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Concepto.-Es un documento mercantil por el que un banco o entidad de crédito se obliga
al pago de una determinada cantidad por orden de uno de sus clientes y con cargo a su
cuenta bancaria.
¿Cuáles son sus requisitos formales?
El cheque deberá contener:
• La denominación de cheque inserta en el propio título.
• El nombre del que ha de pagar o librado que necesariamente habrá de ser un banco
o entidad financiera.
• Cantidad a pagar, que puede aparecer expresada en pesetas o en moneda extranjera
convertible admitida a cotización oficial. Si la cantidad aparece en letras y números
y ambas expresiones no coinciden, predominará la cantidad en letra. Si por el
contrario existen varias cantidades en números y no coinciden, será exigible la
menor.
• Lugar de pago, debe estar consignado en el cheque, en su defecto, será el lugar
designado junto al nombre del librador. Si se designan varios lugares, será válido el
primer lugar mencionado.
• Fecha y lugar de emisión del cheque.
• Firma del librador o del que emite el cheque.
Si no se indica alguno de los requisitos anteriores, se entenderá que no estamos ante un
cheque válido salvo que la omisión se refiera al lugar de pago, en cuyo caso se
entenderá como válido el que figure junto al librado (quien debe pagar) y, si tampoco
Verónica Alejandra lugar de emisión; si es el lugar de emisión el que no se indica en el
figura éste, el del Gallegos Tipàn
Administración en Banca ytal el domicilio que figure junto al librador (el que emite el
cheque, se entiende por Finanzas
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cheque).
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El cheque es pagadero a la vista, esto es, se puede cobrar en cualquier fecha, con
independencia de la que figure en el cheque.
El cheque se emite sobre un documento impreso por la entidad financiera correspondiente
y con cargo a una determinada cuenta bancaria.
El Banco o Caja debe atender el mandato de pago siempre y cuando haya fondos en la
cuenta del deudor o de aquel que emitió el cheque y con el límite del saldo de dicha cuenta
bancaria; así, es posible que la entidad financiera abone parcialmente la cantidad que figura
en el cheque porque no existan fondos suficientes en la cuenta bancaria para abonar el
importe total. Para poder emitir un cheque es necesario que entre el librador y el Banco, se
haya celebrado un contrato bancario por el que se le permita disponer de fondos de esta
manera y que existan fondos depositados en la cuenta corriente.
El librador responderá del pago del cheque.
¿Puede endosarse un cheque?
El endoso puede realizarse mediante la manifestación de endoso en el cheque y su firma
por el endosante.
El endoso deberá ser total, puro y simple, sin condiciones. En el caso de existir éstas se
tendrán por no puestas.
El endoso transmite todos los derechos de cobro que se deriven del cheque.
El endosante, salvo que se introduzca una cláusula en contra, garantiza el pago del
cheque a aquellos terceros que lo posean con posterioridad.
El cheque emitido al portador puede endosarse o transmitirse mediante la simple entrega
del mismo.
¿Puede avalarse un cheque?
El pago de un cheque puede avalarse por la totalidad o por parte de su importe.
Deberá figurar mediante la mención expresa de “aval” y ser firmado por el avalista,
debiendo indicar a quién se avala.
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Si no se expresa el avalado, se entenderá como tal el librador.
No obstante, se entenderá que existe aval cuando figure la firma en el anverso del cheque
siempre y ésta no sea la del librador.
El librado no podrá ser el avalista del cheque.
¿Qué tipos de cheques hay?
Los más destacados son los siguientes:
Cheque Cheque Nominativos Al portador Los cheques de
conformado cruzado viaje
Emitidos a favor de una persona determinada, donde se identifica a
Emitidos, no se designa persona alguna por lo que cualquiera podrá
Mediante este Se emiten por
fondos en la cuantía indicada en el cheque.
El banco garantiza la autenticidad de la firma del librador y la existencia de
sistema el un banco o
cheque sólo entidad de
puede ser crédito
abonado figurando en el
mediante mismo como
la misma con su nombre y apellidos.
ingreso en la librado,
cuenta del cualquier
beneficiario. Se oficina de la
proceder a su cobro.
formaliza misma entidad
cruzando dos bancaria o de
barras paralelas cualquier
en el anverso. corresponsal
La finalidad del suya. Suelen
cheque cruzado llevar
o para abonar estampadas
en cuenta es cantidades fijas
evitar que en e invariables.
caso de pérdida Para que tenga
un tercero validez. El
pueda cobrar el comprador de
cheque. los cheques ha
de firmarlas dos
veces, cuando
los recibe y
cuando los
pretende hacer
efectivos.
¿Qué tiempo tenemos para cobrar un cheque?
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Podemos presentar al pago un cheque en tiempo determinado.
Los tiempos de presentación del cheque al pago son:
Días para presentar
un cheque
15 días 20 días 60 días
Para los cheques Para los cheques
Para los cheques
emitidos en Europa y emitidos en el
emitidos y pagaderos
pagaderos Extranjero y
en España
En España pagaderos en España
Estos plazos se computan en días hábiles (sin contar domingos ni festivos) a partir del día
que consta en el cheque como fecha de emisión.
Si el día del vencimiento del cobro fuese festivo o inhábil, se entenderá que el cheque
vence el primer día hábil siguiente.
El banco deberá efectuar la comprobación de la autenticidad de la firma del librador.
¿Cómo reclamar judicialmente el pago de un cheque?
Las acciones judiciales que pueden interponerse contra el deudor por el impago de un
cheque bancario, deben ejercitarse en el plazo de 6 meses contados desde el momento en
que se intentó su cobro y se tramitan a través del juicio cambiario.
La emisión de cheques bancarios falsos también puede ser constitutiva de delito.
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Siempre resulta conveniente obtener el consejo de un abogado sobre la conveniencia o no
de iniciar las correspondientes acciones legales así como de las particularidades que puede
presentar el caso concreto.
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