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CORRUPCION Y COLUSION PERMITIDA EN EL ECUADOR, HASTA HORA. LOS ACTOS
ADMINISTRATIVOS Y JUDICIALES ASI LO CONFIRMAN.
Corrupción y colusión en el IESS desde 2011 al 2017 durante las administraciones
de: González, Cordero, Villacrés, Espinosa
ESPELUZNANTE: ENCUBRIMIENTO DE ENTIDADES DEL ESTADO DE LA CORRUPCION
Y COLUSION. EMPRESA PERJUDICADA: CRONIX CIA. LTDA.
Está corrupción empezó en la Administración de Ramiro González que junto con María Sol Larrea (ex
directora de unidades médicas, y los administradores del contrato, Damián Gallegos, Henry Medrano,
principalmente, se colusionaron con el ciudadano mexicano Juan Fernando Colunga Hernández de SOLNET y
luego de RECAPT, con el chileno Aldo Briones Lagos y el “consultor” Marco Stalin Sánchez Tinoco.
La Revista Vanguardia en junio de 2011 ya denunció los hechos de corrupción en el IESS y en concreto en el
proceso de Contratación de 2011 que inicialmente debió realizarse en dicho mes, pero que al ser
descubiertos que el concurso seria por 26 millones de dólares, se vieron obligados a suscribir una prórroga
por seis del contrato con Cronix Cia. Ltda; hasta el 24 febrero de 2012.
Sin embargo los colusionados IESS-RECAPT-SOLNET, siguieron en sus actos colusorios que incluyo la
contratación de una consultoría, para que realice una evaluación de los servicios que prestaba Cronix; y se
inventaron especificaciones técnicas para los pliegos del concurso dirigidos a que Cronix no califique. La
consultora contratada por el IESS jamás apareció pero quien sí lo hizo fue su tío Marco Stalin Sánchez Tinoco,
quien en realidad realizo la supuesta “consultoría” con el Fernando Colunga, Damián Gallegos, Henry
Medrano y por supuesto con el conocimiento de Ramiro González y María Sol Larrea.
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Los emails cursados entre los colusionados se explican por si mismos:
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Y los colusionados interceptaron y compartían emails privados de Anibal Carrera dirigidos exclusivamente a
las autoridades el IESS, como este de 4 de abril de 2011; y que incluso Colunga les recomendaba y daba
respondiendo esos correos:
Lo que ha sucedido en el caso de la denuncia de contratación de servicios de call center del IESS, es
realmente ESPELUZNANTE, y evidencia como las autoridades del IESS permitieron, fueron parte de la
COLUSION que inicio en la administración de Ramiro González, prófugo de la justicia, continuo con Cordero,
Villacres y Espinosa, quienes ocultaron y encubrieron el cumulo de irregularidades en 6 años; tanto que
tiene sentencia de COLUSION en casación y no existe ningún detenido hasta la presente.
Tan sencillo fue de verificar la corrupción y colusión, que en el proceso SIE-IESS-015-2015 (convocado el 16
de diciembre de 2011), de contratación de servicios de call center, se produjeron hechos como que en la
oferta de RECAPT aparece el nombre de SOLNET y viceversa como se muestra en la siguiente imagen:
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Y muchas otras similitudes que evidencian la colusión IESS-RECAPT-SOLNET que constan el en Informe
Concluyente de Investigación del CPCCS Nro. 049-2016
La empresa RECAPT y SOLNET nunca fueron empresas de call center y jamás habían participado en
contratación Publica de servicios de call center como se detalla a continuación según el informe del
CPCCS, SCPM, Contraloría
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Fuente: resolución de la SCPM, informe de la SCPM e Informe de Indicios de Responsabilidad Penal
de la CGE.
Además dos empleados de RECAPT, uno entregó la oferta de RECAPT y otro la de SOLNET; en la Oferta de
Solnet aparecía el nombre de RECAPT y viceversa; las dos empresa presentaron certificados de experiencia
que no correspondían a servicios de call center, el director de RECAPT a esa fecha, Aldo Briones, falsifico
certificados de experiencia; las dos empresas presentaron en sus ofertas el software de Triage Médico del
anterior proveedor, Cronix. RECAPT siempre fue un Courier, y Solnet una empresa de venta de PCs; por
tanto NO eran empresas de call center y jamás podían haber sido calificadas; solo fue posible por la
corrupción y colusión IESS-RECAPT-SOLNET que dio inicio desde al menos diciembre de 2010; liderada por el
actual director y socio de RECAPT, el mexicano Juan Fernando Colunga Hernández, ex gerente de Porta
Celular (CLARO), el Chileno Aldo Briones Lagos dueño de RECAPT; por parte del IESS el Eco. Ramiro
González, María Sol Larrea, Henry Medrano y Damián Gallegos junto con otros funcionarios del IESS. Y por la
prueba concluyente que lo conoció el SERCOP (Ex INCOP) formo parte, por acción u omisión, de la colusión.
Los colusionados celebraron sus actos de corrupción, con fotografía en Facebook:
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El descaro es tan grande que los colusionados dieron Rueda de Prensa ante los reclamos de los afiliados y
beneficiarios del IESS, y Ramiro González se inventó el PICO Y CEDULA, es decir que los afiliados podían
enfermarse al estilo de pico y placa, lo cual por supuesto lo observo la Contraloría General del Estado, en el
Informe con Indicios de Responsabilidad Penal DADSySS-0003-2013:
La fiscalía inicio una Indagación Previa y la Contraloría realizó un examen especial y emitió un Informe con
Indicios de Responsabilidad Penal DADSySS-0003-2013 que dice que existe 1.214.964,53 en pagos en exceso
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y sin sustento legal ni contractual del IESS a RECAPT; y que en la lista constan 35 personas y que la encabeza
el Eco. Ramiro González (Fugado) y consta también la Eco. Maria Sol Larrea (en prisión con sentencia):
…..
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En agosto de 2015 se denunciaron los presuntos sobornos (coimas), durante toda la ejecución del contrato
IESS-RECAPT, ante todas la autoridades de control y Fiscalía General del Estado; sin embargo no se
reaperturó la Indagación Previa, que además cuenta con examen especial DADSySS-0008-2013 e informe
DADSySS-0002-2016 al contrato IESS-RECAPT, 64000000-1002-C suscrito en marzo de 2012, que dice que
existen más de doce millones de dólares por parte del IESS a RECAPT en pagos indebidos, en exceso y
sustento legal y que el IESS incumplió las recomendaciones del primer examen especial. También se
descubrió que ni el Fiscal ni la Juez habrían redactada el escrito de desestimación y la resolución de archivo.
Sin embargo la Fiscalía no reaperturó dicha indagación previa por peculado, a pesar de los pedidos
realizados por el denunciante, Cronix Cia.Ltda, como empresa perjudicada por la corrupción y colusión,
fundamentados en los nuevos elementos de hecho.
