2. Que es una licencia
Ambiental?
Es la autorización que se otorga para la
ejecución de un proyecto, obra o actividad,
que de acuerdo con la ley y los reglamentos,
pueda producir deterioro grave a los recursos
naturales renovables, o al medio ambiente, o
introducir modificaciones considerables o
notorias al paisaje.
3. Otra definición de licencia
ambiental.
La licencia ambiental es la autorización que
otorga la autoridad ambiental competente para la
ejecución de un proyecto, obra o actividad, la cual
sujeta al beneficiario de ésta, al cumplimiento de
los requisitos, términos, condiciones y
obligaciones que la misma establezca en relación
con la prevención, mitigación, corrección,
compensación y manejo de los efectos
ambientales del proyecto, obra o actividad
autorizada.
4. La licencia ambiental llevará implícitos todos los
permisos, autorizaciones y/o concesiones para el
uso, aprovechamiento y/o afectación de los
recursos naturales renovables, que sean
necesarios para el desarrollo y operación del
proyecto, obra o actividad.
La licencia ambiental deberá obtenerse
previamente a la iniciación del proyecto, obra o
actividad. ( Art. 3 Decreto 1180 de 2003)
5. De acuerdo al Art. 3 del Decreto 2820 del 5 de agosto de
2010, la Licencia Ambiental, es la autorización que otorga
la autoridad ambiental competente para la ejecución de
un proyecto, obra o actividad, que de acuerdo con la ley y
los reglamentos pueda producir deterioro grave a los
recursos naturales renovables o al medio ambiente o
introducir modificaciones considerables o notorias al
paisaje; la cual sujeta al beneficiario de ésta, al
cumplimiento de los requisitos, términos, condiciones y
obligaciones que la misma establezca en relación con la
prevención, mitigación, corrección, compensación y
manejo de los efectos ambientales del proyecto, obra o
actividad autorizada.
6. Licencia Ambiental Global:
Para el desarrollo de obras y actividades relacionadas
con los proyectos de explotación minera y de
hidrocarburos, la autoridad ambiental competente
otorgará una licencia ambiental de carácter global, que
abarque toda el área de explotación que se solicite. En
este caso, para el desarrollo de cada una de las
actividades y obras definidas en la etapa de
hidrocarburos será necesario presentar un Plan de
Manejo Ambiental, conforme a los términos,
condiciones y obligaciones establecidas en la licencia
ambiental global. ( Art. 4 Decreto 1180 de 2003)
7. TÉRMINO DE LA LICENCIA:
La licencia ambiental se otorgará por la vida
útil del proyecto, obra o actividad y cobijará
las fases de construcción, montaje,
operación, mantenimiento,
desmantelamiento, restauración final,
abandono y/o terminación.
( Artículo 6 . Decreto 2820 de 2010)
8. Licencia ambiental frente a otras
licencias:
La obtención de la licencia ambiental, es
condición previa para el ejercicio de los
derechos que surjan de los permisos,
autorizaciones, concesiones, contratos y
licencias que expidan otras autoridades
diferentes a las ambientales. ( Art. 5 Decreto
1180 de 2003)
9. Dicha autorización esta sujeta al
cumplimiento de los requisitos, términos,
condiciones y obligaciones que la misma
establezca en relación con la prevención,
mitigación, corrección, compensación y
manejo de los efectos ambientales del
proyecto, obra o actividad autorizada.
10. La licencia ambiental llevará implícitos todos los
permisos, autorizaciones y/o concesiones para el
uso, aprovechamiento y/o afectación de los
recursos naturales renovables, que sean
necesarios por el tiempo de vida útil del proyecto,
obra o actividad.
El uso aprovechamiento y/o afectación de los
recursos naturales renovables, deberán ser
claramente identificados en el respectivo estudio
de impacto ambiental.
11. La licencia ambiental deberá obtenerse
previamente a la iniciación del proyecto, obra o
actividad. Ningún proyecto, obra o actividad
requerirá más de una licencia ambiental.
Los proyectos que requieren Licencia ambiental
competencia de la Corporación Autónoma
Regional, son aquellos listados en el Articulo
2.2.2.3.2.3 del Decreto 1076 de 2015. Veamos las
Licencias Ambientales que concede la Autoridad
ambiental territorial.
12. VEAMOS CUALES SON ESOS
PROYECTOS:
En el sector minero:
La explotación minera de:
a) Carbón: Cuando la explotación proyectada sea menor a ochocientas
mil (800.000) toneladas/año;
b) Materiales de construcción y arcillas o minerales industriales no
metálicos: Cuando la producción proyectada de mineral sea menor a
seiscientas mil (600.000) toneladas/año para arcillas o menor a
doscientos cincuenta mil (250.000) metros cúbicos/año para otros
materiales de construcción o para minerales industriales no metálicos.
