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DE LOS
REGIMENES
ESPECIALES
Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras
Departamento de Operaciones
Aduaneras
SECCION REGIMENES ESPECIALES
EL SISTEMA ADUANERO
Auxiliares Servicio Aduanero:
Manejo de Cargas
•Transportista Aduanero
•Depositario Aduanero
•Operadores de Tienda Libre
•Empresas Despacho
Domiciliario
Representaciones:
•Agentes de Aduanas
•Apoderado Especial
Aduanero
•Consolidadores –
Desconsolidadores
Varios
•Empresas de Entrega
Rápida
•Zona Franca y de
Perfeccionamiento
•Tiendas Libres
Servicio Aduanero:
Tributaria:
•Secretaría de Finanzas
•Dirección Adjunta de Rentas
Aduaneras
•Secretaría de Desarrollo
Económico
•Banco Central de Honduras
Control :
•Secretaría de Agricultura y
Ganadería
•Tribunal Superior de Cuentas
•Secretaría Salud
•Secretaría de Seguridad
•Ministerio Publico
REGIMENES ESPECIALES
Es un conjunto de normas mediante las cuales se
establece un tratamiento aduanero para las
mercancías importadas y exportadas, diferentes en
ciertos aspectos al régimen aduanero general. Estas
operaciones están reguladas por Código Aduanero
uniforme Centroamericano CAUCA y su
Reglamento, Ley de Aduanas y decretos especiales.
CLASIFICACIÓN DE
LOS REGÍMENES ESPECIALES
ZONAS
LIBRES
ZONA LIBRE
TURISTICA DE
LAS ISLAS DE LA
BAHIA
LEY DE
INCENTIVO AL
TURISMO (LIT)
REGIMEN DE
IMPORTACIÓN
TEMPORAL (RIT)
TIENDAS LIBRES
DEPÓSITOS DE
ADUANAS
ZONAS LIBRES
Marco Legal de las Zonas
Libres
Aprobada en
el año 1976
Mediante Decreto
356-76
Reglamentado
mediante Acuerdo
43-2009
ZONAS LIBRES
 Es el Régimen que permite ingresar a una parte
delimitada del territorio de un Estado Parte,
mercancías que se consideran generalmente como
si no estuviesen en territorio aduanero con respecto
a los tributos de importación. Art. 101 CAUCA
 Es un área del territorio nacional bajo vigilancia
fiscal y sin población residente. Art. 2 Dec. 356-76
OBJETIVOS DE LA LEY DE ZONAS LIBRES
a. Generación masiva de empleo
b. Desarrollo de la actividad económica a través de la industria y el
comercio por medio de este Régimen Especial.
c. Crear el ambiente adecuado para el desarrollo de los Parques
Industriales, la atración de capitales para el establecimiento de
empresas industriales, comerciales y de servicios a través de
incentivos fiscales.
INCENTIVOS FISCALES
EXONERACION DE:
a) Impuestos arancelarios, cargos,
recargos, derechos consulares,
impuestos internos, de consumo y
demás impuestos y gravámenes que
tengan relación directa o indirecta con
las operaciones de importación y
exportación.
b) Impuesto sobre ventas en las compras
locales.
c) Impuesto sobre la Renta
d) Impuestos sobre combustibles
derivados del petroleo. (ACPV)
Empresas Industriales
Básicamente de Exportación
Empresas Comerciales Básicamente
de Reexportación
Empresas de Servicios y Actividades Conexas.
Empresas de Servicios Internacionales por
medio de Servicios Electrónicos.
Las Zonas Libres se podrán establecer como:
En la Ley de Zonas Libres
Existen Tres Figuras
Operadora
(Autorizada para operar y Administrar una
Zona Libre)
Operadora Usuaria
(Autorizada para Operar, Administrar una Zona
Libre y realizar las actividades permitidas por la
Ley de Zonas Libres y su Reglamento)
Usuarias
(Establecida en una Zona Libre, operada y
administrada por una Sociedad Operadora,
dedicándose a realizar las actividades permitidas
por la Ley de Zonas Libres y su Reglamento)
PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA
ZONAS LIBRES
PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA EL INGRESO DE MERCANCIAS A
LA ZOLI –
PROCEDENTES DEL EXTERIOR
Agente Aduanero
 Registra DUA Transito Interno (Régimen 8100)
Aduana de ingreso
 Registra inicio del transito Interno con destino a la Zona Libre
Transportista
 Transporta la mercancía a la empresa beneficiaria del
régimen de Zona Libre.
PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA EL INGRESO DE MERCANCIAS A
LA ZOLI PROCEDENTES DEL EXTERIOR
Sub-Administrador de Aduanas de Zoli
 Recepciona el medio de transporte dentro del área restringida
 Coteja los datos del medio de transporte contra los descritos
en el Sistema Informático Aduanero.
 Si todo esta correcto: Genera manifiesto de ingreso a la ZOLI
y realiza el cierre del Transito Interno.
Empresa de Zona Libre
 Registra DUA de ingreso a Zoli.
FIN PROCESO DE INGRESO DEL EXTERIOR
PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA LA SALIDAD DE MERCANCIAS
DE LA ZOLI HACIA EL EXTERIOR
Sub-Administrador de Aduanas de Zoli
 Permite el ingreso del Medio de transporte al área restringida
Empresa de ZONA LIBRE
 Factura el producto a exportar.
 Carga la Mercancía en el medio de transporte.
 Registra DUA de Reexportación en el SARAH, informando la aduana
por donde reexportara la mercancía.
 Informa al Sub-Administrador de Aduanas la hora de salida de la
mercancía.
 Pone a disposición de la autoridad aduanera la mercancía a fin de que
esta sea revisada.
PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA LA SALIDAD DE MERCANCIAS
DE LA ZOLI HACIA EL EXTERIOR
Sub-Administrador de Aduanas de Zoli
 Verifica la mercancía a exportar conforme a cantidad de bultos,
unidades, y descripción de la mercancía.
 Si todo esta correcto: coloca los sellos de seguridad en el medio
de transporte, firma y sella la declaración de Reexportación.
 Permite la salida del medio de transporte a la aduana de salida.
Aduana de Salida
 Verifica que los datos del medio de transporte coincidan con los
descritos en la dúa de reexportación.
 Permite la salida de la mercancía hacia el país de destino.
Transportista
 Registra manifiesto de exportación.
FIN PROCESO DE SALIDA HACIA EXTERIOR
PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA LA SALIDAD DE MERCANCIAS
CON DESTINO A OTRA ZONA LIBRE
Sub-Administrador de Aduanas de Zoli
 Permite el ingreso del medio de transporte al área restringida.
Empresa de ZONA LIBRE
 Factura la mercancía a la empresa de destino.
 Carga la Mercancía en el medio de transporte.
 Llena la DUA física de transito interno con destino a la
empresa ubicada en otra Zona Libre.
 Informa al Sub-Administrador de Aduanas la hora de salida
de la mercancía.
 Pone a disposición de la autoridad aduanera la mercancía a
fin de que esta sea revisada.
 Emite Oficio
PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA LA SALIDAD DE MERCANCIAS
CON DESTINO A OTRA ZONA LIBRE
Sub-Administrador de Aduanas de Zoli de Despacho
 Verifica la mercancía conforme a cantidad de bultos, unidades, y
descripción de la mercancía.
 Si todo esta correcto: coloca los sellos de seguridad en el medio
de transporte, firma y sella la declaración de Transito Interno.
 Permite la salida del medio de transporte a la aduana de destino
de Zona Libre.
