Este documento describe el origen y desarrollo del derecho ambiental agrario. Explica que el derecho ambiental surgió en la década de 1960 en respuesta a la creciente preocupación por la degradación ambiental. Luego, detalla los principales hitos en el desarrollo del derecho ambiental internacional, incluidas las conferencias de Estocolmo, Río, Johannesburgo y Río+20. Finalmente, resume los principios rectores que conforman las bases del derecho ambiental internacional, como la cooperación, prevención del daño transfronterizo
1) El documento trata sobre el derecho agrario ambiental y las cuestiones agroambientales. 2) Explica el concepto de agriculturas alternativas como modelos de producción que buscan equilibrar el medio ambiente, la fertilidad del suelo y el control natural de plagas. 3) También analiza las primeras manifestaciones regulatorias de la agricultura orgánica en la Argentina a nivel administrativo.
El documento resume la estructura del derecho ambiental argentino. Explica que la Constitución Nacional establece el derecho humano a un ambiente sano en el Artículo 41, el cual distribuye las competencias ambientales entre la nación y las provincias siguiendo un modelo de federalismo de concertación. También se han sancionado leyes de presupuestos mínimos en materia ambiental a nivel nacional para establecer estándares uniformes de protección en todo el país. Finalmente, cada provincia complementa la legislación nacional con sus propias
Este documento presenta información sobre el derecho ambiental agrario. Explica que el derecho ambiental surgió en la década de 1960 en respuesta a la creciente preocupación por la degradación ambiental. También describe la evolución del derecho ambiental internacional a partir de conferencias clave como las de Estocolmo, Río de Janeiro y Johannesburgo. Finalmente, resume los principios rectores del derecho ambiental internacional como la cooperación, prevención del daño transfronterizo y la responsabilidad por daños ambientales.
El artículo resume las principales disposiciones del Artículo 41 de la Constitución Nacional Argentina en materia ambiental:
1. Reconoce el derecho humano al medio ambiente sano y establece el principio de desarrollo sustentable.
2. Impone a las autoridades el deber de proteger el ambiente y los recursos naturales, y promover la información y educación ambiental.
3. Distribuye las competencias ambientales entre la nación y las provincias mediante el sistema de federalismo de concertación, por el cual la nación dict
Este documento trata sobre el derecho ambiental agrario. Explica que la actividad agrícola está directamente relacionada con los recursos naturales y el ambiente, pero que el modelo de producción convencional ha roto esta relación armoniosa. También introduce los conceptos de agricultura sustentable y cuestiones agroambientales, como el uso de agroquímicos y los organismos genéticamente modificados. Finalmente, analiza cómo la dimensión ambiental ha abierto nuevos campos de estudio para el derecho agrario.
Este documento trata sobre el derecho ambiental. Explica las definiciones, objetos y objetivos del derecho ambiental, incluyendo principios como la sostenibilidad y la responsabilidad compartida. También discute las relaciones del derecho ambiental con otras ramas del derecho como el derecho constitucional, administrativo y penal. Finalmente, presenta un resumen del derecho ambiental venezolano.
Este documento resume la evolución del derecho ambiental en Argentina. Explica que el derecho ambiental surgió en la década de 1970 a nivel internacional y se consolidó en la Conferencia de Río de 1992. La Constitución Argentina de 1994 incorporó el derecho a vivir en un ambiente sano y equilibrado, estableciendo deberes para preservarlo. Corresponde a la nación dictar normas mínimas de protección ambiental, y a las provincias complementarlas sin alterar sus jurisdicciones locales.
Presentacion del programa derecho ambiental. Joel Navarro. UBAJoel E. Navarro V.
Este documento presenta el programa de la Cátedra de Derecho Ambiental de la Universidad Bicentenaria de Aragua. El objetivo general es promover el conocimiento y análisis crítico de las principales instituciones del Derecho Ambiental. La metodología se basa en el estudiante como sujeto activo, con trabajos en equipo y exposiciones. El programa consta de seis temas, siendo los últimos desarrollados por los estudiantes. La evaluación incluye exámenes, trabajos y exposiciones.
1) El documento trata sobre el derecho agrario ambiental y las cuestiones agroambientales. 2) Explica el concepto de agriculturas alternativas como modelos de producción que buscan equilibrar el medio ambiente, la fertilidad del suelo y el control natural de plagas. 3) También analiza las primeras manifestaciones regulatorias de la agricultura orgánica en la Argentina a nivel administrativo.
El documento resume la estructura del derecho ambiental argentino. Explica que la Constitución Nacional establece el derecho humano a un ambiente sano en el Artículo 41, el cual distribuye las competencias ambientales entre la nación y las provincias siguiendo un modelo de federalismo de concertación. También se han sancionado leyes de presupuestos mínimos en materia ambiental a nivel nacional para establecer estándares uniformes de protección en todo el país. Finalmente, cada provincia complementa la legislación nacional con sus propias
Este documento presenta información sobre el derecho ambiental agrario. Explica que el derecho ambiental surgió en la década de 1960 en respuesta a la creciente preocupación por la degradación ambiental. También describe la evolución del derecho ambiental internacional a partir de conferencias clave como las de Estocolmo, Río de Janeiro y Johannesburgo. Finalmente, resume los principios rectores del derecho ambiental internacional como la cooperación, prevención del daño transfronterizo y la responsabilidad por daños ambientales.
El artículo resume las principales disposiciones del Artículo 41 de la Constitución Nacional Argentina en materia ambiental:
1. Reconoce el derecho humano al medio ambiente sano y establece el principio de desarrollo sustentable.
2. Impone a las autoridades el deber de proteger el ambiente y los recursos naturales, y promover la información y educación ambiental.
3. Distribuye las competencias ambientales entre la nación y las provincias mediante el sistema de federalismo de concertación, por el cual la nación dict
Este documento trata sobre el derecho ambiental agrario. Explica que la actividad agrícola está directamente relacionada con los recursos naturales y el ambiente, pero que el modelo de producción convencional ha roto esta relación armoniosa. También introduce los conceptos de agricultura sustentable y cuestiones agroambientales, como el uso de agroquímicos y los organismos genéticamente modificados. Finalmente, analiza cómo la dimensión ambiental ha abierto nuevos campos de estudio para el derecho agrario.
Este documento trata sobre el derecho ambiental. Explica las definiciones, objetos y objetivos del derecho ambiental, incluyendo principios como la sostenibilidad y la responsabilidad compartida. También discute las relaciones del derecho ambiental con otras ramas del derecho como el derecho constitucional, administrativo y penal. Finalmente, presenta un resumen del derecho ambiental venezolano.
Este documento resume la evolución del derecho ambiental en Argentina. Explica que el derecho ambiental surgió en la década de 1970 a nivel internacional y se consolidó en la Conferencia de Río de 1992. La Constitución Argentina de 1994 incorporó el derecho a vivir en un ambiente sano y equilibrado, estableciendo deberes para preservarlo. Corresponde a la nación dictar normas mínimas de protección ambiental, y a las provincias complementarlas sin alterar sus jurisdicciones locales.
