Este documento establece un nuevo reglamento para la afiliación voluntaria al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) de personas sin relación de dependencia, independientes y ecuatorianos domiciliados en el exterior. El reglamento define los requisitos y procedimientos para la afiliación, aportaciones, prestaciones y beneficios. También modifica tasas de aportación y deroga una resolución anterior.
Este documento establece el Reglamento del Régimen Especial del Seguro Voluntario del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. El reglamento define los requisitos y procedimientos para la afiliación voluntaria al seguro social, incluyendo la base de cotización, el pago de prestaciones, y la terminación de la afiliación. También deroga normativas anteriores que se oponen a este nuevo reglamento.
Este documento describe los diferentes medios de defensa que se pueden promover ante el IMSS, como el derecho de petición, recurso de inconformidad, queja administrativa o demanda laboral. También detalla las diferentes instancias ante las que se pueden presentar dichos medios, como el Departamento de Prestaciones Económicas, la Secretaría de la Función Pública o la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. Finalmente, explica los diferentes escritos que se pueden presentar ante el Departamento de Prestaciones Económicas relacionados con la
El documento resume las principales prestaciones que otorga el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS) a sus asegurados. Estas incluyen subsidios a corto plazo como enfermedad común, maternidad y funeral, así como pensiones a mediano y largo plazo por invalidez, vejez y riesgos laborales. El INSS clasifica las prestaciones por periodos (corto, mediano y largo plazo) y formas (servicios, especie o dinero).
ESTA PRESENTACION RESUME LOS PRINCIPALES CONTENIDOS DE LA RESOLUCION 460 DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL IESS, SOBRE LA ELIMINACION DE TRAMITES INUTILES Y LAS NUEVAS CONDICIONES PARA LA AFILIACION VOLUNTARIA.
04. Seguro De Retiro, CesantíA En Edad Avanzada Y VejezAlberto García
Este documento describe el régimen de seguridad social del ISSSTE en México, incluyendo la cuenta individual de cada trabajador, los seguros de retiro, sobrevivencia y pensión por cesantía o vejez. También explica la pensión garantizada por el gobierno para aquellos cuyos ahorros no alcancen para una pensión adecuada y el sistema de ahorro solidario opcional.
Este documento presenta la Ley de Seguridad Social del Ecuador. Establece los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad y suficiencia como la base del Seguro General Obligatorio. Define los sujetos de protección como trabajadores en relación de dependencia, autónomos, profesionales independientes, administradores, dueños de empresas unipersonales y menores trabajadores. Cubre riesgos como enfermedad, maternidad, riesgos laborales, vejez, invalidez y cesantía
Este documento describe los requisitos y características del ramo de cesantía en edad avanzada en México. Para tener derecho a las prestaciones de este ramo, un asegurado debe tener al menos 1,250 semanas de cotizaciones. Los asegurados con 60 años o más que no cumplan este requisito pueden retirar el saldo de su cuenta individual o seguir cotizando. El Estado garantiza una pensión mínima igual a un salario mínimo.
1. El documento describe los diferentes regímenes de seguridad social en México, incluyendo el régimen obligatorio, la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, y la incorporación voluntaria al régimen obligatorio. 2. También explica el régimen voluntario y las ramas del seguro social como riesgos de trabajo, enfermedad y maternidad, invalidez y vida, cesantía en edad avanzada y vejez. 3. Por último, proporciona detalles sobre las prestaciones del seguro de riesgos de trabajo, como prestaciones en espec
Este documento establece el Reglamento del Régimen Especial del Seguro Voluntario del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. El reglamento define los requisitos y procedimientos para la afiliación voluntaria al seguro social, incluyendo la base de cotización, el pago de prestaciones, y la terminación de la afiliación. También deroga normativas anteriores que se oponen a este nuevo reglamento.
Este documento describe los diferentes medios de defensa que se pueden promover ante el IMSS, como el derecho de petición, recurso de inconformidad, queja administrativa o demanda laboral. También detalla las diferentes instancias ante las que se pueden presentar dichos medios, como el Departamento de Prestaciones Económicas, la Secretaría de la Función Pública o la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. Finalmente, explica los diferentes escritos que se pueden presentar ante el Departamento de Prestaciones Económicas relacionados con la
El documento resume las principales prestaciones que otorga el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS) a sus asegurados. Estas incluyen subsidios a corto plazo como enfermedad común, maternidad y funeral, así como pensiones a mediano y largo plazo por invalidez, vejez y riesgos laborales. El INSS clasifica las prestaciones por periodos (corto, mediano y largo plazo) y formas (servicios, especie o dinero).
ESTA PRESENTACION RESUME LOS PRINCIPALES CONTENIDOS DE LA RESOLUCION 460 DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL IESS, SOBRE LA ELIMINACION DE TRAMITES INUTILES Y LAS NUEVAS CONDICIONES PARA LA AFILIACION VOLUNTARIA.
04. Seguro De Retiro, CesantíA En Edad Avanzada Y VejezAlberto García
Este documento describe el régimen de seguridad social del ISSSTE en México, incluyendo la cuenta individual de cada trabajador, los seguros de retiro, sobrevivencia y pensión por cesantía o vejez. También explica la pensión garantizada por el gobierno para aquellos cuyos ahorros no alcancen para una pensión adecuada y el sistema de ahorro solidario opcional.
Este documento presenta la Ley de Seguridad Social del Ecuador. Establece los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad y suficiencia como la base del Seguro General Obligatorio. Define los sujetos de protección como trabajadores en relación de dependencia, autónomos, profesionales independientes, administradores, dueños de empresas unipersonales y menores trabajadores. Cubre riesgos como enfermedad, maternidad, riesgos laborales, vejez, invalidez y cesantía
Este documento describe los requisitos y características del ramo de cesantía en edad avanzada en México. Para tener derecho a las prestaciones de este ramo, un asegurado debe tener al menos 1,250 semanas de cotizaciones. Los asegurados con 60 años o más que no cumplan este requisito pueden retirar el saldo de su cuenta individual o seguir cotizando. El Estado garantiza una pensión mínima igual a un salario mínimo.
1. El documento describe los diferentes regímenes de seguridad social en México, incluyendo el régimen obligatorio, la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, y la incorporación voluntaria al régimen obligatorio. 2. También explica el régimen voluntario y las ramas del seguro social como riesgos de trabajo, enfermedad y maternidad, invalidez y vida, cesantía en edad avanzada y vejez. 3. Por último, proporciona detalles sobre las prestaciones del seguro de riesgos de trabajo, como prestaciones en espec
Este documento presenta un resumen de la Ley de Seguridad Social de Ecuador. Establece los principios rectores del Seguro General Obligatorio como la solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad y suficiencia. Define los sujetos de protección como trabajadores en relación de dependencia, autónomos, profesionales independientes, administradores, dueños de empresas unipersonales y menores trabajadores. Cubre riesgos como enfermedad, maternidad, riesgos laborales, vejez, invalidez
La nueva ley del ISSSTE reduce los beneficios de los trabajadores al modificar el cálculo de pensiones, eliminar la jubilación y obligar a los trabajadores a contratar pensiones privadas con su ahorro individual. Además, transfiere los recursos del fondo de vivienda al sistema privado de pensiones.
