SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 24
El cheque.
Es un documento mercantil, aceptado
como medio de pago, que emite y firma
una persona (librador), para que una
entidad financiera (librado) pague la
cantidad consignada en el mismo a otra
persona (tenedor o beneficiario), siempre y
cuando disponga de fondos en la cuenta
contra la que se libra el cheque.
1- Cheque al portador: el beneficiario es la persona que
entrega el cheque en el banco simplemente. Puede ser
entregado a un tercero para que lo cobre; esto se llama
endoso. Este tipo de cheque podría resultar un poco
peligroso; en caso de extravió, podría cobrarlo cualquiera
que lo encuentre.
Tipos de cheque Según destinatario.
2-Cheque nominativo: el único beneficiario es la
persona física o jurídica cuyo nombre figure en el. Si
es un cheque nominativo a la orden, permitirá
expresamente la cesión del cobro a un tercero. Y si
es no a la orden, no la permitirá, no se podrá
endosar.
Tipos de cheque Según destinatario.
Tipos de los cheques según su forma de
cobro.
1.- Cheque cruzado: no puede cobrado en efectivo.
Tendrá de dibujo dos barras paralelas, este tipo de
cheque son nominativos
2.- Cheque conformado: la entidad bancaria que
tiene que pagarlo asegura al beneficiario que lo va
cobrar, estará conformado si aparece la expresión
conforme o certificado escrita en el mismo.
3.- Cheque bancario: será la entidad
Literalidad: significa que vale única y exclusivamente por lo
que se plasme en el cheque de manera especifica.
Valor: es decir tiene valor por si mismo en el documento
como el titulo valor que es, por ejemplo; al cobrarse en un
banco, el poseedor, siempre y cuando cuente con endoso,
no tiene que dar explicación al banco de por que lo esta
cobrando.
A la vista: los cheques siempre son a la vista es decir que no
tienen fecha de cuando deben ser pagados.
Características del cheque
I- Número y serie.
II- Mención "cheque", inserta en el texto.
III- Nombre y domicilio del banco contra el cual se libra.
IV- Orden incondicional de pagar una suma determinada
de dinero, indicando la cantidad en letras o en números.
En caso de que la cantidad solamente conste en números,
deberá estamparse con máquina protectora. Cualquier
convenio inserto en el cheque se tendrá por no escrito.
Partes que debe contener el cheque art. 793com.
V- Nombre de la persona a cuyo favor se libre o indicación
de ser al portador.
VI- Lugar y fecha de expedición.
VII- Firma autógrafa del librador.
Partes que debe contener el cheque art. 793 com.
Los que intervienen en el cheque.
El librador: seria la que tiene la deuda que puede ser
una persona, física o jurídica, que se compromete a
pagar la cantidad reflejada en el cheque.
El librado: es la entidad financiera que le al librador
(deudor) el cheque. Tiene que tener una cuenta abierta
en esa entidad para hacer frente a la cantidad reflejada
en el cheque.
El beneficiario: es quien tiene en su poder el cheque y
es quien va a cobrar la cantidad reflejada en el mismo.
También se le conoce por “tomador” o “tenedor” del
cheque.
Cuando produce efecto el cheque? .
 Cunado el librado cumpla los requisitos que señala en
lo indicado en el artículo 793 com. y a cargo de una
institución bancaria debidamente autorizada.
 El cheque, que contenga raspaduras, testaduras,
interlineados o enmiendas no producirá efecto. Art. 794
com.
 El cheque librado por quien no tenga fondos disponibles en la
institución a cuyo cargo se emite, protestado en tiempo, será
documento ejecutivo y acarreará a su librador las
responsabilidades penales consiguientes.
 Si no ha sido protestado en tiempo, el cheque sin provisión de
fondos disponibles, valdrá como documento privado contra su
librador, sin perjuicio de la responsabilidad penal.
 Se consideran como fondos disponibles, exclusivamente
aquéllos de que el librador pueda disponer por medio de
cheque. Art. 795
 A favor de persona determinada, con la cláusula "no
a la orden", "no negociable" u otra equivalente. Si el
beneficiario fuese el librado mismo, el cheque, sin
excepción, no será negociable.
 Al portador
Expedir el cheque. Art. 797 com.
Si el cheque fuere librado a favor de empresa y esta
carezca de personalidad jurídica tendrá validez a
favor del titular de dicho establecimiento. Art
798com.
Los cheques no negociables solo podrán ser
endosados a un establecimiento bancario. Art 799
com.
El librador es el responsable del pago del cheque. Art
801 com.
La facultad de librar cheques a nombre de otra