Presentacion del programa derecho ambiental. Joel Navarro. UBAJoel E. Navarro V.
Este documento presenta el programa de la Cátedra de Derecho Ambiental de la Universidad Bicentenaria de Aragua. El objetivo general es promover el conocimiento y análisis crítico de las principales instituciones del Derecho Ambiental. La metodología se basa en el estudiante como sujeto activo, con trabajos en equipo y exposiciones. El programa consta de seis temas, siendo los últimos desarrollados por los estudiantes. La evaluación incluye exámenes, trabajos y exposiciones.
El documento trata sobre varios temas relacionados con el derecho ambiental en Ecuador. En primer lugar, define las energías renovables y no renovables, y la gestión ambiental. Luego, describe conceptos como lluvia ácida, hábitat, impacto ecológico y prevención. Finalmente, analiza los derechos de la naturaleza y de los pueblos indígenas reconocidos en la Constitución ecuatoriana de 2008.
El documento define los conceptos de medio ambiente, daño ambiental y derecho ambiental. Explica que el daño ambiental puede ser causado por personas o desastres naturales y tiene características como ser colectivo y continuado. También resume las conferencias internacionales sobre el medio ambiente, la protección brindada por la Constitución Nacional Argentina, y los principios básicos de responsabilidad por daños ambientales.
El documento describe la evolución del derecho ambiental internacional a través de varias etapas, desde normas enfocadas en el uso de recursos hasta normas que protegen ecosistemas globales. Explica principios clave como soberanía y responsabilidad, acción preventiva, precaución y desarrollo sostenible. También analiza varios tratados ambientales multilaterales importantes y sus objetivos de proteger la salud y el medio ambiente.
Este documento resume la evolución de la legislación ambiental en América Latina. Explica que inicialmente los países latinoamericanos adoptaron sistemas jurídicos basados en la propiedad privada de los recursos naturales. Más tarde, con la industrialización, se promulgaron leyes para regular los efectos ambientales en la salud y el desarrollo urbano. Recientemente, las constituciones de la región han incorporado principios de protección ambiental y desarrollo sostenible. Actualmente, los países cuentan con legislación ambiental específica
Este documento presenta una introducción al derecho ambiental en tres capítulos. Introduce el concepto de derecho ambiental y sus principios rectores, como la prevención de daños ambientales y el mantenimiento del equilibrio natural. Examina el daño ambiental de incidencia colectiva y la responsabilidad colectiva ambiental. Analiza cuestiones procesales como la legitimación en causas ambientales, la carga de la prueba y la valoración del daño ambiental. El objetivo es dar una visión general de este campo jurídico en evolución a la
Como hemos visto en clase, toda ley debe tener sustento o fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En esta presentación citaremos los artículos aplicables a la Legislación ambiental.
Este documento describe los principales problemas ambientales globales del siglo 21 como la contaminación de las ciudades, la disminución de bosques y aumento de desiertos, y la contaminación de aguas. También discute los desafíos que enfrenta el derecho ambiental ante la globalización, incluyendo aproximar los conocimientos científicos y jurídicos, e identificar problemas ambientales. Finalmente, concluye que los seres humanos deben crear una cultura de respeto por la tierra y conservación de recursos naturales para mitigar el da
El documento presenta una introducción al Derecho Ambiental, describiendo sus orígenes y evolución. Comenzó con los primeros esfuerzos internacionales para proteger aves en el siglo XIX, y desde entonces se ha desarrollado a través de miles de acuerdos internacionales. El Derecho Ambiental refleja las preocupaciones de la sociedad por la preservación del medio ambiente y el desarrollo sostenible. También discute las tres generaciones de derechos humanos, incluyendo los derechos ambientales como parte de la tercera
El documento discute los principios rectores del derecho ambiental en la República Dominicana. Define el derecho ambiental y explica que su objetivo es proteger a los seres humanos y el medio ambiente mediante normas que limitan el uso de recursos naturales. Luego describe seis principios fundamentales del derecho ambiental dominicano, incluyendo la prevención, información, participación, "quien contamina paga", responsabilidad objetiva y precaución. Finalmente, resume varios artículos de la constitución dominicana relacionados con la protección del med
Este documento describe los derechos y deberes ambientales en Perú. Explica que los derechos ambientales incluyen el derecho a vivir en un ambiente saludable, el acceso a la información ambiental, y la participación en la toma de decisiones ambientales. También describe los principales deberes como la conservación del ambiente y el cumplimiento de las normas ambientales. Finalmente, explica conceptos como el monitoreo ambiental participativo y los estándares de calidad del agua.
Este documento trata sobre la legislación ambiental en México. Explora los conceptos fundamentales del derecho ambiental y analiza las principales leyes y organismos relacionados con la protección del medio ambiente en el país. Se divide en cuatro unidades que cubren temas como el impacto humano en el medio ambiente, el derecho ambiental mexicano, la administración pública federal del ambiente y la protección del agua como recurso natural.
El documento contrasta el derecho ecológico y el derecho ambiental. El derecho ecológico regula la relación entre los elementos del ambiente que hacen posible la existencia de los seres vivos. El derecho ambiental disciplina las conductas sobre el uso y conservación del medio ambiente para mantener el equilibrio natural y mejorar la calidad de vida. Mientras que el derecho ambiental es más amplio y protege todo lo relacionado con el medio ambiente, el derecho ecológico solo protege a los seres vivos y su interacción.
La ley establece los principios y objetivos de la política ambiental en Argentina. Los principios incluyen la precaución, la responsabilidad de los generadores de contaminación, la sustentabilidad y la participación social. Los objetivos son preservar los recursos naturales y culturales, mejorar la calidad de vida, fomentar el uso sustentable de los recursos y conservar la diversidad biológica. La ley también describe los instrumentos de la política ambiental como el ordenamiento territorial, la evaluación de impacto y la educación ambiental.
ENJ-200 Derecho Internacional del Medio AmbienteENJ
El documento describe el derecho internacional ambiental como el conjunto de principios y normas jurídicas internacionales cuyo objetivo es proteger el medio ambiente y la biosfera. Explica que este derecho se ha desarrollado a través de tratados internacionales como expresión de la voluntad de los estados. También enumera algunas organizaciones clave involucradas en la protección ambiental a nivel internacional como el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y convenciones internacionales específicas.
