texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
Recalendarizacion primer semestre (1)
1. Vicerrectoría Académica
RECALENDARIZACION PRIMER SEMESTRE
ANTECENTES
La propuesta, informada a la comunidad universitaria, considera que a partir del día 26
de septiembre de 2011 se reiniciarán las actividades de cierre del primer semestre las
que deben culminar formalmente el 07 de octubre.
No cumplir con este plazo implicará de acuerdo con lo dispuesto por el MINEDUC que
muchos estudiantes perderán sus beneficios JUNAEB y no se transferirán los recursos
correspondientes a becas y créditos de aranceles. De acuerdo con lo anterior resulta
necesario establecer un proceso de finalización de las actividades que permita cumplir
con el objetivo de realizar los dos semestres lectivos contemplados para el año 2011.
Cualquiera sea el escenario elegido para cumplir este objetivo se requiere trabajar todo
el mes de enero y finalizar el segundo semestre 2011 durante las primeras semanas del
mes de marzo de 2012, atendiendo a la situación específica de cada carrera, facultad o
sede.
Información por macrounidad
Facultad Semanas necesarias para finalizar el primer semestre
Medicina Tres semanas en promedio
Ciencias Cuatro semanas en promedio
Ciencias Veterinarias Tres semanas
Ciencias Forestales Tres semanas
Ciencias Agrarias Tres semanas
Filosofía y Humanidades Tres semanas en promedio
Ciencias de la Ingeniería Cuatro semanas intensivas
Ciencias Económicas Tres semanas en promedio
Ciencias Jurídicas Tres semanas
Artes Visuales Cuatro Semanas
Conservatorio de Música Semestre finalizado
Sede Puerto Montt Tres semanas
Campus Clínico Osorno Semestre finalizado
Bachilleratos Coyhaique Semestre finalizado
Considerando los criterios de flexibilidad propuestos en este documento se aspira a
reducir los plazos en el menos una semana.
CALENDARIO ACADÉMICO
Septiembre
Martes 20 al Viernes 23 Período de planificación del cierre del Primer Semestre
Viernes 23 Publicación en las facultades del calendario de
evaluaciones.
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2. Lunes 26 Inicio de las actividades de cierre del Primer Semestre
Octubre
Viernes 07 Finalización formal de las actividades de cierre del Primer
Semestre
Martes 11 Inicio Segundo Semestre, según carreras y facultades.
Martes 11 a Viernes 21 Finalización actividades y evaluaciones pendientes
correspondientes al Primer Semestre
Lunes 24 Último plazo para el ingreso de las evaluaciones finales
Primer Semestre
PLAN DE TRABAJO
1. Planificar el proceso de cierre de las actividades del primer semestre para el día
lunes 26 de septiembre. De este modo, la semana del 20 al 24 de septiembre
servirá para informar y normalizar el calendario de finalización del primer
semestre, así como para establecer mecanismos flexibles de cierre de asignaturas
los que serán informados a los estudiantes el día miércoles 21 de septiembre.
2. Considerando la situación heterogénea en el avance del primer semestre según
cada Facultad, se autorizará establecer programaciones diferenciadas y se
generarán mecanismos de flexibilidad académica para la aplicación de las
evaluaciones, las que deberán ser debidamente informadas a los estudiantes.
3. Las autoridades de la Universidad, decanos y directivos de todas las
macrounidades deberán a informar a sus comunidades de académicos,
estudiantes y funcionarios las fechas y plazos de finalización de actividades
lectivas y evaluaciones.
4. Los claustros de instituto se reunirán durante la semana del 20 de septiembre
para implementar el cierre de las actividades del primer semestre. Para ello se
deberá elaborar un plan de trabajo para el término del primer semestre que
contenga contenidos, evaluaciones y períodos de cierre por asignatura.
