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Introducción
Podemos afirmar que la tecnología, los medios tecnológicos de
comunicación, las firmas electrónicas, el uso de estas y su
evolución son parte del día a día de la sociedad, es por eso que en
los últimos años se ha vuelto indispensable en la vida del hombre,
tomando diversas ramas de la vida en sociedad, se ha hecho vital
proteger a los usuarios de delitos y fallas del sistema. Se ha
incluso creado una rama para crear leyes novedosas para la
protección y regulación de estos medios, que sin duda alguna han
facilitado el trámite de documentos, la comunicación, las compras y
las relaciones interpersonales.
Es gracias a este uso constante, evolutivo y hasta indispensable de
estos sistemas tecnológicos, que han surgido comportamientos
ilícitos alrededor de estos sistemas, creando lo que doctrinalmente
se conoce como “delitos informáticos”, estos ejecutados por
personas que vulneran estos medios y acosan, extorsionan y
amenazan a través de estos medios, esto ha llevado a que se
creen normas, leyes y decretos para solventar el problema.
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Los delitos informáticos, son actos ilícitos cometidos mediante el
uso inadecuado de la tecnología, atentando contra la privacidad de
la información de terceras personas, dañando o extrayendo
cualquier tipo de datos que se encuentren almacenados en
servidores o gadgets. Estos delitos son cada vez más comunes
poniendo en riesgo los datos personales y financieros de los
usuarios de estos sistemas, los delitos más frecuentes son los
siguientes: El acceso no autorizado, El daño a los datos o
programas informáticos, El sabotaje informático, La interceptación
no autorizada y El espionaje informático.
Como ya se menciono se ha buscado sancionar creando leyes que regulen
estas violaciones a los usuarios de dichos programas, estos delitos que utilizan
las tecnologías para robar información, sabotear sistemas, adquirir
contraseñas y cometer espionaje mediante estos sistemas, encontramos como
medida de regulación el Decreto N°825 de Mayo del 2000, sobre el acceso y el
uso de Internet como política prioritaria para el desarrollo cultural, económico,
social y político, este ofrece definiciones y conceptos ante delitos informáticos,
es una de las Leyes más completas y complejas, el resguardo de la identidad y
de la información es elproposito principal esta Ley.
Delitos Informáticos
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Normativas
El Artículo 3, del
código penal
estable que:
“Todo el que
cometa un delito
o una falta en el
espacio
geográfico de la
República, será
penado con
arreglo a la ley
venezolana”.
Esto sirve como
respaldo a la
hora de
denunciar y
garantizar que se
haga justicia
sobre estas
violaciones al
sistema y a los
datos
personales.
La Ley Sobre Mensajes Datos y Firmas Electrónicas, en su Artículo
primero estable su objeto y aplicabilidad: “El presente Decreto-Ley
tiene por objeto otorgar y reconocer eficacia y valor jurídico a la
Firma Electrónica, al Mensaje de Datos y a toda información
inteligible en formato electrónico, independientemente de su
soporte material, atribuible a personas naturales o jurídicas,
públicas o privadas, así como regular todo lo relativo a los
Proveedores de Servicios de Certificación y los Certificados
Electrónicos”.
Y por último tenemos la Ley Especial Contra Delitos Informáticos, que
en su Artículo establece: “La presente Ley tiene por objeto la
protección integral de los sistemas que utilicen tecnologías de
información, así como la prevención y sanción de los delitos
cometidos contra tales sistemas o cualesquiera de sus componentes,
o de los delitos cometidos mediante el uso de dichas tecnologías, en
los términos previstos en esta Ley”.
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Como ya conocemos los delitos informáticos, son robos, hurtos, violaciones
a sistemas, daños a la propiedad intelectual o extorción. Esto hace que los
delitos se diferencien obviamente por su sistema de ejecución, ya que es
mediante el uso de herramientas digitales, tales como sistemas de almacén
de datos, redes sociales y mensajes electrónicos (correos). Para que estos
delitos puedan se sancionados y penados, deben estar dentro de leyes
vigentes y validas, y se considera que estos delitos pueden estar vistos en
distintas ramas del derecho, ¿Por qué? Pues simple el hombre la ha
incluido en todo, y en Venezuela los delitos informáticos están agrupados
en cinco grupos:
Ordenamiento
Jurídico
•Delitos contra los sistemas que utilizan tecnología de información y comunicación: como
anteriormente se mencionó los sistemas de almacén de datos, base de datos de empresas,
redes sociales, mensajes electrónicos, contratos digitales, violación de licencia o derechos
de autor.
•Delitos contra la propiedad: pueden ser la extorción mediante el uso de datos privados
robados mediante sistemas de almacén de datos (violentados por ellos para hurtar datos
personales).
•Delitos contra niños, niñas y adolescentes: un delito informático en este campo, puede ser
la pornografía infantil, esta es sancionada de distintas formas, pero es la más frecuente.
•Delitos contra el orden económico: el robo de cuentas bancarias, violando los sistemas de
protección de estos, hakeando las cuentas y transfiriendo el dinero a otra cuenta.
•Delitos contra la privacidad de las personas y las comunicaciones: estas pueden ser la
clonación de redes, el hackeo de cuentas personales y/o correos electrónicos.
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Conclusión
Es entonces claro que la tecnología a pesar de ser un avance que
facilita la vida del hombre, que ayuda al crecimiento intelectual,
facilita tramites, la comunicación y crea un avance fundamental en
la sociedad, no es exenta de los delitos que manchen su imagen,
dichos delitos que aun hoy se siguen creando normas y leyes para
regularlos, ya que cada día surgen más y más. Por lo tanto
entendemos que los delitos informáticos son actos cometidos
mediante el uso inadecuado de la tecnología, atentando contra la
privacidad de la información de terceras personas, dañando o
extrayendo cualquier tipo de datos que se encuentren
almacenados en servidores.
Los delitos son amplios, y también son amplias las normas que
tratan de regularlos, encontramos entonces a los grupos en los que
se encuentran los delitos informáticos para poder ser sancionados
como son: los delitos contra los sistemas que utilizan tecnología de
información y comunicación, los delitos contra la propiedad, los
delitos contra niños, niñas y adolescentes, los delitos contra la
privacidad de las personas y las comunicaciones y los delitos
contra el orden económico.
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Referencias Bibliográficas
Código Penal de Venezuela, Gaceta Oficial Nº 5.494 Extraordinario en fecha 20 de octubre de 2000.
Decreto Nº 825 de fecha 10 de mayo de 2000. Sobre el Acceso y el Uso de Internet.
Invedet. (21 de noviembre de 2024). Obtenido de Invedet.org: http://invedet.org/regulacion/#botonvenezuela
Ley Especial Contra Delitos Informáticos. Gaceta oficial N° 37.313, en fecha 30 de Octubre de 2001.
Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas. Gaceta Oficial Nº 37.076 en fecha 13 de diciembre de
2000.
Ley Sobre Derecho de Autor. Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 4.638. En fecha 1 de octubre
de 1993.