Ejemplo de Minerales no metálicos: arena sílica, azufre, barita, caolín.
13. Cuando las cantidades que se mostraron en
las diapositivas anteriormente referenciadas
son superadas, la licencia ambiental la
concederá el ANLA.
14. c) Minerales metálicos, piedras preciosas y
semipreciosas: Cuando la remoción total de material útil y
estéril proyectada sea menor a dos millones (2.000.000) de
toneladas/año.
Que es la materia estéril ? materiales considerados como un
residuo rocoso en el proceso de la extracción.
Piedras semipreciosas: amatista, aguamarina, turmalina, citrino,
tanzanita, kunzita
d) Otros minerales y materiales: Cuando la explotación de
mineral proyectada sea menor a un millón (1.000.000)
toneladas/año.
15. Siderúrgicas, cementeras y plantas concreteras
fijas cuya producción de concreto sea superior a
diez mil (10.000) metros cúbicos/mes.
Nota: 1 metro cúbico es 1000 litros.
La construcción de presas, represas o embalses
con capacidad igual o inferior a doscientos
millones (200.000.000) de metros cúbicos de
agua.
16. En el sector Eléctrico:
a) La construcción y operación de centrales generadoras con una capacidad
mayor o igual a diez (10) y menor de cien (100) MW, diferentes a las centrales
generadoras de energía a partir del recurso hídrico.
MW: Mega Vatio, son un millón de vatios de energía.
b) El tendido de líneas del Sistema de Transmisión Regional conformado por el
conjunto de líneas con sus módulos de conexión y/o subestaciones, que
operan a tensiones entre cincuenta (50) KV y menores de doscientos veinte
(220) KV.
Es el sistema interconectado de transmisión de energía eléctrica compuesto por
redes regionales o interregionales de transmisión; conformado por el conjunto de
líneas y subestaciones con sus equipos asociados,
17. c) La construcción y operación de centrales
generadoras de energía a partir del recurso
hídrico con una capacidad menor a cien (100)
MW.
d) Los proyectos de exploración y uso de fuentes
de energía virtualmente contaminantes con
capacidad instalada de igual o mayor a diez (10)
MW y menor de cien (100) MW.
18. Energías Contaminantes:
Las energías sucias son aquellas energías que
durante su proceso de producción, distribución y
consumo tienen unos altos costes ambientales.
De todos estos costes, uno de los más nocivos e
insostenibles para el medio ambiente es la
emisión de gases de efecto invernadero, que
acrecientan el proceso global de cambio climático.
Algunos de estos gases son el dióxido de
carbono, óxidos de nitrógeno, metano,
clorofluorocarbonos y el ozono.
19. Estas energías se suelen obtener de
la quema de combustibles fósiles, como el
carbón, el petróleo o el gas, pero no siempre,
como es el caso de la energía nuclear o las
grandes presas hidroeléctricas.
Veamos algunas de ellas:
20. EL GAS:
El gas se considera una energía sucia. Sin
embargo, es una energía de transición y es la
menos contaminante de los combustibles
fósiles. A diferencia de otras Fuentes de
emisión del CO2, como el carbón o el
petróleo, el gas es menor. No obstante, su
uso sigue representando un gran problema
para el progreso de las energías renovables.
21. Petróleo y Carbón:
El carbón y el petróleo son los
dos combustibles fósiles más utilizados del
planeta y también son las energías más
contaminantes que existen. Estos emiten
gran cantidad de gases de efecto
invernadero, siendo los mayores culpables
del efecto invernadero y del cambio
climático y provocando no solo la
contaminación del aire, sino también de la
tierra y del agua.
22. Energía Nuclear
Aunque la energía nuclear no es una energía
tan sucia, sí que contribuye al cambio
climático global. Los desechos
radiactivos que produce y los accidentes en
plantas nucleares, hacen que esta energía no
pueda ser considerada una alternativa a los
combustibles fósiles.
23. Energía Hidroeléctrica
La energía hidroeléctrica es un claro ejemplo de
una energía que procede de fuentes renovables,
pero que también son sucias. Las presas
hidroeléctricas:
Alteran los ecosistemas.
Dañan zonas agrícolas.
Destruyen el patrimonio cultural.
Desplazan comunidades allí donde se asientan.
24. Frente a la Energía Hidroeléctrica hay una
controversia, algunos movimientos
ambientales la consideran energía sucia por
el impacto que tiene en el ecosistema y otros
una energía limpia por que no genera
emisiones de CO2 a la atmosfera.
