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REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS”




                       INTRODUCCIÓN



El Reglamento Interno de la Institución Educativa “Príncipe de Asturias”, está
elaborado, basado y de acuerdo a las normas vigentes, pensando en el buen
desenvolvimiento Institucional; por tal motivo servirá para alcanzar los
objetivos trazados y garantizar la necesaria relación entre los estamentos que
conforman la institución, como son: La Dirección,          las Subdirecciones,
Personal Docente, Personal Administrativo, Personal de Servicio, Padres de
Familia y Alumnos, que forman la Familia Educativa.

Para garantizar el desarrollo de las normas es necesario trabajar en forma
coordinada y organizada, con el buen ánimo de colaborar y participar
buscando a corto y largo plazo el mejoramiento de nuestra Institución
Educativa. De este modo lograremos nuestros objetivos trazados.

Constituidos como Comisión de Reglamento Interno 2011, los docentes Pedro
Chávez Suni y Mario Huacán Ramírez, nos avocamos a la preparación y
elaboración de la propuesta a discutir en las jornadas de trabajo de Diciembre
del Año 2011, tales exposiciones y debates se desarrollaron contando con la
participación de todo el personal directivo, docente y administrativo, guardando
celosamente el necesario quórum reglamentario y mayoritario, dada la
importancia del documento a discutir y aprobar. Debemos destacar que el
presente reglamento interno había sido postergado en su aprobación total, tan
sólo parcialmente era discutida y aprobada, de allí la importancia del trabajo
realizado y concluido por esta comisión 2011. Sin duda los aportes realizados
por comisiones anteriores aligeraron el trabajo, tanto como los aportes
recibidos en la participación de cada uno de los asambleístas presentes en las
discusiones y debates que se llevaron a cabo. Mención aparte expresaremos
las facilidades brindadas por la profesora Silvia Villafuerte Batallanos
encargada en la dirección del plantel y su equipo directivo para la consecución
de esta tarea programada y llevada a cabo con éxito.


El presente Reglamento ha sido elaborado con ahínco y esmero teniendo en
cuenta los aspectos pedagógicos y administrativos, tanto en los niveles de
Educación Inicial, Primaria y Secundaria de Menores de nuestra Institución
Educativa 7096 “Príncipe de Asturias” del Distrito de Villa El Salvador.




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REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS”




         OBJETIVO GENERAL DEL REGLAMENTO
                   INTERNO 2012



Determinar las normas, funciones y procedimientos que regulan el
funcionamiento de la I.E.N° 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS”, en este
instrumento de gestión se establecen los derechos y deberes del personal
docente y administrativo, los criterios de administración y manejo de recursos,
el desarrollo de las actividades académicas, administrativas, el régimen
económico y disciplinario entre otros.




                  DISPOSICIONES GENERALES



El presente Reglamento Interno, tiene la finalidad de contribuir con una
educación de calidad en la Institución Educativa, por lo tanto debe ser un
documento rector que establezca los parámetros de la vida institucional con
una visión de integración y flexibilidad, considerando los principios de la
interculturalidad y los valores, la tolerancia y la equidad.

Por consiguiente el presente Reglamento Interno está estructurado teniendo
como base la Constitución Política del Perú en el artículo 13, Ley General de
Educación, Código del Niño y del Adolescente, el plan Nacional de Acción por
la Infancia y la Adolescencia.




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                 REGLAMENTO INTERNO



                               TÍTULO I

               BASES LEGALES
   ORGANIZACIÓN DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA



                                Capítulo 1
BASES LEGALES VIGENTES, OBJETIVOS, ESTRUCTURA ORGÁNICA

A. BASES LEGALES
   ARTÍCULO 1: Constituyen bases legales:
      1.1 Constitución Política del Perú.
      1.2 Ley General de Educación N° 28044.
      1.3 Ley del Profesorado N° 24029 y su modificatoria N° 25212,
      1.4   Ley 29062 de la Carrera Pública Magisterial.
      1.5 Ley Nº 28198 Colegio de Profesores del Perú
      1.6 Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y
           Directiva 11-2007 -AGA- DUGEL 01
      1.7 DL. 25762 Ley orgánica del Ministerio de Educación modificado
           por la ley 26510 y los decretos supremos 051-95-ED y 002-96-ED.
      1.8 Normas Legales, Resolución Ministerial D.S. 002- 96 ED.
      1.9 Resolución Ministerial N° 916 DE- 96
      1.10 D.S. 007-2001-ED.y su complementaria R.M. 168-2002-ED y D.S.
           048-2005-ED
      1.11 D-S- Nº 005-90 Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa.
      1.12 26644 Derecho de Descanso Pre natal y Post Natal de los
            Trabajadores.
      1.13 D.L. Nº 800-96 Horario y Atención de la Administración Pública.
      1.14 R.M. Nº 574-94-ED Reglamento del Control de Asistencia y
           Permanencia del Personal.
      1.15 Reglamento de Educación de Menores y Mayores D. S. 04-94 del
           Ministerio de Educación
      1.16 R.M. Nº 026-2004-ED

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1.17 R.M. Nº 0043-2004-ED
1.18 R.M. N° 353-89-ED Funciones para el personal administrativo de
        la Institución, trabajadores del servicio y guardianía
1.19 Reglamento Vice – Ministerial N° 077-84 C.D. de las normas
        específicas para la evaluación del aprendizaje y comportamiento
        de los educandos.
  1.20 D.S. N° 69-63 Responsabilidades de Empleados y Funcionarios
        del Sector Educación.
    1.21 D.S. Nº 18-2004-ED- Aprueba reglamento de APAFAS de las
        II.EE Públicas
 1.22 R.M. N° 1225-85-ED Normas sobre la Determinación de Alumnos
        que han obtenido los más altos puntajes de Educación.
 1.23 R.M. N° 814-85-ED Funciones de los Auxiliares de Educación.
     1.24 R.D. N° 0711 Funciones para el personal Administrativo del
        Plantel, trabajadores de Servicio y Guardianía. R.M. N° 353-89-
        ED.
 1.25 R.M. N° 1241-84-ED Normas para Bibliotecas Escolares.
    1.26 R.M. N° 1173-91-ED Normas para la Selección de Personal y
        Provisión de Cargos Directivos, Jerárquicos de Centros de
        Programas Educativos Estatales y Particulares.
 1.27 R.M. N° 002-98-ED Reglamento de Organización y Funciones del
        Ministerio de Educación.
       1.28 R.M. N° 291-95-ED Autorización de Excursiones y Visitas
        Escolares.
        1.29 Proyecto Huascarán resolución de Secretaría General Nº
        503-2003-ED
 1.30 D.S. 17-2004 – ED del Colegio de Profesores del Perú.
     1.31 D.L. Nº 719 Ley de Cooperación Técnica Internacional y su
        reglamento D.S. 015- 92-PCM
  1.32 DIRECTIVA Nº 050 - 2007–ME/SG Normas de transparencia en
        la conducta y desempeño de funcionarios y servidores públicos.
1.33 El Nuevo Código de los Niños y Adolescentes - Ley N° 27337
  1.34 R.M. Nº 234-2005-ED – Aprueba Directiva Nº 004-VMGP-2005-
        evaluación de Aprendizajes en la EBR
       1.35 R.M. Nº 048-2004-ED Orientaciones para las Actividades
        Educativas
  1.36 R.M. Nº 0710-2005-ED Orientaciones y normas nacionales para
        la gestión de las II.EE. de Educación Básica y Educación
        Técnico Productiva.
1.37 D.S. Nº 018-2004-ED
1.38 R.M 009-2005 Normas para el desarrollo de la gestión pública
1.39 R.M. No 0712-2006-ED
 1.40 D.S. N° 050-82-ED Reglamento sobre el Sistema de Supervisión
        y Monitoreo.
  1.41 Directiva Nº 005-2010-ME/VMGI “Normas para la Ejecución del
        Mantenimiento de los Locales de las Instituciones Educativas
        Públicas a Nivel Nacional – 2010, en el marco de lo dispuesto
        por la Ley Nº 29465”
       1.42 Resolución Ministerial Nº 0622-2011-ED Directiva para el
        Desarrollo del Año Escolar 2012.

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                                 LEMA




ESTUDIO

El Estudio es el pilar fundamental del quehacer de nuestra institución, significa
y se considera realmente como un potencial. Lo es en el sentido de que una
persona dispone de una serie de características o aptitudes que puede o no
llegar a desarrollar, desplegarlas y elevar su nivel son la razón del maestro
asturiano, por ende él mismo está llamado a capacitarse acorde con los retos
que le demandan los nuevos tiempos y sus conquistadores: nuestros alumnos.
El talento es una manifestación de la inteligencia emocional y es una aptitud o
conjunto de aptitudes o destrezas sobresalientes respecto de un grupo para
realizar una tarea determinada en forma exitosa. El talento puede ser heredado
o adquirido mediante el aprendizaje. Por tanto resulta objetiva nuestra firme
decisión de apostar por cimentar cualidades y propósitos de dedicación que
animen a nuestros jóvenes estudiantes a la cimentación en sus vidas de este
valor institucional.

TRABAJO

El Trabajo es para la comunidad educativa asturiana una constante misión de
emprendimiento pues es así como nació al calor, necesidad, empuje y decisión
de abrazar el futuro con sus propias manos. Nos reconocemos en este baluarte
porque lo comprendemos como un derecho, como una tarea que señala
rumbos y define objetivos. Es también para nosotros un compromiso que
potencia nuestros esfuerzos y que pone en tensión nuestras fuerzas en cada
proyecto, en cada actividad emprendedora y aún más allá de nuestras
divergencias.
Es este dinamismo el que convoca a nuestra comunidad educativa a gestar y
alcanzar nuestros logros como el primer día de nuestra creación institucional,
con esfuerzo, tesón y perseverancia.

PROGRESO

El Progreso es la palanca que mueve el desarrollo de nuestra comunidad
educativa, pertenecemos a la comunidad de Villa El Salvador, somos reflejo de
su lucha, de su amor por crecer, por forjar destinos. Es aquello que nos
proponemos con nuestra institución de cara al futuro, surgir, consolidarnos
como una institución que aporta a su comunidad, que avanza al ritmo de su
empuje, de su tesón, de su necesidad de lograr sus metas pues solo ellas lo
convertirán en el verdadero motor de su propia historia.

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                             IDEARIO
            “Somos Pioneros somos Vencedores”

        “Empoderamiento – Sinergia – Resiliencia”
Nuestro ideario enfoca una serie de características propias que posee cada
alumno(a) de nuestra institución, se distinguen entre muchos jóvenes por sus
cualidades personales y su formación tenaz y trascendente. La luz que emana
su mirada y su personalidad esta unida a sus valores, sus conocimientos
recibidos en una formación integral, lista para asumir compromisos personales
y sociales haciendo brillar su persona, a su comunidad y a su nación, porque
ser forjadores y triunfadores resulta innato para todo integrante de nuestra
comunidad educativa asturiana.

FUNDAMENTO Y SIGNIFICADO DE NUESTRO IDEARIO:

EMPODERAMIENTO:

"El Empoderamiento es un concepto que dirige la atención hacia las relaciones
de poder desiguales entre los géneros, y el proceso por el cual se puede
superar la discriminación".
El Empoderamiento es el reconocimiento de que todo integrante de la
comunidad educativa actúe dentro del sistema social educativo, se sienta
sensible y vivo, que necesita actuar con interdependencia entre sus miembros.
Esto quiere decir que los miembros de una institución presentan diferentes
grados de complejidad, en función de qué tan maduros son sus integrantes
para asumir responsabilidades, sin cometer abusos que lesionen la viabilidad
del todo.

SINERGIA:

La sinergia es la combinación de actividades que da como resultado algo más
grande que la simple suma de éstos, es decir, cuando dos o más actividades
se unen sinérgicamente crean un resultado que aprovecha y maximiza las
cualidades de cada uno de ellos.
La sinergia apunta a una integración mente – cuerpo, de esta manera nos
conduce con facilidad hacia nuestras metas al liberar los bloqueos que nos
impide alcanzarlas. Los movimientos estimulan el flujo de información dentro
del cerebro y el cuerpo, conduciéndonos así a un aprendizaje óptimo.

RESILIENCIA:

La resiliencia es la capacidad de una persona o grupo para seguir
proyectándose en el futuro a pesar de acontecimientos desestabilizadores, de


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condiciones de vida difíciles y de traumas a veces graves. Es una capacidad
que se manifiesta:
    • Frente a la destrucción, mostrando una gran facultad de proteger la
       propia integridad bajo presión.
    • Ante la adversidad, estableciendo una actitud vital positiva pese a
       circunstancias difíciles.
Las II.EE. ayudan a fortalecer la resiliencia entre sus integrantes. Existen
sobradas pruebas de que las escuelas como organizaciones y la educación en
general pueden ser poderosas constructoras de resiliencia. Después de la
familia, la escuela es el lugar más propicio para que las alumnas(os)
experimenten las condiciones que promueven la resiliencia.
Dado que las escuelas tienen la capacidad de construir resiliencia, hay muchas
tareas que deben llevarse a cabo a fin de asegurar que ello ocurra para todos y
cada uno de sus integrantes.


B. OBJETIVOS DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

   ARTÍCULO 2: Son objetivos de la Institución Educativa:
       a) Impartir una Educación Científica y Democrática.
       b) Impartir una Educación Técnico Pedagógica basada en la realidad.
       c) Integrar el trabajo educativo con el sistema productivo.
       d) Fortalecer la conciencia cívica patriótica para garantizar la
          Soberanía, Seguridad, integridad y Defensa Nacional.
       e) Lograr La participación activa de la comunidad en promoción y
          gestión de los servicios que requiere el Centro educativo
       f) Establecer buenas relaciones humanas entre los estamentos del
          Centro educativo para dar una buena imagen a la Comunidad
          Educativa.
       g) Practicar y guardar respeto al personal directivo, docente,
          administrativo, de servicio y viceversa.

A. ESTRUCTURA ORGÁNICA

   ARTÍCULO 3: Forman la estructura orgánica de la Institución Educativa:

Órgano de Dirección:
  • Director.
  • Sub Dirección de Formación General.
  • Sub Dirección Administrativa
  • Sub Dirección de Educación Primaria.
  • Dirección de Educación Adultos Básica Alternativa Primaria.

Órgano Técnico Pedagógico y de Asesoramiento:
   • Consejo Académico
   • Comité de Evaluación
   • Comisión de Racionalización
   • Comité de Disciplina
   • Defensoría del Niño y del Adolescente.



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COORDINADORES DE AREA:

   •   Coordinación de Ciencias y Ambiente.
   •   Coordinación de Ciencias Sociales.
   •   Coordinación de Matemática.
   •   Coordinación de Comunicación.
   •   Coordinación de Educación para el trabajo.
   •   Coordinación de Educación física.
   •   Coordinación de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar.
   •   Docentes Aula Innovación Pedagógica (DAIP) Programa Huascarán
   •   Coordinación del Programa de Recuperación Pedagógica.

Órgano de Ejecución:
   • Docentes.
   • Auxiliares de Educación.

Órgano de Apoyo Administrativo:
   • Secretaría.
   • Biblioteca.
   • Laboratorio.
   • Comité de Recursos financieros.
   • Guardianía y personal de limpieza.

Órgano de Participación Concertación y Vigilancia:
   • CONEI
   • Municipio Escolar.
   • Consejos de Aula.
   • Alumnos.
   • Asociación de Padres de Familia.
   • Comités de Aula.
   • Padres de Familia.
   • Comité del Programa de Desayuno Escolar.
   • Sindicato de Profesores (SUTE BASE).
   • Asociación de Ex Alumnos.




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ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL 2012




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             ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL 2012
                               ÁREA PEDAGÓGICA


UGEL Nº 01                                                                       APAFA




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                                ORGANIGRAMA FUNCIONAL 2012
                                                ÁREA PEDAGÓGICA


UGEL Nº 01                                                             APAFA

                                                          DIRECCIÓN

                        SUB DIRECCIÓN
                              DE                                                           SUB DIRECCIÓN
                          PRIMARIA                                                     DE FORMACIÓN GENERAL




     COORDINADORES                                                                                            COORDINADORES
           DE                                                                                                       DE
        GRADOS                                          ALUMN@S                                                   ÁREAS
                                                       ASTURIAN@S


              POLICÍA
              ESCOLAR                                                                                     DOCENTES


                                                                          AUXILIARES
                                         MUNICIPIO                            DE
                                          ESCOLAR                         EDUCACIÓN




                                                             12
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             ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL 2012
                           ÁREA ADMINISTRATIVA

UGEL Nº 01                                    APAFA




                                            13
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                               TÍTULO II


   FUNCIONES DEL PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN
                  EDUCATIVA


                                Capítulo 2

                         DE LAS FUNCIONES


B. DE LA DIRECCION: (Ley28044-28-07-2003 Art.55)

    ARTÍCULO 4: Son funciones del Director(a) de la Institución Educativa,
además de las establecidas en los Artículos 55 º y 68 º de la Ley General de
Educación:
   1. Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el servicio
      educativo. Formula, coordina, ejecuta y evalúa el Plan Anual, con la
      participación del personal docente y la colaboración de la APAFA..
   2. Preside las reuniones Técnico - Pedagógicas, administrativas y otras
      relaciones de acuerdo con los objetivos de la Institución Educativa
   3. Organiza y dirige la Supervisión Educativa.
   4. Organiza el proceso de matrícula y autoriza traslados de matricula,
      exoneraciones de asignaturas (Religión).
   5. Realiza de oficio la matrícula del menor abandonado o en peligro moral.
   6. Autoriza la rectificación de nombres y apellidos de los educandos en los
      documentos pedagógicos de acuerdo a las leyes y normas.
   7. Dirige, coordina, asesora, supervisa y evalúa la labor del personal a su
      cargo.
   8. Aprueba el C.A.P. del personal docente y solicita la cobertura de las
      plazas vacantes ante la autoridad educativa competente.
   9. Establecer, en coordinación con el Consejo Educativo Institucional,
      antes del comienzo del año lectivo, la calendarización del año escolar y
      aprobar la programación curricular, el sistema de evaluación de los
      alumnos, basados en los criterios técnicos emitidos por el Ministerio de
      educación, garantizando el cumplimiento efectivo del tiempo de
      aprendizaje, en el marco de las orientaciones y normas nacionales
      dictadas por el mismo para el inicio
                                       14
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    del año escolar.
10. Delegar funciones a los subdirectores y a otros miembros de su
    comunidad educativa.
11. Propone al Personal Docente y administrativo en las plazas de contrato
    luego de un proceso de evaluación, de acuerdo a las Normas vigentes y
    comunica a las autoridades competentes de la UGEL 01
12. Administra los documentos de la Institución Educativa.
13. Administra los fondos de las actividades productivas, de acuerdo a las
    normas específicas vigentes.
14. Autoriza visitas de estudio o excursiones dentro del ámbito
    departamental (R.M. N° 0394-2008-ED).
15. Expide certificados de estudio y de conducta.
16. Aprueba o desaprueba los estímulos o sanciones, según el caso, a los
    alumnos del colegio de acuerdo al informe de las comisiones,
    Reglamento Interno y demás normas vigentes.
17. Organiza integral y racionalmente los recursos y servicios educativos
    para satisfacer los requerimientos internos de la Institución Educativa.
18. Formula el cuadro de necesidades de bienes y servicios.
19. Autoriza de acuerdo con las disposiciones vigentes, el uso eventual de
    los ambientes y/o equipos del colegio, por parte de instituciones o de la
    comunidad con fines educativos.
20. Recepciona e informa las licencias del personal docente y
    administrativo. Cuando la licencia sea de 30 días o más, corresponderá
    el contrato de un personal reemplazante por el tiempo que dure la
    licencia del titular.
21. Formula el presupuesto de la Institución Educativa y vela por la correcta
    administración de los recursos propios, informando a las autoridades
    competentes y a la comunidad educativa (Ley de Transparencia y
    acceso a la información).
22. Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de sus fondos,
    de conformidad con lo establecido en el Reglamento General de la
    APAFA.
23. Preside la comisión que adjudica la concesión de kioscos, cafeterías y/u
    otros, de acuerdo a las normas vigentes.
24. Es el responsable de la convivencia y disciplina escolar, del uso
    adecuado del tiempo y del fortalecimiento de la formación ciudadana,
    cívica y patriótica de los estudiantes, en todas las actividades que se
    realicen en la I.E.
25. Coordina permanentemente con el responsable de la convivencia y la
    disciplina escolar y los tutores para el logro de los objetivos señalados.
26. Convoca a reuniones de tutores, profesores, padres de familia y otros
    actores educativos para el logro de los objetivos señalados.
27. Aprobar, por Resolución Directoral, los instrumentos de gestión de la
    Institución Educativa.
28. Coordina con la Asociación de Padres de familia y la autoridad
    competente del Ministerio de Educación asuntos de interés común.
29. Velar por el mantenimiento y conservación del mobiliario, equipamiento
    e infraestructura de la institución educativa, y gestionar la adquisición y/o
    donación de mobiliario y equipamiento así como la rehabilitación de la
    infraestructura escolar en coordinación con el CONEI y APAFA, cuyos

                                     15
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      fondos provengan de los recursos propios de la institución o de
      entidades públicas o privadas.
  30. Conducir la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo
      Institucional, Plan Anual de Trabajo y Reglamento Interno, de manera
      participativa.
  31. El Director tiene la obligación de asistir a las reuniones convocadas por
      la superioridad, así como gestionar ante las instituciones públicas y
      privadas, a favor del colegio e informar a los docentes haciendo efecto
      multiplicador.    El Director justificará su ausencia, firmando en el
      Cuaderno de Desplazamientos.
  32. Desarrollar acciones de capacitación del personal. En forma rotativa y
      considerando a todo el      personal por especialidad y/o función.
  33. Estimular el buen desempeño docente estableciendo en la institución
      educativa, prácticas y estrategias de reconocimiento público a las
      innovaciones educativas y experiencias exitosas.
  34. El accionar del Director fundamentalmente debe estar enmarcado en
      mantener las buenas relaciones humanas, cautelando los bienes y
      enseres de la Institución, cualquier agravante se sujeta a las normas
      educativas, civiles y penales según la gravedad del caso, en cuyos
      casos intervienen las autoridades específicas según correspondan.
  35. El director en ejercicio de su autoridad y responsabilidad en resguardo
      del cumplimiento de las normas de convivencia, reglamento interno y
      otras de su competencia, en lo referido a incumplimiento de funciones y
      otros de carácter disciplinario de los servidores de nuestra institución
      educativa, agotará las instancias de orden interno, de no encontrarse
      solución y/o reincidencia del servidor, bajo responsabilidad derivará el
      caso al órgano superior para su tratamiento.
  36. Otras funciones que se le asignen por norma específica del sector.
  37. Todas las actividades de supervisión y evaluación se llevaran a cabo
      haciendo uso de instrumentos de evaluación previa aprobación de los
      docentes y personal administrativo en asamblea general.