Este documento presenta un resumen de la Ley del Seguro Social de Venezuela. Establece que la ley rige la protección de la seguridad social para beneficiarios en contingencias como maternidad, vejez, enfermedad y accidentes. Cubre a trabajadores dependientes de un empleador, tanto en áreas urbanas como rurales. También incluye a empleados del gobierno y establece seguro social facultativo para trabajadores independientes y mujeres no trabajadoras. Detalla prestaciones como asistencia médica, indemnizaciones por incapacidad temporal y pension
Este documento describe los diferentes regímenes y ramas del seguro social en México, incluyendo el régimen obligatorio, régimen voluntario, riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, y continuación en el régimen obligatorio. Explica los beneficiarios, prestaciones y características de cada uno, así como los antecedentes históricos del Instituto Mexicano del Seguro Social.
La ley establece las disposiciones del Instituto de Prevision del Magisterio (IMPREMA), incluyendo los tipos de beneficios (pensiones y prestamos), los requisitos para recibirlos, y como se calculan. También compara la ley actual con una nueva propuesta, señalando posibles problemas con la nueva ley relacionados a los derechos de los participantes.
Este documento presenta un resumen de las secciones y artículos modificados de la Ley del Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA) a través del Decreto No. 267-2013. Se realizan cambios en los porcentajes de aportaciones de docentes y empleadores, se establecen límites mínimos para préstamos y tasas de interés, y se modifican los beneficios disponibles para jubilados incluyendo seguros y cobertura médica. El objetivo es hacer un uso más eficiente de los recursos del INPRE
Este documento presenta un resumen de un webinar sobre pensiones del IMSS. La agenda incluye introducciones a los tipos de pensiones, el proceso para tramitarlas y el apoyo al trabajador. El webinar es presentado por Gabriel Aranda Zamacona, especialista del IMSS, INFONAVIT y AFORE. Se proporcionan fechas para webinars futuros sobre temas como incapacidades, reformas al artículo 27 del IMSS e impacto en cuotas, aguinaldo e INFONAVIT.
Este documento describe los diferentes regímenes y ramas de la seguridad social en México, incluyendo el régimen obligatorio, régimen voluntario y régimen de riesgos de trabajo. Explica que el régimen obligatorio cubre a los trabajadores y sus familias, mientras que el régimen voluntario permite la afiliación de personas ajenas a una relación laboral. También detalla las prestaciones que ofrece cada rama, como atención médica y pensiones en el caso de incapacidad temporal o permanente derivadas de riesgos de trabajo.
Ley que regula el sistema de paro forzoso y capacitación laboral - VenezuelaHugo Araujo
Este documento presenta un decreto que regula el sistema de paro forzoso y capacitación laboral en Venezuela. El decreto establece las normas generales del sistema, incluyendo el alcance objetivo y sujetivo, las entidades que lo conforman, las cotizaciones al sistema, y las prestaciones y condiciones para acceder a ellas. El sistema otorgará prestaciones dinerarias temporales, servicios de intermediación laboral, capacitación laboral y cobertura de riesgos de invalidez e incapacidad a los trabajadores cesantes que hayan cotizado al menos
El documento resume la historia y tipos de pensiones en Venezuela. Explica que el sistema de pensiones se estableció en 1928 y se expandió en 1944 y 1946 con la creación del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales. Describe los requisitos y tipos de pensiones como pensión por vejez, sobreviviente, invalidez e incapacidad parcial. También menciona la Gran Misión Amor Mayor creada en 2013 para compensar a personas mayores que no pudieron cotizar antes.
Este documento resume las principales disposiciones del reglamento del régimen especial del seguro voluntario del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Establece que las personas mayores de 18 años sin relación de dependencia pueden afiliarse de forma voluntaria al IESS. Detalla los requisitos para la afiliación voluntaria dentro o fuera del país, así como la materia gravada y el pago de prestaciones a afiliados en el exterior. También cubre temas como la terminación de la afiliación voluntaria, la aportación simultá
Consecuencias Les Del Issste SeptiembreMartin Triana
La nueva ley del ISSSTE cambia el sistema de pensiones de reparto a cuentas individuales, disminuye las pensiones y beneficios, y prohíbe que los pensionados vuelvan a trabajar. Los trabajadores deberán pagar más cuotas pero recibirán menos prestaciones al finalizar su carrera. La ley también permite la venta de activos del ISSSTE.
El documento presenta un resumen de la Ley de Seguridad Social ecuatoriana. Establece los principios rectores de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad y suficiencia que rigen el Seguro General Obligatorio. Define los sujetos obligados a afiliarse como trabajadores dependientes e independientes, profesionales, administradores, dueños de empresas, menores trabajadores y campesinos. Detalla los riesgos cubiertos como enfermedad, maternidad, riesgos laborales, vejez, mu
Departamento De Relaciones Laborales Y Presupuestacionplataformaimpulso
El documento contiene información sobre varias subcomisiones mixtas y departamentos dentro de una institución. Describe los objetivos y funciones de la Subcomisión Mixta de Jubilaciones y Pensiones, la Subcomisión Mixta Disciplinaria, el Departamento de Relaciones Laborales y Presupuestación, y otras subcomisiones relacionadas con seguridad, capacitación, pasajes y asuntos sindicales. También incluye detalles sobre tipos de liquidaciones y requisitos para el otorgamiento de prestaciones.
Este documento presenta el Reglamento del Seguro Social a la Contingencia de Paro Forzoso en Venezuela. Establece que los trabajadores cesantes recibirán una indemnización equivalente al 60% de su salario anterior, asistencia médica y capacitación laboral por hasta 26 semanas. Para ser elegible, un trabajador debe haber cotizado al seguro social durante las 52 semanas previas a quedar cesante.
Este documento presenta un resumen de tres oraciones o menos de un decreto supremo chileno que aprueba el reglamento para la aplicación de la Ley 16.744, la cual establece normas sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. El decreto supremo define las contingencias cubiertas por la ley, como accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y establece que la administración del seguro estará a cargo del Servicio de Seguro Social, Servicio Nacional de Salud, Cajas de Previsión y Mutualidades de Emple
Este documento del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social contiene información sobre el aviso de entrada de un nuevo empleado. Se detalla el nombre del empleador, el RUC, el nombre y cédula del nuevo afiliado, su dirección, fecha de afectación, cargo, sueldo y porcentaje de aportación. También incluye la fecha de registro de la novedad y la aprobación del representante legal del empleador.