En el siguiente grafico como se repartirían las “comisiones” o presuntos sobornos (COIMAS) y que fue
registrada de la siguiente forma, según documento del peritaje informáticos en el proceso judicial de acceso
público:
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En este periodo la Sra. Juez Vigésima de Garantías Penales que acogió el pedido del fiscal, de archivar de
forma definitiva la denuncia por Peculado en contrato IESS-RECAPT, fue sancionada, el 22 de junio de 2015,
por unanimidad del Pleno del Consejo de la Judicatura, por no fundamentar adecuadamente la resolución y
por violentar el debido proceso, es decir por concurrencia de infracciones; y la Fiscalía no reabrió, de oficio
como debió hacerlo, la Indagación Previa que cuenta con Informe de Indicios de Responsabilidad Penal de 6
de febrero de 2013 que dice existen 1,2 millones en pagos indebidos, en exceso y sin sustento legal por parte
del IESS a RECAPT.
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Esta CORRUPCION Y COLUSION fue denunciada desde febrero del 2012 en las Entidades de Control, Fiscalía y
Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), y resulta que después de 6 años, el CPCCS
emite, el pasado 24 de enero de 2018 y con Fe de Erratas en pasado 20 de febrero de 2018, la Resolución
PLE-CPCCS-895-24-01-2018-E, que evidencia el cumulo de irregularidades en los procesos de contratación de
servicios de call center desde el 2011 al 2017. La Resolución del CPCCS hace referencia a los actos
administrativos y judiciales en dicho periodo que prueban y evidencian la corrupción y colusión permanente
en el IESS; y aprueba el Informe Concluyente de Investigación Nro. 049-2016.
La superintendencia de Control del Poder de Mercado sancionó la corrupción y colusión IESS-RECAPT-
SOLNET con INFRACCION MUY GRAVE, que es la máxima en la LORCPM, y con multa a los colusionados como
se indica a continuación:
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Por su parte el Tribunal Contencioso Administrativo (TCA) declaró en sentencia la nulidad del contrato IESS-
RECAPT, Nro 64000000-1002-C, el 16 de marzo de 2016;
Por otra parte, ante la apelación presentada por la colusioanda RECAPT de la multa de 2,3 millones, el
mismo TCA en sentencia ratificó la corrupción y colusión IESS-RECAPT-SOLNET, el 19 de mayo de 2017, pero
dejo sin efecto la multa de 2,3 millones a RECAPT, es decir literalmente legalizando la corrupción y colusión
en el Ecuador;
Claramente esta sentencia RECONOCE QUE LA CORRUPCION Y LA COLUSION ESTA PERMITIDA EN EL
ECUADOR, porque los jueces interpretan que la multa les parece muy alta de 2,3 millones; y en base a ello
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declara la nulidad de los actos administrativos de la resolución sancionatoria de la colusión de 7 de
septiembre de 2015, y la resolución de 15 de enero de 2016.
Todo esto a pesar de que en la audiencia de juicio de 28 de marzo de 2017, la SCPM presentó la prueba
concluyente de los actos colusorios: LOS COLUSIONADOS RECAPT y SOLNET ingresaron las ofertas desde la
misma dirección IP; es decir desde la misma computadora. Lo ESPELUZNANTE es que el SERCOP (Ex INCOP)
debió detener la corrupción y colusión en ese preciso momento que se estaba produciendo los actos
colusorios, informar al IESS, y autoridades de CONTROL; y por supuesto sancionar como ENTE DE CONTROL a
las empresas colusionadas.
El 10 de abril de 2017, el denunciante, Cronix, tuvo conocimiento por primera vez de la prueba concluyente
presentada después de la audiencia de juicio de 28 de marzo 2017, en reunión con el Superintendente de
Control del Poder de Mercado y el equipo de abogados de la SCPM - les recordé que habíamos entregado
un USB con documentación de RECAPT, escrito explicativo y anexos- en donde preocupado por lo que
estaba sucediendo, les di a conocer que existía un peritaje informático del USP de Recapt (Fernando
Colunga) con pruebas documentales de los actos colusorios y de los presuntos sobornos, durante toda la
ejecución del contrato IESS-RECAPT y esa misma tarde se entregó un copia certificada de dicho peritaje.
La pregunta obvia es ¿Quién proporcionó la prueba concluyente de los actos colusorios a la SCPM? La
respuesta es el SERCOP (Ex INCOP). Y por qué esta prueba concluyente no consta en la resolución
sancionatoria de 7 de septiembre de 2015? La respuesta podría ser porque eso vinculaba totalmente al
SERCOP (ex INCOP) y al IESS en los actos colusorios de manera totalmente concluyente y entonces la multa
al IESS por infracción muy grave debía ser de más de 500 millones de dólares que corresponde al 12% de los
ingresos de 2014. Es decir la SCPM habría encubierto deliberadamente la CORRUPCION Y COLUSION y buscó
la forma de desvincular de los actos colusorios al SERCOP y al IESS.
Ahora bien: Por que el Tribunal Contencioso Administrativo, no menciona nada de la prueba concluyente de
la colusión presentada por la SCPM en la audiencia de juicio? La respuesta es porque eso haría mucho más
insostenible que a los jueces se les hubiera ocurrido dejar sin efecto la multa y resoluciones de 7 de
septiembre de la SCPM.
Ante tal escándalo jurídico de LEGALIZACION DE LA OCRRUPCION Y COLUSION, tanto la Superintendencia de
Control del Poder de Mercado y la Procuraduría General del Estado y también Recapt interpusieron recursos
de casación. Sala de Corte Nacional de lo Contencioso Administrativo ratificó la Colusión, el 19 de octubre
de 2017, y deja en libertad a la SCPM de volver a multar a RECAPT; que de acuerdo a los nuevos elementos
de hecho la multa debería ser superior 2,3 millones. Sin embargo este medio pidió conformación de la
MULTA a la SCPM sin respuesta.
El denunciante y perjudicado de todo este entramado de corrupción y colusion, es la empresa CRONIX Cia.
Ltda, ha dirigido oficios a la SCPM pidiendo que se cumpla con la sentencia y la SCPM vuelva a multar a la
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colusionada y según oficio No. de 12 de enero de 2018, y que dice que están trabajando desde antes del 30
octubre de 2017, es decir desde hace más de seis meses siguen trabajando en establecer la mueva multa a
RECAPT:
Con los nuevos elementos de hecho se ha presentado nueva denuncia de la Fiscalía En la nueva denuncia
presentada Cronix , dice que por indicación expresa de la Sra. Fiscal, Dra. Elba Garzón Miñaca, quien se negó
a recibir el escrito de reapertura de la Indagación Previa; y, que a su vez indicó que debían ingresar una
nueva denuncia por Peculado, y en la misma se dice que el SERCOP ocultó y encubrió la prueba concluyente
(que no consta en la resolución sancionatoria de los actos colusorios de la SCPM) presentada en juicio
17811-2016-01271 por parte de la SCPM: Los colusionados, RECAPT y SOLNET, ingresaron las ofertas y/o
preguntas y/o convalidaciones en el proceso SIE-IESS-015-2011; quiere decir que el SERCOP, INCOP a la
fecha del concurso denunciado 16 diciembre 2011, pudo detener la corrupción y colusión en ese momento,
sin embargo lo ocultó por acción u omisión o por orden expresa de autoridad o funcionario; y, por tanto
formó parte de dicha corrupción y colusión; sin embargo lo increíble es que en la sentencia de Tribunal
Contencioso Administrativo no se hace referencia a la prueba concluyente y tampoco la sentencia de la sala
de la Corte Nacional se refiere a la prueba concluyente.
NUEVO CONCURSO DE 2014 (al Final de la Admiración de Fernando Cordero e inicio
de la Administración de Hugo Villacrés)
Dado que ya la Procuraduría General del Estado había demandado la nulidad del contrato IESS-RECAPT, en
noviembre de 2013, y la SCPM había aceptado a trámite la denuncia por actos colusorios; el IESS, Fernando
Cordero y anuncio que se haría cargo de la administración del Call Center y para ello RECAPT realizo “oferta
de donación” de la infraestructura de call center al IESS y para ello se reunió con Francisco Vergara, Director
General del IESS, y acordaron los términos; paralelamente Fernando Colunga realizaba los anuncios de esos
acuerdos a los empleados de RECAPT; y no solo eso sino que acudió a reunirse con las máximas autoridades
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de este país como informo y trasmitió vía Skype a los empleados de RECAPT y en la cual se realizó la
transferencia de la fuerza laboral de los empleados de RECAPT al IESS; y además el IESS contrato a dedo a
Fernando Colunga para que administre el call center del IESS.
En este video, grabado el 4 de abril de 2014, fecha de terminación del contrato IESS-RECAPT, el mexicano
Fernando Colunga de RECAPT se reúne con sus empleados y les informa que pasaran a formar parte del
IESS después de la negociación que ha cerrado con el IESS; y por su parte la Directora general del IESS
también confirma que desde el 5 de abril de 2014 la plantilla de teleoperadores para a firmar parte del
IESS.
El nivel de corrupción e influencia queda también evidenciado en este video cuando Colunga revela al
inicio del video lo siguiente:
“Anoche estuve con unas gentes de la Presidencia de la República
hasta allá me fui, pero parece que he logrado que este cabrón no
entre. Y digo parece porque ayer que hablamos estábamos en
contacto dinero directo y bueno no puedo darles más nombres pero
con las autoridades máximas de este País.” Afirmación de Fernando
Colunga, video 4 de abril de 2014, Director Adjunto de Recapt.
Se remitió la denuncia a la Secretaria de Transparencia, a la presidencia y vicepresidencia, pero como es
usual lo ocultaron y encubrieron.
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Se supone que los empleados de RECAPT pasaron al IESS desde el 5 de abril de 2014 hasta 5 de agosto de
2014, tiempo en el cual el IESS pago a Fernando Colunga, $1 861 981,29 por gerenciar el call center del IESS,
según consta en el informe Nro. DADSySS-0002-2016, que es el segundo examen especial al contrato
64000000-1002-C del proceso sancionado por COLUSION.
El segundo examen especial a la ejecución y pagos del Contrato entre IESS y RECAPT dice que existen los
siguientes pagos en exceso, indebidos, sin sustento legal:
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Paralelamente que el IESS realizó una convocatoria a un nuevo concurso en el 2014 con el numero SIE-IESS-
004-2014, y el informe de Contraloria DADSySS-0036-2017 dice:
A este concurso se presentaron las siguientes ofertas:
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El IESS comunicó por escrito a Cronix que realizara Visita In-Situ hasta el día 4 de Junio de 2014, sin
embargo el IESS no realizó dicha visita in-situ; porque la Comisión Técnica se dio cuenta que Cronix
(Consorcio INNOVA SALUD) era, en este concurso, la única empresa que cumplía todos los requisitos, y la
comisión técnica sin ninguna explicación dio de baja el concurso; y una vez que revisaron la oferta de Cronix,
introdujeron un requisito direccionado a descalificar a Cronix como lo señala el informe de Contraloría:
Es decir una colusión permanente IESS-RECAPT; la Comisión Técnica, sin ningún sustento técnico recomendó
dar de baja un concurso en el cual Cronix (Consorcio Innova Salud) debió ser proveedor único.
Por otra Dado que RECAPT no cumplía con el patrimonio, dio de baja es concurso e inmediatamente convoca
un nuevo concurso el Nro. SIE-IESS-005-2014; y al respecto el informe de Contraloría dice lo siguiente lo
siguiente:
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Y al respecto el Organismo de Control dice :
En decir no cabe ninguna duda que se simuló el concurso SIE-IESS-005-2014; y se calificó a RECAPT que
incumplió los Pliegos con el conocimiento y participación de la comisión técnica del concurso y las máximas
autoridades del IESS. Queda probado que Cronix debió ser proveedor único en este concurso; de la misma
firma que debió ser proveedor único en el concurso SIE-IESS-015-2011.
TERCER CONCURSO 2016 (ADMINISTRACION DE RICHARD ESPINOSA)
En el 2016, una vez terminado el segundo contrato IESS-RECAPT convoca un nuevo concurso LICBS-IESS-001-
2016, en el cual y a pesar de que RECAPT ya estaba sancionada por actos colusorios por la SCPM el 7 de
septiembre de 2015, se le permitió participar, y convoca un primer concurso en modalidad licitación. La
comisión Técnica realiza la visita In-situ a los oferentes, y una vez que se dan cuenta que Cronix es el único
oferente que cumple con todos los requisitos; y nuevamente con abuso de la LOSNCP el IESS declara
desierto este concurso en razón de que el consorcio PLUS CONTACT CENTER (Cronix) era el único proveedor
que cumplía todos los requisitos.
Realiza un segunda convocatoria con el numero LICBS-IESS-005-2016, el IESS no realiza la visita in-situ y
nuevamente y se declara desierto.
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En diciembre de 2016, realiza un tercer concurso SIE-IESS-048-2016, en el cual participan RECAPT, CRONIX
(Consorcio Plus Contact Center) y SERVIPORTEX (Consorcio Flobe Group) formando parte de cada empresa
de un consorcio.
En este concurso el IESS no realizo la visita in-situ y calificó a los tres oferentes a la puja de la subasta
inversa.
Este concurso lo “gano” Serviportex es decir el consorcio Flobe Group, sin embargo de que dicha empresa y
consorcio tenían inhabilidad general y debieron ser descalificados por incumplimiento de pliegos y además
no cumplían con el patrimonio requerido como así lo evidencia el INFORME CONCLUYENTE DE
INVESTIGACION Nro. 049-2016, del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social; evidencia que un
miembro del Consorcio Flobe Group no tenía RUP y además que el consorcio no cumplía con el patrimonio
requerido por tanto debió ser descalificado:
Por tanto queda probado que Cronix debió ser proveedor único en este concurso también; porque RECAPT
ya estaba sancionada debió se impedida de participar en contratación pública; y el Consorcio Flobe Group
tenía inhabilidad general, y no cumplía con los pliegos, como prueba el Informe Concluyente de
Investigación del CPCCS. Por tanto una vez más demostramos que el IESS por corrupción y en colusión
permanente simulo estos concursos públicos con el interés de perjudicar a Cronix e impedir a como dé lugar
que Cronix gane los concursos. Por increíble que parezca, RECAPT que fue calificada por la comisión técnica
en este concurso, no ingreso ningún valor durante la puja de la subasta inversa; denunciamos este hecho en
el SERCOP y fue ignorada esta denuncia que es contraria a la LOSNCP. “Gano” la puja una empresa que no
debió ser calificada, Consorcio Flobe Group (Srviportex), como así lo evidencia el informe del CPCCS.
De los documentos de los procesos fácilmente se puede concluir que en esta corrupción y colusión IESS-
RECAPT-SOLNET se convirtió en COLUSION IESS-RECAPT-SOLNET-SERCOP (ex INCOP), DESPUES COLUSION
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IESS-RECAPT-SOLNET-SERCOP-FISCALIA, y tristemente decir que incluso la SCPM ocultó la prueba
concluyente y no la incluyó en la resolución de 7 de septiembre de 2015; y muy grave es que el Tribunal
Contencioso no incluyó la prueba concluyente en la Sentencia y tampoco lo hizo el Tribunal de la Sala de la
Corte Nacional de Justicia de lo Contencioso Administrativo, a pesar que el Juez preguntó a viva voz cual era
la prueba de la colusión y la abogada de la SCPM respondió que los colusionados habían ingresado la ofertas
desde la misma dirección IP, a lo cual el juez dijo que eso era gravísimo sin embargo lo omitió en la
sentencia; que dice que la SCPM debe volver a multar a RECAPT.
Pero ahí no queda la cosa, el mexicano Colunga a través de sus relaciones con las máximas autoridades del
país, es o fue actualmente/recientemente proveedor del Banco Central del Ecuador y de BAN ECUADOR,
violentando la LOSNCP a pesar de que estos actos fueron denunciados en el BCE , SERCOP, Presidencia de la
República. ¿Cómo es posible a una empresa corrupta y corruptora como RECAPT se les permita seguir
participando en Contratación Pública?; a este paso ya mismo habilitan a Odebrech y Caminosca en el
SERCOP; solo sería un tema de llegar a la tarifa. Y para desgracia del país también es proveedor vía terceras
empresas (Telser C3, CAN&T) de Banco Pichincha, Claro, Movistar.
A nuestro criterio a quien debe multar es al IESS, como operador económico, porque queda evidenciado la
corrupción y colusión continuada en cuatro administraciones realizadas con la clara intención de impedir
que una empresa ecuatoriana gane el concurso y cuando ya debían declararle ganadora interpretaron la
LOSNCP A su antojo y conveniencia. Francamente ESPELUZNATE como dice el señor presidente esta
corrupción y colusión en el IESS. UNA VERGUENZA.
Es decir, se ha encubierto deliberadamente la corrupción y colusión y presuntos sobornos en cuatro
administraciones el IESS, de: Ramiro González, Fernando Cordero, Hugo Villacrés y Richard Espinoza que
conoció la documentación de los presuntos sobornos. Esta corrupción la conoció desde el 2012 el ex
presidente Correa y lo encubrió, e incluso existe un video con revelaciones de Fernando Colunga que vincula
a “gentes” de la Presidencia de la Republica en esta corrupción; y la conoce desde junio de 2017 el
Presidente Moreno quien deriva los oficios al Fiscal General del Estado, SERCOP, Ministerio de Justicia,
Consejo de la Judicatura, IESS, sin ninguna acción concreta para combatir esta corrupción. EL CPCCS según
art. 2 de la resolución debió remitir la Resolución junto con el Informe Concluyente de investigación Nro.
049-2016 a la Contraloría General del Estado, para que realice un examen especial a todo el periodo 2011-
2017 y determine las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales correspondientes.
CONCLUSION: QUEDA ENTONCES PROBADO QUE LA CORRUPCION Y COLUSION ESTAN PERMITIDAS EN EL
ECUADOR, por ahora.
NUEVA DENUNCIA EN LA FISCALIA
El día 20 de marzo de 2018, acudimos a la Fiscalía General del Estado al reconocimiento de firma y rúbrica de
la nueva denuncia por peculado, y otros presuntos delitos. Y el día 4 de Abril acudimos a la fiscalía a rendir
nuestra versión de los hechos en la Investigación Previa que dio inicio.
Con oficio Nro. PE-2018-03-12-01 de 12 de marzo de 2018, ponemos en conocimiento del CPCCS de
Transición en los siguientes términos:
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En respuesta a nuestro pedido de ser recibidos por el CPCCS para explicar esta demencial corrupción en el
IESS, el día 6 de abril nos recibió el Dr. Luis Macas a quien expusimos los hechos indicando además que
incluso existe un resolución del Pleno de CPCCS Nro. PLE-CPCCS-895-24-01-2018-E de 24 de enero de 2018
emitida en base al INFORME CONCLUYENTE DE INVESTIGACION Nro. 049-2016, del CPCCS el mismo que
prueba la existencia de actos de corrupción y colusión en todas la administraciones del IESS desde 2011, a
saber: Ramiro González, Fernando Cordero, Hugo Villacrés y Richard Espinosa y prueba que dichos concursos
fueron simulados con el propósito de perjudicar a Cronix que debió ser proveedor único en los concursos de
2011, 2014 y 2016; como también lo prueba los informes de Contraloría de los procesos de 2011 y 2014.
Incluso este informe concluyente el CPCCS prueba el desacato al pronunciamientos de la Procuraduría
General del Estado, con relación a concursos públicos; y que el IESS ha actuado en ejercicio de su autonomía
violentando la Leyes de manera permanente; y los informes de Contraloría demuestran que el IESS
incumplió la recomendaciones del Organismo de Control que son de carácter obligatorio; Es decir, sin que el
Consejo Directivo del IESS ejerza su función principal de FISCALIZAR los actos de la administración del IESS; y
por tanto conocieron, toleraron y encubrieron dicha corrupción y colusión permanente en el IESS.
Cabe mencionar que el 5 de abril de 2016, denunciamos en la Superintendencia de Bancos y Seguros,
pidiendo que Intervenga al IESS por todo el cumulo de irregularidades y violaciones a la Ley de Seguridad
Social, LOSNCP y LORCPM por parte de la autoridades del IESS y dicho Organismo de Control, respondió el
31 de mayo de 2016 indicando que “… No compete a la Superintendencia de Bancos intervenir en proceso
administrativos respecto de los cuales no tiene ámbito de control legalmente conferido”. (SIC)
En conclusión queda demostrado y evidenciado que el IESS en ejercicio de su autonomía, según la ley de
seguridad social, ha demostrado que puede hacer lo que le dé la gana a sus autoridades: No cumplir con las
recomendaciones de Contraloría, no acatar los pronunciamientos de la Procuraduría, Ignorar las
resoluciones de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado, detener la ejecución de la sentencia
de nulidad de contrato del Tribunal Contencioso Administrativo, ignorar el Informe con Indicios de
Responsabilidad Penal e incumplir sus recomendaciones, ocultar y encubrir actos de corrupción y colusión;
Página 22 de 22
no impulsar procesos por peculado en la Fiscalía; simular los procesos de contratación pública en
permanente colusión con empresas afines a los intereses de las autoridades y funcionarios del IESS.