5. Este plan de trabajo debe ser dirigido a más tardar el viernes 23 de septiembre al
decano, quien lo dirigirá a la Dirección de Estudios de Pregrado, con copia a
Vicerrectoría Académica.
6. Las Facultades cautelarán que las actividades académicas se desarrollen con los
estándares de calidad que se utilizan en un periodo lectivo ordinario.
7. La Dirección de Estudios de Pregrado informará las fechas y procedimientos
administrativos correspondientes al registro y control académico.
8. La reprogramación de las actividades docentes deberá considerar que se
seguirán otorgando facilidades para que los estudiantes y la comunidad
universitaria pueda seguir participando en la solución del conflicto de la
Educación Superior en el país.
9. A partir del Martes 11 de octubre las facultades podrán reprogramar actividades
académicas correspondientes al Segundo Semestre, las que serán informadas a la
Dirección de Estudios de Pregrado, con copia a Vicerrectoría Académica.
10. La fecha formal de finalización del Segundo Semestre corresponderá al día
viernes 27 de enero de 2012. Aquellas facultades que así lo requieran podrán
finalizar sus actividades correspondientes al Segundo Semestre hasta el día 16
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3. de marzo de 2012, pudiendo también programar en este período actividades
correspondientes al mes de enero.
BECAS Y BENEFICIOS
DIRECCION DE ASUNTOS ESTUDIANTILES
1. Con el propósito de que los alumnos puedan regularizar su situación en cuanto a
becas, créditos y beneficios, que tienen plazos definidos para su mantención y/o
renovación, la Dirección de Asuntos Estudiantiles dará a conocer un instructivo
que detalle cómo se llevará a cabo este proceso.
2. En cuanto a la renovación de beneficios ministeriales para el año 2012, se velará
porque la situación de excepción no afecte el cálculo de avance académico
requerido según cada beneficio.
3. El mismo principio regirá para los beneficios y becas otorgados por la propia
Universidad.
4. La Dirección de Asuntos Estudiantiles a través de correo electrónico e Intranet
recibirá consultas respecto a este proceso de cierre de primer semestre 2011 que
sean de interés general.
MECANISMOS DE FLEXIBILIDAD ACADEMICA
DIRECCION DE ESTUDIOS DE PREGRADO
1. Finalización de asignaturas con evaluaciones pendientes. Los profesores
responsables de cada asignatura, en base a las evaluaciones realizadas y a los
objetivos académicos que se alcanzaron a cubrir hasta esa fecha, pueden
considerar algunas de las siguientes opciones:
a) Ofrecer cerrar la asignatura con nota de aprobación a los estudiantes que
cumplan con los siguientes requisitos: haber completado los contenidos de la
asignatura y tener pendiente sólo la calificación o examen final.
b) En el caso de existir más de una evaluación pendiente, ofrecer sólo una
evaluación final acumulativa a los estudiantes, cuya ponderación será
equivalente al porcentaje pendiente de la Calificación Final.
2. Finalización de asignaturas con contenidos pendientes. En el caso de
asignaturas con clases pendientes superiores a dos semanas lectivas, el Profesor
Responsable podrá dejar la asignatura en condición académica Pendiente (P)
hasta completar las clases y evaluaciones. El período de finalización no podrá
exceder del día viernes 21 de octubre.
3. Independientemente de lo anterior, el estudiante tendrá la opción de optar por
alguna de las siguientes opciones consideradas en el Reglamento Académico
Estudiantil y que, dada la situación actual, escapan a la responsabilidad del
propio estudiante:
a) Anulación de asignaturas por parte de los estudiantes. Los estudiantes
podrán hacer uso del ARTÍCULO 40 del Reglamento Académico Estudiantil
hasta el día lunes 03 de octubre. Dicha anulación no será considerada para
efectos de la mantención de este derecho en futuras anulaciones.
