SlideShare una empresa de Scribd logo
Grupo Dra: Daniela Muñoz
• 1. ¿Qué es la Ley Artis?
• 2. ¿Cuáles son las principales querellas contra odontólogos?
• 3. ¿Cuáles son los elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la profesión
odontológica?
• 4. ¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al
dentista o al paciente?
• 5. ¿Cuáles son los elementos jurídicos relacionados con la Ficha Clínica?
• 6. ¿Es legal o no colocar alguna distinción especial en documentos que la
persona presenta VIH/SIDA?
• 7. ¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? ¿Cuáles son las
condiciones y como se realiza el trámite?
• 8. ¿Considera una amenaza o no la Reforma Procesal Penal para el gremio
odontológico?
• 9. Nombre algunas formas de prevención de problemas para el odontólogo
en el ámbito legal.
• El término Lex Artis proviene del Latín que significa “LEY DEL
ARTE”, o regla de la técnica de actuación de la profesión que
se trate. Ha sido empleada para referirse a un cierto sentido
de apreciación sobre si la tarea ejecutada por un profesional
es o no correcta o se ajusta o no a lo que debe hacerse.
Hernandez, Nelsón. De la responsabilidad jurídica del médico. Editorial Ateproca, 1999.
• “Estado del Arte Médico”
• Conjunto de normas o criterios valorativos que el médico en
posesión de conocimientos, habilidades y destrezas debe
aplicarlos diligentemente en la situación concrete de una
enfermo.
• 1. ¿Qué es la Ley Artis?
• 2. ¿Cuáles son las principales querellas contra odontólogos?
• 3. ¿Cuáles son los elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la profesión
odontológica?
• 4. ¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al
dentista o al paciente?
• 5. ¿Cuáles son los elementos jurídicos relacionados con la Ficha Clínica?
• 6. ¿Es legal o no colocar alguna distinción especial en documentos que la
persona presenta VIH/SIDA?
• 7. ¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? ¿Cuáles son las
condiciones y como se realiza el trámite?
• 8. ¿Considera una amenaza o no la Reforma Procesal Penal para el gremio
odontológico?
• 9. Nombre algunas formas de prevención de problemas para el odontólogo
en el ámbito legal.
1. La falta del conocimiento por parte del odontólogo de la
legislación que sigue su actividad profesional.
2. La falta de información en este ramo jurídico por parte de las
escuelas o facultades en la formación profesional.
3. Más del 90% de las escuelas o facultades, imparten la
odontología legal con personal no capacitado.
4. Existen demandas judiciales en 4 de cada 10 odontólogos.
5. El primer lugar en demandas a odontólogos es en el área de
implantes dentales por no existir preparación adecuada y no
tener los implantes dentales una normativa de ley.
Dr. Oscar Castro Vásquez, Odontólogo Forense. Principales Causas de Querellas contra Odontólogos.
• 1. ¿Qué es la Ley Artis?
• 2. ¿Cuáles son las principales querellas contra odontólogos?
• 3. ¿Cuáles son los elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la profesión
odontológica?
• 4. ¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al
dentista o al paciente?
• 5. ¿Cuáles son los elementos jurídicos relacionados con la Ficha Clínica?
• 6. ¿Es legal o no colocar alguna distinción especial en documentos que la
persona presenta VIH/SIDA?
• 7. ¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? ¿Cuáles son las
condiciones y como se realiza el trámite?
• 8. ¿Considera una amenaza o no la Reforma Procesal Penal para el gremio
odontológico?
• 9. Nombre algunas formas de prevención de problemas para el odontólogo
en el ámbito legal.
Elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la
profesión odontológica.
Regulación
del ejercicio
odontológico
a. Constitución Política.
b. Códigos: Civil, Procesal.
Penal y Sanitario (principal
regulador).
c. Leyes, normas, decretos y
reglamentos.
Marco jurídico
A través
de un
Código
sanitario
Art. 112 , 115 y
124
El cual regula la Salud de
todos los habitantes de la
República de Chile en su
aspecto jurídico, respecto
al fomento, protección y
recuperación de ésta.
Artículo 112°. Sólo podrán desempeñar actividades propias de la medicina, odontología, química y
farmacia u otras relacionadas con la conservación y restablecimiento de la salud, quienes poseen el
título respectivo otorgado por la Universidad de Chile u otra Universidad reconocida por el Estado y
estén habilitados legalmente para el ejercicio de sus profesiones.. Asimismo, podrán ejercer profesiones
auxiliares de las referidas en el inciso anterior quienes cuenten con autorización del Director General de
Salud. Un reglamento determinará las profesiones auxiliares y la forma y condiciones en que se concederá
dicha autorización, la que será permanente, a menos que el Director General de Salud, por resolución
fundada, disponga su cancelación..
No obstante lo dispuesto en el inciso primero, con la autorización del Director General de Salud podrán
desempeñarse como médicos, dentistas, químico-farmacéuticos o matronas en barcos, islas o lugares
apartados, aquellas personas que acreditaren título profesional otorgado en el extranjero.
Artículo 115°.- Los cirujano-dentistas sólo podrán
prestar atenciones odonto-estomatológicas. Podrán,
asimismo, adquirir o prescribir los medicamentos
necesarios para dichos fines, de acuerdo al
Reglamento que dicte el Director General de Salud.
Articulo 124°- Los médicos-cirujanos, cirujanos-dentistas
y matronas podrán,
para el ejercicio de su profesión, mantener existencia
de productos farmacéuticos
para ser administrados por ellos.
Código Penal
Art. 494, inciso 8:
Sufrirá la pena de multa de 1 a 4 unidades
tributarias mensuales… El que habitualmente
y después de apercibimiento ejerciere, sin
título legal ni permiso de autoridad
competente, las profesiones de médico,
cirujano, farmacéutico o dentista.
Normas
NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE
ATENCION ODONTOLOGICA:
•Delimitación de áreas clínicas
•Utilización de insumos
•Recursos humanos
•Instrumental y equipos
Ejemplos
• 1. ¿Qué es la Ley Artis?
• 2. ¿Cuáles son las principales querellas contra odontólogos?
• 3. ¿Cuáles son los elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la profesión
odontológica?
• 4. ¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al
dentista o al paciente?
• 5. ¿Cuáles son los elementos jurídicos relacionados con la Ficha Clínica?
• 6. ¿Es legal o no colocar alguna distinción especial en documentos que la
persona presenta VIH/SIDA?
• 7. ¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? ¿Cuáles son las
condiciones y como se realiza el trámite?
• 8. ¿Considera una amenaza o no la Reforma Procesal Penal para el gremio
odontológico?
• 9. Nombre algunas formas de prevención de problemas para el odontólogo
en el ámbito legal.
¿Qué es la ficha clínica?
“Documento médico-legal donde queda registrada toda la relación del personal
sanitario con el paciente, todos los actos y actividades médico-sanitarias
realizados con él y todos los datos relativos a su salud, que se elabora con la
finalidad de facilitar su asistencia, desde su nacimiento hasta su muerte, y que
puede ser utilizada por todos los centros sanitarios donde el paciente acuda”.
“Instrumento obligatorio en que se registra
el conjunto de antecedentes relativos a las diferentes áreas relacionadas con la
salud de una persona, que cumple la finalidad de mantener integrada.”
¿Tiene Carácter Legal?
Se trata de un documento público/semipúblico: estando el derecho al acceso
limitado
Puede considerarse como un acta de cuidados asistenciales : Existe
obligación legal de efectuarla por normativas vigentes.
Elemento de prueba en los casos de responsabilidad médica
profesional
Testimonio documental de ratificación/veracidad de declaraciones
sobre actos clínicos y conducta profesional.
Instrumento de dictamen pericial: Clave en la elaboración de informes
médico-legales sobre responsabilidad médica profesional
La ficha clínica es un
instrumento privado y es de
propiedad del médico o de la
institución de salud de que se
trate.
El paciente tiene el derecho a
acceder y revisar a la
información contenida en su
ficha clínica si lo pidiese y a
obtener copia de todos o parte
de los datos consignados en
ella, accediendo a ella, de
