2. LO MEJOR PARA usted
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2
El contador Público podrá emitir
dictamen fiscal de estados
financieros y otros informes con
efectos fiscales, siempre y
cuando obtenga el registro
correspondiente que otorga el
servicio de Administración
Tributaria a través de la
Administración General de
Auditoría Fiscal Federal.
Papel del contador
público inscrito
3. LO MEJOR PARA usted
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3
El contador público inscrito cumple diversas
funciones clave en asuntos fiscales:
Preparación y Revisión de Informes
Financieros:
Elabora y verifica estados financieros para
asegurar el cumplimiento de requisitos
legales y normativos.
Asesoría Tributaria:
Proporciona orientación para optimizar la
carga impositiva y aplica las leyes fiscales
vigentes.
4. LO MEJOR PARA usted
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4
Planificación
Fiscal
Desarrolla estrategias
éticas y legales para
minimizar la carga
impositiva de la entidad.
Declaraciones de
Impuestos
Prepara y presenta
declaraciones de impuestos
con precisión, garantizando el
cumplimiento de obligaciones
tributarias.
5. LO MEJOR PARA usted
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5
Colaboración con Autoridades Fiscales:
Actúa como intermediario entre la entidad y las
autoridades fiscales, respondiendo a consultas y
proporcionando información solicitada.
Auditoría Fiscal:
Colabora en auditorías fiscales proporcionando
documentación y explicaciones sobre la situación
financiera.
6. LO MEJOR PARA usted
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6
Cumplimiento
Normativo:
Monitorea
cambios
legislativos y
garantiza el
cumplimiento de
regulaciones
fiscales.
Gestión de
Riesgos:
Identifica y gestiona
riesgos fiscales
para evitar
sanciones y
garantizar el
cumplimiento
normativo.
7. LO MEJOR PARA usted
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Cuál es la importancia de cumplir con las normativas fiscales?
7
Evitar Sanciones y
Multas:
El incumplimiento de las
normativas fiscales puede
resultar en sanciones
financieras significativas y
multas, afectando la
estabilidad financiera.
8. LO MEJOR PARA usted
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Cuál es la importancia de cumplir con las normativas fiscales?
8
Preservar la Reputación:
El cumplimiento fiscal
contribuye a mantener una
reputación sólida y
transparente ante clientes,
proveedores y otras partes
interesadas.
9. LO MEJOR PARA usted
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9
Minimizar Riesgos Legales:
Cumplir con las regulaciones
fiscales ayuda a evitar
riesgos legales y disputas con
las autoridades fiscales.
10. LO MEJOR PARA usted
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10
Facilitar Auditorías y Revisiones:
Un historial de cumplimiento facilita
auditorías y revisiones fiscales,
agilizando el proceso y evitando
complicaciones innecesarias.
11. LO MEJOR PARA usted
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11
Contribuir al Desarrollo del País:
El cumplimiento fiscal contribuye al
sostenimiento de los servicios
públicos y al desarrollo del país al
garantizar la recaudación de
impuestos necesaria.
12. LO MEJOR PARA usted
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12
Evitar Interrupciones Operativas:
El no cumplir con las normativas
puede llevar a embargos o cierres
temporales, generando
interrupciones operativas
perjudiciales para el negocio.
13. LO MEJOR PARA usted
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13
Establecer Confianza con Inversionistas:
Inversionistas y accionistas valoran la
transparencia fiscal, lo que puede
traducirse en mayor confianza y atractivo
para inversores potenciales.
14. LO MEJOR PARA usted
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Como ya lo vimos
anteriormente, el ámbito fiscal
incluye las normas jurídicas
encargadas de regular la
recaudación, el manejo y el
control de los ingresos públicos
de los estados aportados por
los contribuyentes.
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15. LO MEJOR PARA usted
EMPRESADE COMPUESTOSORGÁNICOS
Dentro del entramado
(Entrecruzamiento)
normativo que regula la
labor del contador público
inscrito, las sanciones son
pilares esenciales para
asegurar la integridad y
responsabilidad en el
ejercicio de sus funciones.
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16. Estas medidas punitivas
(Perteneciente o relativo
al castigo) no solo
reflejan la magnitud de
la profesión contable en
la sociedad, sino
también la necesidad de
mantener elevados
estándares éticos y de
cumplimiento normativo
en el ámbito financiero.
