El documento presenta la propuesta de ASEMUCH para resolver el conflicto sobre el pago del incremento previsional a funcionarios municipales. Propone crear una nueva asignación o bono que permita igualar el 21,5% del incremento previsional de manera constitucional. También propone condonar las deudas por pagos excedentes y terminar procesos judiciales relacionados al tema.
Tribunal Constitucional, Rol 12080-21, Sentencia de Control de constitucional...Andrés Retamales
Tribunal Constitucional, Rol 12080-21, Sentencia de Control de constitucionalidad del proyecto de ley que modifica la ley N°14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, correspondiente al Boletín N°14.077-18, de 27-10-2021.
Disponible en:
https://www.tribunalconstitucional.cl/descargar_expediente2.php?id=172577
Presentación CGR Contratos a Honorarios en MunicipalidadesNelson Leiva®
La Contraloría General de la República (CGR) y su departamento de Capacitación elaboraron este documento el cual es expuesto en las diferentes jornadas.
Instructivo de la CGR a los Alcaldes por contratos a honorariosNelson Leiva®
Este instructivo de la CGR dirigido a los Alcaldes les da instrucciones que deben cumplir cuando se contrata personal a honorarios en las municipalidades del país.
Tribunal Constitucional, Rol 12080-21, Sentencia de Control de constitucional...Andrés Retamales
Tribunal Constitucional, Rol 12080-21, Sentencia de Control de constitucionalidad del proyecto de ley que modifica la ley N°14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, correspondiente al Boletín N°14.077-18, de 27-10-2021.
Disponible en:
https://www.tribunalconstitucional.cl/descargar_expediente2.php?id=172577
Presentación CGR Contratos a Honorarios en MunicipalidadesNelson Leiva®
La Contraloría General de la República (CGR) y su departamento de Capacitación elaboraron este documento el cual es expuesto en las diferentes jornadas.
Instructivo de la CGR a los Alcaldes por contratos a honorariosNelson Leiva®
Este instructivo de la CGR dirigido a los Alcaldes les da instrucciones que deben cumplir cuando se contrata personal a honorarios en las municipalidades del país.
Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo
113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por
cambio de residencia cuando se produzca a otro Estado Miembro de la Unión
Europea o del Espacio Económico Europeo con efectivo intercambio de
información tributaria, se establece la forma y plazo para su presentación y se
modifica otra normativa tributaria.
Ya entró en vigencia la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal este 1 de Setiembre, en virtud a esta convención será posible el intercambio de información de la SUNAT con otras Administraciones Tributarias para facilitarle a la SUNAT la fiscalización de operaciones transfronterizas, asimismo sólo faltaría la implementación de los acuerdos bilaterales para que se haga efectiva el intercambio automático de información.
La defensa fiscal es un derecho… Promuévela!
La Administración Tributaria pretende que a partir del 1 de julio 2021 el Régimen FEL sea el único medio para la emisión de documentos tributarios de las personas que se inscriban por primera vez para realizar una actividad económica; ¿es legal el artículo 28.Bis del Acuerdo Gubernativo 5-2013? ¿Debe la SAT cumplir con el procedimiento establecido en la Ley del IVA?
“La Constitución, en forma específica, da en materia tributaria, prevalencia al principio de legalidad (…). En congruencia con esta disposición, el Código Tributario enfatiza su vigencia con la finalidad de evitar arbitrariedades y abusos de poder y desarrollar la regulación constitucional restrictiva de la función legislativa en materia tributaria (…)” CC. Expediente 231-93. Fecha de sentencia: 08/02/1994.
Lee, investiga, analiza, saca tus propias conclusiones
Propuesta Ufemuch Ley de Incentivo al RetiroNelson Leiva®
Ufemuch también presenta una propuesta para cambiar la postura del gobierno expresada en la presentación del Ministerio de Hacienda, es menester que ambas organizaciones municipales elaboren un documento único para presentárselo al gobierno, lo cual beneficiará al ámbito municipal, especialmente en el cambio de UF a UTM como lo tienen las organizaciones de trabajadores del sector centralizado del estado de Chile.