preferencia, a través de su
médico tratante. El médico y la
institución prestadora tienen la
obligación de custodia y
reserva de la ficha.
Hay excepciones a este
derecho, que están
ampliamente documentadas en
la doctrina internacional. Por
ejemplo, cuando el médico
juzgue que la información
pueda causar un daño al
paciente.
Los pacientes tienen derecho a que ninguna persona que no esté
directamente involucrada en su atención médica, tenga acceso a los datos de
su ficha clínica. Lo anterior no se aplicará en los siguientes casos:
Cuando exista una
orden judicial.
Cuando el paciente
o sus representantes
legales otorguen
autorización, previa
y por escrito, para
que cualquier
persona, fuera del
equipo de salud
directamente
involucrado en la
atención, tenga
acceso a dichos
datos.
Cuando el Ministerio
de Salud o la
Superintendencia de
Instituciones de Salud
Previsional, necesiten
acceder a los datos
contenidos en las
fichas clínicas por
motivos estadísticos,
de salud pública de
fiscalización o para
decidir la
procedencia de
beneficios
previsionales.
Si el paciente ha fallecido, los
herederos no tienen derecho
a acceder a la información
contenida en la ficha clínica,
a menos que hayan sido
autorizados en vida por el
paciente.
“Cualquier conflicto que se
suscite en relación con esta
materia debe ser
previamente sometido al
conocimiento del Comité de
Ética que corresponda, para
que éste emita un
pronunciamiento al respecto”.
• 1. ¿Qué es la Ley Artis?
• 2. ¿Cuáles son las principales querellas contra odontólogos?
• 3. ¿Cuáles son los elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la profesión
odontológica?
• 4. ¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al
dentista o al paciente?
• 5. ¿Cuáles son los elementos jurídicos relacionados con la Ficha Clínica?
• 6. ¿Es legal o no colocar alguna distinción especial en documentos que la
persona presenta VIH/SIDA?
• 7. ¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? ¿Cuáles son las
condiciones y como se realiza el trámite?
• 8. ¿Considera una amenaza o no la Reforma Procesal Penal para el gremio
odontológico?
• 9. Nombre algunas formas de prevención de problemas para el odontólogo
en el ámbito legal.
Historia Clínica
Relación ordenada y detallada de todos los datos y
conocimientos (personales y familiares) , anteriores y actuales
relativos a un enfermo, que sirve como base para el juicio de
una enfermedad actual
Una ficha debe ser
confidencial, segura,
actual, certificada,
legible y completa.
Son según esta
norma documentos
secretos y
reservados
Antes se
consideraba
solo de
propiedad del
medico ahora
también es del
paciente
La historia
clínica debe
quedar
guardada en el
departamento
de archivo del
establecimiento
asistencial
Protección
legal “lo
consignado
vs lo que se
dice que se
hizo”
A. La confidencialidad de la Ficha Clínica esta resguardada por el
secreto estadístico basado en los artículos Nº 29 y 30 de la Ley Nº
17.374
B. “Los funcionarios fiscales no podrán divulgar hechos o datos que se
refieran a las personas o entidades, de las cuales hayan tomado
conocimiento en el desempeño de sus actividades o en razón de su
cargo”
C. Por otra parte, los artículos Nº 246 y 247 del Código Penal, establecen
sanciones al empleado público que revela la información
confidencial, de que tiene conocimiento en virtud de su cargo o que
incurre en infracción al “secreto estadístico”
D. La Carta de Derechos de los Pacientes de FONASA, señala que “todo
paciente tiene derecho acceder a la información de su Ficha Clínica y
que ésta mantenga su carácter de confidencial”.
E. El Código Sanitario por su parte señala en el Artículo 127 que “las
recetas médicas y análisis o
F. Sólo podrá revelarse su contenido o darse copia de ellos con el
consentimiento expreso del paciente, otorgado por escrito. Quien
divulgare su contenido indebidamente, o infringiere las disposiciones,
será castigado en la forma y con las sanciones establecidas en el
Libro Décimo”.
• 1. ¿Qué es la Ley Artis?
• 2. ¿Cuáles son las principales querellas contra odontólogos?
• 3. ¿Cuáles son los elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la profesión
odontológica?
• 4. ¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al
dentista o al paciente?
• 5. ¿Cuáles son los elementos jurídicos relacionados con la Ficha Clínica?
• 6. ¿Es legal o no colocar alguna distinción especial en documentos que la
persona presenta VIH/SIDA?
• 7. ¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? ¿Cuáles son las
condiciones y como se realiza el trámite?
• 8. ¿Considera una amenaza o no la Reforma Procesal Penal para el gremio
odontológico?
• 9. Nombre algunas formas de prevención de problemas para el odontólogo
en el ámbito legal.
Un profesional de la salud puede consignar la presencia
de esta enfermedad sólo si el paciente lo autoriza, es
decir, sería ilegal hacer una distinción especial en
cualquier documento (ya sea ficha clínica, consentimiento
informado, interconsultas, entre otros) si el paciente no lo
permite.
El examen para detectar el virus de inmunodeficiencia
humana será siempre confidencial y voluntario, debiendo
constar por escrito el consentimiento del interesado o de su
representante legal. El examen de detección se realizará
previa información a éstos acerca de las características,
naturaleza y consecuencias que para la salud implica la
infección causada por dicho virus, así como las medidas
preventivas científicamente comprobadas como eficaces.
Sin embargo…
El examen deberá practicarse siempre en los casos de transfusiones sanguíneas,
elaboraciones de plasma, trasplantes y cualesquiera otras actividades médicas que
pudieren ocasionar contagio.
Serán aplicables en esta materia las disposiciones de la Ley
19.628 sobre protección de datos personales.
El reglamento establecerá las condiciones bajo las cuales se
realizará el examen, la entrega de sus resultados, las personas y
situaciones que ameriten la pesquisa obligatoria y la forma en
que se entregará la información de los casos de contagio a la
autoridad sanitaria.
Privacidad en la entrega
de datos.
No podemos obligar a
nadie a hacerse el
examen de VIH
La información debe
ser confidencial y
entregada de acuerdo
a la ley a las
instituciones pertinentes
Debemos regirnos por
el principio de
universalidad
Bioseguridad ante todo
• 1. ¿Qué es la Ley Artis?
• 2. ¿Cuáles son las principales querellas contra odontólogos?
• 3. ¿Cuáles son los elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la profesión
odontológica?
• 4. ¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al
dentista o al paciente?
• 5. ¿Cuáles son los elementos jurídicos relacionados con la Ficha Clínica?
• 6. ¿Es legal o no colocar alguna distinción especial en documentos que la
persona presenta VIH/SIDA?
• 7. ¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? ¿Cuáles son las
condiciones y como se realiza el trámite?
• 8. ¿Considera una amenaza o no la Reforma Procesal Penal para el gremio
odontológico?
• 9. Nombre algunas formas de prevención de problemas para el odontólogo
en el ámbito legal.
¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica?
¿Cuales son las condiciones y como se realiza el trámite?
• Para que este documento legal tenga valor debe ser autorizado por
la contraloría médica y el empleador debe estar en conocimiento de
esto y legalmente es el profesional el responsable de la emisión de
este documento, cuyo formato es dispuesto por el MINSAL e impreso
por la Casa Moneda de Chile
El talonario contiene 3 secciones:
• Sección A
• Sección B
• Sección C
Sección A
• Es responsabilidad del profesional que la emite. Debe ser completada con letra imprenta,
legible y clara.
Subsecciones
• A1 – Identificación del paciente:
La fecha de emisión corresponde al día en que el profesional extiende la licencia. El cómputo
de días otorgados será de días corridos lo que deberá anotarse con números y palabras.
• A2 – Identificación del hijo:
Para licencias por enfermedad grave en menores de 1 año y post natales.
• A3 – Tipo de licencia:
Enfermedad o accidente común, Prórroga medicina preventiva, Licencia maternal pre y
postnatal, Enfermedad grave hijo menor de 1 año, Accidente del trabajo o trayecto,
Enfermedad profesional, Patología del embarazo.
• A4 – Características del reposo:
Facilita el contacto del trabajador cuando sea necesario
• A5 – Identificación del profesional:
Incluye además la firma del trabajador (realizado en el momento de emisión)
• A6 – Diagnóstico principal
Sección B
• Uso exclusivo del servicio de salud o ISAPRE
Sección C
• Responsabilidad del empleador, que debe
completar la totalidad de antecedentes
solicitados con letra clara y legible, además
de dejar consignada la fecha de recepción de
la licencia médica.
• Los talonarios son únicos, y se pueden usar en todo Chile y ser
entregados a cualquier trabajador que lo requiera, afiliado a
cualquier sistema de salud.
Pueden ser usados en las siguientes áreas:
• Institucional: el responsable es la autoridad local pertinente. La tramitación tiene un plazo de 3 días hábiles
desde el inicio de la licencia.
• Privada: es personal e intransferible. La tramitación tiene un plazo de 2 días hábiles desde el inicio de la
licencia.
El trabajador debe revisar la información del formulario, firmarlo y hacerlo llegar al
empleador,o directamente a la institución que la autorizará (Comisión de Medicina
Preventiva e InvalidezCOMPIN o ISAPRE) en caso de trabajadores
independientes.Luego el empleador debe completar los antecedentes relacionados
con la entidadempleadora, adjuntando información laboral, previsional,
remuneraciones y usos de licenciasen los 6 meces anteriores, y debe entregar el
formulario firmado dentro de los tres díashábiles siguientes a la fecha de la
recepción al organismo competente (COMPIN, C.C.A.F. oISAPRE). (1)(Reglamento de
Licencias Médicas, Decreto Supremo N°3 / 84 Ministerio de Salud)
• Institucional: el responsable es la autoridad
local pertinente. La tramitación tiene un plazo
de 3 días hábiles desde el inicio de la licencia.
• Privada: es personal e intransferible. La
tramitación tiene un plazo de 2 días hábiles
desde el inicio de la licencia.
Pueden usarse en las
siguientes áreas:
El trabajador debe revisar la información del formulario, firmarlo y hacerlo llegar al
empleador,o directamente a la institución que la autorizará (Comisión de Medicina
Preventiva e InvalidezCOMPIN o ISAPRE) en caso de trabajadores
independientes.Luego el empleador debe completar los antecedentes relacionados
con la entidadempleadora, adjuntando información laboral, previsional,
remuneraciones y usos de licenciasen los 6 meces anteriores, y debe entregar el
formulario firmado dentro de los tres díashábiles siguientes a la fecha de la
recepción al organismo competente (COMPIN, C.C.A.F. oISAPRE). (1)(Reglamento de
Licencias Médicas, Decreto Supremo N°3 / 84 Ministerio de Salud)
Los talonarios son únicos, se pueden usar en todo Chile y ser entregados a cualquier
trabajador que lo requiera, afiliado a cualquier sistema de salud.
• 1. ¿Qué es la Ley Artis?
• 2. ¿Cuáles son las principales querellas contra odontólogos?
• 3. ¿Cuáles son los elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la profesión
odontológica?
• 4. ¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al
dentista o al paciente?
• 5. ¿Cuáles son los elementos jurídicos relacionados con la Ficha Clínica?
• 6. ¿Es legal o no colocar alguna distinción especial en documentos que la
persona presenta VIH/SIDA?
• 7. ¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? ¿Cuáles son las
condiciones y como se realiza el trámite?
• 8. ¿Considera una amenaza o no la Reforma Procesal Penal para el gremio
odontológico?
• 9. Nombre algunas formas de prevención de problemas para el odontólogo
en el ámbito legal.
Responsabilidad
Penal
CuasidelitoDelito
• Delito. (De delicto).
1. m. Culpa, quebrantamiento de la ley.
2. m. Acción o cosa reprobable. Comer tanto es un delito. Es un delito gastar
tanto en un traje.
3. m. Der. Acción u omisión voluntaria o imprudente penada por la ley.
Ejemplo-> Homicidio.
• Cuasidelito.
1. m. Der. Acción dañosa para otro, que uno ejecuta sin ánimo de hacer mal, o
de la que, siendo ajena, debe uno responder por algún motivo.
Ejemplo-> Negligencia
Real Academia Española
• Negligencia.
• (Del lat. negligentĭa).
• 1. f. Descuido, falta de cuidado.
• 2. f. Falta de aplicación.
Real Academia Española
• El odontólogo, al cometer una negligencia posee:
• 1. Responsabilidad civil
“Todo aquel que cause un daño tiene que repararlo”
• 2. Al causar una lesión, también existe una responsabilidad
penal, lo cual supone un castigo o pena.
• Gracias a esta reforma habría más imparcialidad, transparencia, rapidez y
eficiencia para todos los ciudadanos, a pesar de ello podría llegar a ser
una amenaza para el odontólogo, en la medida en que si se comete alguna
negligencia, es posible llevar a cabo un juicio penal, rápido y efectivo
porque:
• La justicia civil se rige por un procedimiento engorroso y anticuado
y que en términos prácticos hace muy difícil (y prolongado) para
un paciente afectado obtener la reparación del daño sufrido.
• La reforma procesal penal modificó el sistema de persecución de
la responsabilidad penal, en términos de hacerla efectiva y
oportuna (mucho mas rápida).
• Así, la soluciones (reparación del daño) que históricamente se
buscaban por vías civiles, hoy, se hallan trasladadas al sistema
penal.
• 1. ¿Qué es la Ley Artis?
• 2. ¿Cuáles son las principales querellas contra odontólogos?
• 3. ¿Cuáles son los elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la profesión
odontológica?
• 4. ¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al
dentista o al paciente?
• 5. ¿Cuáles son los elementos jurídicos relacionados con la Ficha Clínica?
• 6. ¿Es legal o no colocar alguna distinción especial en documentos que la
persona presenta VIH/SIDA?
• 7. ¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? ¿Cuáles son las
condiciones y como se realiza el trámite?
• 8. ¿Considera una amenaza o no la Reforma Procesal Penal para el gremio
odontológico?
• 9. Nombre algunas formas de prevención de problemas para el odontólogo
en el ámbito legal.
• El medico o profesional de la salud debe propender al ejercicio
de su profesión usando todos los recursos que sus conocimientos,
habilidades y destrezas le permiten manteniendo como
principio fundamental en su actuar la búsqueda del bien del
paciente por sobre otro cualquier interés.
• Tributario
- Actuar dentro de la legalidad.
Ejemplo: Dar boleta, contratar un contador en caso de ser
necesario.
• Laboral
- Celebrar contratos de trabajo con sus trabajadores
- Pagar cotizaciones previsionales
• Contractual
- Dejar establecidas las condiciones del trabajo prestado
(tratamiento)
- Ejemplo: Consentimiento informado, Presupuesto.
• Responsabilidad penal cuasidelictual
- Efectuar un diagnóstico completo con las condiciones preexistentes del paciente.
Ejemplo: Exámenes complementarios (Radiografía inicial), examen físico,
periodontograma, odontograma, etc.
- Realizar anamnesis exhaustiva considerando y estipulando los antecedentes
médicos, quirúrgicos, alergias, etc.
- Actualización permanentemente en los conocimientos (Lex Artis)
- Derivar al paciente a otro especialista en caso de que sea necesario.
- Poseer medios técnicos adecuados.
• Bioética
- Respetar los principios de:
• 1. No maleficencia
• 2. Beneficencia
• 3. Justicia
• 4. Autonomía
• Hernandez, Nelsón. De la responsabilidad jurídica del médico. Editorial Ateproca,
1999.
• Dr. Oscar Castro Vásquez, Odontólogo Forense. Principales Causas de Querellas
contra Odontólogos.
• APRUEBA NORMA GENERAL TECNICA N° 6, SOBRE ATENCION ODONTOLOGICA.
EXENTA N° 652.
• Constitución de la República de Chile. Disponible:
http://www.ispch.cl/ley20285/t_activa/marco_normativo/7c/dfl_725_67.pdf.
• Código Sanitario. Disponible: http://www.oas.org/dil/esp/Constitucion_Chile.pdf
• Reglamento Ley 20.584. Disponible:
http://www.conicyt.cl/fonis/files/2013/03/Decreto-Nº-41-Reglamento-ley-20.584-
sobre-Fichas-Cl%C3%ADnicas.pdf
• Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez COMPIN. Disponible:
Chilehttp://salunet.minsal.gov.cl/portal/page?_pageid=1101,5508839&_dad=por
tal&_schema=PORTAL2
• Ley Nº 19.779 Ley en prevención del virus de inmunodeficiencia humana.
• Clase Bioseguridad en Odontología 2012. Introducción a la cirugía maxilofacial.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Elexpedite medico
Elexpedite medicoElexpedite medico
Elexpedite medicoJOMICOA2
 