Las exportaciones de flores ecuatorianas cayeron un 14% en valor y un 5% en volumen en el primer semestre de 2014 en comparación con el mismo período del año anterior. Los principales mercados de exportación como Estados Unidos, Europa y Rusia registraron descensos, lo que se explica por la pérdida de competitividad frente a otros países productores. En particular, las exportaciones a Rusia y la Unión Europea disminuyeron más de un 30% debido a la desaceleración económica en esos mercados y los conflictos en Ucrania.
La Asociación de Productores y Exportadores de Flores del Ecuador pone a su disposición el informe trimestral de exportaciones de flores al 2015.
Más información: www.expoflores.com
El documento resume la situación de las exportaciones de flores ecuatorianas a la Unión Europea en el primer semestre de 2014. Las exportaciones disminuyeron un 22% respecto al mismo periodo del año anterior debido a la lenta recuperación económica de la UE y la apreciación del dólar frente al euro. Los principales mercados de destino fueron Holanda, Italia y Alemania, que en conjunto representaron el 67% de las exportaciones de flores ecuatorianas a la UE.
Este documento presenta un resumen de la Ley de Seguridad Social de Ecuador. Establece los principios rectores del Seguro General Obligatorio como la solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad y suficiencia. Define los sujetos de protección como trabajadores en relación de dependencia, autónomos, profesionales independientes, administradores, dueños de empresas unipersonales y menores trabajadores. Cubre riesgos como enfermedad, maternidad, riesgos laborales, vejez, invalidez
La nueva ley del ISSSTE reduce los beneficios de los trabajadores al modificar el cálculo de pensiones, eliminar la jubilación y obligar a los trabajadores a contratar pensiones privadas con su ahorro individual. Además, transfiere los recursos del fondo de vivienda al sistema privado de pensiones.
Este documento presenta un resumen de la Ley del Seguro Social de Venezuela. Establece que la ley rige la protección de la seguridad social para beneficiarios en contingencias como maternidad, vejez, enfermedad y accidentes. Cubre a trabajadores dependientes de un empleador, tanto en áreas urbanas como rurales. También incluye a empleados del gobierno y establece seguro social facultativo para trabajadores independientes y mujeres no trabajadoras. Detalla prestaciones como asistencia médica, indemnizaciones por incapacidad temporal y pension
Este documento describe los diferentes regímenes y ramas del seguro social en México, incluyendo el régimen obligatorio, régimen voluntario, riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, y continuación en el régimen obligatorio. Explica los beneficiarios, prestaciones y características de cada uno, así como los antecedentes históricos del Instituto Mexicano del Seguro Social.
La ley establece las disposiciones del Instituto de Prevision del Magisterio (IMPREMA), incluyendo los tipos de beneficios (pensiones y prestamos), los requisitos para recibirlos, y como se calculan. También compara la ley actual con una nueva propuesta, señalando posibles problemas con la nueva ley relacionados a los derechos de los participantes.
Este documento presenta un resumen de las secciones y artículos modificados de la Ley del Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA) a través del Decreto No. 267-2013. Se realizan cambios en los porcentajes de aportaciones de docentes y empleadores, se establecen límites mínimos para préstamos y tasas de interés, y se modifican los beneficios disponibles para jubilados incluyendo seguros y cobertura médica. El objetivo es hacer un uso más eficiente de los recursos del INPRE
Este documento presenta un resumen de un webinar sobre pensiones del IMSS. La agenda incluye introducciones a los tipos de pensiones, el proceso para tramitarlas y el apoyo al trabajador. El webinar es presentado por Gabriel Aranda Zamacona, especialista del IMSS, INFONAVIT y AFORE. Se proporcionan fechas para webinars futuros sobre temas como incapacidades, reformas al artículo 27 del IMSS e impacto en cuotas, aguinaldo e INFONAVIT.
Este documento describe los diferentes regímenes y ramas de la seguridad social en México, incluyendo el régimen obligatorio, régimen voluntario y régimen de riesgos de trabajo. Explica que el régimen obligatorio cubre a los trabajadores y sus familias, mientras que el régimen voluntario permite la afiliación de personas ajenas a una relación laboral. También detalla las prestaciones que ofrece cada rama, como atención médica y pensiones en el caso de incapacidad temporal o permanente derivadas de riesgos de trabajo.
Ley que regula el sistema de paro forzoso y capacitación laboral - VenezuelaHugo Araujo
Este documento presenta un decreto que regula el sistema de paro forzoso y capacitación laboral en Venezuela. El decreto establece las normas generales del sistema, incluyendo el alcance objetivo y sujetivo, las entidades que lo conforman, las cotizaciones al sistema, y las prestaciones y condiciones para acceder a ellas. El sistema otorgará prestaciones dinerarias temporales, servicios de intermediación laboral, capacitación laboral y cobertura de riesgos de invalidez e incapacidad a los trabajadores cesantes que hayan cotizado al menos
El documento resume la historia y tipos de pensiones en Venezuela. Explica que el sistema de pensiones se estableció en 1928 y se expandió en 1944 y 1946 con la creación del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales. Describe los requisitos y tipos de pensiones como pensión por vejez, sobreviviente, invalidez e incapacidad parcial. También menciona la Gran Misión Amor Mayor creada en 2013 para compensar a personas mayores que no pudieron cotizar antes.
Este documento resume las principales disposiciones del reglamento del régimen especial del seguro voluntario del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Establece que las personas mayores de 18 años sin relación de dependencia pueden afiliarse de forma voluntaria al IESS. Detalla los requisitos para la afiliación voluntaria dentro o fuera del país, así como la materia gravada y el pago de prestaciones a afiliados en el exterior. También cubre temas como la terminación de la afiliación voluntaria, la aportación simultá
Consecuencias Les Del Issste SeptiembreMartin Triana
La nueva ley del ISSSTE cambia el sistema de pensiones de reparto a cuentas individuales, disminuye las pensiones y beneficios, y prohíbe que los pensionados vuelvan a trabajar. Los trabajadores deberán pagar más cuotas pero recibirán menos prestaciones al finalizar su carrera. La ley también permite la venta de activos del ISSSTE.
El documento presenta un resumen de la Ley de Seguridad Social ecuatoriana. Establece los principios rectores de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad y suficiencia que rigen el Seguro General Obligatorio. Define los sujetos obligados a afiliarse como trabajadores dependientes e independientes, profesionales, administradores, dueños de empresas, menores trabajadores y campesinos. Detalla los riesgos cubiertos como enfermedad, maternidad, riesgos laborales, vejez, mu
Departamento De Relaciones Laborales Y Presupuestacionplataformaimpulso
El documento contiene información sobre varias subcomisiones mixtas y departamentos dentro de una institución. Describe los objetivos y funciones de la Subcomisión Mixta de Jubilaciones y Pensiones, la Subcomisión Mixta Disciplinaria, el Departamento de Relaciones Laborales y Presupuestación, y otras subcomisiones relacionadas con seguridad, capacitación, pasajes y asuntos sindicales. También incluye detalles sobre tipos de liquidaciones y requisitos para el otorgamiento de prestaciones.