Cámara de Diputados: Informe Comisión Hacienda Proyecto MunicipalNelson Leiva®
Este informe de la Comisión de Hacienda recogió las presentaciones y exposiciones de los integrantes de las Asociaciones Nacionales de Funcionarios Municipales (Asemuch y Ufemuch), Instituto Nacional de Jueces de Policía Local, la Subdere con su plana directiva y abogadas, la Dirección de Presupuesto Nacional (Dipres) , la Asociación Chilena de Municipalidades, con la presidencia del Diputado Pepe Auth, los que aprobaron en si este informe y apsa a la H. Cámara de Diputados que lo aprobó unánimemente este 08.03.2016
Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo
113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por
cambio de residencia cuando se produzca a otro Estado Miembro de la Unión
Europea o del Espacio Económico Europeo con efectivo intercambio de
información tributaria, se establece la forma y plazo para su presentación y se
modifica otra normativa tributaria.
Ya entró en vigencia la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal este 1 de Setiembre, en virtud a esta convención será posible el intercambio de información de la SUNAT con otras Administraciones Tributarias para facilitarle a la SUNAT la fiscalización de operaciones transfronterizas, asimismo sólo faltaría la implementación de los acuerdos bilaterales para que se haga efectiva el intercambio automático de información.
La defensa fiscal es un derecho… Promuévela!
La Administración Tributaria pretende que a partir del 1 de julio 2021 el Régimen FEL sea el único medio para la emisión de documentos tributarios de las personas que se inscriban por primera vez para realizar una actividad económica; ¿es legal el artículo 28.Bis del Acuerdo Gubernativo 5-2013? ¿Debe la SAT cumplir con el procedimiento establecido en la Ley del IVA?
“La Constitución, en forma específica, da en materia tributaria, prevalencia al principio de legalidad (…). En congruencia con esta disposición, el Código Tributario enfatiza su vigencia con la finalidad de evitar arbitrariedades y abusos de poder y desarrollar la regulación constitucional restrictiva de la función legislativa en materia tributaria (…)” CC. Expediente 231-93. Fecha de sentencia: 08/02/1994.
Lee, investiga, analiza, saca tus propias conclusiones
Propuesta Ufemuch Ley de Incentivo al RetiroNelson Leiva®
Ufemuch también presenta una propuesta para cambiar la postura del gobierno expresada en la presentación del Ministerio de Hacienda, es menester que ambas organizaciones municipales elaboren un documento único para presentárselo al gobierno, lo cual beneficiará al ámbito municipal, especialmente en el cambio de UF a UTM como lo tienen las organizaciones de trabajadores del sector centralizado del estado de Chile.
Cámara de Diputados: Informe Comisión Hacienda Proyecto MunicipalNelson Leiva®
Este informe de la Comisión de Hacienda recogió las presentaciones y exposiciones de los integrantes de las Asociaciones Nacionales de Funcionarios Municipales (Asemuch y Ufemuch), Instituto Nacional de Jueces de Policía Local, la Subdere con su plana directiva y abogadas, la Dirección de Presupuesto Nacional (Dipres) , la Asociación Chilena de Municipalidades, con la presidencia del Diputado Pepe Auth, los que aprobaron en si este informe y apsa a la H. Cámara de Diputados que lo aprobó unánimemente este 08.03.2016
Presentación de Ufemuch Ley de Incentivo al RetiroNelson Leiva®
Presentación realizada en el año 2015 de Ufemuch al Ministro de Hacienda, donde en sus contenidos acerca posiciones con Asemuch y se espera por parte de los trabajadores que estas idea se concreticen en un proyecto que beneficie a quienes jubilan.
Dictamen 81836 sobre límites de gasto en personalNelson Leiva®
Este Dictamen obliga a los municipios a los alcaldes a que deben cumplir con el límite presupuestario legal establecido para gastos en personal a contrata.
Observaciones de Asemuch a Proyecto de Ley Municipal (Mayo 2015)Nelson Leiva®
Documento de observaciones e indicaciones de Asemuch a Proyecto de Ley Municipal , este fué elaborado por el Directorio de Asemuch siendo la base de la presentación exhibida en la Asamblea Nacional Extraordinaria de Santiago realizada el 04.06.2015.-
Dictamen Nº 81836 del 23.10.2014 Sobre límite de gasto en Personal a ContrataNelson Leiva®
La CGR en este Dictamen señala que los municipios deben contar con un límite de gasto aprobado en el presupuesto municipal para el tema Gasto en Personal a Contrata
Gaceta Oficial Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, de Reforma de la Ley de ISLR y Otras (2015)
Esta sentencia del TC de fecha 12.05.2016, deriva el Proyecto de Ley Municipal al Senado para su despacho a la Presidencia de la República para la publicación y promulgación como Ley de la República.