persona deberá constar en
mandato especial o en uno general con clausula
especial. Art.802 com.
El pago de un cheque puede garantizarse por aval,
art. 803 com.
En cuanto al pago del cheque este deberá ser
siempre pagadero a la vista. Art. 804 com
Un banco no estará obligado a pagar los cheques
que no sean emitidos en los formularios que haya
suministrado el librador. Art. 806 com
I- El cheque cruzado.
II- El cheque para abono en cuenta.
III- El cheque certificado.
IV- El cheque de viajero.
V- El cheque con provisión garantizada o
cheque limitado.
VI- El cheque circular.
VII- El cheque de caja o de gerencia.
Son cheques especiales Art. 822.-
Cheque cruzado es el que contiene dos líneas paralelas
en el anverso, con indicación de un banco o sin ella. En el
primer caso se denominará "cruzamiento especial"; en el
segundo, "cruzamiento general" Art. 823.-
El cruzamiento general puede convertirse en especial,
poniendo el nombre del banco cobrador entre las líneas
paralelas, pero el especial no puede transformarse en
general.
El cruzamiento es parte esencial del cheque y por
consiguiente no será lícito borrarlo o alterarlo; sólo podrá
adicionarse en la forma autorizada art. 823 com.
El librador o el tenedor para abono en cuenta pueden
ordenar que un cheque no sea pagado en efectivo,
mediante la inserción en el documento de la expresión
"para abono en cuenta".
El librado sólo podrá hacer el pago abonando el importe
del cheque en la cuenta que lleve o abra en favor del
tenedor, o al banco en que éste lo haya depositado en su
cuenta.
Cheque para abono en cuenta art. 824 com.
El librado que pague en otra forma, es responsable de pago
irregular. Cuando la expresión se encuentre en el anverso,
el abono deberá hacerse
al primer tenedor; cuando se encuentre a través de un
endoso, el abono se hará al favorecido por dicho endoso.
El cheque no es negociable a partir de la inserción de la
cláusula "para abono en cuenta". La cláusula no puede ser
borrada. El cheque para abono en cuenta no necesitará la
firma del favorecido. Art. 824 com.
Cheque para abono en cuenta art. 824 com.
Cheque Certificado art. 825 com.
El librador de un cheque nominativo le solicita al
banco librado, al momento de expedir el cheque ,
declarando que existen fondos suficientes para cubrir
el importe
Es una anotación del banco en el cheque, firma o por
los autorizados para ello no es negociable, el cheque
solo puede endosarse a una institución de crédito para
su cobro.
Cheque de viajero.
Art. 825, 826, 827, 830, y sig. Del código de comercio.
Por lo que el cheque de viajero es igual que
nominativo. Emitido por la oficina matriz de un
banco a su propio cargo y luego es vendido por
sucursales , agencias del banco.
Este cheque en la actualidad esta siendo
remplazado por la tarjeta de crédito
internacional.
Cheques con provisión garantizada o cheque
limitado art. 832 com.
El código de comercio establece que las instituciones
bancarias pueden autorizar a las personas a que libren esta
clases de cheques que deben contener los siguientes
requisitos.
a) Denominación del cheque limitado
b) fecha de su entrega
c) La cantidad máxima por la que se puede librar el cheque,
debiendo estar impresa en letras y números
d) limites de tiempo valido para su circulación que no puede
ser mayor de tres meses y un año, según sean pagaderos
en el país o en el exterior respectivo.
Cheque circular Art. 833 com.
Es un título a favor de persona
determinada, que contiene la promesa
hecha por una institución bancaria de
pagar una suma de dinero en
cualquiera de sus establecimientos,
diversos de aquel en que el cheque fue
librado.
Contenido del cheque circular Art. 834. com.
I- Denominación de cheque circular, inserta en el texto.
II- Orden incondicional de pagar una suma determinada
de dinero.
III- Nombres y domicilios de los establecimientos de la
misma institución libradora, a quienes
vaya dirigida la orden.
IV- El nombre de la persona cuya orden ha de hacerse el
pago.
V- Lugar y fecha en que se emite.
VI- Firma de persona autorizada por el banco librador.
Cheque de caja o de gerencia art. 837 com.
Sólo los establecimientos bancarios pueden
expedirse, a cargo de sus propias dependencias, a
favor de persona determinada.
Este es un instrumento de pago de mayor para
beneficiario respeto a la existencia de fondos .
solo la puede expedir una institución de crédito a su
propio cargo el cual puede ser nominativo y no
negociable.
GRACIAS