Este documento presenta el Reglamento del Seguro Social a la Contingencia de Paro Forzoso en Venezuela. Establece que los trabajadores cesantes recibirán una indemnización equivalente al 60% de su salario anterior, asistencia médica y capacitación laboral por hasta 26 semanas. Para ser elegible, un trabajador debe haber cotizado al seguro social durante las 52 semanas previas a quedar cesante.
Este documento presenta un resumen de tres oraciones o menos de un decreto supremo chileno que aprueba el reglamento para la aplicación de la Ley 16.744, la cual establece normas sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. El decreto supremo define las contingencias cubiertas por la ley, como accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y establece que la administración del seguro estará a cargo del Servicio de Seguro Social, Servicio Nacional de Salud, Cajas de Previsión y Mutualidades de Emple
Este documento del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social contiene información sobre el aviso de entrada de un nuevo empleado. Se detalla el nombre del empleador, el RUC, el nombre y cédula del nuevo afiliado, su dirección, fecha de afectación, cargo, sueldo y porcentaje de aportación. También incluye la fecha de registro de la novedad y la aprobación del representante legal del empleador.
Las exportaciones de flores ecuatorianas cayeron un 14% en valor y un 5% en volumen en el primer semestre de 2014 en comparación con el mismo período del año anterior. Los principales mercados de exportación como Estados Unidos, Europa y Rusia registraron descensos, lo que se explica por la pérdida de competitividad frente a otros países productores. En particular, las exportaciones a Rusia y la Unión Europea disminuyeron más de un 30% debido a la desaceleración económica en esos mercados y los conflictos en Ucrania.
La Asociación de Productores y Exportadores de Flores del Ecuador pone a su disposición el informe trimestral de exportaciones de flores al 2015.
Más información: www.expoflores.com
El documento resume la situación de las exportaciones de flores ecuatorianas a la Unión Europea en el primer semestre de 2014. Las exportaciones disminuyeron un 22% respecto al mismo periodo del año anterior debido a la lenta recuperación económica de la UE y la apreciación del dólar frente al euro. Los principales mercados de destino fueron Holanda, Italia y Alemania, que en conjunto representaron el 67% de las exportaciones de flores ecuatorianas a la UE.
El documento analiza la evolución del mercado de flores en Estados Unidos en 2013. Estados Unidos sigue siendo el principal destino de las exportaciones de flores del Ecuador, recibiendo 61,534 toneladas en 2013, un aumento del 33% con respecto al año anterior. Las exportaciones de rosas ecuatorianas a Estados Unidos crecieron un 16% en 2013. Ecuador es el segundo proveedor más grande de flores para el mercado estadounidense, con una participación del 18% en 2013, aunque Colombia sigue siendo el principal proveedor con el 64% de las import
Expoflores, con el apoyo del área de Comunicación, Información Económica y Marketing (CIM), pone a consideración de sus afiliados el informe sobre la situación macroeconómica y las exportaciones de flores del Ecuador al mercado de los Estados Unidos en los períodos enero – octubre 2014.
Este informe analiza la situación macroeconómica general de los Estados Unidos, enfocándose principalmente en el crecimiento del producto interno bruto, mercado laboral y crecimiento de las importaciones de bienes. También se observan los principales factores que impulsaron el crecimiento económico del tercer y cuarto trimestre de 2014.
Finalmente se presenta la evolución de las exportaciones de flores, en particular de las rosas al mercado americano hasta octubre 2014; y se examina el cambio del precio por kilogramo de exportación y una comparativa con nuestro principal competidor, Colombia.
El documento analiza la situación macroeconómica de Estados Unidos en 2014 y el mercado de flores. El PIB de EE.UU. creció 2.39% en 2014, impulsado por el tercer y cuarto trimestre. El desempleo cayó al 6.15% y las importaciones aumentaron 3.97%. Las exportaciones ecuatorianas de flores a EE.UU. crecieron 6.2% en 2014, representando el 42% de las ventas totales de flores del Ecuador.
Históricamente, el comportamiento del peso colombiano frente al dólar es muy volátil. Desde febrero de 2014 se observa una apreciación del peso con respecto al dólar.
Si revisamos el pronóstico proporcionado por Bloomberg, observamos una apreciación de la moneda colombiana hasta el tercer trimestre de 2014. En el último trimestre se observa una devaluación de la moneda. Una devaluación convierte más competitivas las exportaciones de los productos colombianos, con respecto a bienes de otros países.
Fuente: http://www.expoflores.com/index.php/servicios/inteligencia-de-mercados/107-informe-comparativo-de-colombia-2014
El documento resume las exportaciones de flores desde Ecuador hacia Rusia en 2015. Las exportaciones totales de flores cayeron un 9% en 2014 y un 40% entre enero y julio de 2015 debido a la crisis económica en Rusia y la devaluación del rublo. Las exportaciones de rosas, que representan el 92% del total, también disminuyeron un 9% en 2014 y un 41% entre enero y julio de 2015, mientras que los precios por kilogramo de rosas cayeron un 18% en lo que va del año. Las exportaciones de otras flores crec
La Asociación de Productores y Exportadores de Flores del Ecuador pone a su disposición el informe de los principales exportadores de flores 2015.
Más información: www.expoflores.com
Este documento es un aviso de entrada al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. Informa sobre la contratación de un nuevo empleado, (F), por parte de la empresa JUAN ANTONIO PEREZ OÑATE. Los detalles incluyen el nombre, cédula y dirección del nuevo empleado, la fecha de inicio de empleo, el cargo como asistente de call center, y el sueldo y porcentaje de aportación a la seguridad social. El registro de la novedad fue procesado y aprobado.
Este documento del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social contiene información sobre un aviso de salida. Informa que Juan Antonio Pérez Oñate renunció voluntariamente a su trabajo como vendedor en la empresa Juan Antonio Pérez Oñate el 10 de mayo de 2015, después de 0 días laborados. La novedad fue registrada el 10 de mayo de 2015 y se encuentra en proceso de aprobación.
La Asociación de Productores y Exportadores de Flores del Ecuador pone a su disposición las cifras mensuales de exportación a noviembre 2015.
Más información: www.expoflores.com
El documento analiza la evolución de las exportaciones de flores del Ecuador en 2013. Las principales conclusiones son: 1) Las exportaciones totales de flores crecieron un 33.7% en volumen y un 17.3% en valor FOB respecto a 2012, aunque el precio por kilo exportado decreció un 12%. 2) Estados Unidos sigue siendo el principal mercado y creció un 33% en volumen y un 23% en valor. 3) Europa es el segundo mercado y creció un 8% en volumen. 4) Rusia creció un 1% en volumen pero decre
El documento presenta cifras mensuales de exportación de flores, petróleo, banano, camarón y otros productos ecuatorianos para los años 2013, 2014 y 2015. Muestra que las exportaciones totales de flores de Ecuador aumentaron un 2.9% en toneladas pero disminuyeron un 1.3% en precio por kilo entre enero y septiembre de 2014 y 2015. Los principales mercados de destino de flores ecuatorianas son Estados Unidos, Rusia y la Unión Europea.
Expoflores, en la búsqueda y fortalecimiento de mercados, pone a disposición de sus afiliados el informe sobre la situación macroeconómica y las exportaciones de flores del Ecuador al mercado chino en el periodo enero-noviembre 2014.
El certificado confirma que la empresa ASOCIACION VISION CRISTIANA INTERNACIONAL, representada por ARIAS ANGAMARCA IGNACIO RICARDO, no registra obligaciones patronales en mora según los archivos del IESS. El certificado no implica condonación de deudas pendientes no determinadas a la fecha de emisión. El contenido puede ser validado en línea en el portal del IESS usando el RUC de la empresa.
Este documento presenta un análisis del mercado de flores en Canadá. Resalta que Canadá es el cuarto mercado más importante para las exportaciones de flores ecuatorianas. Describe el crecimiento económico positivo proyectado para Canadá en los próximos años a pesar de una desaceleración en el primer trimestre de 2014. Examina las exportaciones de flores ecuatorianas a Canadá, que han crecido a una tasa anual promedio del 19% en los últimos 10 años, alcanzando más de 30 millones de dólares en
Este documento es un acta de finiquito que da por terminada la relación laboral entre un empleador y un trabajador. Se detalla que el trabajador ha prestado sus servicios desde una fecha determinada y que ha recibido todos los pagos correspondientes. El trabajador renuncia a su puesto y el empleador acepta la renuncia, dando por concluida la relación laboral. Se realiza el cálculo de los rubros que corresponden al trabajador como sueldos, vacaciones y otros beneficios, y el empleador entrega al trabaj
El documento resume las principales disposiciones constitucionales y legales relacionadas con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Establece que el derecho a la seguridad social es irrenunciable y es responsabilidad del Estado (Art. 34 de la Constitución). También describe que el IESS es la entidad responsable de proveer seguros obligatorios y que se financia a través de aportes de empleadores, trabajadores independientes y el Estado (Arts. 370-371). Además, regula el régimen de seguro voluntario para
ESTA PRESENTACION RESUME LOS PRINCIPALES CONTENIDOS DE LA RESOLUCION 460 DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL IESS, SOBRE LA ELIMINACION DE TRAMITES INUTILES Y LAS NUEVAS CONDICIONES PARA LA AFILIACION VOLUNTARIA.
Este documento presenta un resumen de la Ley del Seguro Social de Venezuela. Establece que la ley rige la protección de la seguridad social para beneficiarios en contingencias como maternidad, vejez, enfermedad y accidentes. Cubre a trabajadores dependientes de un empleador, tanto en áreas urbanas como rurales. También incluye a empleados del gobierno y establece seguro social facultativo para trabajadores independientes y mujeres no trabajadoras. Detalla prestaciones como asistencia médica, indemnizaciones por incapacidad temporal y pension
Este documento presenta un resumen de la Ley del Seguro Social de Venezuela. Establece que la ley rige la protección de la seguridad social para beneficiarios en contingencias como maternidad, vejez, enfermedad y accidentes. Cubre a trabajadores dependientes de un empleador, tanto en áreas urbanas como rurales. También cubre a personas que prestan servicios al gobierno. Establece el derecho a asistencia médica y prestaciones por incapacidad temporal, invalidez, vejez y sobrevivientes.
Este decreto reforma el Sistema Boliviano de Seguridad Social, incluyendo cambios en la afiliación, vigencia de derechos, sistema médico familiar y prestaciones. Se establece un nuevo proceso de afiliación basado en avisos de afiliación y novedades del empleador y trabajador. También se implementa un sistema médico familiar con médicos asignados y tarjetas de adscripción. Finalmente, se definen subsidios como el de incapacidad temporal equivalente al 75% del salario.
El documento resume los principales aspectos del régimen de seguridad social de largo plazo en Bolivia. Explica que existen tres regímenes: no contributivo, contributivo y semi-contributivo. En el régimen no contributivo se encuentra la pensión universal (Renta Dignidad) y gastos funerarios. El régimen contributivo incluye prestaciones de vejez, invalidez, pensiones por muerte y gastos funerarios. Finalmente, el régimen semi-contributivo ofrece prestaciones solidarias de vejez, pensiones por muerte y gastos fun
El documento describe los diferentes trámites y prestaciones que ofrece el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Entre los trámites se encuentra la obtención de una clave de afiliado personal, la afiliación voluntaria, y los reclamos por falta de afiliación patronal. Las prestaciones incluyen servicios de salud, cesantía, auxilio para funerales, préstamos quirografarios e hipotecarios, y el seguro de vejez. El documento también resume varios artículos de la Ley de Seguridad
Este documento resume un decreto colombiano que aprueba un acuerdo del Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios sobre el reglamento general de registro, inscripción, afiliación y adscripción a los seguros sociales obligatorios. El acuerdo establece las definiciones y procedimientos clave relacionados con el registro de empleadores, la inscripción y afiliación de trabajadores, y la adscripción de beneficiarios al sistema de seguridad social colombiano.
TRAMITES ADMINISTRATIVOS QUE SE PRESENTAN AL IESSLUIS TENEMAZA
El documento describe los principales trámites y servicios del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), incluyendo la obtención de una clave de afiliado, la afiliación voluntaria, prestaciones como la cesantía, servicios de salud, préstamos quirografarios e hipotecarios, y el seguro de vejez. Explica los requisitos, procedimientos y entidades involucradas en cada uno de estos trámites y beneficios.
Este decreto supremo aprueba el reglamento para la aplicación de la Ley No 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. El reglamento define términos clave como trabajador, accidente del trabajo y enfermedad profesional. Además, establece que la ley regirá inicialmente solo para trabajadores por cuenta ajena y detalla las funciones del Servicio de Seguro Social y el Servicio Nacional de Salud en la administración del seguro contra riesgos laborales.
La reforma de 2012 de la ley del seguro social venezolana tuvo como objetivo ampliar la cobertura a trabajadores no dependientes e incluirlos en el sistema de seguridad social. Algunos cambios clave incluyeron permitir que trabajadores independientes y asociaciones se inscribieran de manera voluntaria y definieran sus propias cotizaciones. También se establecieron sanciones por incumplimiento de las obligaciones de registro y pago de cotizaciones al instituto de seguros sociales.
Este documento es la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones de El Salvador. Establece un nuevo sistema de pensiones obligatorio para trabajadores del sector privado y público. El sistema se basa en cuentas individuales de ahorro administradas por instituciones privadas supervisadas por el Estado. Todos los trabajadores deben afiliarse y realizar cotizaciones mensuales junto con sus empleadores. El Estado garantiza pensiones mínimas para aquellos que no puedan financiar una pensión adecuada con sus ahorros.