Ley Nº 20.922 Sector Municipal BCN-MóvilNelson Leiva®
La Ley Nº 20.922 del Sector Municipal, publicada en el Diario Oficial del 25.05.2016, este ejemplar es editado por la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Proyecto de Ley Funcionarios Municipales Texto FinalNelson Leiva®
Para mayor claridad de los lectores, se adjunta sólo texto final del Proyecto Ley aprobado en el día de hoy Jueves 07.04.2016, pasa ahora al TC y posteriormente para la firma de la Sra Presidenta y publicación en el D.O como Ley de la República.
Similar a Presentación de Asemuch sobre el Incremento Previsional (20)
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021Nelson Leiva®
En el día de hoy Miércoles 22 de Diciembre se publicó en el Diario Oficial de Chile la Ley N° 21405, la que "Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del Sector Público , concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales"
En la antesala de la publicación de la Ley N° 21405 en el Diario Oficial, que se realizaría mañana Lunes 20 de Diciembre probablemente, se emite el presente decreto por parte del Ministerio de Hacienda
La Cámara de Diputados y Diputadas envía este boletín con fecha 06.Dic.2021, el cual contiene el reajuste a las remuneraciones del Sector Público y concede aguinaldos y bonos
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022Nelson Leiva®
Documento oficial del 02.Dic.2021, suscrito entre el Ministerio de Hacienda del Gobierno y los Gremios que confirman la Mesa del Sector Público , donde se encuentra el gremio de los funcionarios (as) municipales de Chile
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021Nelson Leiva®
La Contraloría General de la República emitió el Dictamen E160318/2021 del 29.11.2021 sobre la no autorización a que los municipios puedan vender gas licuado u otro tipo de gas.
La ciudad de San Felipe nacida en el año 1740, siempre ha tenido una trascendencia destacada en la historia de Chile desde sus albores,
Este interesante trabajo de José Antonio Mora revela la inserción e influencia que ha tenido en la génesis de nuestro país la querida Tres veces heroica ciudad de San Felipe de Aconcagua
Este estudio realizado por Hazbún Abogados Asociados analiza el Dictamen E156769 del 17.11.2021, indicando cuales son las nuevas razones para desvincular a dichos funcionarios, el cual recoge los distintos pronunciamientos de los Tribunales de Justicia
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021Nelson Leiva®
Esta propuesta constitucional para una nueva institucionalidad en las municipalidades ha sido editada por la Asociación de Municipalidades de Chile (AMUCH) como contribución y apoyo al cambio y fortalecimiento del rol ciudadano en el nuevo municipio chileno.
Este instructivo ha sido emitido por la Contraloría General de la República con la finalidad de incorporar y recopilar los distintos fallos de los Tribunales Superiores de Justicia
La I. Municipalidad de San Felipe tiene este formato para quienes desean comenzar una actividad comercial, industrial, profesional o de alcoholes, obtener su patente CIPA, la cual puede ejercer en la jurisdicción comunal de San Felipe, en la parte posterior se encuentran los requisitos y documentación exigida.
Seminario Nacional de Municipalidades Las CondesNelson Leiva®
En la comuna de Las Condes se reunirán más de medio millar de funcionarios y funcionarias municipales provenientes de todos los municipios del país.
Este evento organizado por Asemuch comienza el 24 de Abril y finaliza este Viernes 27 de Abril del 2018
Este manual diseñado para el Deco Magic TV que contiene el sistema de canales HD de los canales afiliados a Anatel Chile.
Cabe señalar que en este sistema solo cancelas el valor del equipo y no tiene ningún cobro adicional, ni mensualidades, con una nitidez y sonido más avanzado que los de la TV paga.
Modernización Municipal Propuesta Nueva ArquitecturaNelson Leiva®
Este documento elaborado por dos expertos en políticas públicas de la UC, muestra un serio trabajo sobre el tema de la modernización municipal y la forma de construirla
Circular N° 0031 Nueva denominación de RegionesNelson Leiva®
Esta circular del Ministerio del Interior señala lo principal, que a contar de esta fecha las regiones se denominarán solo por su nombre y no por número.