 Firma oficio acuse de recibido.
Aduana de Zona Libre de destino
 Verifica que los datos del medio de transporte coincidan con los
descritos en la Dúa de Transito Interno.
 Si todo esta correcto: (1)permite el ingreso del medio de
transporte.- (2) verifica la mercancía conforme a cantidad de
bultos, unidades y descripción.- (3) pone la mercancía a
disposición de la empresa destinataria,.- 4) firma la Dua u Oficio.
PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA LA NACIONALIZACION DE
MERCANCIAS PROCEDENTES DE LA ZOLI
Nacionalización menor a los $1000.00
Empresa de ZOLI
 Emite factura de venta
 Notifica al Sub-administrador de Aduanas de la ZOLI la venta de
mercancías.
Sub-Administrador de Aduanas de Zoli
 Realiza el examen físico y documental de las mercancías.
 Registra en el Sistema Informático Aduanero Declaración de Oficio
de Nacionalización.
 Imprime boletín de pago y lo entrega al interesado a efecto de que
este realice el pago ante la entidad bancaria correspondiente.
 Verifica en el Sistema Informático Aduanero que el pago se
encuentre realizado .
 Autoriza la Salida de la mercancía del área restringida de la ZOLI.
PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA LA NACIONALIZACION DE
MERCANCIAS PROCEDENTES DE LA ZOLI
Nacionalización mayor a los $1000.00
Empresa de ZOLI
 Emite factura de venta .
 Carga la Mercancía en el medio de transporte.
 Llena la dúa física de Transito Interno con destino a la Aduana de
jurisdicción del Comprador.
 Informa al Sub-administrador de Aduanas la Hora de salida de la
Mercancía.
 Pone a disposición de la autoridad aduanera la mercancía a fin de
que esta sea revisada.
PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA LA NACIONALIZACION DE
MERCANCIAS PROCEDENTES DE LA ZOLI
Nacionalización mayor a los $1000.00
Sub-Administrador de Aduanas de Zoli
 Realiza el examen físico y documental de las mercancías
 Si todo esta Correcto: coloca los sellos de Seguridad en el medio de
transporte, Firma y sella la Declaración de Transito Interno.
 Permite la Salida del medio de transporte a la Aduana de destino de
del comprador
Autoridad aduanera aduana de jurisdicción del comprador
 Verifica que los Datos del Medio de Transporte coincidan con
los descritos en la dúa de Transito Interno
 Si todo esta correcto: (1)permite el ingreso del medio de
transporte, firma la dúa de transito
 Genera manifiesto de importación
PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA LA NACIONALIZACION DE
MERCANCIAS PROCEDENTES DE LA ZOLI
Nacionalización mayor a los $1000.00
Empresa compradora
 A través de su Agente Aduanero registra en el SARAH la
Declaración de importación definitiva
Nota: El registro de la Declaración deberá seguirse con lo establecido en
el procedimiento general de Declaraciones
Nota: En la Declaración de Mercancías en el segmento Caratula, en el
campo aduana ingreso/salida, deberá informarse la aduana de
ZONA LIBRE de donde procede la mercancías.
PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA LA TRANSFERENCIA DE
MERCANCIAS A EMPRESAS DEL RIT
Sub-Administrador de Aduanas de Zoli
 Permite el ingreso del Medio de transporte al área restringida
Empresa de ZONA LIBRE
 Factura la mercancía a la empresa de destino.
 Carga la Mercancía en el medio de transporte.
 Llena la dúa física de Transito Interno con destino a la aduana
de jurisdicción de la empresa RIT.
 Informa al Sub-administrador de Aduanas la Hora de salida
de la Mercancía.
 Pone a disposición de la autoridad aduanera la mercancía a
fin de que esta sea revisada.
PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA LA TRANSFERENCIA DE
MERCANCIAS A EMPRESAS DEL RIT
Sub-Administrador de Aduanas de Zoli de Despacho
 Verifica la mercancía conforme a cantidad de bultos, unidades, y
descripción de la mercancía.
 Si todo esta Correcto: coloca los sellos de seguridad en el medio
de transporte, firma y sella la DUA de Transito Interno.
 Permite la salida del medio de transporte a la Aduana de destino
de la empresa RIT.
Autoridad aduanera aduana de jurisdicción empresa RIT
 Verifica que los datos del Medio de Transporte coincidan con
los descritos en la Dúa de Transito Interno.
 Si todo esta correcto: 1)permite el ingreso del medio de
transporte,.-2) firma la Dúa de transito.
 Genera manifiesto de importación.
PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA LA TRANSFERENCIA DE
MERCANCIAS A EMPRESAS DE EL RIT
Empresa RIT
 A través de su Agente Aduanero registra en el SARAH la
Declaración de importación definitiva.
Nota: El registro de la Declaración deberá seguirse con lo establecido en
el procedimiento general de Declaraciones.
Nota: En la Declaración de Mercancías en el segmento Caratula, en el
campo aduana ingreso/salida, deberá informarse la aduana de
ZONA LIBRE de donde procede la mercancías.
FIN
PROCESOS
ZONAS LIBRES
Regimen de Importación
Temporal
(RIT)
REGIMEN DE IMPORTACION
TEMPORAL RIT
Es el ingreso a territorio aduanero con suspensión de los
tributos de importación, de mercancías procedentes del
exterior destinadas a ser reexportadas, después de
someterse a un proceso de trasformación, elaboración o
reparación u otro legalmente autorizado.
Decreto 37-84 del 20 – Diciembre - 1984, Ley del Régimen de Importación
Temporal. Propósito: Establecer medidas que impulsen la producción e
incrementen las exportaciones y estimular a la inversión.
REFORMADO MEDIANTE DECRETO LEGISLATIVO 190-86, del 31-
Octubre -1986 Propósito: Incorporación de nuevos criterios, agilizar
y simplificar tramitación.
DECRETO 135-94 de fecha 28 de Octubre de 1994 Artículo 16 del
Cap. VI Propósito: Deroga la exoneración del Impuesto Sobre La Renta
REGLAMENTADO MEDIANTE ACUERDO 545-87 de fecha 16 de mayo de
1987, Propósito: promover y diversificar las exportaciones del país
DECRETO 39-97 del 28 – mayo – 1997,
Propósito: Permite exportar a Centroamérica
DECRETO 113-2011, de fecha 08 Julio del 2011, Ley de Eficiencia en los
Ingresos y el Gasto Publico, REFORMA ARTICULOS 1, 2 Y 4 DEL DECRETO
37-84
Decreto 261-2011, del 10 de junio del 2013, Manda a la DEI a reglamentar
plazos conforme a los ciclos de producción y reglamentar el mecanismo mas
adecuado para asegurar el pago del monto garantizado previa reexportación de
la mercancía
MECANISMOS USADOS EN EL
RÉGIMEN
 Transferencia
Constituye el traspaso a cualquier titulo de bienes importados bajo
el Régimen a empresas que operen en Zonas Libres (ZOLI)
conforme a las leyes vigentes.
 Complementación
Mecanismo que permite al beneficiario traspasar a cualquier titulo
los bienes o servicios importados bajo el régimen a otras empresas
dentro del territorio nacional, beneficiarias o no del régimen
cuando estas empresas los incorporen físicamente o los necesiten
para complementar o modificar otros productos que sean
exportados.
MECANISMOS USADOS EN EL RÉGIMEN
 Subcontratación
La relación que bajo su responsabilidad establezca el beneficiario
con otras personas naturales o jurídicas del país para la realización
de procesos de manufactura con bienes sujetos al régimen.
