Este documento presenta el índice de una clase presencial virtual sobre planes de emergencia y contingencia. Incluye los temas a tratar divididos en 4 capítulos y 5 semanas, con fechas específicas. También presenta la estructura de la asignatura y el programa semanal con los temas de cada semana.
Entre las novedades introducidas por el Código Aduanero (Ley 22415 y Normas complementarias), quizás la más importante es el articulado referido a la determinación del Valor Imponible de Exportación; es decir la base sobre la que el exportador calcula el pago de los derechos de exportación.
Anna Lucia Alfaro Dardón, Harvard MPA/ID. The international successful Case Study of Banco de Desarrollo Rural S.A. in Guatemala - a mixed capital bank with a multicultural and multisectoral governance structure, and one of the largest and most profitable banks in the Central American region.
INCAE Business Review, 2010.
Anna Lucía Alfaro Dardón
Dr. Ivan Alfaro
Dr. Luis Noel Alfaro Gramajo
Anna Lucia Alfaro Dardón, Harvard MPA/ID.
Opportunities, constraints and challenges for the development of the small and medium enterprise (SME) sector in Central America, with an analytical study of the SME sector in Nicaragua. - focused on the current supply and demand gap for credit and financial services.
Anna Lucía Alfaro Dardón
Dr. Ivan Alfaro
El análisis PESTEL es una herramienta estratégica que examina seis factores clave del entorno externo que podrían afectar a una empresa: políticos, económicos, sociales, tecnológicos, ambientales y legales.
PREVENCION DELITOS RELACIONADOS COM INT.pptxjohnsegura13
Concientizar y sensibilizar a los funcionarios, sobre la importancia de promover la seguridad en sus operaciones de comercio internacional, mediante la unificación de criterios relacionados con la trazabilidad de sus operaciones.
2. Índice de la Clase Presencial Virtual
• Estructura de la asignatura Temario
Capítulo 1 Capítulo 2-3 Capítulo 4
Marco Legal y Herramientas
de implementación para los
planes de
emergencia/contingencia
Planes de
emergencia/contingencia
Mapas de
recursos,
evacuación y
riesgos
1.1. Introducción
1.2. Pirámide de Kelsen
1.3 Herramientas de evaluación
para los planes de
emergencia/contingencia
2.1. Descripción de la empresa
2.2. Identificación de factores de
riesgo
2.3. Evaluación de riesgos detectados
2.4. Prevención y Control de Riesgos
2.5. Mantenimiento de los recursos
2.6. Protocolo de Alarma
2.7. Protocolo de intervención
2.8. Evaluación
2.9. Procedimiento para la
implantación del plan de emergencias
2.10. Firmas y Sellos de
responsabilidad
Programa AutoCad
3. Índice de la Clase Presencial Virtual
• Estructura de la asignatura Programa semanal
UNIDAD 1 Marco Legal y Herramientas de implementación
para los planes de emergencia/contingencia
Semana 1
Fecha: 25 NOV 2022
Presentación
Semana 2
Fecha:02 NOV 2022
1.1. Introducción
1.2. Pirámide de Kelsen
Foro 1
Semana 3
Fecha: 09 NOV 2022
1.3. Pirámide de Kelsen Trabajo
práctico
Semana 4
Fecha: 16 DIC 2022
1.4 Pirámide de Kelsen
Herramientas para evaluación de
riesgos de incendio
Semana 5
Fecha: 23 DIC 2022
1.5Repaso general
4. Pirámide de Kelsen en SST
• Constitución del Ecuador
• Decisión 584
• Resolución 957
• AM 135
5. Pirámide de Kelsen en SSO
Art. 424.- La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre
cualquier otra del ordenamiento jurídico. Las normas y los actos
del poder público deberán mantener conformidad con las
disposiciones constitucionales; en caso contrario carecerán de
eficacia jurídica.
Art. 425.- El orden jerárquico de aplicación de las normas será
el siguiente: La Constitución; los tratados y convenios
internacionales; las leyes orgánicas; las leyes ordinarias; las
normas regionales y las ordenanzas distritales; los decretos y
reglamentos; las ordenanzas; los acuerdos y las resoluciones; y
los demás actos y decisiones de los poderes públicos
7. Normas Técnicas INEN
Acuerdos Ministeriales
Resoluciones IESS
Ordenanzas Municipales
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el
Trabajo
Reglamento de Seguridad y Salud de los
Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente
de Trabajo. Decreto Ejecutivo 2393
Código de Trabajo
Ley de Seguridad Social
Ley Orgánica de la Salud
Convenios internacionales de la OIT
Decisión 584 de la CAN. Instrumento Andino de
Seguridad y Salud en el Trabajo.