Este documento es un decreto que regula el subsistema de pensiones en Venezuela. Establece los principios, alcance y organización del sistema de pensiones. Incluye disposiciones sobre los regímenes, organismos involucrados, afiliación e inscripción de trabajadores, traslados entre administradoras de fondos y otros aspectos clave del funcionamiento del sistema.
Este documento presenta una propuesta de seguro complementario de trabajo (SCTR) de pensión y salud para los 69 trabajadores de la Municipalidad Provincial de Pachitea. El SCTR de pensión cubriría invalidez y sobrevivencia, mientras que el SCTR de salud cubriría atención médica. La prima total mensual para ambos seguros es de S/1,035.10 cada uno. La propuesta es válida por 30 días.
Este documento describe los principales trámites administrativos que se presentan en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), como la afiliación voluntaria, declaración de afiliación fraudulenta, reclamos por falta de afiliación, cesantía, fondos de reserva, auxilio para funerales, servicios de salud, y responsabilidad patronal. Explica los conceptos clave de empleador y trabajador, y resume los artículos de la Ley de Seguridad Social relacionados con cada trámite.
15. reglamento de afiliación voluntaria al iess LEGAL CONSULTEX
La Resolución No. 467 del Consejo Directivo del IESS declara que las personas con ingresos independientes podrán afiliarse de forma voluntaria al IESS presentando su solicitud a través de la página web. Los afiliados voluntarios podrán salirse en cualquier momento sin penalidad. Si no se pagan los aportes dentro de los 30 días posteriores al mes correspondiente, el IESS registrará automáticamente la salida. La cuota de aporte será como mínimo el salario básico unificado y podrá ser ajustada por el a
Este documento establece nuevas regulaciones sobre la responsabilidad patronal en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. Se definen los tipos de prestaciones que causan responsabilidad patronal en cada seguro, como subsidios monetarios de enfermedad y maternidad, pensiones, auxilio de funerales y cesantía. También se especifican los cálculos para determinar la cuantía de la responsabilidad patronal en cada caso, la cual depende del tiempo de retraso en el pago de aportes y puede representar hasta el 100% de la prestación ot
La ley del seguro social define los derechos y obligaciones de los trabajadores y el Instituto Mexicano del Seguro Social. Establece el régimen obligatorio que cubre riesgos de trabajo, enfermedades, invalidez, vejez y servicios sociales. También regula las obligaciones de los patrones de registrar a sus trabajadores, pagar cuotas, y proporcionar información requerida. La ley contiene numerosos artículos que especifican estas definiciones y regulaciones.
El documento proporciona información sobre los trámites administrativos y servicios que ofrece el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). El IESS es la entidad pública encargada de proveer seguro social obligatorio en Ecuador. Entre sus funciones se encuentran dar cobertura médica a afiliados, otorgar préstamos, y gestionar pensiones y cesantía. El documento explica los procesos de afiliación, aportes de empleadores y trabajadores, y los beneficios disponibles para jubilados y cesantes
La Asociación de Productores y Exportadores de Flores del Ecuador pone a su disposición las cifras mensuales de exportación a agosto 2015.
Más información: www.expoflores.com
Ecuador is a major exporter of cut flowers, primarily roses. In 2013, Ecuador exported $837 million worth of flowers to over 100 countries. Roses make up 71% of Ecuador's total flower exports. The majority of Ecuador's flower farms are small- to medium-sized. Most Ecuadorian flowers are exported through Amsterdam, Frankfurt, and Luxembourg airports and are primarily shipped to the US, EU, and Russia. Ecuador aims to expand its flower exports to new destinations and airports in the coming years.
El sector florícola ecuatoriano cultiva flores en 4.000 hectáreas distribuidas en 714 fincas. En 2012 exportó flores por valor de 714 millones de dólares a 106 destinos. Proporciona 103.000 empleos directos, principalmente a mujeres. Las rosas constituyen el 71% de la producción total de flores. La Unión Europea es el principal mercado de destino de las flores ecuatorianas.
El documento presenta información sobre las exportaciones ecuatorianas de flores entre 2011 y 2012. Las exportaciones de flores aumentaron un 13.6% en valor y un 6.9% en volumen entre esos años. Las rosas constituyen la flor más exportada, representando alrededor del 74% del volumen total. Los principales mercados de destino son Estados Unidos, Rusia y la Unión Europea.
Este documento resume los principales mercados de exportación de flores ecuatorianas y los desafíos que enfrenta cada uno. El mercado estadounidense se ve amenazado por la posible no renovación del ATPDEA. En Europa, Ecuador podría perder preferencias arancelarias y depende demasiado del destino de Holanda. Rusia podría superar a Ecuador en crecimiento debido a nuevos acuerdos. La propuesta es crear un fideicomiso para administrar fondos y trabajar en estrategias a largo plazo para abrir nuevos mercados
Este documento describe un proyecto para crear una Ruta de las Flores en Ecuador con el objetivo de generar un nuevo ícono turístico, empleos, y promover la flor ecuatoriana internacionalmente. El proyecto incluye 5 rutas turísticas terminadas o en proceso que pasan por varias provincias. También describe eventos y ferias internacionales en los que se ha promocionado la Ruta de las Flores. El proyecto ha recibido prensa internacional de 18 países y ha generado un aumento en el número de turistas que
Ecuador es un importante exportador mundial de flores. En 2011, Ecuador exportó 118 millones de kilogramos de flores valoradas en 678 millones de dólares estadounidenses. La industria de las flores emplea directamente a 50.000 personas y genera empleos indirectos para 60.000 personas más, lo que afecta económicamente a 440.000 ecuatorianos. Las flores se cultivan en 13 provincias del país y han impulsado significativamente el crecimiento económico de Ecuador en las últimas décadas.
Más de Asociación de Productores y Exportadores de Flores del Ecuador (8)
El crédito y los seguros como parte de la educación financieraMarcoMolina87
El crédito y los seguros, son temas importantes para desarrollar en la ciudadanía capacidades que le permita identificar su capacidad de endeudamiento, los derechos y las obligaciones que adquiere al obtener un crédito y conocer cuáles son las formas de asegurar su inversión.