Este documento describe el desarrollo de la legislación ambiental en México. Comienza explicando el surgimiento del derecho ambiental como disciplina jurídica para regular las interacciones entre los seres humanos y el medio ambiente. Luego detalla algunos hitos clave en el desarrollo de la legislación ambiental mexicana, incluyendo la primera ley ambiental federal de 1971 y las reformas constitucionales de 1983 que establecieron bases para la protección ambiental. Finalmente, explica cómo la Constitución mexicana distribuye competencias ambientales entre los g
Este documento describe el derecho ambiental en Venezuela. Explica que el derecho ambiental se refiere a las normas que regulan las relaciones públicas y privadas para preservar o mejorar el medio ambiente. También describe los principios del derecho ambiental, su relación con otras ramas del derecho como el derecho administrativo y penal, y los tratados e instrumentos legales internacionales y nacionales relacionados con la protección ambiental en Venezuela.
El derecho ambiental regula las conductas que afectan el medio ambiente a través de principios y normas jurídicas. Se define como el conjunto de normas públicas y privadas destinadas a preservar o mejorar el medio ambiente libre de contaminación. Existen posiciones encontradas sobre el alcance del derecho ambiental, pero se considera que comprende los recursos naturales, accidentes naturales y problemáticas de asentamientos humanos. Además, se relaciona con el derecho público, privado, económico e internacional debido a su car
La legislación ambiental en Colombia se ha desarrollado a partir de dos disposiciones clave: el Decreto 2811 de 1974 que estableció el Código Nacional de Recursos Naturales, y la Ley 99 de 1993 que creó el Ministerio del Medio Ambiente. Estas leyes introdujeron conceptos como el derecho a un ambiente sano, la responsabilidad compartida del estado y las personas por el cuidado del ambiente, e importancia de la planificación y educación ambiental. La Constitución de 1991 y la Cumbre de Río de 1992 también influyeron en la legislación col
Este extracto de libro describe la evolución del derecho ambiental en Argentina a través de varias etapas: 1) Regulación inicial de recursos naturales, 2) Adopción de tratados internacionales y normativa provincial, 3) Reforma de la Constitución Nacional para incluir protección ambiental, y 4) Sanción de leyes de presupuestos mínimos de protección ambiental a nivel nacional. También discute cómo la gran cantidad de normas ambientales dispersas y contradictorias entre distintos niveles de gobierno llevó a una "contaminación legis
DEFINICIÓN :"El Derecho Ambiental es la rama del Derecho Público Interno o Internacional.
Además podemos definir lo como el conjunto de normas que regulan las relaciones del derecho publico y privado tendientes a preservar el medio ambiente libre de contaminación o a mejorarlo si ha sido afectado .
OBJETIVOS DEL DERECHO AMBIENTAL : Los principales objetivos del derecho ambiental son mantener un adecuado control de la contaminación y la conservación y gestión de los recursos. Sus leyes buscan la forma de proteger y cuidar el medio ambiente y al mismo tiempo la salud humana. También cuidan el aspecto económico de las leyes ambientales por medio de la prevención de externalidades que se dan en la actualidad y las que podrían darse en un futuro.
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO AMBIENTAL PERUANO : Estos Principios generales del derecho ambiental son conceptos o proposiciones de naturaleza axiológica o técnica, que informan la estructura, la forma de operación y el contenido mismo de las normas, y del mismo derecho como totalidad.
EL DERECHO AMBIENTAL Y SU RELACIÓN CON LOS DERECHOS HUMANOS : TRES GENERACIONES DE DERECHOS HUMANOS
Derechos Humanos de Primera Generación
Reclama de los Derechos Civiles y Políticos
Derechos Humanos de Segunda Generación
Solicita los Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Derechos Humanos de Tercera Generación
Adquiere importancia el Derecho al Desarrollo en un ambiente sano y equilibrado, a convivir en plaza y a compartir el legado común de la humanidad.
POLÍTICA Y GESTIÓN AMBIENTAL :
POLÍTICA : Constituyen declaraciones e interpretaciones generales.
Las políticas ambiental deben establecer los cursos de acción
Constituye el conjunto de lineamientos, objetivos, estrategias, metas, programas e instrumentos de carácter público
La Política Nacional del Ambiente es parte integrada del proceso estratégico de desarrollo del país
GESTIÓN AMBIENTAL :Conjunto de acciones políticas, regulaciones, principios y la constitucionalidad, diseñadas y ejecutadas por el Estado
Alcanzar una mejor calidad de vida y el desarrollo integral de la población .
Mecanismos orientados a la ejecución de la política ambienta
MENSAJE : LA MEJOR HERENCIA QUE LE DEJEMOS A NUESTRO HIJOS Y NIETOS ES : AMOR CONOCIMIENTO Y UN PLANETA DONDE PUEDAN VIVIR , ESTA EN NOSOTROS QUE SALVEMOS A NUESTRO HOGAR .NOSOTROS PODEMOS
DERECHO AMBIENTAL INTERNO E INTERNACIONAL, VIÉNDOLO DESDE UNA ÓPTICA CIVIL miguellugo2020
El documento habla sobre el derecho ambiental y su evolución. Explica que el derecho ambiental surgió para proteger el medio ambiente ante los efectos del desarrollo industrial. Detalla hitos como la Declaración de Estocolmo de 1972, que estableció principios clave, y la Cumbre de Río de 1992, que reconoció la relación entre medio ambiente y desarrollo. Finalmente, resume las características y principios fundamentales del derecho ambiental internacional.
DERECHO AMBIENTAL INTERNO E INTERNACIONAL, VIÉNDOLO DESDE UNA ÓPTICA CIVILmiguellugo2020
La ley es una norma dictada por el legislador, es decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia cuyo incumplimiento conlleva a una sanción. Además, es una declaración de la voluntad soberana, que manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite. Es así como se crea la ley general de medio ambiente y recursos naturales, la número 64-00, del 18 de agosto del año 2000, la misma tiene como misión proteger, preservar, controlar el medio ambiente y los recursos naturales y, por ende, sancionar penalmente las conductas relevantes cometidas por los individuos y por las personas jurídicas, cuando estas, comenten ilícitos penales y, por consiguiente, el debido resarcimiento a terceras personas que hayan sufrido un daño en lo civil.
El documento trata sobre varios temas relacionados con el derecho ambiental en Ecuador. En primer lugar, define las energías renovables y no renovables, y la gestión ambiental. Luego, describe conceptos como lluvia ácida, hábitat, impacto ecológico y prevención. Finalmente, analiza los derechos de la naturaleza y de los pueblos indígenas reconocidos en la Constitución ecuatoriana de 2008.
El documento define los conceptos de medio ambiente, daño ambiental y derecho ambiental. Explica que el daño ambiental puede ser causado por personas o desastres naturales y tiene características como ser colectivo y continuado. También resume las conferencias internacionales sobre el medio ambiente, la protección brindada por la Constitución Nacional Argentina, y los principios básicos de responsabilidad por daños ambientales.
El documento describe la evolución del derecho ambiental internacional a través de varias etapas, desde normas enfocadas en el uso de recursos hasta normas que protegen ecosistemas globales. Explica principios clave como soberanía y responsabilidad, acción preventiva, precaución y desarrollo sostenible. También analiza varios tratados ambientales multilaterales importantes y sus objetivos de proteger la salud y el medio ambiente.
Este documento resume la evolución de la legislación ambiental en América Latina. Explica que inicialmente los países latinoamericanos adoptaron sistemas jurídicos basados en la propiedad privada de los recursos naturales. Más tarde, con la industrialización, se promulgaron leyes para regular los efectos ambientales en la salud y el desarrollo urbano. Recientemente, las constituciones de la región han incorporado principios de protección ambiental y desarrollo sostenible. Actualmente, los países cuentan con legislación ambiental específica
Este documento presenta una introducción al derecho ambiental en tres capítulos. Introduce el concepto de derecho ambiental y sus principios rectores, como la prevención de daños ambientales y el mantenimiento del equilibrio natural. Examina el daño ambiental de incidencia colectiva y la responsabilidad colectiva ambiental. Analiza cuestiones procesales como la legitimación en causas ambientales, la carga de la prueba y la valoración del daño ambiental. El objetivo es dar una visión general de este campo jurídico en evolución a la
Como hemos visto en clase, toda ley debe tener sustento o fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En esta presentación citaremos los artículos aplicables a la Legislación ambiental.
Este documento describe los principales problemas ambientales globales del siglo 21 como la contaminación de las ciudades, la disminución de bosques y aumento de desiertos, y la contaminación de aguas. También discute los desafíos que enfrenta el derecho ambiental ante la globalización, incluyendo aproximar los conocimientos científicos y jurídicos, e identificar problemas ambientales. Finalmente, concluye que los seres humanos deben crear una cultura de respeto por la tierra y conservación de recursos naturales para mitigar el da
El documento presenta una introducción al Derecho Ambiental, describiendo sus orígenes y evolución. Comenzó con los primeros esfuerzos internacionales para proteger aves en el siglo XIX, y desde entonces se ha desarrollado a través de miles de acuerdos internacionales. El Derecho Ambiental refleja las preocupaciones de la sociedad por la preservación del medio ambiente y el desarrollo sostenible. También discute las tres generaciones de derechos humanos, incluyendo los derechos ambientales como parte de la tercera
El documento discute los principios rectores del derecho ambiental en la República Dominicana. Define el derecho ambiental y explica que su objetivo es proteger a los seres humanos y el medio ambiente mediante normas que limitan el uso de recursos naturales. Luego describe seis principios fundamentales del derecho ambiental dominicano, incluyendo la prevención, información, participación, "quien contamina paga", responsabilidad objetiva y precaución. Finalmente, resume varios artículos de la constitución dominicana relacionados con la protección del med
Este documento describe los derechos y deberes ambientales en Perú. Explica que los derechos ambientales incluyen el derecho a vivir en un ambiente saludable, el acceso a la información ambiental, y la participación en la toma de decisiones ambientales. También describe los principales deberes como la conservación del ambiente y el cumplimiento de las normas ambientales. Finalmente, explica conceptos como el monitoreo ambiental participativo y los estándares de calidad del agua.
Este documento trata sobre la legislación ambiental en México. Explora los conceptos fundamentales del derecho ambiental y analiza las principales leyes y organismos relacionados con la protección del medio ambiente en el país. Se divide en cuatro unidades que cubren temas como el impacto humano en el medio ambiente, el derecho ambiental mexicano, la administración pública federal del ambiente y la protección del agua como recurso natural.
El documento contrasta el derecho ecológico y el derecho ambiental. El derecho ecológico regula la relación entre los elementos del ambiente que hacen posible la existencia de los seres vivos. El derecho ambiental disciplina las conductas sobre el uso y conservación del medio ambiente para mantener el equilibrio natural y mejorar la calidad de vida. Mientras que el derecho ambiental es más amplio y protege todo lo relacionado con el medio ambiente, el derecho ecológico solo protege a los seres vivos y su interacción.
La ley establece los principios y objetivos de la política ambiental en Argentina. Los principios incluyen la precaución, la responsabilidad de los generadores de contaminación, la sustentabilidad y la participación social. Los objetivos son preservar los recursos naturales y culturales, mejorar la calidad de vida, fomentar el uso sustentable de los recursos y conservar la diversidad biológica. La ley también describe los instrumentos de la política ambiental como el ordenamiento territorial, la evaluación de impacto y la educación ambiental.
ENJ-200 Derecho Internacional del Medio AmbienteENJ
El documento describe el derecho internacional ambiental como el conjunto de principios y normas jurídicas internacionales cuyo objetivo es proteger el medio ambiente y la biosfera. Explica que este derecho se ha desarrollado a través de tratados internacionales como expresión de la voluntad de los estados. También enumera algunas organizaciones clave involucradas en la protección ambiental a nivel internacional como el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y convenciones internacionales específicas.
Este documento describe el desarrollo de la legislación ambiental en México. Comienza explicando el surgimiento del derecho ambiental como disciplina jurídica para regular las interacciones entre los seres humanos y el medio ambiente. Luego detalla algunos hitos clave en el desarrollo de la legislación ambiental mexicana, incluyendo la primera ley ambiental federal de 1971 y las reformas constitucionales de 1983 que establecieron bases para la protección ambiental. Finalmente, explica cómo la Constitución mexicana distribuye competencias ambientales entre los g
Este documento describe el derecho ambiental en Venezuela. Explica que el derecho ambiental se refiere a las normas que regulan las relaciones públicas y privadas para preservar o mejorar el medio ambiente. También describe los principios del derecho ambiental, su relación con otras ramas del derecho como el derecho administrativo y penal, y los tratados e instrumentos legales internacionales y nacionales relacionados con la protección ambiental en Venezuela.
El derecho ambiental regula las conductas que afectan el medio ambiente a través de principios y normas jurídicas. Se define como el conjunto de normas públicas y privadas destinadas a preservar o mejorar el medio ambiente libre de contaminación. Existen posiciones encontradas sobre el alcance del derecho ambiental, pero se considera que comprende los recursos naturales, accidentes naturales y problemáticas de asentamientos humanos. Además, se relaciona con el derecho público, privado, económico e internacional debido a su car
La legislación ambiental en Colombia se ha desarrollado a partir de dos disposiciones clave: el Decreto 2811 de 1974 que estableció el Código Nacional de Recursos Naturales, y la Ley 99 de 1993 que creó el Ministerio del Medio Ambiente. Estas leyes introdujeron conceptos como el derecho a un ambiente sano, la responsabilidad compartida del estado y las personas por el cuidado del ambiente, e importancia de la planificación y educación ambiental. La Constitución de 1991 y la Cumbre de Río de 1992 también influyeron en la legislación col
Este extracto de libro describe la evolución del derecho ambiental en Argentina a través de varias etapas: 1) Regulación inicial de recursos naturales, 2) Adopción de tratados internacionales y normativa provincial, 3) Reforma de la Constitución Nacional para incluir protección ambiental, y 4) Sanción de leyes de presupuestos mínimos de protección ambiental a nivel nacional. También discute cómo la gran cantidad de normas ambientales dispersas y contradictorias entre distintos niveles de gobierno llevó a una "contaminación legis
DEFINICIÓN :"El Derecho Ambiental es la rama del Derecho Público Interno o Internacional.