REFORMAS
 Decreto 261-2011
Reforma el Articulo 30 del Decreto 113-2011, específicamente el Art. 1 y 4
de la Ley del RIT.
Manda a la Dirección Ejecutiva de Ingresos a establecer los Plazos
para la Reexportación, tomando en consideración los ciclos de
producción según el tipo de industria.
 Por cada importación el beneficiario deberá rendir:
Pagaré, Certificado de Deposito, Prenda Aduanera, Bien Inmobiliario,
Fianza, Póliza de Seguro, Deposito en Efectivo, Cheque Certificado,
Garantía Bancaria o combinación de las anteriores.
REFORMAS
Reforma el Articulo 31 del Decreto 113-2011
Las empresa beneficiadas de regímenes especiales de tributación
bajo incentivo a las exportaciones, podrán:
 Vender al mercado nacional total o parcial su producción.
 Las empresas comerciales básicamente de exportación,
únicamente podrán vender hasta un 50% de sus ventas.
 El importador quedará sujeto al pago del ISR y los demás
impuestos internos y municipales, según corresponda.
PROCEDIMIENTO ADUANERO
IMPORTACION DE MERCANCIAS EMPRESA RIT
Agente Aduanero
 Registra DUA bajo los regímenes según el caso:
1.- Para materias Primas 5100.
2.- Para maquinaria y equipo 5600 .
Empresa RIT
 Presenta DUA ante Aduana, adjuntando los siguientes doctos:
 Factura de mercancía.
 Resolución con listado de bienes.
 Garantía
 Pone a disposición de la autoridad aduanera la mercancía, a fin de
que esta sea revisada según corresponda canal de selectividad.
Transportista
 Transporta la mercancía a la empresa beneficiaria del régimen de
Importación Temporal.
PROCEDIMIENTO ADUANERO
REEXPORTACION DE MERCANCIAS DE LA EMPRESA RIT
Empresa RIT
 Factura el producto a Reexportar
 Carga la Mercancía en el medio de transporte
Agente Aduanero
 Registra DUA bajo los regímenes según el caso:
1.- Régimen 3051 Reexportación Producto Elaborado
2.- Régimen 3056 Reexportación Maquinaria, equipo y repuestos
 Adjunta la(s) facturas que ampara la Reexportación.
 Indica la Aduana de Salida de la mercancía.
 Indica el o los item a cancelar de la DUA de ingreso bajo RIT.
 Pone a disposición de la autoridad de la aduanera y de las autoridades
portuarias, la mercancía a fin de que se proceda de acuerdo a las normas
de envío.
PROCEDIMIENTO ADUANERO
REEXPORTACION DE MERCANCIAS DE LA EMPRESA RIT
Aduana de Salida
 Verifica que los Datos del Medio de Transporte coincidan con los descritos
en la dúa de reexportación
 Permite la salida de la mercancía hacia el país de destino
Transportista
 Registra Manifiesto de Exportación
FIN PROCESO DE SALIDA HACIA EXTERIOR
PROCEDIMIENTO ADUANERO
REEXPORTACION DE MERCANCIAS CON DESTINO A UNA ZONA LIBRE
(TRANSFERENCIA)
Empresa RIT
 Factura el producto a Reexportar
 Carga la Mercancía en el medio de transporte
Agente Aduanero
 Registra DUA bajo los regímenes según el caso:
1.- Régimen 3051 Reexportación Producto Elaborado
2.- Régimen 3056 Reexportación Maquinaria, equipo y repuestos
 Adjunta la(s) facturas que ampara la Reexportación.
 Indica la aduana de registro de la Dua jurisdicción de la Soc. RIT
 Indica la Aduana de destino (código de la Zona Libre).
 Indica el o los item a cancelar de la DUA de ingreso bajo RIT.
Aduana de Registro de Jurisdicción
 Autoriza el levante de la mercancía
PROCEDIMIENTO ADUANERO
REEXPORTACION DE MERCANCIAS CON DESTINO A UNA ZONA LIBRE
(TRANSFERENCIA)
Transportista
 Transporta las mercancías a la Zona Libre de destino y pone a
disposición de la autoridad de la aduanera asignada a la ZOLI.
Sub-Administrador de Aduanas de Zoli
 Recepciona el medio de transporte dentro del área restringida
 Coteja los datos del medio de transporte descritos en la DUA y
procede a revisar la mercancía.
 Si todo esta correcto: Firma la DUA y pone a disposición de la empresa
ZOLI la mercancía.
FIN PROCESO DE INGRESO DEL EXTERIOR
PROCEDIMIENTO ADUANERO
NACIONALIZACION DE MERCANCIAS PROCEDENTES DE RIT
Empresa RIT
 Emite factura de venta.
 Transporta la mercancía a la Aduana de jurisdicción.
Agente Aduanero
 Registra DUA bajo Régimen de nacionalización.
 Adjunta la(s) facturas que ampara la nacionalización.
 Indica el o los item a cancelar de la DUA de ingreso bajo RIT.
 Pone a disposición de la autoridad aduanera la mercancía a fin de
que esta sea revisada.
 Realiza el pago ante al entidad bancaria.
 Solicita selectividad.
PROCEDIMIENTO ADUANERO
NACIONALIZACION DE MERCANCIAS PROCEDENTES DE RIT
Autoridad Aduanera
 Realiza el examen físico y documental de las mercancías
 Si todo esta conforme, permite la Salida del medio de transporte.
 Si no esta conforme, procede de conformidad al procedimiento
general de declaraciones.
FIN DEL PROCESO
PROCEDIMIENTO ADUANERO
TRANSFERNCIA DE MERCANCIAS DE RIT A UNA ZOLI
(Sub-Contratacion)
Empresa RIT
 Factura el producto a Reexportar
 Transporta la mercancía a la aduana de jurisdicción
Agente Aduanero
 Registra DUA bajo Régimen de Exportación Temporal para Perf. Pasivo 2100
 Adjunta la(s) facturas que ampara la Reexportación.
 Indica la Aduana de destino de la mercancía (puesto Zona Libre).
 Adjunta copia del Contrato de Sub-Contratación suscrito con la empresa
ZOLI.
 Indicar en la Casilla de Observaciones la fecha de emisión y final del Contrato
y quienes suscriben el mismo.
Aduana de Registro de Jurisdicción
 Conforme al canal de selectividad autoriza el levante de las mercancías
PROCEDIMIENTO ADUANERO
TRANSFERNCIA DE MERCANCIAS DE RIT A UNA ZOLI
(Sub- Contratación)
Sub-Administrador de Aduanas de Zoli
 Recepciona el medio de transporte dentro del área restringida
 Coteja los datos del medio de transporte descritos en la DUA y
procede a revisar la mercancía.
 Si todo esta correcto: Firma la DUA y pone a disposición de la empresa
ZOLI las mercancías.
PROCEDIMIENTO ADUANERO
RETORNO DE MERCANCIAS DE ZOLI A RIT
(Sub- Contratacion)
Empresa de ZOLI
 Emite factura de venta
 Carga la Mercancía en el medio de transporte
 Llena la dúa física de Transito Interno con destino a la Aduana de
jurisdicción de la empresa RIT.
 Informa al Sub-administrador de Aduanas la Hora de salida de la
Mercancía
 Pone a disposición de la autoridad aduanera la mercancía a fin de que
esta sea revisada.
