2. 2REGLAMENTO DE CONDOMINIO 665 PARQUES DEL CENTINELA
Índice
DISPOSICIONES GENERALES...........................................................3
Seguridad.......................................................................................4
Higiene...........................................................................................4
Tránsito..........................................................................................4
Respeto..........................................................................................5
Visitantes .......................................................................................6
3. 3REGLAMENTO DE CONDOMINIO 665 PARQUES DEL CENTINELA
DISPOSICIONES GENERALES
El cumplimiento del presente Reglamento Interior del Condominio denominado: parques
del centinela ubicado en calle circuito parques del centinela #665 Zapopan Jalisco,
compuesto por 72(setenta y dos casas habitación), es de carácter obligatorio para los
propietarios de casas habitación o arrendatarios de las mismas.
El mismo impone una serie de obligaciones relativas al uso y disfrute de las casas
habitación, así como de las Áreas Comunes y sus servicios. Su objeto es evitar que se
incurra en actos u omisiones que afecten tales bienes y servicios comunes o que se
utilicen en una forma distinta a la que señala éste Reglamento
Los propietarios habrán de considerar a los elementos comunes del Fraccionamiento
como una extensión de su residencia y a todos los usuarios de dichos elementos comunes
como sus huéspedes/invitados.
Los elementos comunes no se considerarán espacios públicos, por tanto, los Vecinos
esperan que los mismos sean utilizados de manera cuidadosa y respetuosa.
La intención del Comité de Condóminos es elaborar reglamentos razonables o
modificarlos a fin de que existan lineamientos que regulen las situaciones que se
presentan en el día con día, y así evitar conflictos en un futuro, todo en pro de tener un
condominio tranquilo y agradable para vivir, redituando en un condominio con una alta
plusvalía.
Este Reglamento podrá ser modificado a fin de adaptarse a las necesidades y deseos
cambiantes de los Vecinos del Fraccionamiento, dando previo aviso de esto a todos los
obligados a cumplirlo.
Por el solo hecho de adquirir la propiedad de Casa Habitación, se adquiere la calidad de
miembro de la Comité de condóminos y corresponsable del buen uso respecto de los
Bienes de Uso Común.
Este Reglamento es obligatorio para todo propietario de una casa habitación en el
Fraccionamiento parques del centinela, ubicado en Circuito Parques del Centinela 665
en la ciudad de Zapopan, Estado de Jalisco.
Cada propietario será responsable de que sus familiares, invitados, visitantes,
arrendatarios y cualquier otra persona que visite el Condominio cumplan con el presente
Reglamento.
Los propietarios u ocupantes deberán cumplir con las leyes, ordenamientos y
reglamentos aplicables.
La adquisición, ocupación, uso, posesión o toma en arrendamiento una casa habitación
implica necesariamente la aceptación de las disposiciones de éste Reglamento y los
acuerdos del Comité de Condóminos.
En caso de arrendamiento, la disposición contenida en éste Artículo deberá incluirse
invariablemente en el contrato de arrendamiento respectivo.
El Comité de Condóminos y todos sus miembros tienen la obligación y el derecho de
vigilar el cumplimiento del presente Reglamento.
La Autoridad Municipal podrá aplicar las sanciones y medidas de seguridad previstas en
la Ley Orgánica Municipal y en el Reglamento de Policía y buen Gobierno del Municipio
4. 4REGLAMENTO DE CONDOMINIO 665 PARQUES DEL CENTINELA
Zapopan Jalisco, para obligar a los infractores al cumplimiento y a la reparación de los
daños y perjuicios que se hubieren ocasionado.
Se podrá solicitar el apoyo de la fuerza pública cuando el caso lo amerite.
El presente reglamento se elabora a petición de los vecinos del condominio. Cualquier
situación no prevista dentro del presente reglamento será resuelta por el Consejo de
Administración formado por vecinos del condominio.
El cumplimiento de este reglamento es independiente a cualquier otro reglamento o ley
al que los vecinos estén sujetos
Seguridad
El encargado del acceso cuenta con la autoridad suficiente para que a su juicio
inspeccione a toda persona sospechosa.
Se les suplica que los niños menores de 6 años dentro del condominio estén bajo
la supervisión de algún adulto responsable.
Queda prohibido el acceso a los vendedores. Se les exhortará a dejar su
publicidad en la caseta de vigilancia, de manera que cualquier condómino
interesado en algún servicio en particular pueda informarse.
Queda prohibido el encender fuego en las áreas verdes
Queda prohibido tomar fotografías a casas y/o personas, salvo que cuente con
consentimiento expreso por parte del propietario.
Cualquier persona que se sorprenda haciendo mal uso de las instalaciones con las
que cuenta la colonia será consignada a las autoridades correspondientes.
El encargado del acceso cuidará que se cumpla lo anteriormente mencionado.
Higiene
Queda estrictamente prohibido arrojar basura en las áreas públicas.