Además podemos definir lo como el conjunto de normas que regulan las relaciones del derecho publico y privado tendientes a preservar el medio ambiente libre de contaminación o a mejorarlo si ha sido afectado .
OBJETIVOS DEL DERECHO AMBIENTAL : Los principales objetivos del derecho ambiental son mantener un adecuado control de la contaminación y la conservación y gestión de los recursos. Sus leyes buscan la forma de proteger y cuidar el medio ambiente y al mismo tiempo la salud humana. También cuidan el aspecto económico de las leyes ambientales por medio de la prevención de externalidades que se dan en la actualidad y las que podrían darse en un futuro.
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO AMBIENTAL PERUANO : Estos Principios generales del derecho ambiental son conceptos o proposiciones de naturaleza axiológica o técnica, que informan la estructura, la forma de operación y el contenido mismo de las normas, y del mismo derecho como totalidad.
EL DERECHO AMBIENTAL Y SU RELACIÓN CON LOS DERECHOS HUMANOS : TRES GENERACIONES DE DERECHOS HUMANOS
Derechos Humanos de Primera Generación
Reclama de los Derechos Civiles y Políticos
Derechos Humanos de Segunda Generación
Solicita los Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Derechos Humanos de Tercera Generación
Adquiere importancia el Derecho al Desarrollo en un ambiente sano y equilibrado, a convivir en plaza y a compartir el legado común de la humanidad.
POLÍTICA Y GESTIÓN AMBIENTAL :
POLÍTICA : Constituyen declaraciones e interpretaciones generales.
Las políticas ambiental deben establecer los cursos de acción
Constituye el conjunto de lineamientos, objetivos, estrategias, metas, programas e instrumentos de carácter público
La Política Nacional del Ambiente es parte integrada del proceso estratégico de desarrollo del país
GESTIÓN AMBIENTAL :Conjunto de acciones políticas, regulaciones, principios y la constitucionalidad, diseñadas y ejecutadas por el Estado
Alcanzar una mejor calidad de vida y el desarrollo integral de la población .
Mecanismos orientados a la ejecución de la política ambienta
MENSAJE : LA MEJOR HERENCIA QUE LE DEJEMOS A NUESTRO HIJOS Y NIETOS ES : AMOR CONOCIMIENTO Y UN PLANETA DONDE PUEDAN VIVIR , ESTA EN NOSOTROS QUE SALVEMOS A NUESTRO HOGAR .NOSOTROS PODEMOS
DERECHO AMBIENTAL INTERNO E INTERNACIONAL, VIÉNDOLO DESDE UNA ÓPTICA CIVIL miguellugo2020
El documento habla sobre el derecho ambiental y su evolución. Explica que el derecho ambiental surgió para proteger el medio ambiente ante los efectos del desarrollo industrial. Detalla hitos como la Declaración de Estocolmo de 1972, que estableció principios clave, y la Cumbre de Río de 1992, que reconoció la relación entre medio ambiente y desarrollo. Finalmente, resume las características y principios fundamentales del derecho ambiental internacional.
DERECHO AMBIENTAL INTERNO E INTERNACIONAL, VIÉNDOLO DESDE UNA ÓPTICA CIVILmiguellugo2020
La ley es una norma dictada por el legislador, es decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia cuyo incumplimiento conlleva a una sanción. Además, es una declaración de la voluntad soberana, que manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite. Es así como se crea la ley general de medio ambiente y recursos naturales, la número 64-00, del 18 de agosto del año 2000, la misma tiene como misión proteger, preservar, controlar el medio ambiente y los recursos naturales y, por ende, sancionar penalmente las conductas relevantes cometidas por los individuos y por las personas jurídicas, cuando estas, comenten ilícitos penales y, por consiguiente, el debido resarcimiento a terceras personas que hayan sufrido un daño en lo civil.
Este documento resume los orígenes y evolución del Derecho Internacional Ambiental desde inicios del siglo XX hasta la actualidad. Aborda hitos como la Convención de París de 1902, la Declaración de Estocolmo de 1972, y la Declaración de Río de 1992. También explica las características y fuentes de este derecho, como tratados, costumbre internacional, y principios generales reconocidos.
Este documento trata sobre la legislación ambiental nicaragüense y los convenios internacionales ratificados por Nicaragua. Explica la evolución del derecho ambiental internacional y nicaragüense, incluyendo la Constitución, la Ley Ambiental 641 y los delitos penales ambientales. También resume los principales instrumentos internacionales como la Declaración de Estocolmo, la Declaración de Río y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Finalmente, analiza la relación entre el derecho público, privado y otras disciplinas en materia ambient
El documento describe brevemente la historia del desarrollo sustentable desde la postguerra hasta la actualidad. Se destacan hitos como la Conferencia de Estocolmo en 1972, el Informe Brundtland de 1987 y la Conferencia de Río en 1992, donde se definieron conceptos clave y se impulsaron acciones a nivel global. También se explica que en México se ha afectado el medio ambiente debido al desarrollo económico y existe legislación ambiental para regular el uso de los recursos naturales y proteger el equilibrio ecológico
La Declaración de Estocolmo de 1972 fue el resultado de la primera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano. Estableció 106 recomendaciones y 24 principios para promover el desarrollo sostenible y la protección ambiental. También llevó a la creación del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente.
El documento describe la evolución del derecho ambiental a nivel internacional y en la Constitución Argentina. El derecho ambiental surgió como una nueva disciplina jurídica en la década de 1970 y se consolidó en la Conferencia de Río de 1992. La Constitución Argentina de 1994 incorporó el derecho a vivir en un ambiente sano y equilibrado, estableciendo deberes para preservarlo y responsabilidades para las autoridades en su protección. Corresponde a la Nación establecer los presupuestos mínimos de protección ambiental y a
Unidad 1 de Derecho Ambiental. Conceptos generales y características del ambiente como un derecho difuso establecido en la Constitución Nacional del Paraguay de 1992.
Este documento presenta una introducción al derecho ambiental, definiendo conceptos clave como medio ambiente y derecho ambiental. Explica la evolución de esta disciplina a través de importantes conferencias y acuerdos internacionales desde la década de 1970, incluidas las Declaraciones de Estocolmo, Río de Janeiro, Johannesburgo y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. También describe los principios generales del derecho ambiental como la cooperación, prevención, desarrollo sostenible, precaución, "quien contamina paga
Este documento describe el desarrollo de la legislación ambiental en México. Comienza explicando el surgimiento del derecho ambiental como disciplina jurídica y los principales conceptos relacionados. Luego detalla las bases constitucionales de la protección ambiental en México y cómo se distribuyen las competencias entre los diferentes niveles de gobierno. Finalmente, resume brevemente la evolución de las leyes y políticas ambientales en México desde la década de 1970 hasta la actualidad.