Este Dictamen señala que para efectos de la confección del escalafón, tratándose de períodos discontinuos de desempeño, debe considerarse como fecha de ingreso al municipio respectivo la que corresponda a la primera designación del funcionario de que se trate.
Dictamen N°6400 del 02.03.2018 Caso ContratasNelson Leiva®
Este Dictamen aclara y modifica todos los puntos sobre la tratativa de el personal a contrata, clarifica este tema que ha sido sancionado por la Corte Suprema recientemente.
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdfsandradianelly
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestr
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
2. INFORMEDELPAGODELINCREMENTOPREVISIONALALOSFF.MM.
CRONOGRAMA
Dictamen 8466 de la CGR; del año 2008; que no fue claro; siendo
responsable El Sr. Contralor
En 2009 fue reinterpretado en otros dos Dictámenes por lo cual la
responsabilidad es de la Contraloría General de la Republica
Y hoy, esta para evadir su responsabilidad ha ordenado
juicios de cuenta a quienes pagaron
3. 278 Municipalidades pagaron a FFMM de planta y a contrata por el
Dictamen 8466 alcanzando a 24.500 Trabajador@s.
67 Municipalidades nunca pagaron nada impidiendo que 1.700
Trabajador@s reciban ese Derecho.
47 Municipalidades hasta 02.09.14 pagan por Advenimientos o
Transacciones llegando a 10.800 trabajador@s
5 Municipalidades pagan solo con el Decreto Alcaldicio a 1.500
FFMM
ESTADO DE SITUACION ACTUAL
4. a) 8 Alcaldes y 2.100 FFMM están con Juicios de Cuentas
ordenados por la C.G.R.
b) 40 Municipalidades ya fueron notificadas que les abrirán
Juicios de Cuentas; esto involucraría a 12.000 FFMM. Los más
graves son los de Freirina y Nueva Imperial.
c) 12 Municipalidades no pagaron retroactivo.
d) 6 Municipalidades pagaron 3 meses.
e) 163 Municipalidades pagaron 6 meses.
f) 69 Municipalidades pagaron 12 meses.
g) 28 Municipalidades pagaron 36 meses.
5. CONCLUSIONES ABOGADO ARTURO FERMANDOIS
Un posible PROYECTO de SANEAMIENTO ante los
principios constitucionales de Igualdad y No
Discriminación Arbitraria.
Que, EN SINTESIS, ante la Constitución observando
estos requisitos propios del Principio de ISONOMIA,
(Articulo 19 N° 2, 17 y 22)
6. CONCLUSIONES ABOGADO FRANCISCO TAPIA G.
“Resulta recomendable que una ley, teniendo como fundamento el sentido y
alcance del DL 3.500 y las circunstancias de haberse incurrido en un error de
interpretación del mismo, condone toda deuda que por tal motivo haya
podido originarse”
“Nos parece conveniente, es la dictación de una ley que declare que queda
condonado toda suma de dinero que los funcionarios municipales hayan
percibido”
“Esta medida de condonación corresponde a una iniciativa a paz
social y de reconocimiento de buena fe con la que han actuado
los trabajadores”
7. PROPUESTA DEL GOBIERNO
Artículo 4°.- Declárase interpretado el inciso segundo del artículo 2°
del decreto ley N° 3.501, de 1980, respecto de los funcionarios
regidos por la ley N° 18.883 y remunerados conforme al Título II del
decreto ley Nº 3.551, de 1980; en el sentido que, a contar del 1 de
marzo de 1981, los factores que, por concepto del incremento
previsional establecido en el ya mencionado artículo 2°, han debido
determinarse considerando únicamente las remuneraciones,
estipendios y asignaciones de carácter habitual, permanentes e
imponibles que, al 28 de febrero de 1981, se encontraban afectas a
cotizaciones previsionales, los que para dichos funcionarios
corresponden exclusivamente al monto del sueldo base que para
cada uno de los grados estableció la escala contenida en el artículo
23 del decreto ley N° 3.551, de 1980.
8. Artículo Décimo Primero.- Condónanse las cantidades que en exceso hayan recibido y no
hayan sido restituidas por los funcionarios o ex funcionarios a que se refiere el artículo 4° de
la presente ley, en virtud del pago del incremento previsional contemplado en el artículo 2°
del decreto ley N° 3.501 de 1980, en el período que media entre el 1 de marzo de 1981 y el 30
de abril de 2015.