vehiculo importado desde pais extrajero contien documentos respaldados como ser la factura comercial de importacion un seguro y demas tambien indica la partida arancelaria que deb contener este vehículo 3. La importadora PARISBOL TRUCK IMPORT SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA perteneciente a Bolivia, trae desde CHILE , un vehículo Automóvil con un número de ruedas de 6 Número del chasis YV2RT40A0HB828781 De clase tractocamión, con dos puertas . El precio es de 35231,46 dólares, la importadora tiene los siguientes datos para el cálculo de sus costos:
• Flete de $ 1500 por contenedor
• El deducible es de 10 % de la SA y la prima neta de 0.02% de la SA
• ARANCEL DE IMPORTACIÓN 20% • ALMACÉN ADUANERO 1.5%
• DESPACHO ADUANERO 2.1%
• IVA 14.94%
• PERCEPCIÓN 0.3%
• OTROS GASTOS DE IMPORTACIÓN $US
• Derecho de emisión 4.20
• Handling 58 • Descarga 69
• Servicios aduana 30
• Movilización de carga 70.10
• Transporte interno 150
• Gastos operativos 70
• Otros gastos 100 • Comisión agente de 0.05% CIF
GASTOS FINANCIEROS o GASTOS APERTURA DE L/C (0.3 % FOB) o Intereses proveedor $ 1050 CALULAR:
i) El valor FOB
j) hallar la suma asegurada de la mercancía y la prima neta que se debe pagar a la compañía aseguradora, y el valor CIF
k) El total de derechos e impuestos
l) El costo total de importación y el factor
m) El costo unitario de importación de cada alfombra en $us y Bs. (tipo de cambio: Bs.6.85)
1. RESOLUCIÓN No. CD. 467
EL CONSEJO DIRECTIVO
DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL
CONSIDERANDO:
Que el inciso primero del artículo 34 de la Constitución de la República establece
que la seguridad social es un derecho irrenunciable de todas las personas, deber
y responsabilidad primordial del Estado, que se regirá entre otros por el principio
de solidaridad;
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 370 de la Constitución de la
República, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social es una entidad
autónoma, regulada por la Ley, responsable de la prestación de las contingencias
del seguro universal obligatorio a sus afiliados;
Que el inciso primero del artículo 367 de la Constitución de la República dispone
que la protección de las contingencias se hará efectiva a través del seguro
universal obligatorio y sus regímenes especiales;
Que el artículo 369 de la Constitución de la República establece que el seguro
universal obligatorio cubrirá la contingencia de cesantía, la misma que
corresponde otorgar en aplicación de los artículos 17, 154, 220 y 284 de la Ley
de Seguridad Social; y, que el fondo individual de cesantía permite al afiliado
acceder al crédito quirografario que otorga el BIESS;
Que el inciso primero del artículo 371 de la Constitución de la República dispone
que las prestaciones de la seguridad social se financiarán con el aporte de las
personas aseguradas en relación de dependencia y de sus empleadoras o
empleadores; con los aportes de las personas independientes aseguradas; con los
aportes voluntarios de las ecuatorianas y ecuatorianos domiciliados en el
exterior; y, con los aportes y contribuciones del Estado;
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 374 de la Constitución de la
República, el Estado estimulará la afiliación voluntaria al Instituto Ecuatoriano
de Seguridad Social de las ecuatorianas y ecuatorianos domiciliados en el
exterior;
Que el artículo 26 de la Ley de Seguridad Social establece que es misión del
Consejo Directivo la expedición de las normativas de organización y
funcionamiento de los seguros generales administrados por el IESS;
2. RESOLUCIÓN No. CD. 467
Pág. 2
Que la Dirección Actuarial y de Investigación del IESS ha presentado, con fecha
11 de diciembre de 2013, su informe de valoración del impacto económico en el
seguro de invalidez, vejez y muerte, por aplicación de la Ley Orgánica de
Discapacidades en el ámbito de la seguridad social; en el que se determina,
adicionalmente, que las reformas propuestas no tienen afectación alguna sobre
la solvencia y sostenibilidad de las prestaciones que actualmente otorga el IESS a
sus beneficiarios; y,
Que el Consejo Directivo aprobó la Resolución No. CD.464 de 29 de enero de
2014, la misma que requiere precisiones.
En uso de sus facultades legales,
RESUELVE:
Expedir el siguiente: REGLAMENTO DE AFILIACIÓN AL INSTITUTO
ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS PERSONAS SIN RELACIÓN
DE DEPENDENCIA O INDEPENDIENTES Y ECUATORIANOS DOMICILIADOS
EN EL EXTERIOR
CAPÍTULO PRIMERO
DE LA AFILIACIÓN DE LAS PERSONAS SIN RELACIÓN
DE DEPENDENCIA O INDEPENDIENTES
Artículo 1.- Afiliación.- Se podrán afiliar voluntariamente, desde el primer día
del mes en que realicen la correspondiente solicitud, las personas que tengan
ingresos sin relación de dependencia o independientes, domiciliadas en el
Ecuador, presentando su aviso de entrada a través del portal web oficial del
IESS.
Artículo 2.- Requisitos.- Para afiliarse se deberán cumplir los siguientes
requisitos:
a. Tener cédula de ciudadanía para el caso de afiliación de ecuatorianos; o,
cédula de identidad o carné de refugiado, emitido en el Ecuador, para el
caso de afiliación de extranjeros dentro del territorio nacional; y,
b. No registrar mora u obligaciones pendientes con el IESS.
3. RESOLUCIÓN No. CD. 467
Pág. 3
Artículo 3.- Aviso de salida.- El afiliado podrá presentar, a través del portal web
oficial del IESS, su aviso de salida en cualquier momento, pudiendo reactivar su
afiliación con un nuevo aviso de entrada.
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 73 de la Ley de Seguridad Social, de
no registrarse el pago de aportes dentro de los treinta (30) días posteriores al mes
que corresponda, el IESS registrará automáticamente la salida del afiliado, quien
podrá acceder nuevamente a la afiliación.
Artículo 4.- Materia gravada.- Para efecto de aportación al IESS, la materia
gravada corresponderá al valor mensual que el afiliado sin relación de
dependencia o independiente establezca como remuneración; que, en ningún
caso, podrá ser inferior al salario básico unificado.
La materia gravada podrá ser ajustada por el afiliado, en cualquier tiempo,
incrementando su valor o disminuyéndolo hasta el mínimo señalado.
Artículo 5.- Continuidad de prestaciones y beneficios.- Los hijos de los
afiliados beneficiados por el artículo 102 de la Ley de Seguridad Social, al
cumplir dieciocho (18) años de edad, contarán con un periodo de protección de
sesenta (60) días; y, en el caso de afiliarse al IESS dentro de este periodo, no
estarán sujetos a tiempo de espera para recibir las prestaciones de salud.
Artículo 6.- Tiempo de espera.- No se aplicará tiempo de espera a los afiliados
que pasen de un régimen o modalidad de afiliación a otro.
CAPÍTULO SEGUNDO
DE LA AFILIACIÓN DE LOS ECUATORIANOS
DOMICILIADOS EN EL EXTERIOR
Artículo 7.- Afiliación.- Se podrán afiliar voluntariamente los ecuatorianos
domiciliados en el exterior, mayores de dieciocho (18) años, desde el primer día
del mes en que realicen la correspondiente solicitud, presentando su aviso de
entrada a través del portal web oficial del IESS.
Artículo 8.- Requisitos.- Para afiliarse se deberán cumplir los siguientes
requisitos:
a. Ser ciudadano ecuatoriano domiciliado en el exterior, o becario
ecuatoriano en el exterior; y,
b. No registrar mora u obligaciones pendientes con el IESS.