Sub-Administrador de Aduanas de Zoli
 Realiza el examen físico y documental de las mercancías
 Si todo esta Correcto: coloca los sellos de Seguridad en el medio de
transporte, Firma y sella la Declaración de Transito Interno con destino a
la Aduana de jurisdicción de la empresa RIT.
 Permite la Salida del medio de transporte a la Aduana de destino de la
empresa RIT.
PROCEDIMIENTO ADUANERO
RETORNO DE MERCANCIAS DE ZOLI A RIT
(Sub- Contratacion)
Autoridad aduanera aduana de jurisdicción de la Empresa RIT
 Verifica que los Datos del Medio de Transporte coincidan con los
descritos en la dúa de Transito Interno
 Si todo esta correcto: (1)permite el ingreso del medio de transporte,
firma la dúa de transito
 Genera manifiesto de importación
Empresa RIT
 A través de su Agente Aduanero registra en el SARAH la DUA Bajo el
Régimen de Reimportación Proveniente de una Exportación Temporal
para Perfeccionamiento Pasivo (6021).
 Adjunta la(s) facturas que ampara la Re-Importación.
PROCEDIMIENTO ADUANERO
RETORNO DE MERCANCIAS DE ZOLI A RIT
(Sub- Contratación)
Autoridad aduanera aduana de jurisdicción de la Empresa RIT
 Procede a la revisión documental y física de la mercancía según el canal
de selectividad, de conformidad a lo establecido en el procedimiento
general de declaraciones
FIN
PROCESOS
REGIMEN DE IMPORTACION TEMPORAL
DE LOS
REGIMENES
ESPECIALES
Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras
Departamento de Operaciones Aduaneras
SECCION REGIMENES ESPECIALES
TERMINALES DE COMBUSTIBLES
DECRETO 113-2011
DEPOSITO DE ADUANAS
O DEPOSITO ADUANERO
Es el régimen mediante el cual, las
mercancías son almacenadas por un plazo
determinado, en un lugar habilitado al
efecto, bajo potestad de la Aduana, con
suspensión de tributos que correspondan.
BASE LEGAL
 Articulo 99 del Código Aduanero Uniforme
Centroamericano (CAUCA)
 Artículos 107 al 117 del Reglamento del Código
Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA)
Acuerdo 142-2008 Resolución No224-2008
(COMIECO).
 Acuerdo 0681-04, del 19 de Noviembre del 2004,
Reglamento de Los Almacenes Generales de Depósito
y de los Depósitos de Aduanas Privados de excepción.
BASE LEGAL
Decreto 51, del 10 de abril del 2003, Ley de
Equidad Tributaria. Artículo 42.
Acuerdo 0948-2003, del 28 de Junio del 2003,
Reglamento de la Ley de Tributaria, Artículo 38
AUTORIDAD ADUANERA
DELEGADO FISCAL
 Empleado de la Dirección Ejecutiva de Ingresos que
ejerce la inspección, fiscalización, control y vigilancia
de las operaciones efectuadas con los bienes bajo
suspensión de impuestos y derechos correspondientes
en los depósitos de mercancías.
DEPOSITARIO ADUANERO
 Es el representante legal del depósito y en su
condición de auxiliar, responde ante el servicio
aduanero por la custodia y conservación temporal de
mercancías, bajo control y supervisión de la autoridad
aduanera.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE
LOS DEPOSITARIOS ADUANEROS
OBLIGACIONES ESTABLECIDAD EN CAUCA Y RECAUCA
 Recibir, almacenar y custodiar las mercancías que le
sean depositadas.
 Mantener e informar a la autoridad Aduanera sobre las
mercancías recibidas, retiradas u objeto de otras
operaciones permitidas en la forma y condiciones que
establezca el servicio aduanero.
 Responder directamente ante el Servicio Aduanero por el
almacenamiento, custodia y conservación de las
mercancías depositadas en sus locales desde el momento
de su recepción. 54
 Responder ante el fisco por el pago de las obligaciones
tributarias aduaneras de las mercancías dañadas,
perdidas o destruidas, salvo que estas circunstancias
hubieren sido causadas por caso fortuito o fuerza
mayor.
 Permitir la salida de las mercancías del depósito
aduanero, una vez cumplidos los requisitos y
formalidades legales que para el efecto establezca el
régimen u operación solicitado, previa autorización del
Servicio Aduanero;
 Informar a la autoridad competente del servicio
aduanero de las mercancías dañadas, perdidas,
destruidas, caídas en abandono y demás irregularidades
ocurridas durante el depósito.
55
 Comunicar por los medios establecidos al servicio aduanero las diferencias
que se encuentren entre la cantidad de bultos recibidos y las cantidades
manifestadas y cualquier otra circunstancia que afecte las mercancías.
 Destinar instalaciones para el examen previo o la verificación inmediata de
las mercancías depositadas. Dichas instalaciones deberán reunir las
especificaciones que señale el Servicio Aduanero
 Destinar un área apropiada para el almacenamiento de las mercancías
caídas en abandono o decomisadas;
 Delimitar el área para la realización de actividades permitidas;
 Llevar un registro de todas las personas que se presenten con
autorizaciones de levante de mercancías, así como de todos los vehículos
que se utilicen para transportar mercancías al ingreso y egreso del depósito
aduanero;
 Verificar la validez de la autorización del levante de las mercancías, de
conformidad con los medios definidos por el Servicio Aduanero;
56
PROCESO INGRESO DE
COMBUSTIBLE A LA TERMINAL
TRANSPORTISTA
 Registra manifiesto de importación conforme a
los volúmenes descritos en el BL
TERMINAL DE COMBUSTIBLE
 Medición de volúmenes de combustibles en
tanques/tierra
PROCESO INGRESO DE
COMBUSTIBLE A LA TERMINAL
AUTORIDAD ADUANERA
 Autoriza descarga de combustible a la terminal,
levantando el acta de los volúmenes descargados
TERMINAL DE COMBUSTIBLE
 Informa al Agente Aduanero de los volúmenes realmente
descargados
AGENTE ADUANERO
 Registra en el Sistema Informático Aduanero la declaración
de ingreso a Deposito Aduanero bajo régimen 7000
FIN PROCESO INGRESO A LA TERMINAL
VENTAS SUJETAS AL PAGO DE ACPV
TERMINAL DE COMBUSTIBLE
 Factura el combustible al comprador
 Registra en SARAH por cada cisterna una
solicitud de salida
 Al final del día totaliza todas las salidas de
combustibles
 Notifica al agente aduanero los volúmenes de
combustibles despachados, una vez que el
Delegado Fiscal confirme la salida en el SARAH
DELEGADO FISCAL
 Autoriza/Confirma las solicitudes de salida,
cotejando los documentos que la sustentan
Nota: Si al momento del cotejo encontrase
diferencias, informa a la terminal para que
rectifique o anule la solicitud
AGENTE ADUANERO
 Registra la declaración única aduanera bajo
régimen 4070 (sujeta a pago de ACPV)
VENTAS DE COMBUSTIBLE EXONERADO
SECRETARIA DE FINANZAS
 Emite Resolución de exoneración del tributo ACPV a empresa
beneficiaria
DIRECCION EJECUTIVA DE INGRESOS
 Emite orden e compra de conformidad a la resolución de
exoneración
ADUANA
 Recepciona de parte de la empresa Beneficiaria/Terminal de
Combustible, la Resolución de exoneración de ACPV.
 Confirma la veracidad de la Resolución de exoneración de
ACPV
 Registra en el SARAH la Resolución de exoneración de
conformidad a los volúmenes de combustibles autorizados
TERMINAL DE COMBUSTIBLE
 Factura el producto a vender, este proceso podrá
realizarlo antes de cargar el combustibles en la
cisterna o después de cargado.