Resolución 957 de la CAN. Reglamento del
Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
Constitución de la República del Ecuador
Constituci
ón
Normas y
Convenios
Internacionales
Leyes dictadas por el
Legislativo
Decretos Ejecutivos
Ordenanzas, Acuerdos y
Resoluciones
Reglamento Interno de Seguridad y Salud
en el Trabajo y demás actos
Pirámide de Kelsen según normativa
ecuatoriana legal vigente en Seguridad y
Salud en el Trabajo.
Fuente: Elaboración propia basada en el artículo de
Galindo Soza, (2018).
8. Normas Técnicas INEN
Acuerdos Ministeriales
Resoluciones IESS
Ordenanzas Municipales
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el
Trabajo
Reglamento de Seguridad y Salud de los
Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente
de Trabajo. Decreto Ejecutivo 2393
Código de Trabajo
Ley de Seguridad Social
Ley Orgánica de la Salud
Convenios internacionales de la OIT
Decisión 584 de la CAN. Instrumento Andino de
Seguridad y Salud en el Trabajo.
Resolución 957 de la CAN. Reglamento del
Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
Constitución de la República del Ecuador
Constitución
Normas y
Convenios
Internacionales
Leyes dictadas por el
Legislativo
Decretos Ejecutivos
Ordenanzas, Acuerdos y
Resoluciones
Reglamento Interno de Seguridad y Salud
en el Trabajo y demás actos
Pirámide de Kelsen según normativa
ecuatoriana legal vigente en Seguridad y
Salud en el Trabajo.
9. 5. Toda persona tendrá derecho a
desarrollar sus labores en un
ambiente adecuado y propicio, que
garantice su salud, integridad,
seguridad, higiene y bienestar.
Art. 326.- El derecho al trabajo se sustenta en los siguientes
principios:
Constitución del Ecuador
10. Normas y Convenios
Internacionales
Normas Técnicas INEN
Acuerdos Ministeriales
Resoluciones IESS
Ordenanzas Municipales
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el
Trabajo
Reglamento de Seguridad y Salud de los
Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente
de Trabajo. Decreto Ejecutivo 2393
Código de Trabajo
Ley de Seguridad Social
Ley Orgánica de la Salud
Convenios internacionales de la OIT
Decisión 584 de la CAN. Instrumento Andino de
Seguridad y Salud en el Trabajo.
Resolución 957 de la CAN. Reglamento del
Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
Constitución de la República del Ecuador
Constitución
Normas y
Convenios
Internacionales
Leyes dictadas por el
Legislativo
Decretos Ejecutivos
Ordenanzas, Acuerdos y
Resoluciones
Reglamento Interno de Seguridad y Salud
en el Trabajo y demás actos
11. LEGISLACIÓN
INTERNACIONAL
ORIGEN DE LAOIT
Creada por el tratado de Versalles
en 1919 que terminó con la Primera
Guerra Mundial, y reflejó la
convicción de que la justicia social
es esencial para alcanzar una paz
universal y permanente.
1.Jornada de trabajo de 8 horas
2.Protección de la maternidad
3.Legislación sobre trabajo
infantil y
4.otras políticas que
promueven la seguridad y la
salud en el lugar de trabajo
y las relaciones laborales
armoniosas.
https://www.ilo.org/global/about-the-
ilo/history/lang--
es/index.htm#:~:text=La%20OIT%20fue%2
0creada%20en,una%20paz%20universal%2
0y%20permanente.
15. •Convenio C029 – Convenio sobre el trabajo forzoso
•Convenio C081 – Convenio sobre la inspección del trabajo
•Convenio C105 – Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso
•Convenio C115 – Convenio sobre la protección contra las radiaciones
•Convenio C119 – Convenio sobre la protección de la maquinaria
•Convenio C120 – Convenio sobre la higiene (comercio y oficinas)
•Convenio C124 – Convenio sobre el examen médico de los menores (trabajo
subterráneo)
•Convenio C127 – Convenio sobre el peso máximo
•Convenio C138 – Convenio sobre la edad mínima
•Convenio C152 – Convenio sobre seguridad e higiene (trabajos portuarios)
•Convenio C155 – Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores
•Convenio C161 – Convenio sobre los servicios de salud en el trabajo
•Convenio C162 – Convenio sobre el asbesto
•Convenio C164 – Convenio sobre la protección de la salud y la asistencia médica
(gente de mar).