C. DE LA SUB DIRECCIÓN DE FORMACIÓN GENERAL

  ARTÍCULO 5: Son funciones del (la) Subdirector(a) de Formación General:
       1. Planifica, organiza, supervisa, y evalúa las actividades técnico –
          pedagógicas.
       2. Supervisa las actividades de Tutoría.
       3. Orienta, supervisa y evalúa permanentemente las funciones
          específicas del personal de su nivel, haciendo uso de un
          instrumento de evaluación.
       4. Participa en la formulación del plan anual de la Institución
          Educativa y en las reuniones del CONA.
       5. Organiza y supervisa permanentemente el trabajo educativo,
          formula con el personal docente o comisiones el plan de estudios,
          el cuadro de distribución por áreas, horario de clases y turnos de
          trabajo, en una asamblea con los docentes del nivel, según el PEI
          y las normas vigentes.
       6. Supervisa la correcta aplicación del proceso de evaluación.

                                     16
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       7. Convoca y dirige las reuniones técnico - pedagógicas para
           coordinar y evaluar el trabajo educativo.
       8. Promueve, organiza y ejecuta eventos de capacitación y
           actualización docente así como la realización de estudios de
           investigación para mejorar métodos y material educativo.
       9. Supervisa, evalúa y controla las acciones educativas y el proceso
           de enseñanza – aprendizaje.
       10. En caso de incumplimiento de los deberes y obligaciones
           debidamente comprobados, son pasibles de eemplearse como
           medidas disciplinarias ante el personal subordinado a su cargo
           previo memorándum haciendo de conocimiento del servidor la
           supuesta falta cometida y su consiguiente escucha y/o descargo:
            a. Amonestación Verbal.
            b. Amonestación por escrito
            c. Llamada de atención
            Sin perjuicio de su aplicación todas las medidas disciplinarias
            serán comunicadas en el término de la distancia a la Dirección del
            plantel para su conocimiento y demás fines
       11. Representa por delegación al director(a), con autonomía para
           tomar decisiones, siempre en concordancia con los objetivos
           genuinos de la institución educativa y de manera primordial con los
           intereses del centro de la acción educativa, el alumno.
       12. Asesora al director en lo referente al aspecto técnico pedagógico
           de su nivel.
       13. Prepara, elabora las Nóminas de Alumnos, Actas de Evaluación
           Final y Actas de Recuperación Académica.
       14. Todas las actividades de supervisión y evaluación se llevaran a
           cabo haciendo uso de instrumentos de evaluación previa
           aprobación de los docentes en asamblea del nivel.

C. DE LA SUB DIRECCIÓN DE PRIMARIA

  ARTÍCULO 6: Son funciones del Subdirector(a) de Primaria:
       1. El Subdirector de Primaria es el personaje inmediato en jerarquía
           al Subdirector de Formación General.
       2. Orienta, supervisa y evalúa las acciones Técnico – Pedagógicas
           del nivel Primaria debiendo presentar sus informes periódicamente
       3. Participa en la elaboración del Plan Anual de Trabajo, Plan de
           Supervisión y Reglamento Interno del Colegio. Debe tenerse en
           cuenta la autonomía del Subdirector de acuerdo a las normas
           vigentes.
        4. Orienta, supervisa y evalúa permanentemente las funciones
            específicas del    personal de su nivel.
       5. Hace cumplir y supervisa permanentemente los proyectos
           innovadores.
       6. Participa en la comisión de evaluación para nombramientos y
           contratos del personal docente.
       7. Supervisa, analiza, evalúa constantemente el avance de la
           programación curricular, propone las correcciones y los reajustes
           convenientes.

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       8. Elabora en coordinación con la dirección, de acuerdo al CAP la
           distribución de aulas, grados del personal docente.
       9. Solicita a la superioridad la cobertura inmediata de la plaza
           docente por licencia.
       10. Controla e informa la asistencia, puntualidad, permanencia, labor
           efectiva de trabajo docente, al subdirector administrativo.
       11. Coordina con la el Comité de Tutoría y Convivencia Escolar para
           establecer normas disciplinarias.
       12. Promueve un ambiente de armonía entre los estamentos del
           plantel.
       13. Promueve la participación de los docentes y alumnos en el
           desarrollo de los actos Cívico – patrióticos dentro y fuera de la
           institución educativa.
       14. Informa periódicamente al Director el desarrollo de las actividades
           técnico pedagógico del nivel a su cargo.
       15. Controla el ingreso y salida de los alumnos en coordinación con el
           personal administrativo, según el Reglamento Interno.
       16. Coordina con los docentes del grado en la atención de los
           alumnos en casos necesarios a las aulas en caso de ausencia del
           docente.
       17. Informa (oportunamente para la actualización de docente) con
           documentos probatorios las normas emanadas de la superioridad.
       18. Autoriza la presencia del personal de apoyo debidamente
           acreditado del docente en aula en presencia del tutor de la
           sección.
            En caso de incumplimiento de los deberes y obligaciones
            debidamente comprobados, son pasibles de emplearse como
            medidas disciplinarias ante el personal subordinado a su cargo
            previo memorándum haciendo de conocimiento del servidor la
            supuesta falta cometida y su consiguiente escucha y/o descargo:
            a. Amonestación Verbal.
            b. Amonestación por escrito
            c. Llamada de atención
            Sin perjuicio de su aplicación todas las medidas disciplinarias
            serán comunicadas en el término de la distancia a la Dirección del
            plantel para su conocimiento y demás fines
       19. Representa por delegación al director, con autonomía para tomar
           decisiones, siempre en concordancia con los objetivos genuinos
           de la institución educativa y de manera primordial con los intereses
           del centro de la acción educativa, el alumno.
       20. Asesora al director(a) en lo referente al aspecto técnico
           pedagógico de su nivel.
       21. Todas las actividades de supervisión y evaluación se llevaran a
           cabo haciendo uso de instrumentos de evaluación previa
           aprobación de los docentes en asamblea del nivel.



D. DE LA SUB DIRECION ADMINISTRATIVA:



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Es responsable de Coadyuvar con el cumplimiento de los fines y objetivos
de la Institución Educativa, brindando apoyo para su eficiente
funcionamiento.

ARTÍCULO 7: Son funciones del Sub Director(a) Administrativo(a):
    1. Participa en la formulación, elaboración y evaluación del PEI y
        Plan Anual de Trabajo
    2.     Dirigir, coordinar, asesorar, supervisar y evaluar la labor
        administrativa del personal a su cargo.
    3. Estimular y fomentar el sentido de responsabilidad de los
        trabajadores, teniendo como base su puntualidad, esmero, espíritu
        de trabajo, lealtad y colaboración en la acción educativa del
        plantel.
    4. Controla la asistencia y permanencia del personal docente a su
        cargo, remitiendo el consolidado de asistencias de los docentes a
        la Dirección. De acuerdo con las normas vigentes.
    5. Coordina y controla la administración y uso racional de los
        equipos, talleres, laboratorios, biblioteca y demás recursos y/o
        material educativo requerido. Supervisa el orden y limpieza de los
        materiales educativos mobiliarios y ambientes del Centro
        Educativo y vela por el buen mantenimiento de ellos.
    6. Sancionar en caso de incumplimiento de las funciones, según los
        casos que estipula en el art. de sanciones por falta disciplinaria
    7. Programar, prever, proporcionar y supervisar los recursos
        materiales que sea necesario para el adecuado funcionamiento de
        la Institución Educativa, coordinando con todas las áreas para
        cubrir los requerimientos y necesidades prioritarios.
    8. Formular el cuadro de necesidades de bienes y servicios
        señaladas en la presente norma..
    9. Administrar e informar periódicamente sobre los recursos
        humanos, financieros y administrativos (la documentación de
        matrícula y certificados del alumno, especies valoradas FUT,
        Constancias, Subsanaciones y otros) que generen ingresos
        propios.
      10. Administrar la planta física, velando por su mantenimiento,
          mejoramiento y conservación, así como todos los bienes del
          plantel.
    11. Organizar y actualizar el inventario general del complejo, en
        coordinación con los Sub directores, Asesores, , Jefes de
        Laboratorio y Talleres: Biblioteca y Secretaría del Plantel
        procediendo con la codificación de los bienes.
    12. Formular y presentar el presupuesto anual consignando los
        diferentes actividades a desarrollarse en el presente año escolar.
    13. Racionalizar y optimizar el trabajo del plantel teniendo en cuenta
        las necesidades prioritarias del Complejo Educativo.
    14. Dar a conocer al iniciar y finalizar el año lectivo, el inventario físico
        del plantel, publicándose en las respectivas vitrinas.
    15. Informar y publicar su movimiento económico según la
        periodicidad del año lectivo.
    16. Realizar estudios de oferta y demanda del servicio educativo.

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         17. Procesar y consolidar las estadísticas en forma permanente.
         18. Procesar la información del registro de asistencia del personal
             docente y administrativo ante la UGEL
         19. Elaborar y llevar el cuadro de asignación de personal en la
             Institución Educativa.
         20. Participar en la elaboración y adecuación de normas para la
             selección de personal docente y administrativos (personal
             contratado).
         21. Realizar el control de asistencia del personal comprendido en el
             D.L. 276 vigila y supervisa su producción diaria.
         22. Realizar acciones de capacitación del personal Administrativo.
         23. Registrar, actualizar y procesar el escalafón magisterial y
             administrativo de la institución.
         24. Dar curso a los trámites de permiso, licencias del personal
             Docente y administrativo, en concordancia a los dispositivos
             legales vigentes.
         25. Asumir las responsabilidades de gestión administrativa económico
             financiero de los recursos propios, ingresos por especias
             valoradas a favor de la institución educativa “Príncipe de Asturias”,
             en concordancia a los dispositivos legales vigentes.
         26. Realizar pago de servicios, bienes y compromisos adquiridos por
             la institución.
         27. Consolidar la información contable y remitirla a la instancia
             correspondiente.
         28. Corregir las desviaciones administrativas.
                      a.- Integrar, controlar y supervisar los servicios de su
                      competencia, las          comisiones a adquisiciones como
                      también de altas y bajas.
                 b.- En lo posible integrarse al SIAF de la dirección regional de
                      educación para mejor control del manejo económico.
                   c.- Velar que las instalaciones del plantel no sean utilizadas
                      con fines de proselitismo político.
         29. Prepara, elabora las Nóminas de Alumnos, Actas de Evaluación
             Final y Actas de Recuperación Académica.
         30. Es responsable de la actualización de la ficha Personal de cada
             trabajador de la I.E.
         31. Todas las actividades de supervisión y evaluación se llevaran a
                cabo haciendo uso de instrumentos de evaluación previa
                aprobación de los docentes y personal administrativo en
                asamblea del nivel.




D.     DEL PERSONAL DOCENTE: (D.S. N° 69-63 Responsabilidades de
     Empleados y Funcionarios del Sector Educación).

     ARTÍCULO 8: Son funciones del docente:
        1. Participa en la elaboración del Plan Anual de trabajo y PEI. del
           Centro Educativo.

                                       20
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2. Programa, desarrolla y evalúa las actividades curriculares en
    coordinación con los planes y programas oficiales y necesidades del
    alumno, así como; las actividades de orientación y bienestar del
    educando y promoción educativa comunal.
3. Organiza y ambienta el aula, preparar el material educativo con la
    participación de los alumnos y Padres de Familia.
4. Desarrolla los proyectos de acuerdo a las necesidades internas del
    alumno, elabora sesiones de aprendizaje basados en el nuevo
    enfoque pedagógico con métodos y técnicas adecuadas a la
    realidad de los alumnos.
5. Evalúa el proceso de enseñanza aprendizaje en forma constante de
    acuerdo a las normas.
6. Participa voluntariamente en las comisiones y colabora con la
    Dirección en aras de buscar el prestigio del centro Educativo.
7. Orienta permanentemente a los alumnos tratando de lograr su
    desarrollo integral.
8. Atiende a los alumnos y vela por su integridad física y moral durante
    el tiempo que permanece en el Centro Educativo.
9. Vela por el buen estado de conservación de las áreas verdes,
    infraestructura, bienes y enseres del Centro Educativo
10. Asiste al plantel de manera presentable o con el uniforme
    institucional, de acuerdo a la función que desempeña por la buena
    imagen de su persona y nuestra Institución.
11. Cumple responsablemente con sus horas programadas durante el
    año escolar.
12. Promueve y mantiene las buenas relaciones humanas entre la
    comunidad educativa en general.
13. Cumple en sus turnos correspondientes con el calendario Cívico –
    Patriótico.
14. Asiste obligatoriamente a las formaciones colaborando en el control
    de la disciplina, y fomentando el respeto a los Símbolos Patrios.
15. Recupera o nivela horas de clases los días sábados si así lo estima
    conveniente, o el cumplimiento de las horas efectivas de clase lo
    exige previa coordinación con la subdirección del nivel, así como
    con los alumnos a su cargo, previo acuerdo con ellos. Asistiendo
    con puntualidad e ingresando con sus alumnos.
16. Los docentes y          directivos que pertenezcan a comisiones
    relacionadas a actividades económicas del plantel presentarán el
    balance económico por escrito y en asamblea de docentes no
    menos de dos veces al año. El plazo será de cinco días después de
    concluida la actividad.
17. Las reuniones de Padres de Familia, en los niveles de Inicial,
    Primaria y Secundaria, se realizaran en horario alterno.
18. Todo docente llevará TUTORIA en el nivel secundario de manera
    rotativa sin tener en cuenta el nivel escalafonario, por ser inherente
    a su labor educativa.
19. Todo docente está comprometido a mantener la limpieza del aula
    en sus horas efectivas de clase, inspirados en los objetivos de
    nuestro PEI


                               21
REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS”




        20. Todas las actividades solicitadas por los docentes, fuera del horario
            escolar serán autorizadas solo los días sábados de 7am a 1pm,
            bajo responsabilidad del docente.

I.   DEL AUXILIAR DE EDUCACIÓN: (R.M.N° 814-85-ED)

     ARTÍCULO 9: Son funciones del (la) auxiliar de educación:
        1. Fomenta hábitos de disciplina, buenas costumbres, puntualidad,
            higiene y estudio entre los educandos así como el correcto y
            ordenado uso del uniforme escolar.
        2. Controla el ingreso y salida del alumnado según el horario
            establecido
        3. Da cuenta a la autoridad superior inmediata (SDFG) de los
            problemas más graves, que se puedan suscitar dentro del plantel.
        4. Da solución inmediata a los distintos problemas que puedan
            ocasionarse entre alumnos. Actuando con criterio de acuerdo a su
            realidad.
        5. Mantener actualizado el registro de asistencia y cuaderno de control
            sellándolos al ingresar los alumnos de las secciones a su cargo
            según el reglamento disciplinario.
        6. Se encarga de las actividades permanentes como: Ingreso,
            formación, recreo, salida de los educandos.
        7. Apoya activamente en el desarrollo de las actividades Cívico –
            Patrióticas desde el inicio hasta el final en la búsqueda de la
            identidad de los alumnos con los contenidos y objetivos de las
            actividades que se llevan a cabo.
        8. Orienta y dirige a los educandos para la conservación de la
            infraestructura, mobiliario, material didáctico, laboratorio y
            biblioteca.
        9. Remite citaciones, recomendaciones y otros a los padres de familia.
        10. Atiende y auxilia a los educandos en caso de accidente
            conduciéndolos al centro hospitalario con previo conocimiento de la
            Dirección.
        11. Revisa y decomisa, a los alumnos reincidentes, todo objeto ajeno al
            quehacer educativo, dando cuenta al Tutor y a la Dirección para una
            entrevista con los padres y acuerdo bajo documentos, cuya entrega
            será al finalizar el año.
        12. Organiza el funcionamiento de las escoltas, brigadieres y policías
            escolares.
        13. Brinda buen trato a los alumnos, padres de Familia y profesores de
            la comunidad educativa para la mejor organización y desarrollo
            Institucional.
        14. Comunicar a la Sub-Dirección de Formación General o a la
            Dirección antes de hacerse cargo de una sección por ausencia de
            un profesor. Supervisa el cumplimiento de las tareas escolares y
            controla la disciplina del mismo.
        15. Colaborar con los tutores y/o asesores a la motivación y ejecución
            de las diferentes actividades educativas.
        16. Coordina con el Tutor para poner la nota de conducta.


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REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS”




17. Realiza las formaciones del alumnado en el patio cada lunes así
    como en las actuaciones centrales.
18. Informa al término del año escolar y antes de la elaboración de las
    actas finales, la relación de alumnos retirados y trasladados.
19. Coordina con secretaría para la elaboración de Nóminas Oficiales
    de alumnos en el mes de marzo.
20. Informa por escrito a los padres de familia través del cuaderno de
    control en el caso que se regrese al alumno a su casa (Previa
    coordinación con la sub. Dirección)
21. Elabora las Libretas de Notas de las secciones a su cargo en
    coordinación con el Tutor del Aula.
22. Formula oportunamente la relación escrita de los alumnos con
    problemas de comportamiento para derivarlos a DESNA.
23. Cumplir con su jornada y horario de trabajo.
24. Los auxiliares de educación           asumirán opcionalmente la
    capacitación en primeros auxilios y cursos relacionados con su
    función.
25. El auxiliar de educación debe tener al día su carpeta Pedagógica, y
    presentarla a la Dirección para su revisión y Vº Bº correspondiente.
    Esta carpeta debe contener:
     a. Plan de Trabajo
    b. Normas y dispositivos relacionados con su función.
    c. Elabora la libreta de notas.
    d. Relación de profesores según especialidad.
    e. Distribución de horas.
    f. Relación de alumnos por grados y secciones, según el turno.
    g. Cuaderno de seguimiento conductual de los alumnos.
    h. Relación de alumnos con problemas de conducta.
    i. Informe periódico de los alumnos observados por disciplina.
    j. Criterios de evaluación conductual del alumno.
    k. Presentar informe anual (Logros, dificultades sugerencias).
26. La jornada laboral de los auxiliares de educación es de 30 horas
    semanales distribuidos en 6 horas diarias.
27. El auxiliar de educación ingresará por lo menos con 25 minutos de
    anticipación a la hora normal del ingreso al plantel. Su salida será
    obligatoriamente bajo responsabilidad por lo menos con 25 minutos
    después de la hora de salida de los alumnos. En dicho lapso
    cuidará de los educandos para su ingreso y salida de la I.E.
28. Los auxiliares de educación permanecerán en el pabellón que les
    ha sido asignado y estarán pendientes de las aulas a su cargo. Sólo
    utilizarán su oficina para la atención a los padres de familia y
    alumnos según requiera el caso.
29. Difundir el reglamento interno a los alumnos.
30. Participar en la matrícula de los alumnos.


