES? NO SI Superintendencia dicta Resolución de término dando por finalizada la investigación. (art. 3° inc. 4) Instructor formula cargos y se notifican a la institución investigada. 15 días Plazo para que la IES realice descargos 15 días Periodo probatorio eventual a solicitud de la IES Si se acogen los descargos Si se rechazan los descargos Vence plazo sin que la IES presente descargos. SES dicta Resolución de término adoptando 3 tipos de medidas atendida la gravedad de los problemas constatados. (Art. 4) (*) En dicha resolución la SES podrá formular recomendaciones a la IES, para mejorar su funcionamiento Ordenar un plan de recuperación. Nombrar, previo acuerdo del CNED, a un Administrador Provisional, cuando se constaten 1 ó más circunstancias establecidas en el art. 6°. Proponer a MINEDUC dar inicio, previo acuerdo del CNED, al procedimiento de revocación del RO establecidos en los arts. 64, 74 u 81 de la LGE. Flujo investigaciones Ley N° 20.800 (*) Respecto de esta Resolución la IES puede presentar recursos de reposición y/o jerárquico, en subsidio. (LEY N° 19.880) Recurso de reposición con jerárquico en subsidio, Ley Nº 19.880
  • 91. Plan de Recuperación NOTIFICACIÓN A LA IES. Plazo de 60 días para presentar Plan a SES SES dispone de 10 días para aprobarlo o formular observaciones, que la IES debe subsanar en 15 días. DIVESUP debe resolver en 5 días. Cumplido el plazo de implementación del Plan, DIVESUP puede: A) Dar por cumplida la medida B) Disponer la designación de Administrador Provisional Administrador Provisional Notificación designación al AP. Dentro de 30 días, debe elaborar acta e informe del estado administrativo y financiero IES; presentar un Plan de Administración SES puede efectuar observaciones al Plan de Administración; durante su ejecución, debe aprobar modificaciones al mismo. El AP debe informar trimestralmente al SES sobre su gestión. Un mes de finalizada su gestión, AP entregará INFORME FINAL, que debe ser aprobado por la SES. Previo acuerdo de éste, MINEDUC alzará la medida. En caso contrario, iniciará procedimiento de REVOCACIÓN DE RECONOCIMIENTO OFICIAL. Administrador de Cierre Decretada la revocación del Reconocimiento Oficial, se nombra AC. Dentro de 30 días debe levantar acta de estado administrativo y financiero IES. Debe informar SES semestralmente. Cumplido el plazo de cierre definitivo de la IES fijado en el decreto de revocación del RO, dentro de un mes el AC debe presentar INFORME FINAL, y remitir a SES registros académicos de la IES. Cumplido el plazo de cierre de la IES, y emitido el INFORME FINAL, MINEDUC debe dictar resolución de cesación de funciones del AC.
  • 92. LEY 20.370 Ley General de Educación LEY 19.532 Jornada Escolar Completa DL 3166/80 Sistema de Administración Delegada DFL 2/98 Ley de Subvenciones Ley N° 20.248 Subvención Escolar Preferencial DFL 1 de 1996 Estatuto Docente Ley N° 19.464 – 21.109 Estatuto Asistentes LEY 20.529 Sistema de Aseguramiento de la Educación Ley 20.964 Retiro de Asistentes de la Educación Ley 20.822- 20.976 Retiro de Profesionales de la Educación Ley N° 21.040 Crea el Sistema de Educación Pública. Ley N° 21.091 Sobre Educación Superior Ley N° 20.129 Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Ley N° 20.027 Normas para el Financiamiento de Estudios de Educación Superior Ley N° 21.094 Normas Sobre Universidades Estatales.