 Informa al agente aduanero para el registro de la
DUA a nombre del cliente exonerado
 Autoriza la salida de la cisterna de la terminal, una
vez que la DUA se encuentre autorizado su levante
AGENTE ADUANERO
 Registra la dúa y notifica a la terminal cuando se
encuentre autorizado el levante
DELEGADO FISCAL DE LA TERMINAL
 Autoriza la salida de la cisterna de la terminal
63
MUCHAS GRACIAS
DIOS LES BENDIGA 64

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  • 1. DE LOS REGIMENES ESPECIALES Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras Departamento de Operaciones Aduaneras SECCION REGIMENES ESPECIALES
  • 2. EL SISTEMA ADUANERO Auxiliares Servicio Aduanero: Manejo de Cargas •Transportista Aduanero •Depositario Aduanero •Operadores de Tienda Libre •Empresas Despacho Domiciliario Representaciones: •Agentes de Aduanas •Apoderado Especial Aduanero •Consolidadores – Desconsolidadores Varios •Empresas de Entrega Rápida •Zona Franca y de Perfeccionamiento •Tiendas Libres Servicio Aduanero: Tributaria: •Secretaría de Finanzas •Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras •Secretaría de Desarrollo Económico •Banco Central de Honduras Control : •Secretaría de Agricultura y Ganadería •Tribunal Superior de Cuentas •Secretaría Salud •Secretaría de Seguridad •Ministerio Publico
  • 3. REGIMENES ESPECIALES Es un conjunto de normas mediante las cuales se establece un tratamiento aduanero para las mercancías importadas y exportadas, diferentes en ciertos aspectos al régimen aduanero general. Estas operaciones están reguladas por Código Aduanero uniforme Centroamericano CAUCA y su Reglamento, Ley de Aduanas y decretos especiales.
  • 4. CLASIFICACIÓN DE LOS REGÍMENES ESPECIALES ZONAS LIBRES ZONA LIBRE TURISTICA DE LAS ISLAS DE LA BAHIA LEY DE INCENTIVO AL TURISMO (LIT) REGIMEN DE IMPORTACIÓN TEMPORAL (RIT) TIENDAS LIBRES DEPÓSITOS DE ADUANAS
  • 6. Marco Legal de las Zonas Libres Aprobada en el año 1976 Mediante Decreto 356-76 Reglamentado mediante Acuerdo 43-2009
  • 7. ZONAS LIBRES  Es el Régimen que permite ingresar a una parte delimitada del territorio de un Estado Parte, mercancías que se consideran generalmente como si no estuviesen en territorio aduanero con respecto a los tributos de importación. Art. 101 CAUCA  Es un área del territorio nacional bajo vigilancia fiscal y sin población residente. Art. 2 Dec. 356-76
  • 8. OBJETIVOS DE LA LEY DE ZONAS LIBRES a. Generación masiva de empleo b. Desarrollo de la actividad económica a través de la industria y el comercio por medio de este Régimen Especial. c. Crear el ambiente adecuado para el desarrollo de los Parques Industriales, la atración de capitales para el establecimiento de empresas industriales, comerciales y de servicios a través de incentivos fiscales.
  • 9. INCENTIVOS FISCALES EXONERACION DE: a) Impuestos arancelarios, cargos, recargos, derechos consulares, impuestos internos, de consumo y demás impuestos y gravámenes que tengan relación directa o indirecta con las operaciones de importación y exportación. b) Impuesto sobre ventas en las compras locales. c) Impuesto sobre la Renta d) Impuestos sobre combustibles derivados del petroleo. (ACPV)
  • 10. Empresas Industriales Básicamente de Exportación Empresas Comerciales Básicamente de Reexportación Empresas de Servicios y Actividades Conexas. Empresas de Servicios Internacionales por medio de Servicios Electrónicos. Las Zonas Libres se podrán establecer como:
  • 11. En la Ley de Zonas Libres Existen Tres Figuras Operadora (Autorizada para operar y Administrar una Zona Libre) Operadora Usuaria (Autorizada para Operar, Administrar una Zona Libre y realizar las actividades permitidas por la Ley de Zonas Libres y su Reglamento) Usuarias (Establecida en una Zona Libre, operada y administrada por una Sociedad Operadora, dedicándose a realizar las actividades permitidas por la Ley de Zonas Libres y su Reglamento)
  • 13. PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA EL INGRESO DE MERCANCIAS A LA ZOLI – PROCEDENTES DEL EXTERIOR Agente Aduanero  Registra DUA Transito Interno (Régimen 8100) Aduana de ingreso  Registra inicio del transito Interno con destino a la Zona Libre Transportista  Transporta la mercancía a la empresa beneficiaria del régimen de Zona Libre.
  • 14. PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA EL INGRESO DE MERCANCIAS A LA ZOLI PROCEDENTES DEL EXTERIOR Sub-Administrador de Aduanas de Zoli  Recepciona el medio de transporte dentro del área restringida  Coteja los datos del medio de transporte contra los descritos en el Sistema Informático Aduanero.  Si todo esta correcto: Genera manifiesto de ingreso a la ZOLI y realiza el cierre del Transito Interno. Empresa de Zona Libre  Registra DUA de ingreso a Zoli. FIN PROCESO DE INGRESO DEL EXTERIOR
  • 15. PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA LA SALIDAD DE MERCANCIAS DE LA ZOLI HACIA EL EXTERIOR Sub-Administrador de Aduanas de Zoli  Permite el ingreso del Medio de transporte al área restringida Empresa de ZONA LIBRE  Factura el producto a exportar.  Carga la Mercancía en el medio de transporte.  Registra DUA de Reexportación en el SARAH, informando la aduana por donde reexportara la mercancía.  Informa al Sub-Administrador de Aduanas la hora de salida de la mercancía.  Pone a disposición de la autoridad aduanera la mercancía a fin de que esta sea revisada.
  • 16. PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA LA SALIDAD DE MERCANCIAS DE LA ZOLI HACIA EL EXTERIOR Sub-Administrador de Aduanas de Zoli  Verifica la mercancía a exportar conforme a cantidad de bultos, unidades, y descripción de la mercancía.  Si todo esta correcto: coloca los sellos de seguridad en el medio de transporte, firma y sella la declaración de Reexportación.  Permite la salida del medio de transporte a la aduana de salida. Aduana de Salida  Verifica que los datos del medio de transporte coincidan con los descritos en la dúa de reexportación.  Permite la salida de la mercancía hacia el país de destino. Transportista  Registra manifiesto de exportación. FIN PROCESO DE SALIDA HACIA EXTERIOR
  • 17. PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA LA SALIDAD DE MERCANCIAS CON DESTINO A OTRA ZONA LIBRE Sub-Administrador de Aduanas de Zoli  Permite el ingreso del medio de transporte al área restringida. Empresa de ZONA LIBRE  Factura la mercancía a la empresa de destino.  Carga la Mercancía en el medio de transporte.  Llena la DUA física de transito interno con destino a la empresa ubicada en otra Zona Libre.  Informa al Sub-Administrador de Aduanas la hora de salida de la mercancía.  Pone a disposición de la autoridad aduanera la mercancía a fin de que esta sea revisada.  Emite Oficio
  • 18. PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA LA SALIDAD DE MERCANCIAS CON DESTINO A OTRA ZONA LIBRE Sub-Administrador de Aduanas de Zoli de Despacho  Verifica la mercancía conforme a cantidad de bultos, unidades, y descripción de la mercancía.  Si todo esta correcto: coloca los sellos de seguridad en el medio de transporte, firma y sella la declaración de Transito Interno.  Permite la salida del medio de transporte a la aduana de destino de Zona Libre.  Firma oficio acuse de recibido. Aduana de Zona Libre de destino  Verifica que los datos del medio de transporte coincidan con los descritos en la Dúa de Transito Interno.  Si todo esta correcto: (1)permite el ingreso del medio de transporte.- (2) verifica la mercancía conforme a cantidad de bultos, unidades y descripción.- (3) pone la mercancía a disposición de la empresa destinataria,.- 4) firma la Dua u Oficio.