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   J.   DE LA SECRETARIA
   (Funciones para el personal administrativo de la Institución, trabajadores
   del servicio y guardianía R.M. N° 353-89-ED)

   ARTÍCULO 10: Son funciones de la secretaria:
      1. Orienta, asesora, atiende al personal docente, padres de familia y
          alumnado sobre los trámites documentarios de la I:E:
      2. Recepción, registro, calificación y distribución de la documentación
          que ingresa.
      3. Lleva adecuadamente el libro de trámite documentario contando
          para ello con información precisa y actualizada.
      4. Organiza los documentos y archivos para atender con eficiencia
          toda consulta.
      5. Entrega documentos y proporciona datos sólo con autorización
          expresa del personal Directivo previa solicitud vía FUT.
      6. Colabora y participa activamente en todas las actividades del
          plantel.
      7. Realiza el cobro de ingreso de la Institución Educativa bajo recibo y
          da informe a la autoridad solo cuando se le encargue la función.
      8. Da buen trato a todos los alumnos, trabajadores, padres de familia y
          visitantes al Plantel.
      9. Lleva el libro de actas en las asambleas.
      10. Confeccionar los certificados de estudios.
      11. Cumple su horario de trabajo. Su horario de ingreso y salida será
          coordinado con la Dirección para una mejor atención al público.
      12. El ámbito de desarrollo de sus labores está remitido a aquellas que
          le encomienda la Dirección del plantel, no es responsable de la
          preparación del trabajo de preparación de comisiones y otros que
          no se refieran a su devenir administrativo específico.


K. DE LA AUXILIAR DE BIBLIOTECA
   (R.M.N°1241-84-ED Normas para Bibliotecas Escolares) (R.M.N°353-89-
   ED Funciones del auxiliar de la Biblioteca Escolar)

  ARTÍCULO 11: Son funciones del (la) bibliotecario(a)
     1. Cumplir con el horario asignado por la Dirección según la necesidad
        de servicio, distribuyendo las 40 horas de trabajo en la atención de
        los alumnos en ambos turnos.
     2. Publica su horario de atención al público para un mejor desempeño
        de sus funciones.
     3. Promueve el establecimiento, organización y funcionamiento de la
        biblioteca.
     4. Mantiene en orden y codificado todos los enseres a su cargo (Título,
        autor, etc.)
     5. Cumple su jornada laboral establecida por la dirección atendiendo a
        los usuarios en ambos turnos.
     6. Organiza campaña PRO – LIBRO para implementar la biblioteca,
        coordinando con la plana directiva, docentes, alumnos y padres de
        familia.

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         7. Se responsabiliza por todo el material bibliográfico que existe.
             Realiza y actualiza permanentemente el inventario de bienes de la
             biblioteca.
         8. Presta libros bajo su responsabilidad con la presentación de
             documentos como: cuaderno de control.
         9. Informa a los usuarios docentes que la devolución de libros será en
             un plazo no mayor de 07 días de lo contrario perderá su derecho a
             un nuevo préstamo.
         10. Elabora fichas bibliográficas instruyendo a los usuarios en el manejo
             del material bibliográfico, promoviendo su uso y conservación.
         11. Elaborar el fichero bibliográfico por autores y áreas, manteniéndolo
             codificado y actualizado para un mejor servicio al usuario.
         12. Elabora el informe final señalando logros, dificultades, alternativas
             de solución y recomendaciones.
         13. Da buen trato a todos los alumnos, trabajadores, padres de familia y
             visitantes al Plantel.

L.   DEL (LA)AUXILIAR DE LABORATORIO
     (Funciones para el personal administrativo de la Institución, trabajadores
     del servicio y guardianía R.M. N° 353-89-ED)

     ARTÍCULO 12: Son funciones de la Laboratorista
        1. Promueve el establecimiento, organización y funcionamiento del
            laboratorio.
        2. Participar en la formulación, ejecución y evaluación del Plan de
            Trabajo que se desarrollará en el servicio de laboratorio durante el
            año lectivo.
        3. Participa en la formulación de los trabajos técnico – pedagógicos y
            administrativos del Plantel.
        4. Atiende con esmero a los usuarios en ambos turnos.
        5. Vela por el mantenimiento y conservación de los bienes, equipos y
            otros a su cargo.
        6. Inventaría y codifica los materiales del laboratorio.
        7. Informa oportunamente al Director de las deficiencias y necesidades
            que podría ocasionar una atención inadecuada.
        8. Asiste a las capacitaciones oportunamente
        9. Hace uso adecuado de las sustancias químicas y materiales del
            laboratorio.
        10. Proporciona y distribuye oportunamente los materiales para las
            prácticas de acuerdo a lo solicitado.
        11. Limpia y esteriliza según sea el caso, materiales e instrumentos y
            ambiente del laboratorio.
        12. Mantiene al día el registro de prácticas del laboratorio.
        13. Otros por encargo por el Director o Jefe inmediato superior.
        14. Da buen trato a todos los alumnos, trabajadores, padres de familia y
            visitantes al Plantel.

M.     DEL PERSONAL DE SERVICIO II
      (R.D. N° 0711 Funciones para el personal Administrativo del Plantel,
       trabajadores de Servicio y Guardianía. R.M. N° 353-89-ED.)

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ARTÍCULO 13: FUNCIONES DEL PERSONAL DE SERVICIO II: R.D. N° 0711
     Funciones para el personal Administrativo del Plantel, trabajadores de
     Servicio y Guardianía. R.M. N° 353-89-ED.)

      Desempeñar con responsabilidad, esmero y eficiencia las funciones que
      se asignan y/o competen a su cargo, tales como:
       1. Controla el ingreso y salida del alumnado de acuerdo al horario
          establecido en el nivel primario.
       2. El trabajador de servicio II con vivienda en el Centro educativo es
          responsable de la guardianía nocturna y seguridad de los bienes
          materiales inclusive los días no laborables.
       3. Controlar que los bienes, enseres y otros que salen del Colegio
          cuentan con la debida autorización del Director.
       4. Realiza la limpieza de las aulas, SS.HH, mobiliario escolar y demás
          ambientes tanto interno como externo.
       5. Vela por la seguridad del mobiliario y enseres del centro Educativo
          siendo su responsabilidad durante su jornada de trabajo.
       6. Realiza labores de conserjería.
       7. Realiza otras funciones afines que le asigne el Director, subdirector
          y personal jerárquico.
       8. De ser necesario, apoyará en la Secretaría del Plantel
       9. Da buen trato a todos los alumnos, trabajadores, padres de familia y
          visitantes al Plantel.

N.    DEL PERSONAL DE SERVICIO III
      (R.D. N° 0711 Funciones para el personal Administrativo del Plantel,
      trabajadores de Servicio y Guardianía. R.M. N° 353-89-ED).

ARTÍCULO 14: FUNCIONES DEL PERSONAL DE SERVICIO III:
     Desempeñar con responsabilidad, esmero y eficiencia las funciones que
     encausen a su cargo, tales como:
      1. Realiza custodia a través de rondas permanentes de los ambientes
         de toda la I. E. durante su jornada de trabajo.
      2. El trabajador de servicio III que vive en el Centro Educativo es el
         responsable de la guardianía nocturna y seguridad de los bienes
         tanto los días laborables como los no laborables.
      3. No permite el ingreso de personas ajenas al Colegio fuera del
         horario de atención y días feriados salvo autorización firmada del
         Director de la I. E.
      4. El trabajo de servicio III controla el ingreso y salida de materiales
         diversos dentro de su jornada laboral dando cuenta en el día a su
         jefe inmediato por escrito
      5. Registra en el cuaderno de ocurrencias las novedades producidas
         durante su horario de trabajo, registra además a los docentes que
         asistan los días sábados con sus alumnos.
      6. Realiza labores de portería en el turno que le corresponde.
      7. Realizar labores de conserjería.
      8. Prepara oportunamente el ambiente adecuado para las asambleas
         de docentes.

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9. Las vacaciones se tomarán de acuerdo un rol establecido por el
    Director.
10. Otras funciones afines a su cargo que le asigne el Director,
    subdirector y personal jerárquico.
11. Da buen trato a todos los alumnos, trabajadores, padres de familia y
    visitantes al Plantel.
12. La atención del personal de guardianía los días sábados será de
    7am a 1pm. Con la debida autorización por escrito de la dirección
    del plantel y bajo responsabilidad del docente que convoca.




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                             TÍTULO III
DE LAS ASISTENCIAS, INASISTENCIAS, TARDANZAS,
    PERMISOS, LICENCIAS Y VACACIONES DEL
    PERSONAL DE LA INSTITUCIÒN EDUCATIVA



                               Capítulo 3

DE LAS ASISTENCIAS, INASISTENCIAS y TARDANZAS
  (R.M. N° 574-94-ED Reglamento de Control y permanencia del Personal
  del Ministerio de Educación; Ley Nº 27815 Código de ética de la función
  pública, Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, D.S.
  N° 69-63 Responsabilidades de Empleados y Funcionarios del Sector
  Educación)


A. DE LAS ASISTENCIAS

  ARTÍCULO 15: El control de asistencia de los trabajadores en general se
       efectuará con el Reloj tarjetero y en el parte de asistencia
       debidamente firmados, debiendo estar dicho cuaderno
       permanentemente en el lugar designado por la Dirección. Dicha
       obligación se aplicará para todos los niveles.
  ARTÍCULO 16: La permanencia del personal Directivo, Administrativo,
       Docente y de Servicio será de acuerdo al horario de trabajo
       establecido en el presente reglamento.
  ARTÍCULO 17: Es obligatoria la asistencia de los trabajadores a las
       asambleas programadas por actividades Cívico – Patrióticas y otras
       de carácter extraordinario.
  ARTÍCULO 18: En concordancia con el cumplimiento de las horas efectivas
       de clase, el docente en el nivel secundario deberá registrar el tema de
       su sesión de aprendizaje y su firma en el parte del diario de clase, al
       inicio de clase en cada sección.

B. DE LAS INASISTENCIAS

  ARTÍCULO 19: Constituye inasistencia
       1. La no-concurrencia a la Institución Educativa a laborar.

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       2. Que habiendo concurrido no desempeñe su función
       3. El retirarse antes de la hora establecida sin justificación alguna.
       4. La omisión del registro de su asistencia y / o salida, sin
          justificación alguna.
       5. La omisión del registro del tema y firma en el parte diario de clase
          sugiere incumplimiento de las horas efectivas en el aula.
       6. La no asistencia al aula de innovación pedagógica estando
          programado anticipadamente

C. DE LAS TARDANZAS

  ARTÍCULO 20: Se considera tardanza el ingreso al Centro Educativo
       después de la hora establecida, así también el reinicio de clases entre
       horas como al retorno del recreo del alumnado. Los trabajadores que
       con frecuencia incurran en tardanzas e inasistencias injustificadas se
       harán acreedores a un informe ante la UGEL N° 01, previamente se
       le habrá aplicado las consideraciones de acuerdo a norma como son
       amonestación verbal, por escrito y a consiguiente reincidencia por
       parte del servidor se informará a la UGEL 01.




                              Capítulo 4

    DE LOS PERMISOS, LICENCIAS Y VACACIONES

D. DE LOS PERMISOS

  ARTÍCULO 21: El trabajador tiene derecho a tres días de permiso por ley
       durante el año, previa justificación por escrito.
  ARTÍCULO 22: El trabajador de la Institución Educativa tiene derecho a días
       de permiso por el día de su onomástico y por el día del Maestro.
   ARTICULO 23: El trabajador de la Institución Educativa, debe solicitar y
       presentar obligatoriamente la Papeleta de Salida que otorga el
       permiso para su salida del plantel.
    ARTICULO 24: Por citación expresa: judicial, militar o policial (D.S. Nº
       005-90-P.C.M.

E. DE LAS LICENCIAS

  ARTÍCULO 25: Los profesores del Estado tienen derecho a licencia con
       goce de haber en todos los casos contemplados por la ley y sus
       reglamentos.
       a. Por maternidad 45 días antes y 45 días después del parto, con
          lactancia de 1 hora diaria cronológica por el lapso de un año, de
          acuerdo a la realidad del docente, previa presentación de partida
          de nacimiento.


                                     29
REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS”




       b.   Por fallecimiento del cónyuge, padres, hermanos e hijos 8 días si
          el deceso se produce en la ciudad de Lima y 15 días cuando es en
          provincias de acuerdo a normas vigentes (Art. 110, DS Nº 005-90-
          PCM).
       c. Por rendición de examen de título o licenciatura, segunda
          especialidad, doctorado por dos semanas ó 10 días.

F. DE LAS VACACIONES

  ARTÍCULO 26: El personal del Centro educativo tiene derecho a
       vacaciones:
       a. El personal Directivo goza de un mes de vacaciones que será
          preferentemente en los meses de marzo a noviembre.
       b.    El personal docente goza de vacaciones en los meses de enero
          y febrero.
       c.    El personal administrativo y servicio podrán hacer uso de sus
          vacaciones en los meses entre enero y marzo




                            TÍTULO IV

  DE LOS DERECHOS, PROHIBICIONES, FALTAS,
SANCIONES, ESTÍMULOS Y JORNADA LABORAL DEL
   PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA



                              Capítulo 5

      DE LOS DERECHOS DEL PERSONAL DE LA
             INSTITUCIÓN EDUCATIVA


A. DE LOS DERECHOS

  ARTÍCULO 27: Los derechos de los trabajadores de la Institución Educativa
       7096 “Príncipe de Asturias”, UGEL 01- S.J.M., son:



                                     30
REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS”




     1. Recibir trato digno del personal directivo, padres de familia y
          educandos.
     2. Recibir las orientaciones periódicas para la ejecución de sus
          funciones.
     3. Obtener permisos o licencias de acuerdo a lo regulado por la ley y
          el reglamento interno.
     4. Gozar de plena ejecución de sus derechos civiles, políticos,
          sociales y laborales.
     5. Asociarse libremente al Sindicato en respaldo a sus intereses
          laborales y/o profesionales.
     6. Capacitarse y perfeccionarse sin perjudicar las actividades
          laborales.
     7. Reconocimiento por la dirección mediante un oficio a los docentes
          en el mes de diciembre por mérito extraordinario en su labor
          pedagógica previa evaluación de la Comisión.
     8. Laborar en locales que ofrezcan condiciones pedagógicas y de
          seguridad.
     9. Reingresar al servicio, siempre y cuando no exista impedimento
          legal.
    10. Estar exonerados del pago de formulario único de trámite de la I.E.
    11. Estar exonerados del pago de APAFA los trabajadores de la I.E.
    12. Reconocimiento de la Dirección mediante un Decreto o Resolución
        Directoral en el mes de diciembre por su destacado desempeño
        laboral, previa evaluación de la comisión de estímulos.




                            Capítulo 6

 DE LAS PROHIBICIONES DEL PERSONAL DE LA
          INSTITUCIÓN EDUCATIVA.
A.  FALTAS Y PROHIBICIONES DEL PERSONAL DIRECTIVO,
DOCENTE, AUXILIARES, ADMINISTRATIVOS Y DE SERVICIO.

ARTÍCULO 28: Se consideran faltas del personal:
   a. Reiteradas inasistencias y o tardanzas injustificadas.
   b. Registrar su asistencia pero no cumplir con su labor y firmar por otro
      trabajador.
   c. No asistir a laborar por más de 3 días consecutivos sin
      conocimiento de la autoridad competente del colegio.(abandono de
      cargo).
   d. Asistir al colegio en estado etílico o con vestimenta inadecuada y /o
      con falta de aseo.
   e. Ausentarse o salir del colegio en horas de trabajo sin
      autorización o sin permiso considerándose           tal acción como
      evasión.


                                   31
REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS”




f. Negligencia en el desempeño de sus funciones (incumplimiento del
   Reglamento Interno)
g. Usar su función con fines de lucro.
h. Atentar contra la integridad física del educando, de profesores, de
   personal administrativo, de servicio y de los Padres de Familia.
i. Cometer actos que vayan contra la moral y las buenas costumbres.
j. Modificar, sustituir o adulterar documentos pedagógicos y/o
   administrativos del plantel.
k. Retener la documentación pedagógica y/o administrativa del plantel
   impidiendo su curso normal.
l. Entregar a terceros documentación reservada de la I. E.
m. Desacatar las órdenes y/o disposiciones de la autoridad inmediata
   superior.
n. Emitir comentarios que dañen la imagen del personal del colegio en
   asambleas y o aulas.
o. Obstaculizar el cumplimiento de las funciones de uno o más
   miembros de la Institución.
p. Permanecer fuera de los ambientes donde desarrolla su función
   injustificadamente.
q. Dejar a los practicantes solos con los alumnos.
r. USURPAR FUNCIONES.
s. Exhibir emblemas o símbolos de partidos políticos.
t. Tomar o comer dentro del ambiente donde labora.
u. Asistir a las asambleas de PP.FF., sin contar con la autorización de
   la Dirección absteniéndose de aceptar invitaciones para evitar
   conflictos entre la comunidad educativa, aun contando con la tarjeta
   de asociado. Asimismo de recolectar firmas a favor o en perjuicio de
   los docentes en dichas asambleas.
v. Rompimiento de Relaciones Humanas.
w. Realizar actividades que contravengan los fines y objetivos de la
   Institución Educativa.
x. Incurrir en actos de acoso sexual (“No incurrir en actos de
   hostigamiento sexual, conforme a la Ley sobre la materia.” (*) Inciso
   adicionado por la Tercera Disposición Final y Complementaria de la
   Ley Nº 27942, publicada el 27-02-2003).




                        Capítulo 7

DE LAS SANCIONES DEL PERSONAL DE LA
        INSTITUCIÓN EDUCATIVA
                               32
REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS”




A. DE LAS SANCIONES DEL PERSONAL DIRECTIVO,                        DOCENTE,
   AUXILIARES, ADMINISTRATIVOS Y DE SERVICIO

  ARTÍCULO 29: Las sanciones que se apliquen a todo el personal que
       labora en la Institución Educativa, por las faltas contempladas en el
       artículo anterior, deberán quedar registradas por escrito:

       1. Llamada de atención verbal y privada,           por la autoridad
          competente.
       2. Amonestación por escrito, en caso de reincidencias dando cuenta
          a la superioridad.
       3. Descuento sobre el haber,         por tardanzas e inasistencias
          injustificadas.
       4. Sanciones de acuerdo a ley no consignada en el presente
          reglamento.
       5. Sancionar, publicando la relación de profesores deudores.



                              Capítulo 8

  DE LOS ESTÍMULOS AL PERSONAL DE LA
         INSTITUCIÓN EDUCATIVA

B. DE LOS ESTÍMULOS

  ARTÍCULO 30: Para otorgar estímulos a los trabajadores se constituye una
       comisión conformada por el Director, Subdirector, un docente elegido
       y un representante de APAFA (comité de ÉTICA). Quienes
       evaluarán desde diversos puntos de vista, para ser merecedor del
       estímulo.
       Los estímulos son los siguientes:
       a. Agradecimiento y felicitación mediante Decreto Directoral del
           Colegio.
       b. Diploma al mérito otorgado por la Dirección.
       c. Felicitaciones mediante Decreto por la Dirección de la UGEL 01.
       d. Felicitaciones mediante Resolución propuesta por la Comisión de
           ética a los docentes, personal administrativo y de servicio que se
           distingan por su espíritu de trabajo, responsabilidad, colaboración
           y amor al colegio.
       e. La comisión de Ética deberá evaluar e informar acerca del
           personal para su reconocimiento respectivo.




                                     33
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                              Capítulo 9

 DE LA JORNADA LABORAL DEL PERSONAL DE LA
           INSTITUCIÓN EDUCATIVA
A. DE LA JORNADA LABORAL

  ARTÍCULO 31: La jornada laboral para todo el personal del Centro
       Educativo 7096 es de acuerdo a su cargo o función que desempeñan.
  ARTÍCULO 32: La jornada laboral para el personal Directivo es de 8 horas
       cronológicas diarias. Adecuando su horario para permanecer en el
       plantel y dar mejor servicio y administración de la labor educativa.
  ARTÍCULO 33: El Director tiene la obligación de asistir a las reuniones
       convocadas por la superioridad así como gestionar ante las
       instituciones públicas y privadas a favor del colegio e informar a los
       docentes haciendo efecto multiplicador. En estos casos justificará su
       ausencia firmando el cuaderno de desplazamiento.
  ARTÍCULO 34: La jornada de trabajo del personal del nivel Inicial es de 25
       horas y Primaria es de 30 horas pedagógicas de lunes a viernes. Del
       docente de Secundaria será de 24 horas pedagógicas.
  ARTÍCULO 35: El horario establecido del personal directivo y docente, es:

                            Horario del Director:
     Lunes        ingreso: 07:30 am          salida: 06:00 pm
     Martes       ingreso: 10:00 am          salida: 06:00 pm
     Miércoles      ingreso: 07:30 am         salida: 03:30 pm
     Jueves       ingreso: 10:00 am          salida: 06:00 pm
     Viernes      ingreso: 07:30 am          salida: 03:30 pm

                   Horario del Subdirector de secundaria:
     Lunes        ingreso: 07:30 am          salida: 06:00 pm
     Martes       ingreso: 07:30 am          salida: 03:30 pm
     Miércoles    ingreso: 10:00 am          salida: 06:00 pm
     Jueves       ingreso: 07:30 am          salida: 03:30 pm
     Viernes      ingreso: 10:00 am          salida: 06:00 pm

                    Horario del Subdirector de primaria:
     Lunes        ingreso: 07:30 am          salida: 06:00 pm
     Martes       ingreso: 10:00 am          salida: 06:00 pm
     Miércoles    ingreso: 07:30 am          salida: 03:30 pm
     Jueves       ingreso: 10:00 am          salida: 06:00 pm
     Viernes      ingreso: 07:30 am          salida: 03:30 pm


                 Horario para Docentes del nivel Inicial
      Turno mañana:     Ingreso: 8:30 am           Salida: 12:30 pm

                  Horario para Docentes del nivel Primaria

                                     34
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   Turno mañana:       Ingreso: 07:50 am         Salida: 12:50 pm
   Turno tarde:         Ingreso: 01:00 pm        Salida: 06:00 pm

              Horario para Docentes del nivel Secundaria:
   Turno mañana:       Ingreso: 07:50 a.m.      Salida: 12:50 p.m.
   Turno tarde:        Ingreso: 01:00 p.m.      Salida: 06:00 p.m.

     NOTA: Para asegurar el cumplimiento de las horas efectivas, en el
     nivel secundaria se considerará en la calendarización el máximo de
     días posibles para cumplir las 1200 horas correspondientes.

ARTÍCULO 36: El horario de trabajo de los Auxiliares de Educación, será:
  Turno mañana:     Ingreso: 07:30 a.m.       Salida: 01:30 p.m.
  Turno tarde:      Ingreso: 12:30 p.m.       Salida: 06:30 p.m.

ARTÍCULO 37: La jornada laboral del personal administrativo (secretaria,
     laboratorista, bibliotecaria) es de cuarenta horas cronológicas que
     adecuarán su horario de acuerdo a las necesidades del usuario.
     Quedando establecido el horario de trabajo del personal de
     laboratorio y biblioteca:
                Ingreso: 8:00 a.m. Salida: 4:00 p.m.

ARTÍCULO 38: La jornada laboral    del personal de servicio es de 40 horas
     cronológicas semanales.
         Horarios:
                   06:30 a.m.       a    02:15 p.m.
                   12:30 p.m.       a    08:15 p.m.
                   02:30 p.m.       a    10:30 p.m.
                   11:00 p.m.       a    06.45 a.m. (guardián con vivienda)




                           TÍTULO V

                                   35
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    PROMOCIÓN INTERNA, CONTRATACIÓN DE
 DOCENTES, CAMBIO DE TURNO, DISTRIBUCIÓN DE
    AULAS Y PROGRAMA DE RECUPERACIÓN
   PEDAGÓGICA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA



                             Capítulo 10

 DE LA PROMOCIÓN INTERNA Y CONTRATACION DE
     PERSONAL DOCENTE DE LA INSTITUCION
                 EDUCATIVA


A. DE LA PROMOCIÓN INTERNA

  ARTÍCULO 39: En casos de plazas vacantes como Dirección, Subdirección
       de Secundaria y Primaria se hará la promoción interna en una
       asamblea general de docentes de acuerdo a las prioridades:
       a. Título profesional en Educación
       b. Años de servicio
       c. Nombramiento
       d. Poseer cualidades ético morales

B. DE LA CONTRATACION DEL PERSONAL DOCENTE

  ARTÍCULO 40: La Dirección dispondrá cubrir las plazas vacantes de
       contrato de acuerdo a las normas vigentes. Para ello se constituirá la
       Comisión de Evaluación integrada por:
       a. El Director de la I.E.
       b. Los subdirectores de cada nivel
       c. Un personal docente por nivel, elegido en asamblea.
       d. Un representante de PP.FF. con voz y sin voto.
  ARTÍCULO 41: El profesor contratado dejará la plaza si viniera un personal
       reasignado por Resolución Directoral de la UGEL 01.




                             Capítulo 11



                                     36
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DEL CAMBIO DE TURNO, DISTRIBUCIÓN DE AULAS Y
  PROGRAMA DE RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA

C. DEL CAMBIO DE TURNO EN DOCENTES

  ARTÍCULO 42: Para el cambio de turno de mañana a tarde o viceversa se
       procede tomando en cuenta las prioridades siguientes:
       a. Título profesional de educación
       b. Resolución de nombramiento
       c. Años de servicio.
       d. Especialidad
       e. Solicitud del interesado.

D. DE LA DISTRIBUCIÓN DE AULAS

  ARTÍCULO 43: La distribución de aulas y secciones se realizará en el mes
       de diciembre en una asamblea general de docentes para facilitar la
       capacitación de los profesores de acuerdo al grado que le
       corresponda.

E. DEL PROGRAMA DE RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA

  ARTÍCULO 44: El Programa de Recuperación Pedagógica se programará
       de acuerdo a las normas y en forma coordinada con el Director,
       Subdirector, y docentes titulados nombrados y/o contratados que
       hayan tenido menor cantidad de alumnos desaprobados al finalizar el
       año.
       a. El cronograma se hará en el mes de noviembre y diciembre, a fin
          de prestar mejor servicio en cada Ciclo de Primaria y en cada Área
          de secundaria, según acuerdo de asamblea.
       b. La distribución de los fondos recaudados se repartirán de acuerdo
          a las disposiciones existentes tanto en el nivel Primaria como
          Secundaria.
       c. Los resultados de la evaluación se transcribirán a las actas
          oficiales.




                                     37
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                             TÍTULO VI

 DE LA MATRÍCULA Y EL CUADRO DE HORAS DE
         LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA



                             Capítulo 12

   DE LA MATRÍCULA Y EL CUADRO DE HORAS

A. DE LA MATRÍCULA

  ARTÍCULO 45: La inscripción de matrícula para los alumnos de Inicial y
        Primer Grado se hará en el mes de diciembre previo cronograma.
  ARTÍCULO 46: La ratificación de matrícula de Primaria y Secundaria, se
        realizará en el mes de diciembre según el cronograma establecido
        por el plantel, que estará a cargo de los NO tutores y el personal
        administrativo, estos últimos culminarán con el          proceso de
        ratificación de matrícula paralelamente a la entrega de la libreta de
        notas del educando, en el marco del PEI.
  ARTÍCULO 47: La matrícula y ratificación no estarán sujetas a ninguna
        condición.
  ARTÍCULO 48: Los alumnos en estado de abandono moral o características
        similares se le matricularán de oficio bajo custodia de las
        autoridades.
  ARTÍCULO 49: Los padres trabajadores de la I.E. cuyos hijos estudian en el
        mismo no abonarán el derecho de asociado.
   ARTÍCULO 50: La ratificación de la matrícula es automática, los padres de
        familia del nivel inicial, 1er grado de primaria y 1er. Año de
        secundaria deberán registrarse en el padrón de asociados de la
        APAFA.

B. DEL CUADRO DE HORAS

  ARTÍCULO 51: El cuadro de horas del nivel secundario estará a cargo de
       una comisión responsable integrada por profesores nombrados y
       titulados elegidos en asamblea general del nivel convocada para tal
       finalidad, los mismos que se sujetarán a las normas y directivas
       pertinentes emanadas desde el MINEDU, DRELM, UGEL 01,
       tomando en consideración la supremacía de las normas.


  ARTÍCULO 52: La Comisión se encargará de ubicar a los profesores de
       acuerdo a las siguientes prioridades:
             1. Título y nivel magisterial

                                     38
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          2. Especialidad
          3. Tiempo de servicios oficiales
          4. Tiempo de permanencia en la I.E.
ARTÍCULO 53: Los profesores recién contratados se incluirán en el cuadro
    de horas de acuerdo a su llegada a la I.E.
ARTÍCULO 54: La distribución de carga horaria se realizará en asamblea
    general del nivel, a cargo de la comisión de cuadro de horas.




                                  39
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                            TÍTULO VII

 DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES, ESTÍMULOS,
 FALTAS Y SANCIONES DE LOS EDUCANDOS DE LA
            INSTITUCIÓN EDUCATIVA


                             Capítulo 13

 DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y ESTÍMULOS
DE LOS EDUCANDOS DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
A. DE LOS DERECHOS DE LOS EDUCANDOS

  ARTÍCULO 55: Los educandos tienen derechos a:
     1. Ser tratado con dignidad y afecto, sin discriminación y ser informado
         de las disposiciones que le conciernen como alumno.
     2. Recibir información integral en cada grado de estudio, dentro de un
         ambiente que le brinde seguridad física y moral así como los
         servicios de Orientación y Bienestar.
     3. Recibir en forma gratuita los servicios que brinda el colegio.
     4. Expresarse libremente, respetando siempre los lineamientos del
         colegio.
     5. Ser estimulado por el cumplimiento de sus deberes.
     6. Obtener permiso de la Subdirección de Formación General, por
         motivos de enfermedad, control médico y participar en eventos.
     7. Disfrutar sanamente del juego sin ocasionar daño o perjuicio a sus
         compañeros y/o bienes del colegio.
     8. Elegir y ser elegidos en los comicios del Municipio Escolar, según
         reglamentos.
     9. Aplicar ordenanzas del municipio en coordinación con CONEI.
     10. A no recibir comentarios negativos de parte de sus profesores hacia
         otros.
     11. No debe ser regresado a su casa para no exponer su integridad
         física y moral.
     12. Publicación de los primeros puestos trimestralmente.
     13. Se modifique el cuaderno de control según las necesidades del
         alumno.
     14. Ser respetado dentro de las horas de clases por todo el personal.
     15. No ser retirado del aula por razones particulares.




                                     40
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B. DE LAS OBLIGACIONES DE LOS EDUCANDOS

  ARTÍCULO 56: Son obligaciones del educando:
       1. Asistir puntualmente a la I.E.
       2. El horario de ingreso de los educandos es:

               Turno Mañana     07:30 a.m. a 07:45 a.m. (lunes)
               Turno tarde:     12:40 p.m. a 12:50 p.m. (lunes)

        3. Permanecer en sus aulas durante las horas de clases, sólo
           saldrá de ella para la clase de Educación Física y/o cursos de
           especialidad con su respectivo profesor.
        4. Asistir a la I.E., diariamente con su cuaderno de control firmado
           por el padre o apoderado.
        5. Cumplir con sus tareas escolares.
        6. Concurrir al plantel limpio y correctamente uniformado.
        7. Utilizar correctamente el uniforme del colegio:

            Mujeres: Blusa blanca, falda ploma, (3cm.Bajo la rodilla), medias
                  plomas, chompa azul, zapatos negros, cabello recogido,
                  cinta blanca, insignia.
            Varones: Pantalón plomo, camisa blanca, chompa azul cabello
                  corte escolar, insignia.

        8. Ingresar al colegio con el uniforme de Educación Física sólo el
            día que le corresponde y/o cuando la Dirección, Subdirección lo
            amerite conveniente.
        9. Ingresar al aula en forma correcta y esperar al profesor con el
            aula limpia y ordenada.
        10. No acercarse al kiosco en horas de clases.
        11. Permanecer en completo orden durante la ausencia del profesor
            y el cambio de hora.
        12. Cuidar los bienes del plantel como: Mobiliario, útiles de
            enseñanza e implementos deportivos que el colegio ponga a su
            disposición.
        13. Salir del aula y dejar libre los pasadizos y escaleras durante el
            recreo.
        14. Realizar sus necesidades biológicas durante el recreo.
        15. Cumplir responsablemente las funciones que le asigne el colegio.
        16. Participar en el Municipio Escolar

C. DE LOS ESTÍMULOS DE LOS EDUCANDOS

  ARTÍCULO 57: Los estímulos que se consideran para los educandos son:
       1. Publicación trimestral por aula de los 10 primeros puestos
          (responsable tutor)
       2. Mención honrosa y diploma por la Dirección a los 3 primeros
          alumnos de cada aula que destaquen en aprovechamiento y
          conducta durante el año.
       3. Diploma y/o medalla respectiva en casos extraordinarios.

                                    41
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        4. Serán distinguidos con estímulos especiales los alumnos que
           destaquen por su hidalguía en la Escolta, Estado Mayor, Comando
           de Brigadieres, Policía Escolar, etc.
        5. Mención honrosa a los ex – alumnos que ingresaron a las
           Universidades o Institutos Superiores.
        6. Todo acto de premiación será público, para que sirva de
           motivación y ejemplo.
        7. En asamblea general se formará una comisión de ética que
           trabajará en coordinación con la Dirección y APAFA. Que estará
           conformada de la siguiente manera: 2 profesores de Secundaria
           y 2 profesores de Primaria, un representante de la APAFA y el
           Director, y/o Consejo Escolar del Centro Educativo.
        8. Los alumnos ganadores de los diferentes concursos deberán ser
           acreedores a Diplomas de felicitación, de esta manera, podrá ir
           formando su hoja de vida estudiantil.




                             Capítulo 14

DE LAS FALTAS Y SANCIONES DE LOS EDUCANDOS

A. DE LAS FALTAS

   ARTÍCULO 58: Se consideran faltas de los educandos el quebrantamiento
        de una norma u orden establecido que entorpece el proceso
        educativo.
   ARTÍCULO 59: Las faltas son consideradas de la siguiente manera:
        a) Faltas leves.
        b) Faltas graves.
   ARTÍCULO 60: Constituyen faltas leves
        1. Llegar al plantel fuera del horario de asistencia diaria, dos veces
           al mes
        2. Ingresar al plantel con el uniforme desordenado y sin el distintivo
           correspondiente.
        3. Presentarse despeinado, con maquillaje, uñas pintadas y largas,
           cabello largo en los varones, no portar la insignia.
        4. Portar alhajas: pulseras, aretes, sortijas u otros.
        5. Realizar ventas o actividades sin autorización de la Dirección.
        6. Permanecer fuera del salón en horas de clase.
        7. Ingresar con retraso al aula después del recreo y/o con falta de
           higiene.
   ARTÍCULO 61: Constituyen faltas graves:
        1. Llegar reiteradamente tarde al plantel y tener injustificadas más
           de 30 inasistencias al mes.
        2. Venir con prendas que no corresponden al colegio las que serán
           decomisadas.

                                     42
REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS”




        3. Evadirse del aula y del plantel por la puerta o paredes. Asimismo
            ingresar saltando el muro perimétrico del plantel.
        4. Falsificar la firma o sello del docente o del auxiliar de educación,
            del padre de familia o apoderado.
        5. Hacer ingresar al colegio artículos de juego, bebidas alcohólicas,
            drogas, revistas pornográficas, objetos punzo – cortantes.
        6. Faltar de palabra u obra a su compañero. Docente o padre de
            familia dentro y fuera del colegio.
        7. Faltar el respeto a los símbolos patrios.
        8. Hurtar los bienes del colegio, del personal educativo o de su
            compañero.
        9. Ocasionar daño a los materiales didácticos del aula, muebles e
            inmuebles del plantel.
        10. Hacer inscripciones que atenten contra la moral en las paredes,
            pizarras, servicios higiénicos.
        11. Participar en riñas callejeras u otros actos que atenten contra la
            integridad física y moral.
        12. Sustraer exámenes y documentos oficiales del colegio.
        13. Adulterar las notas.
        14. Organizar y/o asistir a lugares prohibidos o de pésima reputación.
        15. Formar y/o integrar grupos vandálicos, pandillas y/o portar armas
            dentro o fuera del plantel.
        16. Realizar actos incorrectos en lugares Públicos.
        17. Atentar contra la salud física y mental proporcionando sustancias
            tóxicas a sus compañeros.
        18. Traer celulares, MP3 y otros

D. DE LAS SANCIONES

  ARTÍCULO 62: Las sanciones a los educandos son las siguientes:
       1. Amonestación verbal individual del profesor tutor responsable.
       2. Amonestación verbal o escrita del Subdirector y el Director con
          información al padre de familia o apoderado quien se presentará
          con el alumno en la fecha indicada en la citación. El padre firmará
          un compromiso de honor.
       3. Suspensión de sus clases de 3 a 8 días según la gravedad de la
          falta, decretados por la Dirección previa coordinación con DESNA
          Y TUTORES.
       4. Prohibición temporal a participar en actividades representativas
          del plantel.
       5. EL PADRE o apoderado firmará un acta de compromiso,
          involucrándose en la corrección de la falta.
       6. Separación definitiva del plantel en caso de ser muy grave la falta
          y su conducta no cambie a pesar de las llamadas a reflexión,
          previa coordinación con el CONEI, DESNA, el Comité de
          Convivencia escolar y el PP.FF.




                                     43
REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS”




                         TITULO VIII
DE LA TUTORÍA Y LA ASAMBLEA GENERAL EN LA
          INSTITUCIÓN EDUCATIVA



                           Capítulo 15

            DE LA TUTORIA Y LOS TUTORES
ARTÍCULO 63.- La tutoría son acciones de orientación y bienestar que los
     docentes brindan al alumno de Educación Secundaria y consiste en:
     a)          Tomar conciencia de la problemática social, personal,
                 académica, económica, de salud, etc. de los alumnos(as)
                 para brindar soluciones que estén a su alcance.
     b)          Charlas planificadas de acuerdo a la problemática del aula.
     c)          Ayuda orientadora con las dificultades de estudio.
     d)          Seguimiento del rendimiento académico de los alumnos(as)
                 de la sección.
     e)          Orientar las actividades económicas de PRE-Promoción
                 (4to secundaria) y promoción (5to secundaria).
     f)          Dar orientación vocacional a las secciones del 4to y 5to de
                 secundaria.
     g)          El tutor deberá convocar a los profesores de aula a
                 reuniones periódicas, con asistencia obligatoria de los
                 PFFF.
ARTÍCULO 64.- Es un deber moral que los docentes asuman una tutoría.
     Un docente puede ser tutor de sólo una sección, sugiriendo tutorías
     participativas.
ARTÍCULO 65.- Los tutores son representantes de los alumnos ante la
     asamblea general del la Institución Educativa.
ARTÍCULO 66.- Los Tutores deben presentar un <Plan de Trabajo Anual a
     más tardar la última semana de Abril y entregar un informe general al
     finalizar el año lectivo a la Sub dirección de formación general.
ARTÍCULO 67.- Los tutores deben de tener una ficha con datos de
     aspectos socio económico de sus alumnos así como las direcciones
     de sus domicilios.
ARTÍCULO 68.- Deben los tutores de formar sus comités de aula a mas
     tardar la 3ra semana de iniciada las clases.




                                   44
REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS”




                          Capítulo 16

              DE LA ASAMBLEA GENERAL

ARTÍCULO 69.- La asamblea General es el organismo máximo de gobierno
     de la Institución Educativa, está conformado por todo el personal
     docente y no docente nombrado y contratado.
ARTÍCULO 70.- La Asamblea se reúne ordinariamente los primeros 15 días
     del mes de marzo y al final de cada trimestre.
ARTÍCULO 71- Son funciones de la asamblea:
     Aprobar, ratificar, enmendar, ampliar y o evaluar:
            P.E.I.
            P.C.I.
            El Plan Anual de Trabajo
            El Reglamento Interno de la I.E.
            Nombrar comisiones de trabajo
            Tratar asuntos no previstos en el presente Reglamento
              Interno y otros asuntos que atañen a la Institución.
ARTÍCULO 72.- Los procedimientos a seguir para convocar y desarrollar
     una Asamblea General son:
      a) La participación de sus miembros es de carácter obligatorio,
          excepto razones justificadas y se desarrollarán dentro del
          horario de trabajo.
      b) La convocatoria se hará con 48 horas de anticipación con
          comunicación escrita y personal.
      c) Las Asambleas extraordinarias se realizarán con presencia de
          alumnos.
      d) El mecanismo de la asamblea, las veces y tiempo a intervenir
          en las mismas será establecido al inicio de cada reunión.
      e) La asamblea General funciona con un quórum del 50% más uno
          de sus miembros.
      f) Todas las propuestas deberán ser consideradas y respetadas.
          Si la asamblea es resolutiva debe aprobarse por mayoría
          absoluta.
      g) La secretaria del colegio llevará el Acta en cada Asamblea.
      h) Debe respetarse el horario establecido para las asambleas.




                                  45
REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS”




                            TITULO IX
  DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO

                               Capitulo 17
                              PLANEAMIENTO

ARTICULO 73.- En la elaboración del Plan Anual de Trabajo participa la
Comunidad Educativa organizada con el Municipio Escolar, el Sindicato Base,
La APAFA y con la opinión del Consejo Educativo Institucional, todo el personal
de la Institución Educativa, participará en las comisiones que se formará en el
mes de Diciembre, lo aprueba la dirección y se informa al órgano intermedio de
la UGEL N º 01 SJM.
ARTICULO 74.- Durante el mes de Diciembre de cada año lectivo, el personal
directivo, docente y no docente de la Institución, realizan el trabajo de
planeamiento y organización de las diversas actividades curriculares y extra
curriculares que se cumplirán a lo largo del año próximo.
         - Informe memoria de la Dirección y comisiones
         - Aciertos
         - Debilidades
         - Objetivos y Metas cumplidos
         - Proyección
         - Rendición de Cuentas
         - Evaluación del Año Lectivo: En Asamblea General.
a) En diciembre se pública el cronograma.
b) En noviembre se pública los requisitos para las alumnas nuevas,
    considerando el proceso de sensibilización a los padres.
c) Se formará una comisión de docentes para la reglamentación y ejecución
    de la Pre - Asturiana
d) La prueba de ubicación de los (las) alumnas postulantes a 1ro es de
    responsabilidad de la Plana Directiva de la I.E.


