El documento analiza la relación entre derecho y moral desde la perspectiva de lo público y lo privado. El autor critica la noción de Rawls de que la ética pública debe ser meramente procedimental y sin contenidos, argumentando que ciertos contenidos son necesarios para lo público. Propone que la ética pública debe construirse a partir de las convicciones privadas de los ciudadanos, entretejiendo una relación positiva entre verdad y consenso.