Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La Rioja
R.a. no.009 asignacion monto caja chica
1. “AÑO DE LA PROMOCION DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMATICO”
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 009 -2014 -MPM-A.
Ayaviri, 13 de Enero del 2014.
VISTOS:
El Informe Nº 001-2014-GAG-MPM-A, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Gerente de Administración General, en el Informe Nº 001-2013-GAG-MPM-A, refiere que es necesario emitir el
acto resolutivo para el fondo para Pagos en Efectivo (Caja Chica), para el ejercicio 2014, teniendo en cuenta que el monto
asignado en el año 2013 fue de S/. 4,000.00 nuevos soles, los cuales no excedieron de 02 veces mensuales del monto asignado.
Que, a través de la Resolución de Alcaldía Nº 042-2011-MPM-A, de fecha 04 de febrero del 2011, se ha aprobado la
Directiva de Gastos de Fondo Fijo para Caja Chica Y Fondo para pago en efectivo, para el ejercicio fiscal 2011;
Que, a fin de poder cautelar y administrar los fondos fijos para caja chica y fondo para pagos en efectivo es necesario
contar con un responsable encargado de la administración conforme a las Normas y Directivas del Sistema Nacional de Tesorería
y Normas internas de la Municipalidad Provincial de Melgar-Ayaviri; con las que se garantizan la legalidad y conformidad del
manejo de Caja Chica, previa documentación sustentatoria justificando el gasto debidamente autorizado por Administrador por
las cuales se haya entregado dinero en efectivo para lograr fluidez en el proceso de adquisiciones de bienes y servicios
racionalizando los fondos asignados;
Que, estando vigente la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15, norma aprobada mediante Resolución Directoral
Nº 002-2007-EF/77.15 donde en su artículo 36º dispone sobre precisiones respecto al manejo de fondo para pagos en efectivo y
el Artículo 37 donde señala que “adicionalmente a lo señalado en el articulo precedente, podrá utilizarse el Fondo Fijo para Caja
Chica para gastos con cargo a fuentes de financiamiento distintas a la de Recursos Ordinarios. Su administración se sujeta a las
Normas Generales de Tesorería 06 y 07 aprobadas por la Resolución Directoral Nº 026-80-EF/77.15 y a las disposiciones que
regulan el fondo para pagos en efectivo en la presente Directiva;
Que, estando a lo dispuesto en el inciso a) del Artículo 36º de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15, norma
aprobada mediante Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/77.15, donde señala: El documento sustentatorio para la apertura del
Fondo para Pagos en Efectivo es la Resolución del Director General de Administración, o de quien haga sus veces, en la que se
señale la dependencia a la que se asigna el fondo, el responsable único de su administración, los responsables a quienes se
encomienda el manejo de parte de dicho fondo, el monto total del fondo el monto máximo para cada adquisición y los
procedimientos y plazos para la rendición de cuentas debidamente documentada, entre otros aspectos;
Que, conforme a la Resolución Directoral Nº 001-2011-EF/77.15, artículo 10 numeral 101) precisa que la caja chica es
un fondo en efectivo que puede ser constituido con los recursos públicos de cualquier fuente que financie el presupuesto
institucional para ser destinado únicamente a gastos menores que demanden su cancelación inmediata o que, por sus finalidad y
características no pueden ser debidamente programados In fine;
Que, estando a lo establecido en el artículo 20º inciso 20) de la ley orgánica de Municipalidades Ley nº 27972, ley nº
27444- Ley de Procedimiento Administrativo General y con visación de la Gerencia Municipal Gerencia de Administración
General y la Gerencia de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- ASIGNAR la suma de S/. 4,000.00 (Cuatro Mil y 00/100 Nuevos Soles) Fondo Fijo para cubrir
Caja Chica, de la Municipalidad Provincial de Melgar, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados
ARTICULO SEGUNDO.- ENCOMENDAR al responsable del fondo Fijo para Caja Chica y fondos para pago en Efectivo,
bajo responsabilidad llevar un registro auxiliar contable de forma obligatoria, para las operaciones a ejecutarse, y para solicitar la
reposición oportuna del Fondo deberá tener en cuenta que el gasto en el mes con cargo a dicho fondo no debe excede de dos (02)
veces el monto constituido.
ARTICULO TERCERO.- ASIGNAR hasta por la suma equivalente al 10% de la UIT, para la atención de Gastos Menudos,
urgentes y de rápida cancelación y exclusivamente el pago de viáticos no programables, siendo sus distribución y rubro las que se
detalla en el Informe Nº 017-2013-GPPR, la misma que forma cono anexo de la presente.
ARTICULO CUARTO.- DISPONER el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia Municipal, Gerencia de
Administración General, y demás dependencias de la Municipalidad Provincial de Melgar, conforme a sus competencias.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
LHH/A
WCH/GSG
C.C.
GM
GAG
ARCH.
Jr. Tacna No.562- Melgar-Ayaviri- Puno Teléfono: (051) 563061- Telefax (051) 563140 Apartado No.43
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