Este documento describe el recurso jerárquico y el recurso contencioso administrativo en Venezuela. Explica que el recurso jerárquico se puede interponer dentro de los 25 días siguientes a la notificación del acto tributario que se quiere impugnar. También explica que el recurso contencioso administrativo solo es procedente en tres casos y que se debe interponer dentro de los 25 días siguientes a la notificación del acto o resolución que se impugna. Finalmente, detalla los diferentes pasos y plazos del proceso de estos recursos.
PROCEDIMIENTO INSTAURADO EN EL COT PARA REALIZAR EL RECURSO JERÁRQUICO Y EL ...Rosangela Sira
El recurso jerárquico deberá interponerse mediante escrito motivado y fundamentado.
Asistencia o representación de abogados.
Se interponen ante la oficina emanó el acto en un lapso de 25 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de la notificación del acto que se impugna
PROCEDIMIENTO INSTAURADO EN EL COT PARA REALIZAR EL RECURSO JERÁRQUICO Y EL ...Rosangela Sira
El recurso jerárquico deberá interponerse mediante escrito motivado y fundamentado.
Asistencia o representación de abogados.
Se interponen ante la oficina emanó el acto en un lapso de 25 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de la notificación del acto que se impugna
NEGATIVA FICTA. EL PLAZO DE TRES MESES PARA SU ACTUALIZACIÓN, POR REGLA GENERAL, DEBE COMPUTARSE A PARTIR DE LA PRESENTACIÓN DEL RECURSO DE INCONFORMIDAD.
Secretaría de hacienda y crédito público. no tiene el carácter de tercero per...EX ARTHUR MEXICO
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. NO TIENE EL CARÁCTER DE TERCERO PERJUDICADO EN EL JUICIO DE AMPARO CUANDO EL ACTO RECLAMADO CONSISTE EN EL AUTO DE TÉRMINO CONSTITUCIONAL DICTADO POR ALGUNO DE LOS DELITOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 92, FRACCIÓN I, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
RECURSO JERÁRQUICO Y EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIORosangela Sira
El recurso jerárquico deberá interponerse mediante escrito motivado y fundamentado.
Asistencia o representación de abogados.
Se interponen ante la oficina emanó el acto en un lapso de 25 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de la notificación del acto que se impugna
NEGATIVA FICTA. EL PLAZO DE TRES MESES PARA SU ACTUALIZACIÓN, POR REGLA GENERAL, DEBE COMPUTARSE A PARTIR DE LA PRESENTACIÓN DEL RECURSO DE INCONFORMIDAD.
Secretaría de hacienda y crédito público. no tiene el carácter de tercero per...EX ARTHUR MEXICO
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. NO TIENE EL CARÁCTER DE TERCERO PERJUDICADO EN EL JUICIO DE AMPARO CUANDO EL ACTO RECLAMADO CONSISTE EN EL AUTO DE TÉRMINO CONSTITUCIONAL DICTADO POR ALGUNO DE LOS DELITOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 92, FRACCIÓN I, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
RECURSO JERÁRQUICO Y EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIORosangela Sira
El recurso jerárquico deberá interponerse mediante escrito motivado y fundamentado.
Asistencia o representación de abogados.
Se interponen ante la oficina emanó el acto en un lapso de 25 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de la notificación del acto que se impugna
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...Movimiento C40
En esta sesión de la Constituyente de 1940, comienza la discusión del proyecto constitucional presentado a la Convención.
Se discuten el prologo, artículos 1, 2, 3. Disputa territorial por la Cienaga de Zapata.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.
Recurso Jerárquico y Recurso Contencioso Administrativo
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
EL RECURSO JERÁRQUICO Y EL RECURSO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
YERIKA LOMBANO
C.I: 24.719.260
SAIA-A
2. EL RECURSO JERÁRQUICO
Realización del acto
de la administración
Tributaria que afecta
en cualquier forma
los derechos de los
administrados.
