Este documento resume los diferentes métodos de extinción de obligaciones de acuerdo con el Código Civil de Venezuela. Explica brevemente conceptos como mutuo disenso, extinción por muerte, pago, prescripción extintiva, novación, compensación, confusión, concurrencia de dos causas lucrativas e imposibilidad de la prestación.
responsabilidad civil extracontractual por hecho ajeno
1. UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
ASOCIACION CIVIL ESTUDIOS SUPERIORES GERENCIALES
CORPORATIVOS VALLES DEL TUY
CREATEC-CHARALLAVE
TRIMESTRE 2020-2
SEPTIMO TRIMESTRE
DERECHO
FACILITADOR:
PROF. JOSÉ ANDRÉS MALO
PARTICIPANTE: EDINSON ABREU.
CEDULA 15373632
2. MUTUO DISENSO.
Es voluntaria de una
obligación en un
acuerdo. Art. 1159
CCV
EXTINCIÓN DE LA
OBLIGACIÓN
PRINCIPAL.
Es donde la obligación
del fiador. Art. 1830 CCV
EXTINCIÓN POR
MUERTE.
Obligación en un
acuerdo. Art.
1159 CCV
PAGO.
Es el
cumplimiento
de la
obligación.
PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA.
Es Considerado que al
pasar el tiempo pierde el
derecho . Art. 1952
EXTINCIÓN DE
OBLIGACIONES.
Código Civil en los
Artículos 1212,,1283.
Se subroga en los derechos del acreedor.
Accidentales donde existe Oferta de pago y
depósito y es voluntario.
NOVACION.
Delegación Artículo
1314.CCV La novación
es la substitución de una
nueva obligación a otra
anterior, la cual queda
por tanto extinguida.
Requisitos Formas
Obligación preexistente •
Nueva obligación
Subjetiva Y Objetiva
Extingue la obligación
anterior y nace una nueva
LA COMPENSACIÓN.
extinción de las
obligaciones recíprocas
existentes entre dos
personas, hasta
concurrencia de la de
menor valor
Clases legal voluntaria,
Deudores personales y
recíproco.
La compensación debe
ser alegada.
Establecida en articulo
1331
LA CONFUSIÓN Artículo
1665. Cuando concurren en
una misma persona las
calidades de acreedor y
deudor se verifica de derecho
Donde extingue la deuda y
produce iguales efectos que
el pago. Causas Por causa de
muerte Por acto entre vivos
Clases Total Parcial Efectos.
CONCURSO DE DOS CAUSAS
LUCRATIVAS. proveniente de un título
lucrativo y tiene lugar cuando dicha
cosa pasa a ser propiedad del acreedor
, extinguir una obligación de dar una
cosa cierta
La adquisición debe haberse
verificado de un modo igualmente
gratuito. Debe tratarse de una
obligación de dar especies
Se caracteriza Con formalidad, debe
disolverse igual y con libre
voluntad.
Muerte del acreedor, Muerte del
deudor
Y su características
de las obligaciones
accesorias.
IMPOSIBILIDAD DE LA
PRESTACIÓN.CCV Situación
extrañas a la voluntad del deudor y
hacen que quede exonerado de la
obligación por no poder llevar a
cabo el cumplimiento
Caso fortuito y de
fuerza mayor. Art. 1272
CCV
Caso fortuito y de fuerza mayor. Art. 1272 CCV