•Convenio C170 – Convenio sobre los productos químicos
•Convenio C171 – Convenio sobre el trabajo nocturno
•Convenio C176 – Convenio sobre seguridad y salud en las minas
•Convenio C177 – Convenio sobre el trabajo a domicilio
•Convenio C178 – Convenio sobre la inspección del trabajo (gente de mar)
•Convenio C182 – Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil
•Convenio C184 – Convenio sobre la seguridad y la salud en la agricultura
•Convenio C187 – Convenio sobre el marco promocional para la seguridad y salud
16. “servir a la salud y el bienestar social de los trabajadores en forma
individual y colectiva. La práctica de la salud ocupacional debe
realizarse de acuerdo con los estándares profesionales más altos
y los principios éticos más rigurosos.”
“protección de la vida y la salud de los trabajadores, el respeto a la
dignidad humana y la promoción de los más elevados principios
éticos en las políticas y programas de salud ocupacional. También
son partes de estas obligaciones la integridad en la conducta
profesional, la imparcialidad y la protección de la confidencialidad
de los datos sobre la salud y la privacidad de los trabajadores”
“independencia profesional en el ejercicio de sus funciones”
Profesionales de la Salud
Código Internacional de Ética para los Profesionales de la
Salud Ocupacional elaborado por la Comisión
Internacional de Salud Ocupacional (CISO).
17. INSTRUMENTO ANDINO DE
SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
RESOLUCIÓN
957
REGLAMENTO DEL
INSTRUMENTO ANDINO DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
DECISIÓN 584
18. Estructura de la Decisión 584
Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
19. Instrumento Andino de Seguridad y
Salud en el Trabajo
Decisión del Acuerdo de Cartagena
584
Registro Oficial Suplemento 461 de
15-nov.-2004
Estado: Vigente
El presente instrumento se aplicará a todas las
ramas de actividad económica en los Países
Miembros y a todos los trabajadores.
20. Instrumento Andino de Seguridad y
Salud en el Trabajo
Art.- 9
Los Países Miembros desarrollarán
las tecnologías de información y
los sistemas de gestión en materia
de seguridad y salud en el trabajo
con miras a reducir los riesgos
laborales.
21. Reglamento del Instructivo Andino de Seguridad y
Salud en el Trabajo
Resolución de la Secretaría Andina 957
Registro Oficial Edición Especial 28 de 12-
mar.-2008
Estado: Vigente
22. RESOLUCIÓN 957
CAP. I:
Gestión de la
Seguridad y Salud
en el Trabajo
CAP. II:
Medidas de
Protección a los
Trabajadores
CAP. III:
Responsabilidades y
Sanciones
CAP. IV:
Disposiciones
Finales
Se desarrolla la estructura para la
aplicación de los SG-SST:
• Gestión Administrativa.
• Gestión Técnica.
• Gestión del talento Humano.
• Procesos Operativos
Básicos.
De las funciones del Servicio de
salud en el trabajo y del Comité de
SST, y en que circunstancia se
establece un Delegado en SST.
Se manifiesta la
responsabilidad solidaria entre
empleadores, los contratistas,
subcontratistas frente a la SST
de los trabajadores y que los
mismos serán sancionados
según los niveles de
incumplimiento.
Se señalan medidas con
la finalidad de proteger a
los trabajadores con la
confidencialidad de
información.
El Comité Andino de
Autoridades en Seguridad
y Salud en el Trabajo se
encargará de facilitar
criterios técnicos que
permitan la aplicación de
la Decisión y del
Reglamento.
Estructura de la Resolución 957 Reglamento
Instrumento Andino de Seguridad y Salud
en el Trabajo.
23. Decisión 702 Sistema Andino de Estadística de
la PYME. Art. 3.
La clasificación presentada en la Decisión 702 de la
Comunidad Andina de Naciones, permite implementar
medidas preventivas y de control relacionadas a la SST,
puesto que, dentro de cada ley, decreto, acuerdo ministerial,
se establecen requisitos per se para las empresas según el
número de trabajadores y el nivel de riesgo según la
actividad económica.