Dentro de los 25 día hábiles
siguientes a la fecha de
notificación del acto a
impugnar se podrá
Interponer el recurso
jerárquico mediante un
escrito el cual deberá
expresar las razones de
hecho y de derecho y se
deberá contar con la
asistencia de un abogado;
la interposición de este
recurso se hará en la oficina
que dictó el acto.
Interpuesto el recurso
la oficina que emanó
el acto podrá revocar
o modificar el acto en
cuestión dentro de los
3 días hábiles
siguientes contados a
partir de la
interposición del
recurso; siempre y
cuando no fuere la
máxima autoridad
tributaria.
3. EL RECURSO JERÁRQUICO
La administración Tributaria
admitirá el recurso dentro los
3 días hábiles contados a
partir del vencimiento del
plazo para la interposición de
dicho recurso. El recurso no
será admitido por: a) la falta
de cualidad del interesado; b)
no se interpuso en el lapso
correspondiente; c) la
ilegitimidad del apoderado
del recurrente; y d) falta de
asistencia del recurrente por
parte de un abogado.
Una vez
admitido el
recurso la
administración
tributaria abrirá
el lapso
probatorio que
podrá ser
inferior a 15
días hábiles.
Culminado el lapso
probatorio la
administración
tributaria deberá
decidir dentro de los
60 días continuos
siguiente; dicha
decisión deberá ser
motivada y plasmada
en una resolución. Si
una vez cumplido los
60 días no hubiere
decisión se entenderá
como negado recurso.
4. EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Solo es procedente en 3
casos:
1. Los mismos actos de
efectos particulares
que pueden ser
impugnados
mediante el recurso
jerárquico, se haya
intentado o no.
2. Las resoluciones en
las cuales se
nieguen total o
parcialmente el
recurso jerárquico.
Este recurso se podrá
interponer en el tribunal
competente dentro de
los 25 días hábiles
siguientes contados a
partir de la notificación
del acto que se impugna
o al vencimiento del
lapso estipulado para
decidir el recurso
jerárquico. Se
interpondrá mediante un
escrito el cual debe
contener los requisitos
establecidos en el 340
del CPC.
El tribunal deberá
pronunciarse al quinto
día de despacho
después que conste en
el expediente las
notificaciones
correspondiente.
5. EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Si el representante de la
administración tributaria
fórmula oposición alguna
al recurso, se abrirá una
articulación probatoria de
4 días de despacho en los
cuales se promoverán y
evacuarán las pruebas
pertinentes y el tribunal
decidirá sobre esa
incidencia dentro de los 3
días de despacho
siguientes al vencimiento
del de dicho lapso.
Si la administración
tributaria formuló
oposición al recurso
podrá apelar la admisión
de este dentro de los 5
días de despacho
siguientes a la
admisión.
Si el tribunal no admite
el recurso se oirá
apelación en ambos
efectos, y el tribunal de
alzada deberá decidir
dentro de los 30 dias
continuos siguentes.
Una ves admitido el
recurso quedará abierto
a prueba el cual estará
dividido de la siguiente
manera:
1. 10 días de despacho
para promover.
2. 3 días de despacho
para oponerse a las
pruebas
3. 3 días de despacho
para providenciar
4. 20 de despacho para
evacuar las mismas.
6. Una vez culminado el
lapso probatorio las
partes deberán presentar
informes al decimoquinto
día de despacho; y
presentar las
observaciones a los
informes dentro de los 8
días de despacho
siguientes al vencimiento
del término para
presentar los informes.
Si el juez lo decidirte
pertinente podrá
dictar el ato para
mejor proveer dentro
de los 15 de despacho
siguientesal
vencimiento del
término para
presentar informes.
Una vez cumplido los
lapsos establecidos
anteriormente el juez
tiene 60 días continuos
para decidir. De esta
decisión se podrá apelar
dentro de los 8 días de
despacho siguientes al
vencimiento de dicho
lapso.
EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO