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Vicerrectoría Académica

                 RECALENDARIZACION PRIMER SEMESTRE


ANTECENTES

La propuesta, informada a la comunidad universitaria, considera que a partir del día 26
de septiembre de 2011 se reiniciarán las actividades de cierre del primer semestre las
que deben culminar formalmente el 07 de octubre.
No cumplir con este plazo implicará de acuerdo con lo dispuesto por el MINEDUC que
muchos estudiantes perderán sus beneficios JUNAEB y no se transferirán los recursos
correspondientes a becas y créditos de aranceles. De acuerdo con lo anterior resulta
necesario establecer un proceso de finalización de las actividades que permita cumplir
con el objetivo de realizar los dos semestres lectivos contemplados para el año 2011.
Cualquiera sea el escenario elegido para cumplir este objetivo se requiere trabajar todo
el mes de enero y finalizar el segundo semestre 2011 durante las primeras semanas del
mes de marzo de 2012, atendiendo a la situación específica de cada carrera, facultad o
sede.

Información por macrounidad

Facultad                      Semanas necesarias para finalizar el primer semestre
Medicina                      Tres semanas en promedio
Ciencias                      Cuatro semanas en promedio
Ciencias Veterinarias         Tres semanas
Ciencias Forestales           Tres semanas
Ciencias Agrarias             Tres semanas
Filosofía y Humanidades       Tres semanas en promedio
Ciencias de la Ingeniería     Cuatro semanas intensivas
Ciencias Económicas           Tres semanas en promedio
Ciencias Jurídicas            Tres semanas
Artes Visuales                Cuatro Semanas
Conservatorio de Música       Semestre finalizado
Sede Puerto Montt             Tres semanas
Campus Clínico Osorno         Semestre finalizado
Bachilleratos Coyhaique       Semestre finalizado

Considerando los criterios de flexibilidad propuestos en este documento se aspira a
reducir los plazos en el menos una semana.



CALENDARIO ACADÉMICO

Septiembre

Martes 20 al Viernes 23      Período de planificación del cierre del Primer Semestre
Viernes 23                   Publicación en las facultades del calendario de
                             evaluaciones.

                                                                                      1
Lunes 26                    Inicio de las actividades de cierre del Primer Semestre

Octubre

Viernes 07                  Finalización formal de las actividades de cierre del Primer
                            Semestre
Martes 11                   Inicio Segundo Semestre, según carreras y facultades.
Martes 11 a Viernes 21      Finalización actividades y evaluaciones pendientes
                            correspondientes al Primer Semestre
Lunes 24                    Último plazo para el ingreso de las evaluaciones finales
                            Primer Semestre


PLAN DE TRABAJO

   1. Planificar el proceso de cierre de las actividades del primer semestre para el día
       lunes 26 de septiembre. De este modo, la semana del 20 al 24 de septiembre
       servirá para informar y normalizar el calendario de finalización del primer
       semestre, así como para establecer mecanismos flexibles de cierre de asignaturas
       los que serán informados a los estudiantes el día miércoles 21 de septiembre.
   2. Considerando la situación heterogénea en el avance del primer semestre según
       cada Facultad, se autorizará establecer programaciones diferenciadas y se
       generarán mecanismos de flexibilidad académica para la aplicación de las
       evaluaciones, las que deberán ser debidamente informadas a los estudiantes.
   3. Las autoridades de la Universidad, decanos y directivos de todas las
       macrounidades deberán a informar a sus comunidades de académicos,
       estudiantes y funcionarios las fechas y plazos de finalización de actividades
       lectivas y evaluaciones.
   4. Los claustros de instituto se reunirán durante la semana del 20 de septiembre
       para implementar el cierre de las actividades del primer semestre. Para ello se
       deberá elaborar un plan de trabajo para el término del primer semestre que
       contenga contenidos, evaluaciones y períodos de cierre por asignatura.
   5. Este plan de trabajo debe ser dirigido a más tardar el viernes 23 de septiembre al
       decano, quien lo dirigirá a la Dirección de Estudios de Pregrado, con copia a
       Vicerrectoría Académica.
   6. Las Facultades cautelarán que las actividades académicas se desarrollen con los
       estándares de calidad que se utilizan en un periodo lectivo ordinario.
   7. La Dirección de Estudios de Pregrado informará las fechas y procedimientos
       administrativos correspondientes al registro y control académico.
   8. La reprogramación de las actividades docentes deberá considerar que se
       seguirán otorgando facilidades para que los estudiantes y la comunidad
       universitaria pueda seguir participando en la solución del conflicto de la
       Educación Superior en el país.
   9. A partir del Martes 11 de octubre las facultades podrán reprogramar actividades
       académicas correspondientes al Segundo Semestre, las que serán informadas a la
       Dirección de Estudios de Pregrado, con copia a Vicerrectoría Académica.
   10. La fecha formal de finalización del Segundo Semestre corresponderá al día
       viernes 27 de enero de 2012. Aquellas facultades que así lo requieran podrán
       finalizar sus actividades correspondientes al Segundo Semestre hasta el día 16


