2. Riesgos de trabajo: “Son los accidentes y
enfermedades a que están expuestos los
trabajadores en ejercicio o con motivo del
trabajo”
Riesgos de trabajo Accidentes laborales
Enfermedades de
trabajo
3. prorrogará su
tratamiento hasta por
En caso de enfermedad cincuenta y dos
no profesional, el Instituto semanas más, previo
otorgará al asegurado la dictamen médico.
asistencia médico
quirúrgica, farmacéutica
y hospitalaria que sea
necesaria
SEC. 2 DE LAS
PRESTACIONES EN
ESPECIE (91-95)
Las prestaciones en
especie que señala el
artículo 91 de esta Ley,
se otorgarán también Artículo 94. En
a los demás sujetos caso de
protegidos por este maternidad
seguro que se
mencionan en el
artículo 84
4. SEC. 4 DEL REGIMEN
FINANCIERO (105 –
108)
Las prestaciones en dinero
del seguro de enfermedades
y maternidad se financiarán
con una cuota del uno por
ciento sobre el salario base
de cotización
se obtendrán de las cuotas
que están obligados a cubrir
los patrones y los
trabajadores o demás sujetos
y de la contribución que
corresponda al Estado.
5. Artículo 110. Con el propósito de
proteger la salud y prevenir las
enfermedades y la discapacidad, los
servicios de medicina preventiva del
Instituto llevarán a cabo programas
de difusión para la salud, prevención
y rehabilitación
6. RAMA DE RETIRO, CESANTÍA EN EDAD
AVANZADA Y VEJEZ
CESANTÍA EN EDAD
AVANZADA
Cuando el trabajador queda
privado de trabajos remunerados
a partir de los 60 años de edad y
ha reunido las semanas de
cotización necesarias para
acceder a la pensión.
7. RAMA DE RETIRO, CESANTÍA EN EDAD
AVANZADA Y VEJEZ
CESANTÍA EN EDAD AVANZADA
LEY DE 1973
Cesantía en edad
avanzada
Edad: 60 años o más
Semanas de Cotización: 500
LEY DE 1997
(10 años)
Base de pensión: Promedio Cesantía en edad
salarial de los últimos 5 años. avanzada
Monto: De acuerdo a la tabla Edad : 60 años o más
Art.171 ( Ley anterior ) Semanas de Cotización: 1250
(24 años)
Formas de pensión: Renta
Vitalicia o Retiros
programados
8. RAMA DE RETIRO, CESANTÍA EN EDAD
AVANZADA Y VEJEZ
VEJEZ
El asegurado deberá tener 65
años o más y cumplir con las
semanas de cotización
necesarias para acceder a la
pensión correspondiente a este
ramo.
9. PRESTACIONES SOCIALES
• Fomento a la salud (cursos)
• Medicina preventiva (campañas de fomento a
la salud)
• Actividades culturales (teatros) y educativas
(escuelas)
• Actividades deportivas (centros deportivos)
• Centros vacacionales (Tiendas, etc.
10. CAPÍTULO III - DE LOS DELITOS (305-
319)
Artículo 307. Cometen el delito de
defraudación a los regímenes del
seguro social, los patrones o sus
representantes y demás sujetos
obligados que, con uso de
engaños o aprovechamiento de
errores omitan total o parcialmente
el pago de las cuotas obrero
patronales u obtengan un
beneficio indebido
Artículo 308. El delito de Con prisión de tres
defraudación a los regímenes del
seguro social, se sancionará con las meses hasta 9 años
siguientes penas: dependiendo del delito