Documentos odontologicos
Documentos odontologicosDocumentos odontologicos
Documentos odontologicoscronos1963cheja
 
Seminario etica profesional y responsabilidad legal
Seminario etica profesional y responsabilidad legalSeminario etica profesional y responsabilidad legal
Seminario etica profesional y responsabilidad legal
Natalia Valentina
 
Ética profesional y responsabilidad legal
Ética profesional y responsabilidad legalÉtica profesional y responsabilidad legal
Ética profesional y responsabilidad legal
pdrocastillo
 
Seminario n° 5: ÉTICA PROFESIONAL Y RESPONSABILIDAD LEGAL
Seminario n° 5:  ÉTICA PROFESIONAL Y RESPONSABILIDAD LEGALSeminario n° 5:  ÉTICA PROFESIONAL Y RESPONSABILIDAD LEGAL
Seminario n° 5: ÉTICA PROFESIONAL Y RESPONSABILIDAD LEGALFabian Lucero
 
Seminario n°4 dr. milla
Seminario n°4 dr. millaSeminario n°4 dr. milla
Seminario n°4 dr. milla
Jéssica Böttner Villagra
 
Expediente clínico NOM 004
Expediente clínico NOM 004Expediente clínico NOM 004
Expediente clínico NOM 004
Nym UM
 
Seminario 3
Seminario 3Seminario 3
Seminario 3
Fernanda Montecinos
 
Historia clínica y consentimiento informado
Historia clínica y consentimiento informadoHistoria clínica y consentimiento informado
Historia clínica y consentimiento informadoAzusalud Azuqueca
 
Nom 168-ssa1-1998 fondo
Nom 168-ssa1-1998 fondoNom 168-ssa1-1998 fondo
Nom 168-ssa1-1998 fondoDrMostro
 
Acto medico y acto odontologico
Acto medico y acto odontologicoActo medico y acto odontologico
Acto medico y acto odontologicocarlosmorerachavez
 
Seminario 3
Seminario 3Seminario 3
Seminario 3
Deiv7
 
Presentacion Records Medico Electronico
Presentacion Records Medico ElectronicoPresentacion Records Medico Electronico
Presentacion Records Medico Electronico
lunny37
 
El expediente clínico y la historia clínica
El expediente clínico y la historia clínicaEl expediente clínico y la historia clínica
El expediente clínico y la historia clínica
Amaury Perez
 
Tarjetas de Identificación de Planes Médicos 2017
Tarjetas de Identificación de Planes Médicos 2017Tarjetas de Identificación de Planes Médicos 2017
Tarjetas de Identificación de Planes Médicos 2017Milca V. Martínez Vázquez
 
Expediente clinico
Expediente  clinicoExpediente  clinico
Expediente clinico
Mary Carmen Aguilar
 
Seminario 5
Seminario 5Seminario 5
Récord médico electrónico
Récord médico electrónicoRécord médico electrónico
Récord médico electrónico
Universidad
 

La actualidad más candente (20)

éTica profesional y responsabilidad legal
éTica profesional y  responsabilidad legaléTica profesional y  responsabilidad legal
éTica profesional y responsabilidad legal
 
Elexpedite medico
Elexpedite medicoElexpedite medico
Elexpedite medico
 
Documentos odontologicos
Documentos odontologicosDocumentos odontologicos
Documentos odontologicos
 
Seminario etica profesional y responsabilidad legal
Seminario etica profesional y responsabilidad legalSeminario etica profesional y responsabilidad legal
Seminario etica profesional y responsabilidad legal
 
Ética profesional y responsabilidad legal
Ética profesional y responsabilidad legalÉtica profesional y responsabilidad legal
Ética profesional y responsabilidad legal
 
Seminario n° 5: ÉTICA PROFESIONAL Y RESPONSABILIDAD LEGAL
Seminario n° 5:  ÉTICA PROFESIONAL Y RESPONSABILIDAD LEGALSeminario n° 5:  ÉTICA PROFESIONAL Y RESPONSABILIDAD LEGAL
Seminario n° 5: ÉTICA PROFESIONAL Y RESPONSABILIDAD LEGAL
 
Seminario n°4 dr. milla
Seminario n°4 dr. millaSeminario n°4 dr. milla
Seminario n°4 dr. milla
 
Expediente clínico NOM 004
Expediente clínico NOM 004Expediente clínico NOM 004
Expediente clínico NOM 004
 
Seminario 3
Seminario 3Seminario 3
Seminario 3
 
Historia clínica y consentimiento informado
Historia clínica y consentimiento informadoHistoria clínica y consentimiento informado
Historia clínica y consentimiento informado
 
Nom 168-ssa1-1998 fondo
Nom 168-ssa1-1998 fondoNom 168-ssa1-1998 fondo
Nom 168-ssa1-1998 fondo
 
Acto medico y acto odontologico
Acto medico y acto odontologicoActo medico y acto odontologico
Acto medico y acto odontologico
 
Seminario 3
Seminario 3Seminario 3
Seminario 3
 
Presentacion Records Medico Electronico
Presentacion Records Medico ElectronicoPresentacion Records Medico Electronico
Presentacion Records Medico Electronico
 
El expediente clínico y la historia clínica
El expediente clínico y la historia clínicaEl expediente clínico y la historia clínica
El expediente clínico y la historia clínica
 
Tarjetas de Identificación de Planes Médicos 2017
Tarjetas de Identificación de Planes Médicos 2017Tarjetas de Identificación de Planes Médicos 2017
Tarjetas de Identificación de Planes Médicos 2017
 
Expediente clinico
Expediente  clinicoExpediente  clinico
Expediente clinico
 
Seminario 5
Seminario 5Seminario 5
Seminario 5
 
Récord médico electrónico
Récord médico electrónicoRécord médico electrónico
Récord médico electrónico
 
Resolucion 3099 de 2008 ctc
Resolucion 3099 de 2008 ctcResolucion 3099 de 2008 ctc
Resolucion 3099 de 2008 ctc
 

Similar a Seminario ética profesional y responsabilidad legal final

Etica profesional y responsabilidad legal
Etica profesional y responsabilidad legalEtica profesional y responsabilidad legal
Etica profesional y responsabilidad legalPablo Quezada
 
Seminario 3 clinica integral
Seminario 3 clinica integralSeminario 3 clinica integral
Seminario 3 clinica integral
Carlos Canales Ulloa
 
