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El Peruano                                         UB
                                                        LICA DEL P
                                                                   E




                                                                            NORMAS LEGALES
                                              EP                       RU




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Jueves 8 de junio de 2006




              Director: Gerardo Barraza Soto                                                                     Lima, jueves 8 de junio de 2006




                                                                                             LICA DEL P
                                                                                        UB              ER
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                                                                               R




                                      Ministerio de Vivienda




                        REGLAMENTO
                            NACIONAL DE
                    EDIFICACIONES




                                 SEPARATA ESPECIAL
UB
                                                        LICA DEL P
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                                                                                                                                     El Peruano
                                                                               NORMAS LEGALES
                                              EP                       R
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          REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES
                                                                                  INDICE

                      TITULO I                                                                               TITULO III
                   GENERALIDADES                                                                          EDIFICACIONES

G.010      Consideraciones básicas                                                             CONSIDERACIONES GENERALES DE LAS
G.020      Principios generales                                                                         EDIFICACIONES
G.030      Derechos y responsabilidades
G.040      Definiciones                                                               GE.010     Alcances y contenido
G.050      Seguridad durante la construcción                                          GE.020     Componentes y características de los proyec-
                                                                                                 tos
                                                                                      GE.030     Calidad en la construcción
                     TITULO II                                                        GE.040     Uso y mantenimiento
             HABILITACIONES URBANAS
                                                                                      III.1.      ARQUITECTURA
        CONSIDERACIONES GENERALES DE LAS
                 HABILITACIONES                                                       A.010      Condiciones generales de diseño
                                                                                      A.020      Vivienda
GH.010    Alcances y contenido                                                        A.030      Hospedaje
GH.020    Componentes de Diseño Urbano                                                A.040      Educación
                                                                                      A.050      Salud
II.1.      TIPOS DE HABILITACIONES                                                    A.060      Industria
                                                                                      A.070      Comercio
TH.010    Habilitaciones residenciales                                                A.080      Oficinas
TH.020    Habilitaciones comerciales                                                  A.090      Servicios comunales
TH.030    Habilitaciones industriales                                                 A.100      Recreación y deportes
TH.040    Habilitaciones para usos especiales                                         A.110      Transportes y comunicaciones
TH.050    Habilitaciones en riberas y laderas                                         A.120      Accesibilidad para personas con discapacidad
TH.060    Reurbanización                                                              A.130      Requisitos de seguridad
                                                                                      A.140      Bienes culturales inmuebles y zonas monumen-
II.2.      COMPONENTES ESTRUCTURALES                                                             tales

CE.010    Aceras y pavimentos                                                         III.2.      ESTRUCTURAS
CE.020    Estabilización de suelos y taludes
CE.030    Obras especiales y complementarias                                          E.010      Madera
                                                                                      E.020      Cargas
II.3.      OBRAS DE SANEAMIENTO                                                       E.030      Diseño sismorresistente
                                                                                      E.040      Vidrio
OS.010    Captación y conducción de agua para consumo                                 E.050      Suelos y cimentaciones
          humano                                                                      E.060      Concreto armado
OS.020    Plantas de tratamiento de agua para consumo                                 E.070      Albañilería
          humano                                                                      E.080      Adobe
OS.030    Almacenamiento de agua para consumo huma-                                   E.090      Estructuras metálicas
          no
OS.040    Estaciones de bombeo de agua para consumo                                   III.3.     INSTALACIONES SANITARIAS
          humano
OS.050    Redes de distribución de agua para consumo                                  IS.010     Instalaciones sanitarias para edificaciones
          humano                                                                      IS.020     Tanques sépticos
OS.060    Drenaje pluvial urbano
OS.070    Redes de aguas residuales                                                   III.4.     INSTALACIONES ELECTRICAS Y MECÁNI-
OS.080    Estaciones de bombeo de aguas residuales                                               CAS
OS.090    Plantas de tratamiento de aguas residuales
OS.100    Consideraciones básicas de diseño de infraes-                               EM.010 Instalaciones eléctricas interiores
          tructura sanitaria                                                          EM.020 Instalaciones de comunicaciones
                                                                                      EM.030 Instalaciones de ventilación
II.4.      OBRAS DE SUMINISTRO DE ENERGIA Y CO-                                       EM.040 Instalaciones de gas
           MUNICACIONES                                                               EM.050 Instalaciones de climatización
                                                                                      EM.060 Chimeneas y hogares
EC.010    Redes de distribución de energía eléctrica                                  EM.070 Transporte mecánico
EC.020    Redes de alumbrado público                                                  EM.080 Instalaciones con energía solar
EC.030    Subestaciones eléctricas                                                    EM.090 Instalaciones con energía eólica
EC.040    Redes e instalaciones de comunicaciones                                     EM.100 Instalaciones de alto riesgo


                                Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia
                                www.construccion.org.pe / icg@icg.org.pe / Telefax : 421 - 7896
El Peruano                                              UB
                                                              LICA DEL P
                                                                         E




                                                                                  NORMAS LEGALES
                                                    EP                       RU




                                                                                                                                          320473
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 Jueves 8 de junio de 2006
                                                                                          d) Adecuación al entorno y protección del medio
                  TITULO I                                                              ambiente
               GENERALIDADES                                                                Adecuación al entorno, de manera que se integre a
                                                                                        las características de la zona de manera armónica.
                                                                                            Protección del medio ambiente, de manera que la
                                                                                        localización y el funcionamiento de las edificaciones no
                     NORMA G.010                                                        degraden el medio ambiente.

             CONSIDERACIONES BASICAS
    Articulo 1.- El Reglamento Nacional de Edificaciones                                                    NORMA G.020
tiene por objeto normar los criterios y requisitos mínimos
para el Diseño y ejecución de las Habilitaciones Urbanas                                               PRINCIPIOS GENERALES
y las Edificaciones, permitiendo de esta manera una me-
jor ejecución de los Planes Urbanos.                                                       Artículo 1.- Para cumplir con su objetivo, el presente
    Es la norma técnica rectora en el territorio nacional                               Reglamento Nacional de Edificaciones se basa en los si-
que establece los derechos y responsabilidades de los                                   guientes principios generales:
actores que intervienen en el proceso edificatorio, con el
fin de asegurar la calidad de la edificación.                                               a) De la Seguridad de las Personas
    Artículo 2.- El Reglamento Nacional de Edificaciones                                    Crear espacios adecuados para el desarrollo de las
es de aplicación obligatoria para quienes desarrollen pro-                              actividades humanas, buscando garantizar la salud, la
cesos de habilitación urbana y edificación en el ámbito                                 integridad y la vida de las personas que habitan una
nacional, cuyo resultado es de carácter permanente, pú-                                 edificación o concurren a los espacios públicos; así mis-
blico o privado.                                                                        mo, establece las condiciones que deben cumplir las
    Artículo 3.- Las Municipalidades Provinciales podrán                                estructuras y las instalaciones con la finalidad de redu-
formular Normas complementarias en función de las ca-                                   cir el impacto sobre las edificaciones y la infraestructu-
racterísticas geográficas y climáticas particulares y la rea-                           ra urbana, de los desastres naturales o los provocados
lidad cultural de su jurisdicción. Dichas normas deberán                                por las personas.
estar basadas en los aspectos normados en el presente                                       Brindar a las personas involucradas en el proceso de
Título, y concordadas con lo dispuesto en el presente                                   ejecución de las edificaciones, condiciones de seguridad
Reglamento.                                                                             suficientes para garantizar su integridad física.
    Artículo 4.- El Reglamento Nacional de Edificaciones
comprende tres títulos.                                                                     b) De la Calidad de Vida
                                                                                            Lograr un hábitat urbano sostenible, capaz de otorgar
    El Título Primero norma las Generalidades y constitu-                               a los habitantes de la ciudad espacios que reúnan condi-
ye la base introductoria a las normas contenidas en los                                 ciones que les permitan desarrollarse integralmente tanto
dos Títulos siguientes.                                                                 en el plano físico como espiritual.
    El Título Segundo norma las Habilitaciones Urbanas y                                    Garantizar la ocupación eficiente y sostenible del terri-
contiene las normas referidas a los tipos de habilitacio-                               torio con el fin de mejorar su valor en beneficio de la co-
nes, los componentes estructurales, las obras de sanea-                                 munidad.
miento y las obras de suministro de energía y comunica-                                     El suelo para ser usado en actividades urbanas debe
ciones.                                                                                 habilitarse con vías y contar con los servicios básicos de
    El Título Tercero norma las Edificaciones y compren-                                agua, desagüe, electrificación y comunicaciones, que ga-
de las normas referidas a arquitectura, estructuras, ins-                               ranticen el uso óptimo de las edificaciones y los espacios
talaciones sanitarias e instalaciones eléctricas y me-                                  urbanos circundantes.
cánicas.                                                                                    Proponer el empleo de tecnologías capaces de apor-
                                                                                        tar soluciones que incrementen el bienestar de las per-
   Artículo 5.- Para garantizar la seguridad de las per-                                sonas.
sonas, la calidad de vida y la protección del medio am-                                     Reconocer el fenómeno de la globalización como ve-
biente, las habilitaciones urbanas y edificaciones debe-                                hículo de conocimiento en la búsqueda de respuestas a
rán proyectarse y construirse, satisfaciendo las siguien-                               los problemas de las ciudades.
tes condiciones:
                                                                                           c) De la seguridad jurídica
   a) Seguridad:                                                                           Promueve y respeta el principio de legalidad y la jerar-
                                                                                        quía de las normas, con arreglo a la Constitución y el De-
    Seguridad estructural, de manera que se garantice                                   recho.
la permanencia y la estabilidad de sus estructuras.                                        Las autoridades que intervienen en los procedimien-
    Seguridad en caso de siniestros, de manera que las                                  tos de Habilitación Urbana y de Edificación, lo harán
personas puedan evacuar las edificaciones en condicio-                                  sin discriminación entre los administrados, otorgándo-
nes seguras en casos de emergencia, cuenten con siste-                                  les trato igualitario y resolviendo conforme al ordena-
mas contra incendio y permitan la actuación de los equi-                                miento jurídico.
pos de rescate.
    Seguridad de uso, de manera que en su uso cotidia-                                      d) De la subordinación del interés personal al inte-
no en condiciones normales, no exista riesgo de acciden-                                rés general
tes para las personas.                                                                      La ejecución de las Habilitaciones Urbanas y las Edi-
                                                                                        ficaciones deben considerar el interés general sobre el
   b) Funcionalidad:                                                                    interés personal, a fin de lograr un desarrollo urbano
                                                                                        armónico que respete los derechos adquiridos de las
    Uso, de modo que las dimensiones y disposición                                      personas.
de los espacios, así como la dotación de las instalacio-
nes y equipamiento, posibiliten la adecuada realización                                    e) Del diseño universal
de las funciones para las que está proyectada la edifi-                                    Promueve que las habilitaciones y edificaciones sean
cación.                                                                                 aptas para el mayor número posible de personas, sin ne-
    Accesibilidad, de manera que permitan el acceso y                                   cesidad de adaptaciones ni de un diseño especializado,
circulación a las personas con discapacidad                                             generando así ambientes utilizables equitativamente, en
                                                                                        forma segura y autónoma
   c) Habitabilidad:
    Salubridad e higiene, de manera que aseguren la                                                         NORMA G.030
salud, integridad y confort de las personas.
    Protección térmica y sonora, de manera que la tem-                                           DERECHOS Y RESPONSABILIDADES
peratura interior y el ruido que se perciba en ellas, no atente
contra el confort y la salud de las personas permitiéndo-                                  Artículo 1.- Los actores del Proceso de la Edifica-
les realizar satisfactoriamente sus actividades.                                        ción que intervienen como personas naturales o jurídi-

                                Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia
                                www.construccion.org.pe / icg@icg.org.pe / Telefax : 421 - 7896
UB
                                                            LICA DEL P
                                                                       E




                                                                                                                                         El Peruano
                                                                                   NORMAS LEGALES
                                                  EP                       R
                                                                               U




 320474
                                              R




                                                                                                                           Jueves 8 de junio de 2006
cas, instituciones y entidades públicas o privadas, son                                       d) Responder ante los clientes o usuarios finales, por
los siguientes: El Propietario, El Promotor Inmobiliario,                                 los daños que pudieran existir en la edificación, dentro de
los Profesionales Responsables del Proyecto, las Per-                                     los plazos establecidos
sonas Responsables de la Construcción, las Municipa-                                          e) Entregar al cliente final, la documentación com-
lidades, las Personas Responsables de la Revisión de                                      pleta relativa a la individualización de su derecho de
Proyectos, y el Ministerio de Vivienda, Construcción y                                    propiedad.
Saneamiento. Sus derechos y responsabilidades están
determinados por lo dispuesto en la presente norma, la
Ley del Procedimiento Administrativo General, el Códi-                                                    CAPITULO III
go Civil, el Código Penal, y las demás disposiciones                                        DE LOS PROFESIONALES RESPONSABLES DEL
que le sean aplicables; así como por lo pactado en el                                                      PROYECTO
Contrato que acuerda su intervención.
                                                                                                           SUB-CAPITULO I
                                                                                                      DISPOSICIONES GENERALES
                      CAPITULO I
                   DEL PROPIETARIO                                                            Artículo 10.- El diseño de los proyectos de edificación
                                                                                          y habilitación urbana, así como la definición de las carac-
   Articulo 2.- Es la persona natural o jurídica, pública                                 terísticas de sus componentes, es de responsabilidad del
o privada, a cuyo nombre se encuentra inscrita en el                                      profesional que lo elabora, según su especialidad. El pro-
Registro de la propiedad, el predio sobre el que se pre-                                  yecto debe cumplir con los objetivos de las normas del
tende efectuar una obra de habilitación urbana o edifi-                                   presente Reglamento.
cación.                                                                                       Articulo 11.- Los Profesionales Responsables del Pro-
   Artículo 3.- Es responsabilidad del propietario:                                       yecto son aquellos que están legalmente autorizados a
                                                                                          ejercer su Profesión e inscritos en el correspondiente
    a) Explicar a los Profesionales Responsables del pro-                                 Colegio Profesional. Para ello deben incluir en el expe-
yecto, las características cualitativas y cuantitativas de sus                            diente técnico el documento con el que acreditan que se
necesidades y requerimientos desde los puntos de vista                                    encuentran habilitados para ejercer la Profesión, el cual
técnico y económico, a fin de que éstos las conozcan y                                    debe haber sido emitido por el Colegio Profesional al que
las tengan presentes.                                                                     pertenecen.
    b) Facilitar la documentación relacionada con el inmue-                                   Según su especialidad serán: el Arquitecto, para el Pro-
ble donde se ejecutará la edificación.                                                    yecto de Arquitectura; el Ingeniero Civil, para el Proyecto
    c) Absolver las consultas realizadas por los Profesio-                                de Estructuras; el Ingeniero Sanitario, para el Proyecto de
nales Responsables del Proyecto.                                                          Instalaciones Sanitarias; el Ingeniero Electricista o elec-
                                                                                          tromecánico para el Proyecto de Instalaciones Eléctricas
    Artículo 4.- Para la realización de trámites adminis-                                 y Electromecánicas.
trativos en los que sea requerido, el Propietario deberá                                      En caso se requieran proyectos especializados
acreditar su calidad de tal mediante la presentación de                                   como gas, seguridad integral, redes de información y
la Escritura o copia simple de la Inscripción del Inmue-                                  otros, se requerirá la participación del profesional es-
ble a su favor, sobre el que se ejecutará la habilitación                                 pecialista.
urbana o la edificación. También lo puede hacer median-                                       Artículo 12.- Los profesionales responsables del Pro-
te una Minuta de Compra-Venta del Inmueble, con firma                                     yecto deben cumplir con:
legalizada por Notario; los que tendrán plena validez
mientras no se demuestre que la propiedad esta Inscrita                                      a) Tener Título Profesional en la especialidad corres-
a nombre de un tercero o exista una Compra-Venta más                                      pondiente.
reciente.                                                                                    b) Acreditar, por el Colegio Profesional al que perte-
    Artículo 5.- El Propietario deberá firmar los planos                                  necen, que se encuentran habilitados para ejercer la
y demás documentos del Expediente Técnico, conjun-                                        Profesión.
tamente con el Profesional Responsable de cada espe-                                         c) Las normas y reglamentos vigentes, en la ejecución
cialidad.                                                                                 de sus servicios profesionales.
    Artículo 6.- El Propietario puede reemplazar a los Pro-                                  d) Prestar personalmente sus servicios profesionales
fesionales Responsables del Proyecto, por otros profe-                                    por los trabajos contratados.
sionales, en cuyo caso no podrá hacer uso de la docu-                                        e) Las obligaciones pactadas en el Contrato.
mentación técnica elaborada por el profesional sustituido,
salvo autorización expresa de éste.                                                           Artículo 13.- Los profesionales responsables deben
    Artículo 7.- El Propietario podrá encargar la ejecu-                                  firmar los planos, especificaciones y demás documentos
ción de proyectos de ampliación, remodelación o refac-                                    de los cuales son autores, y que hayan elaborado como
ción a profesionales distintos a los responsables del                                     parte del expediente técnico.
proyecto original.                                                                            Artículo 14.- Son responsables por las deficiencias y
    Artículo 8.- El Propietario está obligado a conservar                                 errores, así como por el incumplimiento de las normas
la edificación en buenas condiciones de seguridad e hi-                                   reglamentarias en que hayan incurrido en la elaboración
giene, a no destinarla a usos distintos a los permitidos o                                y ejecución del proyecto.
realizar modificaciones sin obtener la licencia de obra                                       Artículo 15.- Las personas jurídicas constituidas
cuando se requiera.                                                                       como empresas de proyectos, son solidariamente res-
                                                                                          ponsables con el Profesional Responsable del Proyec-
                                                                                          to, respecto de las consecuencias que se deriven de
                   CAPITULO II                                                            errores u omisiones en los cálculos, dimensiones y com-
            DEL PROMOTOR INMOBILIARIO                                                     ponentes de la obra, o en las especificaciones técni-
                                                                                          cas.
     Articulo 9.- Es la persona natural o jurídica, pública                                   Artículo 16.- Los Profesionales Responsables del Pro-
o privada, que de manera individual o en asociación con                                   yecto, tienen derecho a supervisar la ejecución de las
terceros, identifica oportunidades de inversión, obtiene                                  obras que proyecten, con el fin de verificar que se está
el financiamiento, ejecuta la obra directamente o bajo                                    cumpliendo con los diseños y especificaciones estableci-
contrato con terceros, administra, promueve y comer-                                      das por ellos, existiendo o no un contrato específico so-
cializa una edificación, para la posterior venta o alquiler                               bre la materia.
a terceros
     Para el desarrollo de su actividad, el promotor inmobi-
liario deberá contar con lo siguiente:                                                                     SUB-CAPITULO II
                                                                                                      DEL GERENTE DE PROYECTO
    a) Tener la titularidad del terreno sobre el que se
ejecutará la edificación o tener un derecho que lo facul-                                    Artículo 17.- Es la persona natural o jurídica que, cuan-
te a ello.                                                                                do sea necesario por la magnitud del Proyecto, se encar-
    b) Cumplir con las responsabilidades señaladas en el                                  ga de administrar la ejecución del mismo en todas sus
Capitulo I, para el propietario                                                           etapas.
    c) Obtener las licencias y autorizaciones necesarias                                     Artículo 18.- Es responsabilidad del Gerente de Pro-
para la ejecución de la edificación                                                       yecto:

                                  Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia
                                  www.construccion.org.pe / icg@icg.org.pe / Telefax : 421 - 7896
El Peruano                                            UB
                                                            LICA DEL P
                                                                       E




                                                                                NORMAS LEGALES
                                                  EP                       RU




                                                                                                                                        320475
                                              R




 Jueves 8 de junio de 2006
    a) Tener Título Profesional, capacitación y experiencia                                              SUB-CAPITULO II
suficientes para asumir la gerencia del Proyecto.                                                       DEL CONSTRUCTOR
    b) Encontrarse habilitado para ejercer la profesión,
acreditado por el Colegio Profesional al que pertenece.                                  Artículo 24.- La realización de una Habilitación Urba-
    c) Disponer de profesionales calificados para los dife-                           na o Edificación deberá estar a cargo de un Constructor,
rentes procesos que incluirá el desarrollo del Proyecto.                              que puede ser una persona natural o jurídica.
    d) Resolver las contingencias que se produzcan en el                                 Artículo 25.- Es responsabilidad del Constructor:
desarrollo del Proyecto.
    e) Definir las eventuales modificaciones del Proyecto,                                a) Ejecutar la obra con sujeción al proyecto y a las
que sean exigidas por el proceso de supervisión, revisión                             normas vigentes.
o aprobación de alguna de las etapas del mismo.                                           b) Disponer de la organización e infraestructura que
                                                                                      garantice el logro de las metas de la obra.
                                                                                          c) Designar al profesional responsable de la construc-
                   SUB-CAPITULO III                                                   ción que asumirá la representación técnica del construc-
                                                                                      tor en la obra.
                   DEL ARQUITECTO                                                         d) Asignar a la obra los medios humanos y materiales
                                                                                      suficientes para culminar los trabajos dentro del plazo del
   Artículo 19.- El Arquitecto es el responsable del Di-                              Contrato, del presupuesto aprobado y con el nivel de cali-
seño Arquitectónico de la Edificación, el cual compren-                               dad requerido.
de: La calidad arquitectónica, los cálculos de áreas, las                                 e) Formalizar las subcontrataciones de partes e insta-
dimensiones de los componentes arquitectónicos, las es-                               laciones de la obra dentro de los límites pactados en el
pecificaciones técnicas del Proyecto Arquitectónico, los                              Contrato.
acabados de la obra, el cumplimiento de los parámetros                                    f) Entregar al cliente la información documentada so-
urbanísticos y edificatorios exigibles para edificar en el                            bre los trabajos ejecutados.
inmueble correspondiente. Asimismo, es el responsable
de que sus planos, y los elaborados por los otros profe-                                  Artículo 26.- El Constructor es responsable por las
sionales responsables del Proyecto, sean compatibles                                  fallas, errores o defectos de la construcción, incluyendo
entre sí.                                                                             las obras ejecutadas por subcontratistas y por el uso de
                                                                                      materiales o insumos defectuosos; sin perjuicio de las
                                                                                      acciones legales que pueda interponer a su vez en contra
                  SUB-CAPITULO IV                                                     de los proveedores, fabricantes o subcontratistas.
                 DEL INGENIERO CIVIL                                                      Artículo 27.- Las personas jurídicas que presten el
                                                                                      servicio de construcción son solidariamente responsa-
                                                                                      bles con los profesionales designados por ellos para
    Artículo 20.- El Ingeniero Civil es el responsable del                            representarlos.
Diseño Estructural de una Edificación, el cual compren-
de: Los cálculos, las dimensiones de los componentes es-
tructurales, las especificaciones técnicas del Proyecto Es-                                         SUB-CAPITULO III
tructural, y las consideraciones de diseño sismorresisten-
te. Asimismo es responsable de la correspondencia de su                                  DEL PROFESIONAL RESPONSABLE DE OBRA
proyecto de estructuras con el Estudio de Suelos del in-
mueble materia de la ejecución del Proyecto. Este estu-                                   Artículo 28.- Las obras de edificación y habilitación
dio, a su vez, es de responsabilidad del Ingeniero que lo                             urbana requieren la designación de un Profesional Res-
suscribe.                                                                             ponsable de Obra, cuya ejecución realizará directamen-
                                                                                      te. Es responsable de dirigir la obra asegurándose que la
                                                                                      ejecución de la misma, se realice de conformidad con el
              SUB-CAPITULO V                                                          proyecto aprobado y la licencia respectiva, y cumpla con
                                                                                      lo normado en el presente Reglamento.
DE LOS INGENIEROS SANITARIO, ELECTRICISTA Y                                               No se requiere profesional responsable cuando se tra-
            ELECTROMECÁNICO
                                                                                      te de la ejecución de obras que no requieren Licencia de
                                                                                      Obra, en cuyo caso el responsable será el Propietario.
     Artículo 21.- El Ingeniero Sanitario, el Ingeniero Elec-                             Artículo 29.- El Profesional Responsable de Obra debe
tricista, el Ingeniero Electromecánico y demás Ingenieros                             tener Título Profesional de Arquitecto o de Ingeniero Civil
especialistas, son responsables del Diseño de la Instala-                             colegiado y contar con un certificado de habilitación pro-
ción que le corresponda según su especialidad, los cua-                               fesional vigente.
les comprenden: Los cálculos, las dimensiones de los                                      En el caso de obras de carácter especializado como:
componentes y especificaciones técnicas del Proyecto de                               Redes de saneamiento o electrificación, instalaciones in-
su especialidad.                                                                      dustriales y montaje, túneles, puentes y demás obras de
     Asimismo son responsables de que sus respectivos                                 ingeniería pesada, el Profesional Responsable deberá con-
proyectos se adecuen a las características de las redes                               tar con la especialización correspondiente.
públicas, a la factibilidad de los servicios, y a las normas                              Artículo 30.- Es obligación del Profesional Responsa-
técnicas vigentes.                                                                    ble de Obra:
                                                                                          a) Administrar los procesos constructivos y cumplir con
                CAPITULO IV                                                           las pruebas, controles, ensayos e inspecciones necesa-
                                                                                      rios para ejecutar las obras aprobadas.
    DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LA                                                    b) Formalizar las subcontrataciones de partes e insta-
               CONSTRUCCIÓN
                                                                                      laciones de la obra dentro de los límites pactados en el
                                                                                      Contrato.
                  SUB-CAPITULO I                                                          c) Firmar las actas de inicio y de entrega de la obra.
             DISPOSICIONES GENERALES
                                                                                          d) Resolver las contingencias que se produzcan en la
                                                                                      ejecución de la obra.
    Artículo 22.- Son responsables las personas natura-                                   e) Solicitar al cliente la aclaración de los aspectos am-
les o jurídicas que están directa o indirectamente ligadas                            biguos o incompatibles entre planos o entre estos y la es-
con el Proceso de la Construcción. Participan en la: Eje-                             pecificaciones.
cución, provisión de bienes y servicios, subcontratación                                  f) Cumplir con las disposiciones relacionadas con los
de bienes y servicios, y supervisión de la obra.                                      cambios o respuestas a consultas sobre cualquier aspec-
    Artículo 23.- Las personas responsables de la Cons-                               to de la obra.
trucción deben cumplir con:                                                               g) Cumplir con los requisitos de calidad pactados en
                                                                                      el Contrato y establecidos en el Proyecto.
   a) Demostrar capacidad suficiente para ejecutar las res-                               h) Cumplir con los códigos, normas, y reglamentos que
ponsabilidades asumidas según su especialidad.                                        son aplicables a la obra.
   b) Aplicar las normas y reglamentos vigentes.                                          i) Verificar la recepción, en la misma obra, de los pro-
   c) Respetar las obligaciones pactadas en su respecti-                              ductos que serán incorporados en la construcción, orde-
vo Contrato.                                                                          nando la realización de ensayos y pruebas.

                               Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia
                               www.construccion.org.pe / icg@icg.org.pe / Telefax : 421 - 7896
UB
                                                            LICA DEL P
                                                                       E




                                                                                                                                         El Peruano
                                                                                   NORMAS LEGALES
                                                  EP                       R
                                                                               U




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                                              R




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    j) Dirigir la obra comprobando la participación de per-                                                 SUB-CAPITULO V
sonal calificado y preparado para asumir los procesos asig-                                               DEL SUBCONTRATISTA
nados de la construcción.
    k) Elaborar y organizar la información sobre los proce-                                  Artículo 37.- Es responsabilidad del Subcontratista:
sos empleados durante la ejecución de la construcción.
    l) Planear y supervisar las medidas de seguridad del                                      a) Cumplir lo pactado en el Subcontrato para la ejecu-
personal y de terceras personas en la obra, así como de                                   ción de los trabajos comprometidos.
los vecinos y usuarios de la vía pública.                                                     b) Aclarar con el Profesional Responsable de Obra,
    m) Elaborar y entregar al propietario o a su represen-                                aquellos aspectos que sean imprecisos.
tante, al término de la construcción, los manuales de ope-                                    c) Elaborar y completar los registros que demuestren
ración y mantenimiento, así como los manuales de los                                      objetivamente el cumplimiento de los requisitos pactados
equipos incorporados a la obra.                                                           en el Subcontrato.
                                                                                              d) Informarse de las características de calidad del ser-
    Artículo 31.- Si al momento de solicitarse la licencia                                vicio, insumos, recursos, y producto terminado solicitado.
de habilitación urbana o de obra, no se hubiera designa-                                      e) Demostrar que está calificado y cumplirá con los
do al Profesional Responsable de la Obra, éste deberá                                     requisitos establecidos en el Contrato Principal.
ser acreditado antes del inicio de la obra.                                                   f) Asesorar a su cliente en todo lo relacionado a las
    Artículo 32.- El Profesional Responsable puede ser                                    pruebas, ensayos, compromiso y otros que aseguren la
sustituido por otro profesional. Esta designación debe                                    calidad del servicio y/o producto solicitado.
ser puesta en conocimiento de la Municipalidad res-                                           g) Cumplir con los códigos, reglamentos y normas vi-
pectiva.                                                                                  gentes, aplicables al objeto del contrato.
    Artículo 33.- Durante la ejecución de obras de edifi-
cación se deberá llevar un Cuaderno de Obra.
    El Cuaderno de Obra es un documento con páginas                                                        SUB-CAPITULO VI
numeradas que se mantiene en ésta durante su ejecu-                                                    DEL SUPERVISOR DE OBRA
ción, y en el cual se consignan las instrucciones y ob-
servaciones a la obra formuladas por los profesionales                                        Artículo 38.- En los casos de obras públicas o cuando
responsables de las diversas especialidades del pro-                                      el propietario lo estime conveniente, se designará un Su-
yecto, el responsable de la obra, el supervisor técnico,                                  pervisor de Obra, cuya función es la de verificar que la
y los inspectores de los organismos que autorizan las                                     obra se ejecute conforme a los proyectos aprobados, se
instalaciones.                                                                            sigan procesos constructivos acordes con la naturaleza
    Artículo 34.- Es obligación del Profesional Responsa-                                 de la obra, y se cumpla con los plazos y costos previstos
ble de la Obra llevar, mantener actualizado y firmar el Cua-                              en el contrato de obra.
derno de Obra. Al inicio de la obra en este documento                                         Artículo 39.- El Supervisor de Obra será un profesio-
deberá constar la siguiente información:                                                  nal especializado en la materia que va a supervisar, y po-
                                                                                          drá ser uno de los Profesionales Responsables del Pro-
   a) Nombre de la Obra.                                                                  yecto.
   b) Número y fecha de la Licencia de Obra.                                                  Artículo 40.- Es responsabilidad del Supervisor de
                                                                                          Obra:
   c) Nombre del Propietario.
   d) Nombre del Arquitecto.
   e) Nombre del Ingeniero Estructural.                                                       a) Revisar la documentación del Proyecto elaborado
                                                                                          por los profesionales responsables del mismo, con la fi-
   f) Nombre del Ingeniero Sanitario.                                                     nalidad de planificar y asistir preventivamente al propieta-
   g) Nombre del Ingeniero Electricista.
   h) Nombre del Supervisor.                                                              rio o a quien lo contrate.
                                                                                              b) Revisar la calificación del personal del Contratista,
   i) Nombre del Constructor.                                                             Proveedor o Subcontratistas que participen en el Proyec-
   j) Nombre del Profesional Responsable de la Obra.
                                                                                          to de Construcción.
                                                                                              c) Asegurar la ejecución de las pruebas, controles y
    Cuando alguna de las personas antes indicadas, efec-                                  ensayos, previstos en las especificaciones del Proyecto.
túe alguna anotación en el Cuaderno de Obra, éstas de-                                        d) Emitir reportes que señalen el grado de cumplimiento
berán quedar firmadas, fechadas e identificadas con el                                    de los requisitos especificados en la documentación del
nombre de la persona que las realiza.                                                     Proyecto.
    Artículo 35.- Si durante la construcción cambiara al-                                     e) Participar en el proceso de recepción de las etapas
guno de los participantes que figura en la página inicial                                 del Proyecto a nombre del propietario.
del cuaderno de obra, se deberá dejar constancia de ello.
    Se deberá anotar los incidentes más importantes rela-
tivos a la construcción, así como las indicaciones que rea-
licen los proyectistas, el propietario, el supervisor y el ins-                                               CAPITULO IV
                                                                                                        DE LAS MUNICIPALIDADES
pector municipal.
    Se deberá mantener en la obra, el original del Cuader-
no de Obra y entregar una copia al Inspector Municipal                                       Artículo 41.- Las Municipalidades son responsables
para su archivo.                                                                          de lo siguiente:
                                                                                              a) Contar con los instrumentos de planificación que
                    SUB-CAPITULO IV                                                       definan los parámetros urbanísticos y edificatorios. En caso
                                                                                          de no tenerlos, deberán priorizar su elaboración y apro-
                    DEL PROVEEDOR                                                         bación.
                                                                                              b) Poner a disposición de los propietarios de predios,
   Artículo 36.- Es responsabilidad del Proveedor:                                        de los profesionales responsables de los proyectos, y del
                                                                                          público en general, por cualquier medio factible de com-
    a) Demostrar que está calificado y que su producto                                    probación, los instrumentos técnicos de planificación, edi-
cumple con los requisitos establecidos en las especifica-                                 ficación, y administrativos que correspondan a las Habili-
ciones técnicas.                                                                          taciones Urbanas y Edificaciones.
    b) Informarse sobre las características de calidad                                        c) Dar celeridad y simplificar administrativamente los
del servicio, insumos, recursos y producto terminado                                      tramites de consultas y autorizaciones de Habilitaciones
solicitado.                                                                               Urbanas y Edificaciones para lo que deberán contar con
    c) Informarse de las especificaciones técnicas, có-                                   personal capacitado para ejercer las funciones técnicas y
digos o normas técnicas aplicables al producto solici-                                    administrativas que correspondan, pudiendo delegar o
tado.                                                                                     tercerizar estas funciones.
    d) Informarse y comunicar al constructor que cumplirá                                     d) Emitir los certificados de parámetros urbanísticos y
con los controles, pruebas y ensayos aplicables a su pro-                                 edificatorios.
ducto o servicio.                                                                             e) Otorgar las autorizaciones para la ejecución de las
    e) Asistir al cliente en el uso y mantenimiento del pro-                              obras de Habilitación Urbana y de Edificación, de acuer-
ducto o servicio entregado.                                                               do con lo que dictaminen las Comisiones calificadoras de
    f) Ofrecer garantías sobre sus productos.                                             proyectos o de quién cumpla sus funciones.

                                   Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia
                                   www.construccion.org.pe / icg@icg.org.pe / Telefax : 421 - 7896
El Peruano                                            UB
                                                            LICA DEL P
                                                                       E




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                                                  EP                       RU




                                                                                                                                        320477
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 Jueves 8 de junio de 2006
    f) Suspender las autorizaciones para la ejecución de                                 b) Interpreta las normas técnicas contenidas en el pre-
las obras de Habilitación Urbana y de Edificación, úni-                               sente Reglamento.
camente en los casos en que se verifique plenamente
que esta fue expedida contraviniendo disposiciones vi-
gentes.                                                                                                 CAPITULO VII
    g) Fijar los requisitos a que deberán sujetarse las obras
en lo referente al uso de la vía pública, horario de trabajo,                                DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES
instalaciones provisionales, ingreso y salida de materia-
les y condiciones para la protección del medio ambiente.                                  Artículo 47.- Los actores del Proceso de la Edifica-
    h) Ordenar la paralización de las obras que no es-                                ción, personas naturales o jurídicas, o las entidades pú-
tén ejecutando de acuerdo a los proyectos aprobados y                                 blicas que intervienen en el mismo, sin sujeción a las
licencias otorgadas y exigir las correcciones correspon-                              disposiciones previstas en el presente Reglamento, in-
dientes.                                                                              currirán en violación del Código de Ética Profesional y
    i) Designar Inspectores Técnicos Municipales, los cua-                            deberán ser sancionados por sus respectivos Colegios
les se encargan de efectuar el Control Urbano.                                        Profesionales, sin perjuicio de las sanciones que se en-
    j) Inspeccionar las obras que se ejecuten en su juris-                            cuentren normadas en la legislación administrativa, civil
dicción, por medio de profesionales calificados, verifican-                           y penal.
do el cumplimiento de los proyectos aprobados.                                            Artículo 48.- Las infracciones al presente Reglamen-
    k) Comprobar, que el Proyecto ha sido ejecutado de                                to, así como las sanciones que en consecuencia corres-
acuerdo con los planos y especificaciones aprobados en                                pondan imponer, serán determinadas por las Municipali-
la oportunidad en que fue otorgada la licencia de Habili-                             dades en cuya jurisdicción se encuentre la Habilitación
tación Urbana o de Edificación, según corresponda. En                                 Urbana o la Edificación, las mismas que deben quedar
caso de ser así, emitirá la Resolución de Recepción de                                establecidas en su correspondiente Reglamento de San-
obras de habilitación urbana o el Certificado de Finaliza-                            ciones y en su Texto Único de Procedimientos Adminis-
ción de obra.                                                                         trativos.
    l) Ordenar y ejecutar la demolición parcial o total de                                Artículo 49.- Sin perjuicio de lo indicado en el artículo
una obra en los casos en que exista discrepancia no sub-                              anterior, se consideran infracciones las siguientes:
sanable con el Proyecto aprobado.
    m) Dar mantenimiento a los espacios públicos y a las                                  a) La ejecución de una obra en contravención con lo
edificaciones que les corresponda administrar.                                        normado en el presente Reglamento.
    n) Supervisar el adecuado uso y mantenimiento de las                                  b) La ejecución de una obra sin la licencia respectiva.
edificaciones.                                                                            c) La adulteración de los planos, especificaciones y
    o) Hacer cumplir las normas del presente Reglamento.                              demás documentos de una obra, que hayan sido pre-
                                                                                      viamente aprobados por la Municipalidad respectiva.
                                                                                          d) El incumplimiento, por parte del Propietario o de
                 CAPITULO V                                                           cualquier Profesional responsable, de las instrucciones
    DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LA                                                o resoluciones emanadas de la Municipalidad en cuya
           REVISION DE PROYECTOS                                                      jurisdicción se encuentre la habilitación urbana o la edi-
                                                                                      ficación.
    Artículo 42.- Los funcionarios, servidores públicos y                                 e) Negar el acceso a la obra al Inspector Técnico Mu-
las Comisiones Técnicas Municipales son las encargadas                                nicipal.
de verificar el cumplimiento de las normas en los proyec-                                 f) Cambiar el uso de una edificación sin la correspon-
tos de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones.                                        diente autorización.
    En los distritos donde no existan Comisiones Técni-                                   g) La inexistencia de un Profesional Responsable de
cas constituidas por delegados de los Colegios Profe-                                 Obra.
sionales e instituciones, se podrá hacer convenios con                                    h) La inexistencia del Cuaderno de Obra, o el incum-
otras municipalidades cercanas para constituirlas con-                                plimiento de las instrucciones indicadas en el mismo por
juntamente.                                                                           el Inspector Municipal, sin la debida justificación.
    Artículo 43.- Las personas responsables de la revi-                                   i) El empleo de materiales defectuosos.
sión de proyectos deberán tener título profesional en la                                  j) Autorizar y/o ejecutar edificaciones en áreas ur-
especialidad y demostrar experiencia y conocimiento en                                banas, que no cuenten con Habilitación Urbana au-
aspectos técnicos y normativos suficientes para el des-                               torizada.
empeño de sus funciones.                                                                  k) Toda acción u omisión que contravenga las normas
    Artículo 44.- Las personas responsables de la re-                                 sobre accesibilidad para personas con discapacidad. En
visión de proyectos no podrán intervenir en la evalua-                                este caso es de aplicación lo dispuesto por la Ley Nº
ción de un Proyecto en el que hayan participado como                                  27920.
Profesional Responsable del Proyecto, Profesional Res-
ponsable de la Obra, Supervisor, Constructor o Pro-
pietario.                                                                                           CAPITULO VIII
    Artículo 45.- Los miembros de las Comisiones Técni-
cas, desde su condición de integrantes de este cuerpo                                  DE LAS RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVA,
                                                                                                    CIVIL Y PENAL
colegiado, son responsables de los dictámenes que emi-
ten, con sujeción a las normas contenidas en el presente
Reglamento, al Plan Urbano, y las disposiciones legales                                   Artículo 50.- Las responsabilidades de los actores
que competen a la ejecución de Habilitaciones Urbanas y                               participantes en cada una de las etapas de un Proyecto,
de edificaciones.                                                                     pueden ser de carácter Administrativo, Civil y/o Penal, las
                                                                                      que pueden ser aplicadas en forma concurrente si fuera
                                                                                      el caso.
                 CAPITULO VI                                                              Artículo 51.- La Responsabilidad Administrativa
 DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y                                           de los actores participantes en un Proyecto u Obra
                SANEAMIENTO                                                           puede darse cuando éstos, por acción u omisión,
                                                                                      generan un perjuicio a cualquiera de los actores,
    Artículo 46.- En su condición de ente Rector Nacio-                               administrados o partes contratantes, por el incumpli-
nal, le corresponde diseñar, normar y ejecutar la política                            miento de deberes generales o responsabilidades
nacional en materia de vivienda, urbanismo, construcción                              normadas en el presente Reglamento, y en la legis-
y saneamiento. Asimismo, le corresponde ejercer compe-                                lación Administrativa vigente.
tencias compartidas según lo establecido en la Ley de                                     Artículo 52.- La Responsabilidad Civil de los actores
Bases de Descentralización, en materia de urbanismo,                                  participantes en un Proyecto u Obra puede darse cuando
desarrollo urbano y saneamiento. En el ámbito del pre-                                éstos, por acción u omisión, generan un perjuicio a cual-
sente Reglamento ejerce las siguientes funciones:                                     quiera de los actores, administrados o partes contratan-
                                                                                      tes, por el incumplimiento de lo pactado en el Contrato,
   a) Fiscaliza y supervisa el cumplimiento del marco nor-                            de lo normado en el presente Reglamento, y de la legisla-
mativo relacionado con su ámbito de competencia, de                                   ción Civil vigente.
acuerdo a su Ley de creación y a los Reglamentos res-                                     Artículo 53.- La Responsabilidad Penal de los acto-
pectivos.                                                                             res participantes en un Proyecto u Obra puede darse cuan-

                               Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia
                               www.construccion.org.pe / icg@icg.org.pe / Telefax : 421 - 7896
UB
                                                          LICA DEL P
                                                                     E




                                                                                                                                        El Peruano
                                                                                 NORMAS LEGALES
                                                EP                       R
                                                                             U




 320478
                                            R




                                                                                                                          Jueves 8 de junio de 2006
do éstos, por acción u omisión, generan un daño a cual-
quiera de los actores, administrados o partes contratan-                                                    NORMA G.040
tes, mediante un hecho o conducta tipificado como delito
y normado en la legislación Penal vigente.                                                                    DEFINICIONES
    Artículo 54.- Sin perjuicio de sus responsabilidades
contractuales, el Constructor y el Profesional Responsa-                                   Artículo Único.- Para la aplicación del presente Re-
ble de Obra, responderán frente al cliente, en el caso de                               glamento se consideran las siguientes definiciones:
que sean objeto de controversia o desacuerdo por daños
materiales ocasionados en el producto de la edificación,                                    Acabados: Materiales que se instalan en una edifica-
dentro de los cinco años.                                                               ción y que se encuentra integrados a ella, con el fin de
    Este plazo será contado desde la fecha de recepción                                 darles condiciones de uso a los ambientes que la confor-
o finalización de obra por la Municipalidad respectiva, y                               man. Son acabados los pisos, cielorrasos, recubrimien-
comprende los defectos o daños materiales que a conti-                                  tos de paredes y techos, carpintería, vidrios y cerrajería,
nuación se indican:                                                                     pintura, aparatos sanitarios y grifería.
                                                                                            Aleros: Parte del techo que sobresale de un muro o
    a) Por destrucción total o parcial, o cuando presenta                               elemento de soporte.
evidente peligro de ruina o graves defectos por vicio de la                                 Altura de la edificación: Es la dimensión vertical
                                                                                        de una edificación. Es establecida como parámetro en
construcción, por los daños materiales causados en el                                   el Plan Urbano o de Desarrollo Urbano, para el lote
producto de la construcción por vicios o defectos que afec-
ten la cimentación, las estructuras, o todo aquel elemento                              donde se construirá la obra. Se mide en el punto mas
                                                                                        alto de la vereda del frente principal de acceso de per-
o subconjunto que afecte directamente a las estructuras,                                sonas al inmueble a edificar, sobre el límite de propie-
comprometa la resistencia mecánica, la estabilidad, y el
tiempo de la vida útil de la obra.                                                      dad. En caso de no existir vereda, se tomará el nivel de
                                                                                        la calzada más 0.15 m. En caso que el ingreso sea por
    b) Por los daños materiales causados en la obra por                                 una esquina, se tomará el nivel de la esquina. La altura
vicios o defectos de los elementos constructivos o de las
instalaciones, ocasionados por el incumplimiento de los                                 total incluye el parapeto superior sobre el último nivel
                                                                                        edificado. En caso que exista acceso por dos frentes
requisitos de calidad de los materiales.                                                de distinto nivel se tomará el nivel más alto. No incluye
    c) Por los daños materiales por vicios o defectos de
ejecución que afecten a elementos no estructurales o por                                los tanques elevados, ni las casetas de los equipos para
                                                                                        los ascensores. En los casos en que la altura de la edi-
defecto del suelo, si es que hubiera suministrado o elabo-                              ficación este indicada en pisos, cada piso se considera
rado los estudios, planos y demás documentos necesa-
rios para la ejecución de la obra y que forman parte del                                de 3.00 m. En caso que esté fijada en metros y en pisos
                                                                                        simultáneamente, prima la altura en metros.
producto de la construcción.                                                                Ampliación: Es la obra que se ejecuta a partir de una
                                                                                        edificación preexistente, incrementando la cantidad de
    Artículo 55.- El Constructor y el Profesional Res-                                  metros cuadrados de área techada. Puede incluir o no la
ponsable de Obra, se liberan de responsabilidades                                       remodelación del área techada existente.
del Contrato, si prueban que la obra se ejecutó de                                          Aporte: Área de terreno habilitado destinado a recrea-
acuerdo a las normas técnicas de este Reglamento                                        ción pública y servicios públicos, que debe inscribirse a
y en estricta conformidad con las instrucciones de                                      favor de la institución beneficiaria, y que es cedida a titulo
los profesionales que elaboraron los estudios, pla-                                     gratuito por el propietario de un terreno rústico como con-
nos y demás documentos necesarios para la ejecu-                                        secuencia del proceso de habilitación urbana.
ción de la obra, cuando los mismos le son proporcio-                                        Aprobado: Calificación que recibe un proyecto como
nados por el Propietario.                                                               resultado del proceso de revisión, cuando cumple con los
    Artículo 56.- La Responsabilidad Civil será exigible                                requisitos establecidos en las normas vigentes.
en forma personal e individualizada, tanto por actos u omi-                                 Aprobado con observaciones: Calificación que reci-
siones propios, como por actos u omisiones de personas                                  be un proyecto como resultado del proceso de revisión,
por los que se deba responder.                                                          en el que existen deficiencias subsanables que no alteran
    Sin perjuicio de las medidas de intervención adminis-                               las características básicas del proyecto. Esta condición
trativas que en cada caso procedan, la responsabilidad                                  no le permite al solicitante iniciar los trabajos propuestos
que se establece en esta norma se extenderá a las perso-                                en el proyecto hasta que las observaciones hayan sido
nas naturales o jurídicas que, a tenor del Contrato o de su                             levantadas.
intervención decisoria en las definiciones de requisitos de                                 Área bruta: Es la superficie encerrada dentro de los
calidad, actúen personalmente como Profesional Respon-                                  linderos de la poligonal de un terreno rústico.
sable de Obra o Constructor.                                                                Área techada: Es la suma de las superficies de las
    Artículo 57.- El Constructor responderá directamente                                edificaciones techadas. Se calcula sumando la proyec-
de los daños materiales causados en la obra por incum-                                  ción de los límites de la poligonal que encierra cada
plimiento de los requisitos de calidad, defectos derivados                              piso, descontando los ductos. No forman parte del área
de la impericia, falta de capacidad profesional o técnica,                              techada, las cisternas, los tanques de agua, los espa-
negligencia o incumplimiento de las obligaciones atribui-                               cios para la instalación de equipos donde no ingresen
das al Profesional Responsable de Obra y demás perso-                                   personas, los aleros desde la cara externa de los mu-
nas que de él dependan.                                                                 ros exteriores cuando tienen como fin la protección de
    Los daños materiales se refieren a las fallas observa-                              la lluvia, las cornisas, balcones y jardineras descubier-
das en alguno de los componentes de la edificación más                                  tas y las cubiertas de vidrio u otro material transparente
allá de las derivadas del uso normal y adecuado.                                        cuando cubran patios interiores. Los espacios a doble
    Cuando el Constructor subcontrate con otras perso-                                  o mayor altura se calculan en el nivel del techo colin-
nas naturales o jurídicas la ejecución de determinadas                                  dante más bajo.
partes o instalaciones de la obra, será directamente res-                                   Área común: Área libre o techada de propiedad co-
ponsable de los daños materiales por vicios o defectos de                               mún de los propietarios de los predios en que se ha sub-
su ejecución, sin perjuicio de la Acción Civil y/o Penal a                              dividido una edificación. Se mide entre las caras de los
que hubiere lugar.                                                                      muros que la limitan. En el caso de áreas comunes colin-
    Asimismo, el Constructor responderá directamente de                                 dantes con otros predios se mide hasta el límite de pro-
los daños materiales causados en el producto de la cons-                                piedad.
trucción por las deficiencias de los suministros adquiridos                                 Área de aportes: Es la suma de las superficies que
o aceptados por él, hasta el plazo establecido por el fabri-                            se transfieren a las entidades beneficiarias para uso
cante como garantía del producto.                                                       público como resultado del proceso de habilitación ur-
    Artículo 58.- Las obras ejecutadas, para ser transferi-                             bana. Se calcula sobre el área bruta, menos las áreas
das a terceros mediante Contratos de Compra Venta a                                     que deban cederse para vías expresas, arteriales y co-
Título Oneroso, tienen como responsable al Vendedor,                                    lectoras.
quien podrá repetir contra el Constructor.                                                  Área de recreación pública: Superficie destinada a
    Artículo 59.- En todo aquello que no esté normado en                                parques de uso público.
el presente Reglamento respecto a las infracciones y san-                                   Área libre: - Es la superficie de terreno donde no exis-
ciones de naturaleza administrativa, civil y penal, éstas se                            ten proyecciones de áreas techadas. Se calcula sumando
sujetan a lo normado en la legislación especial vigente                                 las superficies comprendidas fuera de los linderos de las
sobre cada materia.                                                                     poligonales definidas por las proyecciones de las áreas

                                 Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia
                                 www.construccion.org.pe / icg@icg.org.pe / Telefax : 421 - 7896
El Peruano                                            UB
                                                            LICA DEL P
                                                                       E




                                                                                NORMAS LEGALES
                                                  EP                       RU




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 Jueves 8 de junio de 2006
techadas sobre el nivel del terreno, de todos los niveles                                 Demolición: Es la obra que se ejecuta para eliminar
de la edificación y hasta los límites de la propiedad.                                parcial o totalmente una edificación existente.
     Área neta: Es la superficie de terreno resultante des-                               Diseño: Disciplina que tiene por objeto la armoniza-
pués de haberse efectuado las cesiones para vías y los                                ción del entorno humano, desde la concepción de los ob-
aportes reglamentarios.                                                               jetos de uso, hasta el urbanismo.
     Área ocupada: Es la suma de las superficies techa-                                   Ducto de basura: Conducto vertical destinado a la con-
das y sin techar de dominio propio, encerrada dentro de                               ducción de residuos sólidos hacia un espacio de almace-
los linderos de una poligonal medida hasta la cara exte-                              namiento provisional.
rior de los muros del perímetro o hasta el eje del para-                                  Ducto horizontal: Conducto técnico destinado a con-
mento divisorio en caso de colindancia con otro predio.                               tener instalaciones de una edificación, capaz de permitir
No incluye los ductos verticales.                                                     su atención por personal especializado.
     Área rural: Es el área establecida en los Instrumentos                               Ducto de instalaciones: Conducto técnico vertical u
de Planificación Territorial que está fuera de los límites                            horizontal destinado a portar lineas y accesorios de insta-
urbanos o de expansión urbana.                                                        laciones de una edificación, capaz de permitir su atención
     Área urbana: Es el área destinada a usos urbanos,                                directamente desde un espacio contiguo.
comprendida dentro de los límites urbanos establecidos                                    Ducto de ventilación: Conducto vertical destinado
por los Instrumentos de Planificación Territorial.                                    a permitir la renovación de aire de ambientes de servi-
     Arquitectura: Arte y técnica de proyectar y construir                            cio de una edificación, por medios naturales o mecani-
edificios, según reglas, técnicas y cánones estéticos de-                             zados.
terminados.                                                                               Edificación: Obra de carácter permanente, cuyo des-
     Azotea: Es el nivel accesible encima del techo del úl-                           tino es albergar actividades humanas. Comprende las ins-
timo nivel techado. La azotea puede ser libre o tener cons-                           talaciones fijas y complementarias adscritas a ella.
trucciones de acuerdo con lo que establecen los planes                                    Edificio: Obra ejecutada por el hombre albergar sus
urbanos.                                                                              actividades.
     Cálculo de evacuación: Estimación del tiempo que                                     Edificio multifamiliar: Edificación única con dos o más
tardan los ocupantes de una edificación en evacuarla com-                             unidades de vivienda que mantienen la copropiedad del
pletamente a un lugar seguro, en condiciones de máxima                                terreno y de las áreas y servicios comunes.
ocupación. El cálculo de evacuación define las dimensio-                                  Edificio de oficinas: Edificación de una o varias uni-
nes de las puertas de salida y de las circulaciones hori-                             dades, destinado a la albergar actividades de tipo inte-
zontales y verticales.                                                                lectual.
     Calidad de la edificación: Es el conjunto de caracte-                                Edificio de uso público: Edificación pública o priva-
rísticas que son objeto de valoración y que permiten reco-                            da, cuya función principal es la prestación de servicios al
nocer el grado en que una edificación responde a su pro-                              público.
pósito y a las necesidades de sus usuarios.                                               Edificio de Estacionamiento: Edificación destinada
     Calzada o pista: Parte de una vía destinada al tránsi-                           exclusivamente al estacionamiento de vehículos.
to de vehículos.                                                                          Elemento prefabricado: Componente de obra prepa-
     Catastro: Es el registro o inventario detallado de los                           rado fuera de su lugar definitivo.
bienes inmuebles urbanos, así como del mobiliario y de-                                   Equipamiento básico: Conjunto de construcciones y
más componentes de una ciudad.                                                        edificaciones que se destinan a los servicios de sanea-
     Cesión para vías: Área de terreno rústico destinado a                            miento y electrificación.
vías que es cedida a titulo gratuito por el propietario de un                             Equipamiento de la edificación: Conjunto de com-
terreno rústico como consecuencia del proceso de habili-                              ponentes mecánicos y electromecánicos, necesarios para
tación urbana.                                                                        el funcionamiento de una edificación.
     Cerco: Elemento de cierre que delimita una propie-                                   Equipamiento social: Edificaciones destinadas a edu-
dad o dos espacios abiertos. Puede ser opaco o trans-                                 cación, salud y servicios sociales.
parente.
     Cliente: Persona natural o jurídica, de naturaleza pú-                               Equipamiento urbano: Edificaciones destinadas a re-
blica o privada que da origen al proyecto de la edificación.                          creación, salud, educación, cultura, transporte, comuni-
Sus necesidades dan inicio a la actividad económica.                                  caciones, seguridad, administración local, gobierno y ser-
     Coeficiente de edificación: Factor por el que se mul-                            vicios básicos.
tiplica el área de un terreno urbano y cuyo resultado es el                               Escalera: Elemento de la edificación con gradas, que
área techada máxima posible, sin considerar los estacio-                              permite la circulación de las personas entre los diferentes
namientos ni sus áreas tributarias.                                                   niveles. Sus dimensiones se establecen sobre la base del
     Condominio: Forma de propiedad de una edificación                                flujo de personas que transitarán por ella y el traslado del
en la que participan dos o mas propietarios.                                          mobiliario.
     Conjunto habitacional: Ver conjunto residencial.                                     Escalera de evacuación: Escalera que cuenta con
     Conjunto residencial: Grupo de viviendas compues-                                protección a prueba de humos y fuego. Entrega en el ni-
to de varias edificaciones independientes, con predios de                             vel de una vía publica.
propiedad exclusiva y que comparten bienes comunes bajo                                   Escalera integrada: Escalera cuyos espacios de en-
el régimen de copropiedad.                                                            trega en cada nivel forman parte de los pasajes de circu-
     Construcción por etapas: Proceso de ejecución de                                 lación horizontal, sin elementos de cierre.
obras de habilitación urbana o edificación que puede fina-                                Estudio de ascensores: Evaluación de tráfico, flujos
lizan o se reciben por secciones parciales.                                           y características técnicas que determinan el número y di-
     Construcción simultánea: Obras de edificación que                                mensiones de los ascensores requeridos para satisfacer
se ejecutan conjuntamente con las obras de habilita-                                  las necesidades de una edificación.
ción urbana y cuyas licencias se otorgan en forma con-                                    Estacionamiento: Superficie pavimentada, con o sin
junta.                                                                                techo, destinada exclusivamente al estacionamiento de
     Constructor: Persona natural o jurídica, cuya respon-                            vehículos.
sabilidad es ejecutar una obra.                                                           Estudio de evacuación: Evaluación del sistema de
     Control de calidad: Técnicas y actividades emplea-                               evacuación de una edificación en situación de ocupación
das para verificar el cumplimiento de los requisitos de ca-                           máxima, que garantice la salida de las personas en un
lidad, establecidos en el proyecto.                                                   tiempo determinado, en casos de emergencia.
     Déficit de estacionamientos: Numero de estaciona-                                    Estudio de Impacto ambiental: Evaluación de la ma-
mientos que no pueden ser ubicados dentro del lote so-                                nera como una edificación influirá en el entorno, durante
bre el que está construida la edificación que los deman-                              su etapa de funcionamiento.
da, respecto de los espacios requeridos normativamente.                                   Estudio de Impacto Vial: Evaluación de la manera
     Densidad Bruta: Es el indicador resultante de dividir                            como una edificación influirá en el sistema vial adyacen-
el numero de habitantes del proyecto propuesto, entre el                              te, durante su etapa de funcionamiento.
área de un lote rústico para uso residencial.                                             Estudio de riesgos: Evaluación de los peligros rea-
     Densidad Neta: Es el indicador resultante de dividir el                          les o potenciales de un terreno para ejecutar una habilita-
numero de habitantes del proyecto propuesto entre el área                             ción urbana o una edificación.
de un lote urbano para uso residencial.                                                   Estudio de seguridad: Evaluación de las condiciones
     Densificación: Es el proceso de incremento de la den-                            de seguridad necesarias para garantizar el uso de una
sidad habitacional, producto del aumento del número de                                edificación de manera razonablemente segura para sus
habitantes dentro del mismo suelo ocupado.                                            ocupantes.

                               Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia
                               www.construccion.org.pe / icg@icg.org.pe / Telefax : 421 - 7896
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RNE Junio 2006

  • 1. El Peruano UB LICA DEL P E NORMAS LEGALES EP RU 320471 R Jueves 8 de junio de 2006 Director: Gerardo Barraza Soto Lima, jueves 8 de junio de 2006 LICA DEL P UB ER EP U R Ministerio de Vivienda REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES SEPARATA ESPECIAL
  • 2. UB LICA DEL P E El Peruano NORMAS LEGALES EP R U 320472 R Jueves 8 de junio de 2006 REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES INDICE TITULO I TITULO III GENERALIDADES EDIFICACIONES G.010 Consideraciones básicas CONSIDERACIONES GENERALES DE LAS G.020 Principios generales EDIFICACIONES G.030 Derechos y responsabilidades G.040 Definiciones GE.010 Alcances y contenido G.050 Seguridad durante la construcción GE.020 Componentes y características de los proyec- tos GE.030 Calidad en la construcción TITULO II GE.040 Uso y mantenimiento HABILITACIONES URBANAS III.1. ARQUITECTURA CONSIDERACIONES GENERALES DE LAS HABILITACIONES A.010 Condiciones generales de diseño A.020 Vivienda GH.010 Alcances y contenido A.030 Hospedaje GH.020 Componentes de Diseño Urbano A.040 Educación A.050 Salud II.1. TIPOS DE HABILITACIONES A.060 Industria A.070 Comercio TH.010 Habilitaciones residenciales A.080 Oficinas TH.020 Habilitaciones comerciales A.090 Servicios comunales TH.030 Habilitaciones industriales A.100 Recreación y deportes TH.040 Habilitaciones para usos especiales A.110 Transportes y comunicaciones TH.050 Habilitaciones en riberas y laderas A.120 Accesibilidad para personas con discapacidad TH.060 Reurbanización A.130 Requisitos de seguridad A.140 Bienes culturales inmuebles y zonas monumen- II.2. COMPONENTES ESTRUCTURALES tales CE.010 Aceras y pavimentos III.2. ESTRUCTURAS CE.020 Estabilización de suelos y taludes CE.030 Obras especiales y complementarias E.010 Madera E.020 Cargas II.3. OBRAS DE SANEAMIENTO E.030 Diseño sismorresistente E.040 Vidrio OS.010 Captación y conducción de agua para consumo E.050 Suelos y cimentaciones humano E.060 Concreto armado OS.020 Plantas de tratamiento de agua para consumo E.070 Albañilería humano E.080 Adobe OS.030 Almacenamiento de agua para consumo huma- E.090 Estructuras metálicas no OS.040 Estaciones de bombeo de agua para consumo III.3. INSTALACIONES SANITARIAS humano OS.050 Redes de distribución de agua para consumo IS.010 Instalaciones sanitarias para edificaciones humano IS.020 Tanques sépticos OS.060 Drenaje pluvial urbano OS.070 Redes de aguas residuales III.4. INSTALACIONES ELECTRICAS Y MECÁNI- OS.080 Estaciones de bombeo de aguas residuales CAS OS.090 Plantas de tratamiento de aguas residuales OS.100 Consideraciones básicas de diseño de infraes- EM.010 Instalaciones eléctricas interiores tructura sanitaria EM.020 Instalaciones de comunicaciones EM.030 Instalaciones de ventilación II.4. OBRAS DE SUMINISTRO DE ENERGIA Y CO- EM.040 Instalaciones de gas MUNICACIONES EM.050 Instalaciones de climatización EM.060 Chimeneas y hogares EC.010 Redes de distribución de energía eléctrica EM.070 Transporte mecánico EC.020 Redes de alumbrado público EM.080 Instalaciones con energía solar EC.030 Subestaciones eléctricas EM.090 Instalaciones con energía eólica EC.040 Redes e instalaciones de comunicaciones EM.100 Instalaciones de alto riesgo Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia www.construccion.org.pe / icg@icg.org.pe / Telefax : 421 - 7896
  • 3. El Peruano UB LICA DEL P E NORMAS LEGALES EP RU 320473 R Jueves 8 de junio de 2006 d) Adecuación al entorno y protección del medio TITULO I ambiente GENERALIDADES Adecuación al entorno, de manera que se integre a las características de la zona de manera armónica. Protección del medio ambiente, de manera que la localización y el funcionamiento de las edificaciones no NORMA G.010 degraden el medio ambiente. CONSIDERACIONES BASICAS Articulo 1.- El Reglamento Nacional de Edificaciones NORMA G.020 tiene por objeto normar los criterios y requisitos mínimos para el Diseño y ejecución de las Habilitaciones Urbanas PRINCIPIOS GENERALES y las Edificaciones, permitiendo de esta manera una me- jor ejecución de los Planes Urbanos. Artículo 1.- Para cumplir con su objetivo, el presente Es la norma técnica rectora en el territorio nacional Reglamento Nacional de Edificaciones se basa en los si- que establece los derechos y responsabilidades de los guientes principios generales: actores que intervienen en el proceso edificatorio, con el fin de asegurar la calidad de la edificación. a) De la Seguridad de las Personas Artículo 2.- El Reglamento Nacional de Edificaciones Crear espacios adecuados para el desarrollo de las es de aplicación obligatoria para quienes desarrollen pro- actividades humanas, buscando garantizar la salud, la cesos de habilitación urbana y edificación en el ámbito integridad y la vida de las personas que habitan una nacional, cuyo resultado es de carácter permanente, pú- edificación o concurren a los espacios públicos; así mis- blico o privado. mo, establece las condiciones que deben cumplir las Artículo 3.- Las Municipalidades Provinciales podrán estructuras y las instalaciones con la finalidad de redu- formular Normas complementarias en función de las ca- cir el impacto sobre las edificaciones y la infraestructu- racterísticas geográficas y climáticas particulares y la rea- ra urbana, de los desastres naturales o los provocados lidad cultural de su jurisdicción. Dichas normas deberán por las personas. estar basadas en los aspectos normados en el presente Brindar a las personas involucradas en el proceso de Título, y concordadas con lo dispuesto en el presente ejecución de las edificaciones, condiciones de seguridad Reglamento. suficientes para garantizar su integridad física. Artículo 4.- El Reglamento Nacional de Edificaciones comprende tres títulos. b) De la Calidad de Vida Lograr un hábitat urbano sostenible, capaz de otorgar El Título Primero norma las Generalidades y constitu- a los habitantes de la ciudad espacios que reúnan condi- ye la base introductoria a las normas contenidas en los ciones que les permitan desarrollarse integralmente tanto dos Títulos siguientes. en el plano físico como espiritual. El Título Segundo norma las Habilitaciones Urbanas y Garantizar la ocupación eficiente y sostenible del terri- contiene las normas referidas a los tipos de habilitacio- torio con el fin de mejorar su valor en beneficio de la co- nes, los componentes estructurales, las obras de sanea- munidad. miento y las obras de suministro de energía y comunica- El suelo para ser usado en actividades urbanas debe ciones. habilitarse con vías y contar con los servicios básicos de El Título Tercero norma las Edificaciones y compren- agua, desagüe, electrificación y comunicaciones, que ga- de las normas referidas a arquitectura, estructuras, ins- ranticen el uso óptimo de las edificaciones y los espacios talaciones sanitarias e instalaciones eléctricas y me- urbanos circundantes. cánicas. Proponer el empleo de tecnologías capaces de apor- tar soluciones que incrementen el bienestar de las per- Artículo 5.- Para garantizar la seguridad de las per- sonas. sonas, la calidad de vida y la protección del medio am- Reconocer el fenómeno de la globalización como ve- biente, las habilitaciones urbanas y edificaciones debe- hículo de conocimiento en la búsqueda de respuestas a rán proyectarse y construirse, satisfaciendo las siguien- los problemas de las ciudades. tes condiciones: c) De la seguridad jurídica a) Seguridad: Promueve y respeta el principio de legalidad y la jerar- quía de las normas, con arreglo a la Constitución y el De- Seguridad estructural, de manera que se garantice recho. la permanencia y la estabilidad de sus estructuras. Las autoridades que intervienen en los procedimien- Seguridad en caso de siniestros, de manera que las tos de Habilitación Urbana y de Edificación, lo harán personas puedan evacuar las edificaciones en condicio- sin discriminación entre los administrados, otorgándo- nes seguras en casos de emergencia, cuenten con siste- les trato igualitario y resolviendo conforme al ordena- mas contra incendio y permitan la actuación de los equi- miento jurídico. pos de rescate. Seguridad de uso, de manera que en su uso cotidia- d) De la subordinación del interés personal al inte- no en condiciones normales, no exista riesgo de acciden- rés general tes para las personas. La ejecución de las Habilitaciones Urbanas y las Edi- ficaciones deben considerar el interés general sobre el b) Funcionalidad: interés personal, a fin de lograr un desarrollo urbano armónico que respete los derechos adquiridos de las Uso, de modo que las dimensiones y disposición personas. de los espacios, así como la dotación de las instalacio- nes y equipamiento, posibiliten la adecuada realización e) Del diseño universal de las funciones para las que está proyectada la edifi- Promueve que las habilitaciones y edificaciones sean cación. aptas para el mayor número posible de personas, sin ne- Accesibilidad, de manera que permitan el acceso y cesidad de adaptaciones ni de un diseño especializado, circulación a las personas con discapacidad generando así ambientes utilizables equitativamente, en forma segura y autónoma c) Habitabilidad: Salubridad e higiene, de manera que aseguren la NORMA G.030 salud, integridad y confort de las personas. Protección térmica y sonora, de manera que la tem- DERECHOS Y RESPONSABILIDADES peratura interior y el ruido que se perciba en ellas, no atente contra el confort y la salud de las personas permitiéndo- Artículo 1.- Los actores del Proceso de la Edifica- les realizar satisfactoriamente sus actividades. ción que intervienen como personas naturales o jurídi- Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia www.construccion.org.pe / icg@icg.org.pe / Telefax : 421 - 7896
  • 4. UB LICA DEL P E El Peruano NORMAS LEGALES EP R U 320474 R Jueves 8 de junio de 2006 cas, instituciones y entidades públicas o privadas, son d) Responder ante los clientes o usuarios finales, por los siguientes: El Propietario, El Promotor Inmobiliario, los daños que pudieran existir en la edificación, dentro de los Profesionales Responsables del Proyecto, las Per- los plazos establecidos sonas Responsables de la Construcción, las Municipa- e) Entregar al cliente final, la documentación com- lidades, las Personas Responsables de la Revisión de pleta relativa a la individualización de su derecho de Proyectos, y el Ministerio de Vivienda, Construcción y propiedad. Saneamiento. Sus derechos y responsabilidades están determinados por lo dispuesto en la presente norma, la Ley del Procedimiento Administrativo General, el Códi- CAPITULO III go Civil, el Código Penal, y las demás disposiciones DE LOS PROFESIONALES RESPONSABLES DEL que le sean aplicables; así como por lo pactado en el PROYECTO Contrato que acuerda su intervención. SUB-CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I DEL PROPIETARIO Artículo 10.- El diseño de los proyectos de edificación y habilitación urbana, así como la definición de las carac- Articulo 2.- Es la persona natural o jurídica, pública terísticas de sus componentes, es de responsabilidad del o privada, a cuyo nombre se encuentra inscrita en el profesional que lo elabora, según su especialidad. El pro- Registro de la propiedad, el predio sobre el que se pre- yecto debe cumplir con los objetivos de las normas del tende efectuar una obra de habilitación urbana o edifi- presente Reglamento. cación. Articulo 11.- Los Profesionales Responsables del Pro- Artículo 3.- Es responsabilidad del propietario: yecto son aquellos que están legalmente autorizados a ejercer su Profesión e inscritos en el correspondiente a) Explicar a los Profesionales Responsables del pro- Colegio Profesional. Para ello deben incluir en el expe- yecto, las características cualitativas y cuantitativas de sus diente técnico el documento con el que acreditan que se necesidades y requerimientos desde los puntos de vista encuentran habilitados para ejercer la Profesión, el cual técnico y económico, a fin de que éstos las conozcan y debe haber sido emitido por el Colegio Profesional al que las tengan presentes. pertenecen. b) Facilitar la documentación relacionada con el inmue- Según su especialidad serán: el Arquitecto, para el Pro- ble donde se ejecutará la edificación. yecto de Arquitectura; el Ingeniero Civil, para el Proyecto c) Absolver las consultas realizadas por los Profesio- de Estructuras; el Ingeniero Sanitario, para el Proyecto de nales Responsables del Proyecto. Instalaciones Sanitarias; el Ingeniero Electricista o elec- tromecánico para el Proyecto de Instalaciones Eléctricas Artículo 4.- Para la realización de trámites adminis- y Electromecánicas. trativos en los que sea requerido, el Propietario deberá En caso se requieran proyectos especializados acreditar su calidad de tal mediante la presentación de como gas, seguridad integral, redes de información y la Escritura o copia simple de la Inscripción del Inmue- otros, se requerirá la participación del profesional es- ble a su favor, sobre el que se ejecutará la habilitación pecialista. urbana o la edificación. También lo puede hacer median- Artículo 12.- Los profesionales responsables del Pro- te una Minuta de Compra-Venta del Inmueble, con firma yecto deben cumplir con: legalizada por Notario; los que tendrán plena validez mientras no se demuestre que la propiedad esta Inscrita a) Tener Título Profesional en la especialidad corres- a nombre de un tercero o exista una Compra-Venta más pondiente. reciente. b) Acreditar, por el Colegio Profesional al que perte- Artículo 5.- El Propietario deberá firmar los planos necen, que se encuentran habilitados para ejercer la y demás documentos del Expediente Técnico, conjun- Profesión. tamente con el Profesional Responsable de cada espe- c) Las normas y reglamentos vigentes, en la ejecución cialidad. de sus servicios profesionales. Artículo 6.- El Propietario puede reemplazar a los Pro- d) Prestar personalmente sus servicios profesionales fesionales Responsables del Proyecto, por otros profe- por los trabajos contratados. sionales, en cuyo caso no podrá hacer uso de la docu- e) Las obligaciones pactadas en el Contrato. mentación técnica elaborada por el profesional sustituido, salvo autorización expresa de éste. Artículo 13.- Los profesionales responsables deben Artículo 7.- El Propietario podrá encargar la ejecu- firmar los planos, especificaciones y demás documentos ción de proyectos de ampliación, remodelación o refac- de los cuales son autores, y que hayan elaborado como ción a profesionales distintos a los responsables del parte del expediente técnico. proyecto original. Artículo 14.- Son responsables por las deficiencias y Artículo 8.- El Propietario está obligado a conservar errores, así como por el incumplimiento de las normas la edificación en buenas condiciones de seguridad e hi- reglamentarias en que hayan incurrido en la elaboración giene, a no destinarla a usos distintos a los permitidos o y ejecución del proyecto. realizar modificaciones sin obtener la licencia de obra Artículo 15.- Las personas jurídicas constituidas cuando se requiera. como empresas de proyectos, son solidariamente res- ponsables con el Profesional Responsable del Proyec- to, respecto de las consecuencias que se deriven de CAPITULO II errores u omisiones en los cálculos, dimensiones y com- DEL PROMOTOR INMOBILIARIO ponentes de la obra, o en las especificaciones técni- cas. Articulo 9.- Es la persona natural o jurídica, pública Artículo 16.- Los Profesionales Responsables del Pro- o privada, que de manera individual o en asociación con yecto, tienen derecho a supervisar la ejecución de las terceros, identifica oportunidades de inversión, obtiene obras que proyecten, con el fin de verificar que se está el financiamiento, ejecuta la obra directamente o bajo cumpliendo con los diseños y especificaciones estableci- contrato con terceros, administra, promueve y comer- das por ellos, existiendo o no un contrato específico so- cializa una edificación, para la posterior venta o alquiler bre la materia. a terceros Para el desarrollo de su actividad, el promotor inmobi- liario deberá contar con lo siguiente: SUB-CAPITULO II DEL GERENTE DE PROYECTO a) Tener la titularidad del terreno sobre el que se ejecutará la edificación o tener un derecho que lo facul- Artículo 17.- Es la persona natural o jurídica que, cuan- te a ello. do sea necesario por la magnitud del Proyecto, se encar- b) Cumplir con las responsabilidades señaladas en el ga de administrar la ejecución del mismo en todas sus Capitulo I, para el propietario etapas. c) Obtener las licencias y autorizaciones necesarias Artículo 18.- Es responsabilidad del Gerente de Pro- para la ejecución de la edificación yecto: Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia www.construccion.org.pe / icg@icg.org.pe / Telefax : 421 - 7896
  • 5. El Peruano UB LICA DEL P E NORMAS LEGALES EP RU 320475 R Jueves 8 de junio de 2006 a) Tener Título Profesional, capacitación y experiencia SUB-CAPITULO II suficientes para asumir la gerencia del Proyecto. DEL CONSTRUCTOR b) Encontrarse habilitado para ejercer la profesión, acreditado por el Colegio Profesional al que pertenece. Artículo 24.- La realización de una Habilitación Urba- c) Disponer de profesionales calificados para los dife- na o Edificación deberá estar a cargo de un Constructor, rentes procesos que incluirá el desarrollo del Proyecto. que puede ser una persona natural o jurídica. d) Resolver las contingencias que se produzcan en el Artículo 25.- Es responsabilidad del Constructor: desarrollo del Proyecto. e) Definir las eventuales modificaciones del Proyecto, a) Ejecutar la obra con sujeción al proyecto y a las que sean exigidas por el proceso de supervisión, revisión normas vigentes. o aprobación de alguna de las etapas del mismo. b) Disponer de la organización e infraestructura que garantice el logro de las metas de la obra. c) Designar al profesional responsable de la construc- SUB-CAPITULO III ción que asumirá la representación técnica del construc- tor en la obra. DEL ARQUITECTO d) Asignar a la obra los medios humanos y materiales suficientes para culminar los trabajos dentro del plazo del Artículo 19.- El Arquitecto es el responsable del Di- Contrato, del presupuesto aprobado y con el nivel de cali- seño Arquitectónico de la Edificación, el cual compren- dad requerido. de: La calidad arquitectónica, los cálculos de áreas, las e) Formalizar las subcontrataciones de partes e insta- dimensiones de los componentes arquitectónicos, las es- laciones de la obra dentro de los límites pactados en el pecificaciones técnicas del Proyecto Arquitectónico, los Contrato. acabados de la obra, el cumplimiento de los parámetros f) Entregar al cliente la información documentada so- urbanísticos y edificatorios exigibles para edificar en el bre los trabajos ejecutados. inmueble correspondiente. Asimismo, es el responsable de que sus planos, y los elaborados por los otros profe- Artículo 26.- El Constructor es responsable por las sionales responsables del Proyecto, sean compatibles fallas, errores o defectos de la construcción, incluyendo entre sí. las obras ejecutadas por subcontratistas y por el uso de materiales o insumos defectuosos; sin perjuicio de las acciones legales que pueda interponer a su vez en contra SUB-CAPITULO IV de los proveedores, fabricantes o subcontratistas. DEL INGENIERO CIVIL Artículo 27.- Las personas jurídicas que presten el servicio de construcción son solidariamente responsa- bles con los profesionales designados por ellos para Artículo 20.- El Ingeniero Civil es el responsable del representarlos. Diseño Estructural de una Edificación, el cual compren- de: Los cálculos, las dimensiones de los componentes es- tructurales, las especificaciones técnicas del Proyecto Es- SUB-CAPITULO III tructural, y las consideraciones de diseño sismorresisten- te. Asimismo es responsable de la correspondencia de su DEL PROFESIONAL RESPONSABLE DE OBRA proyecto de estructuras con el Estudio de Suelos del in- mueble materia de la ejecución del Proyecto. Este estu- Artículo 28.- Las obras de edificación y habilitación dio, a su vez, es de responsabilidad del Ingeniero que lo urbana requieren la designación de un Profesional Res- suscribe. ponsable de Obra, cuya ejecución realizará directamen- te. Es responsable de dirigir la obra asegurándose que la ejecución de la misma, se realice de conformidad con el SUB-CAPITULO V proyecto aprobado y la licencia respectiva, y cumpla con lo normado en el presente Reglamento. DE LOS INGENIEROS SANITARIO, ELECTRICISTA Y No se requiere profesional responsable cuando se tra- ELECTROMECÁNICO te de la ejecución de obras que no requieren Licencia de Obra, en cuyo caso el responsable será el Propietario. Artículo 21.- El Ingeniero Sanitario, el Ingeniero Elec- Artículo 29.- El Profesional Responsable de Obra debe tricista, el Ingeniero Electromecánico y demás Ingenieros tener Título Profesional de Arquitecto o de Ingeniero Civil especialistas, son responsables del Diseño de la Instala- colegiado y contar con un certificado de habilitación pro- ción que le corresponda según su especialidad, los cua- fesional vigente. les comprenden: Los cálculos, las dimensiones de los En el caso de obras de carácter especializado como: componentes y especificaciones técnicas del Proyecto de Redes de saneamiento o electrificación, instalaciones in- su especialidad. dustriales y montaje, túneles, puentes y demás obras de Asimismo son responsables de que sus respectivos ingeniería pesada, el Profesional Responsable deberá con- proyectos se adecuen a las características de las redes tar con la especialización correspondiente. públicas, a la factibilidad de los servicios, y a las normas Artículo 30.- Es obligación del Profesional Responsa- técnicas vigentes. ble de Obra: a) Administrar los procesos constructivos y cumplir con CAPITULO IV las pruebas, controles, ensayos e inspecciones necesa- rios para ejecutar las obras aprobadas. DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LA b) Formalizar las subcontrataciones de partes e insta- CONSTRUCCIÓN laciones de la obra dentro de los límites pactados en el Contrato. SUB-CAPITULO I c) Firmar las actas de inicio y de entrega de la obra. DISPOSICIONES GENERALES d) Resolver las contingencias que se produzcan en la ejecución de la obra. Artículo 22.- Son responsables las personas natura- e) Solicitar al cliente la aclaración de los aspectos am- les o jurídicas que están directa o indirectamente ligadas biguos o incompatibles entre planos o entre estos y la es- con el Proceso de la Construcción. Participan en la: Eje- pecificaciones. cución, provisión de bienes y servicios, subcontratación f) Cumplir con las disposiciones relacionadas con los de bienes y servicios, y supervisión de la obra. cambios o respuestas a consultas sobre cualquier aspec- Artículo 23.- Las personas responsables de la Cons- to de la obra. trucción deben cumplir con: g) Cumplir con los requisitos de calidad pactados en el Contrato y establecidos en el Proyecto. a) Demostrar capacidad suficiente para ejecutar las res- h) Cumplir con los códigos, normas, y reglamentos que ponsabilidades asumidas según su especialidad. son aplicables a la obra. b) Aplicar las normas y reglamentos vigentes. i) Verificar la recepción, en la misma obra, de los pro- c) Respetar las obligaciones pactadas en su respecti- ductos que serán incorporados en la construcción, orde- vo Contrato. nando la realización de ensayos y pruebas. Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia www.construccion.org.pe / icg@icg.org.pe / Telefax : 421 - 7896
  • 6. UB LICA DEL P E El Peruano NORMAS LEGALES EP R U 320476 R Jueves 8 de junio de 2006 j) Dirigir la obra comprobando la participación de per- SUB-CAPITULO V sonal calificado y preparado para asumir los procesos asig- DEL SUBCONTRATISTA nados de la construcción. k) Elaborar y organizar la información sobre los proce- Artículo 37.- Es responsabilidad del Subcontratista: sos empleados durante la ejecución de la construcción. l) Planear y supervisar las medidas de seguridad del a) Cumplir lo pactado en el Subcontrato para la ejecu- personal y de terceras personas en la obra, así como de ción de los trabajos comprometidos. los vecinos y usuarios de la vía pública. b) Aclarar con el Profesional Responsable de Obra, m) Elaborar y entregar al propietario o a su represen- aquellos aspectos que sean imprecisos. tante, al término de la construcción, los manuales de ope- c) Elaborar y completar los registros que demuestren ración y mantenimiento, así como los manuales de los objetivamente el cumplimiento de los requisitos pactados equipos incorporados a la obra. en el Subcontrato. d) Informarse de las características de calidad del ser- Artículo 31.- Si al momento de solicitarse la licencia vicio, insumos, recursos, y producto terminado solicitado. de habilitación urbana o de obra, no se hubiera designa- e) Demostrar que está calificado y cumplirá con los do al Profesional Responsable de la Obra, éste deberá requisitos establecidos en el Contrato Principal. ser acreditado antes del inicio de la obra. f) Asesorar a su cliente en todo lo relacionado a las Artículo 32.- El Profesional Responsable puede ser pruebas, ensayos, compromiso y otros que aseguren la sustituido por otro profesional. Esta designación debe calidad del servicio y/o producto solicitado. ser puesta en conocimiento de la Municipalidad res- g) Cumplir con los códigos, reglamentos y normas vi- pectiva. gentes, aplicables al objeto del contrato. Artículo 33.- Durante la ejecución de obras de edifi- cación se deberá llevar un Cuaderno de Obra. El Cuaderno de Obra es un documento con páginas SUB-CAPITULO VI numeradas que se mantiene en ésta durante su ejecu- DEL SUPERVISOR DE OBRA ción, y en el cual se consignan las instrucciones y ob- servaciones a la obra formuladas por los profesionales Artículo 38.- En los casos de obras públicas o cuando responsables de las diversas especialidades del pro- el propietario lo estime conveniente, se designará un Su- yecto, el responsable de la obra, el supervisor técnico, pervisor de Obra, cuya función es la de verificar que la y los inspectores de los organismos que autorizan las obra se ejecute conforme a los proyectos aprobados, se instalaciones. sigan procesos constructivos acordes con la naturaleza Artículo 34.- Es obligación del Profesional Responsa- de la obra, y se cumpla con los plazos y costos previstos ble de la Obra llevar, mantener actualizado y firmar el Cua- en el contrato de obra. derno de Obra. Al inicio de la obra en este documento Artículo 39.- El Supervisor de Obra será un profesio- deberá constar la siguiente información: nal especializado en la materia que va a supervisar, y po- drá ser uno de los Profesionales Responsables del Pro- a) Nombre de la Obra. yecto. b) Número y fecha de la Licencia de Obra. Artículo 40.- Es responsabilidad del Supervisor de Obra: c) Nombre del Propietario. d) Nombre del Arquitecto. e) Nombre del Ingeniero Estructural. a) Revisar la documentación del Proyecto elaborado por los profesionales responsables del mismo, con la fi- f) Nombre del Ingeniero Sanitario. nalidad de planificar y asistir preventivamente al propieta- g) Nombre del Ingeniero Electricista. h) Nombre del Supervisor. rio o a quien lo contrate. b) Revisar la calificación del personal del Contratista, i) Nombre del Constructor. Proveedor o Subcontratistas que participen en el Proyec- j) Nombre del Profesional Responsable de la Obra. to de Construcción. c) Asegurar la ejecución de las pruebas, controles y Cuando alguna de las personas antes indicadas, efec- ensayos, previstos en las especificaciones del Proyecto. túe alguna anotación en el Cuaderno de Obra, éstas de- d) Emitir reportes que señalen el grado de cumplimiento berán quedar firmadas, fechadas e identificadas con el de los requisitos especificados en la documentación del nombre de la persona que las realiza. Proyecto. Artículo 35.- Si durante la construcción cambiara al- e) Participar en el proceso de recepción de las etapas guno de los participantes que figura en la página inicial del Proyecto a nombre del propietario. del cuaderno de obra, se deberá dejar constancia de ello. Se deberá anotar los incidentes más importantes rela- tivos a la construcción, así como las indicaciones que rea- licen los proyectistas, el propietario, el supervisor y el ins- CAPITULO IV DE LAS MUNICIPALIDADES pector municipal. Se deberá mantener en la obra, el original del Cuader- no de Obra y entregar una copia al Inspector Municipal Artículo 41.- Las Municipalidades son responsables para su archivo. de lo siguiente: a) Contar con los instrumentos de planificación que SUB-CAPITULO IV definan los parámetros urbanísticos y edificatorios. En caso de no tenerlos, deberán priorizar su elaboración y apro- DEL PROVEEDOR bación. b) Poner a disposición de los propietarios de predios, Artículo 36.- Es responsabilidad del Proveedor: de los profesionales responsables de los proyectos, y del público en general, por cualquier medio factible de com- a) Demostrar que está calificado y que su producto probación, los instrumentos técnicos de planificación, edi- cumple con los requisitos establecidos en las especifica- ficación, y administrativos que correspondan a las Habili- ciones técnicas. taciones Urbanas y Edificaciones. b) Informarse sobre las características de calidad c) Dar celeridad y simplificar administrativamente los del servicio, insumos, recursos y producto terminado tramites de consultas y autorizaciones de Habilitaciones solicitado. Urbanas y Edificaciones para lo que deberán contar con c) Informarse de las especificaciones técnicas, có- personal capacitado para ejercer las funciones técnicas y digos o normas técnicas aplicables al producto solici- administrativas que correspondan, pudiendo delegar o tado. tercerizar estas funciones. d) Informarse y comunicar al constructor que cumplirá d) Emitir los certificados de parámetros urbanísticos y con los controles, pruebas y ensayos aplicables a su pro- edificatorios. ducto o servicio. e) Otorgar las autorizaciones para la ejecución de las e) Asistir al cliente en el uso y mantenimiento del pro- obras de Habilitación Urbana y de Edificación, de acuer- ducto o servicio entregado. do con lo que dictaminen las Comisiones calificadoras de f) Ofrecer garantías sobre sus productos. proyectos o de quién cumpla sus funciones. Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia www.construccion.org.pe / icg@icg.org.pe / Telefax : 421 - 7896
  • 7. El Peruano UB LICA DEL P E NORMAS LEGALES EP RU 320477 R Jueves 8 de junio de 2006 f) Suspender las autorizaciones para la ejecución de b) Interpreta las normas técnicas contenidas en el pre- las obras de Habilitación Urbana y de Edificación, úni- sente Reglamento. camente en los casos en que se verifique plenamente que esta fue expedida contraviniendo disposiciones vi- gentes. CAPITULO VII g) Fijar los requisitos a que deberán sujetarse las obras en lo referente al uso de la vía pública, horario de trabajo, DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES instalaciones provisionales, ingreso y salida de materia- les y condiciones para la protección del medio ambiente. Artículo 47.- Los actores del Proceso de la Edifica- h) Ordenar la paralización de las obras que no es- ción, personas naturales o jurídicas, o las entidades pú- tén ejecutando de acuerdo a los proyectos aprobados y blicas que intervienen en el mismo, sin sujeción a las licencias otorgadas y exigir las correcciones correspon- disposiciones previstas en el presente Reglamento, in- dientes. currirán en violación del Código de Ética Profesional y i) Designar Inspectores Técnicos Municipales, los cua- deberán ser sancionados por sus respectivos Colegios les se encargan de efectuar el Control Urbano. Profesionales, sin perjuicio de las sanciones que se en- j) Inspeccionar las obras que se ejecuten en su juris- cuentren normadas en la legislación administrativa, civil dicción, por medio de profesionales calificados, verifican- y penal. do el cumplimiento de los proyectos aprobados. Artículo 48.- Las infracciones al presente Reglamen- k) Comprobar, que el Proyecto ha sido ejecutado de to, así como las sanciones que en consecuencia corres- acuerdo con los planos y especificaciones aprobados en pondan imponer, serán determinadas por las Municipali- la oportunidad en que fue otorgada la licencia de Habili- dades en cuya jurisdicción se encuentre la Habilitación tación Urbana o de Edificación, según corresponda. En Urbana o la Edificación, las mismas que deben quedar caso de ser así, emitirá la Resolución de Recepción de establecidas en su correspondiente Reglamento de San- obras de habilitación urbana o el Certificado de Finaliza- ciones y en su Texto Único de Procedimientos Adminis- ción de obra. trativos. l) Ordenar y ejecutar la demolición parcial o total de Artículo 49.- Sin perjuicio de lo indicado en el artículo una obra en los casos en que exista discrepancia no sub- anterior, se consideran infracciones las siguientes: sanable con el Proyecto aprobado. m) Dar mantenimiento a los espacios públicos y a las a) La ejecución de una obra en contravención con lo edificaciones que les corresponda administrar. normado en el presente Reglamento. n) Supervisar el adecuado uso y mantenimiento de las b) La ejecución de una obra sin la licencia respectiva. edificaciones. c) La adulteración de los planos, especificaciones y o) Hacer cumplir las normas del presente Reglamento. demás documentos de una obra, que hayan sido pre- viamente aprobados por la Municipalidad respectiva. d) El incumplimiento, por parte del Propietario o de CAPITULO V cualquier Profesional responsable, de las instrucciones DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LA o resoluciones emanadas de la Municipalidad en cuya REVISION DE PROYECTOS jurisdicción se encuentre la habilitación urbana o la edi- ficación. Artículo 42.- Los funcionarios, servidores públicos y e) Negar el acceso a la obra al Inspector Técnico Mu- las Comisiones Técnicas Municipales son las encargadas nicipal. de verificar el cumplimiento de las normas en los proyec- f) Cambiar el uso de una edificación sin la correspon- tos de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones. diente autorización. En los distritos donde no existan Comisiones Técni- g) La inexistencia de un Profesional Responsable de cas constituidas por delegados de los Colegios Profe- Obra. sionales e instituciones, se podrá hacer convenios con h) La inexistencia del Cuaderno de Obra, o el incum- otras municipalidades cercanas para constituirlas con- plimiento de las instrucciones indicadas en el mismo por juntamente. el Inspector Municipal, sin la debida justificación. Artículo 43.- Las personas responsables de la revi- i) El empleo de materiales defectuosos. sión de proyectos deberán tener título profesional en la j) Autorizar y/o ejecutar edificaciones en áreas ur- especialidad y demostrar experiencia y conocimiento en banas, que no cuenten con Habilitación Urbana au- aspectos técnicos y normativos suficientes para el des- torizada. empeño de sus funciones. k) Toda acción u omisión que contravenga las normas Artículo 44.- Las personas responsables de la re- sobre accesibilidad para personas con discapacidad. En visión de proyectos no podrán intervenir en la evalua- este caso es de aplicación lo dispuesto por la Ley Nº ción de un Proyecto en el que hayan participado como 27920. Profesional Responsable del Proyecto, Profesional Res- ponsable de la Obra, Supervisor, Constructor o Pro- pietario. CAPITULO VIII Artículo 45.- Los miembros de las Comisiones Técni- cas, desde su condición de integrantes de este cuerpo DE LAS RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVA, CIVIL Y PENAL colegiado, son responsables de los dictámenes que emi- ten, con sujeción a las normas contenidas en el presente Reglamento, al Plan Urbano, y las disposiciones legales Artículo 50.- Las responsabilidades de los actores que competen a la ejecución de Habilitaciones Urbanas y participantes en cada una de las etapas de un Proyecto, de edificaciones. pueden ser de carácter Administrativo, Civil y/o Penal, las que pueden ser aplicadas en forma concurrente si fuera el caso. CAPITULO VI Artículo 51.- La Responsabilidad Administrativa DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y de los actores participantes en un Proyecto u Obra SANEAMIENTO puede darse cuando éstos, por acción u omisión, generan un perjuicio a cualquiera de los actores, Artículo 46.- En su condición de ente Rector Nacio- administrados o partes contratantes, por el incumpli- nal, le corresponde diseñar, normar y ejecutar la política miento de deberes generales o responsabilidades nacional en materia de vivienda, urbanismo, construcción normadas en el presente Reglamento, y en la legis- y saneamiento. Asimismo, le corresponde ejercer compe- lación Administrativa vigente. tencias compartidas según lo establecido en la Ley de Artículo 52.- La Responsabilidad Civil de los actores Bases de Descentralización, en materia de urbanismo, participantes en un Proyecto u Obra puede darse cuando desarrollo urbano y saneamiento. En el ámbito del pre- éstos, por acción u omisión, generan un perjuicio a cual- sente Reglamento ejerce las siguientes funciones: quiera de los actores, administrados o partes contratan- tes, por el incumplimiento de lo pactado en el Contrato, a) Fiscaliza y supervisa el cumplimiento del marco nor- de lo normado en el presente Reglamento, y de la legisla- mativo relacionado con su ámbito de competencia, de ción Civil vigente. acuerdo a su Ley de creación y a los Reglamentos res- Artículo 53.- La Responsabilidad Penal de los acto- pectivos. res participantes en un Proyecto u Obra puede darse cuan- Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia www.construccion.org.pe / icg@icg.org.pe / Telefax : 421 - 7896
  • 8. UB LICA DEL P E El Peruano NORMAS LEGALES EP R U 320478 R Jueves 8 de junio de 2006 do éstos, por acción u omisión, generan un daño a cual- quiera de los actores, administrados o partes contratan- NORMA G.040 tes, mediante un hecho o conducta tipificado como delito y normado en la legislación Penal vigente. DEFINICIONES Artículo 54.- Sin perjuicio de sus responsabilidades contractuales, el Constructor y el Profesional Responsa- Artículo Único.- Para la aplicación del presente Re- ble de Obra, responderán frente al cliente, en el caso de glamento se consideran las siguientes definiciones: que sean objeto de controversia o desacuerdo por daños materiales ocasionados en el producto de la edificación, Acabados: Materiales que se instalan en una edifica- dentro de los cinco años. ción y que se encuentra integrados a ella, con el fin de Este plazo será contado desde la fecha de recepción darles condiciones de uso a los ambientes que la confor- o finalización de obra por la Municipalidad respectiva, y man. Son acabados los pisos, cielorrasos, recubrimien- comprende los defectos o daños materiales que a conti- tos de paredes y techos, carpintería, vidrios y cerrajería, nuación se indican: pintura, aparatos sanitarios y grifería. Aleros: Parte del techo que sobresale de un muro o a) Por destrucción total o parcial, o cuando presenta elemento de soporte. evidente peligro de ruina o graves defectos por vicio de la Altura de la edificación: Es la dimensión vertical de una edificación. Es establecida como parámetro en construcción, por los daños materiales causados en el el Plan Urbano o de Desarrollo Urbano, para el lote producto de la construcción por vicios o defectos que afec- ten la cimentación, las estructuras, o todo aquel elemento donde se construirá la obra. Se mide en el punto mas alto de la vereda del frente principal de acceso de per- o subconjunto que afecte directamente a las estructuras, sonas al inmueble a edificar, sobre el límite de propie- comprometa la resistencia mecánica, la estabilidad, y el tiempo de la vida útil de la obra. dad. En caso de no existir vereda, se tomará el nivel de la calzada más 0.15 m. En caso que el ingreso sea por b) Por los daños materiales causados en la obra por una esquina, se tomará el nivel de la esquina. La altura vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones, ocasionados por el incumplimiento de los total incluye el parapeto superior sobre el último nivel edificado. En caso que exista acceso por dos frentes requisitos de calidad de los materiales. de distinto nivel se tomará el nivel más alto. No incluye c) Por los daños materiales por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos no estructurales o por los tanques elevados, ni las casetas de los equipos para los ascensores. En los casos en que la altura de la edi- defecto del suelo, si es que hubiera suministrado o elabo- ficación este indicada en pisos, cada piso se considera rado los estudios, planos y demás documentos necesa- rios para la ejecución de la obra y que forman parte del de 3.00 m. En caso que esté fijada en metros y en pisos simultáneamente, prima la altura en metros. producto de la construcción. Ampliación: Es la obra que se ejecuta a partir de una edificación preexistente, incrementando la cantidad de Artículo 55.- El Constructor y el Profesional Res- metros cuadrados de área techada. Puede incluir o no la ponsable de Obra, se liberan de responsabilidades remodelación del área techada existente. del Contrato, si prueban que la obra se ejecutó de Aporte: Área de terreno habilitado destinado a recrea- acuerdo a las normas técnicas de este Reglamento ción pública y servicios públicos, que debe inscribirse a y en estricta conformidad con las instrucciones de favor de la institución beneficiaria, y que es cedida a titulo los profesionales que elaboraron los estudios, pla- gratuito por el propietario de un terreno rústico como con- nos y demás documentos necesarios para la ejecu- secuencia del proceso de habilitación urbana. ción de la obra, cuando los mismos le son proporcio- Aprobado: Calificación que recibe un proyecto como nados por el Propietario. resultado del proceso de revisión, cuando cumple con los Artículo 56.- La Responsabilidad Civil será exigible requisitos establecidos en las normas vigentes. en forma personal e individualizada, tanto por actos u omi- Aprobado con observaciones: Calificación que reci- siones propios, como por actos u omisiones de personas be un proyecto como resultado del proceso de revisión, por los que se deba responder. en el que existen deficiencias subsanables que no alteran Sin perjuicio de las medidas de intervención adminis- las características básicas del proyecto. Esta condición trativas que en cada caso procedan, la responsabilidad no le permite al solicitante iniciar los trabajos propuestos que se establece en esta norma se extenderá a las perso- en el proyecto hasta que las observaciones hayan sido nas naturales o jurídicas que, a tenor del Contrato o de su levantadas. intervención decisoria en las definiciones de requisitos de Área bruta: Es la superficie encerrada dentro de los calidad, actúen personalmente como Profesional Respon- linderos de la poligonal de un terreno rústico. sable de Obra o Constructor. Área techada: Es la suma de las superficies de las Artículo 57.- El Constructor responderá directamente edificaciones techadas. Se calcula sumando la proyec- de los daños materiales causados en la obra por incum- ción de los límites de la poligonal que encierra cada plimiento de los requisitos de calidad, defectos derivados piso, descontando los ductos. No forman parte del área de la impericia, falta de capacidad profesional o técnica, techada, las cisternas, los tanques de agua, los espa- negligencia o incumplimiento de las obligaciones atribui- cios para la instalación de equipos donde no ingresen das al Profesional Responsable de Obra y demás perso- personas, los aleros desde la cara externa de los mu- nas que de él dependan. ros exteriores cuando tienen como fin la protección de Los daños materiales se refieren a las fallas observa- la lluvia, las cornisas, balcones y jardineras descubier- das en alguno de los componentes de la edificación más tas y las cubiertas de vidrio u otro material transparente allá de las derivadas del uso normal y adecuado. cuando cubran patios interiores. Los espacios a doble Cuando el Constructor subcontrate con otras perso- o mayor altura se calculan en el nivel del techo colin- nas naturales o jurídicas la ejecución de determinadas dante más bajo. partes o instalaciones de la obra, será directamente res- Área común: Área libre o techada de propiedad co- ponsable de los daños materiales por vicios o defectos de mún de los propietarios de los predios en que se ha sub- su ejecución, sin perjuicio de la Acción Civil y/o Penal a dividido una edificación. Se mide entre las caras de los que hubiere lugar. muros que la limitan. En el caso de áreas comunes colin- Asimismo, el Constructor responderá directamente de dantes con otros predios se mide hasta el límite de pro- los daños materiales causados en el producto de la cons- piedad. trucción por las deficiencias de los suministros adquiridos Área de aportes: Es la suma de las superficies que o aceptados por él, hasta el plazo establecido por el fabri- se transfieren a las entidades beneficiarias para uso cante como garantía del producto. público como resultado del proceso de habilitación ur- Artículo 58.- Las obras ejecutadas, para ser transferi- bana. Se calcula sobre el área bruta, menos las áreas das a terceros mediante Contratos de Compra Venta a que deban cederse para vías expresas, arteriales y co- Título Oneroso, tienen como responsable al Vendedor, lectoras. quien podrá repetir contra el Constructor. Área de recreación pública: Superficie destinada a Artículo 59.- En todo aquello que no esté normado en parques de uso público. el presente Reglamento respecto a las infracciones y san- Área libre: - Es la superficie de terreno donde no exis- ciones de naturaleza administrativa, civil y penal, éstas se ten proyecciones de áreas techadas. Se calcula sumando sujetan a lo normado en la legislación especial vigente las superficies comprendidas fuera de los linderos de las sobre cada materia. poligonales definidas por las proyecciones de las áreas Difundido por: ICG - Instituto de la Construcción y Gerencia www.construccion.org.pe / icg@icg.org.pe / Telefax : 421 - 7896
  • 9. El Peruano UB LICA DEL P E NORMAS LEGALES EP RU 320479 R Jueves 8 de junio de 2006 techadas sobre el nivel del terreno, de todos los niveles Demolición: Es la obra que se ejecuta para eliminar de la edificación y hasta los límites de la propiedad. parcial o totalmente una edificación existente. Área neta: Es la superficie de terreno resultante des- Diseño: Disciplina que tiene por objeto la armoniza- pués de haberse efectuado las cesiones para vías y los ción del entorno humano, desde la concepción de los ob- aportes reglamentarios. jetos de uso, hasta el urbanismo. Área ocupada: Es la suma de las superficies techa- Ducto de basura: Conducto vertical destinado a la con- das y sin techar de dominio propio, encerrada dentro de ducción de residuos sólidos hacia un espacio de almace- los linderos de una poligonal medida hasta la cara exte- namiento provisional. rior de los muros del perímetro o hasta el eje del para- Ducto horizontal: Conducto técnico destinado a con- mento divisorio en caso de colindancia con otro predio. tener instalaciones de una edificación, capaz de permitir No incluye los ductos verticales. su atención por personal especializado. Área rural: Es el área establecida en los Instrumentos Ducto de instalaciones: Conducto técnico vertical u de Planificación Territorial que está fuera de los límites horizontal destinado a portar lineas y accesorios de insta- urbanos o de expansión urbana. laciones de una edificación, capaz de permitir su atención Área urbana: Es el área destinada a usos urbanos, directamente desde un espacio contiguo. comprendida dentro de los límites urbanos establecidos Ducto de ventilación: Conducto vertical destinado por los Instrumentos de Planificación Territorial. a permitir la renovación de aire de ambientes de servi- Arquitectura: Arte y técnica de proyectar y construir cio de una edificación, por medios naturales o mecani- edificios, según reglas, técnicas y cánones estéticos de- zados. terminados. Edificación: Obra de carácter permanente, cuyo des- Azotea: Es el nivel accesible encima del techo del úl- tino es albergar actividades humanas. Comprende las ins- timo nivel techado. La azotea puede ser libre o tener cons- talaciones fijas y complementarias adscritas a ella. trucciones de acuerdo con lo que establecen los planes Edificio: Obra ejecutada por el hombre albergar sus urbanos. actividades. Cálculo de evacuación: Estimación del tiempo que Edificio multifamiliar: Edificación única con dos o más tardan los ocupantes de una edificación en evacuarla com- unidades de vivienda que mantienen la copropiedad del pletamente a un lugar seguro, en condiciones de máxima terreno y de las áreas y servicios comunes. ocupación. El cálculo de evacuación define las dimensio- Edificio de oficinas: Edificación de una o varias uni- nes de las puertas de salida y de las circulaciones hori- dades, destinado a la albergar actividades de tipo inte- zontales y verticales. lectual. Calidad de la edificación: Es el conjunto de caracte- Edificio de uso público: Edificación pública o priva- rísticas que son objeto de valoración y que permiten reco- da, cuya función principal es la prestación de servicios al nocer el grado en que una edificación responde a su pro- público. pósito y a las necesidades de sus usuarios. Edificio de Estacionamiento: Edificación destinada Calzada o pista: Parte de una vía destinada al tránsi- exclusivamente al estacionamiento de vehículos. to de vehículos. Elemento prefabricado: Componente de obra prepa- Catastro: Es el registro o inventario detallado de los rado fuera de su lugar definitivo. bienes inmuebles urbanos, así como del mobiliario y de- Equipamiento básico: Conjunto de construcciones y más componentes de una ciudad. edificaciones que se destinan a los servicios de sanea- Cesión para vías: Área de terreno rústico destinado a miento y electrificación. vías que es cedida a titulo gratuito por el propietario de un Equipamiento de la edificación: Conjunto de com- terreno rústico como consecuencia del proceso de habili- ponentes mecánicos y electromecánicos, necesarios para tación urbana. el funcionamiento de una edificación. Cerco: Elemento de cierre que delimita una propie- Equipamiento social: Edificaciones destinadas a edu- dad o dos espacios abiertos. Puede ser opaco o trans- cación, salud y servicios sociales. parente. Cliente: Persona natural o jurídica, de naturaleza pú- Equipamiento urbano: Edificaciones destinadas a re- blica o privada que da origen al proyecto de la edificación. creación, salud, educación, cultura, transporte, comuni- Sus necesidades dan inicio a la actividad económica. caciones, seguridad, administración local, gobierno y ser- Coeficiente de edificación: Factor por el que se mul- vicios básicos. tiplica el área de un terreno urbano y cuyo resultado es el Escalera: Elemento de la edificación con gradas, que área techada máxima posible, sin considerar los estacio- permite la circulación de las personas entre los diferentes namientos ni sus áreas tributarias. niveles. Sus dimensiones se establecen sobre la base del Condominio: Forma de propiedad de una edificación flujo de personas que transitarán por ella y el traslado del en la que participan dos o mas propietarios. mobiliario. Conjunto habitacional: Ver conjunto residencial. Escalera de evacuación: Escalera que cuenta con Conjunto residencial: Grupo de viviendas compues- protección a prueba de humos y fuego. Entrega en el ni- to de varias edificaciones independientes, con predios de vel de una vía publica. propiedad exclusiva y que comparten bienes comunes bajo Escalera integrada: Escalera cuyos espacios de en- el régimen de copropiedad. trega en cada nivel forman parte de los pasajes de circu- Construcción por etapas: Proceso de ejecución de lación horizontal, sin elementos de cierre. obras de habilitación urbana o edificación que puede fina- Estudio de ascensores: Evaluación de tráfico, flujos lizan o se reciben por secciones parciales. y características técnicas que determinan el número y di- Construcción simultánea: Obras de edificación que mensiones de los ascensores requeridos para satisfacer se ejecutan conjuntamente con las obras de habilita- las necesidades de una edificación. ción urbana y cuyas licencias se otorgan en forma con- Estacionamiento: Superficie pavimentada, con o sin junta. techo, destinada exclusivamente al estacionamiento de Constructor: Persona natural o jurídica, cuya respon- vehículos. sabilidad es ejecutar una obra. Estudio de evacuación: Evaluación del sistema de Control de calidad: Técnicas y actividades emplea- evacuación de una edificación en situación de ocupación das para verificar el cumplimiento de los requisitos de ca- máxima, que garantice la salida de las personas en un lidad, establecidos en el proyecto. tiempo determinado, en casos de emergencia. Déficit de estacionamientos: Numero de estaciona- Estudio de Impacto ambiental: Evaluación de la ma- mientos que no pueden ser ubicados dentro del lote so- nera como una edificación influirá en el entorno, durante bre el que está construida la edificación que los deman- su etapa de funcionamiento. da, respecto de los espacios requeridos normativamente. Estudio de Impacto Vial: Evaluación de la manera Densidad Bruta: Es el indicador resultante de dividir como una edificación influirá en el sistema vial adyacen- el numero de habitantes del proyecto propuesto, entre el te, durante su etapa de funcionamiento. área de un lote rústico para uso residencial. Estudio de riesgos: Evaluación de los peligros rea- Densidad Neta: Es el indicador resultante de dividir el les o potenciales de un terreno para ejecutar una habilita- numero de habitantes del proyecto propuesto entre el área ción urbana o una edificación. de un lote urbano para uso residencial. Estudio de seguridad: Evaluación de las condiciones Densificación: Es el proceso de incremento de la den- de seguridad necesarias para garantizar el uso de una sidad habitacional, producto del aumento del número de edificación de manera razonablemente segura para sus habitantes dentro del mismo suelo ocupado. ocupantes. 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