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  • 1. Página 1 de 22 CORRUPCION Y COLUSION PERMITIDA EN EL ECUADOR, HASTA HORA. LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS Y JUDICIALES ASI LO CONFIRMAN. Corrupción y colusión en el IESS desde 2011 al 2017 durante las administraciones de: González, Cordero, Villacrés, Espinosa ESPELUZNANTE: ENCUBRIMIENTO DE ENTIDADES DEL ESTADO DE LA CORRUPCION Y COLUSION. EMPRESA PERJUDICADA: CRONIX CIA. LTDA. Está corrupción empezó en la Administración de Ramiro González que junto con María Sol Larrea (ex directora de unidades médicas, y los administradores del contrato, Damián Gallegos, Henry Medrano, principalmente, se colusionaron con el ciudadano mexicano Juan Fernando Colunga Hernández de SOLNET y luego de RECAPT, con el chileno Aldo Briones Lagos y el “consultor” Marco Stalin Sánchez Tinoco. La Revista Vanguardia en junio de 2011 ya denunció los hechos de corrupción en el IESS y en concreto en el proceso de Contratación de 2011 que inicialmente debió realizarse en dicho mes, pero que al ser descubiertos que el concurso seria por 26 millones de dólares, se vieron obligados a suscribir una prórroga por seis del contrato con Cronix Cia. Ltda; hasta el 24 febrero de 2012. Sin embargo los colusionados IESS-RECAPT-SOLNET, siguieron en sus actos colusorios que incluyo la contratación de una consultoría, para que realice una evaluación de los servicios que prestaba Cronix; y se inventaron especificaciones técnicas para los pliegos del concurso dirigidos a que Cronix no califique. La consultora contratada por el IESS jamás apareció pero quien sí lo hizo fue su tío Marco Stalin Sánchez Tinoco, quien en realidad realizo la supuesta “consultoría” con el Fernando Colunga, Damián Gallegos, Henry Medrano y por supuesto con el conocimiento de Ramiro González y María Sol Larrea.
  • 2. Página 2 de 22 Los emails cursados entre los colusionados se explican por si mismos:
  • 3. Página 3 de 22 Y los colusionados interceptaron y compartían emails privados de Anibal Carrera dirigidos exclusivamente a las autoridades el IESS, como este de 4 de abril de 2011; y que incluso Colunga les recomendaba y daba respondiendo esos correos: Lo que ha sucedido en el caso de la denuncia de contratación de servicios de call center del IESS, es realmente ESPELUZNANTE, y evidencia como las autoridades del IESS permitieron, fueron parte de la COLUSION que inicio en la administración de Ramiro González, prófugo de la justicia, continuo con Cordero, Villacres y Espinosa, quienes ocultaron y encubrieron el cumulo de irregularidades en 6 años; tanto que tiene sentencia de COLUSION en casación y no existe ningún detenido hasta la presente. Tan sencillo fue de verificar la corrupción y colusión, que en el proceso SIE-IESS-015-2015 (convocado el 16 de diciembre de 2011), de contratación de servicios de call center, se produjeron hechos como que en la oferta de RECAPT aparece el nombre de SOLNET y viceversa como se muestra en la siguiente imagen:
  • 4. Página 4 de 22 Y muchas otras similitudes que evidencian la colusión IESS-RECAPT-SOLNET que constan el en Informe Concluyente de Investigación del CPCCS Nro. 049-2016 La empresa RECAPT y SOLNET nunca fueron empresas de call center y jamás habían participado en contratación Publica de servicios de call center como se detalla a continuación según el informe del CPCCS, SCPM, Contraloría
  • 5. Página 5 de 22 Fuente: resolución de la SCPM, informe de la SCPM e Informe de Indicios de Responsabilidad Penal de la CGE. Además dos empleados de RECAPT, uno entregó la oferta de RECAPT y otro la de SOLNET; en la Oferta de Solnet aparecía el nombre de RECAPT y viceversa; las dos empresa presentaron certificados de experiencia que no correspondían a servicios de call center, el director de RECAPT a esa fecha, Aldo Briones, falsifico certificados de experiencia; las dos empresas presentaron en sus ofertas el software de Triage Médico del anterior proveedor, Cronix. RECAPT siempre fue un Courier, y Solnet una empresa de venta de PCs; por tanto NO eran empresas de call center y jamás podían haber sido calificadas; solo fue posible por la corrupción y colusión IESS-RECAPT-SOLNET que dio inicio desde al menos diciembre de 2010; liderada por el actual director y socio de RECAPT, el mexicano Juan Fernando Colunga Hernández, ex gerente de Porta Celular (CLARO), el Chileno Aldo Briones Lagos dueño de RECAPT; por parte del IESS el Eco. Ramiro González, María Sol Larrea, Henry Medrano y Damián Gallegos junto con otros funcionarios del IESS. Y por la prueba concluyente que lo conoció el SERCOP (Ex INCOP) formo parte, por acción u omisión, de la colusión. Los colusionados celebraron sus actos de corrupción, con fotografía en Facebook:
  • 6. Página 6 de 22 El descaro es tan grande que los colusionados dieron Rueda de Prensa ante los reclamos de los afiliados y beneficiarios del IESS, y Ramiro González se inventó el PICO Y CEDULA, es decir que los afiliados podían enfermarse al estilo de pico y placa, lo cual por supuesto lo observo la Contraloría General del Estado, en el Informe con Indicios de Responsabilidad Penal DADSySS-0003-2013: La fiscalía inicio una Indagación Previa y la Contraloría realizó un examen especial y emitió un Informe con Indicios de Responsabilidad Penal DADSySS-0003-2013 que dice que existe 1.214.964,53 en pagos en exceso
  • 7. Página 7 de 22 y sin sustento legal ni contractual del IESS a RECAPT; y que en la lista constan 35 personas y que la encabeza el Eco. Ramiro González (Fugado) y consta también la Eco. Maria Sol Larrea (en prisión con sentencia): …..
  • 8. Página 8 de 22 En agosto de 2015 se denunciaron los presuntos sobornos (coimas), durante toda la ejecución del contrato IESS-RECAPT, ante todas la autoridades de control y Fiscalía General del Estado; sin embargo no se reaperturó la Indagación Previa, que además cuenta con examen especial DADSySS-0008-2013 e informe DADSySS-0002-2016 al contrato IESS-RECAPT, 64000000-1002-C suscrito en marzo de 2012, que dice que existen más de doce millones de dólares por parte del IESS a RECAPT en pagos indebidos, en exceso y sustento legal y que el IESS incumplió las recomendaciones del primer examen especial. También se descubrió que ni el Fiscal ni la Juez habrían redactada el escrito de desestimación y la resolución de archivo. Sin embargo la Fiscalía no reaperturó dicha indagación previa por peculado, a pesar de los pedidos realizados por el denunciante, Cronix Cia.Ltda, como empresa perjudicada por la corrupción y colusión, fundamentados en los nuevos elementos de hecho. En el siguiente grafico como se repartirían las “comisiones” o presuntos sobornos (COIMAS) y que fue registrada de la siguiente forma, según documento del peritaje informáticos en el proceso judicial de acceso público:
  • 9. Página 9 de 22 En este periodo la Sra. Juez Vigésima de Garantías Penales que acogió el pedido del fiscal, de archivar de forma definitiva la denuncia por Peculado en contrato IESS-RECAPT, fue sancionada, el 22 de junio de 2015, por unanimidad del Pleno del Consejo de la Judicatura, por no fundamentar adecuadamente la resolución y por violentar el debido proceso, es decir por concurrencia de infracciones; y la Fiscalía no reabrió, de oficio como debió hacerlo, la Indagación Previa que cuenta con Informe de Indicios de Responsabilidad Penal de 6 de febrero de 2013 que dice existen 1,2 millones en pagos indebidos, en exceso y sin sustento legal por parte del IESS a RECAPT.