Más contenido relacionado

La actualidad más candente (20)

Universidad paulo freile
Universidad paulo freileUniversidad paulo freile
Universidad paulo freile
 
Presentación1
Presentación1Presentación1
Presentación1
 
Letra de cambio
Letra de cambio Letra de cambio
Letra de cambio
 
El Cheque
El ChequeEl Cheque
El Cheque
 
Letra de cambio part
Letra de cambio partLetra de cambio part
Letra de cambio part
 
El cheque
El chequeEl cheque
El cheque
 
El cheque
El chequeEl cheque
El cheque
 
Titulo valores
Titulo valoresTitulo valores
Titulo valores
 
El pagaré
El  pagaréEl  pagaré
El pagaré
 
El cheque en el peru
El cheque en el peruEl cheque en el peru
El cheque en el peru
 
Letra de cambio
Letra de cambioLetra de cambio
Letra de cambio
 
Titulos valores
Titulos valoresTitulos valores
Titulos valores
 
Titulos Valores
Titulos ValoresTitulos Valores
Titulos Valores
 
CHEQUE Y SU CLASIFICACION
CHEQUE Y SU CLASIFICACIONCHEQUE Y SU CLASIFICACION
CHEQUE Y SU CLASIFICACION
 
Letra de cambio
Letra de cambioLetra de cambio
Letra de cambio
 
CHEQUE
CHEQUECHEQUE
CHEQUE
 
Diapositivas warrant
Diapositivas warrant Diapositivas warrant
Diapositivas warrant
 
EL PROTESTO.pptx
EL PROTESTO.pptxEL PROTESTO.pptx
EL PROTESTO.pptx
 
TITULOS VALORES
TITULOS VALORESTITULOS VALORES
TITULOS VALORES
 
Titulos Valores
Titulos ValoresTitulos Valores
Titulos Valores
 

Similar a EL CHEQUE..pptx

Información util sobre cheques
Información util sobre chequesInformación util sobre cheques
Información util sobre chequesLucho Calamaro
 
Privado ii unidad 15 - 2019
Privado ii   unidad 15 - 2019Privado ii   unidad 15 - 2019
Privado ii unidad 15 - 2019vglibota
 
Medios de pago al contado
Medios de pago al contadoMedios de pago al contado
Medios de pago al contadojpalencia
 
Unidad 15 derecho privado ii
Unidad 15   derecho privado iiUnidad 15   derecho privado ii
Unidad 15 derecho privado iiVerónica Glibota
 
contabilidad.pptx
contabilidad.pptxcontabilidad.pptx
contabilidad.pptxEdwinYde
 
Titulo valores cheque
Titulo valores chequeTitulo valores cheque
Titulo valores chequemaiza121
 
Universidad central del ecuador
Universidad central del ecuadorUniversidad central del ecuador
Universidad central del ecuadorJaime Jumbo
 
documentos-de-credito-bancarios.pdf
documentos-de-credito-bancarios.pdfdocumentos-de-credito-bancarios.pdf
documentos-de-credito-bancarios.pdfCarlos Villatoro
 
Titulos Valores
Titulos ValoresTitulos Valores
Titulos Valoresalaja0404
 
Titulos Valores
Titulos ValoresTitulos Valores
Titulos Valoresalaja0404
 
Resibo por honorarios zeng rojas alvarado villa prado juanjui perù
Resibo por honorarios zeng rojas alvarado villa prado  juanjui perùResibo por honorarios zeng rojas alvarado villa prado  juanjui perù
Resibo por honorarios zeng rojas alvarado villa prado juanjui perùzengrojas
 
El cheque y letra de cambio.pptx
El cheque y letra de cambio.pptxEl cheque y letra de cambio.pptx
El cheque y letra de cambio.pptxRenzoCordovaCruz
 
Dermerc1 tema 6.5 complementaria
Dermerc1 tema 6.5 complementariaDermerc1 tema 6.5 complementaria
Dermerc1 tema 6.5 complementariaonline5002
 
Presentacion medios de pagos
Presentacion medios de pagosPresentacion medios de pagos
Presentacion medios de pagosviko1986
 

Similar a EL CHEQUE..pptx (20)

Información util sobre cheques
Información util sobre chequesInformación util sobre cheques
Información util sobre cheques
 