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4. b) Anulación de asignaturas por parte de las escuelas. Las Escuelas podrán
aplicar, por solicitud de los estudiantes, el Artículo 40 del Reglamento
Académico Estudiantil hasta el día lunes 03 de octubre. Dicha anulación no
será considerada para efectos de la mantención de este derecho en futuras
anulaciones.
ARTICULO 40: “El estudiante podrá anular, sin expresión de causa, sólo
una asignatura o módulo hasta cuarenta y cinco días antes del término del
período académico. En el caso de las asignaturas o módulos anuales este
plazo será de al menos noventa días. Este derecho podrá ejercerse sólo por
una vez para una misma asignatura o módulo durante el transcurso de la
carrera.”
“La Dirección de Escuela podrá anular, por razones calificadas y con
solicitud fundada, hasta un total del 50% de las asignaturas o módulos
inscritos por el estudiante. Esta solicitud podrá ser presentada hasta treinta
días antes del término del período lectivo.”
c) Asignaturas en situación Pendiente. En caso que el estudiante no haga uso
de ninguna de estas opciones quedará en situación de Pendiente hasta el día
viernes 21 de octubre. En caso de no regularizar su situación a esa fecha el
Profesor Responsable procederá a promediar las calificaciones registradas
hasta esa fecha y aquellas no rendidas. Lo anterior incluye a los estudiantes
que teniendo nota de aprobación no se presenten a las evaluaciones y
decidan quedar en condición de Pendiente.
a) Asistencia a clases y evaluaciones. Los profesores y las direcciones de
escuela aplicarán con flexibilidad los ARTÍCULOS 24 y 25 del Reglamento
Académico Estudiantil, no aplicando el requisito de asistencia para clases
teóricas. Este beneficio se hará extensivo a los estudiantes adscritos al
Reglamento Académico Estudiantil antiguo.
ARTICULO 24: “La asistencia para la modalidad teórica será libre. No
obstante, el profesor responsable de la asignatura podrá exigir un porcentaje
de asistencia diferente, no superior al 70%, aprobado por la Dirección de la
Escuela y consignado en el Programa de la asignatura o módulo. En caso de
superar el porcentaje de inasistencia permitido, el estudiante podrá justificar
en base a razones fundadas esta situación ante la Dirección de Escuela, a más
tardar dentro de los tres días hábiles siguientes de ocurrida la ausencia.”
ARTÍCULO 25. “La asistencia a trabajos de laboratorio, talleres, tutorías,
seminarios u otras actividades prácticas contempladas en el Programa del
curso será de al menos un 80%. En caso de superar el porcentaje de
inasistencia permitido, el estudiante deberá justificar su inasistencia en base
a razones fundadas ante la Dirección de Escuela a más tardar dentro de los
tres días hábiles siguientes de ocurrida la ausencia.”
b) Eliminación de estudiantes. La Dirección de Estudios de Pregrado no
aplicará las causales de eliminación de estudiantes contempladas en el
Reglamento Académico Estudiantil, por reprobación de asignaturas
correspondientes al primer semestre, salvo situaciones debidamente
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5. fundamentadas por las escuelas, , las que serán evaluadas por la Comisión
Académica y resueltas por la Dirección de Estudios de Pregrado.
c) Información a estudiantes. Para todos los efectos anteriores, los estudiantes
serán informados de estas medidas a través de Infoalumnos y contactados
por sus respectivos profesores a través de correos electrónicos o Intranet. Sin
perjuicio de lo anterior, el estudiante deberá estar permanentemente atento a
la información que se distribuya por los medios oficiales.
d) Situaciones especiales. Es importante recalcar que, dada la diversidad de
situaciones en cada una de las asignaturas, toda situación que escape a estos
lineamientos generales deberá ser resuelta entre el profesor responsable y el
estudiante, y cuando corresponda por el Director de Escuela. En el caso de
los estudiantes de primer año, se hace especial énfasis en que se contacten
con su Director de Escuela, quien les orientará respecto de los criterios
expuestos en este documento.
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