  • 10. Página 10 de 22 Esta CORRUPCION Y COLUSION fue denunciada desde febrero del 2012 en las Entidades de Control, Fiscalía y Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), y resulta que después de 6 años, el CPCCS emite, el pasado 24 de enero de 2018 y con Fe de Erratas en pasado 20 de febrero de 2018, la Resolución PLE-CPCCS-895-24-01-2018-E, que evidencia el cumulo de irregularidades en los procesos de contratación de servicios de call center desde el 2011 al 2017. La Resolución del CPCCS hace referencia a los actos administrativos y judiciales en dicho periodo que prueban y evidencian la corrupción y colusión permanente en el IESS; y aprueba el Informe Concluyente de Investigación Nro. 049-2016. La superintendencia de Control del Poder de Mercado sancionó la corrupción y colusión IESS-RECAPT- SOLNET con INFRACCION MUY GRAVE, que es la máxima en la LORCPM, y con multa a los colusionados como se indica a continuación:
  • 11. Página 11 de 22 Por su parte el Tribunal Contencioso Administrativo (TCA) declaró en sentencia la nulidad del contrato IESS- RECAPT, Nro 64000000-1002-C, el 16 de marzo de 2016; Por otra parte, ante la apelación presentada por la colusioanda RECAPT de la multa de 2,3 millones, el mismo TCA en sentencia ratificó la corrupción y colusión IESS-RECAPT-SOLNET, el 19 de mayo de 2017, pero dejo sin efecto la multa de 2,3 millones a RECAPT, es decir literalmente legalizando la corrupción y colusión en el Ecuador; Claramente esta sentencia RECONOCE QUE LA CORRUPCION Y LA COLUSION ESTA PERMITIDA EN EL ECUADOR, porque los jueces interpretan que la multa les parece muy alta de 2,3 millones; y en base a ello
  • 12. Página 12 de 22 declara la nulidad de los actos administrativos de la resolución sancionatoria de la colusión de 7 de septiembre de 2015, y la resolución de 15 de enero de 2016. Todo esto a pesar de que en la audiencia de juicio de 28 de marzo de 2017, la SCPM presentó la prueba concluyente de los actos colusorios: LOS COLUSIONADOS RECAPT y SOLNET ingresaron las ofertas desde la misma dirección IP; es decir desde la misma computadora. Lo ESPELUZNANTE es que el SERCOP (Ex INCOP) debió detener la corrupción y colusión en ese preciso momento que se estaba produciendo los actos colusorios, informar al IESS, y autoridades de CONTROL; y por supuesto sancionar como ENTE DE CONTROL a las empresas colusionadas. El 10 de abril de 2017, el denunciante, Cronix, tuvo conocimiento por primera vez de la prueba concluyente presentada después de la audiencia de juicio de 28 de marzo 2017, en reunión con el Superintendente de Control del Poder de Mercado y el equipo de abogados de la SCPM - les recordé que habíamos entregado un USB con documentación de RECAPT, escrito explicativo y anexos- en donde preocupado por lo que estaba sucediendo, les di a conocer que existía un peritaje informático del USP de Recapt (Fernando Colunga) con pruebas documentales de los actos colusorios y de los presuntos sobornos, durante toda la ejecución del contrato IESS-RECAPT y esa misma tarde se entregó un copia certificada de dicho peritaje. La pregunta obvia es ¿Quién proporcionó la prueba concluyente de los actos colusorios a la SCPM? La respuesta es el SERCOP (Ex INCOP). Y por qué esta prueba concluyente no consta en la resolución sancionatoria de 7 de septiembre de 2015? La respuesta podría ser porque eso vinculaba totalmente al SERCOP (ex INCOP) y al IESS en los actos colusorios de manera totalmente concluyente y entonces la multa al IESS por infracción muy grave debía ser de más de 500 millones de dólares que corresponde al 12% de los ingresos de 2014. Es decir la SCPM habría encubierto deliberadamente la CORRUPCION Y COLUSION y buscó la forma de desvincular de los actos colusorios al SERCOP y al IESS. Ahora bien: Por que el Tribunal Contencioso Administrativo, no menciona nada de la prueba concluyente de la colusión presentada por la SCPM en la audiencia de juicio? La respuesta es porque eso haría mucho más insostenible que a los jueces se les hubiera ocurrido dejar sin efecto la multa y resoluciones de 7 de septiembre de la SCPM. Ante tal escándalo jurídico de LEGALIZACION DE LA OCRRUPCION Y COLUSION, tanto la Superintendencia de Control del Poder de Mercado y la Procuraduría General del Estado y también Recapt interpusieron recursos de casación. Sala de Corte Nacional de lo Contencioso Administrativo ratificó la Colusión, el 19 de octubre de 2017, y deja en libertad a la SCPM de volver a multar a RECAPT; que de acuerdo a los nuevos elementos de hecho la multa debería ser superior 2,3 millones. Sin embargo este medio pidió conformación de la MULTA a la SCPM sin respuesta. El denunciante y perjudicado de todo este entramado de corrupción y colusion, es la empresa CRONIX Cia. Ltda, ha dirigido oficios a la SCPM pidiendo que se cumpla con la sentencia y la SCPM vuelva a multar a la
  • 13. Página 13 de 22 colusionada y según oficio No. de 12 de enero de 2018, y que dice que están trabajando desde antes del 30 octubre de 2017, es decir desde hace más de seis meses siguen trabajando en establecer la mueva multa a RECAPT: Con los nuevos elementos de hecho se ha presentado nueva denuncia de la Fiscalía En la nueva denuncia presentada Cronix , dice que por indicación expresa de la Sra. Fiscal, Dra. Elba Garzón Miñaca, quien se negó a recibir el escrito de reapertura de la Indagación Previa; y, que a su vez indicó que debían ingresar una nueva denuncia por Peculado, y en la misma se dice que el SERCOP ocultó y encubrió la prueba concluyente (que no consta en la resolución sancionatoria de los actos colusorios de la SCPM) presentada en juicio 17811-2016-01271 por parte de la SCPM: Los colusionados, RECAPT y SOLNET, ingresaron las ofertas y/o preguntas y/o