                               Capitulo 18
                                MATRICULA

ARTÍCULO 75.- El periodo de planeamiento y organización comprende las
siguientes acciones:
   • Acciones       de   Programas      de     Recuperación     Pedagógica,
       complementación, reajuste y subsanación.
   • Elaboración de los Cuadros de Asignación de Personal (CAP).
   • Formulación del Plan Anual de Trabajo (PAT).
   • Elaboración de la Programación Curricular por grados y/o áreas.
   • Preparación de las Pre-Nóminas del alumnado por secciones.
   • Elaboración de los horarios de clases.
   • Preparación de los materiales educativos.
                                      46
REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS”




   •   Formulación del Plan de Actividades y el Calendario Cívico Escolar.
   •   Formación de comisiones de trabajo.


                               Capitulo 19
                      PROGRAMACION CURRICULAR

ARTÍCULO 76.- La Institución Educativa se adecua al Diseño Curricular
Nacional de la Educación Básica Regular.
  • El currículum comprende experiencias formativas e informativas de
      carácter teórico práctico
  • En los campos científicos y humanista, con el fin de contribuir al
      desarrollo integral del educando.
  • La estructura curricular se organiza en torno al nivel y a las distintas
      áreas que plantea el perfil de la alumna de nuestra institución, por lo
      tanto, comprende          experiencias   cognoscitivas, desarrollo     de
      capacidades, habilidades, destrezas y vivencias formativas; todo esto
      encaminando al logro del objetivo fundamental del colegio de contribuir
      en el desarrollo integral del alumnado.
  • capacidades conceptuales, procedimentales y actitudinales, se dan a
      través de las diferentes unidades de aprendizaje significativo de las
      áreas curriculares respectivas.
  • El desarrollo de las competencias propuestas en el D. C. N. se
      diversifican a través del P.C.I.
  • La presentación, apreciación y cultivo de los valores éticos, morales y
      religiosos se dan en todas las actividades del colegio y en todas las
      áreas de los planes de estudio.
  • Objetivos y contenidos básicos siguen los lineamientos señalados en el
      P. E. I. sin limitar la capacidad de innovación del personal docente, con
      los propósitos del currículo contextualizado.


                               Capitulo 20
                         SUPERVISION EDUCATIVA

ARTÍCULO 77.- Las acciones de Supervisión y Monitoreo en la I.E.“Príncipe de
Asturias” será de responsabilidad del personal Directivo y de los Coordinadores
de Área y debe comprender acciones de asesoramiento, seguimiento y
evaluación del trabajo educativo, que conlleve a la mejora constante de los
niveles de aprendizaje.
ARTÍCULO 78.- Las acciones de supervisión comprenderán de igual modo, la
evaluación del trabajo docente, tanto en el proceso como en la comprobación
del logro educativo, para ello se emplearán diversos medios e instrumentos de
medición.
ARTÍCULO 79.- En todos los grados y/o áreas de desarrollo, cada docente por
áreas, determinan la metodología y seleccionan los medios y materiales
educativos que empleará, buscando:

                                      47
Reglamento interno 2012-2014  pda aprobado
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Reglamento interno 2012-2014 pda aprobado