  • 19. PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA LA NACIONALIZACION DE MERCANCIAS PROCEDENTES DE LA ZOLI Nacionalización menor a los $1000.00 Empresa de ZOLI  Emite factura de venta  Notifica al Sub-administrador de Aduanas de la ZOLI la venta de mercancías. Sub-Administrador de Aduanas de Zoli  Realiza el examen físico y documental de las mercancías.  Registra en el Sistema Informático Aduanero Declaración de Oficio de Nacionalización.  Imprime boletín de pago y lo entrega al interesado a efecto de que este realice el pago ante la entidad bancaria correspondiente.  Verifica en el Sistema Informático Aduanero que el pago se encuentre realizado .  Autoriza la Salida de la mercancía del área restringida de la ZOLI.
  • 20. PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA LA NACIONALIZACION DE MERCANCIAS PROCEDENTES DE LA ZOLI Nacionalización mayor a los $1000.00 Empresa de ZOLI  Emite factura de venta .  Carga la Mercancía en el medio de transporte.  Llena la dúa física de Transito Interno con destino a la Aduana de jurisdicción del Comprador.  Informa al Sub-administrador de Aduanas la Hora de salida de la Mercancía.  Pone a disposición de la autoridad aduanera la mercancía a fin de que esta sea revisada.
  • 21. PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA LA NACIONALIZACION DE MERCANCIAS PROCEDENTES DE LA ZOLI Nacionalización mayor a los $1000.00 Sub-Administrador de Aduanas de Zoli  Realiza el examen físico y documental de las mercancías  Si todo esta Correcto: coloca los sellos de Seguridad en el medio de transporte, Firma y sella la Declaración de Transito Interno.  Permite la Salida del medio de transporte a la Aduana de destino de del comprador Autoridad aduanera aduana de jurisdicción del comprador  Verifica que los Datos del Medio de Transporte coincidan con los descritos en la dúa de Transito Interno  Si todo esta correcto: (1)permite el ingreso del medio de transporte, firma la dúa de transito  Genera manifiesto de importación
  • 22. PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA LA NACIONALIZACION DE MERCANCIAS PROCEDENTES DE LA ZOLI Nacionalización mayor a los $1000.00 Empresa compradora  A través de su Agente Aduanero registra en el SARAH la Declaración de importación definitiva Nota: El registro de la Declaración deberá seguirse con lo establecido en el procedimiento general de Declaraciones Nota: En la Declaración de Mercancías en el segmento Caratula, en el campo aduana ingreso/salida, deberá informarse la aduana de ZONA LIBRE de donde procede la mercancías.
  • 23. PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA LA TRANSFERENCIA DE MERCANCIAS A EMPRESAS DEL RIT Sub-Administrador de Aduanas de Zoli  Permite el ingreso del Medio de transporte al área restringida Empresa de ZONA LIBRE  Factura la mercancía a la empresa de destino.  Carga la Mercancía en el medio de transporte.  Llena la dúa física de Transito Interno con destino a la aduana de jurisdicción de la empresa RIT.  Informa al Sub-administrador de Aduanas la Hora de salida de la Mercancía.  Pone a disposición de la autoridad aduanera la mercancía a fin de que esta sea revisada.
  • 24. PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA LA TRANSFERENCIA DE MERCANCIAS A EMPRESAS DEL RIT Sub-Administrador de Aduanas de Zoli de Despacho  Verifica la mercancía conforme a cantidad de bultos, unidades, y descripción de la mercancía.  Si todo esta Correcto: coloca los sellos de seguridad en el medio de transporte, firma y sella la DUA de Transito Interno.  Permite la salida del medio de transporte a la Aduana de destino de la empresa RIT. Autoridad aduanera aduana de jurisdicción empresa RIT  Verifica que los datos del Medio de Transporte coincidan con los descritos en la Dúa de Transito Interno.  Si todo esta correcto: 1)permite el ingreso del medio de transporte,.-2) firma la Dúa de transito.  Genera manifiesto de importación.
  • 25. PROCEDIMIENTO ADUANERO PARA LA TRANSFERENCIA DE MERCANCIAS A EMPRESAS DE EL RIT Empresa RIT  A través de su Agente Aduanero registra en el SARAH la Declaración de importación definitiva. Nota: El registro de la Declaración deberá seguirse con lo establecido en el procedimiento general de Declaraciones. Nota: En la Declaración de Mercancías en el segmento Caratula, en el campo aduana ingreso/salida, deberá informarse la aduana de ZONA LIBRE de donde procede la mercancías.
  • 28. REGIMEN DE IMPORTACION TEMPORAL RIT Es el ingreso a territorio aduanero con suspensión de los tributos de importación, de mercancías procedentes del exterior destinadas a ser reexportadas, después de someterse a un proceso de trasformación, elaboración o reparación u otro legalmente autorizado.
  • 29. Decreto 37-84 del 20 – Diciembre - 1984, Ley del Régimen de Importación Temporal. Propósito: Establecer medidas que impulsen la producción e incrementen las exportaciones y estimular a la inversión. REFORMADO MEDIANTE DECRETO LEGISLATIVO 190-86, del 31- Octubre -1986 Propósito: Incorporación de nuevos criterios, agilizar y simplificar tramitación. DECRETO 135-94 de fecha 28 de Octubre de 1994 Artículo 16 del Cap. VI Propósito: Deroga la exoneración del Impuesto Sobre La Renta REGLAMENTADO MEDIANTE ACUERDO 545-87 de fecha 16 de mayo de 1987, Propósito: promover y diversificar las exportaciones del país
  • 30. DECRETO 39-97 del 28 – mayo – 1997, Propósito: Permite exportar a Centroamérica DECRETO 113-2011, de fecha 08 Julio del 2011, Ley de Eficiencia en los Ingresos y el Gasto Publico, REFORMA ARTICULOS 1, 2 Y 4 DEL DECRETO 37-84 Decreto 261-2011, del 10 de junio del 2013, Manda a la DEI a reglamentar plazos conforme a los ciclos de producción y reglamentar el mecanismo mas adecuado para asegurar el pago del monto garantizado previa reexportación de la mercancía
  • 31. MECANISMOS USADOS EN EL RÉGIMEN  Transferencia Constituye el traspaso a cualquier titulo de bienes importados bajo el Régimen a empresas que operen en Zonas Libres (ZOLI) conforme a las leyes vigentes.  Complementación Mecanismo que permite al beneficiario traspasar a cualquier titulo los bienes o servicios importados bajo el régimen a otras empresas dentro del territorio nacional, beneficiarias o no del régimen cuando estas empresas los incorporen físicamente o los necesiten para complementar o modificar otros productos que sean exportados.
  • 32. MECANISMOS USADOS EN EL RÉGIMEN  Subcontratación La relación que bajo su responsabilidad establezca el beneficiario con otras personas naturales o jurídicas del país para la realización de procesos de manufactura con bienes sujetos al régimen.