convalidaciones en el proceso SIE-IESS-015-2011; quiere decir que el SERCOP, INCOP a la fecha del concurso denunciado 16 diciembre 2011, pudo detener la corrupción y colusión en ese momento, sin embargo lo ocultó por acción u omisión o por orden expresa de autoridad o funcionario; y, por tanto formó parte de dicha corrupción y colusión; sin embargo lo increíble es que en la sentencia de Tribunal Contencioso Administrativo no se hace referencia a la prueba concluyente y tampoco la sentencia de la sala de la Corte Nacional se refiere a la prueba concluyente. NUEVO CONCURSO DE 2014 (al Final de la Admiración de Fernando Cordero e inicio de la Administración de Hugo Villacrés) Dado que ya la Procuraduría General del Estado había demandado la nulidad del contrato IESS-RECAPT, en noviembre de 2013, y la SCPM había aceptado a trámite la denuncia por actos colusorios; el IESS, Fernando Cordero y anuncio que se haría cargo de la administración del Call Center y para ello RECAPT realizo “oferta de donación” de la infraestructura de call center al IESS y para ello se reunió con Francisco Vergara, Director General del IESS, y acordaron los términos; paralelamente Fernando Colunga realizaba los anuncios de esos acuerdos a los empleados de RECAPT; y no solo eso sino que acudió a reunirse con las máximas autoridades
  • 14. Página 14 de 22 de este país como informo y trasmitió vía Skype a los empleados de RECAPT y en la cual se realizó la transferencia de la fuerza laboral de los empleados de RECAPT al IESS; y además el IESS contrato a dedo a Fernando Colunga para que administre el call center del IESS. En este video, grabado el 4 de abril de 2014, fecha de terminación del contrato IESS-RECAPT, el mexicano Fernando Colunga de RECAPT se reúne con sus empleados y les informa que pasaran a formar parte del IESS después de la negociación que ha cerrado con el IESS; y por su parte la Directora general del IESS también confirma que desde el 5 de abril de 2014 la plantilla de teleoperadores para a firmar parte del IESS. El nivel de corrupción e influencia queda también evidenciado en este video cuando Colunga revela al inicio del video lo siguiente: “Anoche estuve con unas gentes de la Presidencia de la República hasta allá me fui, pero parece que he logrado que este cabrón no entre. Y digo parece porque ayer que hablamos estábamos en contacto dinero directo y bueno no puedo darles más nombres pero con las autoridades máximas de este País.” Afirmación de Fernando Colunga, video 4 de abril de 2014, Director Adjunto de Recapt. Se remitió la denuncia a la Secretaria de Transparencia, a la presidencia y vicepresidencia, pero como es usual lo ocultaron y encubrieron.
  • 15. Página 15 de 22 Se supone que los empleados de RECAPT pasaron al IESS desde el 5 de abril de 2014 hasta 5 de agosto de 2014, tiempo en el cual el IESS pago a Fernando Colunga, $1 861 981,29 por gerenciar el call center del IESS, según consta en el informe Nro. DADSySS-0002-2016, que es el segundo examen especial al contrato 64000000-1002-C del proceso sancionado por COLUSION. El segundo examen especial a la ejecución y pagos del Contrato entre IESS y RECAPT dice que existen los siguientes pagos en exceso, indebidos, sin sustento legal:
  • 16. Página 16 de 22 Paralelamente que el IESS realizó una convocatoria a un nuevo concurso en el 2014 con el numero SIE-IESS- 004-2014, y el informe de Contraloria DADSySS-0036-2017 dice: A este concurso se presentaron las siguientes ofertas:
  • 17. Página 17 de 22 El IESS comunicó por escrito a Cronix que realizara Visita In-Situ hasta el día 4 de Junio de 2014, sin embargo el IESS no realizó dicha visita in-situ; porque la Comisión Técnica se dio cuenta que Cronix (Consorcio INNOVA SALUD) era, en este concurso, la única empresa que cumplía todos los requisitos, y la comisión técnica sin ninguna explicación dio de baja el concurso; y una vez que revisaron la oferta de Cronix, introdujeron un requisito direccionado a descalificar a Cronix como lo señala el informe de Contraloría: Es decir una colusión permanente IESS-RECAPT; la Comisión Técnica, sin ningún sustento técnico recomendó dar de baja un concurso en el cual Cronix (Consorcio Innova Salud) debió ser proveedor único. Por otra Dado que RECAPT no cumplía con el patrimonio, dio de baja es concurso e inmediatamente convoca un nuevo concurso el Nro. SIE-IESS-005-2014; y al respecto el informe de Contraloría dice lo siguiente lo siguiente:
  • 18. Página 18 de 22 Y al respecto el Organismo de Control dice : En decir no cabe ninguna duda que se simuló el concurso SIE-IESS-005-2014; y se calificó a RECAPT que incumplió los Pliegos con el conocimiento y participación de la comisión técnica del concurso y las máximas autoridades del IESS. Queda probado que Cronix debió ser proveedor único en este concurso; de la misma firma que debió ser proveedor único en el concurso SIE-IESS-015-2011. TERCER CONCURSO 2016 (ADMINISTRACION DE RICHARD ESPINOSA) En el 2016, una vez terminado el segundo contrato IESS-RECAPT convoca un nuevo concurso LICBS-IESS-001- 2016, en el cual y a pesar de que RECAPT ya estaba sancionada por actos colusorios por la SCPM el 7 de septiembre de 2015, se le permitió participar, y convoca un primer concurso en modalidad licitación. La comisión Técnica realiza la visita In-situ a los oferentes, y una vez que se dan cuenta que Cronix es el único oferente que cumple con todos los requisitos; y nuevamente con abuso de la LOSNCP el IESS declara desierto este concurso en razón de que el consorcio PLUS CONTACT CENTER (Cronix) era el único proveedor que cumplía todos los requisitos. Realiza un segunda convocatoria con el numero LICBS-IESS-005-2016, el IESS no realiza la visita in-situ y nuevamente y se declara desierto.