  • 1.
  • 2. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” INTRODUCCIÓN El Reglamento Interno de la Institución Educativa “Príncipe de Asturias”, está elaborado, basado y de acuerdo a las normas vigentes, pensando en el buen desenvolvimiento Institucional; por tal motivo servirá para alcanzar los objetivos trazados y garantizar la necesaria relación entre los estamentos que conforman la institución, como son: La Dirección, las Subdirecciones, Personal Docente, Personal Administrativo, Personal de Servicio, Padres de Familia y Alumnos, que forman la Familia Educativa. Para garantizar el desarrollo de las normas es necesario trabajar en forma coordinada y organizada, con el buen ánimo de colaborar y participar buscando a corto y largo plazo el mejoramiento de nuestra Institución Educativa. De este modo lograremos nuestros objetivos trazados. Constituidos como Comisión de Reglamento Interno 2011, los docentes Pedro Chávez Suni y Mario Huacán Ramírez, nos avocamos a la preparación y elaboración de la propuesta a discutir en las jornadas de trabajo de Diciembre del Año 2011, tales exposiciones y debates se desarrollaron contando con la participación de todo el personal directivo, docente y administrativo, guardando celosamente el necesario quórum reglamentario y mayoritario, dada la importancia del documento a discutir y aprobar. Debemos destacar que el presente reglamento interno había sido postergado en su aprobación total, tan sólo parcialmente era discutida y aprobada, de allí la importancia del trabajo realizado y concluido por esta comisión 2011. Sin duda los aportes realizados por comisiones anteriores aligeraron el trabajo, tanto como los aportes recibidos en la participación de cada uno de los asambleístas presentes en las discusiones y debates que se llevaron a cabo. Mención aparte expresaremos las facilidades brindadas por la profesora Silvia Villafuerte Batallanos encargada en la dirección del plantel y su equipo directivo para la consecución de esta tarea programada y llevada a cabo con éxito. El presente Reglamento ha sido elaborado con ahínco y esmero teniendo en cuenta los aspectos pedagógicos y administrativos, tanto en los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria de Menores de nuestra Institución Educativa 7096 “Príncipe de Asturias” del Distrito de Villa El Salvador. 2
  • 3. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” OBJETIVO GENERAL DEL REGLAMENTO INTERNO 2012 Determinar las normas, funciones y procedimientos que regulan el funcionamiento de la I.E.N° 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS”, en este instrumento de gestión se establecen los derechos y deberes del personal docente y administrativo, los criterios de administración y manejo de recursos, el desarrollo de las actividades académicas, administrativas, el régimen económico y disciplinario entre otros. DISPOSICIONES GENERALES El presente Reglamento Interno, tiene la finalidad de contribuir con una educación de calidad en la Institución Educativa, por lo tanto debe ser un documento rector que establezca los parámetros de la vida institucional con una visión de integración y flexibilidad, considerando los principios de la interculturalidad y los valores, la tolerancia y la equidad. Por consiguiente el presente Reglamento Interno está estructurado teniendo como base la Constitución Política del Perú en el artículo 13, Ley General de Educación, Código del Niño y del Adolescente, el plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia. 3
  • 4. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” REGLAMENTO INTERNO TÍTULO I BASES LEGALES ORGANIZACIÓN DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Capítulo 1 BASES LEGALES VIGENTES, OBJETIVOS, ESTRUCTURA ORGÁNICA A. BASES LEGALES ARTÍCULO 1: Constituyen bases legales: 1.1 Constitución Política del Perú. 1.2 Ley General de Educación N° 28044. 1.3 Ley del Profesorado N° 24029 y su modificatoria N° 25212, 1.4 Ley 29062 de la Carrera Pública Magisterial. 1.5 Ley Nº 28198 Colegio de Profesores del Perú 1.6 Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y Directiva 11-2007 -AGA- DUGEL 01 1.7 DL. 25762 Ley orgánica del Ministerio de Educación modificado por la ley 26510 y los decretos supremos 051-95-ED y 002-96-ED. 1.8 Normas Legales, Resolución Ministerial D.S. 002- 96 ED. 1.9 Resolución Ministerial N° 916 DE- 96 1.10 D.S. 007-2001-ED.y su complementaria R.M. 168-2002-ED y D.S. 048-2005-ED 1.11 D-S- Nº 005-90 Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa. 1.12 26644 Derecho de Descanso Pre natal y Post Natal de los Trabajadores. 1.13 D.L. Nº 800-96 Horario y Atención de la Administración Pública. 1.14 R.M. Nº 574-94-ED Reglamento del Control de Asistencia y Permanencia del Personal. 1.15 Reglamento de Educación de Menores y Mayores D. S. 04-94 del Ministerio de Educación 1.16 R.M. Nº 026-2004-ED 4
  • 5. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” 1.17 R.M. Nº 0043-2004-ED 1.18 R.M. N° 353-89-ED Funciones para el personal administrativo de la Institución, trabajadores del servicio y guardianía 1.19 Reglamento Vice – Ministerial N° 077-84 C.D. de las normas específicas para la evaluación del aprendizaje y comportamiento de los educandos. 1.20 D.S. N° 69-63 Responsabilidades de Empleados y Funcionarios del Sector Educación. 1.21 D.S. Nº 18-2004-ED- Aprueba reglamento de APAFAS de las II.EE Públicas 1.22 R.M. N° 1225-85-ED Normas sobre la Determinación de Alumnos que han obtenido los más altos puntajes de Educación. 1.23 R.M. N° 814-85-ED Funciones de los Auxiliares de Educación. 1.24 R.D. N° 0711 Funciones para el personal Administrativo del Plantel, trabajadores de Servicio y Guardianía. R.M. N° 353-89- ED. 1.25 R.M. N° 1241-84-ED Normas para Bibliotecas Escolares. 1.26 R.M. N° 1173-91-ED Normas para la Selección de Personal y Provisión de Cargos Directivos, Jerárquicos de Centros de Programas Educativos Estatales y Particulares. 1.27 R.M. N° 002-98-ED Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación. 1.28 R.M. N° 291-95-ED Autorización de Excursiones y Visitas Escolares. 1.29 Proyecto Huascarán resolución de Secretaría General Nº 503-2003-ED 1.30 D.S. 17-2004 – ED del Colegio de Profesores del Perú. 1.31 D.L. Nº 719 Ley de Cooperación Técnica Internacional y su reglamento D.S. 015- 92-PCM 1.32 DIRECTIVA Nº 050 - 2007–ME/SG Normas de transparencia en la conducta y desempeño de funcionarios y servidores públicos. 1.33 El Nuevo Código de los Niños y Adolescentes - Ley N° 27337 1.34 R.M. Nº 234-2005-ED – Aprueba Directiva Nº 004-VMGP-2005- evaluación de Aprendizajes en la EBR 1.35 R.M. Nº 048-2004-ED Orientaciones para las Actividades Educativas 1.36 R.M. Nº 0710-2005-ED Orientaciones y normas nacionales para la gestión de las II.EE. de Educación Básica y Educación Técnico Productiva. 1.37 D.S. Nº 018-2004-ED 1.38 R.M 009-2005 Normas para el desarrollo de la gestión pública 1.39 R.M. No 0712-2006-ED 1.40 D.S. N° 050-82-ED Reglamento sobre el Sistema de Supervisión y Monitoreo. 1.41 Directiva Nº 005-2010-ME/VMGI “Normas para la Ejecución del Mantenimiento de los Locales de las Instituciones Educativas Públicas a Nivel Nacional – 2010, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 29465” 1.42 Resolución Ministerial Nº 0622-2011-ED Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2012. 5
  • 6. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” LEMA ESTUDIO El Estudio es el pilar fundamental del quehacer de nuestra institución, significa y se considera realmente como un potencial. Lo es en el sentido de que una persona dispone de una serie de características o aptitudes que puede o no llegar a desarrollar, desplegarlas y elevar su nivel son la razón del maestro asturiano, por ende él mismo está llamado a capacitarse acorde con los retos que le demandan los nuevos tiempos y sus conquistadores: nuestros alumnos. El talento es una manifestación de la inteligencia emocional y es una aptitud o conjunto de aptitudes o destrezas sobresalientes respecto de un grupo para realizar una tarea determinada en forma exitosa. El talento puede ser heredado o adquirido mediante el aprendizaje. Por tanto resulta objetiva nuestra firme decisión de apostar por cimentar cualidades y propósitos de dedicación que animen a nuestros jóvenes estudiantes a la cimentación en sus vidas de este valor institucional. TRABAJO El Trabajo es para la comunidad educativa asturiana una constante misión de emprendimiento pues es así como nació al calor, necesidad, empuje y decisión de abrazar el futuro con sus propias manos. Nos reconocemos en este baluarte porque lo comprendemos como un derecho, como una tarea que señala rumbos y define objetivos. Es también para nosotros un compromiso que potencia nuestros esfuerzos y que pone en tensión nuestras fuerzas en cada proyecto, en cada actividad emprendedora y aún más allá de nuestras divergencias. Es este dinamismo el que convoca a nuestra comunidad educativa a gestar y alcanzar nuestros logros como el primer día de nuestra creación institucional, con esfuerzo, tesón y perseverancia. PROGRESO El Progreso es la palanca que mueve el desarrollo de nuestra comunidad educativa, pertenecemos a la comunidad de Villa El Salvador, somos reflejo de su lucha, de su amor por crecer, por forjar destinos. Es aquello que nos proponemos con nuestra institución de cara al futuro, surgir, consolidarnos como una institución que aporta a su comunidad, que avanza al ritmo de su empuje, de su tesón, de su necesidad de lograr sus metas pues solo ellas lo convertirán en el verdadero motor de su propia historia. 6
  • 7. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” IDEARIO “Somos Pioneros somos Vencedores” “Empoderamiento – Sinergia – Resiliencia” Nuestro ideario enfoca una serie de características propias que posee cada alumno(a) de nuestra institución, se distinguen entre muchos jóvenes por sus cualidades personales y su formación tenaz y trascendente. La luz que emana su mirada y su personalidad esta unida a sus valores, sus conocimientos recibidos en una formación integral, lista para asumir compromisos personales y sociales haciendo brillar su persona, a su comunidad y a su nación, porque ser forjadores y triunfadores resulta innato para todo integrante de nuestra comunidad educativa asturiana. FUNDAMENTO Y SIGNIFICADO DE NUESTRO IDEARIO: EMPODERAMIENTO: "El Empoderamiento es un concepto que dirige la atención hacia las relaciones de poder desiguales entre los géneros, y el proceso por el cual se puede superar la discriminación". El Empoderamiento es el reconocimiento de que todo integrante de la comunidad educativa actúe dentro del sistema social educativo, se sienta sensible y vivo, que necesita actuar con interdependencia entre sus miembros. Esto quiere decir que los miembros de una institución presentan diferentes grados de complejidad, en función de qué tan maduros son sus integrantes para asumir responsabilidades, sin cometer abusos que lesionen la viabilidad del todo. SINERGIA: La sinergia es la combinación de actividades que da como resultado algo más grande que la simple suma de éstos, es decir, cuando dos o más actividades se unen sinérgicamente crean un resultado que aprovecha y maximiza las cualidades de cada uno de ellos. La sinergia apunta a una integración mente – cuerpo, de esta manera nos conduce con facilidad hacia nuestras metas al liberar los bloqueos que nos impide alcanzarlas. Los movimientos estimulan el flujo de información dentro del cerebro y el cuerpo, conduciéndonos así a un aprendizaje óptimo. RESILIENCIA: La resiliencia es la capacidad de una persona o grupo para seguir proyectándose en el futuro a pesar de acontecimientos desestabilizadores, de 7
  • 8. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” condiciones de vida difíciles y de traumas a veces graves. Es una capacidad que se manifiesta: • Frente a la destrucción, mostrando una gran facultad de proteger la propia integridad bajo presión. • Ante la adversidad, estableciendo una actitud vital positiva pese a circunstancias difíciles. Las II.EE. ayudan a fortalecer la resiliencia entre sus integrantes. Existen sobradas pruebas de que las escuelas como organizaciones y la educación en general pueden ser poderosas constructoras de resiliencia. Después de la familia, la escuela es el lugar más propicio para que las alumnas(os) experimenten las condiciones que promueven la resiliencia. Dado que las escuelas tienen la capacidad de construir resiliencia, hay muchas tareas que deben llevarse a cabo a fin de asegurar que ello ocurra para todos y cada uno de sus integrantes. B. OBJETIVOS DE LA INSTITUCION EDUCATIVA ARTÍCULO 2: Son objetivos de la Institución Educativa: a) Impartir una Educación Científica y Democrática. b) Impartir una Educación Técnico Pedagógica basada en la realidad. c) Integrar el trabajo educativo con el sistema productivo. d) Fortalecer la conciencia cívica patriótica para garantizar la Soberanía, Seguridad, integridad y Defensa Nacional. e) Lograr La participación activa de la comunidad en promoción y gestión de los servicios que requiere el Centro educativo f) Establecer buenas relaciones humanas entre los estamentos del Centro educativo para dar una buena imagen a la Comunidad Educativa. g) Practicar y guardar respeto al personal directivo, docente, administrativo, de servicio y viceversa. A. ESTRUCTURA ORGÁNICA ARTÍCULO 3: Forman la estructura orgánica de la Institución Educativa: Órgano de Dirección: • Director. • Sub Dirección de Formación General. • Sub Dirección Administrativa • Sub Dirección de Educación Primaria. • Dirección de Educación Adultos Básica Alternativa Primaria. Órgano Técnico Pedagógico y de Asesoramiento: • Consejo Académico • Comité de Evaluación • Comisión de Racionalización • Comité de Disciplina • Defensoría del Niño y del Adolescente. 8
  • 9. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” COORDINADORES DE AREA: • Coordinación de Ciencias y Ambiente. • Coordinación de Ciencias Sociales. • Coordinación de Matemática. • Coordinación de Comunicación. • Coordinación de Educación para el trabajo. • Coordinación de Educación física. • Coordinación de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar. • Docentes Aula Innovación Pedagógica (DAIP) Programa Huascarán • Coordinación del Programa de Recuperación Pedagógica. Órgano de Ejecución: • Docentes. • Auxiliares de Educación. Órgano de Apoyo Administrativo: • Secretaría. • Biblioteca. • Laboratorio. • Comité de Recursos financieros. • Guardianía y personal de limpieza. Órgano de Participación Concertación y Vigilancia: • CONEI • Municipio Escolar. • Consejos de Aula. • Alumnos. • Asociación de Padres de Familia. • Comités de Aula. • Padres de Familia. • Comité del Programa de Desayuno Escolar. • Sindicato de Profesores (SUTE BASE). • Asociación de Ex Alumnos. 9
  • 10. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL 2012 10
  • 11. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL 2012 ÁREA PEDAGÓGICA UGEL Nº 01 APAFA 11
  • 12. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” ORGANIGRAMA FUNCIONAL 2012 ÁREA PEDAGÓGICA UGEL Nº 01 APAFA DIRECCIÓN SUB DIRECCIÓN DE SUB DIRECCIÓN PRIMARIA DE FORMACIÓN GENERAL COORDINADORES COORDINADORES DE DE GRADOS ALUMN@S ÁREAS ASTURIAN@S POLICÍA ESCOLAR DOCENTES AUXILIARES MUNICIPIO DE ESCOLAR EDUCACIÓN 12
  • 13. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL 2012 ÁREA ADMINISTRATIVA UGEL Nº 01 APAFA 13
  • 14. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” TÍTULO II FUNCIONES DEL PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Capítulo 2 DE LAS FUNCIONES B. DE LA DIRECCION: (Ley28044-28-07-2003 Art.55) ARTÍCULO 4: Son funciones del Director(a) de la Institución Educativa, además de las establecidas en los Artículos 55 º y 68 º de la Ley General de Educación: 1. Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el servicio educativo. Formula, coordina, ejecuta y evalúa el Plan Anual, con la participación del personal docente y la colaboración de la APAFA.. 2. Preside las reuniones Técnico - Pedagógicas, administrativas y otras relaciones de acuerdo con los objetivos de la Institución Educativa 3. Organiza y dirige la Supervisión Educativa. 4. Organiza el proceso de matrícula y autoriza traslados de matricula, exoneraciones de asignaturas (Religión). 5. Realiza de oficio la matrícula del menor abandonado o en peligro moral. 6. Autoriza la rectificación de nombres y apellidos de los educandos en los documentos pedagógicos de acuerdo a las leyes y normas. 7. Dirige, coordina, asesora, supervisa y evalúa la labor del personal a su cargo. 8. Aprueba el C.A.P. del personal docente y solicita la cobertura de las plazas vacantes ante la autoridad educativa competente. 9. Establecer, en coordinación con el Consejo Educativo Institucional, antes del comienzo del año lectivo, la calendarización del año escolar y aprobar la programación curricular, el sistema de evaluación de los alumnos, basados en los criterios técnicos emitidos por el Ministerio de educación, garantizando el cumplimiento efectivo del tiempo de aprendizaje, en el marco de las orientaciones y normas nacionales dictadas por el mismo para el inicio 14
  • 15. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” del año escolar. 10. Delegar funciones a los subdirectores y a otros miembros de su comunidad educativa. 11. Propone al Personal Docente y administrativo en las plazas de contrato luego de un proceso de evaluación, de acuerdo a las Normas vigentes y comunica a las autoridades competentes de la UGEL 01 12. Administra los documentos de la Institución Educativa. 13. Administra los fondos de las actividades productivas, de acuerdo a las normas específicas vigentes. 14. Autoriza visitas de estudio o excursiones dentro del ámbito departamental (R.M. N° 0394-2008-ED). 15. Expide certificados de estudio y de conducta. 16. Aprueba o desaprueba los estímulos o sanciones, según el caso, a los alumnos del colegio de acuerdo al informe de las comisiones, Reglamento Interno y demás normas vigentes. 17. Organiza integral y racionalmente los recursos y servicios educativos para satisfacer los requerimientos internos de la Institución Educativa. 18. Formula el cuadro de necesidades de bienes y servicios. 19. Autoriza de acuerdo con las disposiciones vigentes, el uso eventual de los ambientes y/o equipos del colegio, por parte de instituciones o de la comunidad con fines educativos. 20. Recepciona e informa las licencias del personal docente y administrativo. Cuando la licencia sea de 30 días o más, corresponderá el contrato de un personal reemplazante por el tiempo que dure la licencia del titular. 21. Formula el presupuesto de la Institución Educativa y vela por la correcta administración de los recursos propios, informando a las autoridades competentes y a la comunidad educativa (Ley de Transparencia y acceso a la información). 22. Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de sus fondos, de conformidad con lo establecido en el Reglamento General de la APAFA. 23. Preside la comisión que adjudica la concesión de kioscos, cafeterías y/u otros, de acuerdo a las normas vigentes. 24. Es el responsable de la convivencia y disciplina escolar, del uso adecuado del tiempo y del fortalecimiento de la formación ciudadana, cívica y patriótica de los estudiantes, en todas las actividades que se realicen en la I.E. 25. Coordina permanentemente con el responsable de la convivencia y la disciplina escolar y los tutores para el logro de los objetivos señalados. 26. Convoca a reuniones de tutores, profesores, padres de familia y otros actores educativos para el logro de los objetivos señalados. 27. Aprobar, por Resolución Directoral, los instrumentos de gestión de la Institución Educativa. 28. Coordina con la Asociación de Padres de familia y la autoridad competente del Ministerio de Educación asuntos de interés común. 29. Velar por el mantenimiento y conservación del mobiliario, equipamiento e infraestructura de la institución educativa, y gestionar la adquisición y/o donación de mobiliario y equipamiento así como la rehabilitación de la infraestructura escolar en coordinación con el CONEI y APAFA, cuyos 15
  • 16. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” fondos provengan de los recursos propios de la institución o de entidades públicas o privadas. 30. Conducir la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo y Reglamento Interno, de manera participativa. 31. El Director tiene la obligación de asistir a las reuniones convocadas por la superioridad, así como gestionar ante las instituciones públicas y privadas, a favor del colegio e informar a los docentes haciendo efecto multiplicador. El Director justificará su ausencia, firmando en el Cuaderno de Desplazamientos. 32. Desarrollar acciones de capacitación del personal. En forma rotativa y considerando a todo el personal por especialidad y/o función. 33. Estimular el buen desempeño docente estableciendo en la institución educativa, prácticas y estrategias de reconocimiento público a las innovaciones educativas y experiencias exitosas. 34. El accionar del Director fundamentalmente debe estar enmarcado en mantener las buenas relaciones humanas, cautelando los bienes y enseres de la Institución, cualquier agravante se sujeta a las normas educativas, civiles y penales según la gravedad del caso, en cuyos casos intervienen las autoridades específicas según correspondan. 35. El director en ejercicio de su autoridad y responsabilidad en resguardo del cumplimiento de las normas de convivencia, reglamento interno y otras de su competencia, en lo referido a incumplimiento de funciones y otros de carácter disciplinario de los servidores de nuestra institución educativa, agotará las instancias de orden interno, de no encontrarse solución y/o reincidencia del servidor, bajo responsabilidad derivará el caso al órgano superior para su tratamiento. 36. Otras funciones que se le asignen por norma específica del sector. 37. Todas las actividades de supervisión y evaluación se llevaran a cabo haciendo uso de instrumentos de evaluación previa aprobación de los docentes y personal administrativo en asamblea general. C. DE LA SUB DIRECCIÓN DE FORMACIÓN GENERAL ARTÍCULO 5: Son funciones del (la) Subdirector(a) de Formación General: 1. Planifica, organiza, supervisa, y evalúa las actividades técnico – pedagógicas. 2. Supervisa las actividades de Tutoría. 3. Orienta, supervisa y evalúa permanentemente las funciones específicas del personal de su nivel, haciendo uso de un instrumento de evaluación. 4. Participa en la formulación del plan anual de la Institución Educativa y en las reuniones del CONA. 5. Organiza y supervisa permanentemente el trabajo educativo, formula con el personal docente o comisiones el plan de estudios, el cuadro de distribución por áreas, horario de clases y turnos de trabajo, en una asamblea con los docentes del nivel, según el PEI y las normas vigentes. 6. Supervisa la correcta aplicación del proceso de evaluación. 16
  • 17. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” 7. Convoca y dirige las reuniones técnico - pedagógicas para coordinar y evaluar el trabajo educativo. 8. Promueve, organiza y ejecuta eventos de capacitación y actualización docente así como la realización de estudios de investigación para mejorar métodos y material educativo. 9. Supervisa, evalúa y controla las acciones educativas y el proceso de enseñanza – aprendizaje. 10. En caso de incumplimiento de los deberes y obligaciones debidamente comprobados, son pasibles de eemplearse como medidas disciplinarias ante el personal subordinado a su cargo previo memorándum haciendo de conocimiento del servidor la supuesta falta cometida y su consiguiente escucha y/o descargo: a. Amonestación Verbal. b. Amonestación por escrito c. Llamada de atención Sin perjuicio de su aplicación todas las medidas disciplinarias serán comunicadas en el término de la distancia a la Dirección del plantel para su conocimiento y demás fines 11. Representa por delegación al director(a), con autonomía para tomar decisiones, siempre en concordancia con los objetivos genuinos de la institución educativa y de manera primordial con los intereses del centro de la acción educativa, el alumno. 12. Asesora al director en lo referente al aspecto técnico pedagógico de su nivel. 13. Prepara, elabora las Nóminas de Alumnos, Actas de Evaluación Final y Actas de Recuperación Académica. 14. Todas las actividades de supervisión y evaluación se llevaran a cabo haciendo uso de instrumentos de evaluación previa aprobación de los docentes en asamblea del nivel. C. DE LA SUB DIRECCIÓN DE PRIMARIA ARTÍCULO 6: Son funciones del Subdirector(a) de Primaria: 1. El Subdirector de Primaria es el personaje inmediato en jerarquía al Subdirector de Formación General. 2. Orienta, supervisa y evalúa las acciones Técnico – Pedagógicas del nivel Primaria debiendo presentar sus informes periódicamente 3. Participa en la elaboración del Plan Anual de Trabajo, Plan de Supervisión y Reglamento Interno del Colegio. Debe tenerse en cuenta la autonomía del Subdirector de acuerdo a las normas vigentes. 4. Orienta, supervisa y evalúa permanentemente las funciones específicas del personal de su nivel. 5. Hace cumplir y supervisa permanentemente los proyectos innovadores. 6. Participa en la comisión de evaluación para nombramientos y contratos del personal docente. 7. Supervisa, analiza, evalúa constantemente el avance de la programación curricular, propone las correcciones y los reajustes convenientes. 17
  • 18. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” 8. Elabora en coordinación con la dirección, de acuerdo al CAP la distribución de aulas, grados del personal docente. 9. Solicita a la superioridad la cobertura inmediata de la plaza docente por licencia. 10. Controla e informa la asistencia, puntualidad, permanencia, labor efectiva de trabajo docente, al subdirector administrativo. 11. Coordina con la el Comité de Tutoría y Convivencia Escolar para establecer normas disciplinarias. 12. Promueve un ambiente de armonía entre los estamentos del plantel. 13. Promueve la participación de los docentes y alumnos en el desarrollo de los actos Cívico – patrióticos dentro y fuera de la institución educativa. 14. Informa periódicamente al Director el desarrollo de las actividades técnico pedagógico del nivel a su cargo. 15. Controla el ingreso y salida de los alumnos en coordinación con el personal administrativo, según el Reglamento Interno. 16. Coordina con los docentes del grado en la atención de los alumnos en casos necesarios a las aulas en caso de ausencia del docente. 17. Informa (oportunamente para la actualización de docente) con documentos probatorios las normas emanadas de la superioridad. 18. Autoriza la presencia del personal de apoyo debidamente acreditado del docente en aula en presencia del tutor de la sección. En caso de incumplimiento de los deberes y obligaciones debidamente comprobados, son pasibles de emplearse como medidas disciplinarias ante el personal subordinado a su cargo previo memorándum haciendo de conocimiento del servidor la supuesta falta cometida y su consiguiente escucha y/o descargo: a. Amonestación Verbal. b. Amonestación por escrito c. Llamada de atención Sin perjuicio de su aplicación todas las medidas disciplinarias serán comunicadas en el término de la distancia a la Dirección del plantel para su conocimiento y demás fines 19. Representa por delegación al director, con autonomía para tomar decisiones, siempre en concordancia con los objetivos genuinos de la institución educativa y de manera primordial con los intereses del centro de la acción educativa, el alumno. 20. Asesora al director(a) en lo referente al aspecto técnico pedagógico de su nivel. 21. Todas las actividades de supervisión y evaluación se llevaran a cabo haciendo uso de instrumentos de evaluación previa aprobación de los docentes en asamblea del nivel. D. DE LA SUB DIRECION ADMINISTRATIVA: 18