Privado ii unidad 15 - 2019
Privado ii   unidad 15 - 2019Privado ii   unidad 15 - 2019
Privado ii unidad 15 - 2019
 
Medios de pago al contado
Medios de pago al contadoMedios de pago al contado
Medios de pago al contado
 
Unidad 15 derecho privado ii
Unidad 15   derecho privado iiUnidad 15   derecho privado ii
Unidad 15 derecho privado ii
 
contabilidad.pptx
contabilidad.pptxcontabilidad.pptx
contabilidad.pptx
 
Titulo valores cheque
Titulo valores chequeTitulo valores cheque
Titulo valores cheque
 
Universidad central del ecuador
Universidad central del ecuadorUniversidad central del ecuador
Universidad central del ecuador
 
documentos-de-credito-bancarios.pdf
documentos-de-credito-bancarios.pdfdocumentos-de-credito-bancarios.pdf
documentos-de-credito-bancarios.pdf
 
Titulos Valores
Titulos ValoresTitulos Valores
Titulos Valores
 
Titulos Valores
Titulos ValoresTitulos Valores
Titulos Valores
 
Cheque
Cheque Cheque
Cheque
 
Resibo por honorarios zeng rojas alvarado villa prado juanjui perù
Resibo por honorarios zeng rojas alvarado villa prado  juanjui perùResibo por honorarios zeng rojas alvarado villa prado  juanjui perù
Resibo por honorarios zeng rojas alvarado villa prado juanjui perù
 
El cheque y letra de cambio.pptx
El cheque y letra de cambio.pptxEl cheque y letra de cambio.pptx
El cheque y letra de cambio.pptx
 
Dermerc1 tema 6.5 complementaria
Dermerc1 tema 6.5 complementariaDermerc1 tema 6.5 complementaria
Dermerc1 tema 6.5 complementaria
 
El cheque gisella
El cheque gisellaEl cheque gisella
El cheque gisella
 
El cheque gisella
El cheque gisellaEl cheque gisella
El cheque gisella
 
Presentacion medios de pagos
Presentacion medios de pagosPresentacion medios de pagos
Presentacion medios de pagos
 
Pagare y cheque
Pagare y chequePagare y cheque
Pagare y cheque
 
Cheque
ChequeCheque
Cheque
 
El cheque
El chequeEl cheque
El cheque
 

Último

NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFAROJosé Luis Palma
 
FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO 2024 MINEDU
FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO  2024 MINEDUFICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO  2024 MINEDU
FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO 2024 MINEDUgustavorojas179704
 
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamica
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamicaFactores ecosistemas: interacciones, energia y dinamica
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamicaFlor Idalia Espinoza Ortega
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.José Luis Palma
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Carlos Muñoz
 
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxPresentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxYeseniaRivera50
 
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024IES Vicent Andres Estelles
 
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdfOswaldoGonzalezCruz
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadAlejandrino Halire Ccahuana
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIACarlos Campaña Montenegro
 
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...Baker Publishing Company
 
Marketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETP
Marketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETPMarketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETP
Marketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETPANEP - DETP
 

Último (20)

Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdfSesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
 
FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO 2024 MINEDU
FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO  2024 MINEDUFICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO  2024 MINEDU
FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO 2024 MINEDU
 
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamica
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamicaFactores ecosistemas: interacciones, energia y dinamica
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamica
 
Tema 7.- E-COMMERCE SISTEMAS DE INFORMACION.pdf
Tema 7.- E-COMMERCE SISTEMAS DE INFORMACION.pdfTema 7.- E-COMMERCE SISTEMAS DE INFORMACION.pdf
Tema 7.- E-COMMERCE SISTEMAS DE INFORMACION.pdf
 
Defendamos la verdad. La defensa es importante.
Defendamos la verdad. La defensa es importante.Defendamos la verdad. La defensa es importante.
Defendamos la verdad. La defensa es importante.
 