Seminario ética y responsabilidad profesional
Seminario ética y responsabilidad profesionalSeminario ética y responsabilidad profesional
Seminario ética y responsabilidad profesionalFabiola Pereira
 
Sem.05 ética profesional-y_responsabilidad_legal-grupo_a-20.04.2013
Sem.05 ética profesional-y_responsabilidad_legal-grupo_a-20.04.2013Sem.05 ética profesional-y_responsabilidad_legal-grupo_a-20.04.2013
Sem.05 ética profesional-y_responsabilidad_legal-grupo_a-20.04.2013Ely Carvajal
 
Seminario5 140514163742-phpapp02
Seminario5 140514163742-phpapp02Seminario5 140514163742-phpapp02
Seminario5 140514163742-phpapp02Javiera Ramirez
 
Seminario nº5
Seminario nº5Seminario nº5
Seminario nº5jafica
 
Elementos juridicos en odontología
Elementos juridicos en odontologíaElementos juridicos en odontología
Elementos juridicos en odontologíamarceerg
 
éTica profesional y responsabilidad legal
éTica profesional y responsabilidad legaléTica profesional y responsabilidad legal
éTica profesional y responsabilidad legalcafernandezgo
 
Seminario n°5
Seminario n°5Seminario n°5
Seminario n°5cmdelrio7
 
Seminario 3 Ética profesional y Responsabilidad legal
Seminario 3 Ética profesional y Responsabilidad legalSeminario 3 Ética profesional y Responsabilidad legal
Seminario 3 Ética profesional y Responsabilidad legal
Fernán Valenzuela
 
Seminario nº 5
Seminario nº 5Seminario nº 5
Seminario nº 5
Gquirozdickson
 
Seminario 5 etica y responsabilidad legal
Seminario 5 etica y responsabilidad legalSeminario 5 etica y responsabilidad legal
Seminario 5 etica y responsabilidad legalnico27guererro
 
Seminario n°3 etica profesional y responsabilidad legal
Seminario n°3 etica profesional y responsabilidad legalSeminario n°3 etica profesional y responsabilidad legal
Seminario n°3 etica profesional y responsabilidad legal
Jimmy Bustos
 
Seminario 3. ética profesional y responsabilidad legal
Seminario 3. ética profesional y responsabilidad legalSeminario 3. ética profesional y responsabilidad legal
Seminario 3. ética profesional y responsabilidad legal
Jorge Faune
 
Att1350517562 2
Att1350517562 2Att1350517562 2
Att1350517562 2
Alejita Cortes
 
Seminario.05 ética, gonzalo araos.
Seminario.05 ética, gonzalo araos.Seminario.05 ética, gonzalo araos.
Seminario.05 ética, gonzalo araos.zangolia
 
Seminario.05 ética, gonzalo araos.
Seminario.05 ética, gonzalo araos.Seminario.05 ética, gonzalo araos.
Seminario.05 ética, gonzalo araos.zangolia
 

Similar a Seminario ética profesional y responsabilidad legal final (20)

Etica profesional y responsabilidad legal
Etica profesional y responsabilidad legalEtica profesional y responsabilidad legal
Etica profesional y responsabilidad legal
 
Seminario 3 clinica integral
Seminario 3 clinica integralSeminario 3 clinica integral
Seminario 3 clinica integral
 
Seminario ética y responsabilidad profesional
Seminario ética y responsabilidad profesionalSeminario ética y responsabilidad profesional
Seminario ética y responsabilidad profesional
 
Sem.05 ética profesional-y_responsabilidad_legal-grupo_a-20.04.2013
Sem.05 ética profesional-y_responsabilidad_legal-grupo_a-20.04.2013Sem.05 ética profesional-y_responsabilidad_legal-grupo_a-20.04.2013
Sem.05 ética profesional-y_responsabilidad_legal-grupo_a-20.04.2013
 
Seminario5 140514163742-phpapp02
Seminario5 140514163742-phpapp02Seminario5 140514163742-phpapp02
Seminario5 140514163742-phpapp02
 
Seminario nº5
Seminario nº5Seminario nº5
Seminario nº5
 
Elementos juridicos en odontología
Elementos juridicos en odontologíaElementos juridicos en odontología
Elementos juridicos en odontología
 
éTica profesional y responsabilidad legal
éTica profesional y responsabilidad legaléTica profesional y responsabilidad legal
éTica profesional y responsabilidad legal
 
Seminario n°5
Seminario n°5Seminario n°5
Seminario n°5
 
Seminario n°5
Seminario n°5Seminario n°5
Seminario n°5
 
Seminario 3 Ética profesional y Responsabilidad legal
Seminario 3 Ética profesional y Responsabilidad legalSeminario 3 Ética profesional y Responsabilidad legal
Seminario 3 Ética profesional y Responsabilidad legal
 
Seminario nº 5
Seminario nº 5Seminario nº 5
Seminario nº 5
 
Seminario n°5
Seminario n°5Seminario n°5
Seminario n°5
 
Seminario 5 etica y responsabilidad legal
Seminario 5 etica y responsabilidad legalSeminario 5 etica y responsabilidad legal
Seminario 5 etica y responsabilidad legal
 
Seminario n°3 etica profesional y responsabilidad legal
Seminario n°3 etica profesional y responsabilidad legalSeminario n°3 etica profesional y responsabilidad legal
Seminario n°3 etica profesional y responsabilidad legal
 
Seminario n°5
Seminario n°5Seminario n°5
Seminario n°5
 
Seminario 3. ética profesional y responsabilidad legal
Seminario 3. ética profesional y responsabilidad legalSeminario 3. ética profesional y responsabilidad legal
Seminario 3. ética profesional y responsabilidad legal
 
Att1350517562 2
Att1350517562 2Att1350517562 2
Att1350517562 2
 
Seminario.05 ética, gonzalo araos.
Seminario.05 ética, gonzalo araos.Seminario.05 ética, gonzalo araos.
Seminario.05 ética, gonzalo araos.
 
Seminario.05 ética, gonzalo araos.
Seminario.05 ética, gonzalo araos.Seminario.05 ética, gonzalo araos.
Seminario.05 ética, gonzalo araos.
 

Más de Camilo Ignacio Barrientos

Más de Camilo Ignacio Barrientos (6)

Presentación1
Presentación1Presentación1
Presentación1
 
Lesiones cervicales no cariosas
Lesiones cervicales no cariosasLesiones cervicales no cariosas
Lesiones cervicales no cariosas
 
Lesiones cervicales no cariosas
Lesiones cervicales no cariosasLesiones cervicales no cariosas
Lesiones cervicales no cariosas
 
Caries radicular compl
Caries radicular complCaries radicular compl
Caries radicular compl
 
Pronóstico y valorización del tratamiento
Pronóstico y valorización del tratamientoPronóstico y valorización del tratamiento
Pronóstico y valorización del tratamiento
 
Seminario 2 camilo barrientos morales
Seminario 2 camilo barrientos moralesSeminario 2 camilo barrientos morales
Seminario 2 camilo barrientos morales
 