  • 33. REFORMAS  Decreto 261-2011 Reforma el Articulo 30 del Decreto 113-2011, específicamente el Art. 1 y 4 de la Ley del RIT. Manda a la Dirección Ejecutiva de Ingresos a establecer los Plazos para la Reexportación, tomando en consideración los ciclos de producción según el tipo de industria.  Por cada importación el beneficiario deberá rendir: Pagaré, Certificado de Deposito, Prenda Aduanera, Bien Inmobiliario, Fianza, Póliza de Seguro, Deposito en Efectivo, Cheque Certificado, Garantía Bancaria o combinación de las anteriores.
  • 34. REFORMAS Reforma el Articulo 31 del Decreto 113-2011 Las empresa beneficiadas de regímenes especiales de tributación bajo incentivo a las exportaciones, podrán:  Vender al mercado nacional total o parcial su producción.  Las empresas comerciales básicamente de exportación, únicamente podrán vender hasta un 50% de sus ventas.  El importador quedará sujeto al pago del ISR y los demás impuestos internos y municipales, según corresponda.
  • 35. PROCEDIMIENTO ADUANERO IMPORTACION DE MERCANCIAS EMPRESA RIT Agente Aduanero  Registra DUA bajo los regímenes según el caso: 1.- Para materias Primas 5100. 2.- Para maquinaria y equipo 5600 . Empresa RIT  Presenta DUA ante Aduana, adjuntando los siguientes doctos:  Factura de mercancía.  Resolución con listado de bienes.  Garantía  Pone a disposición de la autoridad aduanera la mercancía, a fin de que esta sea revisada según corresponda canal de selectividad. Transportista  Transporta la mercancía a la empresa beneficiaria del régimen de Importación Temporal.
  • 36. PROCEDIMIENTO ADUANERO REEXPORTACION DE MERCANCIAS DE LA EMPRESA RIT Empresa RIT  Factura el producto a Reexportar  Carga la Mercancía en el medio de transporte Agente Aduanero  Registra DUA bajo los regímenes según el caso: 1.- Régimen 3051 Reexportación Producto Elaborado 2.- Régimen 3056 Reexportación Maquinaria, equipo y repuestos  Adjunta la(s) facturas que ampara la Reexportación.  Indica la Aduana de Salida de la mercancía.  Indica el o los item a cancelar de la DUA de ingreso bajo RIT.  Pone a disposición de la autoridad de la aduanera y de las autoridades portuarias, la mercancía a fin de que se proceda de acuerdo a las normas de envío.
  • 37. PROCEDIMIENTO ADUANERO REEXPORTACION DE MERCANCIAS DE LA EMPRESA RIT Aduana de Salida  Verifica que los Datos del Medio de Transporte coincidan con los descritos en la dúa de reexportación  Permite la salida de la mercancía hacia el país de destino Transportista  Registra Manifiesto de Exportación FIN PROCESO DE SALIDA HACIA EXTERIOR
  • 38. PROCEDIMIENTO ADUANERO REEXPORTACION DE MERCANCIAS CON DESTINO A UNA ZONA LIBRE (TRANSFERENCIA) Empresa RIT  Factura el producto a Reexportar  Carga la Mercancía en el medio de transporte Agente Aduanero  Registra DUA bajo los regímenes según el caso: 1.- Régimen 3051 Reexportación Producto Elaborado 2.- Régimen 3056 Reexportación Maquinaria, equipo y repuestos  Adjunta la(s) facturas que ampara la Reexportación.  Indica la aduana de registro de la Dua jurisdicción de la Soc. RIT  Indica la Aduana de destino (código de la Zona Libre).  Indica el o los item a cancelar de la DUA de ingreso bajo RIT. Aduana de Registro de Jurisdicción  Autoriza el levante de la mercancía
  • 39. PROCEDIMIENTO ADUANERO REEXPORTACION DE MERCANCIAS CON DESTINO A UNA ZONA LIBRE (TRANSFERENCIA) Transportista  Transporta las mercancías a la Zona Libre de destino y pone a disposición de la autoridad de la aduanera asignada a la ZOLI. Sub-Administrador de Aduanas de Zoli  Recepciona el medio de transporte dentro del área restringida  Coteja los datos del medio de transporte descritos en la DUA y procede a revisar la mercancía.  Si todo esta correcto: Firma la DUA y pone a disposición de la empresa ZOLI la mercancía. FIN PROCESO DE INGRESO DEL EXTERIOR
  • 40. PROCEDIMIENTO ADUANERO NACIONALIZACION DE MERCANCIAS PROCEDENTES DE RIT Empresa RIT  Emite factura de venta.  Transporta la mercancía a la Aduana de jurisdicción. Agente Aduanero  Registra DUA bajo Régimen de nacionalización.  Adjunta la(s) facturas que ampara la nacionalización.  Indica el o los item a cancelar de la DUA de ingreso bajo RIT.  Pone a disposición de la autoridad aduanera la mercancía a fin de que esta sea revisada.  Realiza el pago ante al entidad bancaria.  Solicita selectividad.
  • 41. PROCEDIMIENTO ADUANERO NACIONALIZACION DE MERCANCIAS PROCEDENTES DE RIT Autoridad Aduanera  Realiza el examen físico y documental de las mercancías  Si todo esta conforme, permite la Salida del medio de transporte.  Si no esta conforme, procede de conformidad al procedimiento general de declaraciones. FIN DEL PROCESO
  • 42. PROCEDIMIENTO ADUANERO TRANSFERNCIA DE MERCANCIAS DE RIT A UNA ZOLI (Sub-Contratacion) Empresa RIT  Factura el producto a Reexportar  Transporta la mercancía a la aduana de jurisdicción Agente Aduanero  Registra DUA bajo Régimen de Exportación Temporal para Perf. Pasivo 2100  Adjunta la(s) facturas que ampara la Reexportación.  Indica la Aduana de destino de la mercancía (puesto Zona Libre).  Adjunta copia del Contrato de Sub-Contratación suscrito con la empresa ZOLI.  Indicar en la Casilla de Observaciones la fecha de emisión y final del Contrato y quienes suscriben el mismo. Aduana de Registro de Jurisdicción  Conforme al canal de selectividad autoriza el levante de las mercancías
  • 43. PROCEDIMIENTO ADUANERO TRANSFERNCIA DE MERCANCIAS DE RIT A UNA ZOLI (Sub- Contratación) Sub-Administrador de Aduanas de Zoli  Recepciona el medio de transporte dentro del área restringida  Coteja los datos del medio de transporte descritos en la DUA y procede a revisar la mercancía.  Si todo esta correcto: Firma la DUA y pone a disposición de la empresa ZOLI las mercancías.
  • 44. PROCEDIMIENTO ADUANERO RETORNO DE MERCANCIAS DE ZOLI A RIT (Sub- Contratacion) Empresa de ZOLI  Emite factura de venta  Carga la Mercancía en el medio de transporte  Llena la dúa física de Transito Interno con destino a la Aduana de jurisdicción de la empresa RIT.  Informa al Sub-administrador de Aduanas la Hora de salida de la Mercancía  Pone a disposición de la autoridad aduanera la mercancía a fin de que esta sea revisada. Sub-Administrador de Aduanas de Zoli  Realiza el examen físico y documental de las mercancías  Si todo esta Correcto: coloca los sellos de Seguridad en el medio de transporte, Firma y sella la Declaración de Transito Interno con destino a la Aduana de jurisdicción de la empresa RIT.  Permite la Salida del medio de transporte a la Aduana de destino de la empresa RIT.