                                                                                      2
de marzo de 2012, pudiendo también programar en este período actividades
     correspondientes al mes de enero.

BECAS Y BENEFICIOS
DIRECCION DE ASUNTOS ESTUDIANTILES

  1. Con el propósito de que los alumnos puedan regularizar su situación en cuanto a
     becas, créditos y beneficios, que tienen plazos definidos para su mantención y/o
     renovación, la Dirección de Asuntos Estudiantiles dará a conocer un instructivo
     que detalle cómo se llevará a cabo este proceso.
  2. En cuanto a la renovación de beneficios ministeriales para el año 2012, se velará
     porque la situación de excepción no afecte el cálculo de avance académico
     requerido según cada beneficio.
  3. El mismo principio regirá para los beneficios y becas otorgados por la propia
     Universidad.
  4. La Dirección de Asuntos Estudiantiles a través de correo electrónico e Intranet
     recibirá consultas respecto a este proceso de cierre de primer semestre 2011 que
     sean de interés general.


MECANISMOS DE FLEXIBILIDAD ACADEMICA
DIRECCION DE ESTUDIOS DE PREGRADO

  1. Finalización de asignaturas con evaluaciones pendientes. Los profesores
     responsables de cada asignatura, en base a las evaluaciones realizadas y a los
     objetivos académicos que se alcanzaron a cubrir hasta esa fecha, pueden
     considerar algunas de las siguientes opciones:
  a) Ofrecer cerrar la asignatura con nota de aprobación a los estudiantes que
     cumplan con los siguientes requisitos: haber completado los contenidos de la
     asignatura y tener pendiente sólo la calificación o examen final.
  b) En el caso de existir más de una evaluación pendiente, ofrecer sólo una
     evaluación final acumulativa a los estudiantes, cuya ponderación será
     equivalente al porcentaje pendiente de la Calificación Final.

  2. Finalización de asignaturas con contenidos pendientes. En el caso de
     asignaturas con clases pendientes superiores a dos semanas lectivas, el Profesor
     Responsable podrá dejar la asignatura en condición académica Pendiente (P)
     hasta completar las clases y evaluaciones. El período de finalización no podrá
     exceder del día viernes 21 de octubre.

  3. Independientemente de lo anterior, el estudiante tendrá la opción de optar por
     alguna de las siguientes opciones consideradas en el Reglamento Académico
     Estudiantil y que, dada la situación actual, escapan a la responsabilidad del
     propio estudiante:

     a) Anulación de asignaturas por parte de los estudiantes. Los estudiantes
        podrán hacer uso del ARTÍCULO 40 del Reglamento Académico Estudiantil
        hasta el día lunes 03 de octubre. Dicha anulación no será considerada para
        efectos de la mantención de este derecho en futuras anulaciones.


                                                                                    3
b) Anulación de asignaturas por parte de las escuelas. Las Escuelas podrán
   aplicar, por solicitud de los estudiantes, el Artículo 40 del Reglamento
   Académico Estudiantil hasta el día lunes 03 de octubre. Dicha anulación no
   será considerada para efectos de la mantención de este derecho en futuras
   anulaciones.

   ARTICULO 40: “El estudiante podrá anular, sin expresión de causa, sólo
   una asignatura o módulo hasta cuarenta y cinco días antes del término del
   período académico. En el caso de las asignaturas o módulos anuales este
   plazo será de al menos noventa días. Este derecho podrá ejercerse sólo por
   una vez para una misma asignatura o módulo durante el transcurso de la
   carrera.”
   “La Dirección de Escuela podrá anular, por razones calificadas y con
   solicitud fundada, hasta un total del 50% de las asignaturas o módulos
   inscritos por el estudiante. Esta solicitud podrá ser presentada hasta treinta
   días antes del término del período lectivo.”

c) Asignaturas en situación Pendiente. En caso que el estudiante no haga uso
   de ninguna de estas opciones quedará en situación de Pendiente hasta el día
   viernes 21 de octubre. En caso de no regularizar su situación a esa fecha el
   Profesor Responsable procederá a promediar las calificaciones registradas
   hasta esa fecha y aquellas no rendidas. Lo anterior incluye a los estudiantes
   que teniendo nota de aprobación no se presenten a las evaluaciones y
   decidan quedar en condición de Pendiente.

a) Asistencia a clases y evaluaciones. Los profesores y las direcciones de
   escuela aplicarán con flexibilidad los ARTÍCULOS 24 y 25 del Reglamento
   Académico Estudiantil, no aplicando el requisito de asistencia para clases
   teóricas. Este beneficio se hará extensivo a los estudiantes adscritos al
   Reglamento Académico Estudiantil antiguo.

   ARTICULO 24: “La asistencia para la modalidad teórica será libre. No
   obstante, el profesor responsable de la asignatura podrá exigir un porcentaje
   de asistencia diferente, no superior al 70%, aprobado por la Dirección de la
   Escuela y consignado en el Programa de la asignatura o módulo. En caso de
   superar el porcentaje de inasistencia permitido, el estudiante podrá justificar
   en base a razones fundadas esta situación ante la Dirección de Escuela, a más
   tardar dentro de los tres días hábiles siguientes de ocurrida la ausencia.”

   ARTÍCULO 25. “La asistencia a trabajos de laboratorio, talleres, tutorías,
   seminarios u otras actividades prácticas contempladas en el Programa del
   curso será de al menos un 80%. En caso de superar el porcentaje de
   inasistencia permitido, el estudiante deberá justificar su inasistencia en base
   a razones fundadas ante la Dirección de Escuela a más tardar dentro de los
   tres días hábiles siguientes de ocurrida la ausencia.”

b) Eliminación de estudiantes. La Dirección de Estudios de Pregrado no
   aplicará las causales de eliminación de estudiantes contempladas en el
   Reglamento Académico Estudiantil, por reprobación de asignaturas
   correspondientes al primer semestre, salvo situaciones debidamente

                                                                                4
fundamentadas por las escuelas, , las que serán evaluadas por la Comisión
   Académica y resueltas por la Dirección de Estudios de Pregrado.

c) Información a estudiantes. Para todos los efectos anteriores, los estudiantes
   serán informados de estas medidas a través de Infoalumnos y contactados
   por sus respectivos profesores a través de correos electrónicos o Intranet. Sin
   perjuicio de lo anterior, el estudiante deberá estar permanentemente atento a
   la información que se distribuya por los medios oficiales.

d) Situaciones especiales. Es importante recalcar que, dada la diversidad de
   situaciones en cada una de las asignaturas, toda situación que escape a estos
   lineamientos generales deberá ser resuelta entre el profesor responsable y el
   estudiante, y cuando corresponda por el Director de Escuela. En el caso de
   los estudiantes de primer año, se hace especial énfasis en que se contacten
   con su Director de Escuela, quien les orientará respecto de los criterios
   expuestos en este documento.