  • 19. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” Es responsable de Coadyuvar con el cumplimiento de los fines y objetivos de la Institución Educativa, brindando apoyo para su eficiente funcionamiento. ARTÍCULO 7: Son funciones del Sub Director(a) Administrativo(a): 1. Participa en la formulación, elaboración y evaluación del PEI y Plan Anual de Trabajo 2. Dirigir, coordinar, asesorar, supervisar y evaluar la labor administrativa del personal a su cargo. 3. Estimular y fomentar el sentido de responsabilidad de los trabajadores, teniendo como base su puntualidad, esmero, espíritu de trabajo, lealtad y colaboración en la acción educativa del plantel. 4. Controla la asistencia y permanencia del personal docente a su cargo, remitiendo el consolidado de asistencias de los docentes a la Dirección. De acuerdo con las normas vigentes. 5. Coordina y controla la administración y uso racional de los equipos, talleres, laboratorios, biblioteca y demás recursos y/o material educativo requerido. Supervisa el orden y limpieza de los materiales educativos mobiliarios y ambientes del Centro Educativo y vela por el buen mantenimiento de ellos. 6. Sancionar en caso de incumplimiento de las funciones, según los casos que estipula en el art. de sanciones por falta disciplinaria 7. Programar, prever, proporcionar y supervisar los recursos materiales que sea necesario para el adecuado funcionamiento de la Institución Educativa, coordinando con todas las áreas para cubrir los requerimientos y necesidades prioritarios. 8. Formular el cuadro de necesidades de bienes y servicios señaladas en la presente norma.. 9. Administrar e informar periódicamente sobre los recursos humanos, financieros y administrativos (la documentación de matrícula y certificados del alumno, especies valoradas FUT, Constancias, Subsanaciones y otros) que generen ingresos propios. 10. Administrar la planta física, velando por su mantenimiento, mejoramiento y conservación, así como todos los bienes del plantel. 11. Organizar y actualizar el inventario general del complejo, en coordinación con los Sub directores, Asesores, , Jefes de Laboratorio y Talleres: Biblioteca y Secretaría del Plantel procediendo con la codificación de los bienes. 12. Formular y presentar el presupuesto anual consignando los diferentes actividades a desarrollarse en el presente año escolar. 13. Racionalizar y optimizar el trabajo del plantel teniendo en cuenta las necesidades prioritarias del Complejo Educativo. 14. Dar a conocer al iniciar y finalizar el año lectivo, el inventario físico del plantel, publicándose en las respectivas vitrinas. 15. Informar y publicar su movimiento económico según la periodicidad del año lectivo. 16. Realizar estudios de oferta y demanda del servicio educativo. 19
  • 20. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” 17. Procesar y consolidar las estadísticas en forma permanente. 18. Procesar la información del registro de asistencia del personal docente y administrativo ante la UGEL 19. Elaborar y llevar el cuadro de asignación de personal en la Institución Educativa. 20. Participar en la elaboración y adecuación de normas para la selección de personal docente y administrativos (personal contratado). 21. Realizar el control de asistencia del personal comprendido en el D.L. 276 vigila y supervisa su producción diaria. 22. Realizar acciones de capacitación del personal Administrativo. 23. Registrar, actualizar y procesar el escalafón magisterial y administrativo de la institución. 24. Dar curso a los trámites de permiso, licencias del personal Docente y administrativo, en concordancia a los dispositivos legales vigentes. 25. Asumir las responsabilidades de gestión administrativa económico financiero de los recursos propios, ingresos por especias valoradas a favor de la institución educativa “Príncipe de Asturias”, en concordancia a los dispositivos legales vigentes. 26. Realizar pago de servicios, bienes y compromisos adquiridos por la institución. 27. Consolidar la información contable y remitirla a la instancia correspondiente. 28. Corregir las desviaciones administrativas. a.- Integrar, controlar y supervisar los servicios de su competencia, las comisiones a adquisiciones como también de altas y bajas. b.- En lo posible integrarse al SIAF de la dirección regional de educación para mejor control del manejo económico. c.- Velar que las instalaciones del plantel no sean utilizadas con fines de proselitismo político. 29. Prepara, elabora las Nóminas de Alumnos, Actas de Evaluación Final y Actas de Recuperación Académica. 30. Es responsable de la actualización de la ficha Personal de cada trabajador de la I.E. 31. Todas las actividades de supervisión y evaluación se llevaran a cabo haciendo uso de instrumentos de evaluación previa aprobación de los docentes y personal administrativo en asamblea del nivel. D. DEL PERSONAL DOCENTE: (D.S. N° 69-63 Responsabilidades de Empleados y Funcionarios del Sector Educación). ARTÍCULO 8: Son funciones del docente: 1. Participa en la elaboración del Plan Anual de trabajo y PEI. del Centro Educativo. 20
  • 21. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” 2. Programa, desarrolla y evalúa las actividades curriculares en coordinación con los planes y programas oficiales y necesidades del alumno, así como; las actividades de orientación y bienestar del educando y promoción educativa comunal. 3. Organiza y ambienta el aula, preparar el material educativo con la participación de los alumnos y Padres de Familia. 4. Desarrolla los proyectos de acuerdo a las necesidades internas del alumno, elabora sesiones de aprendizaje basados en el nuevo enfoque pedagógico con métodos y técnicas adecuadas a la realidad de los alumnos. 5. Evalúa el proceso de enseñanza aprendizaje en forma constante de acuerdo a las normas. 6. Participa voluntariamente en las comisiones y colabora con la Dirección en aras de buscar el prestigio del centro Educativo. 7. Orienta permanentemente a los alumnos tratando de lograr su desarrollo integral. 8. Atiende a los alumnos y vela por su integridad física y moral durante el tiempo que permanece en el Centro Educativo. 9. Vela por el buen estado de conservación de las áreas verdes, infraestructura, bienes y enseres del Centro Educativo 10. Asiste al plantel de manera presentable o con el uniforme institucional, de acuerdo a la función que desempeña por la buena imagen de su persona y nuestra Institución. 11. Cumple responsablemente con sus horas programadas durante el año escolar. 12. Promueve y mantiene las buenas relaciones humanas entre la comunidad educativa en general. 13. Cumple en sus turnos correspondientes con el calendario Cívico – Patriótico. 14. Asiste obligatoriamente a las formaciones colaborando en el control de la disciplina, y fomentando el respeto a los Símbolos Patrios. 15. Recupera o nivela horas de clases los días sábados si así lo estima conveniente, o el cumplimiento de las horas efectivas de clase lo exige previa coordinación con la subdirección del nivel, así como con los alumnos a su cargo, previo acuerdo con ellos. Asistiendo con puntualidad e ingresando con sus alumnos. 16. Los docentes y directivos que pertenezcan a comisiones relacionadas a actividades económicas del plantel presentarán el balance económico por escrito y en asamblea de docentes no menos de dos veces al año. El plazo será de cinco días después de concluida la actividad. 17. Las reuniones de Padres de Familia, en los niveles de Inicial, Primaria y Secundaria, se realizaran en horario alterno. 18. Todo docente llevará TUTORIA en el nivel secundario de manera rotativa sin tener en cuenta el nivel escalafonario, por ser inherente a su labor educativa. 19. Todo docente está comprometido a mantener la limpieza del aula en sus horas efectivas de clase, inspirados en los objetivos de nuestro PEI 21
  • 22. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” 20. Todas las actividades solicitadas por los docentes, fuera del horario escolar serán autorizadas solo los días sábados de 7am a 1pm, bajo responsabilidad del docente. I. DEL AUXILIAR DE EDUCACIÓN: (R.M.N° 814-85-ED) ARTÍCULO 9: Son funciones del (la) auxiliar de educación: 1. Fomenta hábitos de disciplina, buenas costumbres, puntualidad, higiene y estudio entre los educandos así como el correcto y ordenado uso del uniforme escolar. 2. Controla el ingreso y salida del alumnado según el horario establecido 3. Da cuenta a la autoridad superior inmediata (SDFG) de los problemas más graves, que se puedan suscitar dentro del plantel. 4. Da solución inmediata a los distintos problemas que puedan ocasionarse entre alumnos. Actuando con criterio de acuerdo a su realidad. 5. Mantener actualizado el registro de asistencia y cuaderno de control sellándolos al ingresar los alumnos de las secciones a su cargo según el reglamento disciplinario. 6. Se encarga de las actividades permanentes como: Ingreso, formación, recreo, salida de los educandos. 7. Apoya activamente en el desarrollo de las actividades Cívico – Patrióticas desde el inicio hasta el final en la búsqueda de la identidad de los alumnos con los contenidos y objetivos de las actividades que se llevan a cabo. 8. Orienta y dirige a los educandos para la conservación de la infraestructura, mobiliario, material didáctico, laboratorio y biblioteca. 9. Remite citaciones, recomendaciones y otros a los padres de familia. 10. Atiende y auxilia a los educandos en caso de accidente conduciéndolos al centro hospitalario con previo conocimiento de la Dirección. 11. Revisa y decomisa, a los alumnos reincidentes, todo objeto ajeno al quehacer educativo, dando cuenta al Tutor y a la Dirección para una entrevista con los padres y acuerdo bajo documentos, cuya entrega será al finalizar el año. 12. Organiza el funcionamiento de las escoltas, brigadieres y policías escolares. 13. Brinda buen trato a los alumnos, padres de Familia y profesores de la comunidad educativa para la mejor organización y desarrollo Institucional. 14. Comunicar a la Sub-Dirección de Formación General o a la Dirección antes de hacerse cargo de una sección por ausencia de un profesor. Supervisa el cumplimiento de las tareas escolares y controla la disciplina del mismo. 15. Colaborar con los tutores y/o asesores a la motivación y ejecución de las diferentes actividades educativas. 16. Coordina con el Tutor para poner la nota de conducta. 22
  • 23. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” 17. Realiza las formaciones del alumnado en el patio cada lunes así como en las actuaciones centrales. 18. Informa al término del año escolar y antes de la elaboración de las actas finales, la relación de alumnos retirados y trasladados. 19. Coordina con secretaría para la elaboración de Nóminas Oficiales de alumnos en el mes de marzo. 20. Informa por escrito a los padres de familia través del cuaderno de control en el caso que se regrese al alumno a su casa (Previa coordinación con la sub. Dirección) 21. Elabora las Libretas de Notas de las secciones a su cargo en coordinación con el Tutor del Aula. 22. Formula oportunamente la relación escrita de los alumnos con problemas de comportamiento para derivarlos a DESNA. 23. Cumplir con su jornada y horario de trabajo. 24. Los auxiliares de educación asumirán opcionalmente la capacitación en primeros auxilios y cursos relacionados con su función. 25. El auxiliar de educación debe tener al día su carpeta Pedagógica, y presentarla a la Dirección para su revisión y Vº Bº correspondiente. Esta carpeta debe contener: a. Plan de Trabajo b. Normas y dispositivos relacionados con su función. c. Elabora la libreta de notas. d. Relación de profesores según especialidad. e. Distribución de horas. f. Relación de alumnos por grados y secciones, según el turno. g. Cuaderno de seguimiento conductual de los alumnos. h. Relación de alumnos con problemas de conducta. i. Informe periódico de los alumnos observados por disciplina. j. Criterios de evaluación conductual del alumno. k. Presentar informe anual (Logros, dificultades sugerencias). 26. La jornada laboral de los auxiliares de educación es de 30 horas semanales distribuidos en 6 horas diarias. 27. El auxiliar de educación ingresará por lo menos con 25 minutos de anticipación a la hora normal del ingreso al plantel. Su salida será obligatoriamente bajo responsabilidad por lo menos con 25 minutos después de la hora de salida de los alumnos. En dicho lapso cuidará de los educandos para su ingreso y salida de la I.E. 28. Los auxiliares de educación permanecerán en el pabellón que les ha sido asignado y estarán pendientes de las aulas a su cargo. Sólo utilizarán su oficina para la atención a los padres de familia y alumnos según requiera el caso. 29. Difundir el reglamento interno a los alumnos. 30. Participar en la matrícula de los alumnos. 23
  • 24. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” J. DE LA SECRETARIA (Funciones para el personal administrativo de la Institución, trabajadores del servicio y guardianía R.M. N° 353-89-ED) ARTÍCULO 10: Son funciones de la secretaria: 1. Orienta, asesora, atiende al personal docente, padres de familia y alumnado sobre los trámites documentarios de la I:E: 2. Recepción, registro, calificación y distribución de la documentación que ingresa. 3. Lleva adecuadamente el libro de trámite documentario contando para ello con información precisa y actualizada. 4. Organiza los documentos y archivos para atender con eficiencia toda consulta. 5. Entrega documentos y proporciona datos sólo con autorización expresa del personal Directivo previa solicitud vía FUT. 6. Colabora y participa activamente en todas las actividades del plantel. 7. Realiza el cobro de ingreso de la Institución Educativa bajo recibo y da informe a la autoridad solo cuando se le encargue la función. 8. Da buen trato a todos los alumnos, trabajadores, padres de familia y visitantes al Plantel. 9. Lleva el libro de actas en las asambleas. 10. Confeccionar los certificados de estudios. 11. Cumple su horario de trabajo. Su horario de ingreso y salida será coordinado con la Dirección para una mejor atención al público. 12. El ámbito de desarrollo de sus labores está remitido a aquellas que le encomienda la Dirección del plantel, no es responsable de la preparación del trabajo de preparación de comisiones y otros que no se refieran a su devenir administrativo específico. K. DE LA AUXILIAR DE BIBLIOTECA (R.M.N°1241-84-ED Normas para Bibliotecas Escolares) (R.M.N°353-89- ED Funciones del auxiliar de la Biblioteca Escolar) ARTÍCULO 11: Son funciones del (la) bibliotecario(a) 1. Cumplir con el horario asignado por la Dirección según la necesidad de servicio, distribuyendo las 40 horas de trabajo en la atención de los alumnos en ambos turnos. 2. Publica su horario de atención al público para un mejor desempeño de sus funciones. 3. Promueve el establecimiento, organización y funcionamiento de la biblioteca. 4. Mantiene en orden y codificado todos los enseres a su cargo (Título, autor, etc.) 5. Cumple su jornada laboral establecida por la dirección atendiendo a los usuarios en ambos turnos. 6. Organiza campaña PRO – LIBRO para implementar la biblioteca, coordinando con la plana directiva, docentes, alumnos y padres de familia. 24
  • 25. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” 7. Se responsabiliza por todo el material bibliográfico que existe. Realiza y actualiza permanentemente el inventario de bienes de la biblioteca. 8. Presta libros bajo su responsabilidad con la presentación de documentos como: cuaderno de control. 9. Informa a los usuarios docentes que la devolución de libros será en un plazo no mayor de 07 días de lo contrario perderá su derecho a un nuevo préstamo. 10. Elabora fichas bibliográficas instruyendo a los usuarios en el manejo del material bibliográfico, promoviendo su uso y conservación. 11. Elaborar el fichero bibliográfico por autores y áreas, manteniéndolo codificado y actualizado para un mejor servicio al usuario. 12. Elabora el informe final señalando logros, dificultades, alternativas de solución y recomendaciones. 13. Da buen trato a todos los alumnos, trabajadores, padres de familia y visitantes al Plantel. L. DEL (LA)AUXILIAR DE LABORATORIO (Funciones para el personal administrativo de la Institución, trabajadores del servicio y guardianía R.M. N° 353-89-ED) ARTÍCULO 12: Son funciones de la Laboratorista 1. Promueve el establecimiento, organización y funcionamiento del laboratorio. 2. Participar en la formulación, ejecución y evaluación del Plan de Trabajo que se desarrollará en el servicio de laboratorio durante el año lectivo. 3. Participa en la formulación de los trabajos técnico – pedagógicos y administrativos del Plantel. 4. Atiende con esmero a los usuarios en ambos turnos. 5. Vela por el mantenimiento y conservación de los bienes, equipos y otros a su cargo. 6. Inventaría y codifica los materiales del laboratorio. 7. Informa oportunamente al Director de las deficiencias y necesidades que podría ocasionar una atención inadecuada. 8. Asiste a las capacitaciones oportunamente 9. Hace uso adecuado de las sustancias químicas y materiales del laboratorio. 10. Proporciona y distribuye oportunamente los materiales para las prácticas de acuerdo a lo solicitado. 11. Limpia y esteriliza según sea el caso, materiales e instrumentos y ambiente del laboratorio. 12. Mantiene al día el registro de prácticas del laboratorio. 13. Otros por encargo por el Director o Jefe inmediato superior. 14. Da buen trato a todos los alumnos, trabajadores, padres de familia y visitantes al Plantel. M. DEL PERSONAL DE SERVICIO II (R.D. N° 0711 Funciones para el personal Administrativo del Plantel, trabajadores de Servicio y Guardianía. R.M. N° 353-89-ED.) 25
  • 26. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” ARTÍCULO 13: FUNCIONES DEL PERSONAL DE SERVICIO II: R.D. N° 0711 Funciones para el personal Administrativo del Plantel, trabajadores de Servicio y Guardianía. R.M. N° 353-89-ED.) Desempeñar con responsabilidad, esmero y eficiencia las funciones que se asignan y/o competen a su cargo, tales como: 1. Controla el ingreso y salida del alumnado de acuerdo al horario establecido en el nivel primario. 2. El trabajador de servicio II con vivienda en el Centro educativo es responsable de la guardianía nocturna y seguridad de los bienes materiales inclusive los días no laborables. 3. Controlar que los bienes, enseres y otros que salen del Colegio cuentan con la debida autorización del Director. 4. Realiza la limpieza de las aulas, SS.HH, mobiliario escolar y demás ambientes tanto interno como externo. 5. Vela por la seguridad del mobiliario y enseres del centro Educativo siendo su responsabilidad durante su jornada de trabajo. 6. Realiza labores de conserjería. 7. Realiza otras funciones afines que le asigne el Director, subdirector y personal jerárquico. 8. De ser necesario, apoyará en la Secretaría del Plantel 9. Da buen trato a todos los alumnos, trabajadores, padres de familia y visitantes al Plantel. N. DEL PERSONAL DE SERVICIO III (R.D. N° 0711 Funciones para el personal Administrativo del Plantel, trabajadores de Servicio y Guardianía. R.M. N° 353-89-ED). ARTÍCULO 14: FUNCIONES DEL PERSONAL DE SERVICIO III: Desempeñar con responsabilidad, esmero y eficiencia las funciones que encausen a su cargo, tales como: 1. Realiza custodia a través de rondas permanentes de los ambientes de toda la I. E. durante su jornada de trabajo. 2. El trabajador de servicio III que vive en el Centro Educativo es el responsable de la guardianía nocturna y seguridad de los bienes tanto los días laborables como los no laborables. 3. No permite el ingreso de personas ajenas al Colegio fuera del horario de atención y días feriados salvo autorización firmada del Director de la I. E. 4. El trabajo de servicio III controla el ingreso y salida de materiales diversos dentro de su jornada laboral dando cuenta en el día a su jefe inmediato por escrito 5. Registra en el cuaderno de ocurrencias las novedades producidas durante su horario de trabajo, registra además a los docentes que asistan los días sábados con sus alumnos. 6. Realiza labores de portería en el turno que le corresponde. 7. Realizar labores de conserjería. 8. Prepara oportunamente el ambiente adecuado para las asambleas de docentes. 26
  • 27. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” 9. Las vacaciones se tomarán de acuerdo un rol establecido por el Director. 10. Otras funciones afines a su cargo que le asigne el Director, subdirector y personal jerárquico. 11. Da buen trato a todos los alumnos, trabajadores, padres de familia y visitantes al Plantel. 12. La atención del personal de guardianía los días sábados será de 7am a 1pm. Con la debida autorización por escrito de la dirección del plantel y bajo responsabilidad del docente que convoca. 27
  • 28. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” TÍTULO III DE LAS ASISTENCIAS, INASISTENCIAS, TARDANZAS, PERMISOS, LICENCIAS Y VACACIONES DEL PERSONAL DE LA INSTITUCIÒN EDUCATIVA Capítulo 3 DE LAS ASISTENCIAS, INASISTENCIAS y TARDANZAS (R.M. N° 574-94-ED Reglamento de Control y permanencia del Personal del Ministerio de Educación; Ley Nº 27815 Código de ética de la función pública, Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, D.S. N° 69-63 Responsabilidades de Empleados y Funcionarios del Sector Educación) A. DE LAS ASISTENCIAS ARTÍCULO 15: El control de asistencia de los trabajadores en general se efectuará con el Reloj tarjetero y en el parte de asistencia debidamente firmados, debiendo estar dicho cuaderno permanentemente en el lugar designado por la Dirección. Dicha obligación se aplicará para todos los niveles. ARTÍCULO 16: La permanencia del personal Directivo, Administrativo, Docente y de Servicio será de acuerdo al horario de trabajo establecido en el presente reglamento. ARTÍCULO 17: Es obligatoria la asistencia de los trabajadores a las asambleas programadas por actividades Cívico – Patrióticas y otras de carácter extraordinario. ARTÍCULO 18: En concordancia con el cumplimiento de las horas efectivas de clase, el docente en el nivel secundario deberá registrar el tema de su sesión de aprendizaje y su firma en el parte del diario de clase, al inicio de clase en cada sección. B. DE LAS INASISTENCIAS ARTÍCULO 19: Constituye inasistencia 1. La no-concurrencia a la Institución Educativa a laborar. 28
  • 29. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” 2. Que habiendo concurrido no desempeñe su función 3. El retirarse antes de la hora establecida sin justificación alguna. 4. La omisión del registro de su asistencia y / o salida, sin justificación alguna. 5. La omisión del registro del tema y firma en el parte diario de clase sugiere incumplimiento de las horas efectivas en el aula. 6. La no asistencia al aula de innovación pedagógica estando programado anticipadamente C. DE LAS TARDANZAS ARTÍCULO 20: Se considera tardanza el ingreso al Centro Educativo después de la hora establecida, así también el reinicio de clases entre horas como al retorno del recreo del alumnado. Los trabajadores que con frecuencia incurran en tardanzas e inasistencias injustificadas se harán acreedores a un informe ante la UGEL N° 01, previamente se le habrá aplicado las consideraciones de acuerdo a norma como son amonestación verbal, por escrito y a consiguiente reincidencia por parte del servidor se informará a la UGEL 01. Capítulo 4 DE LOS PERMISOS, LICENCIAS Y VACACIONES D. DE LOS PERMISOS ARTÍCULO 21: El trabajador tiene derecho a tres días de permiso por ley durante el año, previa justificación por escrito. ARTÍCULO 22: El trabajador de la Institución Educativa tiene derecho a días de permiso por el día de su onomástico y por el día del Maestro. ARTICULO 23: El trabajador de la Institución Educativa, debe solicitar y presentar obligatoriamente la Papeleta de Salida que otorga el permiso para su salida del plantel. ARTICULO 24: Por citación expresa: judicial, militar o policial (D.S. Nº 005-90-P.C.M. E. DE LAS LICENCIAS ARTÍCULO 25: Los profesores del Estado tienen derecho a licencia con goce de haber en todos los casos contemplados por la ley y sus reglamentos. a. Por maternidad 45 días antes y 45 días después del parto, con lactancia de 1 hora diaria cronológica por el lapso de un año, de acuerdo a la realidad del docente, previa presentación de partida de nacimiento. 29
  • 30. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” b. Por fallecimiento del cónyuge, padres, hermanos e hijos 8 días si el deceso se produce en la ciudad de Lima y 15 días cuando es en provincias de acuerdo a normas vigentes (Art. 110, DS Nº 005-90- PCM). c. Por rendición de examen de título o licenciatura, segunda especialidad, doctorado por dos semanas ó 10 días. F. DE LAS VACACIONES ARTÍCULO 26: El personal del Centro educativo tiene derecho a vacaciones: a. El personal Directivo goza de un mes de vacaciones que será preferentemente en los meses de marzo a noviembre. b. El personal docente goza de vacaciones en los meses de enero y febrero. c. El personal administrativo y servicio podrán hacer uso de sus vacaciones en los meses entre enero y marzo TÍTULO IV DE LOS DERECHOS, PROHIBICIONES, FALTAS, SANCIONES, ESTÍMULOS Y JORNADA LABORAL DEL PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Capítulo 5 DE LOS DERECHOS DEL PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA A. DE LOS DERECHOS ARTÍCULO 27: Los derechos de los trabajadores de la Institución Educativa 7096 “Príncipe de Asturias”, UGEL 01- S.J.M., son: 30
  • 31. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” 1. Recibir trato digno del personal directivo, padres de familia y educandos. 2. Recibir las orientaciones periódicas para la ejecución de sus funciones. 3. Obtener permisos o licencias de acuerdo a lo regulado por la ley y el reglamento interno. 4. Gozar de plena ejecución de sus derechos civiles, políticos, sociales y laborales. 5. Asociarse libremente al Sindicato en respaldo a sus intereses laborales y/o profesionales. 6. Capacitarse y perfeccionarse sin perjudicar las actividades laborales. 7. Reconocimiento por la dirección mediante un oficio a los docentes en el mes de diciembre por mérito extraordinario en su labor pedagógica previa evaluación de la Comisión. 8. Laborar en locales que ofrezcan condiciones pedagógicas y de seguridad. 9. Reingresar al servicio, siempre y cuando no exista impedimento legal. 10. Estar exonerados del pago de formulario único de trámite de la I.E. 11. Estar exonerados del pago de APAFA los trabajadores de la I.E. 12. Reconocimiento de la Dirección mediante un Decreto o Resolución Directoral en el mes de diciembre por su destacado desempeño laboral, previa evaluación de la comisión de estímulos. Capítulo 6 DE LAS PROHIBICIONES DEL PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA. A. FALTAS Y PROHIBICIONES DEL PERSONAL DIRECTIVO, DOCENTE, AUXILIARES, ADMINISTRATIVOS Y DE SERVICIO. ARTÍCULO 28: Se consideran faltas del personal: a. Reiteradas inasistencias y o tardanzas injustificadas. b. Registrar su asistencia pero no cumplir con su labor y firmar por otro trabajador. c. No asistir a laborar por más de 3 días consecutivos sin conocimiento de la autoridad competente del colegio.(abandono de cargo). d. Asistir al colegio en estado etílico o con vestimenta inadecuada y /o con falta de aseo. e. Ausentarse o salir del colegio en horas de trabajo sin autorización o sin permiso considerándose tal acción como evasión. 31