Este documento describe el desarrollo de la legislación ambiental en México. Comienza explicando el surgimiento del derecho ambiental como disciplina jurídica y los principales conceptos relacionados. Luego detalla las bases constitucionales de la protección ambiental en México y cómo se distribuyen las competencias entre los diferentes niveles de gobierno. Finalmente, resume brevemente la evolución de las leyes y políticas ambientales en México desde la década de 1970 hasta la actualidad.
El documento resume las cinco etapas históricas del desarrollo del derecho ambiental desde los primeros instrumentos internacionales hasta la actualidad. La primera etapa abarcó desde los primeros acuerdos hasta finales de la Segunda Guerra Mundial, centrándose en la conservación. La segunda etapa comprendió desde 1945 hasta 1972, destacando la Carta de las Naciones Unidas y la Convención Ramsar. La tercera etapa comenzó luego de Estocolmo 1972, creándose organizaciones ambientales. La cuarta etapa incluyó la Conferencia de R
Leyes, tratados y acuerdos nacionales e internacionales que rigen el cuidado ...Fernando Santiago González
El documento describe los principales tratados y convenios internacionales relacionados con el medio ambiente y la protección del ambiente, incluyendo el Protocolo de Kyoto de 1997 y la Conferencia de Río de 1992. También resume brevemente la legislación ambiental en México.
Este documento discute el desarrollo del derecho ambiental como un derecho fundamental. Explica que inicialmente se consideraba al medio ambiente como un derecho subjetivo o un mandato constitucional, pero que ahora se reconoce como un deber jurídico fundamental del Estado para proteger el medio ambiente y promover el desarrollo sostenible. También destaca principios como la prevención, precaución y previsión, así como la responsabilidad por daños ambientales.
La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano de 1972 en Estocolmo fue la primera vez que se abordó la problemática ambiental global a nivel mundial. Fruto de la conferencia surgió la Declaración de Estocolmo, en la que se introdujo por primera vez la dimensión ambiental en la agenda política internacional. Aunque hubo diferencias entre los delegados, se aceptó una visión ecológica del mundo y se acordaron recomendaciones como la preservación de ecosistemas y especies en peligro. La declaración final sigue siendo una
El documento describe las fuentes del Derecho Ambiental en Venezuela. A nivel internacional, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano en 1972 y la Conferencia de Río de 1992 establecieron principios clave. A nivel interno, Venezuela ha tenido una vocación ambiental desde la creación del Ministerio del Ambiente en 1977, aunque la Constitución de 1999 fue la primera en consagrar derechos ambientales. El Derecho Ambiental comprende normas sobre protección ambiental, recursos naturales, ordenación territorial y más.
El documento describe el origen y propósito del derecho ecológico. Explica que el derecho ecológico surgió de la necesidad de regular las interacciones entre los seres vivos y el medio ambiente para evitar su destrucción. También señala que la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano de 1972 fue seminal al establecer que los bienes ambientales deben ser tutelados jurídicamente. Finalmente, resume que las principales fuentes del derecho ecológico son el derecho natural, la Constitución de Venezuela y
El documento define el derecho ambiental como la rama del derecho público que estudia las relaciones entre los seres humanos y la naturaleza, con el fin de crear normas jurídicas que preserven y protejan el medio ambiente. Explica que surgió como disciplina independiente en 1972 en la Conferencia de Estocolmo y que sus objetivos principales son evitar la contaminación, castigar delitos ambientales y tomar decisiones para lidiar con la contaminación existente de manera sostenible.
Este documento discute la falta de regulación internacional de los delitos ecológicos. Explica que aunque la Comisión de Derecho Internacional propuso inicialmente considerar los daños graves al medio ambiente como un crimen internacional, esta propuesta fue eliminada. Actualmente no existe un tratado internacional ni la Corte Penal Internacional puede juzgar delitos relacionados con el medio ambiente. El documento argumenta que se necesita mayor cooperación internacional y nuevas leyes para establecer responsabilidad y compensación por daños ambientales transfronterizos.
José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJEjecgjv
La Pedagogía Autogestionaria es un enfoque educativo que busca transformar la educación mediante la participación directa de estudiantes, profesores y padres en la gestión de todas las esferas de la vida escolar.
2. Organización del módulo
Primera parte: Concepto, origen y
desarrollo del derecho ambiental. El Derecho
Ambiental Internacional.
Segunda parte: El Derecho ambiental
argentino.
Tercera parte: Diálogo necesario entre el
Derecho agrario-derecho ambiental. Derecho
Agrario AAA y D. Agrario contemporáneo. Las
cuestiones agroambientales. Las leyes de
Presupuestos mínimos para la protección
ambiental y el productor rural.
3. Sin lugar a dudas, es posible afirmar que los años finales de
la década del ´60 y el inicio de los´70 del siglo pasado
marcaron el origen de las preocupaciones ambientales y de
la sensibilización universal hacia la naturaleza. El despertar
de la “cuestión ambiental” se dio, en primera medida, en los
países desarrollados a partir de distintos emisores de alertas
(desde científicos y políticos hasta ciudadanos) que
comenzaron a percibir y a proclamar la finitud de los
recursos naturales y la avanzada degradación ambiental.
De suma importancia ha sido la publicación del libro
Primavera Silenciosa (1962) donde novedosa y severamente
se cuestionó el uso de DDT con el auge del modelo agrícola
de la revolución verde, y en 1972 los posteriores informes
del Club de Roma que marcaron los “limites del
El despertarEl despertar
de la “de la “cuestión ambientalcuestión ambiental””
4. En este contexto, donde los conflictos ambientales no se
presentan como simples sino como complejos ni como
individuales sino como colectivos, las herramientas del
derecho clásico y su falta de competencia para solucionar
dichos conflictos originaron un replanteamiento de los
institutos clásicos del derecho (la propiedad, el daño, el
proceso, las sanciones, la fusión de lo público y de lo
privado, de lo individual y lo colectivo, de lo particular y
de lo social)
Para el profesor argentino López Alfonsín el Derecho
ambiental ha surgido y se ha desarrollado en “respuesta
a la necesidad de explotar los recursos naturales en un
marco de racionalidad, aprovechamiento sostenible y
protección del ambiente”.
