FACULTAD DE COMERCIO INTERNACIONAL
INTEGRACIÓN ADMINISTRACIÓN EMPRESARIAL Y
                ECONOMÍA

ESCUELA DE COMERCIO EXTERIOR Y NEGOCIACIÓN
              INTERNACIONAL




          NORMATIVA ADUANERA
               INTEGRANTES
               MISHEL MAFLA
              ROMMEL MALGUA
             JIMMY VALDIVIESO

               NIVEL: 4TO “B”


            MARZO-AGOSTO-2012
ART. 228.- DERECHOS Y
                                       DEBERES DEL AGENTE
                                            DE ADUANA




Los agentes de aduana tienen derecho a
que se les reconozca su calidad de tal a                       El otorgamiento de la licencia de los
nivel nacional. El principal deber del                         agentes de aduana, sus derechos,
agente de aduanas es cumplir este                              obligaciones y las regulaciones de su
Código,    sus   reglamentos     y     las                     actividad, se determinarán en el
disposiciones dictadas por el Servicio                         Reglamento de este Código y las
Nacional de Aduana del Ecuador y                               disposiciones que dicte para el efecto el
asesorar en el cumplimiento de las                             Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
mismas a quienes contraten sus servicios.
Art. 229.- SANCIONES.- Siempre
                                                                                  que el hecho no constituya
                                                                                  delito o contravención los
                                                                                  agentes de aduana están sujetos
                                                                                  a las siguientes sanciones:



                            1. SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA.- Los agentes                                                            2. Cancelación de la licencia.- Los
                            de aduana serán sancionados con una                                                                   agentes      de    aduana      serán
                            suspensión de su licencia hasta por sesenta                                                           sancionados con la cancelación de
                            (60) días calendario cuando incurran en una de                                                        su licencia cuando incurra en una
                            la las siguientes causales:                                                                           de la las siguientes causales:


                                                                             c.El incumplimiento de                                                   c. No conservar el        d.Por fallecimiento
                                  b.       Haber sido sancionado en tres                                a.Por reincidencia    b.En caso de haber
                                                                             las         obligaciones                                                 archivo      de     los   del      titular  o
                                  ocasiones dentro de un período de 12                                  en la suspensión de   sido     sentenciado
                                                                             previstas para los                                                       despachos en que ha       disolución de la
                                  meses        con         contravención                                la licencia dentro    por delito aduanero
a.      Haber       sido                                                     Agentes de Aduana en                                                     intervenido por el        persona jurídica
                                  indistintamente por:                                                  de un período de 12
sancionado en tres                                                           el     Reglamento     al                                                 plazo establecido en el
                                  1. Obstaculizar o impedir acciones de                                 meses                                               reglamento
ocasiones por falta                                                          presente Código y en
reglamentaria, por el             control aduanero, ya sea por actos         el reglamento que                                                        al presente Código; o,
incumplimiento       del          tendientes a entorpecer la actividad       regule                la
Reglamento de este                del Servicio Nacional de Aduana del        actividad     de     los
Título    o     a     los         Ecuador o por negarse a colaborar con      agentes de aduana
Reglamentos         que           las investigaciones que se realicen;       dictado      por      la
expida la Directora o el                                                     Directora o el Director
Director del Servicio             2. No presentar los documentos de          General.
Nacional de Aduana del            acompaña miento conjuntamente con
Ecuador, dentro de un             la    declaración     aduanera,      si
período de 12 meses               corresponde conforme a la modalidad
                                                     de
                                  despacho asignada a la declaración,
                                  por parte del propietario, consignante
                                  o consignatario; o,
Los auxiliares de los agentes de               El principal deber de los
                             aduana podrán actuar en                        auxiliares de agente de
                             representación del agente de                   aduanas es cumplir este
                             aduanas en los actos que                       Código, sus reglamentos y las
                             correspondan a éste ante la                    disposiciones dictadas por el
                             administración         aduanera,               Servicio Nacional de Aduana
                             excepto en la firma de la                      del Ecuador.
                             declaración.


                                                                                                      La credencial del auxiliar del
Los Agentes de Aduana podrán contar                                                                   agente de aduana será
con auxiliares para el ejercicio de su                                                                cancelada en los siguientes
actividad, los cuales serán calificados por                                                           casos:
el Servicio Nacional de Aduana del                        Art. 230.- De                               a.En caso de haber sido
Ecuador de conformidad con las                                                                        sentenciado      por       delito
disposiciones que para el efecto dicte la
                                                          los auxiliares de                           aduanero;               b. Por
Directora o el Director General. La                       los agentes de                              fallecimiento del titular; o
credencial del auxiliar tendrá vigencia
mientras esté vigente la credencial del
                                                          aduana                                      c.      Las     demás        que
                                                                                                      establezca este Código.
agente de aduana y preste sus servicios a
éste.



                                                            Capítulo II

                                      De los Operadores Económicos Autorizados




                                              Art.  231.-    Operador
                                              Económico Autorizado.-



Es la persona natural o           Para ser calificado           No serán Operadores Económicos            En caso de incumplimiento de
jurídica involucrada en el        como un Operador              Autorizados quienes hayan sido            las normas aduaneras y sin
movimiento                        Económico Autorizado          sancionados por delito aduanero,          perjuicio de la sanción que
internacional           de        (OEA) deberá cumplir          ni las personas jurídicas cuyos           corresponda, la Directora o el
mercancías, cualquiera            con los requisitos            representantes,       socios      o       Director     General      podrá
que sea la función que            previstos   en     el         accionistas estén incursos en dicha       suspender o revocar la
haya      asumido,     que                                      situación. Quien utilice cualquier        autorización de los Operadores
                                  reglamento a este                                                       Económicos          Autorizados
                                                                tipo de simulación para ser un
cumpla con las normas             Código.                       Operador Económico Autorizado             conforme lo previsto en el
equivalentes            de                                      estando incurso en la prohibición         reglamento al presente Código
seguridad de la cadena                                          prevista en este artículo, perderá        y el reglamento dictado por el
logística establecidas por                                      dicha calidad, así como la persona        Servicio Nacional de Aduana
el Servicio Nacional de                                         natural o jurídica que haya               del Ecuador que regule la
Aduana del Ecuador, para                                        coadyuvado para obtener una               actividad de los Operadores
acceder a facilidades en                                        autorización en estas condiciones,        Económicos Autorizados.
los trámites aduaneros.                                         quienes además no podrán ser
                                                                autorizados nuevamente.
LIBRO VI

SOSTENIBILIDAD DE LA PRODUCCIÓN Y SU

    RELACIÓN CON EL ECOSISTEMA

                     TÍTULO I

   De la Eco-eficiencia y Producción Sostenible




                          Para fines de este Código, se
           entenderán como procesos productivos eficientes el uso de
               tecnologías ambientalmente limpias y de energías
          alternativas no contaminantes y de bajo impacto; adoptadas
            para reducir los efectos negativos y los daños en la salud
                  de los seres humanos y del medio ambiente.




                                Estas medidas
           comprenderán aquellas cuyo diseño e implementación
          permitan mejorar la producción, considerando el ciclo de
           vida de los productos así como el uso sustentable de los
                              recursos naturales.




                   También, se entenderán como procesos
        productivos más eficientes y competitivos, la implementación
             de tecnologías de punta, que permitan mejorar la
           administración y utilización racional de los recursos, así
         como prevención y control de la contaminación ambiental,
            producto de los procesos productivos, la provisión de
                   servicios y el uso final de los productos.
Art. 233.-
                                   Desarrollo
                                   sustentable




                 Las personas naturales
y jurídicas así como las demás formas asociativas regidas
  por el presente Código, deberán desarrollar todos sus
   procesos productivos conforme a los postulados del
 desarrollo sustentable en los términos constantes en la
Constitución y en los convenios internacionales de los que
                   es parte el Ecuador.
Art. 234.- Tecnología
                                                       más limpia


                         Las empresas, en el
    transcurso de la sustitución de tecnologías, deberán adoptar
     medidas para alcanzar procesos de producción más limpia
                         como por ejemplo:



                                                                               c. Aplicar de manera efectiva, responsable y oportuna
                                     b. Adoptar procesos sustentables y
                                              utilizar equipos                  los principios de gestión ambiental universalmente
a. Utilizar materias primas no
  tóxicas, no peligrosas y de     eficientes en la utilización de recursos y        aceptados y consagrados en los convenios
  bajo impacto ambiental.                            que                       internacionales, así como en la legislación doméstica,
                                     contribuyan a la prevención de la                      en particular los siguientes:
                                             contaminación.


                                                                                                     1. Reducir, reusar y reciclar;
                                                                                             2. Adoptar la mejor tecnología disponible;
                                                                                      3. Responsabilidad integral sobre el uso de determinados
                                                                                               productos, particularmente químicos;
                                                                                         4. Prevenir y controlar la contaminación ambiental
                                                                                                     5. El que contamina, paga;
                                                                                         6. Uso gradual de fuentes alternativas de energía;
                                                                                        7. Manejo sustentable y valoración adecuada de los
                                                                                                        recursos naturales; y,
                                                                                            8. Responsabilidad intra e intergeneracional.
Art. 235.- Incentivo a producción más limpia



                      Para
            promover la producción
              limpia y la eficiencia
                 energética, el
             Estado establecerá los
             siguientes incentivos:




                                       b. Beneficios de índole económico que se obtengan de
a. Los beneficios tributarios que
     se crean en este Código             las transferencias como “Permisos Negociables de
                                        Descarga”. En el reglamento a este Código se fijarán
                                       los parámetros que deberán cumplir las empresas que
                                          apliquen a estos beneficios, y la forma como se
                                          regulará el mercado de permisos de descarga o
                                       derechos de contaminación de acuerdo a la normativa
                                              nacional y de los Gobiernos Autónomos
                                          Descentralizados, con sus respectivos plazos de
                                         vigencia, el mecanismo de transferencia de estos
                                        derechos y el objetivo de calidad ambiental que se
                                                   desee obtener a largo plazo.
Art. 236.- Adaptación al cambio
               climático.-
Con el fin de facilitar la adaptación del Ecuador a los efectos del cambio
       climático y minimizarlos, las personas naturales y jurídicas
         así como las demás formas asociativas regidas por el
       presente Código, deberán adquirir y adoptar tecnologías
     ambientalmente adecuadas que aseguren la prevención y el
       control de la contaminación, la producción limpia y el uso
                        de fuentes alternativas.

Rommel malgua 4_bce_224-236

  • 1.
    FACULTAD DE COMERCIOINTERNACIONAL INTEGRACIÓN ADMINISTRACIÓN EMPRESARIAL Y ECONOMÍA ESCUELA DE COMERCIO EXTERIOR Y NEGOCIACIÓN INTERNACIONAL NORMATIVA ADUANERA INTEGRANTES MISHEL MAFLA ROMMEL MALGUA JIMMY VALDIVIESO NIVEL: 4TO “B” MARZO-AGOSTO-2012
  • 5.
    ART. 228.- DERECHOSY DEBERES DEL AGENTE DE ADUANA Los agentes de aduana tienen derecho a que se les reconozca su calidad de tal a El otorgamiento de la licencia de los nivel nacional. El principal deber del agentes de aduana, sus derechos, agente de aduanas es cumplir este obligaciones y las regulaciones de su Código, sus reglamentos y las actividad, se determinarán en el disposiciones dictadas por el Servicio Reglamento de este Código y las Nacional de Aduana del Ecuador y disposiciones que dicte para el efecto el asesorar en el cumplimiento de las Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. mismas a quienes contraten sus servicios.
  • 6.
    Art. 229.- SANCIONES.-Siempre que el hecho no constituya delito o contravención los agentes de aduana están sujetos a las siguientes sanciones: 1. SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA.- Los agentes 2. Cancelación de la licencia.- Los de aduana serán sancionados con una agentes de aduana serán suspensión de su licencia hasta por sesenta sancionados con la cancelación de (60) días calendario cuando incurran en una de su licencia cuando incurra en una la las siguientes causales: de la las siguientes causales: c.El incumplimiento de c. No conservar el d.Por fallecimiento b. Haber sido sancionado en tres a.Por reincidencia b.En caso de haber las obligaciones archivo de los del titular o ocasiones dentro de un período de 12 en la suspensión de sido sentenciado previstas para los despachos en que ha disolución de la meses con contravención la licencia dentro por delito aduanero a. Haber sido Agentes de Aduana en intervenido por el persona jurídica indistintamente por: de un período de 12 sancionado en tres el Reglamento al plazo establecido en el 1. Obstaculizar o impedir acciones de meses reglamento ocasiones por falta presente Código y en reglamentaria, por el control aduanero, ya sea por actos el reglamento que al presente Código; o, incumplimiento del tendientes a entorpecer la actividad regule la Reglamento de este del Servicio Nacional de Aduana del actividad de los Título o a los Ecuador o por negarse a colaborar con agentes de aduana Reglamentos que las investigaciones que se realicen; dictado por la expida la Directora o el Directora o el Director Director del Servicio 2. No presentar los documentos de General. Nacional de Aduana del acompaña miento conjuntamente con Ecuador, dentro de un la declaración aduanera, si período de 12 meses corresponde conforme a la modalidad de despacho asignada a la declaración, por parte del propietario, consignante o consignatario; o,
  • 7.
    Los auxiliares delos agentes de El principal deber de los aduana podrán actuar en auxiliares de agente de representación del agente de aduanas es cumplir este aduanas en los actos que Código, sus reglamentos y las correspondan a éste ante la disposiciones dictadas por el administración aduanera, Servicio Nacional de Aduana excepto en la firma de la del Ecuador. declaración. La credencial del auxiliar del Los Agentes de Aduana podrán contar agente de aduana será con auxiliares para el ejercicio de su cancelada en los siguientes actividad, los cuales serán calificados por casos: el Servicio Nacional de Aduana del Art. 230.- De a.En caso de haber sido Ecuador de conformidad con las sentenciado por delito disposiciones que para el efecto dicte la los auxiliares de aduanero; b. Por Directora o el Director General. La los agentes de fallecimiento del titular; o credencial del auxiliar tendrá vigencia mientras esté vigente la credencial del aduana c. Las demás que establezca este Código. agente de aduana y preste sus servicios a éste. Capítulo II De los Operadores Económicos Autorizados Art. 231.- Operador Económico Autorizado.- Es la persona natural o Para ser calificado No serán Operadores Económicos En caso de incumplimiento de jurídica involucrada en el como un Operador Autorizados quienes hayan sido las normas aduaneras y sin movimiento Económico Autorizado sancionados por delito aduanero, perjuicio de la sanción que internacional de (OEA) deberá cumplir ni las personas jurídicas cuyos corresponda, la Directora o el mercancías, cualquiera con los requisitos representantes, socios o Director General podrá que sea la función que previstos en el accionistas estén incursos en dicha suspender o revocar la haya asumido, que situación. Quien utilice cualquier autorización de los Operadores reglamento a este Económicos Autorizados tipo de simulación para ser un cumpla con las normas Código. Operador Económico Autorizado conforme lo previsto en el equivalentes de estando incurso en la prohibición reglamento al presente Código seguridad de la cadena prevista en este artículo, perderá y el reglamento dictado por el logística establecidas por dicha calidad, así como la persona Servicio Nacional de Aduana el Servicio Nacional de natural o jurídica que haya del Ecuador que regule la Aduana del Ecuador, para coadyuvado para obtener una actividad de los Operadores acceder a facilidades en autorización en estas condiciones, Económicos Autorizados. los trámites aduaneros. quienes además no podrán ser autorizados nuevamente.
  • 8.
    LIBRO VI SOSTENIBILIDAD DELA PRODUCCIÓN Y SU RELACIÓN CON EL ECOSISTEMA TÍTULO I De la Eco-eficiencia y Producción Sostenible Para fines de este Código, se entenderán como procesos productivos eficientes el uso de tecnologías ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto; adoptadas para reducir los efectos negativos y los daños en la salud de los seres humanos y del medio ambiente. Estas medidas comprenderán aquellas cuyo diseño e implementación permitan mejorar la producción, considerando el ciclo de vida de los productos así como el uso sustentable de los recursos naturales. También, se entenderán como procesos productivos más eficientes y competitivos, la implementación de tecnologías de punta, que permitan mejorar la administración y utilización racional de los recursos, así como prevención y control de la contaminación ambiental, producto de los procesos productivos, la provisión de servicios y el uso final de los productos.
  • 9.
    Art. 233.- Desarrollo sustentable Las personas naturales y jurídicas así como las demás formas asociativas regidas por el presente Código, deberán desarrollar todos sus procesos productivos conforme a los postulados del desarrollo sustentable en los términos constantes en la Constitución y en los convenios internacionales de los que es parte el Ecuador.
  • 10.
    Art. 234.- Tecnología más limpia Las empresas, en el transcurso de la sustitución de tecnologías, deberán adoptar medidas para alcanzar procesos de producción más limpia como por ejemplo: c. Aplicar de manera efectiva, responsable y oportuna b. Adoptar procesos sustentables y utilizar equipos los principios de gestión ambiental universalmente a. Utilizar materias primas no tóxicas, no peligrosas y de eficientes en la utilización de recursos y aceptados y consagrados en los convenios bajo impacto ambiental. que internacionales, así como en la legislación doméstica, contribuyan a la prevención de la en particular los siguientes: contaminación. 1. Reducir, reusar y reciclar; 2. Adoptar la mejor tecnología disponible; 3. Responsabilidad integral sobre el uso de determinados productos, particularmente químicos; 4. Prevenir y controlar la contaminación ambiental 5. El que contamina, paga; 6. Uso gradual de fuentes alternativas de energía; 7. Manejo sustentable y valoración adecuada de los recursos naturales; y, 8. Responsabilidad intra e intergeneracional.
  • 11.
    Art. 235.- Incentivoa producción más limpia Para promover la producción limpia y la eficiencia energética, el Estado establecerá los siguientes incentivos: b. Beneficios de índole económico que se obtengan de a. Los beneficios tributarios que se crean en este Código las transferencias como “Permisos Negociables de Descarga”. En el reglamento a este Código se fijarán los parámetros que deberán cumplir las empresas que apliquen a estos beneficios, y la forma como se regulará el mercado de permisos de descarga o derechos de contaminación de acuerdo a la normativa nacional y de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, con sus respectivos plazos de vigencia, el mecanismo de transferencia de estos derechos y el objetivo de calidad ambiental que se desee obtener a largo plazo.
  • 12.
    Art. 236.- Adaptaciónal cambio climático.- Con el fin de facilitar la adaptación del Ecuador a los efectos del cambio climático y minimizarlos, las personas naturales y jurídicas así como las demás formas asociativas regidas por el presente Código, deberán adquirir y adoptar tecnologías ambientalmente adecuadas que aseguren la prevención y el control de la contaminación, la producción limpia y el uso de fuentes alternativas.