Seminario ética profesional y responsabilidad legal final

  • 2. • 1. ¿Qué es la Ley Artis? • 2. ¿Cuáles son las principales querellas contra odontólogos? • 3. ¿Cuáles son los elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la profesión odontológica? • 4. ¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al dentista o al paciente? • 5. ¿Cuáles son los elementos jurídicos relacionados con la Ficha Clínica? • 6. ¿Es legal o no colocar alguna distinción especial en documentos que la persona presenta VIH/SIDA? • 7. ¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? ¿Cuáles son las condiciones y como se realiza el trámite? • 8. ¿Considera una amenaza o no la Reforma Procesal Penal para el gremio odontológico? • 9. Nombre algunas formas de prevención de problemas para el odontólogo en el ámbito legal.
  • 3. • El término Lex Artis proviene del Latín que significa “LEY DEL ARTE”, o regla de la técnica de actuación de la profesión que se trate. Ha sido empleada para referirse a un cierto sentido de apreciación sobre si la tarea ejecutada por un profesional es o no correcta o se ajusta o no a lo que debe hacerse. Hernandez, Nelsón. De la responsabilidad jurídica del médico. Editorial Ateproca, 1999.
  • 4. • “Estado del Arte Médico” • Conjunto de normas o criterios valorativos que el médico en posesión de conocimientos, habilidades y destrezas debe aplicarlos diligentemente en la situación concrete de una enfermo.
  • 5. • 1. ¿Qué es la Ley Artis? • 2. ¿Cuáles son las principales querellas contra odontólogos? • 3. ¿Cuáles son los elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la profesión odontológica? • 4. ¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al dentista o al paciente? • 5. ¿Cuáles son los elementos jurídicos relacionados con la Ficha Clínica? • 6. ¿Es legal o no colocar alguna distinción especial en documentos que la persona presenta VIH/SIDA? • 7. ¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? ¿Cuáles son las condiciones y como se realiza el trámite? • 8. ¿Considera una amenaza o no la Reforma Procesal Penal para el gremio odontológico? • 9. Nombre algunas formas de prevención de problemas para el odontólogo en el ámbito legal.
  • 6. 1. La falta del conocimiento por parte del odontólogo de la legislación que sigue su actividad profesional. 2. La falta de información en este ramo jurídico por parte de las escuelas o facultades en la formación profesional. 3. Más del 90% de las escuelas o facultades, imparten la odontología legal con personal no capacitado. 4. Existen demandas judiciales en 4 de cada 10 odontólogos. 5. El primer lugar en demandas a odontólogos es en el área de implantes dentales por no existir preparación adecuada y no tener los implantes dentales una normativa de ley. Dr. Oscar Castro Vásquez, Odontólogo Forense. Principales Causas de Querellas contra Odontólogos.
  • 7. • 1. ¿Qué es la Ley Artis? • 2. ¿Cuáles son las principales querellas contra odontólogos? • 3. ¿Cuáles son los elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la profesión odontológica? • 4. ¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al dentista o al paciente? • 5. ¿Cuáles son los elementos jurídicos relacionados con la Ficha Clínica? • 6. ¿Es legal o no colocar alguna distinción especial en documentos que la persona presenta VIH/SIDA? • 7. ¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? ¿Cuáles son las condiciones y como se realiza el trámite? • 8. ¿Considera una amenaza o no la Reforma Procesal Penal para el gremio odontológico? • 9. Nombre algunas formas de prevención de problemas para el odontólogo en el ámbito legal.
  • 8. Elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la profesión odontológica. Regulación del ejercicio odontológico a. Constitución Política. b. Códigos: Civil, Procesal. Penal y Sanitario (principal regulador). c. Leyes, normas, decretos y reglamentos. Marco jurídico A través de un
  • 9. Código sanitario Art. 112 , 115 y 124 El cual regula la Salud de todos los habitantes de la República de Chile en su aspecto jurídico, respecto al fomento, protección y recuperación de ésta. Artículo 112°. Sólo podrán desempeñar actividades propias de la medicina, odontología, química y farmacia u otras relacionadas con la conservación y restablecimiento de la salud, quienes poseen el título respectivo otorgado por la Universidad de Chile u otra Universidad reconocida por el Estado y estén habilitados legalmente para el ejercicio de sus profesiones.. Asimismo, podrán ejercer profesiones auxiliares de las referidas en el inciso anterior quienes cuenten con autorización del Director General de Salud. Un reglamento determinará las profesiones auxiliares y la forma y condiciones en que se concederá dicha autorización, la que será permanente, a menos que el Director General de Salud, por resolución fundada, disponga su cancelación.. No obstante lo dispuesto en el inciso primero, con la autorización del Director General de Salud podrán desempeñarse como médicos, dentistas, químico-farmacéuticos o matronas en barcos, islas o lugares apartados, aquellas personas que acreditaren título profesional otorgado en el extranjero. Artículo 115°.- Los cirujano-dentistas sólo podrán prestar atenciones odonto-estomatológicas. Podrán, asimismo, adquirir o prescribir los medicamentos necesarios para dichos fines, de acuerdo al Reglamento que dicte el Director General de Salud. Articulo 124°- Los médicos-cirujanos, cirujanos-dentistas y matronas podrán, para el ejercicio de su profesión, mantener existencia de productos farmacéuticos para ser administrados por ellos.
  • 10. Código Penal Art. 494, inciso 8: Sufrirá la pena de multa de 1 a 4 unidades tributarias mensuales… El que habitualmente y después de apercibimiento ejerciere, sin título legal ni permiso de autoridad competente, las profesiones de médico, cirujano, farmacéutico o dentista. Normas NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE ATENCION ODONTOLOGICA: •Delimitación de áreas clínicas •Utilización de insumos •Recursos humanos •Instrumental y equipos Ejemplos
  • 11. • 1. ¿Qué es la Ley Artis? • 2. ¿Cuáles son las principales querellas contra odontólogos? • 3. ¿Cuáles son los elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la profesión odontológica? • 4. ¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al dentista o al paciente? • 5. ¿Cuáles son los elementos jurídicos relacionados con la Ficha Clínica? • 6. ¿Es legal o no colocar alguna distinción especial en documentos que la persona presenta VIH/SIDA? • 7. ¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? ¿Cuáles son las condiciones y como se realiza el trámite? • 8. ¿Considera una amenaza o no la Reforma Procesal Penal para el gremio odontológico? • 9. Nombre algunas formas de prevención de problemas para el odontólogo en el ámbito legal.
  • 12. ¿Qué es la ficha clínica? “Documento médico-legal donde queda registrada toda la relación del personal sanitario con el paciente, todos los actos y actividades médico-sanitarias realizados con él y todos los datos relativos a su salud, que se elabora con la finalidad de facilitar su asistencia, desde su nacimiento hasta su muerte, y que puede ser utilizada por todos los centros sanitarios donde el paciente acuda”. “Instrumento obligatorio en que se registra el conjunto de antecedentes relativos a las diferentes áreas relacionadas con la salud de una persona, que cumple la finalidad de mantener integrada.”
  • 13. ¿Tiene Carácter Legal? Se trata de un documento público/semipúblico: estando el derecho al acceso limitado Puede considerarse como un acta de cuidados asistenciales : Existe obligación legal de efectuarla por normativas vigentes. Elemento de prueba en los casos de responsabilidad médica profesional Testimonio documental de ratificación/veracidad de declaraciones sobre actos clínicos y conducta profesional. Instrumento de dictamen pericial: Clave en la elaboración de informes médico-legales sobre responsabilidad médica profesional