5. “El derecho ambiental constituye el complejo unitario de principios
axiológicos y jurídicos, instituciones e instrumentos jurídicos de carácter
interdisciplinario, orientado a proteger los derechos ambientales de
incidencia colectiva y regular las conductas en orden a la gestión,
protección y conservación de todos los elementos naturales y culturales
que integran el medio ambiente a fin de lograr mediante una nueva ética
del desarrollo la sustentabilidad ecológica, ambiental y humana” (Alicia
Morales Lamberti)
“El derecho ambiental es una novísima rama del Derecho (un nuevo
derecho), autónomo, de matriz desconcertante, bifronte, dual o bipolar,
que presenta contenido predominantemente social, colectivo, de grupos
o de incidencia colectiva, aunque exhiba naturaleza de un derecho
personalísimo, que integra el derecho de la personalidad, un derecho
esencial, básico para la vida humana, un atributo a la personalidad o ,
mas aun, un presupuesto del desarrollo humano, a la vez que constituye
un derecho subjetivo privado/publico, con base constitucional en especial
en la legislación latinoamericana” (Néstor Cafferatta)
Derecho ambientalDerecho ambiental
Concepto, origen y evoluciónConcepto, origen y evolución
6. Para Lorenzetti …
“El derecho ambiental es
descodificante, herético, mutante:
se trata de problemas que convocan
a todas las ciencias a una nueva
fiesta, exigiéndoles un vestido
nuevo. En el caso del Derecho, la
invitación es amplia abarca lo
público y privado, lo penal y lo civil,
lo administrativo, lo procesal, sin
excluir a nadie, con la condición que
se adopten nuevas características”.
7. Es necesario destacar que fue en el PLANO
INTERNACIONAL, y con una estrecha relación con las
normas de soft law, donde el derecho ambiental encontró
su origen. Es decir, las primeras disposiciones normativas
en materia ambiental han surgido desde el derecho
internacional conformando el DERECHO INTERNACIONALDERECHO INTERNACIONAL
AMBIENTALAMBIENTAL,, para luego insertarse en los derechos
nacionales.
Al decir del jurista español, José Juste Ruiz, la protección
jurídica del ambiente no puede suscribirse a ámbitos
legales nacionales o internos y “la dimensión planetaria del
problema y necesaria cooperación a escala mundial para
abordar soluciones operativas ha dado lugar en los últimos
años a una tupida red de normas e instituciones que
configuran el llamado derecho internacional del medio
ambiente”.
EL DERECHO INTERNACIONAL AMBIENTALEL DERECHO INTERNACIONAL AMBIENTAL
(DIA)(DIA)
8. … DE LA
… A LA
El rol de los instrumentos internacionales
como fuente del Derecho Ambiental
Protección
internacional
de los
recursos naturales
Protección
sistémica del
ambiente
humano
9. Asimismo, como enseña López Alfonsín y
coinciden los autores, el DIA se ha desarrollado
a partir de distintos momentos:
1er momento - Protección internacional de los
recursos naturales: los recursos naturales son tratados
de manera aislada de la relación que mantienen con el
medio en el que se encuentran inmersos;
2do momento - Protección del ambiente: a partir de
esfuerzos de Organismos Internacionales para la defensa
del ambiente de manera global, con especial énfasis en
actividades “ultrapeligrosas”, por ejemplo, energía nuclear,
derrames de petróleo, etc. (Conf. de Estocolmo)
3er momento - El ambiente en relación con el
desarrollo humano: mayor número de documentos
internacionales (Nuestro futuro común, Carta mundial de la
naturaleza, Conferencia de Rio).
4to momento - Protección sistémica del ambiente
humano: momento actual caracterizado por la integración
de las preocupaciones ambientales en todas las esferas
humanas, tanto en el derecho como en la política.
10. Podemos afirmar que tres eventos internacionales, en la
órbita de la ONU marcaron el origen y desarrollo de esta
rama jurídica:
Estocolmo (1972) y su “Declaración de la Conferencia de
ONU sobre el Medio Humano”
Rio de Janeiro (1992) y su “Declaración sobre Medio
Ambiente y Desarrollo”
Johanesburgo (2002) y su “Declaración sobre el
Desarrollo Sostenible”
Luego, con el derecho internacional ambiental consolidado
se desarrolló la Conferencia de RIO, 20 años después que
RIO 92
Rio + 20 (2012) “Declaración El futuro que queremos”
EVOLUCION DEL
DERECHO INTERNACIONAL AMBIENTAL
11. a) En 1972
Se realizó en Estocolmo la primera Conferencia de
ONU sobre medio ambiente, en respuesta a la
creciente preocupación mundial por la degradación
ambiental.
Contemporáneamente a ésta, se presentaba ante
la comunidad internacional un estudio realizado por
el Club de Roma, que arribaba a la siguiente
conclusión: "Si el desarrollo presente en materia de
población, industrialización, polución, producción
alimenticia y depredación de materias primas
continúa sin variaciones, el límite de crecimiento
en este planeta arribará en algún momento, dentro
de los próximos cien años".
12. b) En 1992
Veinte años después de Estocolmo, en Rio de Janeiro se realizó
la “Conferencia de ONU sobre el Ambiente y Desarrollo”. Con un
tibio resultado, pero no menor. El logro más saliente del evento
fue la movilización en resguardo del "ambiente" de sectores no-
ecologistas y de los Estados que anteriormente se mostraban
indiferente ante los reclamos ambientalistas, instando la regla
de procurar niveles de desarrollo sin pobreza.
De esta conferencia resultaron cinco textos: dos tratados
internacionales (Cambio Climático y Diversidad Biológica) y tres
textos soft law declaratorios de principios (Declaración sobre
ambiente y desarrollo; Declaración sobre la Conservación y la
Explotación ecológicamente viable de Bosques y la Agenda 21)
PRINCIPIO 1
“Los seres humanos constituyen el centro de las
preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible.
Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía
con la naturaleza”
13. c) En 2002
En Johannesburgo, se realizó la Cumbre mundial de
Desarrollo Sostenible y su Declaración sobre
Desarrollo Sostenible. El documento final se basa en
los principios de los derechos humanos universales e
intenta impulsar el desarrollo sostenible en sus tres
ámbitos económico, social y ambiental. Es
considerada una débil declaración con variados
compromisos de parte de los Jefes de Estado
participantes.
“ (…) 11. Reconocemos que la erradicación de la pobreza, la
modificación de pautas insostenibles de producción y consumo
y la protección y ordenación de la base de recursos naturales
para el desarrollo social y económico son objetivos primordiales
y requisitos fundamentales de un desarrollo sostenible. (…)”.
14. d) En 2012
Finalmente, nuevamente en Rio de Janeiro pero
veinte años después, se realiza la Conferencia de Rio
+ 20 con su documento final “El futuro que
queremos”. En extensos 283 puntos se resalta el
destino del ambiente y de los seres humanos,
documento que no deja de ser un cúmulo de buenas
intenciones o de soft law y una ratificación de los
compromisos asumidos por los estados en Rio 92.