Se deberá de mantener limpio el frente de cada hogar
Por seguridad de los Vecinos, no se permite que los perros vagabundeen solos,
deberán siempre ser acompañados por sus dueños y deberá de hacerlo con correa
Abstenerse de que sus mascotas excreten en los espacios que no les son propios,
o en su caso limpiar dichas excretas.
Verificar que sus mascotas queden resguardadas por las noches.
Los dueños de mascotas deberán estar al pendiente de que no atente de ninguna
manera la seguridad o tranquilidad de los vecinos.
La recolección de basura es de lunes a sábado, se debe entregar separada de la
siguiente manera: desechos orgánicos y sanitarios (martes, jueves y sábado)
desechos inorgánicos (lunes, miércoles y viernes)
Tránsito
La velocidad máxima dentro de la colonia será de 20 Km./Hr.
Respetar las señales de tránsito establecidas. Incluyendo zonas de no
estacionarse y sentido de la calle.
Evitar el uso de la bocina o claxon del vehículo.
5. 5REGLAMENTO DE CONDOMINIO 665 PARQUES DEL CENTINELA
No obstaculizar el flujo de los vehículos y circular por la derecha.
Cuando tenga que detenerse colóquese a lado de la acera utilizando sus luces
intermitentes.
No obstaculizar los accesos a los corredores de las áreas verdes y rampas en
banquetas.
No obstaculizar los accesos a las cocheras de los vecinos ni las áreas comunes
para el tránsito vehicular.
Se podrá cerrar el tránsito de alguna calle solo y cuando se cuente con un
permiso por parte de la mesa directiva, en cualquier otro caso será reportado a
las autoridades correspondientes.
El encargado del acceso está facultado para indicarle el incumplimiento de
alguna de las señalizaciones de tránsito instaladas.
Respeto
Se deberá tratar a todo vecino con cortesía y civilidad.
Recordar que nuestros derechos terminan donde comienzan los derechos de los
demás.
Tener respeto por el descanso de los vecinos teniendo a un nivel considerado el
volumen de los aparatos de sonido en horas inconvenientes.
Evitar hacer reparaciones o modificaciones a las casas en un horario
inconveniente con herramientas o utensilios que produzcan ruido, tales como:
taladros, podadoras, martillos, etc.
Las dos últimas de acuerdo a los siguientes horarios: Entre semana de 11:00 p.m.
y las 7:00 a.m. del día siguiente, y los fines de semana de 12:00 a.m. a 7:00 a.m.
No realizar acto alguno que afecte la tranquilidad de los demás vecinos y
ocupantes, o que comprometa la estabilidad, seguridad, salubridad o comodidad
de los vecinos,
Los Vecinos estarán obligados a no incurrir en actos u omisiones que causen
molestias a los residentes del Condominio.
Evitar que la ropa, ropa de cama, toallas y demás bienes similares de quienes
habitan las Casas Habitación se tiendan en barandales, ventanas, balcones,
terrazas y demás lugares que puedan observarse desde el exterior, ni en sitio
alguno de las Áreas Comunes
No se permitirá el almacenamiento de vehículos o bienes muebles en las áreas
comunes.
Todos los Vecinos se obligan a mantener en condiciones de limpieza las calles que
estén enfrente de su propiedad. No se permitirá colocar objetos que interrumpan
el paso de peatones.
Cada Vecino podrá mantener árboles y plantas dentro de su Casa Habitación,
según sea el caso, en la medida que no perjudique los intereses de los vecinos o
del Condominio. Este derecho lleva consigo la obligación de mantener las
condiciones adecuadas de los arbustos y plantas y la buena presentación de las
Casas.
Los vecinos/ocupantes de las Casas Habitación se abstendrán de colocar anuncios
o letreros de cualquier tipo, inclusive de carácter político, comercial o religioso,
en las áreas comunes y áreas verdes, excepto los relacionados con la
administración del condominio.
6. 6REGLAMENTO DE CONDOMINIO 665 PARQUES DEL CENTINELA
Visitantes
Evitar molestias a los vecinos, utilizando el estacionamiento para visitas. En caso
de no haber espacio en este estacionamiento podrán estacionarse en las
cercanías de la casa que visitan, previo consentimiento de los vecinos aledaños.
Todo vecino u ocupante del Fraccionamiento tiene la obligación de:
Cubrir la cuota mensual establecida de $350.00 para el pago de servicios propios
del condominio, la cual deberá cubrirse en los primeros 5 días de cada mes.
A no vender su unidad sin haber cumplido con sus obligaciones con el
condominio, entendiéndose que el nuevo adquirente será solidariamente
responsable por el pago de ellas en cualquier caso.
Sanciones
El incumplimiento del pago de la cuota después del sexto día generará cargo moratorio
de $50.00
Se solicita respetuosamente su cooperación y comprensión
SEA UN BUEN VECINO! DISFRUTEMOS TODOS DE LA TRANQUILIDAD DEL
FRACCIONAMIENTO PARQUES DEL CENTINELA.
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parquesdelcentinela665@hotmail.com