  • 32. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” f. Negligencia en el desempeño de sus funciones (incumplimiento del Reglamento Interno) g. Usar su función con fines de lucro. h. Atentar contra la integridad física del educando, de profesores, de personal administrativo, de servicio y de los Padres de Familia. i. Cometer actos que vayan contra la moral y las buenas costumbres. j. Modificar, sustituir o adulterar documentos pedagógicos y/o administrativos del plantel. k. Retener la documentación pedagógica y/o administrativa del plantel impidiendo su curso normal. l. Entregar a terceros documentación reservada de la I. E. m. Desacatar las órdenes y/o disposiciones de la autoridad inmediata superior. n. Emitir comentarios que dañen la imagen del personal del colegio en asambleas y o aulas. o. Obstaculizar el cumplimiento de las funciones de uno o más miembros de la Institución. p. Permanecer fuera de los ambientes donde desarrolla su función injustificadamente. q. Dejar a los practicantes solos con los alumnos. r. USURPAR FUNCIONES. s. Exhibir emblemas o símbolos de partidos políticos. t. Tomar o comer dentro del ambiente donde labora. u. Asistir a las asambleas de PP.FF., sin contar con la autorización de la Dirección absteniéndose de aceptar invitaciones para evitar conflictos entre la comunidad educativa, aun contando con la tarjeta de asociado. Asimismo de recolectar firmas a favor o en perjuicio de los docentes en dichas asambleas. v. Rompimiento de Relaciones Humanas. w. Realizar actividades que contravengan los fines y objetivos de la Institución Educativa. x. Incurrir en actos de acoso sexual (“No incurrir en actos de hostigamiento sexual, conforme a la Ley sobre la materia.” (*) Inciso adicionado por la Tercera Disposición Final y Complementaria de la Ley Nº 27942, publicada el 27-02-2003). Capítulo 7 DE LAS SANCIONES DEL PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 32
  • 33. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” A. DE LAS SANCIONES DEL PERSONAL DIRECTIVO, DOCENTE, AUXILIARES, ADMINISTRATIVOS Y DE SERVICIO ARTÍCULO 29: Las sanciones que se apliquen a todo el personal que labora en la Institución Educativa, por las faltas contempladas en el artículo anterior, deberán quedar registradas por escrito: 1. Llamada de atención verbal y privada, por la autoridad competente. 2. Amonestación por escrito, en caso de reincidencias dando cuenta a la superioridad. 3. Descuento sobre el haber, por tardanzas e inasistencias injustificadas. 4. Sanciones de acuerdo a ley no consignada en el presente reglamento. 5. Sancionar, publicando la relación de profesores deudores. Capítulo 8 DE LOS ESTÍMULOS AL PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA B. DE LOS ESTÍMULOS ARTÍCULO 30: Para otorgar estímulos a los trabajadores se constituye una comisión conformada por el Director, Subdirector, un docente elegido y un representante de APAFA (comité de ÉTICA). Quienes evaluarán desde diversos puntos de vista, para ser merecedor del estímulo. Los estímulos son los siguientes: a. Agradecimiento y felicitación mediante Decreto Directoral del Colegio. b. Diploma al mérito otorgado por la Dirección. c. Felicitaciones mediante Decreto por la Dirección de la UGEL 01. d. Felicitaciones mediante Resolución propuesta por la Comisión de ética a los docentes, personal administrativo y de servicio que se distingan por su espíritu de trabajo, responsabilidad, colaboración y amor al colegio. e. La comisión de Ética deberá evaluar e informar acerca del personal para su reconocimiento respectivo. 33
  • 34. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” Capítulo 9 DE LA JORNADA LABORAL DEL PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA A. DE LA JORNADA LABORAL ARTÍCULO 31: La jornada laboral para todo el personal del Centro Educativo 7096 es de acuerdo a su cargo o función que desempeñan. ARTÍCULO 32: La jornada laboral para el personal Directivo es de 8 horas cronológicas diarias. Adecuando su horario para permanecer en el plantel y dar mejor servicio y administración de la labor educativa. ARTÍCULO 33: El Director tiene la obligación de asistir a las reuniones convocadas por la superioridad así como gestionar ante las instituciones públicas y privadas a favor del colegio e informar a los docentes haciendo efecto multiplicador. En estos casos justificará su ausencia firmando el cuaderno de desplazamiento. ARTÍCULO 34: La jornada de trabajo del personal del nivel Inicial es de 25 horas y Primaria es de 30 horas pedagógicas de lunes a viernes. Del docente de Secundaria será de 24 horas pedagógicas. ARTÍCULO 35: El horario establecido del personal directivo y docente, es: Horario del Director: Lunes ingreso: 07:30 am salida: 06:00 pm Martes ingreso: 10:00 am salida: 06:00 pm Miércoles ingreso: 07:30 am salida: 03:30 pm Jueves ingreso: 10:00 am salida: 06:00 pm Viernes ingreso: 07:30 am salida: 03:30 pm Horario del Subdirector de secundaria: Lunes ingreso: 07:30 am salida: 06:00 pm Martes ingreso: 07:30 am salida: 03:30 pm Miércoles ingreso: 10:00 am salida: 06:00 pm Jueves ingreso: 07:30 am salida: 03:30 pm Viernes ingreso: 10:00 am salida: 06:00 pm Horario del Subdirector de primaria: Lunes ingreso: 07:30 am salida: 06:00 pm Martes ingreso: 10:00 am salida: 06:00 pm Miércoles ingreso: 07:30 am salida: 03:30 pm Jueves ingreso: 10:00 am salida: 06:00 pm Viernes ingreso: 07:30 am salida: 03:30 pm Horario para Docentes del nivel Inicial Turno mañana: Ingreso: 8:30 am Salida: 12:30 pm Horario para Docentes del nivel Primaria 34
  • 35. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” Turno mañana: Ingreso: 07:50 am Salida: 12:50 pm Turno tarde: Ingreso: 01:00 pm Salida: 06:00 pm Horario para Docentes del nivel Secundaria: Turno mañana: Ingreso: 07:50 a.m. Salida: 12:50 p.m. Turno tarde: Ingreso: 01:00 p.m. Salida: 06:00 p.m. NOTA: Para asegurar el cumplimiento de las horas efectivas, en el nivel secundaria se considerará en la calendarización el máximo de días posibles para cumplir las 1200 horas correspondientes. ARTÍCULO 36: El horario de trabajo de los Auxiliares de Educación, será: Turno mañana: Ingreso: 07:30 a.m. Salida: 01:30 p.m. Turno tarde: Ingreso: 12:30 p.m. Salida: 06:30 p.m. ARTÍCULO 37: La jornada laboral del personal administrativo (secretaria, laboratorista, bibliotecaria) es de cuarenta horas cronológicas que adecuarán su horario de acuerdo a las necesidades del usuario. Quedando establecido el horario de trabajo del personal de laboratorio y biblioteca: Ingreso: 8:00 a.m. Salida: 4:00 p.m. ARTÍCULO 38: La jornada laboral del personal de servicio es de 40 horas cronológicas semanales. Horarios: 06:30 a.m. a 02:15 p.m. 12:30 p.m. a 08:15 p.m. 02:30 p.m. a 10:30 p.m. 11:00 p.m. a 06.45 a.m. (guardián con vivienda) TÍTULO V 35
  • 36. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” PROMOCIÓN INTERNA, CONTRATACIÓN DE DOCENTES, CAMBIO DE TURNO, DISTRIBUCIÓN DE AULAS Y PROGRAMA DE RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Capítulo 10 DE LA PROMOCIÓN INTERNA Y CONTRATACION DE PERSONAL DOCENTE DE LA INSTITUCION EDUCATIVA A. DE LA PROMOCIÓN INTERNA ARTÍCULO 39: En casos de plazas vacantes como Dirección, Subdirección de Secundaria y Primaria se hará la promoción interna en una asamblea general de docentes de acuerdo a las prioridades: a. Título profesional en Educación b. Años de servicio c. Nombramiento d. Poseer cualidades ético morales B. DE LA CONTRATACION DEL PERSONAL DOCENTE ARTÍCULO 40: La Dirección dispondrá cubrir las plazas vacantes de contrato de acuerdo a las normas vigentes. Para ello se constituirá la Comisión de Evaluación integrada por: a. El Director de la I.E. b. Los subdirectores de cada nivel c. Un personal docente por nivel, elegido en asamblea. d. Un representante de PP.FF. con voz y sin voto. ARTÍCULO 41: El profesor contratado dejará la plaza si viniera un personal reasignado por Resolución Directoral de la UGEL 01. Capítulo 11 36
  • 37. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” DEL CAMBIO DE TURNO, DISTRIBUCIÓN DE AULAS Y PROGRAMA DE RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA C. DEL CAMBIO DE TURNO EN DOCENTES ARTÍCULO 42: Para el cambio de turno de mañana a tarde o viceversa se procede tomando en cuenta las prioridades siguientes: a. Título profesional de educación b. Resolución de nombramiento c. Años de servicio. d. Especialidad e. Solicitud del interesado. D. DE LA DISTRIBUCIÓN DE AULAS ARTÍCULO 43: La distribución de aulas y secciones se realizará en el mes de diciembre en una asamblea general de docentes para facilitar la capacitación de los profesores de acuerdo al grado que le corresponda. E. DEL PROGRAMA DE RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA ARTÍCULO 44: El Programa de Recuperación Pedagógica se programará de acuerdo a las normas y en forma coordinada con el Director, Subdirector, y docentes titulados nombrados y/o contratados que hayan tenido menor cantidad de alumnos desaprobados al finalizar el año. a. El cronograma se hará en el mes de noviembre y diciembre, a fin de prestar mejor servicio en cada Ciclo de Primaria y en cada Área de secundaria, según acuerdo de asamblea. b. La distribución de los fondos recaudados se repartirán de acuerdo a las disposiciones existentes tanto en el nivel Primaria como Secundaria. c. Los resultados de la evaluación se transcribirán a las actas oficiales. 37
  • 38. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” TÍTULO VI DE LA MATRÍCULA Y EL CUADRO DE HORAS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Capítulo 12 DE LA MATRÍCULA Y EL CUADRO DE HORAS A. DE LA MATRÍCULA ARTÍCULO 45: La inscripción de matrícula para los alumnos de Inicial y Primer Grado se hará en el mes de diciembre previo cronograma. ARTÍCULO 46: La ratificación de matrícula de Primaria y Secundaria, se realizará en el mes de diciembre según el cronograma establecido por el plantel, que estará a cargo de los NO tutores y el personal administrativo, estos últimos culminarán con el proceso de ratificación de matrícula paralelamente a la entrega de la libreta de notas del educando, en el marco del PEI. ARTÍCULO 47: La matrícula y ratificación no estarán sujetas a ninguna condición. ARTÍCULO 48: Los alumnos en estado de abandono moral o características similares se le matricularán de oficio bajo custodia de las autoridades. ARTÍCULO 49: Los padres trabajadores de la I.E. cuyos hijos estudian en el mismo no abonarán el derecho de asociado. ARTÍCULO 50: La ratificación de la matrícula es automática, los padres de familia del nivel inicial, 1er grado de primaria y 1er. Año de secundaria deberán registrarse en el padrón de asociados de la APAFA. B. DEL CUADRO DE HORAS ARTÍCULO 51: El cuadro de horas del nivel secundario estará a cargo de una comisión responsable integrada por profesores nombrados y titulados elegidos en asamblea general del nivel convocada para tal finalidad, los mismos que se sujetarán a las normas y directivas pertinentes emanadas desde el MINEDU, DRELM, UGEL 01, tomando en consideración la supremacía de las normas. ARTÍCULO 52: La Comisión se encargará de ubicar a los profesores de acuerdo a las siguientes prioridades: 1. Título y nivel magisterial 38
  • 39. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” 2. Especialidad 3. Tiempo de servicios oficiales 4. Tiempo de permanencia en la I.E. ARTÍCULO 53: Los profesores recién contratados se incluirán en el cuadro de horas de acuerdo a su llegada a la I.E. ARTÍCULO 54: La distribución de carga horaria se realizará en asamblea general del nivel, a cargo de la comisión de cuadro de horas. 39
  • 40. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” TÍTULO VII DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DE LOS EDUCANDOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Capítulo 13 DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y ESTÍMULOS DE LOS EDUCANDOS DE LA INSTITUCION EDUCATIVA A. DE LOS DERECHOS DE LOS EDUCANDOS ARTÍCULO 55: Los educandos tienen derechos a: 1. Ser tratado con dignidad y afecto, sin discriminación y ser informado de las disposiciones que le conciernen como alumno. 2. Recibir información integral en cada grado de estudio, dentro de un ambiente que le brinde seguridad física y moral así como los servicios de Orientación y Bienestar. 3. Recibir en forma gratuita los servicios que brinda el colegio. 4. Expresarse libremente, respetando siempre los lineamientos del colegio. 5. Ser estimulado por el cumplimiento de sus deberes. 6. Obtener permiso de la Subdirección de Formación General, por motivos de enfermedad, control médico y participar en eventos. 7. Disfrutar sanamente del juego sin ocasionar daño o perjuicio a sus compañeros y/o bienes del colegio. 8. Elegir y ser elegidos en los comicios del Municipio Escolar, según reglamentos. 9. Aplicar ordenanzas del municipio en coordinación con CONEI. 10. A no recibir comentarios negativos de parte de sus profesores hacia otros. 11. No debe ser regresado a su casa para no exponer su integridad física y moral. 12. Publicación de los primeros puestos trimestralmente. 13. Se modifique el cuaderno de control según las necesidades del alumno. 14. Ser respetado dentro de las horas de clases por todo el personal. 15. No ser retirado del aula por razones particulares. 40
  • 41. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” B. DE LAS OBLIGACIONES DE LOS EDUCANDOS ARTÍCULO 56: Son obligaciones del educando: 1. Asistir puntualmente a la I.E. 2. El horario de ingreso de los educandos es: Turno Mañana 07:30 a.m. a 07:45 a.m. (lunes) Turno tarde: 12:40 p.m. a 12:50 p.m. (lunes) 3. Permanecer en sus aulas durante las horas de clases, sólo saldrá de ella para la clase de Educación Física y/o cursos de especialidad con su respectivo profesor. 4. Asistir a la I.E., diariamente con su cuaderno de control firmado por el padre o apoderado. 5. Cumplir con sus tareas escolares. 6. Concurrir al plantel limpio y correctamente uniformado. 7. Utilizar correctamente el uniforme del colegio: Mujeres: Blusa blanca, falda ploma, (3cm.Bajo la rodilla), medias plomas, chompa azul, zapatos negros, cabello recogido, cinta blanca, insignia. Varones: Pantalón plomo, camisa blanca, chompa azul cabello corte escolar, insignia. 8. Ingresar al colegio con el uniforme de Educación Física sólo el día que le corresponde y/o cuando la Dirección, Subdirección lo amerite conveniente. 9. Ingresar al aula en forma correcta y esperar al profesor con el aula limpia y ordenada. 10. No acercarse al kiosco en horas de clases. 11. Permanecer en completo orden durante la ausencia del profesor y el cambio de hora. 12. Cuidar los bienes del plantel como: Mobiliario, útiles de enseñanza e implementos deportivos que el colegio ponga a su disposición. 13. Salir del aula y dejar libre los pasadizos y escaleras durante el recreo. 14. Realizar sus necesidades biológicas durante el recreo. 15. Cumplir responsablemente las funciones que le asigne el colegio. 16. Participar en el Municipio Escolar C. DE LOS ESTÍMULOS DE LOS EDUCANDOS ARTÍCULO 57: Los estímulos que se consideran para los educandos son: 1. Publicación trimestral por aula de los 10 primeros puestos (responsable tutor) 2. Mención honrosa y diploma por la Dirección a los 3 primeros alumnos de cada aula que destaquen en aprovechamiento y conducta durante el año. 3. Diploma y/o medalla respectiva en casos extraordinarios. 41
  • 42. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” 4. Serán distinguidos con estímulos especiales los alumnos que destaquen por su hidalguía en la Escolta, Estado Mayor, Comando de Brigadieres, Policía Escolar, etc. 5. Mención honrosa a los ex – alumnos que ingresaron a las Universidades o Institutos Superiores. 6. Todo acto de premiación será público, para que sirva de motivación y ejemplo. 7. En asamblea general se formará una comisión de ética que trabajará en coordinación con la Dirección y APAFA. Que estará conformada de la siguiente manera: 2 profesores de Secundaria y 2 profesores de Primaria, un representante de la APAFA y el Director, y/o Consejo Escolar del Centro Educativo. 8. Los alumnos ganadores de los diferentes concursos deberán ser acreedores a Diplomas de felicitación, de esta manera, podrá ir formando su hoja de vida estudiantil. Capítulo 14 DE LAS FALTAS Y SANCIONES DE LOS EDUCANDOS A. DE LAS FALTAS ARTÍCULO 58: Se consideran faltas de los educandos el quebrantamiento de una norma u orden establecido que entorpece el proceso educativo. ARTÍCULO 59: Las faltas son consideradas de la siguiente manera: a) Faltas leves. b) Faltas graves. ARTÍCULO 60: Constituyen faltas leves 1. Llegar al plantel fuera del horario de asistencia diaria, dos veces al mes 2. Ingresar al plantel con el uniforme desordenado y sin el distintivo correspondiente. 3. Presentarse despeinado, con maquillaje, uñas pintadas y largas, cabello largo en los varones, no portar la insignia. 4. Portar alhajas: pulseras, aretes, sortijas u otros. 5. Realizar ventas o actividades sin autorización de la Dirección. 6. Permanecer fuera del salón en horas de clase. 7. Ingresar con retraso al aula después del recreo y/o con falta de higiene. ARTÍCULO 61: Constituyen faltas graves: 1. Llegar reiteradamente tarde al plantel y tener injustificadas más de 30 inasistencias al mes. 2. Venir con prendas que no corresponden al colegio las que serán decomisadas. 42
  • 43. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” 3. Evadirse del aula y del plantel por la puerta o paredes. Asimismo ingresar saltando el muro perimétrico del plantel. 4. Falsificar la firma o sello del docente o del auxiliar de educación, del padre de familia o apoderado. 5. Hacer ingresar al colegio artículos de juego, bebidas alcohólicas, drogas, revistas pornográficas, objetos punzo – cortantes. 6. Faltar de palabra u obra a su compañero. Docente o padre de familia dentro y fuera del colegio. 7. Faltar el respeto a los símbolos patrios. 8. Hurtar los bienes del colegio, del personal educativo o de su compañero. 9. Ocasionar daño a los materiales didácticos del aula, muebles e inmuebles del plantel. 10. Hacer inscripciones que atenten contra la moral en las paredes, pizarras, servicios higiénicos. 11. Participar en riñas callejeras u otros actos que atenten contra la integridad física y moral. 12. Sustraer exámenes y documentos oficiales del colegio. 13. Adulterar las notas. 14. Organizar y/o asistir a lugares prohibidos o de pésima reputación. 15. Formar y/o integrar grupos vandálicos, pandillas y/o portar armas dentro o fuera del plantel. 16. Realizar actos incorrectos en lugares Públicos. 17. Atentar contra la salud física y mental proporcionando sustancias tóxicas a sus compañeros. 18. Traer celulares, MP3 y otros D. DE LAS SANCIONES ARTÍCULO 62: Las sanciones a los educandos son las siguientes: 1. Amonestación verbal individual del profesor tutor responsable. 2. Amonestación verbal o escrita del Subdirector y el Director con información al padre de familia o apoderado quien se presentará con el alumno en la fecha indicada en la citación. El padre firmará un compromiso de honor. 3. Suspensión de sus clases de 3 a 8 días según la gravedad de la falta, decretados por la Dirección previa coordinación con DESNA Y TUTORES. 4. Prohibición temporal a participar en actividades representativas del plantel. 5. EL PADRE o apoderado firmará un acta de compromiso, involucrándose en la corrección de la falta. 6. Separación definitiva del plantel en caso de ser muy grave la falta y su conducta no cambie a pesar de las llamadas a reflexión, previa coordinación con el CONEI, DESNA, el Comité de Convivencia escolar y el PP.FF. 43
  • 44. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” TITULO VIII DE LA TUTORÍA Y LA ASAMBLEA GENERAL EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Capítulo 15 DE LA TUTORIA Y LOS TUTORES ARTÍCULO 63.- La tutoría son acciones de orientación y bienestar que los docentes brindan al alumno de Educación Secundaria y consiste en: a) Tomar conciencia de la problemática social, personal, académica, económica, de salud, etc. de los alumnos(as) para brindar soluciones que estén a su alcance. b) Charlas planificadas de acuerdo a la problemática del aula. c) Ayuda orientadora con las dificultades de estudio. d) Seguimiento del rendimiento académico de los alumnos(as) de la sección. e) Orientar las actividades económicas de PRE-Promoción (4to secundaria) y promoción (5to secundaria). f) Dar orientación vocacional a las secciones del 4to y 5to de secundaria. g) El tutor deberá convocar a los profesores de aula a reuniones periódicas, con asistencia obligatoria de los PFFF. ARTÍCULO 64.- Es un deber moral que los docentes asuman una tutoría. Un docente puede ser tutor de sólo una sección, sugiriendo tutorías participativas. ARTÍCULO 65.- Los tutores son representantes de los alumnos ante la asamblea general del la Institución Educativa. ARTÍCULO 66.- Los Tutores deben presentar un <Plan de Trabajo Anual a más tardar la última semana de Abril y entregar un informe general al finalizar el año lectivo a la Sub dirección de formación general. ARTÍCULO 67.- Los tutores deben de tener una ficha con datos de aspectos socio económico de sus alumnos así como las direcciones de sus domicilios. ARTÍCULO 68.- Deben los tutores de formar sus comités de aula a mas tardar la 3ra semana de iniciada las clases. 44
  • 45. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” Capítulo 16 DE LA ASAMBLEA GENERAL ARTÍCULO 69.- La asamblea General es el organismo máximo de gobierno de la Institución Educativa, está conformado por todo el personal docente y no docente nombrado y contratado. ARTÍCULO 70.- La Asamblea se reúne ordinariamente los primeros 15 días del mes de marzo y al final de cada trimestre. ARTÍCULO 71- Son funciones de la asamblea: Aprobar, ratificar, enmendar, ampliar y o evaluar:  P.E.I.  P.C.I.  El Plan Anual de Trabajo  El Reglamento Interno de la I.E.  Nombrar comisiones de trabajo  Tratar asuntos no previstos en el presente Reglamento Interno y otros asuntos que atañen a la Institución. ARTÍCULO 72.- Los procedimientos a seguir para convocar y desarrollar una Asamblea General son: a) La participación de sus miembros es de carácter obligatorio, excepto razones justificadas y se desarrollarán dentro del horario de trabajo. b) La convocatoria se hará con 48 horas de anticipación con comunicación escrita y personal. c) Las Asambleas extraordinarias se realizarán con presencia de alumnos. d) El mecanismo de la asamblea, las veces y tiempo a intervenir en las mismas será establecido al inicio de cada reunión. e) La asamblea General funciona con un quórum del 50% más uno de sus miembros. f) Todas las propuestas deberán ser consideradas y respetadas. Si la asamblea es resolutiva debe aprobarse por mayoría absoluta. g) La secretaria del colegio llevará el Acta en cada Asamblea. h) Debe respetarse el horario establecido para las asambleas. 45
  • 46. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” TITULO IX DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO Capitulo 17 PLANEAMIENTO ARTICULO 73.- En la elaboración del Plan Anual de Trabajo participa la Comunidad Educativa organizada con el Municipio Escolar, el Sindicato Base, La APAFA y con la opinión del Consejo Educativo Institucional, todo el personal de la Institución Educativa, participará en las comisiones que se formará en el mes de Diciembre, lo aprueba la dirección y se informa al órgano intermedio de la UGEL N º 01 SJM. ARTICULO 74.- Durante el mes de Diciembre de cada año lectivo, el personal directivo, docente y no docente de la Institución, realizan el trabajo de planeamiento y organización de las diversas actividades curriculares y extra curriculares que se cumplirán a lo largo del año próximo. - Informe memoria de la Dirección y comisiones - Aciertos - Debilidades - Objetivos y Metas cumplidos - Proyección - Rendición de Cuentas - Evaluación del Año Lectivo: En Asamblea General. a) En diciembre se pública el cronograma. b) En noviembre se pública los requisitos para las alumnas nuevas, considerando el proceso de sensibilización a los padres. c) Se formará una comisión de docentes para la reglamentación y ejecución de la Pre - Asturiana d) La prueba de ubicación de los (las) alumnas postulantes a 1ro es de responsabilidad de la Plana Directiva de la I.E. Capitulo 18 MATRICULA ARTÍCULO 75.- El periodo de planeamiento y organización comprende las siguientes acciones: • Acciones de Programas de Recuperación Pedagógica, complementación, reajuste y subsanación. • Elaboración de los Cuadros de Asignación de Personal (CAP). • Formulación del Plan Anual de Trabajo (PAT). • Elaboración de la Programación Curricular por grados y/o áreas. • Preparación de las Pre-Nóminas del alumnado por secciones. • Elaboración de los horarios de clases. • Preparación de los materiales educativos. 46
  • 47. REGLAMENTO INTERNO 2012-2014 I. E. Nº 7096 “PRINCIPE DE ASTURIAS” • Formulación del Plan de Actividades y el Calendario Cívico Escolar. • Formación de comisiones de trabajo. Capitulo 19 PROGRAMACION CURRICULAR ARTÍCULO 76.- La Institución Educativa se adecua al Diseño Curricular Nacional de la Educación Básica Regular. • El currículum comprende experiencias formativas e informativas de carácter teórico práctico • En los campos científicos y humanista, con el fin de contribuir al desarrollo integral del educando. • La estructura curricular se organiza en torno al nivel y a las distintas áreas que plantea el perfil de la alumna de nuestra institución, por lo tanto, comprende experiencias cognoscitivas, desarrollo de capacidades, habilidades, destrezas y vivencias formativas; todo esto encaminando al logro del objetivo fundamental del colegio de contribuir en el desarrollo integral del alumnado. • capacidades conceptuales, procedimentales y actitudinales, se dan a través de las diferentes unidades de aprendizaje significativo de las áreas curriculares respectivas. • El desarrollo de las competencias propuestas en el D. C. N. se diversifican a través del P.C.I. • La presentación, apreciación y cultivo de los valores éticos, morales y religiosos se dan en todas las actividades del colegio y en todas las áreas de los planes de estudio. • Objetivos y contenidos básicos siguen los lineamientos señalados en el P. E. I. sin limitar la capacidad de innovación del personal docente, con los propósitos del currículo contextualizado. Capitulo 20 SUPERVISION EDUCATIVA ARTÍCULO 77.- Las acciones de Supervisión y Monitoreo en la I.E.“Príncipe de Asturias” será de responsabilidad del personal Directivo y de los Coordinadores de Área y debe comprender acciones de asesoramiento, seguimiento y evaluación del trabajo educativo, que conlleve a la mejora constante de los niveles de aprendizaje. ARTÍCULO 78.- Las acciones de supervisión comprenderán de igual modo, la evaluación del trabajo docente, tanto en el proceso como en la comprobación del logro educativo, para ello se emplearán diversos medios e instrumentos de medición. ARTÍCULO 79.- En todos los grados y/o áreas de desarrollo, cada docente por áreas, determinan la metodología y seleccionan los medios y materiales educativos que empleará, buscando: 47