25. Fuentes de energía Limpia:
La energía limpia es un sistema de
producción de energía con exclusión de
cualquier contaminación o la gestión
mediante la que nos deshacemos de todos
los residuos peligrosos para nuestro planeta.
Las energías limpias son, entonces, aquellas
que no generan residuos.
26. La fuentes de energía limpia más
comúnmente utilizadas son la energía
geotérmica, que utiliza el calor interno de
nuestro planeta, la energía eólica y la energía
solar, frecuentemente utilizada para
calentadores solares de agua.
28. En el Sector Marítimo y Portuario:
a) La construcción, ampliación y operación de puertos marítimos que no sean de
gran calado.
Puertos de Gran calado: Son aquellos terminales marítimos cuya capacidad para
movilizar carga es igual o superior a un millón quinientas mil (1.500.000) toneladas al
año
b) Los dragados de profundización de los canales de acceso a los puertos que no
sean considerados como de gran calado;
El dragado es la operación que consiste en la limpieza y el ahondamiento de un
cuerpo de agua, a partir de la remoción de rocas y sedimentos.
c) La ejecución de obras privadas relacionadas con la construcción de obras duras
(rompeolas, espolones, construcción de diques) y de regeneración de dunas y
playas.
29. Se considera un puerto de gran calado los
terminales marítimos cuya capacidad para
movilizar carga es igual o superior a un millón
quinientas mil (1.500.000) toneladas al año.
El dragado es la operación que consiste en la
limpieza y el ahondamiento de un cuerpo de
agua, a partir de la remoción de rocas y
sedimentos.
30. En el sector Vial:
Proyectos en la red vial secundaria y
terciaria:
a) La construcción de carreteras, incluyendo
puentes y demás infraestructura asociada a la
misma.
b) La construcción de túneles con sus accesos.
31. c) . La construcción de vías férreas de carácter regional
y/o variantes de estas tanto públicas como privadas.
d) La construcción y operación de instalaciones cuyo
objeto sea el almacenamiento, tratamiento,
aprovechamiento, recuperación y/o disposición final de
residuos o desechos peligrosos, y la construcción y
operación de rellenos de seguridad para residuos
hospitalarios en los casos en que la normatividad sobre la
materia lo permita.
32. 4. La construcción y operación de instalaciones
cuyo objeto sea el almacenamiento, tratamiento,
aprovechamiento (recuperación/reciclado) y/o
disposición final de Residuos de Aparatos
Eléctricos y Electrónicos (RAEE) y de residuos de
pilas y/o acumuladores.
5. Las actividades de reparación y
reacondicionamiento de aparatos eléctricos y
electrónicos usados no requieren de licencia
ambiental.
33. 6. La construcción y operación de plantas cuyo
objeto sea el aprovechamiento y valorización de
residuos sólidos orgánicos biodegradables
mayores o iguales a veinte mil (20.000)
toneladas/año.
7. La construcción y operación de rellenos
sanitarios; no obstante la operación únicamente
podrá ser adelantada por las personas señaladas
en el artículo15 de la Ley 142 de 1994.
34. Veamos cuales son:
Las empresas de servicios públicos.
Las personas naturales o jurídicas que produzcan para
ellas mismas, o como consecuencia o complemento de
su actividad principal, los bienes y servicios propios del
objeto de las empresas de servicios públicos.
Los municipios cuando asuman en forma directa, a
través de su administración central, la prestación de los
servicios públicos.
35. Las organizaciones autorizadas conforme a esta Ley
para prestar servicios públicos en municipios menores
en zonas rurales y en áreas o zonas urbanas
específicas.
Las entidades autorizadas para prestar servicios
públicos durante los períodos de transición.
Las entidades descentralizadas de cualquier orden
territorial o nacional que al momento de expedirse esta
Ley estén prestando cualquiera de los servicios
públicos.
36. 8. La construcción y operación de sistemas de
tratamiento de aguas residuales que sirvan a
poblaciones iguales o superiores a doscientos mil
(200.000) habitantes.
9. La industria manufacturera para la fabricación de:
a) Sustancias químicas básicas de origen mineral;
b) Alcoholes;
37. c) Ácidos inorgánicos y sus compuestos
oxigenados.
10. Los proyectos cuyo objeto sea el
almacenamiento de sustancias peligrosas,
con excepción de los hidrocarburos.
38. 11. La caza comercial y el establecimiento de
zoo criaderos con fines comerciales.
12. Los proyectos, obras o actividades que
afecten las áreas del Sistema de Parques
Regionales Naturales por realizarse al interior
de estas, en el marco de las actividades allí
permitidas.