Sin embargo afirma Juste Ruiz que “los compromisos jurídicos
establecidos en los tratados medioambientales han sido
generalmente formulados en términos poco contundentes,
acompañados de matizaciones reduccionistas y de
prescripciones condicionales o, en ocasiones, abiertamente
potestativas”.
15. Continuando con lo enunciado por el jurista español Juste Ruiz, el
DIA se ha ordenado, además de los documentos internacionales,
en torno a ciertos PRINCIPIOS RECTORES que conforman sus
bases y lineamientos y que pueden considerarse como
“expresivos de una pauta de comportamiento de los sujetos del
Derecho Internacional”.
Ellos son:
1. El principio de cooperación internacional para la protección del
ambiente (Mandato 24 de la Conf. de Estocolmo y Principio 7 de la Conf.
de Rio): es el principio más general del DIA y establece el deber de todos
los estados de proteger el ambiente.
PRINCIPIO 7
Los Estados deberán cooperar con espíritu de solidaridad mundial para conservar, proteger y
restablecer la salud y la integridad del ecosistema de la Tierra. En vista de que han
contribuido en distinta medida a la degradación del medio ambiente mundial, los Estados
tienen responsabilidades comunes pero diferenciadas. Los países desarrollados reconocen la
responsabilidad que les cabe en la búsqueda internacional del desarrollo sostenible, en vista
de las presiones que sus sociedades ejercen en el medio ambiente mundial y de las
tecnologías y los recursos financieros de que disponen.
Los PRINCIPIOSLos PRINCIPIOS
del derecho ambiental internacionaldel derecho ambiental internacional
16. 2. El principio de prevención del daño transfronterizo (Mandato
21 de la Conf. de Estocolmo y el Principio 2 de la Conf. de Rio):
principio derivado de la regla máxima de la buena vecindad, la
prevención del daño ambiental “constituye una obligación
jurídicamente exigible, susceptible de generar la responsabilidad
en caso de violación” (Juste Ruiz)
PRINCIPIO 2
De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y los principios del
derecho internacional, los Estados tienen el derecho soberano de
aprovechar sus propios recursos según sus propias políticas ambientales
y de desarrollo, y la responsabilidad de velar por que las actividades
realizadas dentro de su jurisdicción o bajo su control no causen daños al
medio ambiente de otros Estados o de zonas que estén fuera de los
límites de la jurisdicción nacional.
17. 3. El principio de responsabilidad y reparación de daños
ambientales (Mandato 22 de la Conf. de Estocolmo y el Principio
13 de la Conf. de Rio): regla general del derecho internacional que
también hace eco en el ámbito ambiental, aunque con grandes
dificultades.
PRINCIPIO 13
Los Estados deberán desarrollar la legislación nacional relativa a la
responsabilidad y la indemnización respecto de las víctimas de la
contaminación y otros daños ambientales. Los Estados deberán cooperar
asimismo de manera expedita y más decidida en la elaboración de nuevas
leyes internacionales sobre responsabilidad e indemnización por los
efectos adversos de los daños ambientales causados por las actividades
realizadas dentro de su jurisdicción, o bajo su control, en zonas situadas
fuera de su jurisdicción.
18. 4. Los principios de evaluación de impacto ambiental, de
precaución y de quien contamina paga: principios modernos recién
establecidos a partir de Rio ´92.
PRINCIPIO 17
Deberá emprenderse una evaluación del impacto ambiental, en calidad de
instrumento nacional, respecto de cualquier actividad propuesta que probablemente
haya de producir un impacto negativo considerable en el medio ambiente y que este
sujeta a la decisión de una autoridad nacional competente.
Para Juste Ruiz el principio precuatorio “ha inspirado la evolución del pensamiento
científico, jurídico y político en materia ambiental”. No debe confundirse con el principio de
prevención el cual requiere la existencia de un daño cierto a fin de tomar una medida
ambiental, a diferencia del principio precautorio en el que la incertidumbre y la incerteza
científica es suficiente para su activar la acción positiva.
PRINCIPIO 15
Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente
el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de
daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá
utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en
19. El tercero de estos principios (contaminador-pagador) “persigue
que el causante de la contaminación asuma los costos de las
medidas de prevención”, -internalización de los costos-
costos que deben ser soportados por el originante de la
contaminación invirtiendo la tendencia donde el costo lo asumen
terceros no causantes de la contaminación -externalización de
los costos-.
PRINCIPIO 16
Las autoridades nacionales deberían procurar fomentar la
internalización de los costos ambientales y el uso de instrumentos
económicos, teniendo en cuenta el criterio de que el que
contamina debe, en PRINCIPIO, cargar con los costos de la
contaminación, teniendo debidamente en cuenta el interés público
y sin distorsionar el comercio ni las inversiones internacionales.
20. 5. El principio de participación del público: La participación ciudadana es
el pilar de la democracia participativa y en materia ambiental es de relevancia, este
principio nuclea otros derechos e instrumentos de protección tales como: 1) el
derecho a la información en materia ambiental, 2) el derecho a participar en la
adopción de la toma de decisiones en materia ambiental y 3) en el acceso a la
justicia. Este tríptico de derechos se ha convertido en el pilar de la democracia
participativa y se ha plasmado en numerosos instrumentos internacionales o
regionales y es uno de los principios centrales de Rio ´92:
PRINCIPIO 10
El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de
todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional,
toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio
ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre
los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como
la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los
Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la
población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse
acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos
el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes.
21. Lee atentamente el material que encontraras en la Carpeta
«Material bibliográfico obligatorio. Parte 1»
-Texto Nº 1: Juste Ruiz, J. “Evolución del Derecho Internacional
Ambiental”
-Texto Nº 2: López Alfonsín, “Fuentes del derecho ambiental”
Puedes complementar el estudio a partir de la revisión de
las Declaraciones internacionales procurando comprender
como ha sido considerada la relación hombre-naturaleza y el rol
del hombre (desde el antropocentrismo al ecocentrismo):
-3- Estocolmo (1972) “Dec. de la Conferencia de ONU sobre el
Medio Humano”
-4- Rio de Janeiro (1992) “Dec. sobre Medio Ambiente y Desarrollo”
-5- Johanesburgo (2002) “Dec. sobre el Desarrollo Sostenible”
-6- Rio + 20 (2012) “El futuro que queremos”
Antes de continuar …
22. Las modificaciones producidas en el derecho a
partir de la aparición de conflictos complejos y
colectivos y de sus intentos por resolverlos de
modo efectivo.
El surgimiento de la tutela jurídica del ambiente a
partir del Derecho Internacional y la conformación
del Derecho Internacional Ambiental.
La importancia de los instrumentos jurídicos
internacionales en materia ambiental.
La debilidad del Derecho Internacional Ambiental
a partir de sus normas soft law (no obligatorias).
Los principios del Derecho Internacional
Ambiental.
Resumen de los temas tratados en la PARTE I