  • 45. PROCEDIMIENTO ADUANERO RETORNO DE MERCANCIAS DE ZOLI A RIT (Sub- Contratacion) Autoridad aduanera aduana de jurisdicción de la Empresa RIT  Verifica que los Datos del Medio de Transporte coincidan con los descritos en la dúa de Transito Interno  Si todo esta correcto: (1)permite el ingreso del medio de transporte, firma la dúa de transito  Genera manifiesto de importación Empresa RIT  A través de su Agente Aduanero registra en el SARAH la DUA Bajo el Régimen de Reimportación Proveniente de una Exportación Temporal para Perfeccionamiento Pasivo (6021).  Adjunta la(s) facturas que ampara la Re-Importación.
  • 46. PROCEDIMIENTO ADUANERO RETORNO DE MERCANCIAS DE ZOLI A RIT (Sub- Contratación) Autoridad aduanera aduana de jurisdicción de la Empresa RIT  Procede a la revisión documental y física de la mercancía según el canal de selectividad, de conformidad a lo establecido en el procedimiento general de declaraciones
  • 48. DE LOS REGIMENES ESPECIALES Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras Departamento de Operaciones Aduaneras SECCION REGIMENES ESPECIALES TERMINALES DE COMBUSTIBLES
  • 50. DEPOSITO DE ADUANAS O DEPOSITO ADUANERO Es el régimen mediante el cual, las mercancías son almacenadas por un plazo determinado, en un lugar habilitado al efecto, bajo potestad de la Aduana, con suspensión de tributos que correspondan.
  • 51. BASE LEGAL  Articulo 99 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA)  Artículos 107 al 117 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA) Acuerdo 142-2008 Resolución No224-2008 (COMIECO).  Acuerdo 0681-04, del 19 de Noviembre del 2004, Reglamento de Los Almacenes Generales de Depósito y de los Depósitos de Aduanas Privados de excepción.
  • 52. BASE LEGAL Decreto 51, del 10 de abril del 2003, Ley de Equidad Tributaria. Artículo 42. Acuerdo 0948-2003, del 28 de Junio del 2003, Reglamento de la Ley de Tributaria, Artículo 38
  • 53. AUTORIDAD ADUANERA DELEGADO FISCAL  Empleado de la Dirección Ejecutiva de Ingresos que ejerce la inspección, fiscalización, control y vigilancia de las operaciones efectuadas con los bienes bajo suspensión de impuestos y derechos correspondientes en los depósitos de mercancías. DEPOSITARIO ADUANERO  Es el representante legal del depósito y en su condición de auxiliar, responde ante el servicio aduanero por la custodia y conservación temporal de mercancías, bajo control y supervisión de la autoridad aduanera.
  • 54. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LOS DEPOSITARIOS ADUANEROS OBLIGACIONES ESTABLECIDAD EN CAUCA Y RECAUCA  Recibir, almacenar y custodiar las mercancías que le sean depositadas.  Mantener e informar a la autoridad Aduanera sobre las mercancías recibidas, retiradas u objeto de otras operaciones permitidas en la forma y condiciones que establezca el servicio aduanero.  Responder directamente ante el Servicio Aduanero por el almacenamiento, custodia y conservación de las mercancías depositadas en sus locales desde el momento de su recepción. 54
  • 55.  Responder ante el fisco por el pago de las obligaciones tributarias aduaneras de las mercancías dañadas, perdidas o destruidas, salvo que estas circunstancias hubieren sido causadas por caso fortuito o fuerza mayor.  Permitir la salida de las mercancías del depósito aduanero, una vez cumplidos los requisitos y formalidades legales que para el efecto establezca el régimen u operación solicitado, previa autorización del Servicio Aduanero;  Informar a la autoridad competente del servicio aduanero de las mercancías dañadas, perdidas, destruidas, caídas en abandono y demás irregularidades ocurridas durante el depósito. 55
  • 56.  Comunicar por los medios establecidos al servicio aduanero las diferencias que se encuentren entre la cantidad de bultos recibidos y las cantidades manifestadas y cualquier otra circunstancia que afecte las mercancías.  Destinar instalaciones para el examen previo o la verificación inmediata de las mercancías depositadas. Dichas instalaciones deberán reunir las especificaciones que señale el Servicio Aduanero  Destinar un área apropiada para el almacenamiento de las mercancías caídas en abandono o decomisadas;  Delimitar el área para la realización de actividades permitidas;  Llevar un registro de todas las personas que se presenten con autorizaciones de levante de mercancías, así como de todos los vehículos que se utilicen para transportar mercancías al ingreso y egreso del depósito aduanero;  Verificar la validez de la autorización del levante de las mercancías, de conformidad con los medios definidos por el Servicio Aduanero; 56
  • 57. PROCESO INGRESO DE COMBUSTIBLE A LA TERMINAL TRANSPORTISTA  Registra manifiesto de importación conforme a los volúmenes descritos en el BL TERMINAL DE COMBUSTIBLE  Medición de volúmenes de combustibles en tanques/tierra
  • 58. PROCESO INGRESO DE COMBUSTIBLE A LA TERMINAL AUTORIDAD ADUANERA  Autoriza descarga de combustible a la terminal, levantando el acta de los volúmenes descargados
  • 59. TERMINAL DE COMBUSTIBLE  Informa al Agente Aduanero de los volúmenes realmente descargados AGENTE ADUANERO  Registra en el Sistema Informático Aduanero la declaración de ingreso a Deposito Aduanero bajo régimen 7000 FIN PROCESO INGRESO A LA TERMINAL
  • 60. VENTAS SUJETAS AL PAGO DE ACPV TERMINAL DE COMBUSTIBLE  Factura el combustible al comprador  Registra en SARAH por cada cisterna una solicitud de salida  Al final del día totaliza todas las salidas de combustibles  Notifica al agente aduanero los volúmenes de combustibles despachados, una vez que el Delegado Fiscal confirme la salida en el SARAH
  • 61. DELEGADO FISCAL  Autoriza/Confirma las solicitudes de salida, cotejando los documentos que la sustentan Nota: Si al momento del cotejo encontrase diferencias, informa a la terminal para que rectifique o anule la solicitud AGENTE ADUANERO  Registra la declaración única aduanera bajo régimen 4070 (sujeta a pago de ACPV)
  • 62. VENTAS DE COMBUSTIBLE EXONERADO SECRETARIA DE FINANZAS  Emite Resolución de exoneración del tributo ACPV a empresa beneficiaria DIRECCION EJECUTIVA DE INGRESOS  Emite orden e compra de conformidad a la resolución de exoneración ADUANA  Recepciona de parte de la empresa Beneficiaria/Terminal de Combustible, la Resolución de exoneración de ACPV.  Confirma la veracidad de la Resolución de exoneración de ACPV  Registra en el SARAH la Resolución de exoneración de conformidad a los volúmenes de combustibles autorizados
  • 63. TERMINAL DE COMBUSTIBLE  Factura el producto a vender, este proceso podrá realizarlo antes de cargar el combustibles en la cisterna o después de cargado.  Informa al agente aduanero para el registro de la DUA a nombre del cliente exonerado  Autoriza la salida de la cisterna de la terminal, una vez que la DUA se encuentre autorizado su levante AGENTE ADUANERO  Registra la dúa y notifica a la terminal cuando se encuentre autorizado el levante DELEGADO FISCAL DE LA TERMINAL  Autoriza la salida de la cisterna de la terminal 63