  • 14. La ficha clínica es un instrumento privado y es de propiedad del médico o de la institución de salud de que se trate. El paciente tiene el derecho a acceder y revisar a la información contenida en su ficha clínica si lo pidiese y a obtener copia de todos o parte de los datos consignados en ella, accediendo a ella, de preferencia, a través de su médico tratante. El médico y la institución prestadora tienen la obligación de custodia y reserva de la ficha. Hay excepciones a este derecho, que están ampliamente documentadas en la doctrina internacional. Por ejemplo, cuando el médico juzgue que la información pueda causar un daño al paciente.
  • 15. Los pacientes tienen derecho a que ninguna persona que no esté directamente involucrada en su atención médica, tenga acceso a los datos de su ficha clínica. Lo anterior no se aplicará en los siguientes casos: Cuando exista una orden judicial. Cuando el paciente o sus representantes legales otorguen autorización, previa y por escrito, para que cualquier persona, fuera del equipo de salud directamente involucrado en la atención, tenga acceso a dichos datos. Cuando el Ministerio de Salud o la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, necesiten acceder a los datos contenidos en las fichas clínicas por motivos estadísticos, de salud pública de fiscalización o para decidir la procedencia de beneficios previsionales.
  • 16. Si el paciente ha fallecido, los herederos no tienen derecho a acceder a la información contenida en la ficha clínica, a menos que hayan sido autorizados en vida por el paciente. “Cualquier conflicto que se suscite en relación con esta materia debe ser previamente sometido al conocimiento del Comité de Ética que corresponda, para que éste emita un pronunciamiento al respecto”.
  • 17. • 1. ¿Qué es la Ley Artis? • 2. ¿Cuáles son las principales querellas contra odontólogos? • 3. ¿Cuáles son los elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la profesión odontológica? • 4. ¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al dentista o al paciente? • 5. ¿Cuáles son los elementos jurídicos relacionados con la Ficha Clínica? • 6. ¿Es legal o no colocar alguna distinción especial en documentos que la persona presenta VIH/SIDA? • 7. ¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? ¿Cuáles son las condiciones y como se realiza el trámite? • 8. ¿Considera una amenaza o no la Reforma Procesal Penal para el gremio odontológico? • 9. Nombre algunas formas de prevención de problemas para el odontólogo en el ámbito legal.
  • 18. Historia Clínica Relación ordenada y detallada de todos los datos y conocimientos (personales y familiares) , anteriores y actuales relativos a un enfermo, que sirve como base para el juicio de una enfermedad actual Una ficha debe ser confidencial, segura, actual, certificada, legible y completa. Son según esta norma documentos secretos y reservados Antes se consideraba solo de propiedad del medico ahora también es del paciente La historia clínica debe quedar guardada en el departamento de archivo del establecimiento asistencial Protección legal “lo consignado vs lo que se dice que se hizo”
  • 19.
  • 20. A. La confidencialidad de la Ficha Clínica esta resguardada por el secreto estadístico basado en los artículos Nº 29 y 30 de la Ley Nº 17.374 B. “Los funcionarios fiscales no podrán divulgar hechos o datos que se refieran a las personas o entidades, de las cuales hayan tomado conocimiento en el desempeño de sus actividades o en razón de su cargo” C. Por otra parte, los artículos Nº 246 y 247 del Código Penal, establecen sanciones al empleado público que revela la información confidencial, de que tiene conocimiento en virtud de su cargo o que incurre en infracción al “secreto estadístico” D. La Carta de Derechos de los Pacientes de FONASA, señala que “todo paciente tiene derecho acceder a la información de su Ficha Clínica y que ésta mantenga su carácter de confidencial”. E. El Código Sanitario por su parte señala en el Artículo 127 que “las recetas médicas y análisis o F. Sólo podrá revelarse su contenido o darse copia de ellos con el consentimiento expreso del paciente, otorgado por escrito. Quien divulgare su contenido indebidamente, o infringiere las disposiciones, será castigado en la forma y con las sanciones establecidas en el Libro Décimo”.
  • 21. • 1. ¿Qué es la Ley Artis? • 2. ¿Cuáles son las principales querellas contra odontólogos? • 3. ¿Cuáles son los elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la profesión odontológica? • 4. ¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al dentista o al paciente? • 5. ¿Cuáles son los elementos jurídicos relacionados con la Ficha Clínica? • 6. ¿Es legal o no colocar alguna distinción especial en documentos que la persona presenta VIH/SIDA? • 7. ¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? ¿Cuáles son las condiciones y como se realiza el trámite? • 8. ¿Considera una amenaza o no la Reforma Procesal Penal para el gremio odontológico? • 9. Nombre algunas formas de prevención de problemas para el odontólogo en el ámbito legal.
  • 22. Un profesional de la salud puede consignar la presencia de esta enfermedad sólo si el paciente lo autoriza, es decir, sería ilegal hacer una distinción especial en cualquier documento (ya sea ficha clínica, consentimiento informado, interconsultas, entre otros) si el paciente no lo permite.
  • 23. El examen para detectar el virus de inmunodeficiencia humana será siempre confidencial y voluntario, debiendo constar por escrito el consentimiento del interesado o de su representante legal. El examen de detección se realizará previa información a éstos acerca de las características, naturaleza y consecuencias que para la salud implica la infección causada por dicho virus, así como las medidas preventivas científicamente comprobadas como eficaces. Sin embargo… El examen deberá practicarse siempre en los casos de transfusiones sanguíneas, elaboraciones de plasma, trasplantes y cualesquiera otras actividades médicas que pudieren ocasionar contagio.
  • 24. Serán aplicables en esta materia las disposiciones de la Ley 19.628 sobre protección de datos personales. El reglamento establecerá las condiciones bajo las cuales se realizará el examen, la entrega de sus resultados, las personas y situaciones que ameriten la pesquisa obligatoria y la forma en que se entregará la información de los casos de contagio a la autoridad sanitaria. Privacidad en la entrega de datos.
  • 25. No podemos obligar a nadie a hacerse el examen de VIH La información debe ser confidencial y entregada de acuerdo a la ley a las instituciones pertinentes Debemos regirnos por el principio de universalidad Bioseguridad ante todo
  • 26. • 1. ¿Qué es la Ley Artis? • 2. ¿Cuáles son las principales querellas contra odontólogos? • 3. ¿Cuáles son los elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la profesión odontológica? • 4. ¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al dentista o al paciente? • 5. ¿Cuáles son los elementos jurídicos relacionados con la Ficha Clínica? • 6. ¿Es legal o no colocar alguna distinción especial en documentos que la persona presenta VIH/SIDA? • 7. ¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? ¿Cuáles son las condiciones y como se realiza el trámite? • 8. ¿Considera una amenaza o no la Reforma Procesal Penal para el gremio odontológico? • 9. Nombre algunas formas de prevención de problemas para el odontólogo en el ámbito legal.
  • 27. ¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? ¿Cuales son las condiciones y como se realiza el trámite? • Para que este documento legal tenga valor debe ser autorizado por la contraloría médica y el empleador debe estar en conocimiento de esto y legalmente es el profesional el responsable de la emisión de este documento, cuyo formato es dispuesto por el MINSAL e impreso por la Casa Moneda de Chile El talonario contiene 3 secciones: • Sección A • Sección B • Sección C
  • 28. Sección A • Es responsabilidad del profesional que la emite. Debe ser completada con letra imprenta, legible y clara. Subsecciones • A1 – Identificación del paciente: La fecha de emisión corresponde al día en que el profesional extiende la licencia. El cómputo de días otorgados será de días corridos lo que deberá anotarse con números y palabras. • A2 – Identificación del hijo: Para licencias por enfermedad grave en menores de 1 año y post natales. • A3 – Tipo de licencia: Enfermedad o accidente común, Prórroga medicina preventiva, Licencia maternal pre y postnatal, Enfermedad grave hijo menor de 1 año, Accidente del trabajo o trayecto, Enfermedad profesional, Patología del embarazo. • A4 – Características del reposo: Facilita el contacto del trabajador cuando sea necesario • A5 – Identificación del profesional: Incluye además la firma del trabajador (realizado en el momento de emisión) • A6 – Diagnóstico principal