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdfLa Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
 
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptxPower Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
 
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
 
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxPresentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
 
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
 
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
 
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
 
Unidad 4 | Teorías de las Comunicación | MCDI
Unidad 4 | Teorías de las Comunicación | MCDIUnidad 4 | Teorías de las Comunicación | MCDI
Unidad 4 | Teorías de las Comunicación | MCDI
 
Marketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETP
Marketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETPMarketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETP
Marketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETP
 
Earth Day Everyday 2024 54th anniversary
Earth Day Everyday 2024 54th anniversaryEarth Day Everyday 2024 54th anniversary
Earth Day Everyday 2024 54th anniversary
 

EL CHEQUE..pptx

  • 1. El cheque. Es un documento mercantil, aceptado como medio de pago, que emite y firma una persona (librador), para que una entidad financiera (librado) pague la cantidad consignada en el mismo a otra persona (tenedor o beneficiario), siempre y cuando disponga de fondos en la cuenta contra la que se libra el cheque.
  • 2. 1- Cheque al portador: el beneficiario es la persona que entrega el cheque en el banco simplemente. Puede ser entregado a un tercero para que lo cobre; esto se llama endoso. Este tipo de cheque podría resultar un poco peligroso; en caso de extravió, podría cobrarlo cualquiera que lo encuentre. Tipos de cheque Según destinatario.
  • 3. 2-Cheque nominativo: el único beneficiario es la persona física o jurídica cuyo nombre figure en el. Si es un cheque nominativo a la orden, permitirá expresamente la cesión del cobro a un tercero. Y si es no a la orden, no la permitirá, no se podrá endosar. Tipos de cheque Según destinatario.
  • 4. Tipos de los cheques según su forma de cobro. 1.- Cheque cruzado: no puede cobrado en efectivo. Tendrá de dibujo dos barras paralelas, este tipo de cheque son nominativos 2.- Cheque conformado: la entidad bancaria que tiene que pagarlo asegura al beneficiario que lo va cobrar, estará conformado si aparece la expresión conforme o certificado escrita en el mismo. 3.- Cheque bancario: será la entidad
  • 5. Literalidad: significa que vale única y exclusivamente por lo que se plasme en el cheque de manera especifica. Valor: es decir tiene valor por si mismo en el documento como el titulo valor que es, por ejemplo; al cobrarse en un banco, el poseedor, siempre y cuando cuente con endoso, no tiene que dar explicación al banco de por que lo esta cobrando. A la vista: los cheques siempre son a la vista es decir que no tienen fecha de cuando deben ser pagados. Características del cheque
  • 6. I- Número y serie. II- Mención "cheque", inserta en el texto. III- Nombre y domicilio del banco contra el cual se libra. IV- Orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero, indicando la cantidad en letras o en números. En caso de que la cantidad solamente conste en números, deberá estamparse con máquina protectora. Cualquier convenio inserto en el cheque se tendrá por no escrito. Partes que debe contener el cheque art. 793com.
  • 7. V- Nombre de la persona a cuyo favor se libre o indicación de ser al portador. VI- Lugar y fecha de expedición. VII- Firma autógrafa del librador. Partes que debe contener el cheque art. 793 com.
  • 8. Los que intervienen en el cheque. El librador: seria la que tiene la deuda que puede ser una persona, física o jurídica, que se compromete a pagar la cantidad reflejada en el cheque. El librado: es la entidad financiera que le al librador (deudor) el cheque. Tiene que tener una cuenta abierta en esa entidad para hacer frente a la cantidad reflejada en el cheque. El beneficiario: es quien tiene en su poder el cheque y es quien va a cobrar la cantidad reflejada en el mismo. También se le conoce por “tomador” o “tenedor” del cheque.
  • 9. Cuando produce efecto el cheque? .  Cunado el librado cumpla los requisitos que señala en lo indicado en el artículo 793 com. y a cargo de una institución bancaria debidamente autorizada.  El cheque, que contenga raspaduras, testaduras, interlineados o enmiendas no producirá efecto. Art. 794 com.
  • 10.  El cheque librado por quien no tenga fondos disponibles en la institución a cuyo cargo se emite, protestado en tiempo, será documento ejecutivo y acarreará a su librador las responsabilidades penales consiguientes.  Si no ha sido protestado en tiempo, el cheque sin provisión de fondos disponibles, valdrá como documento privado contra su librador, sin perjuicio de la responsabilidad penal.  Se consideran como fondos disponibles, exclusivamente aquéllos de que el librador pueda disponer por medio de cheque. Art. 795