Declárase que la condonación dispuesta en el inciso anterior bastará para regularizar la
situación de los funcionarios o ex funcionarios ante las respectivas municipalidades, no
pudiendo estas corporaciones exigir devolución alguna de parte de ellos por dicho concepto.
Asimismo, deberá procederse a poner término a todos los procesos administrativos o
judiciales, cualquiera sea la etapa en que se encuentran, que tengan su origen en una
interpretación diversa de la establecida en el artículo 4° de la presente ley.
Decláranse extintas las responsabi-lidades civiles, administrativas y criminales de
funcionarios o ex funcionarios municipales, así como de Alcaldes, Concejales, ex Alcaldes y ex
Concejales que se deriven de acciones u omisiones relacionadas con una estimación del
incremento previsional contraria a lo estatuido en el artículo 4° de la presente ley.
PROPUESTA DEL GOBIERNO
9. Con todo, a contar de la fecha de publicación de la presente ley, en caso alguno y bajo
ningún supuesto podrán pagarse remuneraciones a funcionarios municipales
interpretándose el inciso segundo del artículo 2° del decreto ley N° 3.501, de 1980, de una
forma diferente a la indicada en el artículo 4°. A aquellos funcionarios que dispusiesen o
recibiesen pagos en forma contraria a lo señalado, sin hacer devolución de ellos, se les
aplicará la medida disciplinaria de destitución de conformidad a lo dispuesto en el Título V
de la ley N° 18.883, que establece el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales.
Para el caso de Alcaldes, el incurrir en la conducta señalada en este inciso será considerado
notable abandono de deberes, otorgándose acción pública para sustanciar el respectivo
procedimiento, el que se sujetará a lo dispuesto en el artículo 60 de la ley N° 18.695,
Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Artículo Décimo Segundo.- Las sumas que funcionarios o ex funcionarios municipales
hubiesen restituido a las respectivas municipalidades, con motivo de pagos de
remuneraciones que hubieren considerado el incremento previsional en una forma distinta a
la señalada en el artículo 4° de la presente ley; no darán derecho a aquellos a ningún tipo de
devolución, restitución o compensación.
Asimismo, los funcionarios o ex funcionarios municipales que, con motivo de pagos de
remuneraciones hubieren percibido el incremento previsional en concordancia con lo
dispuesto en el artículo 4° de la presente ley, no tendrán derecho a compensación alguna.
PROPUESTA DEL GOBIERNO
10. PROPUESTA DE ASEMUCH
*Apoyar el Proyecto de Acuerdo N° 26 de los Diputados del año 2010
*Propuesta de la Asociación Chilena de Municipalidades
*La Presentación de Reclamación ante la OIT por incumplimiento de los
Convenios Internacionales 35 y 37
*Que se cree una Nueva Asignación con un nombre diferente
*Aumentar la Asignación Municipal, en forma porcentual, ya que ésta
asignación no tienen las demás reparticiones públicas
*Crear un Bono Adicional, que permita equiparar o igualar el 21,5% del
incremento Previsional o considerar sólo el pago del 13% real
*Considerar el Pago Retroactivo de 12 meses en Justicia de quienes nunca han
pagado nada, como una especie de Bono de Término de Conflicto o Incentivo.
11. PROPUESTA DE ASEMUCH
• Este proyecto de Ley, permitirá aumentar o devolver el
aumento de los dineros no retribuidos de remuneraciones
de los funcionarios municipales.
• Creemos que el Incremento Previsional, debe tener una
Solución Política que debe asumir el Ejecutivo y los
Honorables legisladores, frente al gran error de la
Contraloría general de la república con el Dictamen N°
8.466 al no ser claro ni explicito
• Es Constitucional una salida legislativa para el pago del
Incremento Previsional
12. PROPUESTA DE ASEMUCH
Siempre hemos fijado la meta y objetivos para:
* Buscar nuevos caminos jurídicos que no se enfrentan a la
Constitución Política de la República, consistente en un
Proyecto de Ley que ordene el pago del Incremento
Previsional, para todos los funcionarios municipales,
calculado en base a la imponibilidad de la Asignación
Municipal del D.L. 3.501 de 1981. esto de acuerdo al Art. 65
N° 4 de la Constitución que no representa obstáculo para dar
Constitucionalidad a un proyecto de ley, cambiando el
nombre del Incremento Previsional.