24. Clasificación, categorización y niveles de riesgo laboral en
material de seguridad y prevención de riesgos laborales
CIHST-2018-001
28. Acuerdo Ministerial 135
REFORMA AL ACUERDO No. MDT-2017-0135 DE
INSTRUCTIVO PARA EL CUMPLIMIENTO DE
OBLIGACIONES DE EMPLEADORES
Registro Oficial No. 139, 10 de febrero 2020
Normativa: Vigente
Última Reforma: Registro Oficial 139, 10-II-2020
ACUERDO No. MDT-2020-001
29. Acuerdo Ministerial 135
REFORMAR EL ACUERDO MINISTERIAL Nro. MDT-2017-0135, “INSTRUCTIVO
PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE EMPLEADORES”
Art. 1.- Sustitúyase el artículo 10, por el siguiente texto:
“Art. 10.- Obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.- El
empleador deberá efectuar el registro, aprobación, notificación y/o reporte de
obligaciones laborales en materia de seguridad y salud en el trabajo respecto a
los siguientes temas:
a) Responsables de la Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo;
b) Reglamento de Higiene y Seguridad;
c) Organismos Paritarios;
d) Identificación de peligros; medición, evaluación y control de riesgos
laborales;
e) Planes de prevención de riesgos laborales, salud en el trabajo, emergencia,
contingencia;
f) Gestión de Vigilancia de la Salud;
g) Programas de prevención, promoción y capacitación en materia de
Seguridad y Salud en el Trabajo; y,
h) Accidentes e incidentes de trabajo y enfermedades profesionales.”
30. Acuerdo Ministerial 135
Art. 2.- Sustitúyase la letra b) del artículo 11, por
el siguiente texto:
“b) Registrar, solicitar aprobaciones y reportar
periódicamente las obligaciones previstas en
el artículo 10 del presente Acuerdo, a través
de la plataforma informática del Ministerio del
Trabajo.”.
33. Acuerdo Ministerial 135
Art. 3.- Agréguese al final del artículo 13, lo
siguiente:
“Las empresas que cuenten con 1 a 10
trabajadores deberán únicamente reportar en la
plataforma informática del Ministerio del
Trabajo el plan de prevención de riesgos
laborales, de acuerdo al formato e instructivo
establecido como Anexo I al presente
instrumento.”.
35. OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR / SUT
RESUMEN
a) Responsables de la Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo;
b) Reglamento de Higiene y Seguridad;
c) Organismos Paritarios;
d) Identificación de peligros; medición, evaluación y control de riesgos
laborales;
e) Planes de prevención de riesgos laborales, salud en el trabajo,
emergencia, contingencia;
f) Gestión de Vigilancia de la Salud;
g) Programas de prevención, promoción y capacitación en materia de
Seguridad y Salud en el Trabajo; y,
h) Accidentes e incidentes de trabajo y enfermedades profesionales.”
EMPRESAS MAYOR A 10 TRABAJADORES
a) Plan de prevención de riesgos laborales
b) Responsable de seguridad y salud en el trabajo
c) Delegado de seguridad y salud en el trabajo
EMPRESAS DE 1 A 10 TRABAJADORES
El registro del delegado de seguridad y salud en
el trabajo aplica para aquellos empleadores que
cuenten en su nómina con 3 a 10 trabajadores,
por lo tanto, los empleadores con 1 a 2
trabajadores registrarán únicamente el plan de
prevención de riesgos laborales y el
Responsable de seguridad y salud en el trabajo.
36. • Asamblea Constituyente, (2008). Constitución de la República del Ecuador.
• Comité Interinstitucional de Seguridad e Higiene del Trabajo (CISHT), (2018).
Clasificación, categorización y niveles de riesgo laboral en material de seguridad y
prevención de riesgos laborales
• Comunidad Andina (CAN), (2004). Decisión 584. Instrumento Andino de Seguridad y
Salud en el Trabajo.
• Comunidad Andina (CAN), (2006). Resolución 957. Reglamento del Instrumento
Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo.
• Comunidad Andina (CAN), (2008). Decisión 702 Sistema Andino de Estadística de la
PYME.
• Ministerio del Trabajo, (2017). Acuerdo No. 135 Instrumento para el Cumplimiento de
las Obligaciones de Empleadores.
REFERENCIAS