4. RESOLUCIÓN No. CD. 467
Pág. 4
Artículo 9.- Aviso de salida.- El afiliado podrá presentar, a través del portal web
oficial del IESS, su aviso de salida en cualquier momento, pudiendo reactivar su
afiliación con un nuevo aviso de entrada.
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 73 de la Ley de Seguridad Social, de
no registrarse el pago de aportes dentro de los treinta (30) días posteriores al mes
que corresponda, el IESS registrará automáticamente la salida del afiliado, quien
podrá acceder nuevamente a la afiliación.
Artículo 10.- Pago de prestaciones económicas.- El IESS entregará las
prestaciones económicas que correspondan a sus afiliados en el exterior a través
de transferencias bancarias a las cuentas por ellos designadas o por cualquier
otro mecanismo establecido por la institución.
Artículo 11.- Cambio de domicilio.- En caso de que el afiliado cambie su
domicilio a la República del Ecuador deberá presentar su aviso de salida.
Artículo 12.- Aportación simultánea.- Los afiliados voluntarios en el exterior
podrán aportar, en forma simultánea, a la seguridad social de su país de
residencia.
Artículo 13.- Continuidad de prestaciones y beneficios.- Los hijos de los
afiliados beneficiados por el artículo 102 de la Ley de Seguridad Social, al
cumplir dieciocho (18) años de edad, contarán con un periodo de protección de
sesenta (60) días; y, en el caso de afiliarse al IESS dentro de este periodo, no
estarán sujetos a tiempo de espera para recibir las prestaciones de salud.
Artículo 14.- Tiempo de espera.- No se aplicará tiempo de espera a los afiliados
que pasen de un régimen o modalidad de afiliación a otro.
DISPOSICIONES GENERALES PARA
TODOS LOS AFILIADOS AL IESS
PRIMERA.- El monto mínimo para el cálculo de la aportación mensual de los
afiliados al IESS no será inferior al salario básico unificado fijado por el
Ministerio de Relaciones Laborales.
SEGUNDA.- Todos los afiliados del IESS aportarán el 0.10% adicional sobre la
materia gravada para financiar las prestaciones previstas en la Ley Orgánica de
Discapacidades, de conformidad con lo previsto en su Disposición Transitoria
Décimo Sexta.
5. RESOLUCIÓN No. CD. 467
Pág. 5
TERCERA.- El IESS realizará los controles que fueren del caso, respecto de la
materia gravada, en coordinación con otras entidades públicas.
CUARTA.- El auxilio de funerales, cuando la muerte ocurra en el exterior,
incluirá los costos de repatriación del cadáver o restos mortales del afiliado.
QUINTA.- Los afiliados al IESS podrán incrementar, en forma voluntaria y
adicional, su aporte mensual al seguro de cesantía en el IESS. Para el efecto,
comunicarán su decisión a través del portal web oficial de la institución. En
cualquier tiempo, el afiliado podrá reducir dicho aporte al mínimo vigente.
SEXTA.- Todo afiliado al IESS tendrá libre acceso a su registro de historia
laboral; y, de requerirlo, obtendrá su clave en forma directa, automática e
inmediata a través del portal web oficial de la institución.
DISPOSICIONES REFORMATORIAS Y DEROGATORIAS
PRIMERA.- Sustitúyase el literal a) de la Disposición Final Tercera de la
Resolución No. CD. 390 de 10 de noviembre de 2011, por el siguiente texto:
a) De los trabajadores autónomos y sin relación de dependencia,
profesionales en libre ejercicio, representantes legales,
administradores o patronos de un negocio y dueños de una empresa
unipersonal:
CONCEPTO APORTE
PERSONAL (%)
Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte 9,74
Seguro de Salud 5,71
Seguro de Riesgos del Trabajo 0,55
Seguro de Cesantía 3,00
Seguro Social Campesino 0,70
Gastos de Administración 0,80
Total de aportes 20,50
6. RESOLUCIÓN No. CD. 467
Pág. 6
SEGUNDA.- Sustitúyase el literal b) de la Disposición Final Tercera de la
Resolución No. CD. 390 de 10 de noviembre de 2011, por el siguiente texto:
El Régimen de Afiliación Voluntaria estará sujeto a la siguiente tabla de
distribución de las tasas de aportación al IESS:
TERCERA.- Sustitúyase el artículo 2 de la Resolución No. CD.347 de 12 de enero
de 2011, por el siguiente texto:
Art. 2.- El financiamiento del régimen especial de los trabajadores de
temporada de la industria azucarera, entre aporte personal y patronal,
garantiza que por el pago de aportaciones de un mes del período de zafra se
registre como válido de afiliación un mes del período posterior de interzafra,
distribuyéndose de la siguiente manera:
CONCEPTO
APORTE
PERSONAL
(%)
APORTE
PATRONAL
(%)
APORTE
TOTAL (%)
Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte 13,28 6,20 19,48
Seguro de Salud 0,00 11,42 11,42
Seguro de Riesgos del Trabajo 0.00 1,10 1,10
Seguro de Cesantía 4,00 2,00 6,00
Seguro Social Campesino 0,70 0,70 1,40
Gastos de Administración 0,72 0,88 1,60
Total de aportes 18,70 22,30 41,00
CUARTA.- Se deroga la Resolución No. CD. 464 de 29 de enero de 2014.
CONCEPTO APORTE
PERSONAL (%)
Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte 9,74
Seguro de Salud 5,71
Seguro de Riesgos del Trabajo 0,55
Seguro de Cesantía 3,00
Seguro Social Campesino 0,70
Gastos de Administración 0,80
Total de aportes 20,50
7. RESOLUCIÓN No. CD. 467
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DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA.- El IESS establecerá los instrumentos técnicos y de procedimiento
para la aplicación de esta resolución.
SEGUNDA.- Este reglamento, en lo que hace relación a los afiliados sin relación
de dependencia o independientes y ecuatorianos domiciliados en el exterior,
entrará en vigencia el 01 de abril de 2014.
TERCERA.- Los afiliados voluntarios registrados previamente mantendrán tal
condición y pasarán a regirse por las normas de este reglamento.
CUARTA.-La cobertura de repatriación del cadáver o restos mortales, entrará en
vigencia el 01 de junio de 2014, una vez que el IESS contrate el reaseguro o
servicio correspondiente.
QUINTA.- El aporte del 0.10% adicional sobre la materia gravada para financiar
las prestaciones previstas en la Ley Orgánica de Discapacidades, establecido en
la Disposición General Segunda de este reglamento, es aplicable a partir del 01
de marzo de 2014.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- Será responsable de la aplicación gradual del presente Reglamento el
Director Nacional de Afiliación y Cobertura, quien reportará mensualmente al
Director General.
SEGUNDA.- El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de la fecha de
su expedición, sin perjuicio de la publicación en el Registro Oficial.
COMUNÍQUESE.- Quito, D.M.,
Fernando Cordero Cueva
PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO
Francisco Vergara Ortiz
DIRECTOR GENERAL DEL IESS
SECRETARIO DEL CONSEJO DIRECTIVO