17. Para continuar,
identificaremos las diversas
sanciones aplicables a los
contadores públicos,
desentrañando sus
implicaciones y destacando
el papel crítico que juegan
en la preservación de la
confianza en el sistema
contable.
18. LO MEJOR PARA usted
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el artículo 52 del CFF establece que se
presumen como ciertos, a menos que se
demuestre lo contrario, los hechos
afirmados en dictámenes fiscales
realizados por contadores públicos sobre
estados financieros de contribuyentes u
operaciones de enajenación de acciones.
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19. LO MEJOR PARA usted
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19
Para obtener registro, los contadores deben cumplir ciertos requisitos,
como ser mexicanos con título de contador público y certificación, o
extranjeros con derecho según tratados internacionales.
20. LO MEJOR PARA usted
EMPRESADE COMPUESTOSORGÁNICOS
Además, se exige que el dictamen
cumpla con normativas específicas, se
presente electrónicamente, y el contador
esté al día en obligaciones fiscales. La
no conformidad puede resultar en
sanciones, incluida la cancelación del
registro. Las opiniones en los
dictámenes no son vinculantes para las
autoridades fiscales.
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21. LO MEJOR PARA usted
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El artículo menciona sanciones en la parte final, indicando que si un contador público registrado no cumple con
las disposiciones del artículo, el Reglamento, o en general las reglas del Servicio de Administración Tributaria,
la autoridad fiscal puede, previa audiencia, exhortar, amonestar, suspender hasta por tres años los efectos del
registro, o incluso proceder a la cancelación definitiva del registro en casos de reincidencia, participación en
delitos fiscales o negarse a presentar papeles de trabajo solicitados por la autoridad.
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22. LO MEJOR PARA usted
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En caso de que el contador reincida (Volver a caer o incurrir en
un error, falta o delito), hubiese participado en la comisión de
un delito de carácter fiscal o no exhiba, a requerimiento
de autoridad, los papeles de trabajo que elaboró con
motivo de la auditoría practicada a los estados financieros
del contribuyente para efectos fiscales, procederán a la
cancelación definitiva.
23. LO MEJOR PARA usted
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Asimismo, la autoridad avisará al colegio profesional y, en su caso, a la Federación
de Colegios Profesionales a que pertenezca el contador público en cuestión; en este
sentido el SAT deberá tenerlo en la mira:
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24. LO MEJOR PARA usted
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Una vez ocurrida la irregularidad, será notificada al contador público, y en un plazo que no excederá
de seis meses contados a partir de la terminación de la revisión del dictamen, a efectos de que en un
plazo de 15 días siguientes a que surta efectos dicha notificación manifieste por escrito lo que a su
. Derecho convenga, y ofrezca y exhiba las pruebas que considere pertinentes
6 meses
25. ∙ transcurrido el periodo probatorio, con vista
en los elementos que obren en el
expediente, la autoridad fiscal emitirá la
resolución
26. ∙ la resolución del procedimiento se notificará en
un plazo que no excederá de 12 meses, contado
a partir del día siguiente, para que el contador
público manifieste lo que a su derecho convenga
y exhiba las pruebas que considere pertinentes
en relación con las irregularidades que le hayan
sido notificadas
27. LO MEJOR PARA usted
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La Sección II del RCFF en el artículo 55 establece las sanciones aplicables a los contadores públicos
inscritos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Estas sanciones incluyen amonestación en
casos de información incompleta, falta de cumplimiento de normativas y omisión de información en
dictámenes. Además, contempla la suspensión de la inscripción por periodos de uno a tres años en
situaciones como formular dictámenes en contravención de normativas fiscales, no aplicar normas de
auditoría, o acumular tres amonestaciones. Las suspensiones también se aplican en casos de proceso
penal, incumplimiento de requisitos y emisión de dictámenes sin certificación adecuada.