  • 29. Sección B • Uso exclusivo del servicio de salud o ISAPRE Sección C • Responsabilidad del empleador, que debe completar la totalidad de antecedentes solicitados con letra clara y legible, además de dejar consignada la fecha de recepción de la licencia médica.
  • 30. • Los talonarios son únicos, y se pueden usar en todo Chile y ser entregados a cualquier trabajador que lo requiera, afiliado a cualquier sistema de salud. Pueden ser usados en las siguientes áreas: • Institucional: el responsable es la autoridad local pertinente. La tramitación tiene un plazo de 3 días hábiles desde el inicio de la licencia. • Privada: es personal e intransferible. La tramitación tiene un plazo de 2 días hábiles desde el inicio de la licencia. El trabajador debe revisar la información del formulario, firmarlo y hacerlo llegar al empleador,o directamente a la institución que la autorizará (Comisión de Medicina Preventiva e InvalidezCOMPIN o ISAPRE) en caso de trabajadores independientes.Luego el empleador debe completar los antecedentes relacionados con la entidadempleadora, adjuntando información laboral, previsional, remuneraciones y usos de licenciasen los 6 meces anteriores, y debe entregar el formulario firmado dentro de los tres díashábiles siguientes a la fecha de la recepción al organismo competente (COMPIN, C.C.A.F. oISAPRE). (1)(Reglamento de Licencias Médicas, Decreto Supremo N°3 / 84 Ministerio de Salud)
  • 31. • Institucional: el responsable es la autoridad local pertinente. La tramitación tiene un plazo de 3 días hábiles desde el inicio de la licencia. • Privada: es personal e intransferible. La tramitación tiene un plazo de 2 días hábiles desde el inicio de la licencia. Pueden usarse en las siguientes áreas: El trabajador debe revisar la información del formulario, firmarlo y hacerlo llegar al empleador,o directamente a la institución que la autorizará (Comisión de Medicina Preventiva e InvalidezCOMPIN o ISAPRE) en caso de trabajadores independientes.Luego el empleador debe completar los antecedentes relacionados con la entidadempleadora, adjuntando información laboral, previsional, remuneraciones y usos de licenciasen los 6 meces anteriores, y debe entregar el formulario firmado dentro de los tres díashábiles siguientes a la fecha de la recepción al organismo competente (COMPIN, C.C.A.F. oISAPRE). (1)(Reglamento de Licencias Médicas, Decreto Supremo N°3 / 84 Ministerio de Salud) Los talonarios son únicos, se pueden usar en todo Chile y ser entregados a cualquier trabajador que lo requiera, afiliado a cualquier sistema de salud.
  • 32. • 1. ¿Qué es la Ley Artis? • 2. ¿Cuáles son las principales querellas contra odontólogos? • 3. ¿Cuáles son los elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la profesión odontológica? • 4. ¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al dentista o al paciente? • 5. ¿Cuáles son los elementos jurídicos relacionados con la Ficha Clínica? • 6. ¿Es legal o no colocar alguna distinción especial en documentos que la persona presenta VIH/SIDA? • 7. ¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? ¿Cuáles son las condiciones y como se realiza el trámite? • 8. ¿Considera una amenaza o no la Reforma Procesal Penal para el gremio odontológico? • 9. Nombre algunas formas de prevención de problemas para el odontólogo en el ámbito legal.
  • 33.
  • 34.
  • 35.
  • 36.
  • 38. • Delito. (De delicto). 1. m. Culpa, quebrantamiento de la ley. 2. m. Acción o cosa reprobable. Comer tanto es un delito. Es un delito gastar tanto en un traje. 3. m. Der. Acción u omisión voluntaria o imprudente penada por la ley. Ejemplo-> Homicidio. • Cuasidelito. 1. m. Der. Acción dañosa para otro, que uno ejecuta sin ánimo de hacer mal, o de la que, siendo ajena, debe uno responder por algún motivo. Ejemplo-> Negligencia Real Academia Española
  • 39. • Negligencia. • (Del lat. negligentĭa). • 1. f. Descuido, falta de cuidado. • 2. f. Falta de aplicación. Real Academia Española
  • 40. • El odontólogo, al cometer una negligencia posee: • 1. Responsabilidad civil “Todo aquel que cause un daño tiene que repararlo” • 2. Al causar una lesión, también existe una responsabilidad penal, lo cual supone un castigo o pena.
  • 41. • Gracias a esta reforma habría más imparcialidad, transparencia, rapidez y eficiencia para todos los ciudadanos, a pesar de ello podría llegar a ser una amenaza para el odontólogo, en la medida en que si se comete alguna negligencia, es posible llevar a cabo un juicio penal, rápido y efectivo porque: • La justicia civil se rige por un procedimiento engorroso y anticuado y que en términos prácticos hace muy difícil (y prolongado) para un paciente afectado obtener la reparación del daño sufrido. • La reforma procesal penal modificó el sistema de persecución de la responsabilidad penal, en términos de hacerla efectiva y oportuna (mucho mas rápida). • Así, la soluciones (reparación del daño) que históricamente se buscaban por vías civiles, hoy, se hallan trasladadas al sistema penal.
  • 42.
  • 43. • 1. ¿Qué es la Ley Artis? • 2. ¿Cuáles son las principales querellas contra odontólogos? • 3. ¿Cuáles son los elementos jurídicos que regulan el ejercicio de la profesión odontológica? • 4. ¿Qué es la Ficha Clínica? ¿Tiene carácter Legal?¿A quién pertenece, al dentista o al paciente? • 5. ¿Cuáles son los elementos jurídicos relacionados con la Ficha Clínica? • 6. ¿Es legal o no colocar alguna distinción especial en documentos que la persona presenta VIH/SIDA? • 7. ¿Puede un Odontólogo General dar licencia médica? ¿Cuáles son las condiciones y como se realiza el trámite? • 8. ¿Considera una amenaza o no la Reforma Procesal Penal para el gremio odontológico? • 9. Nombre algunas formas de prevención de problemas para el odontólogo en el ámbito legal.
  • 44. • El medico o profesional de la salud debe propender al ejercicio de su profesión usando todos los recursos que sus conocimientos, habilidades y destrezas le permiten manteniendo como principio fundamental en su actuar la búsqueda del bien del paciente por sobre otro cualquier interés.
  • 45. • Tributario - Actuar dentro de la legalidad. Ejemplo: Dar boleta, contratar un contador en caso de ser necesario. • Laboral - Celebrar contratos de trabajo con sus trabajadores - Pagar cotizaciones previsionales • Contractual - Dejar establecidas las condiciones del trabajo prestado (tratamiento) - Ejemplo: Consentimiento informado, Presupuesto.
  • 46. • Responsabilidad penal cuasidelictual - Efectuar un diagnóstico completo con las condiciones preexistentes del paciente. Ejemplo: Exámenes complementarios (Radiografía inicial), examen físico, periodontograma, odontograma, etc. - Realizar anamnesis exhaustiva considerando y estipulando los antecedentes médicos, quirúrgicos, alergias, etc. - Actualización permanentemente en los conocimientos (Lex Artis) - Derivar al paciente a otro especialista en caso de que sea necesario. - Poseer medios técnicos adecuados. • Bioética - Respetar los principios de: • 1. No maleficencia • 2. Beneficencia • 3. Justicia • 4. Autonomía
  • 47. • Hernandez, Nelsón. De la responsabilidad jurídica del médico. Editorial Ateproca, 1999. • Dr. Oscar Castro Vásquez, Odontólogo Forense. Principales Causas de Querellas contra Odontólogos. • APRUEBA NORMA GENERAL TECNICA N° 6, SOBRE ATENCION ODONTOLOGICA. EXENTA N° 652. • Constitución de la República de Chile. Disponible: http://www.ispch.cl/ley20285/t_activa/marco_normativo/7c/dfl_725_67.pdf. • Código Sanitario. Disponible: http://www.oas.org/dil/esp/Constitucion_Chile.pdf • Reglamento Ley 20.584. Disponible: http://www.conicyt.cl/fonis/files/2013/03/Decreto-Nº-41-Reglamento-ley-20.584- sobre-Fichas-Cl%C3%ADnicas.pdf • Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez COMPIN. Disponible: Chilehttp://salunet.minsal.gov.cl/portal/page?_pageid=1101,5508839&_dad=por tal&_schema=PORTAL2 • Ley Nº 19.779 Ley en prevención del virus de inmunodeficiencia humana. • Clase Bioseguridad en Odontología 2012. Introducción a la cirugía maxilofacial.