¿Qué puede aprenderse del caso estadounidense? La protección del software en PERÚ. La importancia: Sin embargo, en América latina, el mercado de las tecnologías de información se encuentra todavía en una fase de maduración. Para hacer sustentable esta expansión debe de ir acompañada de protección jurídica Los derechos de propiedad intelectual nunca han sido más económica y políticamente importantes o controversiales de lo que son hoy
Con la invención de la tecnología, el derecho se vio en la necesidad de regular algunos aspectos de esta, como lo es: el software; lo cual cambio el estilo de vida del ser humano. Por ejemplo, no es necesario escribir un libro en físico debido a que se puede publicar virtualmente, por lo tanto, cualquiera tiene información de este.
Actualmente, estos derechos se contemplan en los Derechos de Propiedad Intelectual, pues se constituyen como bienes intangibles.
Desde 1964 comenzó a propalarse con la microcomputadora IBM 360, los programas de computación, los cuales se vendían ya incorporados al equipo (el software era parte de la computadora). No existió entonces la necesidad de preocuparse por su protección. Con el paso del tiempo se empezó a comercializar las computadoras como hardware y los programas de computadoras como software de forma separada, despareciendo la atadura de la computadora al uso de un programa determinado.
El software y la propiedad intelectual están sumamente ligados y tienen el mismo tratamiento de protección debido a que el uso indebido de cualquiera de ellos trae como consecuencia el importe de una sanción, o una indemnización por parte de la persona o entidad que la utilice o genere de ella una utilidad a costa de la otra.
¿Qué puede aprenderse del caso estadounidense? La protección del software en PERÚ. La importancia: Sin embargo, en América latina, el mercado de las tecnologías de información se encuentra todavía en una fase de maduración. Para hacer sustentable esta expansión debe de ir acompañada de protección jurídica Los derechos de propiedad intelectual nunca han sido más económica y políticamente importantes o controversiales de lo que son hoy
Con la invención de la tecnología, el derecho se vio en la necesidad de regular algunos aspectos de esta, como lo es: el software; lo cual cambio el estilo de vida del ser humano. Por ejemplo, no es necesario escribir un libro en físico debido a que se puede publicar virtualmente, por lo tanto, cualquiera tiene información de este.
Actualmente, estos derechos se contemplan en los Derechos de Propiedad Intelectual, pues se constituyen como bienes intangibles.
Desde 1964 comenzó a propalarse con la microcomputadora IBM 360, los programas de computación, los cuales se vendían ya incorporados al equipo (el software era parte de la computadora). No existió entonces la necesidad de preocuparse por su protección. Con el paso del tiempo se empezó a comercializar las computadoras como hardware y los programas de computadoras como software de forma separada, despareciendo la atadura de la computadora al uso de un programa determinado.
El software y la propiedad intelectual están sumamente ligados y tienen el mismo tratamiento de protección debido a que el uso indebido de cualquiera de ellos trae como consecuencia el importe de una sanción, o una indemnización por parte de la persona o entidad que la utilice o genere de ella una utilidad a costa de la otra.
Guía de Derechos de Autor para Creadores de Software elaborada por la Agencia de Estados Unidos para Desarrollo Internacional (USAID), el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) y el estudio Iriarte & Asociados.
Presentación realizada por Rocío Peris, directora Oficina Madrid de PONS Patentes y Marcas, en el seminario "Todo lo que tiene que saber un dircom sobre marcas, diseños, patentes y derechos de autor”,
2. INTRODUCCION Constituidos plenamente en el siglo XXI, a diferencia de lo que ocurrió a mediados del siglo XX, apreciamos la enorme importancia que viene adquiriendo el SOFTWARE o llamado también “Programa de ordenador”. 2
3. En sus diversas modalidades dentro del ámbito jurídico, situación de la cual no escapa el Perú, por estar en un contexto globalizado con este tipo de programador indispensable para el desarrollo de la humanidad. 3
4. Actualmente en nuestro país se hace uso del software en todo el mercado empresarial y/o comercial, 4
5. Que a su vez esto ha tomado recientemente un significado sumamente importante para la tecnología de nuestro país, obteniendo así un régimen establecido, contractual y legal que emerge sobre el sistema global del comercio peruano. 5
6. EL SOFTWARE La palabra «software» se refiere al equipamiento lógico o soporte lógico de un computador digital. 6
7. Comprende el conjunto de los componentes lógicos necesarios para hacer posible la realización de una tarea específica, en contraposición a los componentes físicos del sistema (hardware). 7
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10. ¿Que ley se aplica en el Perú? En nuestro país la normatividad aplicable la protección del software la encontramos en el Decreto Legislativo Nº 822 – Ley de Derechos de Autor. 10
11. Según en el Art. 2º, numeral 34 de la Ley de Derechos de Autor, se define al programa de ordenador como la “Expresión de un conjunto de instrucciones 11
12. Mediante palabras, códigos, planes o en cualquier otra forma que, al ser incorporadas en un dispositivo de lectura automatizada, es capaz de hacer que un computador ejecute una tarea u obtenga un resultado. 12
13. La protección del programa de ordenador comprende también la documentación técnica y los manuales de uso.” 13
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16. DERECHO DEL AUTOR Es aquel derecho que protege todas las obras literarias o creaciones intelectuales netamente originales sin importar cual sea el propósito o en todo caso de donde venga. 16
18. Protección jurídica… Hace años atrás se protegía al software con la propiedad industrial mediante el “secreto industrial” , dondelas primeras computadoras que aparecieron eran enormes. 18
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20. En síntesis… Si bien es cierto el derecho del autor fue la decisión mas optima que se puede haber tomado para su desarrollo, por ser el software una “OBRA DE INGENIO" del ser humano. 20
21. Por ende como decía anteriormente el software es todo un proceso creativo y muy ingenioso que se inicia con la única finalidad de poder solucionar un problema, diseñándose así un algoritmo o método que incluye también una gran memoria descriptiva con manuales de uso. 21
22. ¿Con que otros nombres se le conoce al software? Basándonos un poco mas en su historia, el software ha tenido diversos nombres en distintos lugares del mundo, donde han sido utilizados adecuadamente. 22
26. PERU Y LA COMUNIDAD ANDINA (software y programa de ordenador). 23
27. ¿Propiedad industrial o derecho del autor? La OMPI ha estado pendiente de este tema de transcendental importancia, desde el año 1970, ocasionando una gran incógnita que comienza a estudiar el problema de la protección jurídica del software. 24
28. Aun así muchos países han salido en pie de lucha por este derecho como: Argentina - Estados unidos - Japón - Francia - España 25
29. Actualmente el software es tratado expresa y únicamente en el acuerdo ADPIC al igual que las obras literarias. 26
30. EL SOFTWARE ES… Exquisitamente interesante pues habré muchas puertas hacia diferentes caminos. 27
31. Se debe mostrar todas las pruebas necesarias de que los programas establecidos sean de un autor (dueño y creador del software) para poder salvarse de lo plagiado res, que lo único que hacen es perjudicar a los verdaderos y auténticos autores. 28
32. ¿Qué sanción se da por la piratería ? La sanción administrativa por piratería de software fue impuesta mediante la resolución jefatura nº 086- 93- ODA – INDECOPI del 24 de setiembre de 1993. 29