  • 19. Página 19 de 22 En diciembre de 2016, realiza un tercer concurso SIE-IESS-048-2016, en el cual participan RECAPT, CRONIX (Consorcio Plus Contact Center) y SERVIPORTEX (Consorcio Flobe Group) formando parte de cada empresa de un consorcio. En este concurso el IESS no realizo la visita in-situ y calificó a los tres oferentes a la puja de la subasta inversa. Este concurso lo “gano” Serviportex es decir el consorcio Flobe Group, sin embargo de que dicha empresa y consorcio tenían inhabilidad general y debieron ser descalificados por incumplimiento de pliegos y además no cumplían con el patrimonio requerido como así lo evidencia el INFORME CONCLUYENTE DE INVESTIGACION Nro. 049-2016, del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social; evidencia que un miembro del Consorcio Flobe Group no tenía RUP y además que el consorcio no cumplía con el patrimonio requerido por tanto debió ser descalificado: Por tanto queda probado que Cronix debió ser proveedor único en este concurso también; porque RECAPT ya estaba sancionada debió se impedida de participar en contratación pública; y el Consorcio Flobe Group tenía inhabilidad general, y no cumplía con los pliegos, como prueba el Informe Concluyente de Investigación del CPCCS. Por tanto una vez más demostramos que el IESS por corrupción y en colusión permanente simulo estos concursos públicos con el interés de perjudicar a Cronix e impedir a como dé lugar que Cronix gane los concursos. Por increíble que parezca, RECAPT que fue calificada por la comisión técnica en este concurso, no ingreso ningún valor durante la puja de la subasta inversa; denunciamos este hecho en el SERCOP y fue ignorada esta denuncia que es contraria a la LOSNCP. “Gano” la puja una empresa que no debió ser calificada, Consorcio Flobe Group (Srviportex), como así lo evidencia el informe del CPCCS. De los documentos de los procesos fácilmente se puede concluir que en esta corrupción y colusión IESS- RECAPT-SOLNET se convirtió en COLUSION IESS-RECAPT-SOLNET-SERCOP (ex INCOP), DESPUES COLUSION
  • 20. Página 20 de 22 IESS-RECAPT-SOLNET-SERCOP-FISCALIA, y tristemente decir que incluso la SCPM ocultó la prueba concluyente y no la incluyó en la resolución de 7 de septiembre de 2015; y muy grave es que el Tribunal Contencioso no incluyó la prueba concluyente en la Sentencia y tampoco lo hizo el Tribunal de la Sala de la Corte Nacional de Justicia de lo Contencioso Administrativo, a pesar que el Juez preguntó a viva voz cual era la prueba de la colusión y la abogada de la SCPM respondió que los colusionados habían ingresado la ofertas desde la misma dirección IP, a lo cual el juez dijo que eso era gravísimo sin embargo lo omitió en la sentencia; que dice que la SCPM debe volver a multar a RECAPT. Pero ahí no queda la cosa, el mexicano Colunga a través de sus relaciones con las máximas autoridades del país, es o fue actualmente/recientemente proveedor del Banco Central del Ecuador y de BAN ECUADOR, violentando la LOSNCP a pesar de que estos actos fueron denunciados en el BCE , SERCOP, Presidencia de la República. ¿Cómo es posible a una empresa corrupta y corruptora como RECAPT se les permita seguir participando en Contratación Pública?; a este paso ya mismo habilitan a Odebrech y Caminosca en el SERCOP; solo sería un tema de llegar a la tarifa. Y para desgracia del país también es proveedor vía terceras empresas (Telser C3, CAN&T) de Banco Pichincha, Claro, Movistar. A nuestro criterio a quien debe multar es al IESS, como operador económico, porque queda evidenciado la corrupción y colusión continuada en cuatro administraciones realizadas con la clara intención de impedir que una empresa ecuatoriana gane el concurso y cuando ya debían declararle ganadora interpretaron la LOSNCP A su antojo y conveniencia. Francamente ESPELUZNATE como dice el señor presidente esta corrupción y colusión en el IESS. UNA VERGUENZA. Es decir, se ha encubierto deliberadamente la corrupción y colusión y presuntos sobornos en cuatro administraciones el IESS, de: Ramiro González, Fernando Cordero, Hugo Villacrés y Richard Espinoza que conoció la documentación de los presuntos sobornos. Esta corrupción la conoció desde el 2012 el ex presidente Correa y lo encubrió, e incluso existe un video con revelaciones de Fernando Colunga que vincula a “gentes” de la Presidencia de la Republica en esta corrupción; y la conoce desde junio de 2017 el Presidente Moreno quien deriva los oficios al Fiscal General del Estado, SERCOP, Ministerio de Justicia, Consejo de la Judicatura, IESS, sin ninguna acción concreta para combatir esta corrupción. EL CPCCS según art. 2 de la resolución debió remitir la Resolución junto con el Informe Concluyente de investigación Nro. 049-2016 a la Contraloría General del Estado, para que realice un examen especial a todo el periodo 2011- 2017 y determine las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales correspondientes. CONCLUSION: QUEDA ENTONCES PROBADO QUE LA CORRUPCION Y COLUSION ESTAN PERMITIDAS EN EL ECUADOR, por ahora. NUEVA DENUNCIA EN LA FISCALIA El día 20 de marzo de 2018, acudimos a la Fiscalía General del Estado al reconocimiento de firma y rúbrica de la nueva denuncia por peculado, y otros presuntos delitos. Y el día 4 de Abril acudimos a la fiscalía a rendir nuestra versión de los hechos en la Investigación Previa que dio inicio. Con oficio Nro. PE-2018-03-12-01 de 12 de marzo de 2018, ponemos en conocimiento del CPCCS de Transición en los siguientes términos:
  • 21. Página 21 de 22 En respuesta a nuestro pedido de ser recibidos por el CPCCS para explicar esta demencial corrupción en el IESS, el día 6 de abril nos recibió el Dr. Luis Macas a quien expusimos los hechos indicando además que incluso existe un resolución del Pleno de CPCCS Nro. PLE-CPCCS-895-24-01-2018-E de 24 de enero de 2018 emitida en base al INFORME CONCLUYENTE DE INVESTIGACION Nro. 049-2016, del CPCCS el mismo que prueba la existencia de actos de corrupción y colusión en todas la administraciones del IESS desde 2011, a saber: Ramiro González, Fernando Cordero, Hugo Villacrés y Richard Espinosa y prueba que dichos concursos fueron simulados con el propósito de perjudicar a Cronix que debió ser proveedor único en los concursos de 2011, 2014 y 2016; como también lo prueba los informes de Contraloría de los procesos de 2011 y 2014. Incluso este informe concluyente el CPCCS prueba el desacato al pronunciamientos de la Procuraduría General del Estado, con relación a concursos públicos; y que el IESS ha actuado en ejercicio de su autonomía violentando la Leyes de manera permanente; y los informes de Contraloría demuestran que el IESS incumplió la recomendaciones del Organismo de Control que son de carácter obligatorio; Es decir, sin que el Consejo Directivo del IESS ejerza su función principal de FISCALIZAR los actos de la administración del IESS; y por tanto conocieron, toleraron y encubrieron dicha corrupción y colusión permanente en el IESS. Cabe mencionar que el 5 de abril de 2016, denunciamos en la Superintendencia de Bancos y Seguros, pidiendo que Intervenga al IESS por todo el cumulo de irregularidades y violaciones a la Ley de Seguridad Social, LOSNCP y LORCPM por parte de la autoridades del IESS y dicho Organismo de Control, respondió el 31 de mayo de 2016 indicando que “… No compete a la Superintendencia de Bancos intervenir en proceso administrativos respecto de los cuales no tiene ámbito de control legalmente conferido”. (SIC) En conclusión queda demostrado y evidenciado que el IESS en ejercicio de su autonomía, según la ley de seguridad social, ha demostrado que puede hacer lo que le dé la gana a sus autoridades: No cumplir con las recomendaciones de Contraloría, no acatar los pronunciamientos de la Procuraduría, Ignorar las resoluciones de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado, detener la ejecución de la sentencia de nulidad de contrato del Tribunal Contencioso Administrativo, ignorar el Informe con Indicios de Responsabilidad Penal e incumplir sus recomendaciones, ocultar y encubrir actos de corrupción y colusión;
  • 22. Página 22 de 22 no impulsar procesos por peculado en la Fiscalía; simular los procesos de contratación pública en permanente colusión con empresas afines a los intereses de las autoridades y funcionarios del IESS. Graficos / Fotos