                                                                                5

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Recalendarizacion primer semestre (1)

  • 1. Vicerrectoría Académica RECALENDARIZACION PRIMER SEMESTRE ANTECENTES La propuesta, informada a la comunidad universitaria, considera que a partir del día 26 de septiembre de 2011 se reiniciarán las actividades de cierre del primer semestre las que deben culminar formalmente el 07 de octubre. No cumplir con este plazo implicará de acuerdo con lo dispuesto por el MINEDUC que muchos estudiantes perderán sus beneficios JUNAEB y no se transferirán los recursos correspondientes a becas y créditos de aranceles. De acuerdo con lo anterior resulta necesario establecer un proceso de finalización de las actividades que permita cumplir con el objetivo de realizar los dos semestres lectivos contemplados para el año 2011. Cualquiera sea el escenario elegido para cumplir este objetivo se requiere trabajar todo el mes de enero y finalizar el segundo semestre 2011 durante las primeras semanas del mes de marzo de 2012, atendiendo a la situación específica de cada carrera, facultad o sede. Información por macrounidad Facultad Semanas necesarias para finalizar el primer semestre Medicina Tres semanas en promedio Ciencias Cuatro semanas en promedio Ciencias Veterinarias Tres semanas Ciencias Forestales Tres semanas Ciencias Agrarias Tres semanas Filosofía y Humanidades Tres semanas en promedio Ciencias de la Ingeniería Cuatro semanas intensivas Ciencias Económicas Tres semanas en promedio Ciencias Jurídicas Tres semanas Artes Visuales Cuatro Semanas Conservatorio de Música Semestre finalizado Sede Puerto Montt Tres semanas Campus Clínico Osorno Semestre finalizado Bachilleratos Coyhaique Semestre finalizado Considerando los criterios de flexibilidad propuestos en este documento se aspira a reducir los plazos en el menos una semana. CALENDARIO ACADÉMICO Septiembre Martes 20 al Viernes 23 Período de planificación del cierre del Primer Semestre Viernes 23 Publicación en las facultades del calendario de evaluaciones. 1
  • 2. Lunes 26 Inicio de las actividades de cierre del Primer Semestre Octubre Viernes 07 Finalización formal de las actividades de cierre del Primer Semestre Martes 11 Inicio Segundo Semestre, según carreras y facultades. Martes 11 a Viernes 21 Finalización actividades y evaluaciones pendientes correspondientes al Primer Semestre Lunes 24 Último plazo para el ingreso de las evaluaciones finales Primer Semestre PLAN DE TRABAJO 1. Planificar el proceso de cierre de las actividades del primer semestre para el día lunes 26 de septiembre. De este modo, la semana del 20 al 24 de septiembre servirá para informar y normalizar el calendario de finalización del primer semestre, así como para establecer mecanismos flexibles de cierre de asignaturas los que serán informados a los estudiantes el día miércoles 21 de septiembre. 2. Considerando la situación heterogénea en el avance del primer semestre según cada Facultad, se autorizará establecer programaciones diferenciadas y se generarán mecanismos de flexibilidad académica para la aplicación de las evaluaciones, las que deberán ser debidamente informadas a los estudiantes. 3. Las autoridades de la Universidad, decanos y directivos de todas las macrounidades deberán a informar a sus comunidades de académicos, estudiantes y funcionarios las fechas y plazos de finalización de actividades lectivas y evaluaciones. 4. Los claustros de instituto se reunirán durante la semana del 20 de septiembre para implementar el cierre de las actividades del primer semestre. Para ello se deberá elaborar un plan de trabajo para el término del primer semestre que contenga contenidos, evaluaciones y períodos de cierre por asignatura. 