28. LO MEJOR PARA usted
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Amonestación
∙ No proporcione o presente incompleta la información que debiera estar incluida en los
estados financieros dictaminados para efectos fiscales, así como la correspondiente a
cerciorarse del cumplimiento de las obligaciones fiscales del contribuyente
∙ no cumpla con los requisitos de independencia por parte del contador público o no se
acredite como miembro activo de un colegio profesional o de una asociación de contadores
públicos, que tengan reconocimiento por parte de la Secretaría de Educación Pública o de la
autoridad educativa estatal
∙ no hubiera integrado en el dictamen la información que para efectos del proceso de envío se
determine el SAT
∙ La sanción se aplicará por cada dictamen en el que no se hubiera integrado la información
que corresponda, independientemente del ejercicio fiscal de que se trate y las sanciones
correspondientes se acumularán
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Al respecto, de conformidad con el numeral 55, el SAT aplicará las
siguientes sanciones, según corresponda:
29. LO MEJOR PARA usted
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Suspensión de la
inscripción
∙ De uno a tres años cuando el contador público inscrito:
o formule el dictamen en contravención a los artículos 52 Del CFF y 57 del RCFF,
o a las reglas de carácter general que al efecto emita el SAT
o no aplique las normas de auditoría
o formule el dictamen estando impedido para hacerlo de conformidad con el
numeral 60 del RCFF
o no exhiba a requerimiento de la autoridad, los papeles de trabajo que elaboró
con motivo del dictamen de enajenación de acciones o de cualquier otro
dictamen que tenga repercusión fiscal
o no informe su cambio de domicilio fiscal
o no presente o lo haga de manera incompleta la evidencia que demuestre la
aplicación de los procedimientos de revisión de la situación fiscal del
contribuyente referidos en el artículo 57 del RCFF
∙ acumule tres amonestaciones. En este caso la suspensión será de tres meses a un
año y se aplicará una vez notificada la tercera amonestación
∙ se dicte en su contra auto de sujeción a proceso por la comisión de delitos de carácter
fiscal. En este caso la suspensión durará el tiempo en el que el contador público se
encuentre sujeto al proceso penal, en cuyo caso no podrá exceder del término de tres
años
∙ no cumpla con el refrendo o recertificación para dictaminar. La suspensión durará
hasta que se obtengan estos
∙ emita dictamen sin contar con la certificación del colegio al que pertenece. La
suspensión durará hasta que se obtenga la certificación, o en su caso, refrendo o
recertificación correspondiente
∙ no cumpla con la certificación por la Norma de Educación Continua o de
Actualización Académica expedida por un colegio profesional. En este caso, la
suspensión será de seis meses a tres años
30. LO MEJOR PARA usted
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Cancelación
definitiva
∙ Exista reincidencia: cuando el contador público
acumule tres suspensiones de las previstas. La
cancelación se aplicará una vez notificada la tercera
suspensión
∙ el contador público que haya cometido un delito de
carácter fiscal, cuando cause ejecutoria la sentencia
definitiva, que declare culpable al contador público
en dicha comisión del delito
31. LO MEJOR PARA usted
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la observancia rigurosa de los estándares éticos y legales es fundamental para garantizar la
integridad y la confianza. El cumplimiento de las normativas fiscales y éticas no solo es una
obligación legal, sino un pilar esencial para el éxito y la reputación de cualquier entidad.
Al respetar los estándares éticos, no solo aseguramos el bienestar financiero de nuestros
clientes, sino que también contribuimos al funcionamiento de la economía. La honestidad y la
integridad en la presentación de informes financieros y en el asesoramiento tributario son
esenciales para construir relaciones duraderas con clientes, inversores y autoridades fiscales.
Además, el cumplimiento con los estándares éticos y legales nos resguarda de posibles
sanciones y repercusiones negativas, permitiéndonos concentrarnos en nuestro papel
fundamental: proporcionar asesoría financiera y fiscal sólida.
Conclusión
32. LO MEJOR PARA usted
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Referencias:
AMCPDF. (2024). Recuperado de [https://amcpdf.org.mx/wp-content/uploads/2016/03/sanciones-
contadores.pdf]
Cámara de Diputados de México. (2024). Código Fiscal de la Federación. Recuperado de
[https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf]
El Economista. (2024/01/30).IMCP llama a revisar sanciones a contadores públicos auditores. Recuperado
de [https://www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/IMCP-llama-a-revisar-sanciones-a-contadores-
publicos-auditores-20211101-0090.html]
IDConline. (2024/01/30). Sanciones para los contadores inscritos al SAT. Recuperado de
[https://idconline.mx/fiscal-contable/2020/08/05/sanciones-para-los-contadores-inscritos-al-sat]
Cámara de Diputados de México. (2024). Reglamento del Código Fiscal de la Federación. Recuperado de
[https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regley/Reg_CFF.doc]