  • 11.  A favor de persona determinada, con la cláusula "no a la orden", "no negociable" u otra equivalente. Si el beneficiario fuese el librado mismo, el cheque, sin excepción, no será negociable.  Al portador Expedir el cheque. Art. 797 com.
  • 12. Si el cheque fuere librado a favor de empresa y esta carezca de personalidad jurídica tendrá validez a favor del titular de dicho establecimiento. Art 798com. Los cheques no negociables solo podrán ser endosados a un establecimiento bancario. Art 799 com. El librador es el responsable del pago del cheque. Art 801 com.
  • 13. La facultad de librar cheques a nombre de otra persona deberá constar en mandato especial o en uno general con clausula especial. Art.802 com. El pago de un cheque puede garantizarse por aval, art. 803 com. En cuanto al pago del cheque este deberá ser siempre pagadero a la vista. Art. 804 com Un banco no estará obligado a pagar los cheques que no sean emitidos en los formularios que haya suministrado el librador. Art. 806 com
  • 14. I- El cheque cruzado. II- El cheque para abono en cuenta. III- El cheque certificado. IV- El cheque de viajero. V- El cheque con provisión garantizada o cheque limitado. VI- El cheque circular. VII- El cheque de caja o de gerencia. Son cheques especiales Art. 822.-
  • 15. Cheque cruzado es el que contiene dos líneas paralelas en el anverso, con indicación de un banco o sin ella. En el primer caso se denominará "cruzamiento especial"; en el segundo, "cruzamiento general" Art. 823.- El cruzamiento general puede convertirse en especial, poniendo el nombre del banco cobrador entre las líneas paralelas, pero el especial no puede transformarse en general. El cruzamiento es parte esencial del cheque y por consiguiente no será lícito borrarlo o alterarlo; sólo podrá adicionarse en la forma autorizada art. 823 com.
  • 16. El librador o el tenedor para abono en cuenta pueden ordenar que un cheque no sea pagado en efectivo, mediante la inserción en el documento de la expresión "para abono en cuenta". El librado sólo podrá hacer el pago abonando el importe del cheque en la cuenta que lleve o abra en favor del tenedor, o al banco en que éste lo haya depositado en su cuenta. Cheque para abono en cuenta art. 824 com.
  • 17. El librado que pague en otra forma, es responsable de pago irregular. Cuando la expresión se encuentre en el anverso, el abono deberá hacerse al primer tenedor; cuando se encuentre a través de un endoso, el abono se hará al favorecido por dicho endoso. El cheque no es negociable a partir de la inserción de la cláusula "para abono en cuenta". La cláusula no puede ser borrada. El cheque para abono en cuenta no necesitará la firma del favorecido. Art. 824 com. Cheque para abono en cuenta art. 824 com.
  • 18. Cheque Certificado art. 825 com. El librador de un cheque nominativo le solicita al banco librado, al momento de expedir el cheque , declarando que existen fondos suficientes para cubrir el importe Es una anotación del banco en el cheque, firma o por los autorizados para ello no es negociable, el cheque solo puede endosarse a una institución de crédito para su cobro.
  • 19. Cheque de viajero. Art. 825, 826, 827, 830, y sig. Del código de comercio. Por lo que el cheque de viajero es igual que nominativo. Emitido por la oficina matriz de un banco a su propio cargo y luego es vendido por sucursales , agencias del banco. Este cheque en la actualidad esta siendo remplazado por la tarjeta de crédito internacional.
  • 20. Cheques con provisión garantizada o cheque limitado art. 832 com. El código de comercio establece que las instituciones bancarias pueden autorizar a las personas a que libren esta clases de cheques que deben contener los siguientes requisitos. a) Denominación del cheque limitado b) fecha de su entrega c) La cantidad máxima por la que se puede librar el cheque, debiendo estar impresa en letras y números d) limites de tiempo valido para su circulación que no puede ser mayor de tres meses y un año, según sean pagaderos en el país o en el exterior respectivo.
  • 21. Cheque circular Art. 833 com. Es un título a favor de persona determinada, que contiene la promesa hecha por una institución bancaria de pagar una suma de dinero en cualquiera de sus establecimientos, diversos de aquel en que el cheque fue librado.
  • 22. Contenido del cheque circular Art. 834. com. I- Denominación de cheque circular, inserta en el texto. II- Orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero. III- Nombres y domicilios de los establecimientos de la misma institución libradora, a quienes vaya dirigida la orden. IV- El nombre de la persona cuya orden ha de hacerse el pago. V- Lugar y fecha en que se emite. VI- Firma de persona autorizada por el banco librador.
  • 23. Cheque de caja o de gerencia art. 837 com. Sólo los establecimientos bancarios pueden expedirse, a cargo de sus propias dependencias, a favor de persona determinada. Este es un instrumento de pago de mayor para beneficiario respeto a la existencia de fondos . solo la puede expedir una institución de crédito a su propio cargo el cual puede ser nominativo y no negociable.