5. Este plan de trabajo debe ser dirigido a más tardar el viernes 23 de septiembre al decano, quien lo dirigirá a la Dirección de Estudios de Pregrado, con copia a Vicerrectoría Académica. 6. Las Facultades cautelarán que las actividades académicas se desarrollen con los estándares de calidad que se utilizan en un periodo lectivo ordinario. 7. La Dirección de Estudios de Pregrado informará las fechas y procedimientos administrativos correspondientes al registro y control académico. 8. La reprogramación de las actividades docentes deberá considerar que se seguirán otorgando facilidades para que los estudiantes y la comunidad universitaria pueda seguir participando en la solución del conflicto de la Educación Superior en el país. 9. A partir del Martes 11 de octubre las facultades podrán reprogramar actividades académicas correspondientes al Segundo Semestre, las que serán informadas a la Dirección de Estudios de Pregrado, con copia a Vicerrectoría Académica. 10. La fecha formal de finalización del Segundo Semestre corresponderá al día viernes 27 de enero de 2012. Aquellas facultades que así lo requieran podrán finalizar sus actividades correspondientes al Segundo Semestre hasta el día 16 2
  • 3. de marzo de 2012, pudiendo también programar en este período actividades correspondientes al mes de enero. BECAS Y BENEFICIOS DIRECCION DE ASUNTOS ESTUDIANTILES 1. Con el propósito de que los alumnos puedan regularizar su situación en cuanto a becas, créditos y beneficios, que tienen plazos definidos para su mantención y/o renovación, la Dirección de Asuntos Estudiantiles dará a conocer un instructivo que detalle cómo se llevará a cabo este proceso. 2. En cuanto a la renovación de beneficios ministeriales para el año 2012, se velará porque la situación de excepción no afecte el cálculo de avance académico requerido según cada beneficio. 3. El mismo principio regirá para los beneficios y becas otorgados por la propia Universidad. 4. La Dirección de Asuntos Estudiantiles a través de correo electrónico e Intranet recibirá consultas respecto a este proceso de cierre de primer semestre 2011 que sean de interés general. MECANISMOS DE FLEXIBILIDAD ACADEMICA DIRECCION DE ESTUDIOS DE PREGRADO 1. Finalización de asignaturas con evaluaciones pendientes. Los profesores responsables de cada asignatura, en base a las evaluaciones realizadas y a los objetivos académicos que se alcanzaron a cubrir hasta esa fecha, pueden considerar algunas de las siguientes opciones: a) Ofrecer cerrar la asignatura con nota de aprobación a los estudiantes que cumplan con los siguientes requisitos: haber completado los contenidos de la asignatura y tener pendiente sólo la calificación o examen final. b) En el caso de existir más de una evaluación pendiente, ofrecer sólo una evaluación final acumulativa a los estudiantes, cuya ponderación será equivalente al porcentaje pendiente de la Calificación Final. 2. Finalización de asignaturas con contenidos pendientes. En el caso de asignaturas con clases pendientes superiores a dos semanas lectivas, el Profesor Responsable podrá dejar la asignatura en condición académica Pendiente (P) hasta completar las clases y evaluaciones. El período de finalización no podrá exceder del día viernes 21 de octubre. 3. Independientemente de lo anterior, el estudiante tendrá la opción de optar por alguna de las siguientes opciones consideradas en el Reglamento Académico Estudiantil y que, dada la situación actual, escapan a la responsabilidad del propio estudiante: a) Anulación de asignaturas por parte de los estudiantes. Los estudiantes podrán hacer uso del ARTÍCULO 40 del Reglamento Académico Estudiantil hasta el día lunes 03 de octubre. Dicha anulación no será considerada para efectos de la mantención de este derecho en futuras anulaciones. 3
  • 4. b) Anulación de asignaturas por parte de las escuelas. Las Escuelas podrán aplicar, por solicitud de los estudiantes, el Artículo 40 del Reglamento Académico Estudiantil hasta el día lunes 03 de octubre. Dicha anulación no será considerada para efectos de la mantención de este derecho en futuras anulaciones. ARTICULO 40: “El estudiante podrá anular, sin expresión de causa, sólo una asignatura o módulo hasta cuarenta y cinco días antes del término del período académico. En el caso de las asignaturas o módulos anuales este plazo será de al menos noventa días. Este derecho podrá ejercerse sólo por una vez para una misma asignatura o módulo durante el transcurso de la carrera.” “La Dirección de Escuela podrá anular, por razones calificadas y con solicitud fundada, hasta un total del 50% de las asignaturas o módulos inscritos por el estudiante. Esta solicitud podrá ser presentada hasta treinta días antes del término del período lectivo.” c) Asignaturas en situación Pendiente. En caso que el estudiante no haga uso de ninguna de estas opciones quedará en situación de Pendiente hasta el día viernes 21 de octubre. En caso de no regularizar su situación a esa fecha el Profesor Responsable procederá a promediar las calificaciones registradas hasta esa fecha y aquellas no rendidas. Lo anterior incluye a los estudiantes que teniendo nota de aprobación no se presenten a las evaluaciones y decidan quedar en condición de Pendiente. a) Asistencia a clases y evaluaciones. Los profesores y las direcciones de escuela aplicarán con flexibilidad los ARTÍCULOS 24 y 25 del Reglamento Académico Estudiantil, no aplicando el requisito de asistencia para clases teóricas. Este beneficio se hará extensivo a los estudiantes adscritos al Reglamento Académico Estudiantil antiguo. ARTICULO 24: “La asistencia para la modalidad teórica será libre. No obstante, el profesor responsable de la asignatura podrá exigir un porcentaje de asistencia diferente, no superior al 70%, aprobado por la Dirección de la Escuela y consignado en el Programa de la asignatura o módulo. En caso de superar el porcentaje de inasistencia permitido, el estudiante podrá justificar en base a razones fundadas esta situación ante la Dirección de Escuela, a más tardar dentro de los tres días hábiles siguientes de ocurrida la ausencia.” ARTÍCULO 25. “La asistencia a trabajos de laboratorio, talleres, tutorías, seminarios u otras actividades prácticas contempladas en el Programa del curso será de al menos un 80%. En caso de superar el porcentaje de inasistencia permitido, el estudiante deberá justificar su inasistencia en base a razones fundadas ante la Dirección de Escuela a más tardar dentro de los tres días hábiles siguientes de ocurrida la ausencia.” b) Eliminación de estudiantes. La Dirección de Estudios de Pregrado no aplicará las causales de eliminación de estudiantes contempladas en el Reglamento Académico Estudiantil, por reprobación de asignaturas correspondientes al primer semestre, salvo situaciones debidamente 4
  • 5. fundamentadas por las escuelas, , las que serán evaluadas por la Comisión Académica y resueltas por la Dirección de Estudios de Pregrado. c) Información a estudiantes. Para todos los efectos anteriores, los estudiantes serán informados de estas medidas a través de Infoalumnos y contactados por sus respectivos profesores a través de correos electrónicos o Intranet. Sin perjuicio de lo anterior, el estudiante deberá estar permanentemente atento a la información que se distribuya por los medios oficiales. d) Situaciones especiales. Es importante recalcar que, dada la diversidad de situaciones en cada una de las asignaturas, toda situación que escape a estos lineamientos generales deberá ser resuelta entre el profesor responsable y el estudiante, y cuando corresponda por el Director de Escuela. En el caso de los estudiantes de primer año, se hace especial énfasis en que se contacten con su Director de Escuela, quien les orientará respecto de los criterios expuestos en este documento. 5